Delgado esp final

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NO. DE ARCHIVO 54337663 REGISTRADO ELECTRÓNICAMENTE 28/03/2017

06:57:54 PM

FORMULARIO 1.997. PORTADA PARA TRÁMITES CIVILES La portada para trámites civiles y la información aquí incluida no sustituye ni complementa la presentación y tramitación de peticiones o de otros documentos requeridos por la Ley. Este formulario deberá ser presentado por el demandante o peticionario para el uso del Secretario de la Corte con el propósito de reportar datos de carga de trabajo judicial de acuerdo con la sección 25.075 de los Estatutos de Florida.

I. DESIGNACIÓN DEL CASO

EN LA CORTE DE CIRCUITO DEL UNDÉCIMO CIRCUITO JUDICIAL, EN Y PARA EL CONDADO DE MIAMI-DADE, FLORIDA Enrique Cadena Demandante

Caso #: _________________ Juez:

_________________

vs. Pedro Miguel Delgado Demandado

II.

TIPO DE CASO Otras acciones de bienes raíces $250,000 o más

Condominio Contratos y endeudamiento Dominio eminente Negligencia automovilística Negligencia – otros Gobernanza empresarial Delitos comerciales Daños ambientales/ tóxicos Indemnización a terceros Defecto de construcción Agravio masivo Seguridad negligente Negligencia en hogares para ancianos Responsabilidad civil - comercial Responsabilidad civil - residencial Responsabilidad civil del fabricante Bienes Inmuebles/ ejecución hipotecaria Ejecución hipotecaria comercial $0 - $50,000 Ejecución hipotecaria comercial $50,001 - $249,999 Ejecución hipotecaria comercial $250,000 o más Privilegio de residencia protegida $0 – $50,000 Privilegio de residencia protegida $50,001 - $249,999 Privilegio de residencia protegida $250,000 o más Ejecución hipotecaria de residencia no protegida $0 - $50,000 Ejecución hipotecaria de residencia no protegida $50,001 - $249,999 Ejecución hipotecaria de residencia no protegida $250,00 o más Otras acciones de bienes raíces $0 - $50,000 Otras acciones de bienes raíces $50,001 $249,999

x

Negligencia Profesional Mala práctica – negocios Mala práctica – médica Mala práctica – otras profesiones Otros Regulación antimonopolio Transacciones comerciales Juzgado civil – no aplicable Desafío constitucional- estatuto u ordenanza Desafío constitucional –propuesta de enmienda Fideicomisos corporativos Discriminación – empleo u otros Reclamaciones de seguros Propiedad intelectual x Libelo/Difamación Acción derivada del accionista Litigio sobre valores Secretos comerciales Litigios en fideicomiso


TRIBUNAL DE LITIGIOS COMERCIALES COMPLEJOS Esta acción es pertinente para ser asignada al Tribunal de Litigios Comerciales Complejos según lo x definido y ordenado por la Orden Administrativa. Sí No

III.

RECURSO SOLICITADO (marque todos los que apliquen): Monetario; Declaración no monetaria o medida cautelar; Punitivo

x

IV.

NÚMERO DE CAUSAS DE ACCIÓN: ( (Especificar) __1__

V.

¿ES ESTE UN CASO DE ACCIÓN COLECTIVA? SÍ x No

VI.

¿SE HA PRESENTADO AVISO DE ALGÚN CASO RELACIONADO SEGÚN SU CONOCIMIENTO? x No SÍ – En caso de ser “sí”, enumere todos los casos relacionados por nombre, número de caso y tribunal:

VII.

)

¿SE EXIGE JUICIO POR JURADO EN ESTA DEMANDA? SÍ No

x

CERTIFICO que la información que he proporcionado en esta portada para trámites civiles es exacta a mi leal saber y entender.

