Decimoquinta Edición Quorum

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Edición #15 - Junio 2020 «Listos para los retos empresariales post cuarentena»

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Comité editorial: Rogelio Higa Morán Claudia Chávez Chávez Ursula Gamero Ybárcena Comentarios y sugerencias: arequipa@munizlaw.com El contenido de esta revista es académico. No debe ser interpretado como adelanto de opinión del Estudio, o extraerse recomendaciones para decisiones legales específicas. Todos los derechos reservados. El contenido de esta publicación no puede ser reproducido, divulgado o registrado sin autorización previa y por escrito del Estudio Muñiz - Arequipa S. Civil de R.L. www.munizlaw.com / Estudio Muñiz - Arequipa Descarga la aplicación del Estudio: www.munizlaw.com/AppMunizApp/Home/ Index

Marco Zegarra Díaz

Suspensión perfecta en UCI.

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Poniendo las cosas en orden en tiempos de pandemia.

Nuria De Amat Catacora

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De vuelta al trabajo: una nueva convivencia laboral.

Claudia Chávez Chávez

Tiraje: Distribución Digital.

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Reactivación o cambio de giro de negocio.

Eduardo Hurtado Salas

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El criminal compliance y la reactivación económica.

Javier Cornejo Portocarrero

Edición anterior: Marzo 2020 «Abriendo caminos hacia una nueva decada de oportunidades»

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¿Reactivación económica y consecuente depuración empresarial?

Rogelio Higa Morán


Estimados lectores: Nos hemos acostumbrado a las cifras de personas infectadas, fallecidas, recuperadas, noticias y reportajes sobre funcionarios corruptos, empresarios aprovechándose de la necesidad de otros -incluso de sus propios trabajadores-, crisis económica, cinismo sin precedentes y mil calamidades por lamentar. ¡Ánimo! Es hora de levantar la cabeza, entender de una buena vez qué estamos haciendo mal, por qué seguimos en el subdesarrollo con el amable eufemismo de «economía emergente».

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E-commerce: Nuevo estilo de consumo y los retos que presenta.

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Melch Núñez Vera

Invitado Especial

COVID-19: ¿Nos ponemos de nuevo las botas y el casco?

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Mayo Canedo Abuapara

Invitada Especial

Regresando a trabajar ¡Un nuevo estilo de vida!

22 Productos Legales.

24 Eventos Ejecutivos.

Ana María Llerena Oviedo

Recuerdo una frase de una canción de un grupo peruano de rock, «tú sabes (…) cómo somos los peruanos, si nos suena la barriga, alguna cosa inventamos (…)», y este mensaje es para recordar que los peruanos tenemos una particularidad como sociedad que pese a sus diferencias -tal vez insalvables- encuentra puntos en común como el valor de buscar, encontrar y/o crear soluciones, afrontar retos, seguir avanzando. Tenemos que reconocer que la recuperación económica es un proceso, pero que esta vez requiere de orden y respeto. Esta nueva edición, mira el futuro con optimismo y contiene artículos enfocados en la recuperación de la crisis económica desde el punto de vista legal que espero sean de utilidad; y, cuenten con el Estudio Muñiz Arequipa para acompañarlos en este proceso.

Rogelio Higa Morán Asociado Senior A Jefe del Área de Derecho Corporativo Editor

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El inicio del estado de emergencia nacional decretado por el D.S. N° 044-2020-PCM, determinó también el inicio de una muerte lenta para muchas empresas formales del país. No hubo vidente o adivino que pudiera alertarnos que pasarían más de 90 días y que el país no solo estaría colapsando con personas falleciendo en sus casas, en la calle o en la puerta de un hospital, a causa del contagio de este asesino silencioso que hoy nos toca enfrentar, sino que además nos ponga en sobre aviso que económicamente el país estaría tan golpeado, como hace un par de siglos. Los primeros quince días de aislamiento social, fueron tomados positivamente por la población en general e incluso por la mayoría de los empleadores, pero con el transcurrir del tiempo, los rostros de preocupación de cada empleador se contagiaban más rápido que la misma enfermedad.

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Con la primera ampliación de plazo de aislamiento y al no poder los empleadores en todos los casos otorgar trabajo remoto o licencia con goce de haber recuperable, se oyeron las primeras voces de aplicar una medida legal regulada desde el siglo pasado, como es la Suspensión Perfecta de Labores, sin embargo la Ministra de Trabajo rechazaba una medida de tal magnitud. El 14 de abril finalmente se expidió el D.U. Nº 038-2020 y el 20 de abril el D.S. N° 0112020-TR el reglamento de la norma que estableció medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras medidas, así excepcionalmente, los empleadores podían optar finalmente por la suspensión perfecta de labores. Más de 27,000 empleadores a nivel nacional, de los cuales poco más del 10% corresponden


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Derecho Laboral

SUSPENSIÓN PERFECTA EN UCI

Marco Zegarra Díaz Socio Director Especialista en Derecho Laboral, Gestión de Relaciones Laborales, Derecho Procesal laboral, Seguridad y Salud en el Trabajo, Planeamiento Laboral y Negociaciones Colectivas. mzegarra@munizlaw.com

