
DECRETO FUNDACIÓN DUOC
DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE
DECRETO DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 1/2015
REGLAMENTO BECA ESPÍRITU DUOC UC

VISTOS:
1º La relevancia que tiene para la Fundación el destacar los logros de los alumnos, dejando en evidencia la formación personal y disciplinariarecibida.
2º La relación permanente que la Fundación DUOC UC de la Pontificia Universidad Católica de Chile le interesa mantener con los alumnos del Liceo Politécnico Andes, del Instituto Profesional Duoc UC y del Centro de Formación Técnica Duoc UC.
3º El Reglamento General de Becas Decreto de Rectoría Número 3 /2013 del Instituto Profesional y Centro de Formación Técnica de Duoc UC.
DECRETO:
Primero: Apruébese el siguiente Reglamento de la Beca Espíritu Duoc:
ARTICULO PRIMERO. A partir del mes de abril de 2015, la Fundación Duoc de la Pontificia Universidad Católica de Chile comenzará a entregar la "Beca Espíritu Duoc UC" a los alumnos que encarnen los valores que la Fundación busca transmitir.
Esta beca tendrá como beneficiarios a 1 alumno(al por cada Sede de DuocUC, y será elegido(al por su Director, teniendo como base de su elección las características expresadas más adelante.
ARTICULO SEGUNDO. El monto de la beca equivaldrá al 100% del arancel anual del alumno más el 100% de la matrícula anual y tendrá una duración anual, no renovable.
Para acceder a esta beca y poder ser elegido, el alumno deberá contar con a lo menos dos semestres cursados. Los beneficiados deberán ser elegidos en Marzo de cada año, con una entrega formal de la beca en la ceremonia de cuenta anual del Rector y el beneficio comenzará a regir a partir de enero de cada año.
Esta beca no tiene ningún componente de evaluación socioeconom1co, busca premiar a los mejores alumnos independiente del quintil del que provengan. El hecho de que un alumno tenga problemas socioeconómicos no le da prioridad ni ningún grado de privilegio por sobre otro.
Eliodoro Yáñez 1595 • Providencia • Santiago • Chile •Tel. (56-2) 2354 00 oo . www.duoc.cl


ARTICULO CUARTO. Entrega de las becas.
Las becas se adjudicarán al mes de enero de cada año y su implementación comenzará a regir a partir del mes de marzo, la ceremonia formal de entrega de estas se realizará en la cuenta anual de Duoc UC. Esta será entregada por el Director Ejecutivo de la Fundación o el Presidente del Consejo de la Fundación
El monto de la beca equivaldrá al 100% del valor de la matrícula y el 100% del arancel anual. Si el alumno beneficiado tuviese otras becas o beneficios, la beca cubrirá el 100% del monto no cubierto. Si por el contrario, el alumno tiene una beca externa o interna que cubra la totalidad del arancel y la matrícula, el alumno no recibirá el descuento en la matrícula o arancel, pero si recibirá el galardón de reconocimiento que lo hace merecedor de la beca y lo que ella conlleva. Debe quedar claramente estipulado que no se entregan fondos.
ARTÍCULO QUINTO Instructivo. Sin perjuicio de lo expresado en los artículos precedentes, el Director de Asuntos Administrativos y Financieros podrá dictar los instructivos que estime necesarios, y que digan relación con los procedimientos operativos requeridos para la correcta aplicación del presente Reglamento.
Segundo: El Reglamento antes individualizado comenzará a regir íntegramente a partir del día 1• de abril de 2015.
Eliodoro Yáñez 1595 • Providencia Santiago Chile Tel (56-2} 2354 00 00 • www.duoc.cl