Revista Digital CESCIPE

Page 1

REVISTA DIGITAL

C E S C I P E

Revista semestral publicada por el Centro Superiores en Ciencias Penales

CONTENIDO

Director General de CESCIPE

Mtro. Jesús Héctor Grijalva Tapia

Directora Académica y Administrativa de CESCIPE

Lic. Delfina Pazos Tirado

Editor en Jefe

M.A.P. Alan Alfredo Moreno Herrera Diseñador Lic. Gerardo Javier González Esparza

Colaboradores

Ramón García Calderón, Juan Carlos Castañeda Álvarez, Miguel Olivares Garcilazo, Violeta Alejandra Chávez Bautista

HISTORIA Y EVOLUCIÓN DE CESCIPE. 6

LA CRIMINOLOGÍA APLICADA AL ENTORNO ESCOLAR. 9

- Ramón García Calderón.

12

CONDUCTAS ANTISOCIALES Y DELICTIVAS ANTE LA COMUNIDAD CIVIL, INVOLUCRADAS PERSONAS EN ETAPA DE JUVENTUD Y MENORES DE EDAD.

- Miguel Olivares Garcilazo.

15

ÁMBITO DE PROTECCIÓN Y ATENCIÓN INSTITUCIONAL RESPECTO AL NIÑO QUE INCURRE EN CONDUCTAS DELICTIVAS.

- Juan Carlos Castañeda Ávarez.

22

SOBRE ¨LOS FINES DE EXPLOTACIÓN¨ EN EL ARTÍCULO 3 DEL PROTOCOLO DE PALERMO.

- Violeta Alejandra Chávez Bautista.

RevistaDigitalCESCIPE,número01,Enero-Abril2023. Esunapublicaciónsemestral,editadaporelCentrodeEstudios SuperioresenCienciasPenales,CampusMexicali,Av.Reforma#1500Esq.conCalleG ColoniaNueva,Mexicali,BajaCalifornia,C.P.21100,Tel:(686)6865523741 www.cescipe.edu.mx

ResponsabledelaultimaactualizacióndeesteNúmero:M.A.P.AlanAlfredoMorenoHerrera,Av.Reforma#1500Esq.con CalleGColoniaNueva,Mexicali,BajaCalifornia,C.P.21100,fechadeultimaactualización15dediciembrede2022.

Lasopinionesmanifestadasporlosautoresnonecesariamenteplasmanlaposturadeleditordelapublicación.Todotrabajo publicadoesresponsabilidaddelautorynoreflejalaopinióndelarevistaodelaInstitución.Quedaprohibidala reproduccióntotaloparcialdeloscontenidoseimágenesdelapublicaciónsinpreviaautorizacióndelCentrodeEstudios SuperioresenCienciasPenales.

2

y g tiene y con ello la innovación es cada vez más competitiva; en un mundo globalizado, el ser humano busca como realizar las tareas de una manera rápida, ágil y eficiente De esta manera, cada actividad entra en una evolución constante, lo que nos permite llegar a la imaginación de crear nuevas áreas de oportunidad. Por ello, la transmisión de la información es cada vez más rápida y a la vez se vuelve obsoleta, y debemos encontrar nuevas formas de comunicarnos, nuevas formas de enseñar, nuevas formas de interactuar; y una manera de hacerlo es por medio de la lectura y cito la frase de Francisco Bacon:

La lectura hace al hombre completo: la conversación lo hace ágil, el escribir lo hace preciso

Por muchos años se ha trasmitido conocimiento por medio de los escritos, y es así, que en la actualidad seguimos utilizando la lectura como medio para transmitir, conocimiento, criterios, reflexiones, ideas, imágenes, cultura, entre otros El desarrollo de la tecnología nos abre las puertas a la innovación, por ende, el Centro de Estudios Superiores en Ciencias Penales decide crear la Revista Digital CESCIPE, como medio para comunicar los temas que como estudiantes, docentes y sociedad en general nos interesa

Y con placer, les damos la más cordial bienvenida a esta primera edición de la Revista Digital CESCIPE, siendo un espacio no solo para transmitir conocimiento, si no también, para compartir acontecimientos culturales y académicas de la institución, teniendo una diversificación de opinión e inclusión entre todos nuestros colaboradores y lectores. Revista Digital CESCIPE, pretende ser un sitio para el docente y el alumno, en el que a través de la investigación y de la enseñanza de herramientas digitales, podrán comunicarse e interactuar de manera dinámica, aprovechando la evolución de las tecnologías de la información para potenciar y profundizar los contenidos; provocando en el docente y alumno una experiencia motivante y enriquecedora que permita ampliar sus conocimientos y su desarrollo. Así como también contribuir en la complementación de formación de profesionales a los alumnos miembros de la comunidad universitaria, ofreciendo actividades mediante las practicas profesionales, para la actualización, superación y profesionalización académica. La revista procura en sus distintas ediciones plasmar temas de índole actual en materia de criminología y derecho siendo las carreras pilares de nuestra institución, además de otras disciplinas como criminalística, psicología, administración pública, sistema acusatorio adversarial, como también temas con carácter social, seguridad y tecnología Y en esta primera edición se abordará un tema de relevancia, que son los menores de edad en el ámbito de la criminología y el derecho, con la participación de profesionales, manifestando su crítica y opinión a través de ensayos desarrollados.

Se contará con secciones que expresen la cultura académica vivida en el Centro de Estudios Superiores en Ciencias Penales, así como la participación de colaboradores externos de instituciones públicas y privadas

Agradecemos la participación del Licenciado Gerardo Javier González Esparza que durante sus prácticas profesionales se desempeño como responsable de diseño de la revista digital cescipe, desarrollando la imagen y forma de la revista; así mismo quiero agradecer a los docentes Ramón García Calderón, Juan Carlos Castañeda Álvarez, Miguel Olivares Garcilazo, por su colaboración como ponentes.

Finalmente quiero agradecer al equipo administrativo de CESCIPE y a la Lic. Delfina Pazos Tirado directora Académica y Administrativa por su apoyo

A P Alan Alfredo Moreno Herrera Editor en jefe de la Revista Digital CESCIPE

3
M

Mtro. Ramón García Calderón

Es Licenciado en Criminología y maestro en Administración Pública, Profesor universitario en las materias en criminología, criminología ambiental, política criminológica, diseño de programas de intervención comunitaria en distintas universidades, Director de programas preventivos en Grupo Previad A.C., Dirección General en EDUPREV consultoría criminológica, servidor público para la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno del Estado de Baja California, es creador de la Iniciativa de reforma a la Ley de Educación de Baja California para la inclusión del criminólogoenlaprevencióndelaviolenciaescolar.

Contacto: rgarciacalderon@outlook.com

Mtro. Juan Carlos Castañeda Álvarez

Es Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Baja California, maestro en Ciencias Jurídico Penales por la Universidad de Tijuana y doctorante en Derecho Penal por el Centro de Estudios de Posgrado, cuenta con la especialización en Justicia para Adolescentes; es consejero y promotor adscrito al Consejo de menores infractores del Estado. A sido Juez de Primera Instancia Especializado en Justicia para Adolescentes, Juez de Control de Adultos, miembro del Consejo Estatal contra las adicciones e integrante de las sesiones técnicas de la Comisión Pública de la Conferencia Nacional deGobernadores.

Contacto: juancastaneda84@yahoo.com.mx

Mtro. Miguel Olivares Garcilazo

Es Licenciado en Psicología por la Universidad Autónoma de Baja California, maestro en pedagogía por la Universidad Estatal de Estudios Pedagógicos, maestro en psicología criminologica por el Centro de Estudios Superiores en Ciencias Penales, profesor en distintas universidades particulares, así como coordinador de carrera en la Universidad Vizcaya de las Américas. Ha manejado grupos de capacitación en el sector empresarial y público. Actualmente tiene experiencia laboral en el sistema penitenciario, trabajando directamente con los privados de la libertad, realizando evaluaciones psicológicas, dictámenes periciales, intervención en crisis, programas terapéuticos y asesorías psicológicas. Durante dicho tiempo ha realizado actividades como psicólogo, coordinador técnico, coordinador de psicología, coordinador estatal depsicologíaycomojefedereinserciónsocial.

