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Adenda. José Cruz líder y empresario chino
fugaron no me han servido y por el contrario me han obligado a hacer crecidos gastos […] además de la desmoralización (desorden) en el fundo», faltando así a la reciprocidad.
A esto se agrega reclama el hacendado, que en el fallo no hay nada contra Lama «un hombre que se emplea en el reprobado manejo de atacar la propiedad, de turbar la posesión, principalmente en esta industria ocasionando grandes perjuicios». Además en el fallo hay otro equívoco: «no es el cumplimiento de esos tres años los que les producirá su libertad […] estos asiáticos fueron contratados por mí por 8 años, sin vencerse sus contratas se fugaron, se supusieron libres y se mudaron de nombre y como libres se contrataron por tres años con Ceferino Elguera»; por lo tanto, tienen que cumplir el tiempo que les faltaba.
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Lima, 13 de junio de 1862
Sentencia del juez «los expresados asiáticos (Apó, Ayán y Acao) deberán volver al fundo de Monterrico a prestar en él sus servicios por el tiempo que legalmente les falte para cumplir sus contratas; dejando su derecho» a enjuiciar a Lama.
17 de junio de 1862
Hay apelación de los tres chinos a través de Santiago Chávez el procurador nombrado el 23 de junio 1862. Lo que pretende Chávez es que los tres chinos no continúen o no regresen al servicio de Francisco Menéndez. Sustenta de acuerdo al siguiente argumento jurídico: «si tal se hiciera —le dice al señor juez de crimen— ustedes no hacen otra cosa que revocar esta parte de su sentencia, pero como es sabido que los jueces no pueden revocar sus providencias: la pretendida modificación no puede tener lugar, y Menéndez debe revocar el derecho que cree tener para recabar del superior lo que pretende por la interposición del recurso correspondiente…1 setiembre de 1862».
Adenda
José Cruz líder y empresario chino
El nombre en chino de José Cruz era Apem o Apén, nació el año 1824, era de origen cantonés, en varios momentos declara ser católico y eso se comprueba con el cambio de nombre; apenas si sabía firmar. Durante el juicio en Monterrico tenía 37 años. Instaló como negocio una fonda en la calle Queipó, San Lázaro (Rímac), muy cercano al mercado de Baratillo. Además poseía un cuarto en la calle de Cruz de Lazo donde su mujer, llamada Manuela Quiroz, guardaba toda su mercadería con el fin que no se considere que era suya. Posiblemente era un negocio familiar más que administrado su esposa.
Para el año 1880, en el plano elaborado por P. V. Jovanny encontramos la referencia del mercado del Baratillo como el único mercado en el Rímac. Esto debido a la envergadura que representaba para la época; en verdad no era el único, también había el mercado de Limoncillo. En ambos mercados pusieron sus negocios chinos exculíes y migrantes chinos que llegaron años después.
Por ciertos problemas en los que se metió Cruz, hubo la orden que todo le sea incautado haciendo antes un inventario que no incluyera «las cosas mugeriles que deben quedar en poder de la muger de Cruz»; todo lo demás sería depositado hasta arreglar el problema.
Este notable empresario y cabecilla en la comunidad china limeña que se iba formando dentro de un ambiente social que debían tolerar y supieron aprovechar, fallece cuando tenía 50 años, el 21 de febrero de 1873, muere del cerebro [sic]. Su entierro fue considerado como mayor en la iglesia de Buenaventura con cruz de Santa Ana; lo que nos indica que no era pobre.
En la dinámica de sus actividades también actuaba como enganchador de cimarrones que los ofrecía a hacendados de la costa fuera de Lima. En el juicio contra el hacendado de Monterrico al inicio era representante e intérprete de los chinos; fue acusado que en otra oportunidad había vendido a chinos a otros patrones y fue necesario sacarlos de a bordo de un vapor que iba al norte.
Queda la duda de si ser enganchador era para José Cruz una actividad permanente o lo hacía para dar una salida a sus connacionales que deseaban un mejor amo, como es el caso en Monterrico Chico. Él siempre declaraba que era dueño de una fonda. Interesa su condición de representante de los chinos, por este cargo recibía las denuncias de los chinos maltratados y procuraba dar solución. Era un cargo no legalmente admitido, era consensual pero sin reconocimiento jurídico. Parece que había abogados profesionales o tinterillos que estaban junto a él ayudándolo en este tipo de asuntos controversiales.
A José Cruz (JC) lo encontramos en los siguientes casos judiciales: – En 1858 en juicio por la captura que la policía hizo a un grupo de chinos en un tambo de JC, él se presenta como apoderado de la comunidad china. – En 1859 JC y su esposa acusan a cinco chinos por injurias. – En 1860 en un juicio contra José Abaló por querer matar a un Sr. Ramírez, JC hace de intérprete (traductor); en un juicio a Manuel Achay por inquietar a los chinos, JC es apoderado y testigo; en juicio en el que el chino Asac acusa al hacendado Ramón Montero, JC es apoderado, testigo y abogado; en uno más contra Asan por heridas que causó, JC es testigo. – En 1861 en el juicio por maltratos y flagelación a chinos en el fundo Monterrico Chico, JC aparece como apoderado de los chinos.
No deben haber sido los únicos, solo hemos tomado los que hemos obtenido.