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Gestionar negocios en contexto de super inflación

Argentina 2023: Contexto y perspectivas

Desde el punto de vista del contexto global, luego de la suba de las tasas de interés internacionales producida en 2022, la economía mundial permanece en un entorno de bajo crecimiento. De acuerdo con sus estimaciones más recientes, tanto el Banco Mundial como la OCDE anticipan expansiones limitadas para el PBI real durante el año en curso: +2,1% y +2,7%, respectivamente. A su vez, las economías de los Estados Unidos y la Eurozona crecerán a ritmo aún más acotado. Brasil, importante socio comercial de nuestro país, incrementará por su parte su PBI real por debajo del 2% según ambas fuentes antes referidas.

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En este ambiente de reducido aumento de la actividad, Argentina enfrenta un panorama por demás complejo: se pronostica que su PBI real caerá este año entre el 3% (REM – BCRA) y el 1,6% (OCDE), quedando lejos del crecimiento del 2% proyectado en el Presupuesto Nacional aprobado oportunamente. Por otro lado, la inflación, medida por el Índice de Precios al Consumidor, se ubica muy encima del 100% anual. En síntesis, nuestro país se halla inmerso en un proceso de estanflación, acompañado por una aguda escasez de divisas que dificulta el cumplimiento de sus compromisos con el exterior y se manifiesta a través de una brecha cambiaria significativa.

La situación mencionada sufre una complicación adicional por el hecho de atravesarse un año electoral que se anticipa estará caracterizado por hechos de gran singularidad y repercusión pública (tal como ya ocurrió en los casos de San Juan y Tucumán, entre otros). En otras palabras, y más que nunca, la economía se encuentra supeditada a los vaivenes de la política. En tal sentido, los próximos meses serán seguramente desafiantes: las PASO se llevarán a cabo el próximo 13 de agosto, mientras que las elecciones nacionales generales lo harán el 22 de octubre (primera vuelta) y el 19 de noviembre (eventual segunda vuelta), con el cambio de administración previsto para el 10 de diciembre del corriente. Dado que el corto plazo se encuentra condicionado por la escasa disponibilidad de divisas, los posibles escenarios para el segundo semestre de este año dependen de la adecuada resolución de este problema. Una renegociación conveniente con el FMI podría alejar la posibilidad de una macro devaluación del peso (un salto discreto de la paridad cambiaria al margen de las micro devaluaciones diarias que realiza el BCRA), y aseguraría una cierta “estabilidad” por lo que resta del año.

Por el contrario, si las circunstancias no permitiesen un acuerdo satisfactorio con este organismo, podría precipitarse la necesidad de instrumentar dicho salto cambiario antes de las elecciones de octubre sin un plan de estabilización de respaldo, con sus previsibles consecuencias en materia de inflación (una eventualidad que el actual gobierno busca evitar). Por supuesto, un escenario alternativo deseable implicaría introducir ciertas medidas correctivas en el período que media entre las elecciones y el cambio de gobierno, de modo consensuado entre las administraciones saliente y entrante, facilitando así la correspondiente transición. Si esto último no fuera factible, todo el peso de la implementación de los cambios de política económica recaerá sobre la nueva administración en diciembre próximo. No obstante, y bajo cualquiera de los escenarios citados, la introducción de una corrección del valor del tipo de cambio de cierta magnitud en el futuro próximo parece insoslayable.

Aspectos tributarios para mitigar el contexto inflacionario actual

Teniendo en cuenta el contexto macroeconómico descripto anteriormente y las dificultades que presenta, resulta fundamental tener en consideración cuáles son los aspectos tributarios más relevantes para que las empresas puedan atenuar los efectos del contexto inflacionario hoy en día.

1. Gestión de saldos a favor impositivos:

Cada vez es más común que los contribuyentes generen saldos a favor impositivos debido a la voracidad de los regímenes de recaudación vigentes. El fisco no espera a la presentación de la declaración jurada para recaudar y lo hace antes, en amplias cuantías y por diversos mecanismos. En la actualidad, resulta muy importante tener en cuenta que los mecanismos de certificados de exclusión siguen vigentes tanto a nivel nacional como provincial. Si bien, en algunos de ellos el camino a recorrer no es tan simple por las trabas y obstáculos que hay que atravesar para obtenerlos. En cuanto a las devoluciones resulta algo más compleja su obtención, aunque no imposible, en especial en los casos de reintegros de IVA de exportadores o por inversiones en bienes de capital.

2. Brecha cambiaria e impuestos: ¿Son deducibles las diferencias de cambio por operaciones realizadas con "Dólar MEP"?

La brecha cambiaria, que refleja la diferencia entre el tipo de cambio oficial y el tipo de cambio implícito generado por la adquisición de dólares a través del mercado de capitales genera una pérdida por diferencia de cambio cuya deducibilidad en el impuesto a las ganancias ha sido cuestionada por el fisco en el último tiempo. Teniendo en cuenta la amplitud de la brecha hoy en día, no podemos soslayar que este es un tema para evaluar en cada una de las empresas porque sin lugar a duda reviste gran relevancia debido al contexto que afrontan las mismas.

La posibilidad de deducir las diferencias de cambio por operaciones con "Dólar MEP" está sujeta a un análisis caso por caso y puede variar según las circunstancias particulares de cada contribuyente.

Ajuste por inflación impositivo:

El ajuste por inflación impositivo en Argentina tiene como objetivo corregir el impacto de la inflación en la determinación de las bases imponibles. Sin embargo, es importante destacar que la falta de un ajuste adecuado y las restricciones legales pueden generar situaciones que podrían considerarse confiscatorias y dar lugar a controversias en la justicia. La normativa vigente en impuesto a las ganancias establece limitaciones al ajuste por inflación, es decir que para el fisco no todos los conceptos son actualizables (ej: quebrantos impositivos, bienes de uso adquiridos antes de la reforma tributaria de la ley 27.430, entre otros) lo que puede devenir en que los contribuyentes paguen impuestos sobre rentas que no son tales debido al contexto de inflación. En consecuencia, esto puede exceder la capacidad económica de los contribuyentes y limitar su capacidad de inversión y crecimiento, generando un potencial efecto confiscatorio. Es importante destacar que, en función de la jurisprudencia reciente, se podría plantear en la justicia la posibilidad de realizar un ajuste integral. Cada empresa deberá analizar en detalle, su situación específica, partiendo de la base de que no será una postura pacífica con el fisco, pero cada contribuyente deberá plantear con sólidos argumentos considerando el contexto inflacionario que nos aqueja.

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