Contacto: molivares68@hotmail.com

Dra. Violeta Alejandra Chávez Bautista

Es Licenciada en Filosofía por la Universidad Veracruzana. Licenciada en Música y Guitarra por la Universidad Veracruzana. Cuenta con Maestría en Filosofía por la UNAM y Doctorado en Ciencias Políticas y Sociales por la UNAM. Es Profesora de tiempo completo en la Facultad de Ciencias Sociales y Políticas en la Universidad Autónoma de Baja California. Voluntariado en línea para las Naciones Unidas desde 2013. Traducciones para ACNUR ingles-español y portugués-español: notas periódicas para el sitio web la agencia. Docente del Doctorado en Desarrollo Educativo en la UNIDEP. Catedrática en la Maestría en Ciencias Políticas en el Centro de Estudios Superiores Navales CESNAV. Interprete y traductora de ingles – español – ingles en el GlobalLanguageInstitute.

Contacto: violeta.a.chavez@gmail.com

4
C o l a b o r a d o r e s
Licenciatura en Criminología Licenciatura en Derecho Licenciaturas y Posgrados Maestría en Criminología Maestría en Psicología Criminológica Licenciatura en Criminología Maestría en Criminología Maestría en Ciencias forenses con orientación en Criminalística HTTP://WWW.CESCIPE.EDU.MX/ Doctorado en Ciencias Penales
en Prevención de Pérdidas y Protección de Activos virtual
en Psicología Criminológica virtual Maestría en Ciencias de la Seguridad
Maestría
Maestría

En el 2010 en Baja California, por parte de un grupo profesionales nace la idea de crear una institución educativa, con la intención de formar profesionistas que cuenten con la capacidad de analizar, identificar y diagnosticar las causas del problema de la inseguridad que se vive en el Estado y en todo el país, siendo la educación el medio eficaz para brindar a la sociedad el apoyo necesario para lograr la paz social Es por ello que se decide denominar a la institución educativa como el Centro de Estudios Superiores en Ciencias Penales CESCIPE con la primera oferta académica, la cual es la Licenciatura en Criminolgia.

El Centro de Estudios Superiores en Ciencias Penales se constituye el 31 de enero del 2011, en Mexicali, Baja California, como una institución de educación superior con la Misión de formar profesionistas con alto indice de conocimientos científicos y prácticos en las ciencias penales Teniendo la Visión de Ser la mejor institución educativa a nivel Nacional dentro del campo de las ciencias penales, aportando profesionistas que, coadyuven con el crecimiento de México . Para ello CESCIPE construye sus valores profesionales: Compromiso, Equipo, Servicio, Confianza, Integridad, Puntualidad y Ética Profesional.

En ese mismo año, CESCIPE logra obtener el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de la Licenciatura en Criminología, con el objetivo de formar profesionales en el comportamiento del individuo enfocados al fenómeno de la criminalidad y la prevención de riesgos, desarrollando programas que aporte y coadyuve a la esfera pública y esfera privada, logrando establecer una armonía y paz en la sociedad Para el año 2014 egresa la primera generación de Licenciados en Criminología, brindando al Estado de Baja California los primero 23 profesionales.

CESCIPE decide continuar construyendo nuevo proyectos curriculares, por ello, lanza su primer programa de posgrado con la Maestría en Criminología, con el objetivo de formar profesionales comprometidos con la verdad y la justicia, interdiciplinarios, participativos, críticos y capaces de resolver los grandes dilemas que demanda la sociedad en practica de manera integral, con un alto sentido ético-humanista En el 2014 egresa la primera generación de la Maestría en Criminología, teniendo como padrino y siendo un gran honor al investigador y catedrático el Dr Luis Rodríguez Manzanera

En el 2016 CESCIPE continua creciendo por lo que en ese año oferta la Licenciatura en Derecho, así como también la Maestría en Administración Pública, Sistema Acusatorio Adversarial y para el año 2017 oferto el Doctorado en Ciencias Penales

La licenciatura en Derecho, esta estructurada para el entorno actual del Sistema de Justicia Penal, con el objetivo de formar profesionales comprometidos con la verdad y la justicia, interdiciplinarios, participativos, críticos y capaces de resolver los grandes dilemas que demanda la sociedad en practica de manera integral, con un alto sentido éticohumanista

H i s t o r i a
6

Así también, en el 2016 en CESCIPE se inaugura, el Observatorio Ciudadano de Justicia (OCJ), cuyas acciones son las de evaluación, supervisión y difusión del Sistema de Justicia Penal Acusatorio en los distintos estados de la República Mexicana, contando a partir del año en mención a Baja California.

CESCIPE con el objetivo de especializar y actualizar a los profesionales egresados y al público en general, crea el departamento de Educación Continua. Hoy en día el avance de la tecnología va en aumento, por lo que CESCIPE con el afán de innovar, crea la educación continua virtual, ofreciendo cursos, talleres, diplomados, seminarios y conferencias, no solo presencial, sino, también en línea; brindando las herramientas digitales necesarias para el fortalecimiento del aprendizaje. En esta modalidad CESCIPE ofrece los planes de Diplomado en Derechos de la Infancia y Justicia para adolescentes, Diplomado en Detección y Prevención del Delito, Diplomado en Medicina forense, Diplomado en Criminalística, Diplomado en Perfilación Criminal, entre otros.

Ademas, CESCIPE celebra la semana del criminológo en el mes de noviembre, donde se promueve la importancia de la criminología mediante actividades académicas y culturales, donde los alumnos y docentes pueden participar En la semana del criminológo también se desarrolla año con año la carrera atlética para adultos y niños, donde se invita al público en general, entregando premios a los primeros lugares.

en la categoría infantil Así mismo, contribuyendo a fortalecer las tradiciones y costumbres mexicanas, CESCIPE desarrolla el Festival día de Muertos con diferentes actividades, como: concurso de altares de muertos, concurso de disfraz de catrina, calaveritas, y concurso de disfraces para los niños En el evento se organiza una Kermes para los alumnos, docentes, personal administrativo y publico en general. omentando la convivencia familiar, los valores, la nteracción entre padres e hijos, como también los docentes y el alumnado. Entre otras actividades culturales, también se han desarrollado concurso de comida internacional, cine, orquestas, concurso de alentos, obras de teatro entre otros CESCIPE, continua creciendo para lograr los objetivos institucionales brindando instituciones de educación con el propósito de coadyuvar a nuestra sociedad con profesionales Guerreros capacitados para el crecimiento de México

C ¨
7 H i s t o r i a
e a t
HTTP://EDUCACION-CONTINUA.CESCIPE.EDU.MX/

Actualmente nuestro país atraviesa una situación critica en relación con el fenómeno de la violencia, y no representa ninguna sorpresa el hecho de considerar a México como uno de los países más violentos a nivel mundial, con una tasa de homicidios de 28 por cada 100,000 habitantes (INEGI, 2022), o con una cifra de 1, 228, 506 incidencias de violencia familiar denunciados en lo que va del presente año, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema nacional de Seguridad Pública en México Sin embargo, estos dos fenómenos mencionados son solo una muestra de la problemática que atravesamos como sociedad y sobre las cuales debemos prestar muchísima atención si pretendemos cambiar nuestra realidad, ya que estos indices representan los elementos que nos llevan al análisis criminológico, con la intención de entender donde se están generando dichos niveles de violencia. Es este punto donde nos encontramos con otro fenómeno donde tiene sus raíces muchas de las conductas criminales cuando nos metemos al estudio del origen de las mismas; y nos referimos a la violencia sufrida por el ser humano en sus etapas tempranas de desarrollo

La violencia, según la Organización Mundial de la Salud, es definida como el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones; y es de vital importancia tener consciencia que uno de los grandes retos que enfrentamos en la actualidad, es la disminución de incidencia de la violencia en dos núcleos específicos: el familiar y el educativo, siendo esta ultima una de las manifestaciones de violencia que mas nos aqueja, ya que segun el ultimo estudio de OCDE, México ocupa el primer lugar a nivel mundial en acoso escolar, con casi 19 millones de alumnos afectados por este fenomeno

Es importante dejar claro, que para entender la violencia escolar no solo debemos considerar toda manifestacion de violencia dentro de los limites fisicos del plantel educativo, sino que se debe contemplar de igual manera aquella que se pueda dar en el exterior desde una relación social gestada dentro del mismo entorno educativo

