Libro tomo II La Justicia Penal Desde una Óptica Integral

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guiente: “Dignidad humana. El Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona humana y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos”. Por otra parte, los representantes del pueblo dominicano, representados en Asamblea Nacional Revisora que aprobaron la Constitución de 2010, estuvieron regidos, entre otros, por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, según se consagra en el Preámbulo de la Constitución. Pero nuestra Carta Magna no solamente hace del respeto a la dignidad humana uno de los fundamentos mismos del Estado dominicano, sino que en virtud de su artículo 5 el respeto a la dignidad humana constituye uno de los fundamentos de la propia Constitución de la República. Pero hay más, su artículo 7 dispone que el Estado social y democrático de derecho que constituye la República Dominicana se encuentra también fundado en el respeto a la dignidad humana, conjuntamente con los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos. Finalmente, dentro de las funciones esenciales del Estado está el respeto a la dignidad de la persona, según el artículo 8 de la Constitución. Como se observa, la dignidad humana se encuentra presente en nuestro país sirviendo de fundamento: a los derechos humanos; al propio Estado mismo; al Preámbulo de la Constitución; a la Constitución misma; al Estado Social y Democrático de Derecho, y su respeto constituye una de las funciones esenciales del Estado.

En cuanto a la educación El artículo 63 de la Carta Magna establece como un principio general, que toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. Precisando el numeral 1 de ese artículo que la educación tiene por objeto la formación integral del ser humano a lo largo de toda su vida y debe orientarse hacia el desarrollo de su potencial creativo y de sus valores éticos. Busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. Tomo II


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