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CONSORCIO SOLUCIONES MODERNAS (SOMO).
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ENTRE: De u n a parte la J u n t a Central Electoral (JCE), entidad de derecho publico, autonoma del Estado Dominicano, establecida e n la Constitu la Republica y regida por la Ley Electoral Numero 275-97, de diciembre del aiio 1997, modificada por la Ley Numero 02-03 de enero del 2003, dotada de personalidad juridica, con Numero de Co Fiscal 401-00754-1, con capacidad para realizar todos 10s actos juri&os
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fueren utiles para el cumplimiento de s u s fines, debidamente representa&e-&or
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su Presidente, Dr. J u l i o Cesar Castaiios G u z m i n , dominicano, mayor de edad, casado, abogado, portador de la Cedula de Identidad y Electoral Numero 0 0 1-0 1066 19-9, domiciliado y residente en esta ciudad, con s u domicilio social e n la Avenida 27 de Febrero esquina Luperon, Plaza de La Bandera, de e ciudad de Santo Domingo, quien en lo que sigue del presente act0 denominara la PRIMERA PARTE o la J u n t a Central Electoral (JCE).
De la otra parte:
L a s Compaiiias Softek Inc., Samurai Industria Productos Electrbnicos,
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Ltda., y la Sociedad d e Ingenieros del Caribe, S. A. (SOINCA), asociadas bajo el nombre comercial "Consorcio Soluciones Modernas (SOMO)" constituido de conformidad con las leyes de la Republica Dominicans, la primera organizada bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Estados Unidos de Norteamerica con domicilio social y oficina principal en la 654 Plaza, Suite 1050, Avenida Luis Muiioz Rivera, San J u a n Puerto Rico; la segunda entidad comercial constituida de conformidad con las leyes de Brasil con sede el Estado de Minas Gerais, ciudad de Santa Rica do Sapucai en la calle Paraiba NUMERO~O,bloque 1, Barrio Boa Vista Brasil; y la tercera Acuerdo Transaccional entre la JCE ye1 Consorcio SOMO
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