Ademas, y en el mismo entendido de confusión que se genera en dicho concepto, en algunas ocasiones se establece que el acoso escolar entre pares es la única manifestación de violencia escolar que de manera general se presenta en nuestras escuelas, e inclusive se utiliza el termino de manera indiscriminada para referirse a cualquier acción que dañe el sano desarrollo de los alumnos en el entorno educativo, y no puede haber nada mas erróneo que eso Tenemos que conocer el fenómeno para entenderlo y clasificarlo, por eso se vuelve tan relevante la investigación científica sobre la problemática

Así mismo, no podemos negar la presencia de violencia en las escuelas mexicanas, ni tampoco que sigue causando profundos estragos en el desarrollo psicosocial de los menores; pero quizá una de las causantes del crecimiento o evolución de este fenómeno en México, es la misma intervención con los que cuenta el Estado, y es que las estrategias implementadas no son lo suficientemente eficientes o eficaces para reducir los indices de la violencia escolar

C r i m i n o l o g í a
9

En los últimos diez años se han llevado acabo esfuerzos para trabajar la prevención del delito en nuestro país y han sido periodos en los que las políticas y estrategias para tratar este tema fueron totalmente reactivas y nunca se atendieron las verdaderas causas

La Criminología, por su parte, en el camino de cumplir su finalidad que es la prevención, ha tenido que voltear la mirada hacia las etapas del desarrollo humano y etapas tempranas, donde se presenta una serie de factores criminógenos que a su vez se ven antecedidos por factores de riesgo que simplemente están pasando desapercibidos en las estrategias preventivas que se ejecutan actualmente, y si bien se encuentran en una etapa de evolución y desarrollo originada a partir de una necesidad de generar las tan indispensables áreas de especialización para el criminologo, se ha centrado en abrir camino para un área de especialización llamada criminología educativa, la cual es entendida como una rama de la criminología que tiene como objetivo la detección e intervención sobre factores de riesgo en el entorno escolar, que presentan una amenaza para el sano desarrollo de las niñas, niños y adolescentes, teniendo como finalidad la prevención del antisocialidad mediante la reducción de riesgos y potencializando los factores de protección

Sin embargo, consideramos que aun se le deja toda la responsabilidad a la dirección del plantel educativo, y al personal docente, del trabajo tan complejo que requiere la atención de la problemática, y donde aparte de tener que cumplir con las responsabilidades propias de la función de enseñanza que tiene un docente de grupo, se les suma las funciones de agente preventivo sobre el fenómeno especifico de la violencia.

Al

Para subsanar lo anterior, el profesional en Criminología seguramente tiene claro que la prevención es fundamental siendo considerada el fin ultimo de esta ciencia, y dada la situación de inseguridad y violencia que vive nuestra sociedad, debe comprender que el ámbito escolar representa un punto de convergencia entre los elementos mas importantes en el desarrollo de los menores, considerado un espacio donde el niño, la niña o el adolescente desarrolla habilidades de socialización y emocionales que son vitales para su pleno crecimiento; y es justamente ese el punto de inflexión para poner manos a la obra y abonar en favor de la sistematización del conocimiento cronológico para el estudio y solución de las problemática sociales que impactan a nuestro país, entendiendo que podemos ser un agente de apoyo para coadyuvar con el personal educativo dentro de los planteles escolares en la detección, intervención y prevención de la violencia escolar.

REFERENCIAS:

INEGI (2022) Comunicado, datos preliminares revelan que en 2021 se registraron 35,625 homicidios https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/202 2/DH/DH2021.pdf

Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en México (14 de septiembre de 2022) Incidencia delictiva https://www gob mx/sesnsp/articulos/incidencia-delictiva Organización Panamericana de la Salud, OMS (14 de septiembre de 2022) Prevención de la violencia https://www paho org/es/temas/prevencionviolencia#:~:text=La%20violencia%20es%20el%20%E2%80%9Cuso, muerte%2C%20privaci%C3%B3n%20o%20mal%20desarrollo.

Mtro. Ramón García Calderón

Me considero una persona apasionada por la Criminología, un profesionista roactivo y comprometido con la sociedad que tanto nos necesita en la ctualidad. Preventólogo creyente de las libertades y el respeto a los derechos umanos como base de toda acción preventiva que llevemos a las comunidades"

C r i m i n o l o g í a
final, entendemos los esfuerzos que las autoridades educativas realizan día a día para atender el problema de la violencia en las escuelas, incluso se reconoce que el mismo protocolo actual para la protección integral escolar es un documento muy completo y quizá el mejor estructurado, comparadoconlasultimasversionesquehemostenido.

CONDUCTAS ANTISOCIALES Y DELICTIVAS ANTE LA COMUNIDAD CIVIL, INVOLUCRADAS PERSONAS EN ETAPA DE JUVENTUD Y MENORES DE EDAD

En la presente reflexión, es mi interés el exponer de forma analítica uno de los temas significativos que se presentan en la actualidad, concerniente a la manifestación de conductas antisociales y delictivas ante la comunidad civil en diferentes ciudades del país, en el cual se han visto involucradas personas en etapa de juventud y menores de edad. Considerando que debemos darnos la oportunidad al ocuparnos de una intervención socioemocional dirigida a una de las poblaciones vulnerables, como lo son los “niños, niña y adolescentes”, siendo que son un segmento de nuestra comunidad significativa y en formación; y no es mi intención el de calificar o descalificar un sistema educacional o generacional, siendo la finalidad única, la de deliberar la actual interacción social que se establecen entre esta población y la actual sociedad

El Consejo Nacional de Población expone en noviembre del 2021, que para dicho año en el país, se registró una población existente de 128 millones 972 mil 439 habitantes, de los cuales el 30.6 % son la población antes mencionada en rango de edad de 0 a 17 años, equivalente a 39 millones 487 mil 932 personas en esas edades; y que del 30.6 % registrando, el 49 1 % corresponde al sexo femenino y el 50 9 % son varones; identificando que en dicho grupo de 0 a 17 años, los menores de 5 años de edad corresponden al 32 7%, los menores de 6 a 11 años ubicados en edad escolar de son un 33 5% y 33 8% son adolescentes de 12 a 17 años.

De lo anterior deducimos que del 30 6 por ciento correspondiente a la población general, y que de este porcentaje actualmente un 67 3 por ciento, de individuos menores de edad se encuentran en etapa formativa de educación formal e informal, interactuando en los diferentes contextos sociales tales como, ambientes familiares, actividades religiosas, sistema educativo, de convivencia en grupo de pares, actividades culturales y deportivas, y en todas aquellas en las cuales existe una interacción física socio ambiental

Laura Romero a través de su artículo “Riesgo de problemas de conducta para 20 por ciento de niños”, editado en 25 de julio del 2019, expone que “…en México, 20 por ciento de los niños en edad escolar está en riesgo de padecer problemas severos de conducta, que dificultan la inserción de los menores a la vida escolar, familiar y social en general; además, los pueden llevar a un desempeño o rendimiento escolar bajo”.

Otro indicador significativo por revisar fue lo concerniente a la cuestión de la Salud mental en los adolescentes, referido en un estudio por investigadores de la UNAM, mencionan que, en México de acuerdo con el INEGI, en 2020 se registraron siete mil 896 suicidios, 700 más con respecto al 2019, de ahí que la salud mental sea un tema fundamental.

12
C r i m i n o l o g í a

Por otra parte, en lo referente a la conducta antisocial y/o delictiva, en base al resultado de la Encuesta Nacional de Adolescentes en el Sistema de Justicia Penal (ENASJUP), elaborada por el INEGI correspondiente al año del 2017, arrojo que 6,891 adolescentes se encontraban sujetos en algún procedimiento del Sistema de Justicia Penal

Las reseñas anteriores es un marco de referencia objetivo para exponer la existencia de una problemática real que afecta a un segmento de la población vulnerable por su grado de inmadurez tanto biológica como emocional que, indudablemente tendrá una repercusión social en un futuro en nuestra comunidad. Identificando que es un tercio de la población en México, que se conforma en una etapa formativa y de personalidad, es por ello la importancia de “atender” de forma “adecuada” la educación de los menores con el objetivo de establecer pautas de conducta socialmente “funcionales”.

En la actualidad existen dependencias del estado de los tres órganos de Gobierno, así como Organizaciones no Gubernamentales (ONG), que han preocupado por el desarrollado e implementación de programas y apoyos para combatir estas áreas de oportunidad.

se han desarrollado, llos, Travis Hirschi r en el campo de la onocido por su obra da en 1969, referida informal” o también sociales” en la cual ación de afectos los omponentes sociales onducta antisocial y omo el apego el

REFERENCIAS

ADN 40. https://www.adn40.mx/salud/adolescentessalud-mental-deps-especial Recuperado el 01 de octubre del 2022

Criminología y sociedad Raquel Botia López http://criminologiacys org/2017/09/21/travis-hirschi/ Recuperado el 01 de octubre del 2022.