Frente a la desaprobación masiva de los expedientes de suspensión perfecta por parte de la AAT, el empleador debe analizar nuevas alternativas.

a la región Arequipa, vieron como alternativa para que los trabajadores preserven sus empleos el iniciar dichos procesos de suspensión, pensando y en algunos casos hasta agradeciendo por la buena alternativa brindada, sin saber que no era ivermectina, sino solo té con limón. Ahora que las empresas vienen siendo notificadas con las resoluciones de los procedimientos administrativos, no solo se aprecia las groseras observaciones que se aplican en los procedimientos, donde se observa al mejor estilo de una empresa de

seguros fraudulenta, que al empleador le inventan requisitos no establecidos en la norma, que se inobservan las normas del procedimiento administrativo regular o que contiene una redacción tal, que el empleador no sabe que es lo que finalmente debe apelar y en otros casos, se llegan a denegar los procedimientos, sin notificación previa, el resultado de las inspecciones efectuadas por SUNAFIL. Esta situación muy delicada, trae consigo que el empleador analice nuevas alternativas que deberá adoptar con sus trabajadores, como despedir a los mismos o implementar ceses colectivo. La autoridad de trabajo, aún está a tiempo de darse cuenta que sus resoluciones, ponen al procedimiento de suspensión perfecta en UCI y que el daño colateral, lo sufrirán no solo las empresas sino también los trabajadores.

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Derecho Civil

PONIENDO LAS COSAS EN ORDEN EN TIEMPOS DE PANDEMIA

Nuria De Amat Catacora Socia Especialista en Derecho Civil, Derecho Procesal Civil y Derecho de Daños. ndamat@munizlaw.com

La muerte es algo de lo que NO hablamos mucho, pero en estas circunstancias es inevitable pensar en ella, nos está restregando su poder y ante la vulnerabilidad de todos; es mejor ordenar nuestros asuntos personales que abarcan muchos aspectos y en este espacio lo haremos desde el punto de vista legal. Cuando dejamos de existir y la muerte pone fin a nuestra persona, la vida de los nuestros continúa y el propósito es aligerarles la carga; para ello, tengamos presente algunos puntos:

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1. Testamento: Lo mejor es dejar uno; los testamentos se pueden modificar las veces que uno desee; lo más práctico es elevarlo a escritura pública. Si antes de la pandemia podíamos convocar a un Notario al lecho de muerte de una persona; en estas circunstancias es imposible. Recuerda que según el Código Civil Peruano puedes dejar un tercio de tu patrimonio a quien desees; a un amigo querido, sobrino, nieto, empleado. 2. Pareja de Hecho o conviviente: Efectúe el reconocimiento notarial de dicha relación en vida; puesto que el reconocimiento post mortem requiere un trámite muy extenso, complicado y se va convertir en un gran obstáculo para el viudo o viuda; quien necesitará de la pensión de viudez correspondiente o disponer de los bienes del fallecido. 3. Acreencias o deudas sin documento de respaldo: Es momento de elaborarlos, necesitamos documentos con valor probatorio efectivo que sirva como instrumento de cobro de la deuda. Elabore un listado de deudas y acreencias pendientes, especificando el documento que prueba dicha obligación. 4. Seguros de Vida: Verificar quiénes son sus beneficiarios y determinar si desea variar o modificar este punto. También revisar los seguros de desgravamen que se tiene contratado, para préstamos o deudas. Dejarlos debidamente identificados y especificar el monto de cobertura de los mismos. 5. Albacea: Nombrar a alguien de extrema confianza como albacea para tus bienes


Cuando dejamos de existir y la muerte pone fin a nuestra persona, la vida de los nuestros continúa y el propósito es aligerarles la carga.

pero también para tus asuntos digitales, redes sociales, correos electrónicos, información y documentos en la nube o en disco duro, producción intelectual o profesional, demás accesos y suscripciones a diferentes servicios que tengas puesto que podrían seguir debitándose de tu cuenta bancaria, con la finalidad de administrarlas o eliminarlas según tu voluntad. Lo más práctico es dejar un listado con el nombre de la cuenta y las claves de acceso; para que sean administradas o eliminadas según tu voluntad. 6. Joyas y objetos valiosos: Realizar un inventario y valorizarlos, junto a un registro fotográfico para acreditar su existencia. 7. Documentos privados de transferencias, transacciones u otro tipo de obligación contraída: Dejarlos en orden y debidamente inventariados. Al ser de naturaleza privada no existe registro de estos en ninguna Notaria; por tanto extraviarlos significaría un grave perjuicio para el interesado. Habrán muchos más asuntos pendientes que resolver; comencemos a ordenarlos para que en el mejor de los casos este orden sea útil para administrar mejor nuestros asuntos en un futuro; y, si no es el caso, que esta pandemia no nos quite también la dignidad de planificar nuestra ausencia.

