El Sabueso

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Ayotzinapa La noche del 26 de septiembre de 2014, en Iguala, Guerrero, tuvo lugar uno de los más emblemáticos episodios de violación a los derechos humanos en la historia reciente de nuestro país. El saldo de la cruenta noche de Iguala fue brutal: 43 jóvenes estudiantes que siguen desaparecidos; 6 personas ejecutadas, entre ellas 3 normalistas, incluyendo el caso de un joven cuyo cuerpo apareció al día siguiente en un paraje inhabitado con claras muestras de tortura; al menos 40 personas fueron lesionadas, contando a dos estudiantes que resultaron con afectaciones graves y permanentes a su salud. En total, más de 180 personas fueron víctimas directas de violaciones a derechos humanos esa noche y alrededor de 700 personas resultaron víctimas indirectas, considerando a los familiares de los agraviados. ¿Qué se ha dicho sobre la posible responsabilidad del Ejército, según el GIEI? Aunque hasta ahora no hay prueba de la intervención directa de los elementos del 27 batallón de infantería en la detención y posterior desaparición de los estudiantes, es falso que esto baste para exonerarlos de toda responsabilidad dado que en el propio expediente está probado que ocultaron información, que en sus primeras declaraciones no aceptaron haber fotografiado y video grabado los hechos, que podrían haber elementos inmersos en tráfico de armas a Guerreros Unidos e incluso que existen vínculos familiares no investigados entre mandos castrenses y líderes de esta organización criminal. Por otro lado en el mismo caso, la intervención de la Marina en la investigación ha sido señalada por irregularidades, al denunciarse a sus elementos en diversos casos de tortura, e incluso en un caso de una presunta ejecución extrajudicial. Estatus En abril de 2016 el GIEI recomendó la creación del Mecanismo Especial de Seguimiento para dar continuidad a las recomendaciones derivadas de los informes Ayotzinapa I y II. Tlatlaya En la madrugada del día lunes 30 de junio de 2014, en la localidad de Tlatlaya perteneciente al municipio de San Pedro Limón en el Estado de México, ocurrió un enfrentamiento entre elementos del Ejército mexicano y civiles que se encontraban al interior de una bodega.


Lo que hoy sabemos de los hechos conforme a los testimonios de las únicas tres mujeres sobrevivientes y particularmente por las declaraciones que consistentemente ha realizado Clara Gómez, así como de los hallazgos contenidos en la recomendación 51/2014 emitida por la CNDH, es que los soldados privaron arbitrariamente de la vida a entre 12 y 15 personas, a quienes ya tenían sometidas y que se encontraban desarmadas. Como es sabido, la versión oficial del caso daba cuenta de las muertes generadas casi en su totalidad a causa de un enfrentamiento entre un grupo de “delincuentes” y militares. La Secretaria de la Defensa Nacional (Sedena) , el Gobierno del Estado de México , la Procuraduría General de la República (PGR) e incluso la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) , generaron una versión aparentemente indiscutible que fue evidenciada en su falsedad por la verdad expuesta a la luz pública por Associated Press y la revista Esquire, esta última haciendo eco de la voz de Clara Gómez. Al cumplirse un año de los hechos, Clara Gómez y el Centro Prodh presentaron el informe “Tlatlaya a un año: la orden fue abatir”, en el que se da cuenta de la existencia de una orden escrita de operación en la que se instruye a los militares “abatir delincuentes en horas de oscuridad”; por dicha orden instancias internacionales como el Relator Especial de la ONU sobre Ejecuciones y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) instaron al Estado mexicano investigar exhaustivamente dicho documento. A dos años de masacre de Tlatlaya, la falta de efectividad de la Procuraduría General de la República (PGR) y del Poder Judicial de la Federación frente a un Ejército renuente a la rendición de cuentas, llevó a la consolidación de la impunidad: al día de hoy, ningún responsable de las Ejecuciones Arbitrarias que tuvieron lugar en Tlatlaya, se encuentra procesado y no se están realizando todas las diligencias necesarias para fincar responsabilidades a todos los niveles. Cabe recordar que el 14 de octubre de 2015, el Juzgado Sexto Militar dictó sentencia absolutoria por el delito de infracciones de deberes militares a seis de los siete elementos que participaron en los hechos, mientras que el séptimo de los acusados fue condenado a un año de prisión por el delito de desobediencia, pena que ya había compurgado. Sentencia confirmada por el Tribunal Superior Militar, el 10 de junio de 2016. Por cuanto al proceso penal en el fuero civil, el 13 de mayo de 2016, el Magistrado del Sexto Tribunal Unitario en el Estado de México decretó la libertad de los últimos tres soldados que enfrentaban un proceso penal en el fuero civil por los delitos de homicidio con la calificativa de ventaja y encubrimiento; ordenando a la Procuraduría General de la República, perfeccionar su acusación. Actualmente, la PGR se encuentra integrando una investigación a fin de esclarecer a cabalidad estos hechos. Caso Claudia Medina Tamariz


