A LA AUDIENCIA NACIONAL SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
EL LETRADO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, actuando en la representación que por su cargo ostenta de la misma, en virtud de lo dispuesto en el art. 551.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de 1 de julio de 1985, y art. 1.1 de la Ley de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, de 30 de marzo de 1999, ante este Juzgado comparece y como mejor proceda en Derecho DICE
PRIMERO. - Que, por medio del presente escrito se viene a INTERPONER RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO contra la siguiente disposición: Orden Comunicada del Ministro de Sanidad, de 30 de septiembre de 2020, mediante la que se aprueba Declaración de Actuaciones Coordinadas en Salud Pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-Cov-2. SEGUNDO. – La competencia para conocer del recurso contra las disposiciones impugnadas corresponde a esta Sala de acuerdo con el artículo 11.1.a) LJCA. De acuerdo con ello, la propia Orden señala en su apartado quinto: Contra la presente orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular del Ministerio de Sanidad, en el plazo de un mes desde su notificación o bien recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso1