Ley 123 15 20151209

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EL CONGRESO NACIONAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Ley No. 123-15

Constitución

de

PRIMERO:

la

Que

República,

de

conformidad

el

Estado

garantizar los medios para que

todas

protección

que

de

la

salud,

ya

con

tiene

lo

la

las personas

la

misma

Que

el

Estado

la

responsabilidad

de

tengan acceso a

la

un

derecho

en

SEGUNDO:

en

constituye

inalienable;

CONSIDERANDO

establecido

Ga ce ta .

CONSIDERANDO

está

comprometido

con

la

con

ión

reforma y modernización de las entidades públicas del sector salud,

el objetivo de mejorar los niveles de salud y la calidad de vida de la

CONSIDERANDO TERCERO:

bli c

ac

población en general, principalmente de los más pobres;

Que resulta necesario elevar la calidad de

la

de

integran el sector salud;

Pu

gestión de las instituciones públicas y en particular de aquellas que

CONSIDERANDO CUARTO: Que tanto la Ley General de Salud,

No.42-01,

ám ite

del 8 de marzo de 2001, que organiza el Sistema Nacional de Salud, com^ la Ley No. 87-01, del 10 de mayo de 2001, que creó el Sistema Dominicano

de Seguridad Social,

requieren de un instrumento legal complementario,

Tr

que defina el curso de acción a seguir para desarrollar estrategias de descentralización y desconcentración de los servicios de salud,

acercarse

En

propósito de comunidades,

como

en

forma

usuarios

creciente

de

los

a

individuos,

servicios,

con el

familias

para

y

responder

sensiblemente a sus necesidades;

CONSIDERANDO

QUINTO:

Que

para

completar

la

separación

de

las

funciones de rectoría y provisión de servicios de salud, que ordena la Ley General

de

Salud,

se

requieren

cambios

que

hagan

efectiva dicha


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