Claudia es originaria de Veracruz, Veracruz. El 7 de agosto de 2012 en las primeras horas de la madrugada fue sustraída de su domicilio junto a su esposo Isaías Flores Pineda, por elementos de la Secretaría de Marina Armada de México. Fueron trasladados en una camioneta blanca sin insignias y llevados a la base naval “Las bajadas” en el Puerto de Veracruz. Los mantuvieron incomunicados por 36 horas aproximadamente, sin ponerlos a disposición de autoridad alguna sino hasta el día 8 del mismo mes, a las 18:30 horas. Durante el período de incomunicación, Claudia fue víctima de amenazas, maltratos y actos de tortura, incluso sexual, que dejaron notables huellas en su cuerpo y en su psique. Fueron presentados ante medios de comunicación un total de 7 personas entre las cuales se encontraban Claudia, su esposo y su cuñado; como integrantes del Cártel de Jalisco Nueva Generación. El 12 agosto 2012, Claudia fue consignada por varios delitos que incluían delincuencia organizada. Posteriormente, en apelación le confirman únicamente el delito de portación de arma de fuego exclusiva de las fuerzas armadas. Dos años y medio después, el 6 de febrero de 2015, el Tercer Tribunal Unitario del Séptimo Circuito con sede en Xalapa resolvió el toca penal 4/2015 y ordenó la libertad de Claudia, señalando que no había medio de convicción alguno que demostrara, ni siquiera de forma indiciaria, su probable participación en los delitos de que se le imputaron. Además, analizó los dictámenes psicológicos y médicos, emitidos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y por peritos independientes, estableciendo que Claudia fue víctima de violaciones graves a derechos humanos. Por su parte, el 16 de diciembre de 2016, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 62/2016, en la que estableció que Claudia fue víctima de cateo ilegal, detención arbitraria, retención ilegal y violación a la integridad personal, por parte de la Marina Armada de México. Caso Campesinos ecologistas En mayo de 1999, Teodoro Cabrera y Rodolfo Montiel fueron detenidos arbitrariamente por el ejército mexicano, torturados y forzados a firmar declaraciones en las que confesaban ser autores de delitos contra la salud y portación de armas de fuego. Las declaraciones, extraídas mediante tortura, fueron prueba para condenarlos y privarlos de libertad por 6 años y 8 meses (Cabrera) y 10 años (Montiel). Por razones humanitarias (de salud), ambos activistas fueron liberados de prisión en el año 2001 por instrucciones del entonces-­‐Presidente Vicente Fox. No obstante, su


inocencia todavía seguía sin reconocerse, por lo que se continuó con el litigio del caso hasta agotar todos los recursos disponibles en instancias nacionales en México. En el 2010, su caso obtuvo sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que probó los hechos y condenó al Estado de México como responsable de las graves violaciones a los derechos humanos de los señores Cabrera y Montiel. A pesar de haber logrado un avance en la defensa del medio ambiente en Guerrero a través del litigio internacional, los ecologistas siguen esperando justicia por las graves violaciones a derechos humanos cometidas en su contra.


Ciudad de México a 24 de marzo de 2017.- Ante la apertura mostrada por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), el pasado 22 de marzo para recibir información sobre casos de violaciones a derechos humanos en los que estén involucrados elementos militares, y luego de que enfatizara que “no tolera, ni encubre ninguna conducta de algún elemento castrense que atente contra los derechos fundamentales de las personas, facilitando la intervención de las autoridades competentes para la investigación y sanción que en cada caso proceda”; la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos facilita la información de los casos que acompaña donde elementos de las fuerzas armadas han sido señalados como responsables de tortura, ejecución extrajudicial, desaparición forzada, retención ilegal y detención arbitraria, y que se encuentran en total impunidad. -

Caso Rosendo Radilla Pacheco, víctima de detención arbitraria y desaparición forzada a manos de miembros del Ejército mexicano en 1974 en el estado de Guerrero. Caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) Caso 12.511 SENTENCIA de 23 de noviembre de 2009 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas).

