La Suprema Corte de Justicia de la Nación y la jurisprudencia de los derechos fundamentales

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w De los Derechos Sociales, Económicos y Culturales w

precedieron a la plasmación constitucional de los derechos sociales en el texto fundamental mexicano y su evolución a partir de 1917. Desde 1821, fecha en que se consolidó la independencia mexicana, hasta 1917, cuando se promulgó la Constitución vigente, se reunieron en México congresos constituyentes que dieron nacimiento a documentos constitucionales.1 En tal sentido y a efectos de analizar documentos que precedieron, se considera como “ley suprema”, o “ley fundamental”, o “Constitución” a todo documento que haya tenido efectos de norma suprema a partir de la independencia (1821) y que haya sido emanada de algún congreso constituyente.2 Ahora bien, sin pretender un análisis exhaustivo sobre estos documentos constitucionales, a continuación se revisarán los textos mencionados a fin de establecer los antecedentes de los derechos sociales en el ámbito constitucional mexicano, concretamente en lo relativo a la protección de la salud. Este análisis constitucional, no excluye a aquellos documentos, proyectos o actas que hubiesen constituido una novedad importante para su tiempo o preparado el camino para la creación de alguna constitución. Como sucede con algunos textos previos que, sin duda, marcaron decisivamente el carácter social del constitucionalismo mexicano. Tal es el caso del documento “Sentimientos de la Nación” escrito por Morelos y Pavón presentado ante el Congreso de Chilpancingo el 14 de septiembre de 1813. Este notable documento sentó las bases para el texto constitucional de 1814 conocido también como Constitución de Apatzingán (1814), a la que me referiré brevemente enseguida. La Constitución de 1814, así como el texto de Morelos, se ubican en el contexto mexicano previo al movimiento de independencia. En años anteriores aparecieron los primeros esfuerzos por lograr una organización propia que les permitiera superar las condiciones tanto económicas como sociales que se vivieron en los años del coloniaje. En esta época, José María Morelos y Pavón escribió el documento “Sentimientos de la Nación” en donde recoge el pensamiento socioliberal de la época. El texto ha sido considerado como pieza clave en la historia del constitucionalismo social mexicano debido a que contiene principios políticos que posteriormente dieron forma al Estado mexicano. 1

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Para efectos de este trabajo voy a considerar que la Constitución es la ley fundamental de un Estado en la cual se establecen los derechos y obligaciones de las personas y los gobernantes, es decir, asume el carácter de norma suprema y es la máxima expresión de la soberanía de un pueblo como obra de una Asamblea o Congreso Constituyente. En este contexto y para determinar dichos documentos seguiré el esquema propuesto por el profesor Rabasa a fin de considerar como texto constituyente aquél que reúna las siguientes características: 1. Vigencia temporal; 2. Vigencia en un parte o la totalidad del territorio mexicano; 3. Con un contenido significante en cuanto a la forma de gobierno; 4. Aportación importante en el ámbito constitucional. Ver: RABASA, Emilio O., Historia de las Constituciones mexicanas, México, UNAM-Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2000, p. 9.


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