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DE VUELTA AL TRABAJO: UNA NUEVA CONVIVENCIA LABORAL Los días de aislamiento social transcurren entre clases y reuniones virtuales, trabajo remoto, cifras de infectados, mensajes a la Nación, restricciones sociales, y una paulatina reactivación económica. Algunos sectores, pueden abrir las puertas a sus trabajadores y comenzar la prestación de sus labores de manera presencial; pero, deberán hacerlo observando nuevas reglas de convivencia que resultan necesarias para mantener un ambiente laboral saludable. En tiempos de pandemia, el lugar que nos brinda mayor seguridad y tranquilidad, es nuestro hogar: somos responsables de las medidas de seguridad que adoptamos para preservar nuestra salud y la de nuestra familia. Fuera de nuestro hogar, el riesgo de contagio es permanente y los centros de trabajo, no son ajenos a este riesgo: Estamos igual o más expuestos a contraer el COVID-19 y de llevarlo a casa. Por ello, los empleadores, para reiniciar sus actividades, deben implementar diversas medidas que hagan sentir a sus trabajadores, seguros de ir a laborar sin tener miedo a un contagio en el centro laboral. Saber que las reuniones amicales en la oficina, los saludos con un abrazo o apretón de manos, las reuniones masivas para charlas o capacitaciones, quedaron atrás. Estamos viviendo nuevas experiencias que nos llevan a dejar de lado algunas costumbres y aprender nuevas formas de interrelacionarnos laboralmente; por ello, en el centro de trabajo debe prevalecer: 1. Aistanciamiento social: no menor a 1 metro de distancia entre los trabajadores, contratistas, proveedores y clientes. 2. Uso de mascarilla: obligatorio y permanente permanente durante la jornada laboral.

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3. Lavado y desinfección de manos: constante y mínimo cada 2 horas. 4. Evitar reuniones presenciales y aglomeración de trabajadores. 5. Frecuencia de la limpieza y desinfección de ambientes y equipos. 6. Reorganización del aforo de los ambientes de trabajo. 7. Valoración del nivel de exposición de los puestos de trabajo, entre otras medidas. Estas reglas básicas de convivencia laboral, deben estar contempladas y detalladas en el Plan de Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo y el


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Derecho Laboral

Establecer reglas claras y sencillas de convivencia laboral a nuestros trabajadores, reducirá los riesgos de contagio en el centro de trabajo.

Claudia Chávez Chávez Socia Especialista en Derecho Laboral, Gestión de Relaciones Laborales, Derecho Procesal Laboral, Derecho Migratorio, Seguridad y Salud en el Trabajo. cchavez@munizlaw.com

riesgos de contagio que puedan presentar entre los mismos.

Protocolo de Reinicio de Actividades que los empleadores cuyas actividades económicas ya se encuentra autorizadas a reiniciar, deben elaborar y presentar digitalmente al Sistema Integrado para COVID-19 (SISCOVID-19) del Ministerio de Salud. Su registro es automático y debe ser actualizado mensualmente en la misma oportunidad en que debe remitirse el PLAME. Una vez registrado el Plan, debe ser entregado a los trabajadores dentro de las 24 horas siguientes para reiniciar sus actividades, ello con la finalidad de salvaguardar la salud de sus trabajadores y minimizar los distintos

Por último, las empresas deben considerar que lo contemplado tanto en el Plan como en el Protocolo, son declaraciones que serán posteriormente fiscalizadas por entidades competentes como SUNAFIL, CENSOPAS, SUSALUD, sectores y gobiernos locales, municipalidades; y su incumplimiento puede acarrear distintas sanciones, como la suspensión o cancelación del registro del Plan, imposición de multas, cierre temporal del local de trabajo, denuncias penales por violación de normas de seguridad y salud en el trabajo, propagación de enfermedad contagiosa, violación de normas sanitarias y lesiones culposas.

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Derecho Administrativo

REACTIVACIÓN O CAMBIO DE GIRO DE NEGOCIO La declaración de emergencia nacional, el aislamiento social obligatorio y la suspensión de actividades comerciales, culturales y recreativas originó que las actividades que no estén dentro del grupo de bienes y servicios esenciales entren en crisis. Se hizo urgente la reactivación económica y producción en el país, sin poner en riesgo la estrategia sanitaria para contrarrestar los efectos del COVID-19. En mayo de 2020 se inició la primera fase de la reactivación económica, en actividades de menor riesgo sanitario y mayor impacto económico como la minería, industria, construcción, servicios, turismo y comercio. En junio de 2020 se aprobó la segunda fase de reanudación de actividades económicas como la agricultura, minería, manufactura, construcción, comercio y servicios; permitiéndose el reinicio de actividades a puerta cerrada, venta de productos y servicios por comercio electrónico con entrega a domicilio con logística propia o por terceros.

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Eduardo Hurtado Salas Asociado Senior A Especialista en Derecho Administrativo, Urbanismo y Organismos Regulatorios. ehurtado@munizlaw.com


Incluir mรกs de un giro comercial o cambiar de giro.

Sin embargo, se estableciรณ la prohibiciรณn del reinicio de actividades econรณmicas en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias del Santa, Huarmey y Casma en el departamento de Ancash. En el caso de zonas urbanas definidas de alto riesgo en distritos de los departamentos de Amazonas, Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cuzco, Huanuco, Ica, Junin, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Piura, San Martin, Tumbes y Ucayali, el inicio de las actividades econรณmicas de la segunda fase no serรก en forma automรกtica, sino determinada por el sector correspondiente y el Ministerio de Salud.

