La Creación de la Comisión Nacional Forestal
El esquema financiero del ffm fue constituido formalmente el 10 de julio de 2003 como un Mandato Irrevocable de la Conafor en Nacional Financiera, S. N. C. a través de un contra to por diez años y previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para cumplir con lo estipulado por el Manual de Normas Presupuestarias de la Administración Pú blica Federal (Conafor y Nafin, 2003; Conafor, 2006). Una vez constituido el ffm y para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustenta ble, fue integrado su Comité Mixto para facilitar su operación, al que se incorporaron representantes del sector público federal y las organizaciones privadas y sociales de productores foresta les (Segob, 2006). Además, en el Contrato Irrevocable de Mandato, la Conafor y Nafin establecieron la creación de un Comité de Inversiones y Programación del ffm, que cumple las funciones de informar y asesorar en los aspectos financieros y de operación del instrumento financiero tanto al Comité Mix to como a ambas instituciones (Conafor y Nafin, 2003). La estructura del ffm dentro del Mandato con Nafin se definió a través de cuatro grandes subcuentas: 1) Recursos públicos federales; 2) Recursos públicos de instancias estatales, municipales y del Gobierno del Distrito Federal; 3) Aportacio nes de personas físicas o morales, nacionales y extranjeras y 4) Gastos de operación del ffm (Conafor y Nafin, 2003). El capital inicial incorporado al ffm en el año de 2003 fue de 192 millones de pesos del gobierno federal, ya que el poder legislativo decidió modificar el artículo 223 de la Ley General de Derechos, para que una parte de los recursos por el concep to de derechos de uso y explotación de aguas nacionales respal daran el inicio del programa de Pago por Servicios Ambientales Hidrológicos. A partir del año 2004 y hasta la fecha, los recur sos de esta fuente para los programas de pago por servicios ambientales ascienden a 300 millones de pesos anuales, que se integran al ffm (Conafor, 2006). Como un estímulo adicional, las aportaciones de las personas físicas y morales al ffm son de ducibles del Impuesto Sobre la Renta. 139