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SITUACIÓN DE LAS PERSONAS TRANS EN URUGUAY

Oportunamente, para la puesta en marcha del CeDoSTALC, la RedLacTrans realizó talleres de capacitación a fin de que una mujer trans se desempeñara como documentadora de vulneraciones a los derechos humanos en su territorio. Se trata de una estrategia que garantiza el éxito en la documentación debido al acercamiento directo hacia su misma población. La RedLacTrans reconoce el apoyo brindado por Robert Carr Fund, por el trabajo de documentación y elaboración del presente informe. Este proceso ha demostrado que el trabajo en asocio entre diferentes organizaciones es la estrategia que asegurará la continuidad del CeDoSTALC para disminuir las violaciones a los derechos humanos que sufren las personastrans en América Latina y el Caribe.

SITUACIÓN DE LAS PERSONAS TRANS EN URUGUAY

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Si bien existe un amplio marco normativo, tanto a nivel nacional como internacional, la realidad es que continúan ocurriendo violaciones de muchos de los derechos fundamentales de las personastrans.

Ante la progresivafalta de respuesta estatal, las problemáticas que sufrela población transhantenido creciente visibilización y se ha instalado en la agenda políticacomo un tema sensible enla órbita de los derechoshumanos.

Ya pasó más de un año desde la declaración de la emergencia sanitaria porcovid-19en Uruguay y si hay algo que quedó claro es que sus efectos no son los mismos para todas y todos. Las personas trans y la diversidad sexual, en toda su diversidad, se enfrentaron a una profundización de lasdesigualdades, la pobreza y la violencia. La población de personas trans, que ya padecía la exclusión estructural e histórica en todos los ámbitos de la vida, parece haber quedado expuestaa una situación de mayor desamparo, quedandoaúnmásevidente suexclusión en esta emergencia sanitaria.

Por otra parte, con el cambio de gobierno en Uruguay, se presentaron recortes de presupuestoen salud, educación, en lo social y en el acceso a la justicia, todo lo cualprodujo unaexclusión aún mayor de las personas trans en las políticas públicas. Este nuevo gobierno provida, conservador, con sectores y bancadas evangélicas, impulsóla derogación dela ley para personas trans; implementó la LUC (Ley de Urgente Consideración) que tiene 135 artículosen contra de la democracia y de las minorías, dándole el poder a los militaresy a la

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policía,lo que nos retrotrae a tiempos de la dictadura.

Cabe destacar que, a través de la movilización de ATRU junto a otros movimientos sociales y estudiantiles, se realizaron campañas de sensibilización e información a la población general lo que tuvo como resultado el fracaso del prereferéndum con el que los sectores religiosos -junto a algunos sectores del gobierno –motivaron la consulta popular antiderechos. Esta iniciativa llegó solo al 10% del padrón electoral1 .

Si bien el tema de la diversidad sexual está en agenda desde la década de los 90, es recién en el año 2004 cuando enfrentar todo tipo de discriminación se declara de interés nacional, estonos llevaamantenernosvigilantes para que los derechos conquistados por la sociedad civil se cumplan y no tengamos ningún tipo de retroceso.

Al respecto, la Ley 17817, Lucha contra el Racismo, la Xenofobia ytoda otra forma de Discriminación, establece en su artículo 2:

… se entenderá por discriminación, toda distinción, exclusión, restricción, preferencia o ejercicio de violencia física y moral, basada en motivos de raza, color de piel, religión, origen nacional o étnico, discapacidad, aspecto estético, género, orientación e identidad sexual, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vidapública.

Con el paso de los años, se han conquistado otras importantes normas vinculadas a los derechos por la diversidad sexual:

• Ley 17817. Lucha contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de Discriminación.

• Ley 18437.Ley General de Educación del año 2008, en su Artículo 8 (De la diversidad e inclusión educativa) establece que “el Estado asegurará los derechos de aquellos colectivos minoritarios o en especial situación de vulnerabilidad, con el fin de asegurar la igualdad de oportunidades en el pleno ejercicio del derecho a la educación y su efectiva inclusión social. Para el efectivo cumplimiento del derecho a la educación, las propuestas educativas respetarán las capacidades diferentes y las características individuales de los educandos, de forma de alcanzar el pleno desarrollo de sus potencialidades”.

• Ley 18246. Ley de Unión Concubinaria. Reconoce a las parejas del mismo sexo.

1 https://www.pagina12.com.ar/210292-fracaso-en-uruguay-el-intento-de-derogar-la-ley-trans

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• Ley 18590. Código de la Niñez y la Adolescencia. Modificación de disposiciones relativas a la adopción. Establece igualdad y protección de los derechos de los niños de las familias LGBT, adopción conjunta. • Ley 18620. Derecho a la Identidad de Género y al Cambio de Nombre y Sexo en Documentos Identificatorios. Permite a la población trans obtener un documento acorde con su identidad de género. • Ley 19075. Matrimonio Igualitario. Reconoce el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio en igualdad de condiciones que las parejas heterosexuales. • Ley 17515. Ley sobre el Trabajo Sexual. Regula las actividades y la situación deltrabajo sexualenUruguay.

• Ley 19167. Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida. Atañe a mujeres, independientemente de su estado civil, o parejas biológicamente impedidas para la concepción.

• Ley 19580.Ley de Violencia hacia las Mujeres basada en Género. Tiene como objeto garantizar el efectivo goce del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia basada en género. Comprende a mujeres de todas las edades, mujeres trans, de las diversas orientaciones sexuales, condición socioeconómica, pertenencia territorial, creencia, origen cultural y étnico-racial o situación de discapacidad, sin distinción ni discriminación alguna. Se establecen mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección, sanción y reparación.

• Ley 18250. Ley de Migraciones. El Estado uruguayo reconoce como derecho inalienable de las personas migrantes y sus familiares sin perjuicio de su situación migratoria, el derecho a la migración, el derecho a la reunificación familiar, al debido proceso y acceso a la justicia, así como a la igualdad de derechos con los nacionales, sin distinción alguna por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión o convicción, opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación económica, patrimonio, estado civil, nacimiento o cualquier otra condición.

• Ley 19684.Ley Integral para Personas Trans. Tiene como objeto asegurar el derecho de las personas trans residentes de la República a una vida libre de discriminación y estigmatización, para lo cual se establecen mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección, promoción y reparación.

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