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NOTIFICACIONES

CITACIONES JUDICIALES R. DEL E. JUZGADO QUINTO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE EL ORO EXTRACTO DE CITACIÓN

A Flor, Esther e Isolina Saldaña Guerrero y a los herederos, presuntos y desconocidos de quien en vida fue Luis Saldaña Prado Se le hace saber que, al juzgado Quinto de la Niñez y Adolescencia de El Oro con asiento en el cantón Pasaje, le ha tocado conocer la presente demanda cuyo extracto es el que sigue: Actora: Gloria Alicia Velez Mendez Demandado: Flor, Esther e Isolina Saldaña Guerrero y a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue Luis Saldaña Prado Juez de la causa: Dr. George Salinas Jaramillo Objeto de la Demanda: Alimentos Trámite: Especial Juicio: No 292-2011 Providencia: Por haberse justificado el fallecimiento del demandado, estese a lo previsto en el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se ordena: Cítese a los herederos presuntos y desconocidos del causante Luis Saldaña Prado y así mismo por cuanto la accionante expresamente declara desconocer el domicilio y actual paradero de los herederos Flor, Esther e Isolina Saldaña Guerrero se dispone citarlos mediante una sola publicación por la prensa, de conformidad con lo previsto en el Art. antes mencionado. Particular que pongo a conocimiento del público en general para los fines de ley. Advirtiéndole a los demandados la obligación que tiene de señalar casillero judicial para notificaciones en esta ciudad de Pasaje, dentro de los veinte días posteriores a la publicación de este aviso, bajo prevenciones de ley. Pasaje, veintiocho de abril de 2011 Ab. Daniela Ruíz Gallardo Secretaria (E) del Juzgado Quinto de Niñez y Adolescencia de El Oro OP-48112

