Derechos de los Pueblos Indígenas: Educación Bilingüe Intercultural
La acción de amparo
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala (OACNUDH) en el marco de su mandato presenta este foliar para facilitar a la difusión e implementación de decisiones de la Corte de Constitucionalidad sobre derechos de los pueblos indígenas. El mismo resume una sentencia sobre el derecho a la educación bilingüe intercultural de los pueblos indígenas. La Corte de Constitucionalidad es un tribunal que se encarga de defender los derechos reconocidos en la Constitución Política de la República de Guatemala y en los tratados internacionales de derechos humanos. Una de sus funciones es resolver casos, en los cuales se señala que no se respetaron los derechos de las personas reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos. Para consultas jurídicas se recomienda leer directamente el expediente respectivo.
El alcalde indígena de La Antigua Santa Catarina Ixtahuacán, varios padres de familia, el Consejo Educativo de la Escuela Oficial Urbana Mixta David Baronti y, como terceros interesados, el Consejo Nacional Maya y la Procuraduría de los Derechos Humanos solicitaron, ante la Corte de Constitucionalidad, la protección del derecho a la educación bilingüe intercultural en las trece escuelas del nivel primario de La Antigua Santa Catarina Ixtahuacán. Argumentaron que el Ministerio de Educación no garantiza a los niños y niñas indígenas ser educados en su idioma materno y en el sistema de valores y aspiraciones sociales, económicas y culturales del Pueblo K´iche’.
Desde 2005, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala (OACNUDH), ha tenido como mandato observar e informar sobre la situación de los derechos humanos en el país. El objetivo principal de su labor es asesorar y proveer asistencia técnica a las autoridades guatemaltecas en la formulación y aplicación de políticas, programas y medidas para promover y proteger los derechos humanos en Guatemala. Asimismo, asesora en las esferas de su competencia, a representantes de la sociedad civil, organizaciones no gubernamentales y particulares. Este mandato incluye brindar asesoría técnica a todas las instituciones del Estado, para que sus funciones se realicen de acuerdo con las obligaciones internacionales de derechos humanos. Estas obligaciones se derivan de los tratados internacionales sobre derechos humanos que el Estado de Guatemala ha ratificado.
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SENTENCIA EDUCACIÓN BILINGÜE INTERCULTURAL
Corte de Constitucionalidad, de 5 de julio de 2016, expedientes acumulados No. 4783-2013, 4812-2013 y 4813-2013