El desarrollo de una actividad econรณmica deberรญa considerar una licencia de funcionamiento que incluya mรกs de un giro, siempre que estos sean afines o complementarios, estรฉn de acuerdo con la zonificaciรณn del inmueble y no contravengan normas que regulen el desarrollo de la actividad principal. Para la reactivaciรณn econรณmica de un local que cuenta con licencia de funcionamiento, ademรกs de la actividad principal se hace necesario desarrollar actividades afines o complementarias, sin afectar el funcionamiento de la actividad principal y condiciones de seguridad del inmueble o realizar actividades simultรกneas o adicionales a la actividad principal, debiendo ser puesto en conocimiento de la municipalidad. Si teniendo licencia de funcionamiento se opta por el cambio de giro comercial, su aprobaciรณn es automรกtica, bastando con presentar una declaraciรณn jurada a la municipalidad e informar que las refacciones o remodelaciones a realizar no van a modificar o alterar las condiciones de seguridad del inmueble conforme su certificado de seguridad y que estรก de acuerdo con la zonificaciรณn del inmueble. Pues en tiempo de emergencia nacional y sanitaria, ademรกs de cumplir con lo que regule las fases de reactivaciรณn econรณmica, lo que determine el Ministerio de Salud sobre las zonas declaradas de riesgo sanitario, el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, la fiscalizaciรณn de la municipalidad, SUNAFIL y el Ministerio de Salud; optar por solicitar licencia de funcionamiento con varios giros, desarrollar giros afines o complementarios o actividades simultaneas y adicionales a fin de adecuarnos a los cambios, las necesidades del mercado, el consumidor final para no fracasar en el intento.

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EL CRIMINAL COMPLIANCE Y LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA

Desde el pasado 04 de junio, las empresas que producen y/o comercializan abonos y fitosanitarios, las mineras artesanales debidamente formalizadas, las que elaboran alimentos para animales, las que fabrican calzado, las constructoras que realizan proyectos de inversión pública o privada, los estudios de abogados, entre otras que ha señalado el Decreto Supremo 101-2020PCM, podrán reanudar sus actividades económicas.

El inicio de esta fase de recuperación del empleo se enfrentará a precarias condiciones sanitarias y laborales que generará denuncias penales por delitos contra la salud de los trabajadores y sanitarios que involucrarán a empresas que no prevengan adecuadamente

La reactivación de los negocios de estas empresas comenzará con el registro de

su «Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo» ante las

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Derecho Penal

como una nueva enfermedad ocupacional. La razón de estas denuncias y operativos no será otra que el incumplimiento de los lineamientos legales para cuidar la salud ocupacional frente a la pandemia. Esta enfermedad es altamente contagiosa y especialmente dura con personas mayores de 60 años, hipertensos, asmáticos, diabéticos o que tengan su sistema inmunológico deprimido, aunque se han visto casos que afectan seriamente a personas que no se encuentran dentro de este grupo.

Javier Cornejo Portocarrero Asociado Senior A Especialista en Derecho Penal, Derecho Procesal Penal y Derecho Penal Económico. jcornejo@munizlaw.com

autoridades sanitarias, conforme a las disposiciones de la Resolución Ministerial 239-2020-MINSA y sus ampliaciones que establecen los lineamientos que debe contener dicho plan para cuidar la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al nuevo coronavirus. Si en el año 2019 la SUNAFIL reportó 55,928 fiscalizaciones a nivel nacional, de las cuales 72% procedieron de denuncias y 28% de operativos y hasta abril de este año se han registrado 9 notificaciones solo de enfermedades ocupacionales1, es altamente posible que ante este nuevo escenario postcovid se produzca un incremento en las denuncias y operativos por los riegos de contagio o propagación del coronavirus

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Incumplir la regulación de salud ocupacional frente a la COVID-19 significa, para las empresas, colocar en situación de peligro la salud y hasta la vida de sus trabajadores y, por tanto, incrementar el riesgo ya no solamente de sanciones ante SUNAFIL, sino, peor aún, de investigaciones ante el Ministerio Público por delito contra la salud ocupacional recogido en el artículo 168-A del Código Penal. Para la configuración del delito, solo se requiere incumplir alguna norma de seguridad y salud ocupacional deliberadamente y, así, colocar en peligro a los trabajadores. No es necesario que se cause una lesión o la propia muerte, en cuyo escenario la pena máxima se incrementará desde los 4 hasta los 8 años de cárcel si hay un deceso y hasta 6 si hay lesiones. El delito en cuestión va a sancionar a quien se encuentre legalmente obligado a cumplir la regulación de salud ocupacional y es la Ley N° 29783 que establece al empleador como responsable. Será necesario establecer un Plan de Vigilancia que forme parte de un Modelo de Prevención del delito contra la salud ocupacional.

https://drive.google.com/file/d/1YfrmByk6wipkgsBKDQVvnfB_Ohr26A-L/view Página consultada el 10 de junio de 2020 a las 18:08.