R. del E. JUZGADO MULTICOMPETENTE DECIMO CUARTO DE LOJA PALTAS CITACION JUDICIAL

Def. Dr. José Rosa Armijos Herrera Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite CITO: al Sr. Walter Milton Saraguro Eras, la misma que en extracto comprende lo siguiente: ACTORA: Dr. José Rosa Armijos Herrera, Procurador Judicial de la Sra. Fanny Esperanza Vivanco Díaz. DEMANDADO: Walter Milton Saraguro Eras OBJETO DE LA DEMANDA: Divorcio. TRAMITE: Verbal Sumario JUICIO Nro. 33-07 CUANTIA: Indeterminada JUEZ: Dr. Hómer Humberto Galván Calderón AUTO DE ACEPTACION.- Catacocha, a quince de marzo del dos mil siete a las 11h00 . Vistos.- estimase clara y completa la demanda que antecede y presentada por la Sra. Fanny Esperanza Vivanco Díaz, contra el señor Walter Milton Saraguro Eras, y por reunir los requisitos de forma exigidos por la Ley se la acepta al tramite VERBAL SUMARIO, que le corresponde, En consecuencia. Cítese al demandado en el lugar indicado, esto es en la calle 36 (Sn) y calle CH, frente al mercado de la ciudad de Guayaquil del Cantón del mismo nombre Provincia del Guayas, a quien se le entregara copia de la demanda y el presente auto de aceptación a tramite previniéndole fije domicilio judicial en esta ciudad de Catacocha, Cantón Paltas, Provincia de Loja, para posteriores notificaciones.- Para su citación se depreca con despacho a uno de los señores Jueces de lo Civil del Cantón Guayaquil, previo sorteo correspondiente y ofreciéndole reciprocidad de servicios en casos similares.- Cuéntese en la secuela del juicio con el señor Agente Fiscal del Distrito Judicial de Loja con asiento en Chaguarpamba a quien se lo citara personalmente . Para dicho cumplimiento, se comisiona al señor Comisario Nacional de Policía del cantón Chaguarpamba, remitiéndole despacho en forma y concediéndole el termino de tres días.- Agréguese al proceso los documentos presentados.- Téngase en cuenta la cuantía y el domicilio judicial señalado, así como la autorización que le confiere a su defensor para que suscriba peticiones en su nombre .- Hágase saber.- f) Ilegible Dr. Roberth Valdivieso Jaramillo.- Juez Suplente del Juzgado Décimo Cuarto de lo Civil de Loja -Paltas .- OTRA PROVIDENCIA. Catacocha, a veinte y ocho de octubre del año dos mil nueve a las 14h00. Avoco conocimiento del presente juicio en mi calidad de Juez Titular, por haberme reintegrado a mi trabajo, Despachando los escritos que anteceden, se dispone la practica de la siguiente diligencia, agréguese al proceso los deprecatorios que anteceden y que el Procurador Judicial. Dr. JOSE ROSA ARMIJOS, designado por la Sra. FANNY ESPERANZA VIVANCO DIAZ, y en merito a la Procuración presentada que se declara legitimada su intervención , disponiéndose se cuente por los derechos que representa en calidad de Procurador de FANNY ESPERANZA VIVANCO DIAZ, comparezca en cualquier día y hora hábil a declarar bajo juramento que le es imposible establecer el domicilio y residencia del demandado Sr. WALTER MILTON SARAGURO ERAS, como lo exige y determina la Excma. Corte Nacional de Justicia en la Gaseta Judicial serie VIII. Nro. 9, pagina 2645, año 2007, y como lo exige la norma jurídica constituida en el inciso tercero del Art. 82, del Código de Procedimiento Civil .- Téngase en cuenta el casillero judicial Nro. 30 y agréguese el documento que se adjunta .- Por cuanto el Secretario encargado de esta Judicatura Dr. Ángel Rodríguez, se encuentra con licencia, se llama a intervenir en el presente juicio a la Sra. Rosemary del Pilar Tenesaca Ramírez a quien se la designa Secretaria Ad-Hoc , mientras dure la licencia del Secretario Encargado, quien encontrándose presente acepta el cargo conferido y juramentada en legal forma ofrece desempeñar fiel y legalmente, como lo determina la Ley , firmando para constancia conjuntamente con el suscrito Juez al final de esta providencia. - Cúmplase con lo ordenado en el auto inicial.- Hágase saber .- f) Ilegible, Dr. Hómer Humberto Galván Calderón. Juez Décimo Cuarto de lo Civil de Loja - Paltas : OTRA PROVIDENCIA.- Catacocha, a diez de noviembre del año dos mil nueve a las 11h00.- Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de fecha veinte y ocho de octubre del año dos mil nueve a las 14h10, y por haber rendido el juramento el Dr. José Rosa Armijos Herrera en su calidad de Procurador Judicial de la actora Sra. Fanny Esperanza Vivanco Díaz, de que desconoce el actual domicilio y residencia del demandado Sr. Walter Milton Saraguro Eras, se dispone citarlo al mencionado demandado por la prensa .- Hágase saber.- f) Ilegible Dr. Hómer Humberto Galván Calderón . Juez Décimo Cuarto de lo Civil de Loja - Paltas.- OTRA PROVIDENCIA.- Catacocha, a doce de marzo del año dos mil once a las 10h00.Avoco conocimiento del presente juicio en mi calidad de Juez Multicompetente del Juzgado Décimo Cuarto de Loja - Paltas, en merito a la resolución dictada por el Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura Nro. 061-210 de fecha 07 de septiembre del 2010. Como la comunicación enviada por el Director Provincial de Loja Dr. Medardo Samaniego Ruiz en el oficio Nro. 946-10-CJ-DL, de fecha 28 de octubre del 2010.- Atendiendo la petición que antecede y formulada por el Dr. José Rosa Armijos Herrera. Procurador Judicial de la Sra. Fanny Esperanza Vivanco Díaz, se dispone lo siguiente, que el Sr. Secretario Encargado del Despacho confiera los extractos para la citación por la Prensa del demandado Sr. Walter Milton Saraguro Eras, solicitados en el escrito que se despacha, se llama a intervenir en la Presente juicio, al Dr. Luis A. Quezada Viteri. Secretario encargado del Juzgado, designado mediante oficio Nro. 0970-DPCJL-DP-SO, de fecha 5 de julio del 2010, por la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Loja.- Hágase saber.- f) ilegible. Dr. Hómer Humberto Galván Calderón. Juez Décimo Cuarto Multicompetente de Loja - Paltas

Particular que pongo en conocimiento del demandado para los fines de Ley. Catacocha, a 12 de marzo del 2011. Dr. Luis A. Quezada Viteri SECRETARIO ENCARGADO DEL JUZGADO MULTICOMPETENTE DECIMO CUARTO DE LOJA -PALTAS

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Machala, lunes 2 - mayo de 2011

SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA PUYANGO CATAMAYO CENTRO ZONAL ZARUMA Cítese a los usuarios conocidos o no presuntos y desconocidos de acuerdo a lo que establece el Art. 87 de la ley de aguas codificada tendiente a obtener la concesión y aprovechamiento del caudal de Medio L/Seg. de las aguas de la vertiente sin nombre, que pasa la tubería por la propiedad de la señora Maria del Rosario Feijoo Aguilar, ubicado en el sitio Calera Grande, cantón Piñas, provincia de El Oro. EXTRACTO ACTOR: Hector Monfilio Feijoo Feijoo OBJETO DE LA SOLICITUD: obtener la concesión y aprovechamiento del caudal de Medio L/Seg. de las aguas de la vertiente sin nombre, que pasa por la tubería de la propiedad de la señora Maria del Rosario Feijoo Aguilar, ubicado en el sitio Calera Grande, cantón Piñas, provincia de El Oro, para destinarla al consumo humano, riego de plantaciones y consumo animal porcino y avícola y el establecimiento de servidumbre para realizar las obras e instalaciones necesarias para la utilización del recurso agua. Providencia: TRAMITE.- 073-2011-DHPC-CZZ-C SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA.- DEMARCACION HIDROGRAFICA PUYANGO CATAMAYO, CENTRO ZONAL ZARUMA.- Zaruma, 31 de marzo de 2011.- Las 11h35 VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Coordinador Regional de la Demarcación Hidrográfica Puyango Catamayo, con acción de personal Nro. 160541. En lo principal la solicitud presentada por el señor Hector Monfilio Feijoo Feijoo, para obtener la concesión, derecho y aprovechamiento del caudal de Medio L/Seg. de las aguas de la vertiente sin nombre, que pasa la tubería por la propiedad de la señora Maria del Rosario Feijoo Aguilar, ubicado en el sitio Calera Grande, cantón Piñas, provincia de El Oro, para destinarla al consumo humano, riego de plantaciones y consumo animal porcino y avícola y el establecimiento de servidumbre para realizar las obras e instalaciones necesarias para la utilización del recurso agua. La presente petición se la considera de clara completa y reúne los requisitos determinados en el Articulo 86 de la Ley de Aguas Codificada, en tal virtud se la acepta al trámite y en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a la usuaria conocida señora Maria del Rosario Feijoo Aguilar, en su domicilio ubicado en el sitio Calera Grande, cantón Piñas, provincia de El Oro, con copia del escrito y providencia recaída en ella, por comisión al señor Comisario nacional de Policía del cantón Piñas, a fin de que contesten o hagan valer sus derechos en forma en el termino de ocho días a partir de la fecha de citación; apercíbaseles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial dentro del perímetro legal de esta Coordinación. 2.- A los usuarios presuntos y desconocidos cítese por la prensa de conformidad con el Art. 87 de la Ley de Aguas Codificadas, en uno de los diarios que se editan en esta provincia, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y providencia por tres veces, mediando entre una y otra el plazo de ocho días. 3.- Fíjense carteles en tres de los lugares más frecuentados de la cabecera cantonal Piñas durante el plazo de treinta días de conformidad con lo dispuesto en el literal g) del Art. 22 del Reglamento de la Ley de Aguas mediante comisión librada al señor Jefe Político del Cantón Piñas. 4.- Se designara a un técnico de SENAGUA Centro Zonal Zaruma, en calidad de perito, para que realice la inspección técnica de la presente petición, por lo que posteriormente se señalará día y hora para que tenga cumplimiento esta diligencia. 5.-Agréguese al escrito de fecha 29 de marzo del 2011, las 18h30 y más documentos de respaldo que adjunta . 6.- Se dispone que en el término de treinta días presente lo determinado en el articulo 86 literal g) y e) 7.- Téngase en cuenta la casilla judicial No 03 para notificaciones y la autorización conferida al Abg. Víctor Aguirre Murillo, 8.- Que actúe en calidad de Secretaria Ad-hoc La Abogada Jenny Chávez Carranza.- cúmplase y notifíquese f) Gral. Octavio Romero Ochoa Coordinador regional de la demarcación Hidrográfica Puyango Catamayo – Senagua. Lo certifico.Lo que comunico al público para los fines legales siguientes la obligación de señalar casillero judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercer y última publicación de este aviso. Abg. Jenny Chavez C. Secretaria Judicial AD-HOC

AVISO DE REMATE BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL EN MACHALA

En el Proceso Coactivo no.-16-2006, mediante providencia de fecha 25 de Abril 2011, las 10h00.-Pongo en conocimiento del publico que el día LUNES 20 de JUNIO del 2011 de las 14h00 a las 18h00(DE 2PM A 6PM) en el DEPTO LEGAL del BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL EN MACHALA, ubicado en las calles: Nueve de Mayo y Avda Veinticinco de Junio, se procederá al REMATE del siguiente bien inmueble: UBICACIÓN: CANTON: Chilla PARROQUIA: Chilla Provincia: El Oro Sector: Pejeyacu

