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ENFOQUE
PLAN DE ORDENAMIENTO URBANO
C. RÉGIMEN DE GESTIÓN DE USOS DEL SUELO PREEXISTENTES NO-CONFORMES.
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Tal como lo establece la Ordenanza para Iniciativa, Creación, Elaboración e Implementación de los Planes de Ordenamiento Territorial Municipal, los usos del suelo preexistentes que no estén conformes a las nueva zonificación, denominados consecuentemente:
Uso del Suelo Preexistentes No Conformes (USPENC), mantienen su derecho de permanencia en virtud del carácter no retroactivo de los POTM y siempre que observen las siguientes disposiciones:
i. Disposiciones generales para los USPENC.
Permanecerán como usos preexistentes no conformes todos aquellos usos del suelo que hayan solicitado y obtenido favorablemente su Calificación de Lugar previamente a la aprobación del presente plan parcial siempre que respeten las siguientes disposiciones regulatorias: - Mientras no soliciten un cambio de uso del suelo o permisos para realizar ampliaciones físicas que resulten en el aumento de la capacidad de servicios de las instalaciones, ya sea en el interior del inmueble o mediante la expansión a inmuebles colindantes o cercanos.