Lo Básico de la Reforma Hacendaria

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BÁSICO DE LA REFORMA HACENDARIA LO

$

PARA UN CONSUMO INFORMADO

$+ IVA

Qué es el IVA y el IEPS

El IVA y el IEPS son impuestos que se pagan por la compra de bienes y servicios. Ambos son impuestos indirectos, lo que significa que quién los paga es el consumidor final del bien o del servicio. El IEPS es un impuesto adicional al IVA, por lo que habrá casos en que ciertos productos sean objeto a partir de 2014 a ambos impuestos.

¿CÓMO MODIFICAN LOS PRECIOS LOS NUEVOS IMPUESTOS? IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)

%

La tasa aplicable para el cálculo del IVA en la franja fronteriza del país se incrementa del 11 % al 16 %. Esto significa que los productos y servicios objeto del IVA tendrán un ajuste del 16% sobre su precio original. Hay productos que en 2013 no eran objeto del IVA y que sin importar si se venden o no en las zonas fronterizas de México, tienen ahora una tasa del IVA del 16%.

IMPUESTO ESPECIAL A LA PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS)

%

A partir de 2014 se incluye el IEPS en un 8% a alimentos no básicos con densidad calórica de 275 calorÍas o mayor por porción de 100 gr. En los casos de bebidas saborizadas con cualquier tipo de azúcares añadidos, el IEPS es de un peso por litro del producto.

NUEVO IEPS E IVA EN PRODUCTOS Y SERVICIOS APLICACIÓN DEL IVA

14 20

13

GRAVAMEN 2014

20

SIN GRAVAMEN 2013

Alimentos no procesados

Sin gravamen a nivel nacional

Medicinas

Sin gravamen a nivel nacional

Espectáculos deportivos, cine, teatro y circo

Sin gravamen a nivel nacional (Pueden tener impuestos locales)

Colegiaturas

Sin gravamen a nivel nacional

Enajenación de perros, gatos y mascotas

16% de IVA a nivel nacional

Alimentos para mascotas

16% de IVA a nivel nacional

Transporte público de personas

16% de IVA a nivel nacional (excepto los servicios prestados en áreas urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas).

Hotelería a turistas extranjeros

16% de IVA a nivel nacional (excepto a los que ingresen para participar en congresos, convenciones, exposiciones y ferias).

Chicle y goma de mascar

16% de IVA a nivel nacional

Compra de oro, joyas, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales

Tasa cero para ventas intermedias y cuando el contenido de oro del producto sea de al menos el 80% a nivel nacional.

APLICACIÓN DEL IEPS GRAVAMEN 2013

GRAVAMEN 2014

GRAVAMEN 2013

GRAVAMEN 2014

GRAVAMEN 2013

GRAVAMEN 2014

53%

53%

26.5%

26.5%

SIN GRAVAMEN

6, 7 y 9%

Enajenación o importación de bebidas de contenido alcohólico

Enajenación o importación de cerveza con graduación alcohólica

Plaguicidas

Dependiendo su grado de toxicidad. La aplicación en 2014 será inicialmente del 50%, es decir, 4.5, 3.5 y 3%. GRAVAMEN 2013

GRAVAMEN 2014

SIN GRAVAMEN

$1 POR LITRO

GRAVAMEN 2013

Enajenación o importación de bebidas saborizadas y energizantes, así como concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores que permitan prepararlos cuando contengan azúcares añadidos

GRAVAMEN 2014

8%

SIN GRAVAMEN

Enajenación o importación de alimentos no básicos con una densidad calórica de 275 calorías o mayor por cada 100 gramos.

Excepto: a. Leche en cualquier presentación. b. Sueros orales y bebidas saborizadas que cuenten con registro sanitario como medicamentos. c. Las enajenadas en restaurantes, bares y otros establecimientos similares.

(Botana, confitería, chocolate y derivados del cacao, flanes y pudines, dulces de frutas y hortalizas, cremas de cacahuate y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales y helados, nieves y paletas de hielo).

LISTA DE ALIMENTOS EXENTOS DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS Los alimentos de consumo básico que por su importancia en la alimentación de la población, no quedan gravados con el IEPS son:

A. CADENA DEL TRIGO:

B. CADENA DEL MAÍZ:

C. CADENA DE OTROS CEREALES:

1. Tortilla de harina de trigo, incluyendo integral.

1. Tortilla de maíz, incluso cuando esté

1. Alimentos a base de cereales para

especies, condimentos, relleno, ni verduras.

2. Harina de maíz.

3. Pan no dulce: bolillo, telera, baguette,

3. Nixtamal y masa de maíz.

2. Alimentos a base de otros cereales sin azúcares, incluyendo integrales.

2. Pasta de harina de trigo para sopa sin

chapata, birote y similares, blanco e integral, incluyendo el pan de caja.

4. Harina de trigo, incluyendo integral.

tostada.

4. Alimentos a base de cereales de maíz

sin azúcares.

lactantes y niños de corta edad.

3. Pan no dulce de otros cereales, integral o no, incluyendo el pan de caja.

5. Alimentos a base de cereales de trigo sin azúcares, incluyendo integrales.

Fundamento legal: Regla I.5.1.3 de la Resolución Miscelanea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013.


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