Cartilla acción de protección al consumidor

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El traslado, de acuerdo con lo contemplado por el numeral 7 del artículo 58 de la Ley 1480 de 2011, puede realizarse por cualquier medio eficaz que garantice el conocimiento de la parte demandante, es decir, puede omitirse el sistema de fijación en lista de que trata el artículo 108 del Código de Procedimiento Civil.

8. TRÁMITES PROHIBIDOS EN ESTE PROCESO. De conformidad con lo previsto por los artículos 437 y 440 del Código de Procedimiento Civil, en el proceso verbal sumario están prohibidos los siguientes trámites y/o actuaciones: -

Las excepciones previas.

-

La reforma de la demanda.

-

La demanda de reconvención.

-

Los incidentes.

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El trámite de terminación del amparo de pobreza, previsto en el artículo 67 del Código de Procedimiento Civil.

-

La suspensión del proceso, salvo por solicitud conjunta de las partes de acuerdo con lo señalado por el numeral 2 del artículo 170 del Código de Procedimiento Civil.

9. TRÁMITE DEL PROCESO: LA AUDIENCIA DE QUE TRATAN LOS ARTÍCULOS 432 y 439 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Vencido el término para contestar la demanda y habiéndose corrido traslado de las excepciones de mérito al demandante si 24


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