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Derecho Corporativo

¿REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y CONSECUENTE DEPURACIÓN EMPRESARIAL? Empezando con un caso hipotético, Rueda Cuadrada S.A.C. y Ovalo Cuadrado S.A.C. son empresas similares en misión, visión, capital, sector empresarial, obligaciones por cumplir, clientes que atender; y, además, ambas fueron afectadas por las disposiciones de suspensión de actividades y distanciamiento social ordenada por el gobierno central, pero con una diferencia en extremo relevante: una empresa es formal y la otra no. Es importante mencionar que, el grupo de trabajo multisectorial conformado por el Poder Ejecutivo, Colegio Médico del Perú y

Aunque ahora es el momento en que muchas empresas decidan adoptar el camino de la formalidad, para muchos será demasiado tarde.

otras entidades, aprobó un plan de reactivación económica en etapas -estructuradas de forma gradual- para reducir el riesgo sanitario y maximizar un impacto económico positivo. En la primera fase, aplicable para el mes de mayo, se reactivaron los sectores de minería, industria, construcción -de acuerdo al Plan Nacional de Infraestructura-, servicios, consumo y comercio previa autorización y cumplimiento de determinados protocolos. Para la segunda etapa -aplicable en junio-, el retorno de los sectores producción, vivienda, comercio exterior y servicios notariales. La tercera y cuarta etapa están programadas para julio y agosto, respectivamente; y este grupo de empresas también deberán adecuarse a las recomendaciones de las entidades de salud, así como también elaborar sus planes de vigilancia y control que les permita superar las fiscalizaciones ex ante y eventualmente ex post.

Rogelio Higa Morán Asociado Senior A Especialista en Derecho Corporativo, Regularización de tierras, Reestructuración Patrimonial, Fusiones y Adquisiciones. rhiga@munizlaw.com

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Adicionalmente, el gobierno central adoptó una serie de medidas de apoyo a las empresas con programas como Reactiva Perú -orientado a las micro y pequeñas empresas-, dar mayor celeridad a la operatividad del Fondo Crecer, creación del Fondo de Apoyo Empresarial, así como también se emitieron normas para


que las entidades financieras flexibilicen el pago de las deudas que tienen las empresas y otorgó facilidades en materia tributaria; todo esto, con la finalidad de inyectar capital o conservar liquidez. No obstante ello, ante la inminente posibilidad que algunas empresas se vean forzadas a salir del mercado, se publicó la norma que regula el Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal y su reglamento, que incentiva el acogimiento a un régimen concursal especial, previo cumplimiento de los requisitos establecidos, sinceramiento de las deudas y su reprogramación mediante la aprobación del Plan de Refinanciación Empresarial, buscando evitar la depredación de la empresa y sus activos por parte de los acreedores que pretenden la recuperación efectiva de sus créditos.

Finalmente, con el apoyo del gobierno central, generando nuevas alternativas de negocio con nuevos productos o servicios, replanteando producción, ventas y otros, las empresas formales tendrán la oportunidad de beneficiarse de los programas y medidas adoptadas para sobrevivir el estado de emergencia, superar la crisis económica y permanecer en el mercado; sin embargo, dudo que ello ocurra con las empresas que se mantienen en la informalidad, que podrían encontrar el camino mucho más complicado por la pérdida de capital, interrupción de la cadena de pagos y consecuente salida del mercado. Aunque ahora es el momento en que muchas empresas decidan adoptar el camino de la formalidad, para muchos será demasiado tarde.

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E-COMMERCE: NUEVO ESTILO DE CONSUMO Y LOS RETOS QUE PRESENTA El Covid-19 han cambiado innumerables aspectos de nuestras vidas, una de ellas es la forma de realizar compras de todo tipo de productos, si bien el comercio electrónico (e-commerce) no es algo nuevo en nuestro país, vemos que por la coyuntura se convierte en una práctica casi obligada por la necesidad de evitar la expansión de la pandemia, pero no solo es eso, sino que además implica la comodidad de realizar compras desde cualquier sitio y recibirlas sin tener que salir de casa. En el Perú, el desarrollo del e-commerce se mantiene por debajo de la media; sin embargo, se ha mostrado un gran

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crecimiento en los últimos años pese a que hasta el 2019 ocupamos el sexto lugar de la región tal y como lo señala Helmut Cáceda, CEO de la Cámara Peruana de Comercio Electrónico (CAPECE). Pero, ¿cuáles son los retos que presenta este nuevo estilo de consumo?, podemos señalar que uno de ellos es la descentralización, vemos que Lima concentra el 57% de la distribución de compradores digitales, seguido en orden por Trujillo, Arequipa, Callao1, lo que determina que en provincias la evolución marcha muy lenta, sobre todo si hablamos de envíos y baja inclusión financiera, convirtiéndose en un gran reto para el e-commerce.


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Derecho de Competencia y Protección al Consumidor

Vemos que el principal reto de este nuevo estilo de consumo es generar confianza en las compras online, estableciendo protocolos que cumplir a cabalidad.