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R. Del E. JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE EL ORO

AVISO DE REMATE

Mediante providencia dictada por el señor Juez Sexto de lo Civil de El Oro. Abg. Fulton Godoy Palacios el día 05 de Abril del 2011 a las 09h46, dentro del juicio Nro. 262-2007 propuesto por el señor PATRICIO ISMAEL SANMARTIN ERRAEZ, se ha señalado para el día 23 de Junio del 2011, desde las catorce horas hasta las dieciocho horas ( 2 a 6 de la tarde). Para que se tenga lugar el remate del bien inmueble embargado, cuyas características son: UBICACIÓN: Sitio Yaucarima, Cantón Pasaje, Provincia de El Oro. LINDEROS Y DIMENSIONES: Norte: Carretera que conduce a Pasaje. Sur: Carretera que separa las propiedades de Guadalupe Saldaña, Francisco Capa. Este: Terreno de David Tinoco, herederos Chuchuca y Carretero de que separa la propiedad de Jacinto Aquim. Oeste: Herederos Capa. CARACTERISTICA: Este predio se encuentra cerrado a lo lardo de su perito con alambre de púa y estacas de madera, en la parte frontal existe una cerca de bloque con columna de hormigón armado, con tres puertas metálicas, este predio esta cultivado con banano de la variedad cavin y cuenta con una infraestructura de canales de riego y drenaje, funiculares y una empacadora, la misma que cuenta con columnas de hormigón armado, cubierta de zinc, sobre estructura metálica, con piso de hormigón simple alisado, tinas de hormigón armado recubierto con cerámica, además existe la construcción de una bodega, toda su estructura es de hormigón armado, puertas metálicas, paredes de bloque y ventanas de protección de acero estructurado. El área total del predio es de 17.86 hectáreas. RUBRO UNIDAD CANTIDAD P. UNITARIO Predio Has 17,86 $8.000 Cerramiento Empacadora Funiculares Casa TOTAL

TOTAL $142.880 $ 15.240 $ 6.000 $ 3.000 $ 5.600 $ 172.720

SON: Ciento Setenta y dos mil, setecientos veinte dólares, con 00/100 centavos de dólar. Por tratarse del primer señalamiento se aceptarán posturas que cubran cuando menos las dos terceras partes del avalúo y se acompañara el 10% en dinero en efectivo o en cheque certificado a orden del juzgado. El remate se llevará a cabo en el Juzgado Sexto de lo Civil de El Oro, ubicado en las calles Sucre entre Ochoa León y Municipalidad, edificio gran Pasaje de esta ciudad de Pasaje, Provincia de El Oro. El bien a rematarse se encuentra en poder del depositario Judicial Sr. Arnaldo Rivas. Pasaje, 13 de Abril del 2011 Abg Richard Sánchez Samaniego SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE EL ORO

CARACTERISTICAS GENERALES: El predio en mención son tres lotes de terreno, que por estar juntos constituyen un solo cuerpo.-. ZONA: Predio Rustico CONDICIONES TOPOGRAFICAS DEL SECTOR: Quebrada CONDICIONES DE ACCESO: Camino a pie LOTE NO.- 1 NORTE: con propiedad de Lizardo Morocho SUR: Con propiedad del señor Oleado Sánchez, quebrada por división ESTE: Con terreno de Augusto Malla OESTE. Con terrenos de Clemente Belduma y Augusto Malla AREA: 25,00 Has.

R. del E. JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE EL ORO

EXTRACTO DE CITACION

A. MARIA CECILIA MORAN CORREA, se le hace saber que en este Juzgado se ha iniciado el presente juicio EJECUTIVO (Letra de Cambio) Nro. 376-2010, que se sigue en su contra, cuyo extracto dice: ACTORA: Ing. GLADIS MAGDA ROMERO SOLANO DEMANDADA: MARIA CECILIA MORAN CORREA TRAMITE: EJECUTIVO (Letra de Cambio) JUEZ DE LA CAUSA: Abg. Fulton Godoy Palacios PROVIDENCIA: Previo sorteo de ley asumo conocimiento de la presente causa, se la califica de clara, completa y precisa y por reunir los requisitos de ley se la admite a trámite EJECUTIVO (Letra de Cambio) que le corresponde. Por cuanto la parte actora manifiesta desconocer el actual domicilio de la demandada MARIA CECILIA MORAN CORREA, se ordena citar por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en la ciudad de Machala, Provincia de El Oro, por no existir ninguno en la Ciudad de Pasaje, conforme lo determina los Arts. 82 y 83 del Código de Procedimiento Civil. Se advierte a los demandados la obligación que tienen de comparecer a juicio y de señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta ciudad, caso contrario será considerada rebelde.

