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Secretario del PRI, cerca de la cárcel

Juez desestimó amparo de Salvador Palmer, exdirector de Servicios Públicos, y podrá ser arrestado

La denuncia fue interpuesta por la Auditoría Superior del Estado de Campeche ante la Fiscalía Anticorrupción por el delito de peculado en detrimento del Fortamun. (Gerardo Can)

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Por el delito de peculado en el uso de los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal y del Distrito Federal (Fortamun-DF) entre 2020 y 2021 durante la administración Óscar Román Rosas González, el exdirector de Servicios Públicos, y actual secretario general del Comité Directivo Municipal (CDM) del PRI en Carmen, Salvador Palmer Chavarría, podría ser capturado en cualquier momento por agentes del Ministerio Público de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Campeche, en cumplimiento de la orden de aprehensión girada en su contra por la jueza primera del Sistema de Justicia Penal Acusatorio.

Esto, tras la denuncia la Auditoría Superior del Estado de Campeche (Asecam), ya que José Elías Pacheco Martínez, juez tercero de distrito del Estado desechó la demanda de amparo 247/2023 que promovió el exservidor público el pasado 29 de marzo.

En dicha solicitud, Palmer Chavarría menciona como actos reclamados para el amparo 247/2023, las acciones de la Audi- toria Superior del Estado de Campeche, en este punto, la revisión y fiscalización de la cuenta pública 2020 y 2021 del Municipio de Carmen en lo que respecta al Ayuntamiento conforme a la Orden de Visita Domiciliaria relativa a los recursos del Fortamun.

Así como de La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Campeche, por la indebida integración de la carpeta de investigación iniciada con la denuncia interpuesta por la Asecam en su contra, así como el indebido ejercicio de la acción penal por el procedimiento de revisión y fiscalización de la cuenta pública mencionad.

Es decir, que el exdirector de Servicios Públicos puede ser capturado en cualquier momento por agentes ministeriales por el delito de peculado, ante la orden de aprehensión emitida por el Juzgado Primero, pues sigue vigente después de que el juez tercero de distrito desechara la demanda de amparo 247/2023.

De acuerdo al Consejo de la Judicatura Federal (CJF), con base en los motivos expuestos, con fundamento en el artículo 113 de la Ley de Amparo, se desecha de plano la demanda promovida por Salvador Enrique Palmer Chavarría contra los actos reclamados explicados más arriba. Al exfuncionario y actual secretario general del CDM del PRI se lo acusa de malversación de fon- dos públicos durante los años 2020 y 2021, en concreto, del Fortamun, hecho que se dio a conocer por medio de la fiscalización de las cuentas de esos años de la Dirección de Servicios Públicos del Ayuntamiento, tipificado en el artículo 295 del Código Penal del Estado de Campeche, que indica sancio- nes de dos a 14 años de cárcel.

La pena aumenta si en el proceso penal se demuestra que el recurso se usó con el objeto de promover la imagen política o social de su persona, la de su su- perior (en este caso Óscar Rosas González, o la de un tercero). (Gerardo Can)

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