Otro de los grandes retos, es la satisfacción del consumidor quien no se encuentra acostumbrado a este tipo de comercio y ahora, por necesidad se ve obligado a utilizarlo, prueba de ello es que mediante un comunicado publicado el 29 de mayo de 2020 en la web de Indecopi, esta entidad informó que recibió 1,027 reclamos y reportes de consumidores que realizaron compras online de supermercados, farmacias, tiendas por departamento, entre otros, siendo los hechos reportados más recurrentes: la falta de entrega del producto, productos defectuosos, productos incompletos, falta de atención del cambio del producto, negativa al reembolso del dinero pagado, cancelación o anulación sin previo aviso, etc. Si bien el e-commerce of rece a los clientes una forma más simple de realizar compras con variedad de productos, ofertas en línea, posibilidad de comprar en tiendas extranjeras, entre otros, vemos que en el Perú, los consumidores aún muestran desconfianza para realizar este tipo de transacciones comerciales, tienen el temor a ser engañados o no quedar satisfechos, tal y como se trasluce del comunicado antes señalado. Los retos que genera el e-commerce no solo existen del lado de los proveedores,

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Melch Núñez Vera Asociado Senior Especialista en Protección al Consumidor, Competencia Desleal, Libre Competencia, Derecho Concursal, Propiedad Intelectual y Signos Distintivos. mnunezv@munizlaw.com

sino también para la administración tributaria quien ve a través de la informalidad la evasión del pago de impuestos, pero no queda ahí, incluso esta informalidad no permite garantizar una competencia en igual de condiciones con aquellos proveedores formales. No obstante lo indicado, vemos que el principal reto de este nuevo estilo de consumo es generar confianza en las compras online, estableciendo protocolos que cumplir a cabalidad, incluso antes de la compra, durante la misma, en el momento y forma de entrega así como en el servicio post venta.

https://www.inteligenciaparanegocios.com/wp-content/uploads/2020/02/Reporte-Oficialde-la-Industria-Ecommerce-en-Peru.pdf.

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Invitado Especial

COVID-19: ¿NOS PONEMOS DE NUEVO LAS BOTAS Y EL CASCO? Aunque suene sencillo decir «es momento de colocarse de nuevo el casco» en la realidad no es sencillo para el cliente o para el constructor; y, quiero referirme al campo que me compete, el de obras privadas. Una de las características del sector construcción es que hay mucho dinero de por medio y un cambio en obra representa un costo importante, para el cliente o para el constructor, pero alguien debe pagar la cuenta al terminar la cena. Poner en práctica el Plan de Vigilancia implica un costo no menor pero cuantificable: mayores elementos de protección personal, alimentación bajo concesionario autorizado, limpieza total en obra (aunque suene incompatible), distanciamiento físico, turnos escalonados, limitación de aforos, toma de pruebas rápidas que muchas empresas solicitarán antes de ingresar a campo, la inevitable reducción de la productividad y mayores gastos generales. Estos nuevos costos, ¿los asume el constructor o el dueño de la obra? Objetivamente, considero que debe ser este último, pero debemos recordar que son costos no presupuestados, por tanto, la finalización de la obra hoy es más cara que ayer. Por otro lado, existen otros costos que no son fácilmente cuantificables una vez en obra y que se derivan de un posible brote de contagio interno. La construcción es un servicio que por lo general tiene una duración de varios meses y por tanto es un riesgo más que latente. ¿Qué sucede con el o los trabajadores que ingresando sanos a obra terminan contagiados de COVID-19?

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Mayo Canedo Abuapara Gerente General - Carmen Inmuebles S.A. mcanedo@carmen-inmuebles.com.pe www.carmen-inmuebles.com.pe

Inicialmente, proceder con el muestreo al resto del grupo, honrar la responsabilidad del empleador de asumir el costo del descanso médico por los primeros 20 días; e, incluso una vez teniendo la o las personas de reemplazo hay costos asociados como nuevos exámenes médicos ocupacionales, SCTR, seguros vida ley, la interrupción del tren de trabajo propio o de otros contratistas conllevando finalmente a un posible incumplimiento de hitos y tiempos, incremento indefectible de gastos generales y no menos importante, un posible sindicato de construcción civil dispuesto a hacernos la vida aún más dura. ¿Quién asumiría estos costos generados no


presupuestados? La respuesta ya no es tan sencilla; probablemente el constructor. No me cabe duda que el reinicio de las actividades de construcción tiene un costo y riesgo elevado. Posiblemente, se postergue la decisión de inversión de muchas empresas, sin embargo, no se corre sin dar el primer paso. Una vez más, el mercado se auto regulará y el sector construcción será uno de los que regrese con fuerza como un reactivador de la economía al generar importante cantidad de puestos de trabajo, no solo en grandes empresas sino también en las medianas y pequeñas, incluyendo todo el sector de proveedores y materiales.

No me cabe duda que el reinicio de las actividades de construcción tiene un costo y riesgo elevado.

Finalmente, creo que debemos mirar el sector con ojos positivos. El sector construcción no se ha caracterizado históricamente por tener alta productividad, incluso el nivel de innovación es absurdamente bajo. Por tanto, existe una gran necesidad de renovación. Ante la adversidad: el cambio.