LOTE NO.-2 NORTE: Con propiedad de N. Balladares, quebrada por división SUR: Con propiedad del señor Manuel Velepucha ESTE: Con terreno de Filiberto Velepucha, quebrada por división OESTE: Con terreno de Lizardo Morocho AREA 8,58 Has. LOTE NO.-3 NORTE: Con propiedad de Lizardo Morocho SUR: Con propiedad del Señor Clemente Belduma ESTE: Con terreno de Augusto Malla OESTE: Con terreno N.N. Río por división AREA 7,00 Has AREA TOTAL: 40,58 Has. POSIBILIDADES DE COMERCIALIZACION: El terreno se encuentra ubicado un tanto alejado de la vía Pasaje-Cuenca, hay que llegar al Centro turístico “las Cabañas de Quera”, luego una hora y media a pie.- El terreno es un tanto húmedo propio para la siembra de pasto para la crianza de ganado. AVALUO DEL INMUEBLE:

Pasaje, a 25 de abril de 2011 Abg. Richard Sánchez Samaniego SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE EL ORO OP-48011

RUBRO UNIDAD CANTIDAD P. UNIT. Área de terreno has 40,58 700,00 TOTAL

P.TOTAL 28.406,00 28.406,00

SON: VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SEIS DOLARES 00/100 El bien inmueble a rematarse se encuentra custodia y responsabilidad del depositario Judicial Abg. Ángel Celi Jaramillo.- Por tratarse del SEGUNDO SEÑALAMIENTO, se aceptarán las posturas desde las que cubran la MITAD DEL PRECIO DEL AVALUO, osea desde la suma de CATORCE MIL DOSCIENTOS TRES CON 00/100 DOLARES AMERICANOS ($14.203,00) de contado o a plazos.-Se preferirán las ofertas de contado, acompañadas del diez por ciento del valor de la oferta, en dinero en efectivo o cheque certificado a la orden de la Delegada de la Jurisdicción Coactiva del Banco Nacional de Fomento Sucursal en Machala.- Se aclara que el REMATE del bien inmueble antes descrito se lo hará como cuerpo cierto, de conformidad con lo dispuesto con el Código Civil.- Todos los gastos que se ocasionaren por transferencia de dominio de dichos lotes serán de cuenta del adjudicatario.- Para mayor informe acercarse al Depto Legal del Banco Nacional de Fomento Sucursal en Machala, ubicado en esta ciudad de Machala, en las calles: Nueve de Mayo y Avda. Veinticinco de Junio. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines consiguientes. Machala, 26 de Abril del 2011. Abg. Dayhjana Córdova Moreno SECRETARIA AD-HOC OP-48040

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R. del E. JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE EL ORO EXTRACTO DE CITACION

A: HEREDEROS PRESUNTOS y DESCONOCIDOS DE LUIS MARIO ROMERO MOLINA, se les hace saber que en este Juzgado se ha iniciado el presente juicio ESPECIAL (REQUERIMIENTO) No. 0036D-2011, cuyo extracto dice: ACTORA: MONICA ALEXANDRA ROMOLEROUX PALADINES DEMANDADOS: HEREDEROS PRESUNTOS CONOCIDOS y DESCONOCIDOS DE LUIS MARIO ROMERO MOLINA TRAMITE: ESPECIAL (REQUERIMIENTO) JUEZ DE LA CAUSA: Abg. Silvio Castillo Tapia PROVIDENCIA: Previo sorteo de Ley avoco conocimiento de la demanda que antecede y que ha sido formulada por MONICA ALEXANDRA ROMOLEROUX PALADINES calificándola de clara, precisa, completa y por reunir los requisitos de Ley se la admite a trámite ESPECIAL (REQUERIMIENTO) que le corresponde. Por cuanto la parte actora manifiesta desconocer la residencia y domicilio de los HEREDEROS PRESUNTOS CONOCIDOS y DESCONOCIDOS DE LUIS MARIO ROMERO MOLINA, se ordena citar por la prensa, en uno de los diarios de la localidad, conforme lo determina el Art. 82 y 83 del Código de Procedimiento Civil, para que concurran a hacer valer sus derechos. Machala, Abril 28 del 2011. LCDA. ROSA ÁLVAREZ SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE EL ORO


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