GACETA UNAM- Órgano informativo de la Universidad Nacional Autónoma de México. https://www gaceta unam mx/riesgo-de-problemas-deconducta-para-20-por-ciento-de-ninos/ Recuperado el 01 de octubre del 2022.

Gobierno de México. Consejo Nacional de Población. https://www.gob.mx/conapo/es/articulos/dia-mundialde-la-ninez? idiom=es#: :text=Volumen%20de%20poblaci%C3%B3n &text=En%202021%2C%20en%20el%20pa%C3%ADs,93 2%20personas%20en%20esas%20edadesRecuperado el 01 de octubre del 2022.

Observatorio de prisiones https://observatorio-deprisiones.documenta.org.mx/archivos/4947 Recuperado el 01 de octubre del 2022

expresar un autoconcepto, es la conciencia de saber si la manifestación de nuestra conductareflejaobjetivamenteloquesomos.Esunreflejodenuestraexistencia?.

C r i m i n o l o g í a

INSTITUCIONAL RESPECTO AL NIÑO QUE INCURRE EN CONDUCTAS DELICTIVAS

El ámbito de la justicia en México, relativa a personas menores de dieciocho años de edad, ha estado provisto de esquemas normativos y político criminales fluctuantes, siempre a la par de directrices de corte internacional En este tenor es de considerar la importancia de estimar en dicho rango de edades, no solo a los adolescentes, es decir a quienes tienen una edad de entre doce y diecisiete años, sino a quienes cuentan con una edad menor a los doce años, es decir, a los niños que incurren en actos tipificados por las leyes penales como delitos

Aspectos normativos

En este sentido, el ámbito de protección a los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en conflicto con la ley penal, surge en el plano Constitucional, por parte de los numerales cuarto y dieciocho de la carta magna, al referir el primero de los preceptos, lo siguiente: En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 2018 Art 4)

Asimismo, el numeral dieciocho de tal ordenamiento sustantivo refiere en su párrafo cuarto: La Federación y las entidades federativas establecerán en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes, que será aplicable a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad. Este sistema garantizara los derechos humanos que reconoce la Constitución para toda persona, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos a los adolescentes Las personas menores de doce años a quienes se atribuya que hayan cometido o participado en un hecho que la ley señale como delito, solo podrán ser sujetos de asistencia social. (Constitución Política…Art. 18). Así quedan claramente definidas las líneas rectoras en política criminal respecto del menor de dieciocho años que comete un delito, y son marcadamente opuestas en rango de la edad del sujeto: ya que si cuenta con doce años o mas, tendrá un esquema de justicia especializado, provisto de lineamientos acordes a un proceso jurisdiccional de responsabilidad y de imposición de medidas en su caso, donde el propio articulo en

párrafos subsecuentes alude a principios de carácter sustantivo y procesal en esencia semejantes a un proceso penal instaurado a un adulto Situación diversa al tratarse de una persona menor de doce años, en cuyo caso la respuesta institucional contemplada se resume a señalar que sólo podrán ser sujetos de asistencia social

Dicho párrafo entraña como aspecto relevante la inclusión del vocablo “sólo” y con ello eliminando cualquier otra acción que no entre en el ámbito de asistencia; es decir, con ello básicamente se asegura eliminar cualquier posibilidad de medidas punitivas como la privación de libertad. Así las cosas, nos encontramos con este ámbito especifico de niños en conflicto con la ley penal, en un entorno complejo, donde por una parte se trata de un niño y, por ende, sobre el cual existe un deber de protección en busca de su optimo desarrollo como persona y por otra, implica un individuo que ha incurrido en una conducta catalogada como delito.

Luego entonces, la respuesta gubernamental respecto a un menor de doce años que incurra en este ámbito de conductas, se limita a la “asistencia social”; para cuyo significado resulta importante acudir a la propia opinión de quienes definieron tal párrafo constitucional en su actual redacción, lo que se advierte en la propia minuta del dictamen elaborado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Justica, de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos donde se refiere: implica la gama de acciones necesarias en el ámbito de las responsabilidades del poder público para la debida atención de las personas menores de doce años de edad a quienes se hubiere atribuido la comisión o participación en un hecho señalado por la ley como delito. En nuestra consideración, la "asistencia social" es la base constitucional para el desarrollo de políticas públicas dedicadas a la atención de las condiciones que eventualmente pudieran haber generado que a esa persona menor de edad se atribuya la comisión o participación en un ilícito penal y por lo cual no es factible someterla a un proceso tendiente a dilucidar su responsabilidad Al mismo tiempo, deseamos señalar que en el ámbito de la "asistencia social" para estas personas, está implícita la acción de reinserción social que fuere menester, a fin de que se atiendan sus carencias y limitaciones mediante la implementación de las políticas públicas correspondientes (Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Justicia; de Derechos Humanos; de Estudios Legislativos, Primera, y de Estudios Legislativos, Segunda, con proyecto de decreto de reformas a los artículos 18 y 73 fracción XXI, inciso c), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de justicia para adolescentes. 2014).

ÁMBITO DE PROTECCIÓN Y ATENCIÓN
15 D e r e c h o

Así las cosas, es conducente acudir a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a efecto de buscar algún esquema concreto en cuanto a las acciones a tomar en este aspecto particular, en cuyo caso se advierte lo siguiente:

Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantizarán que niñas y niños a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito se les reconozca que están exentos de responsabilidad penal y garantizarán que no serán privados de la libertad ni sujetos a procedimiento alguno, sino que serán únicamente sujetos a la asistencia social con el fin de restituirles, en su caso, en el ejercicio de sus derechos.

1) Ingerencia de órganos de protección y no de procuración de justicia

2) Limitante absoluta de aplicar medidas privativas de libertad

3) Aplicación inmediata de medidas en protección o en su caso restitución de sus derechos.

4) Derecho de revisión de medidas ante autoridad judicial. (esquema contradictorio, garantía de audiencia, derecho de defensa especializada).

Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades civiles que correspondan a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, conforme a las disposiciones aplicables (Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 2022 Art 84)

Tal precepto se complementa con lo referido por dicha norma, en el siguiente tenor:

La Procuraduría de Protección, en el marco de sus atribuciones, deberá, en su caso, solicitar a la autoridad competente de manera inmediata las medidas necesarias para la protección integral, de asistencia social y en su caso, restitución de sus derechos y garantizar que niñas y niños no sean objeto de discriminación

Toda medida que se adopte será susceptible de revisión por órgano judicial competente en un proceso contradictorio en el que se garantice, por lo menos, el derecho a ser oído y la asistencia de un abogado especializado (Ley General…Art. 85. Párrafos 3 y 4).

Se sientan las bases de un esquema de procedimiento en este ámbito, con la necesidad de que la autoridad competente desarrolle al menos los siguientes postulados:

Asimismo, para adecuadamente definir los aspectos relativos al postulado de asistencia hacia las niñas y niños en este particular entorno jurídico; resulta necesario atender a un documento de suma relevancia para todo esfuerzo indagatorio en la materia, producido por el propio tribunal supremo de la nación; siendo: el Protocolo de Actuación para quienes imparten Justicia en casos que involucran Niñas, Niños y Adolescentes.

En dicho protocolo se advierten principios generales de relevancia para todo Juzgador donde esté involucrado un niño; estos son: Interés superior del niño. No discriminación. Derecho a opinar en todos los asuntos que le afectan y a que sean debidamente tomadas en consideración sus opiniones. Derecho a la vida, supervivencia y desarrollo (Protocolo de Actuación para quienes imparten Justicia en casos que involucran Niñas, Niños y Adolescentes. 2014. SCJN. P. 41).