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Caso Miguel Orlando Muñoz Guzmán, teniente del Ejército Mexicano, víctima de desaparición en 1993, visto por última vez dentro del 26 Batallón de Ciudad Juárez, Chihuahua. Caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Informe Nº 2/06, CASO 12.130, MIGUEL ORLANDO MUÑOZ GUZMÁN, MÉXICO, emitido el 28 de febrero de 2006.

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Caso General Gallardo, detención arbitraría y violación a las garantías judiciales del Ex General Brigadier del Ejército Mexicano, José Francisco Gallardo Rodríguez por parte del Ejército Mexicano en 1993. Caso ante la CIDH Informe Nº 43/96 CASO 11.430 MÉXICO, emitido el 15 de octubre de 1996.

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Caso Hermanas González Pérez, en el que tres hermanas indígenas tzeltales, detenidas arbitrariamente y víctimas de tortura sexual a manos de militares en 1994, en el estado de Chiapas. Caso ante la CIDH Informe Nº 53/01, CASO 11.565, ANA, BEATRIZ Y CELIA GONZÁLEZ PÉREZ vs. MÉXICO, emitido el 4 de abril de 2001.

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Caso Ejido Morelia, en el que tres civiles fueron víctimas de tortura y ejecución a manos de militares en 1994 en el estado de Chiapas. Caso ante la CIDH Caso Ejido Morelia. Informe Nº 48/97, Caso 11.411. SEVERIANO Y HERMELINDO SANTIZ GÓMEZ "EJIDO MORELIA", MÉXICO, emitido el 18 de febrero de 1998.

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Caso 4 civiles de Rosarito, víctimas de tortura a manos de militares en 2009, en el estado de Baja California. Recomendación 33/2015 de CNDH y Comunicación 500/2012 al Comité contra la Tortura de la ONU (CAT).


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Caso Jorge Antonio Parral Rabadán, víctima de ejecución extrajudicial a manos de militares en 2010 en el estado de Nuevo León. Recomendación 57/2013 de CNDH

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Miriam Isaura López Vargas, víctima de tortura física, sexual y psicológica a manos de elementos militares en 2011, en el estado de Baja California. Recomendación 52/2012 de CNDH.

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Caso 25 policías, en el que 25 agentes de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal fueron detenidos de manera arbitraria y víctimas de tortura a manos de militares en 2009 en el estado de Baja California. Recomendación 87/2011 de CNDH.

Es importante mencionar que todas las recomendaciones anteriores han sido aceptadas por la SEDENA; sin embargo, al día de hoy estos casos se encuentran en total impunidad. Los elementos militares señalados como autores materiales de las detenciones arbitrarias, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y tortura no han sido investigados, ni mucho menos llevados ante la justicia. Asimismo, en ninguno de los casos anteriores se ha realizado la investigación correspondiente para el resto de la cadena de mando. Luego del pronunciamiento de SEDENA, hacemos un enérgico llamado tanto a la SEDENA, como a las instituciones responsables de la administración y procuración de justicia encargadas de la investigación de estos casos, así como del cumplimiento de estas Recomendaciones tanto de CNDH, como de instancias internacionales a dar cumplimiento a las recomendaciones, así como con sus obligación de investigar y dar justicia a las víctimas de estas violaciones graves a derechos humanos. -------------------Información complementaria -

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Inaceptables actuaciones de SEIDO ponen en riesgo investigación de caso de ejecución extrajudicial por militares al dar acceso irregular a los expedientes a elementos de la SEDENA SEDENA y PGR responsables de tortura, detención arbitraria y retención ilegal: CNDH México debe cumplir Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre Caso Radilla Pacheco

Para más información: Mariana Gurrola, Comunicación CMDPDH comunicacion@cmdpdh.org Tel: (55) 55642582, ext. 114


Casos de tortura por policías y fuerzas armadas en México De las 100 mujeres denunciantes de tortura o malos tratos que participaron en la encuesta base de nuestro Informe “Sobrevivir a la muerte: tortura de mujeres por policías y fuerzas armadas en México”: •