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REGRESANDO A TRABAJAR ¡UN NUEVO ESTILO DE VIDA! Esta situación, nos obliga a adaptarnos con rapidez a todos los cambios.

El 2 de mayo de 2020, la PCM emitió el D.S. N° 080-2020, que aprobó la reanudación de actividades económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria nacional como consecuencia del COVID 19. En dicho documento se emitieron una serie de instrucciones para el inicio del desconfinamiento en el que nos encontramos con el fin de evitar la transmisión de la enfermedad, minimizar los riesgos en lugares de alto potencial, establecer medidas preventivas y promover la protección de nuestra salud, base fundamental de la salud pública, concepto que durante los últimos años se ha dejado de lado, lo que ha ocasionado en gran parte el descontrol al retorno a nuestras labores. Al estar frente a una nueva enfermedad, con aproximadamente 6 meses de existencia, se hace difícil su manejo, las múltiples variables que tiene como factores de riesgo, localización geográfica, estación del año, esquema cultural, entre otros, conlleva a efectuar cambios normativos acordes a nuestra realidad.

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Esto hace que las empresas se vean en la necesidad de cumplir con las nuevas exigencias de ley y en este momento de crisis se hace de necesidad vital contar con el apoyo de personal experimentado en Seguridad y Salud en el trabajo que contribuyan con las políticas establecidas para controlar esta epidemia. Es importante mencionar que un gran sector de nuestra población es independiente y encuentra limitaciones para cumplir con lo exigido por ley, razón que impacta en el control de la implementación de los protocolos sanitarios. Pese a que las políticas impartidas a los diferentes sectores económicos se enfocan en el control de la enfermedad, hay diferentes impactos, siendo mayor en pequeñas y medianas empresas, quienes requieren de un gran esfuerzo económico para presentar y aprobar sus protocolos,


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por requerir de mayor inversión, aunada a la falta o disminución de ingresos en estos últimos meses, lo que genera un sobrecosto y en muchos casos el cierre del negocio.

Invitado Especial

Dra. Ana María Llerena Oviedo Médico Especialista en Medicina Ocupacional y del Medio Ambiente. Gerente Médico Corporativo - Pulso Corporación Médica S.R.L.

En el tema de la cuarentena, tenemos desde sectores económicos que logran hacerla desde la comodidad de un hotel hasta familias que viven en una sola habitación y cumplir con su aislamiento en la medida de sus posibilidades. En todos los casos, debemos cumplir con los protocolos mínimos, para ayudar a nuestro país a superar esta crisis y difundir el distanciamiento social, el uso obligatorio de máscaras y la higiene respectiva. Estamos frente a una nueva realidad que nos hace tomar decisiones, movernos rápidamente y planificar estrategias para continuar con nuestras vidas; esta situación, nos obliga a adaptarnos con rapidez a todos los cambios, pero priorizando el cuidado de nuestra salud y seguridad.

allerena@pulsosalud.com

Esto será ahora un estilo de vida, que depende únicamente de nosotros y es necesario que estemos dispuestos a aceptar este reto y así prevenir enfermedades, daños o lesiones. Por todo ello, considero que no podemos transformar una organización, si nosotros no nos transformamos, para lo cual necesitamos tener un pensamiento abierto y estratégico.

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PRODUCTOS LEGALES arequipa@munizlaw.com / Telfs.: (+51-54) 251 476 / (+51-54) 273 207

Planeamiento Legal para superar La crisis 2020 Nuestra firma se preocupa por brindarle soluciones legales en tiempos de crisis. Contamos con un equipo altamente especializado en estructurar un plan de asesoría en todas nuestras especialidades.

Protocolo de Reinicio Laboral Los empleadores deben observar distintas medidas sanitarias y de seguridad para reiniciar sus actividades laborales. Nuestra firma se preocupa por brindarles un soporte completo en este tiempo de crisis, por eso nos encargamos de la elaboración del protocolo de reinicio laboral.

Prevención Legal en la Contratación Pública durante la Emergencia Sanitaria

Proteger los intereses de los ciudadanos y/o empresas que contraten con el Estado durante la emergencia sanitaria mediante compra directa o por suspensión o paralización de la ejecución de obras. Evitar denuncias, procesos y/o sentencias por delitos de corrupción de funcionarios derivados de la mala gestión en cada una de las etapas de contratación durante la emergencia sanitaria.

Protocolo de Trabajo Remoto

Fast Legal

Nos preocupamos por brindarle un soporte completo en este tiempo de crisis, por eso nos encargamos de la elaboracion del protocolo de trabajo remoto. Esta nueva opción de trabajo dentro del hogar, debe cumplir con ciertos parámetros regulados por las normas emitidas dentro del estado de emergencia sanitaria actual.

Es una plataforma virtual que permite absolver las dudas y consultas que pudieran tener al interior de la empresa, que pueden estar orientados o no, al estado de emergencia en que vivimos.