16
D e r e c h o

Todo niño y niña menor de doce años posiblemente involucrado en actividades constitutivas de delitos es un niño/a que pudiera estar en condiciones de riesgo y estar necesitado de atención. Por esta razón, si bien los niños y niñas menores de 12 años no son sujetos de la justicia juvenil, ello no exime a quien tenga conocimiento de una situación posiblemente constitutiva de riesgo de las obligaciones de brindar protección (Convención Americana sobre Derechos Humanos 1981 Art 19)

Dicho lo anterior, no pasa por desapercibida la otra parte del entorno que involucra este particular grupo de niños, el cual no es conducente desestimar; esto es, el tratarse de personas que han llegado a incurrir en actos delictivos

Esta situación resulta de importancia en tanto se trata de una persona que no obstante su corta edad, ha llegado a incurrir en actos ilícitos que pudieran ser de gravedad. Aspecto que este ponente puede atestar de primera mano en tanto años de experiencia en ámbitos de justicia para adolescentes, con la existencia de procesos de investigación donde han llegado a encontrarse relacionados niños, en ilícitos tales como robo con violencia e incluso homicidio.

Tales aspectos hacen evidente que se trata de personas con características especiales y por ello en requerimiento de una atención que, si bien sea en todo momento respetuosa de principios fundamentales como la no privación de libertad y la inaplicabilidad de un proceso de responsabilidad propiamente dicho, de igual modo se atiendan derechos esenciales como lo son sobre todo el interés superior del niño y la búsqueda de su optimo desarrollo como persona.

Así lo ha reconocido en esencia la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, en documentos tales como el Protocolo de Actuación antes referido, al señalar:

En síntesis, reconociendo que los niños y adolescentes son personas diferentes a los adultos, a partir de su nivel de desarrollo y de las características que se derivan de éste, en consecuencia, no cabe lugar dudas sobre la necesidad de brindarles una atención especializada, tomando en cuenta que además ésta es una condición para que puedan ejercer sus derechos en condiciones de igualdad (Protocolo de Actuación para quienes imparten Justicia en casos que involucran Niñas, Niños y Adolescentes 2014 SCJN. P. 12).

Asimismo, aunado a dicha atención especializada, es relevante considerar las implicaciones del principio del interés superior del niño, en cuyo caso es de examinar criterios de la Corte; donde si bien ubica tal principio como objeto de determinación por parte de los órganos jurisdiccionales atendiendo a cada caso particular; también esboza nociones para arribar a dicha aplicación práctica, como se puede apreciar en la siguiente tesis:

a) se deben satisfacer, por el medio más idóneo, las necesidades materiales básicas o vitales del menor, y las de tipo espiritual, afectivas y educacionales; b) se deberá atender a los deseos, sentimientos y opiniones del menor, siempre que sean compatibles con lo anterior e interpretados de acuerdo con su personal madurez o discernimiento; y c) se debe mantener, si es posible, el status quo material y espiritual del menor y atender a la incidencia que toda alteración del mismo pueda tener en su personalidad y para su futuro

Asimismo, es necesario advertir que para valorar el interés del menor, muchas veces se impone un estudio comparativo y en

17
D e r e c h o

ocasiones beligerante entre varios intereses en conflicto, por lo que el juez tendrá que examinar las circunstancias específicas de cada caso para poder llegar a una solución estable, justa y equitativa especialmente para el menor, cuyos intereses deben primar frente a los demás que puedan entrar en juego, procurando la concordancia e interpretación de las normas jurídicas en la línea de favorecer al menor (Tesis: 1a./J. 44/2014 (10a.).

De tal forma que se esgrime una noción esencial de resguardo y protección de su condición física, espiritual y emocional, pero en todo caso con una perspectiva a futuro y no en un entorno que puede resultar en detrimento no solo para el propio niño, sino para familiares o inclusive la propia víctima del ilícito, siendo en este último caso que se enfatiza la noción que el principio en referencia para su aplicación práctica conlleva necesariamente un sopesamiento con otros principios, entre estos evidentemente el resguardo de los derechos de la propia víctima

Requerimientos de aplicación

De las anteriores consideraciones se advierte la existencia de principios esenciales que tanto la norma nacional como internacional expide y que son relevantes para el tema en estudio; sin embargo, resulta evidente la falta de lineamientos prácticos para atender el caso concreto; esto, en tanto a las acciones de autoridad a verificar por motivo de una intervención donde la persona a quien se atribuya un ilícito penal sea efectivamente menor de doce años. Lo anterior sobre todo en los siguientes puntos.

1.Protocolo de intervención

2.Instalaciones

Protocolodeintervención

Resulta evidente que la ubicación del niño que incurre en actos delictivos como susceptible solo de asistencia social, no implica el ser ajeno a todos los derechos que le son otorgados a un adolescente en conflicto con la ley penal; sobre todo en términosdederechosesencialesreiteradospornormascomola Convención sobre los derechos del Niño y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; de los cuales destacan derechos elementales como el ser informado, ser asistido tanto en su ámbito psicológico, como legal y contar conlapresenciadefamiliares.

De tal forma que, en un protocolo de intervención a niños en estas circunstancias, deben como mínimo de considerarse las siguientes pautas:

A Intervención siempre en un lenguaje sencillo y no ofensivo.

B.Bajo ninguna circunstancia utilizar técnicas de sometimiento o formas de aseguramiento como candados de manos y pies

C.Identificación en forma clara como agentes policiales, ministeriales, o cualquier otra dependencia u organismo de procedencia.

D De inmediato cuestionar sobre su edad y recordar como regla general que en caso de duda si se trata de una persona mayor o menor de doce años, se presumirá menor de doce años.

E No revisión física

F.De inmediato hacer gestiones para informar a los familiares, tutores o encargados del niño sobre su intervención y en su caso el lugar donde será llevado. Asimismo, en caso de que algún familiar se encuentre presente, se le permitirá acompañar al niño en el lugar de la intervención y hasta el momento de su traslado.

G. En forma inmediata debe informarse a los familiares del niño losmotivosdela intervenciónylosderechosesencialesquele asisten.

H. Bajo ninguna circunstancia durante la canalización del niño o espera para trámites oficiales; se deberá ubicar al niño en una celda o separo; favoreciendo su ubicación en alguna oficina o espacio similar, acompañado de personal de la Procuraduría de laDefensadelMenor

I. Bajo ninguna circunstancia en su traslado o posterior espera paratrámitesoficiales,deberáubicárselejuntoaadolescenteso adultosdetenidos

J. En lenguaje sencillo y desde el primer arribo de la autoridad deberá informársele aspectos esenciales del motivo de la intervención

K. Cualquier traslado o espera para trámites oficiales debe verificarseenelmenortiempoposible

L. En cualquier entrevista o declaración ministerial, deberá contar con la presencia de un abogado y de personal de procuracióndeladefensadelmenor;ademásdeunfamiliar.

M. En forma inmediata debe informarse a los familiares del niño los motivos de la intervención y los derechos esenciales que le asisten

Instalaciones

En tenor de lo anterior y sobre todo considerando aquellos casos donde se trate de un niño o niña de circunstancias particulares que hagan imposible su reintegración al núcleo familiar, ya sea en forma temporal o permanente, resulta necesario abundar en aspectos normativos que resultarían indispensables para arribar a la finalidad de una exitosa asistenciasocial.

18
D e r e c h o

En cuyo caso se advierte de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en sus numerales 107 al 113, una importante cantidad de requerimientos para un centro que albergue a menores de doce años en necesidad de asistencia, a los cuales tal ordenamiento denomina Centros de Asistencia Social En cuyo caso, si bien no existe una estipulación exclusiva en cuanto a un centro con características especificas para atender niños en el caso que nos ocupa, su implementación practica resulta factible dados los requerimientos que se prevén en la norma en cuanto a la atención de aspectos particulares, tales como criterios de separación por razones de edad, sexo y otras condiciones que lo ameriten; además de seguridad del centro y especialización del personal primordialmente; esto sobre todo considerando la marcada diferencia que pudiera existir entre un niño que incurrió en algún acto delictivo, de otro niño que solamente requiere de asistencia social por alguna situación de vulnerabilidad o desamparo Por lo cual, lo más conveniente sería ubicar en el número que se requiera la existencia de Centros de Asistencia Social Especializados en Conductas Delictivas, donde se atiendan aspectos como:

A Aplicación exclusiva a niños que incurrieron en conductas delictivas. Esto en protección de otros menores de doce años a efecto de evitar influencias nocivas

B Atención personalizada a cada niño En base a cada circunstancia especial, familiar o social

C Separación de niños en atención a la gravedad de la conducta y circunstancias personales A efecto de evitar riesgos a los propios menores.