De los 100 arrestos examinados por Amnistía Internacional, la mayoría fueron llevados a cabo por la Policía Federal, seguida por la Policía Estatal, el Ejército y la Marina. En el curso de esta investigación, Amnistía Internacional trató de obtener más información sobre protocolos internos y sanciones admnisitrativas en el seno de la Policía Federal, el Ejército y la Marina sobre violencia de género o tortura y malos tratos contra mujeres. De las tres instituciones, sólo la Policía Federal accedió a mantener una reunión. Cuando se les preguntó por el número de quejas internas recibidas sobre tortura y malos trratos, no pudieron facilitar información desglosada sobre denuncias de tortura contra mujeres. 1 Amnistía Internacional también solicitó información a las tres fuerzas de seguridad federales en relación con la tortura. El ejército y la Marina no proporcionaron información sobre este aspecto.2 En relación con la violencia sexual, el Ejército declaró que en 2012 y 2013 habían sido juzgados por violación siente soldados y había en curso otros cuatro juicios contra soldados por abuso sexual. Ninguno de los soldados implicados había sido suspendido temporalmente del servicio durante las investigaciones criminales.3 La Procuraduría General de la República no ha ofrecido un plan de trabajo sobre estos 100 casos y no ha pedido a Amnistía más información al respecto de los casos para perseguirles de oficio.

De las 10 mujeres cuyos casos fueron documentados por Amnistía Internacional para el mismo informe: • 3 han salido libres con sentencias absolutorias después de más de cinco años en prisión preventiva (Korina Ortera Dominguez, Denise Blanco Lovato y Wendy Hernández) • Las 7 restantes siguen en prisión preventiva, y la razón en muchos casos por su prolongada detención es la disfunción del sistema judicial que mantiene a las personas en procesos larguísimos. Además, en muchos casos cuentan con 1

Informe Sobrevivir a la Muerte, página 36. Informe Sobrevivir a la Muerte, página 38. Cita al pie no. 44, que hace referencia a la solicitud de información No. 0000400403415 para la Secretaría de la Defensa Nacional el 30/11/2015 y la solicitud de información no. 0001300108415 para la Secretaría de Marina el 30/11/2015. 3 Informe Sobrevivir a la Muerte, página 39. Cita al pie no. 50, que hace referencia a la respuesta de la Secretaría de la Defensa Nacional a folio 00007002159 del 7 de febrero de 2016. 2


abogados de oficio que no hacen lo necesario, por lo que se encuentran en un estado casi total de indefensión. Avances y estatus general de casos emblemáticos: • Verónica Razo (informe citado, página 34): La Unidad Especializada de Investigación en el Delito de Tortura de la PGR ha registrado avances en cuanto a la investigación por tortura. A finales del año pasado, se presentó una consignación en contra de uno de los policías aprehensores. Pero está en apelación la consignación, así que ningún policía ha sido detenido. Verónica sigue en la cárcel a casi 6 años de su ilegal detención y tortura. • Tailyn Wang (informe citado, página 33): para finales de marzo, un tribunal colegiado va a decidir sobre un amparo que podría dar paso a su libertad. • Mónica Esparza Castro (Informe, página 21): Lleva 4 años en la cárcel a pesar de contar con una recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos que y da cuenta de aproximadamente 15 pruebas periciales y médicas de la tortura sexual que Mónica sufrió. Los torturadores siguen en sus funciones en Torreón. • Jovita Herrera (informe, página 51), continúa en la cárcel y su caso se mantiene sin avances por falta de una adecuada defensa. Sobre casos ante el sistema interamericano: • De nuestro informe “Sobreviviendo a la muerte” y de los casos documentados por Amnistía Internacional, sólo se emitieron medidas cautelare sobre la salud de Verónica Razo por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. • Sobre el tema de tortura sexual ante el Sistema interamericano, los casos relevantes para México han sido: o San Salvador Atenco ( que este año va a la Corte Interamericana de Derechos Humanos) o Inés Fernández y Valentina Rosendo (Informe “Sobreviviendo a la muerte”, página 50) que fueron víctimas de tortura sexual a manos del Ejército Mexicano en Guerrero en 2002 y a quienes la Corte Interamericana de Derechos Humanos concedió reparaciones en una sentencia de 2010. o Caso hermanas González Pérez que fueron golpeadas y violadas por militares el 30 de junio de 1994 y del que la Comisión


Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizรณ un informe de fondo. 4

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http://www.cidh.oas.org/annualrep/2000sp/CapituloIII/Fondo/Mexico11.565.htm


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