Constituciones en castellano - Ordem dos Clérigos Regulares - Teatinos

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CONSTITUCIONES DE LOS CLÉRIGOS REGULARES TEATINOS

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El Ecónomo General debe, además, - tener bien ordenados los libros de entradas y salidas; - hacer cuentas de la administración al final de cada año; - ordenar debidamente y guardar en un archivo conveniente los documentos e instrumentos en los que se fundan los derechos los derechos de la Congregación sobre los bienes y - depositar una copia auténtica de los mismos en el archivo de la Curia. Constitúyase, a norma del derecho, un Consejo de asuntos económicos. Lo preside el mismo Prepósito General o su Delegado y, abierto obviamente a los laicos, debe constar al menos de tres miembros, que sean verdaderamente expertos en materia económica y de probada integridad. Su nombramiento lo hace el Prepósito General, con el consentimiento de su Consejo, y para el tiempo que sea su voluntad. Compete a este Consejo de asuntos económicos: - examinar cada año las cuentas de ingresos y gastos de la Orden y de las Provincias, aprobándolas o rechazándolas; - y, de acuerdo con las indicaciones recibidas del Prepósito General, hacer el presupuesto de ingresos y gastos para todo el régimen de la Congregación en el año entrante.

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El Postulador para las Causas de los Santos.

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El cometido principal del Postulador General, creado a norma del derecho, consiste en - tratar, en Roma, las Causas de beatificación de los Siervos de Dios y de canonización de los Beatos de nuestra Orden; - promover su culto entre los fieles; - y divulgar debidamente lo que fue su vida y santidad. En aquello de mayor importancia y en los gastos que tenga que hacer, pida el consejo del Prepósito General y de los Consultores y, al menos una vez al año, refiera al Consejo el estado en que se encuentran las Causas y lo recibido y gastado en ellas. Si, por cualquier causa, fuera necesario remover del cargo al Postulador General, se consulte previamente a la Congregación para las Causas de los Santos.

El Prefecto del Archivo de la Biblioteca General de la Orden.

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Para cuidar del Archivo histórico y de la Biblioteca de la Curia, el Prepósito General nombrará, con el cargo de Prefecto, a un religioso perito de verdad y muy versado en la historia de nuestra Congregación.


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