D. Instalaciones dignas, funcionales y en general provistas de seguridad exterior e interior.

E. Apoyo de personal operativo; en forma permanente y en turnos sucesivos. A efecto de preservar la seguridad personal de cada uno de los niños

F Especialización Dirigida al personal técnico y operativo del centro, a efecto de que cuenten con capacitación permanente en la materia; sobre todo en aspectos de índole jurídica como derechos humanos, derechos de la infancia, así como aspectos psicológicos con un enfoque en niños con situación de conflicto con la ley penal

G Lineamientos específicos y visibles para todo personal, internos y familiares; respecto a reglas de convivencia; proceso de sanción en caso de castigos, organismo determinador de sanciones (órgano colegiado), medidas sancionadoras, recursos existentes y posibilidades de impugnación.

H Información clara y visibles para todo personal, internos y familiares; respecto a los actos y resoluciones de la autoridad que pueden impugnarse; el procedimiento de impugnación, autoridades resolutorias; instancias de protección de sus derechos para la recepción de quejas

19
D e r e c h o

Consideraciones finales

Existe un enorme merito en todos los esfuerzos que a través de los años se han llevado a cabo para efecto

REFERENCIAS

Me considero una persona seria, responsable, estudiosa y sobre todo comprometida con su labor; procurando mantener una constante actualización en las materias de mi interés y necesarias para un óptimo desempeño, no solo como servidor público, sino en mis actividades docentes y de investigación.

D e r e c h o 20
Mtro.Juan Carlos Castañeda Álvarez

SOBRE "LOS FINES DE EXPLOTACIÓN" EN EL ARTÍCULO 3 DEL PROTOCOLO DE PALERMO

Resumen

El presente ensayo de divulgación brinda un panorama general del debate contemporáneo sobre el uso del concepto explotación como un elemento vital en la tipificación internacional del delito de trata de personas empleado por el Protocolo de Palermo. A pesar de que la interpretación jurídica y jurisprudencia es un ejercicio tradicional para las estructuras jurídicas herederas del derecho romano, también es cierto que los criterios de interpretación, principios y valores propios de cada sociedad y su tiempo, están tan vivos como las sociedades y, por tanto, son cambiantes, por esta razón es siempre oportuno prestar atención a cuáles son las circunstancias específicas en que se vive el Derecho, particularmente cuando el interés superior del ejercicio del Derecho persigue la concreción de la Justicia Se atienden, en consecuencia, criterios y categorías de análisis exógenas al corpus del derecho, como la geopolítica y la antropología, para comprender y arrojar luz sobre un concepto, el de explotación, que ha sido debatido históricamente como un elemento inherente a la polémica de la Justicia, toda vez que, de manera general, se ha entendido por explotación la utilización y el aprovechamiento injusto y dañino de una persona(s) por otra(s) que obtienen beneficio

El Protocolo de Palermo La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos incluye varios protocolos, el primero es el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente en mujeres y niños, al que comúnmente se denomina Protocolo de Palermo (2000). El Protocolo de Palermo tiene como finalidad prevenir y combatir la trata ofrecer protección a los sobrevivientes del crimen y promover la cooperación de los Estados para combatir este delito. El principio que subyace al Protocolo de Palermo es la negativa a la cosificación de las personas -la máxima kantiana de considerar a las personas como fines en sí mismos y no como un medio (Kant, 2006)-, al considerar que la trata hace de las personas una mercancía; su intención es ser el punto de partida de la construcción de los tipos penales de la trata de personas enlaslegislacionesnacionalesdelosEstadosparte.

En su artículo 3ro, el Protocolo define el delito de trata de personasdelasiguientemanera:

Por “trata de personas” se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a laesclavitud,laservidumbreolaextraccióndeórganos.

22
D e r e c h o

El proceso de globalización que hemos experimentado durante las últimas décadas incluye, además de la hegemoneización de una forma de vida, la globalización y transnacionalización de mafias y redes criminales. El crecimiento de los negocios ilícitos promovió el nacimiento de la perspectiva de secutirización y el fortalecimiento del enfoque punitivo en el derecho, una posición que fue adoptada por la Oficina contra la Droga y el Delito de Naciones Unidas (ONUDD) en la creación de la legislación actualmentevigente(Fuentes,2018).

En términos sociales y geopolíticos, las bases de la secutirización y del punitivismo las podemos remitir a la década de 1990, cuando el gobierno de los EEUU desarrolló, impulsó y promovió el modelo de las 3P, sostenido en Perseguir, Proteger y Prevenir. Un modelo al que,apartirde2011,seleañadióelelementoPartnershipo alianza como uno de sus componentes, por lo que hoy se denomina modelo 4P; el correlato institucional de este modelo es la legitimación institucional de las acciones de persecución y prevención extraterritoriales de los EEUU y algunosotrosEstados.

En lo tocante al delito de trata de personas, el modelo de las 3P está claramente presente en el Protocolo de Palermo y en el tratamiento legalista que al delito se ha dado desde entonces. En el Protocolo de Palermo, el delito de trata de personas se interpreta como un fenómeno relativamente homogéneo, pero con diversas manifestaciones expresadas enlosfinesdeexplotación,sobretodosexual.

Esta interpretación de la trata de personas está presente a nivel global y se ha extendido a partir de la expansión de la ONU, que ha promovido un análisis del riesgo derivado de las condiciones de atracción y expulsión que hace de las dinámicas migratorias la fuerza motriz que lleva a las personas a convertirse en víctimas de trata durante su tránsito(Fuentes,2018).

El vínculo que el mainstream jurídico internacional ha establecido entre trata de personas y migración, ha justificado incluir las alianzas o cooperación entre países, particularmente de aquellos que son receptores, como la cuarta P del modelo bajo el formato de políticas migratorias orientadasalaseguridad.

Tratadepersonas

La trata de personas es considerada un delito de lesa humanidad. Anualmente, según el último informe global de la ONU sobre el tema (UNODC, 2020), la trata de personas mueve de 5 a 7 billones de dólares, mayormente provenientes del comercio sexual; sin embargo, la trata también incluye trabajo forzado, trabajo en condiciones de servidumbre, participación forzada en actividades bélicas, participación forzada en actividades de mendicidad, matrimonios forzados, tráfico de órganos y tejidos, introducción a actividades audiovisuales pornográficas, adopcionesfraudulentasyotras.

Estadísticamente, la mayor parte de las personas sometidas a trata son mujeres y niñas, de un 70 a 80%, por lo que se le considera como una forma de violencia de género.

Globalmente, el consumo de personas como mercancía es mayor en los países desarrollados que demandan prostitutas (os), órganos y trabajadores; de tal suerte que quienes se dedican al tráfico y trata de personas son incluso considerados como empresarios y sus ganancias hacen parte del PIB de los Estados, hasta llegar al punto en que el proxenetismo es despenalizado, como en España en 1995.

El esquema de las redes de personas y grupos dedicados a la trata de seres humanos es complejo y muy bien organizado, comparten el objetivo común de obtener ventajas y beneficios económicos, la mayor parte de las veces, a partir del sometimiento, violentación y servidumbredesereshumanos.

Los mecanismos empleados para la inserción de las personas en la trama de la trata son diversos y responden al contexto cultural, se emplea la coerción violenta, la amenaza, los ritos culturales y religiosos, el convencimiento,lamanipulación,etc.

EnEuropa,Españaesunodelosprincipalesconsumidores de los cuerpos de mujeres y niñas como mercancía, se calcula que el 39% de los varones españoles ha recurrido alguna vez a los “servicios” de una prostituta sin que sea posibledefinirunperfilsociodemográficoespecífico.

Discusión

En México, a pesar de la reforma constitucional de 2011, no todos los jueces de la SCJN han aceptado que los DDHH se encuentran al mismo nivel que la CPEUM y continúan empleando interpretaciones extremadamente formalistas y conservadoras. Esto también sucede en otros Estados parte del Protocolo de Palermo y ha generado múltiples e informados debates en torno al concepto explotación, pero tambiénsobrevulnerabilidadyconsentimiento.

El Protocolo de Palermo ha sido útil al darle consistencia narrativayjurídicaaunasituaciónquehabíasidoignorada, la trata de personas se invisibilizaba al confundirse con el tráficoyseignorabasuespecificidad.

Sin duda este ha sido un paso positivo en términos del régimen internacional de los derechos humanos, sin embargo, es hijo de su tiempo y fue creado por Estados desarrollados que se preocupaban por asegurar sus fronteras e impedir el ingreso irregular en sus territorios; como ya apuntamos, nació en un contexto de alarma por los crecientes flujos migratorios, una circunstancia que dejósuhuellaenelcontenidodelinstrumento.