Nuevo Régimen de Aplazamiento y Fraccionamiento Tributario - FAE

Reactiva Perú y Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPRE FAE MYPE

Conoce si tu empresa se encuentra calificada para acceder al nuevo FAE y con ello, beneficiarte de las tasas de interés más bajas para el pago de deudas tributarias, incluso para aquellas que actualmente se encuentren con fraccionamiento vigente, o impugnadas.

Conoce si tu empresa se encuentra calificada para acceder a estos financiamientos, el destino que puedes dar a estos recursos y su tratamiento legar y tributario.

Tratamiento de datos personales en el marco de la emergencia sanitaria

¿Qué se debe tener en cuenta para prestar Servicios Educativos por Medios Digitales?

Recomentaciones: Elaboración de informe o video conferencia sobre las exigencias normativas referidas a la protección de datos personales. Protocolo: Elaboración de protocolo o procedimiento a seguir frente a colaboradores o familiares de ellos, que sean diagnosticados con COVID-19. Asistencia: Asesoría Legal frente a procedimientos trilaterales y tutela ante la Dirección de Protección de Datos Presonales.

Nuestra firma se preocupa por brindarles un soporte completo en este tiempo de crisis y presentarles una asesoría especializada en: • Cumplir con los objetivos del Currículo Nacional de Educación Básica. estudiantes reciban • Los retroalimentación de sus aprendizajes por parte de los docentes. • Presentar la adecuación del Plan de Recuperación a la UGEL. • Transparentar la información de los costos de las clases presenciales y no presenciales y su incidencia en la UGEL e INDECOPI.


arequipa@munizlaw.com / Telfs.: (+51-54) 251 476 / (+51-54) 273 207

Justicia Penal COVID-19

Jurisprudencia relevante nacional y regional (sur) sobre órdenes de libertad para detenidos.

Protocolo sanitario para la operación ante el COVID-19 del servicio Público Notarial Asesoramiento e implementación del “Protocolo sanitario para la operación ante el COVID-19 del servicio público notarial”.

Reestructuración Empresarial (Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal y otros)

Conoce cómo refinanciar o reprogramar las obligaciones contractuales de tu empresa y cumplir con los acreedores sin sacrificar activos o el capital de trabajo.

Normativa COVID-19

Brindamos asesoramientos sobre las normas y alertas legales relacionadas al COVID-19, publicadas hasta el momento.

Prevención de delitos durante el trabajo remoto Conoce las obligaciones especiales que tiene el empleador en seguridad y salud para el trabajo remoto durante el estado de emergencia.

PRA Protocolos de reinicio de actividades

Prevención de delitos en el reparto de bienes y productos por delivery

Brindamos asesoramiento sobre las distintas resoluciones y normas que indican los protocolos a tener en cuenta para el reinicio de actividades empresariales.

Conoce lo que debe hacer el empleador para evitar riesgos penales en el reparto de bienes y productos por delivery.

Asesoría Legal de Entidades inafectas y exoneradas del Impuesto a la Renta

Control posterior en la Contratación Pública

Brindamos una asesoría integral para el cumplimiento de las obligaciones de carácter civil y tributario, a las entidades sin fines de lucro que deseen gozar de la Inafectación / Exoneración del Impuesto a la Renta que les permita recibir donaciones.

Revisión de los expedientes de contratación, para evaluar el cumplimiento de la normativa y sus consecuencias administrativas y funcionales.


Eventos Ejecutivos El día 06 de abril se llevó a cabo un webinar «Aspectos legales de la emergencia sanitaria» que abordó temas sobre la influencia del COVID-19 en el sector empresarial. Asimismo, el día 20 de abril en colaboración con la Cámara de Comercio de Arequipa, se organizó un webinar «Estrategias laborales durante el estado de emergencia», donde se tocó temas de importancia en temas laborales. De igual manera, el 24 de abril se organizó un webinar «El servicio educativo en tiempo de emergencia sanitaria» evento que convocó a centros educativos y se tocó temas respecto a la educación a distancia entre otros. El día 14 de mayo en organización con nuestra sede principal de la ciudad de Lima se realizó el webinar «Recientes normas tributarias COVID-19» cuyo objetivo fue dar a conocer las normas para mitigar el impacto en la economía de la empresas y personas naturales generado por las medidas de aislamiento e inmovilización social obligatorio dictadas por el gobierno. Finalmente, el 11 de junio se realizó un webinar «Implicancias legales de la ampliación del estado de emergencia», evento que fue dirigido a diferentes empresas de las ciudades de Ilo, Moquegua, Puno y Juliaca; se habló sobre temas laborales, administrativos y de refinanciamiento concursal de las empresas.



«Nuestro Estudio busca un sólido compromiso con sus clientes y una relación a largo plazo»

Jorge Muñiz Ziches Socio Decano y fundador del Estudio Muñiz

Sede Arequipa:

Avenida Bolognesi Nº 201, Arequipa. T. (054) 251 476 - (054) 273 207

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Jr. Independencia N° 151, Of. A-202 y A-204 - 2do. piso. T. (051) 634 437

Sede Juliaca:

Jr. La Mar Nº 189, 2do piso, Oficina 01, Plaza Zarumilla. T. (051) 635 609

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