Memoria VII Encuentro de Investigación de Posgrado

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niño o de la niña para dictar las sentencias judiciales. Considero que este es un problema grave del Sistema Judicial, que poco a poco debe ir separando el Derecho de Familia del Derecho Civil, y especializando jueces en esta rama para la tutela efectiva y el garantismo jurídico. El principio del Interés Superior del Niño, considerado como norma fundamental para la toma de decisiones en los impartidores de justicia, tiene una configuración indeterminada, que se ha convertido de difícil interpretación dentro de la sana crítica del Juez, provocando, de esta forma, vulneraciones al debido proceso e inobservancia de Derechos Fundamentales, lo que ha conllevado a abusos discrecionales. En Nicaragua no existe un estudio exhaustivo a nivel judicial que cree doctrina, mucho menos jurisprudencia, para crear elementos teóricos sujetos a interpretaciones guiadas para los operadores de Justicia en cuanto a la interpretación y aplicación de este principio. La Corte Suprema de Justicia no posee un mecanismo observador que fiscalice la correcta aplicación de los principios procesales y el debido proceso, en general, en los Tribunales de Justicia nacional, donde se pueda asegurar la tutela efectiva de Derechos Humanos y garantías procesales.

7.

Referencias bibliográficas

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8.

Legislación y Jurisprudencia

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Ley 870. Código de Familia. Publicado en La

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Gaceta Diario Oficial, No. 190, del 8 de octubre de 2014. Nicaragua.

Contribuyendo al desarrollo a través de la Investigación


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