23 Modelodelas3P
D e r e c h o

1. Migración y geopolítica. Vinculada a la migración que, muchas veces, resultaba indeseada, la atención al delito de trata de personas ha empleado la prevención como ariete para desarrollar medidas de control migratorio cada vez más coercitivas, trasladando las infracciones migratorias del ámbito civil al penal y promoviendo imágenes estereotipadasdelasvíctimas.

En el ámbito operativo y de la administración estatal, el modelo de las 3P promovido por los EEUU, que subyace al Protocolo de Palermo, justifica acciones punitivas apelando a medidas preventivas y de rescate de personas en riesgo de trata, lo cual se refleja constantemente en los boletines de prensa de las autoridades migratorias y en el vocabularioqueempleanlosmediosdecomunicación.

La vaguedad conceptual del término explotación, como es empleado en el Protocolo de Palermo, consiste en el innegable hecho de que, una vez que las mujeres llegan a los controles fronterizos los oficiales encargados de estos puntos automáticamente las perciben como víctimas de trata de personas que están allí porque alguien más sacará provecho de sus cuerpos o de su energía vital y que deben ser detenidas por su propio bien, para que el Estado las proteja,muchasvecesdeportándolas.

Así es como la explotación se emplea como un concepto relevante en términos de geopolítica, a mayor detención y deportación de mujeres o infancias migrantes, a mayor etiquetación de migrantes como no ciudadanos o denizen, mayor efectividad autoadjudicada por los Estados en su lucha contra la trata de personas; sin que esto tenga un impactopositivoenladisminucióndelascausasdelatrata de personas, peor aún, estas acciones incluso llegan a generar, incitar y promover formas muy graves y tremendamentemasivasdeexplotaciónconlacomplicidad, connivencia y aquiescencia de los miembros de los gobiernosquepermitenlaexistenciademafiastratantes.

2. Estigmatización de género. Fue muy positivo que activistasyfeministasdelospaísesdesarrolladospusieran en la agenda pública la prostitución desde una perspectiva autocrítica en que el problema no es la existencia per se de las víctimas, sino de las mafias y de los consumidores de prostitución cuyos comportamientos incitan y promueven la victimización de mujeres y niñas, los prostituyentes, comolosllamanGalindoySánchez(2007).

Aunque el impacto de esta autocrítica no es pleno en las sociedades desarrolladas y no deja de ser un loable propósito, tiene una contraparte negativa, pues ha popularizado la idea de que el objetivo natural y propio de la trata son las mujeres y las niñas. Estadísticamente es cierto que mujeres y niñas son afectadas en mayor proporción en el caso de la trata de personas con fines de comercio sexual, sin embargo, socialmente se extrae falazmente la conclusión de que la debilidad es intrínseca en mujeres y niñas y, en consecuencia, lo único que hay porhaceresprotegerlasdesuspredadoresporqueellasno pueden. Esta posición de protección de los débiles resulta tremendamente partriarcal al dejar de lado otras estrategias, como la construcción y desarrollo de capacidades de las mujeres para integrarse a la vida públicamente productiva en esquemas laborales equitativos en que el igual pago por igual trabajo sea una reglaynolaexcepción.

3. Prostitución o trabajo sexual. El manejo e impacto social de la trata de personas reducida, por decirlo de alguna manera, a tráfico con fines sexuales ha provocado un pánico moral que invisibiliza los otros fines de explotación que el Protocolo reconoce, lo cual diluye el concepto de explotación. Desde el enfoque punitivista, la trata de personas equivale a explotación sexual, esto ha permitido que también sectores conservadores y evangélicos emprendan cruzadas morales que acaban sostienen que la prostitución es inmoral y amenazante para el modelo tradicional de la familia, y que las prostitutas son seres extremadamente vulnerables que carecen de agencia (capacidadparaactuardemaneraautónomayefectiva).

Se trata de una estrategia política que usa la imagen de la explotación sexual de las personas, su sufrimiento, para fortalecer el discurso de defensa del matrimonio y familia tradicional como superiores moralmente, a costa de prolongar la estigmatización del cuerpo y de la sexualidad delasmujeres.Eltratamientodelaexplotaciónsexualenla agenda conservadora y religiosa no ha pasado desapercibido por diversas posiciones feministas, la polémicaporladefinicióndelaexplotaciónocurreentrelas feministas abolicionistas que se autodenominan mujeres en situación de prostitución (Galindo y Sánchez, 2007) y grupos de mujeres que se autodenominan “trabajadoras” sexuales y defienden su “derecho” a comerciar con su sexualidad de manera consentida, se trata de un debate espinoso y en el cual podríamos encontrar argumentos válidosysólidosenambaspartesdeladiscusión

D e r e c h o 24

Si atendemos a los diferentes tipos de violencia de los que habla J. Galtung (1969 y otros), veremos que en el ámbito simbólico, estructural y cultural, la condición de las mujeres es tal que, habiéndolas privado de las herramientas y conocimientos para desarrollar una vida económicamente productiva, y habiéndolas privado de la confianza y autopercepción de sus capacidades, difícilmente podrían trabajar en otra cosa; y, por el otro lado, también es cierto que la estigmatización de la sexualidad de las mujeres juega un papel central en, quizá, la mayor parte de las culturas del mundo, eso incluye tanto al mundo moderno occidentalizado, como a culturas precolombinas en el caso de América, como muestran diversosestudiossobreelmundomayaynáhuatl.

Sobre el uso del lenguaje es importantísimo poner atención en los conceptos que se emplean; diversos grupos feministas en países desarrollados disputan la narrativa clásica que normaliza situaciones grotescas como llamar “cliente” a un solicitante de prostitutas o de personas en servidumbre, es una forma de ocultar que estamos hablandodeindividuosprostituyentesyesclavistas.

Dada la gravedad e injusticia inscrita en el delito de trata de personas, no basta atender a las y los expertos en el tema, a quienes recolectan información realizando trabajo de campo, informes y actividades piadosas para “darles la voz”, sino observar con detenimiento, la dimensión institucional -ya sea gubernamental o bancaria- que sirve como marco de posibilidad para la existencia de los tratantes y sus redes y, por otra parte, interactuar con mayor respeto intelectual cuando nos encontramos con documentos y categorías analíticas generadas desde el ámbito de las y los supervivientes a la trata que, a pesar de ser pocos y tener pocas herramientas, demuestra constantemente que el problema no son las personas explotadas por los tratantes, sino la complicidad social multidimensionalquepermitelaexplotación.

Conclusión

A pesar de que el uso del concepto explotación es un tema polémico desde siempre, también es muy importante que todos quienes nos dedicamos a las ciencias sociales, recordemos que las leyes no son exhaustivas ni perennes, sino que una vez formuladas esperan por su actualización y especificidad, por tanto, al leer en Protocolo de Palermo, sí que podemos encontrar una guía para ilustrar los casos en que uno o varios individuos se aprovechan de otro de manera injusta o dolosa para obtener un beneficio de su trabajo, cuerpo y esfuerzo, causándole un daño.

Cuando el Protocolo de Palermo define la trata de personas, señala que ésta ocurre “con fines de explotación” y describe, de manera general, a qué se refiere. Esta redacción no solo respeta el modelo de las 3P, sino que brinda la apertura para que los jueces de cada nación firmante generen la jurisprudencia local adecuadaaloscontextosespecíficos.

Así, es como podemos leer las formas de explotación que se incluyenenelProtocolo,asaber:

1. La explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotaciónsexual. 2.Lostrabajososerviciosforzados. 3.Laesclavitudolasprácticasanálogasalaesclavitud. 4.Laservidumbre. 5.Laextraccióndeórganos.

25
D e r e c h o

El concepto explotación es histórico y también el de justicia. Lo que se entienda en cada caso, momento y grupo cultural, puede o no variar respecto de otros. Por ejemplo, en los orígenes del canon del derecho romano, la institución de la esclavitud era plenamente natural e incuestionable, no así en nuestro tiempo en que la consideramos una forma de explotación violatoria de la dignidad humana y contraria a nuestros ideales socio políticos contemporáneos en torno a la justicia. Esto evidencia que, para la actividad jurisprudencial y comprensión del espíritu de las leyes, nos encontramos bajo marcos de interpretación histórico-efectuales (Gadamer, 2001). En todo caso, la cuestión de la interpretación de los conceptos jurídicos, por la naturaleza viva del lenguaje, no cesará, incluso en el mismo Protocolo de Palermo, sabemos quelaideadeexplotaciónnoeselúnicoconceptopolémico,sinotambiénlavulnerabilidadyelconsentimiento.

REFERENCIAS

Flamtermesky, H (2015) Descolonizar conocimientos y cuerpos M Hurtado & Á Iranzo (Comp ) Miradas críticas sobre la trata de seres humanos Diálogos académicos en construcción Universidad de Los Andes, Universidad de La Sabana pp 41-46

Fuentes, M , Hernández C y Alcay S (2018) Aproximaciones teóricas a la trata de personas PUED-UNAM htt // d / /publicaciones/C

Traducción de uel Olasagasti

Ninguna mujer nce Journal of 291– 305 olence-

Galtung, J. (1969). Violence, Peace, and Peace Research. Journal of Peace Research, 6(3), pp 167–191 http://www2 kobe u ac jp/~alexroni/IPD%202015%20readin gs/IPD%202015 7/Galtung Violen ce,%20Peace,%20and%20Peace%20Research pdf

Galtung, J (2004) Violencia, guerra y su impacto Transcend: Peace and Development Network http://red pucp edu pe/wp content/uploads/biblioteca/0810 20 pdf

Kant, I. (2006). Filosofía de la historia. Prólogo y traducción de Eugenio Ímaz Segunda edición Fondo de Cultura Económica

Organización de las Naciones Unidas (2000) Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones contra la Delincuencia Organizada Transnacional ONU https://www unodc org/documents/treaties/UNTOC/Publicati ons/TOC%20Co nvention/TOCebook-s pdf

United Nations Office on Drugs and Crime, UNODC (2020) Global Report on Trafficking in Persons 2020 https://www.unodc.org/colombia/es/reporte global-sobretrata-de-personas-2020 htm

Dra. Violeta Alejandra Chávez Bautista

HesidodocenteenlaUniversidadIberoamericanaPuebla,UniversidaddelaSierraJuárezde Oaxaca y UABC. Actualmente soy catedrática en CESCIPE y la Universidad Popular AutónomadeVeracruz,heparticipadoendiversosproyectosdeinvestigaciónydesarrollo.

D e r e c h o

ACTIVIDADES CULTURALES

1ra Edición Noche Mexicana

El 30 de septiembre de 2022, CESCIPE, continuando con su celebración del 11vo. Aniversario, realizo el evento de la 1ra. Edición de la Noche Mexicana , siendo este el primer evento de este tipo en celebrarse en CESCIPE.

En el evento se llevaron acabo actividades como: concurso de karaoke, juegos de lotería con premios para los alumnos, así como también se presento la Rondalla de Mexicali y un grupo norteño, el público degusto de antojitos mexicanos

Las alumnas Johana Gutiérrez Fabian y Gabriela Lugo lucieron en el evento con su voz y talento en el concurso de karoeke. La Rondalla de Mexicali amenizo al público con su sonido.

El publico se divirtió en los juegos de lotería, donde los participante ganadores se llevaron sus premios.

A c t i v i d a d e s
28
Invitados disfrutando el evento Participación de La alumna Johana Gutiérrez en el evento con su voz Alumnas de criminología disfrutando del juego de lotería en el evento Participación de Gabriela Lugo en el evento

El Tradicional Pastel

El 13 de agosto de 2022 se llevo a acabo el tradicional corte del pastel celebrando el 11vo aniversario de CESCIPE, en el cual estuvieron presentes alumnos, egresados, maestros y personal administrativo pastel

Festival del día Muertos

El 28 de octubre de 2022 se realizo el Festival del Día de Muertos, donde hubo una exposición del Altar de Muertos, así como también concurso de catrinas, calaveritas, concurso de disfraces para niñas y niños, además se presentaron show performance con la participación de varios grupos de estudiantes

En el concurso de catrina, catrin y calavera, hubo dos primeros lugares, siendo estos el grupo C2MC de la licenciatura en criminología Sergio Manuel Franco Torres y Eduardo Nicolas Escandón Basich y del grupo D6MC de la licenciatura en derecho Guadalupe Mercedes Lemus Castro y Fedor Emiliano Astorga Leyva.

En cuanto al concurso de show performance el ganador fue el grupo D1MC de la licenciatura en derecho.

29
Niñas y niños concursando en el festival de día de muertos La participante Alicia López García vestida de princesa Estudiantes de la licenciatura en derecho y criminología vistiendo de catrina y catrin
A c t i v i d a d e s
Alumnos de CESCIPE en el tradicional corte de pastel
30 GALERÍA FOTOGRÁFICA
CALAVERITAGANADORA

4TA CARRERA ATLÉTICA

CESCIPE, llevo a cabo la 4ta Carrera Atlética el sábado 19 de noviembre de 2022, la cual se realizo en 2km y 5km, contando con 5 categorías en rama varonil y femenil de 2km y 7 categorías en la rama varonil y femenil de 5km

Se otorgaron premios en efectivo a los primeros lugares, así como también la entrega de medallas a los tres primeros lugares de cada categoría.

El primero lugar en la categoría de 19 a 29 años fue para Iván Pulido y en la categoría 30 a 39 femenil fue para Ivette Sandoval.

En la categoría infantil varonil el ganador fue Zidane Molina, así como su compañera Sofia Gallego López.

Los estudiantes Pedro Emanuel Carreón González y Lugo Macias Laura obtuvieron medalla al llegar en los primeros lugares

Por parte de los docentes, el primer lugar fue para la Mtra Alicia Cruz Licea, el segundo lugar el Mtro. Eryck Mcgregor Herrera Álvarez y el tercer lugar el Mtro. Alejandro Seferin Rosales Medina

En el evento los participantes disfrutaron de bebidas, snack y aperitivos

32
Iván Pulido ganador del 1er Lugar en la categoria 19 a 29 años Participantes ganadores de diferentes categorías
A c t i v i d a d e s
Participante recibiendo el premio
GALERÍA FOTOGRÁFICA 33 A c t i v i d a d e s

Me siento orgullosa de estar en CESCIPE por ser una institución seria con excelentes maestros que nos apoyan y nos motivan a sacar lo mejor de nosotros con su experiencia

¨La Universidad de CESCIPE sin duda es una institución de muy alta preparación, pues tiene a docentes muy excepcionales, que a través de sus conocimientos, hacen que el alumno se sienta capaz y seguro de aprender y realizar actividades, sin mencionar que es una de las mejores universidades del país en donde se cuenta con la carrera de criminología¨.

¨Así como cualquier otro estudiante hablando de su escuela, comenzaré diciendo que es un templo del saber, en el cual puedes encontrar personas tan distintas pero que de alguna forma persiguen un mismo objetivo, mismas que son guiados por profesores bien calificados y expertos en su materia, cada uno con un amor a su carrera y con ganas de transmitir sus conocimientos al resto, en mi estadía por este lugar me he llenado de vivencias que podría asegurar que no las habría experimentado si no fuera por esta carrera y por su puesto por mi bello CESCIPE¨.

¨Cualquier persona podría decir que la universidad es difícil y por supuesto les daría la razón, pero realmente lo que puede hacer mejor esta experiencia y también lo que nos deja saber la calidad de educación que llevamos en la institución, son los conocimientos que hoy en día hemos adquirido gracias a todos los profesionales que nos imparten cada una de las materias de la carrera, donde sin duda cada uno nos ha dejado una gran enseñanza y nos ha ayudado para ser los mejores profesionistas al egresar, estoy orgullosa de la institución en la que estudio (CESCIPE), así como sumamente agradecida con cada uno de mis docentes por su empeño y entrega a nosotros y nuestro desarrollo estudiantil¨.

34
Héctor Lilian Emmanuel Evelin

PRÓXIMAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS

Dentro de las próximas actividades, CESCIPE prepara lo siguiente:

Conferencias presenciales y en línea, por expertos en derecho, en criminología, criminalística, psicología, seguridad pública, criminología empresarial, criminología ambiental y mucho más.

También se realizaran ciclo de talleres, en donde podrán acceder tanto alumnos como publico en general a los diferentes talleres programados.

Tendremos la presencial de invitados especiales que compartirán su experiencia mediante los seminarios en temas de índole actual.

En el mes de julio se tendrá la semana del abogado, donde se programaran diversos eventos.

CESCIPE EN ACCIÓN

E D I C I Ó N

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.