Firma (s):___________Jared López__________ # Colegio de Abogados de Florida ___103616_____ Abogado o Parte (si es abogado)

___________________Jared López___________________ Escribir a máquina o en letra de imprenta

Fecha:___28/03/2017_________


Registro # 54337663 registrado electrónicamente el 28/03/2017 06:57:54 PM EN LA CORTE DE CIRCUITO DEL 11º CIRCUITO JUDICIAL EN Y PARA EL CONDADO DE MIAMI-DADE, FLORIDA DIVISIÓN CIVIL CASO NO.: ENRIQUE CADENA, Demandante, Vs. PEDRO MIGUEL DELGADO, Demandado. DENUNCIA El demandante, Enrique Cadena, entabla un juicio en contra del demandado, Pedro Miguel Delgado, y alega lo siguiente: INTRODUCCIÓN 1. El demandante, Enrique Cadena, es un respetado emprendedor, empresario y filántropo ecuatoriano. Esta acción surge de una campaña concertada y maliciosa por parte del demandado y otros para difamar al Demandante acusándolo de actos criminales y de conspirar con miembros de la administración del presidente ecuatoriano Rafael Correa para violar las leyes del Ecuador. 2. Para efectuar la campaña difamatoria contra el Sr. Cadena, el Demandado participó en una entrevista realizada por el canal de noticias en español NTN24: Nuestra Tele Noticias ("NTN24"). 3. NTN24 publicó su entrevista con el Demandado en Internet, a través de su sitio web, que es libre y generalmente accesible al público, el 9 de marzo de 2017. Los videos de la entrevista con el Demandado son fácilmente accesibles y visibles en línea en https://goo.gl/PSxGjc. 1 1

NTN24 subió su entrevista de aproximadamente 47 minutos con el Demandado a través de cuatro vídeos separados en su sitio web. Cada uno de los cuatro vídeos aparece en la misma página web y se yuxtaponen verticalmente y en orden cronológico. A lo largo de este escrito, se hará referencia a los vídeos en el orden en que aparecen en la página web de NTN24.


4. Como resultado de las falsas publicaciones y tergiversaciones, el Demandante ha sufrido de una manera que continúa causando daños irreparables a su reputación y a los valiosos intereses de sus negocios.

PARTES, COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN 5. Enrique Cadena es una persona natural y ciudadano del Ecuador. 6. El Demandado, Pedro Miguel Delgado, es una persona privada – no miembro de los medios de comunicación – y es residente del Condado de Miami-Dade, Florida. 7. Esta competencia ha sido designada ya que el Demandado reside en el Condado de MiamiDade, y la acumulación de acciones de la causa han sido diligenciadas en dicho condado. 8. Esta es una acción por daños y perjuicios que excede los $15.000, sin incluir intereses, costos y tarifas de representación legal. 9. Todas las condiciones jurídicas para efectuar esta acción han sido cumplidas, realizadas o rescindidas, o de otras maneras satisfechas.

ALEGATOS GENERALES A. Enrique Cadena es una persona natural. 10. El Sr. Cadena es una persona natural y empresario del Ecuador. 11. El Sr. Cadena personalmente ha creado intereses financieros y comerciales que tienen como objetivo mejorar la eficiencia, establecer la transparencia y la rendición de cuentas, y ofrecen un ahorro a los consumidores de mercados que tradicionalmente han sido marginados. Estos intereses incluyen participaciones en compañías que se enfocan en proveer servicios de logística, telecomunicaciones y soluciones financieras.


12. El Sr. Cadena valora profundamente su privacidad y la de su familia. Ha evitado conscientemente ser el centro de atención pública a lo largo de toda su vida. En este sentido, el Sr. Cadena ha evitado la política. El Sr. Cadena no ha buscado nunca cargo político alguno ni jamás ha buscado alinearse o incluso asociarse con ningún gobierno o campañas políticas, ya sea a través de contribuciones financieras o de otra índole. 13. El Sr. Cadena en ningún momento ha tenido relación social, financiera o de algún tipo, con el presidente de Ecuador, Rafael Correa, o algún miembro de su administración o gabinete, incluyendo el vicepresidente Jorge Glas. El Sr. Cadena nunca ha sido miembro de la administración actual del Ecuador, Alianza PAIS. 14. El Sr. Cadena nunca ha sido acusado, imputado o de alguna manera procesado por acto criminal alguno, ilícito civil, ardid político, bancarrota u otras insolvencias financieras personales, o violación al bienestar o paz pública. 15. El Sr. Cadena nunca ha sobornado, pagado, ni influenciado a ningún funcionario del gobierno ecuatoriano para su propio beneficio o de cualquiera de sus empresas. B. Antecedentes de la Entrevista Difamatoria 16. El Demandado, primo del Presidente Rafael Correa, es el ex-gerente del Banco Central del Ecuador. El Demandado fue gerente del Banco Central desde noviembre del 2011 hasta que renunció en el 2012, tras aceptar que había mentido acerca de tener un título en Economía. 17. Desde diciembre del 2012, el Demandado ha sido un fugitivo que reside en los Estados Unidos en un intento por evadir a las autoridades ecuatorianas, sus sentencias criminales, una solicitud de extradición relacionada con un presunto lavado de dinero, así como una sentencia de ocho años de prisión registrada en su contra por los tribunales de Ecuador. 18. Según lo informó el Ecuador Times, en abril de 2015, el Demandado fue declarado culpable y condenado a ocho años de prisión en Ecuador por malversación de fondos públicos, que emanó de un préstamo ilícito concedido en el 2011 por el Banco Central a un argentino conocido como Sr. Gastón Duzac, cuando el Demandado era todavía gerente del Banco Central.


19. Durante su reciente entrevista con NTN24, el Demandado admitió nuevamente el haber falsificado su título académico subyacente y sus logros en el campo de la Economía. 20. En consecuencia, el Demandado es un criminal convicto, una persona que ha admitido haber cometido fraude y un fugitivo del gobierno ecuatoriano. 21. El 9 de marzo de 2017, NTN24 publicó su entrevista del Demandado en una serie de vídeos acompañados por lo que parece ser un artículo titulado: "Correa, lo que hace es utilizar a las personas e instituciones: Pedro Delgado, ex-gerente del Banco Central de Ecuador en NTN24," en su página web: www.ntn24.com, que es una publicación en línea gratuita sin costo de suscripción.2 22. Esta entrevista representa el intento auto descrito del Demandado de presentar su "verdad" y demostrar a "ambas partes"; es decir al Presidente ecuatoriano Correa y a su administración por un lado, y la actual oposición política a dicha administración por otro lado; que el demandado no es la causa ni es culpable de la actual crisis financiera ecuatoriana. 23. La mayor parte de la entrevista consiste en tentativas por parte del Demandado de justificar sus convicciones y delitos subyacentes de deshonestidad (por malversación de fondos y el préstamo ilícito) que enfrenta en Ecuador, desviando la responsabilidad y alegando que su dimisión y convicción fueron represalias políticamente motivadas. Bajo este lema, el Demandado pasa a implicar de manera clara, explícita e inequívoca al Sr. Cadena con un comportamiento criminal y/o moralmente objetable. C. La Entrevista – Declaraciones difamatorias acerca del Sr. Cadena

24. Al minuto 03:35 del segundo video de la entrevista del Demandado con NTN24, el corresponsal le solicita al demandado elaborar sobre una declaración previa. Anteriormente, el Demandado había declarado que el Fiscal General del Ecuador le había despedido al fiscal asistente de la provincia de Pichincha del Ecuador y había expresado su disgusto con el Demandado ya que, según el criterio del Demandado, el Demandado y 2

Una copia de la página web que contiene los videos como apareció el 21 de marzo de 2017 se adjunta como Anexo A.


las investigaciones del Banco Central que él conducía llevaron a ciertas transferencias de tierras de propiedad del Estado y esto había interferido con los intereses financieros de ecuatorianos que eran cercanos a los miembros de la administración del presidente Correa. 25. Al minuto02:40 del segundo vídeo de la entrevista del Demandado con NTN24, el Demandado proporciona "otro ejemplo" de cómo la administración del Presidente Correa ejercería su influencia para proteger los intereses de sus amigos. El Demandado comienza por explicar que él no hizo la conexión de lo que estaba a punto de explicar hasta después de la reciente denuncia pública de los presuntos escándalos concernientes con la venta de petróleo ecuatoriano. El Demandado continúa afirmando que durante el mes de abril de 2012, cuando él todavía ocupaba el cargo de gerente en el Banco Central del Ecuador, ordenó la publicación de una lista de deudores que estaban en mora con los bancos liquidados en el Ecuador y con procesos concursales. El Demandado indica que el nombre de "Enrique Cadena" estaba entre los nombrados en esa lista. 26. El Demandado continúa explicando que él no le conocía al Sr. Cadena cuando la lista se publicó, pero manifestó que una vez que esa lista "salió" y "ese nombre [el del Sr. Cadena]" fue publicado, el Demandado comenzó a recibir llamadas desde el "sector estratégico," del Ecuador en el que estaba "involucrado Jorge Glas."3 El Demandado explicó que estas personas expresaron su preocupación y desagrado por la manera en que la lista había sido recopilada y publicada, y el efecto que tendría en el "honor" de los que se encontraban en ella. El Demandado concluye planteando la siguiente pregunta retórica: "Todo lo que puedo decir es que, en abril de 2012, [el nombre del Sr. Cadena] se publicó y un año después de que salí del [Ecuador], ese nombre no está en la lista de deudores. Lo único que cabe y lo que tenemos que preguntarles a las personas del Banco Central es que si ese hombre [el Sr. Cadena] pagó [sus deudas] o no." 27. El Sr. Cadena, en su capacidad individual, nunca ha buscado voluntariamente ser liberado de un procedimiento concursal ni ha sido alguna vez obligado a declararse en bancarrota involuntariamente. De hecho, la declaración hecha por el Demandado y descrita con anterioridad, flagrantemente distorsiona los eventos subyacentes en referencia al demandado. Una lista de deudores morosos y de procedimientos concursales fue hecho 3

El Demandado aclara posteriormente que nunca recibió una llamada directa del Vice Presidente Jorge Glas, sino más bien de “allegados” a él.


público por el gobierno durante diciembre de 2011 y no en abril de 2012. Sin embargo, Quin Cola, una empresa de propiedad de la familia del Sr. Cadena y que estaba en el proceso de disolución y liquidación fue incluida en esa lista, no el Sr. Cadena. El nombre del Sr. Cadena fue agregado posteriormente en el procedimiento de liquidación cuando la oposición, en ese caso, buscó persuadir que el Sr. Cadena pagara la deuda de Quin Cola personalmente. Basados en información y convicción, el nombre del Sr. Cadena nunca fue incluido en ninguna lista publicada con respecto a insolventes. Además, el Sr. Cadena fue retirado de los procedimientos de liquidación después de que la Corte juzgara que el Sr. Cadena no era parte involucrada en los procedimientos de quiebra contra Quin Cola. 28. Por otra parte, el sentido implícito de las declaraciones del Demandado antes descritas es que el Sr. Cadena, ya sea por soborno o debido a su presunta estrecha relación con Jorge Glas u otros dentro de la administración de Correa, o por alguna otra forma de tráfico de influencias, que el acusado presenta estratégicamente como una pregunta retórica, logró que su nombre fuera borrado de la lista de deudores de bancos liquidados y procedimientos de bancarrota cuando debería habérsele incluido correctamente en dicho listado. En resumen, el Demandado intencionalmente implica que el nombre del Sr. Cadena fue eliminado prematuramente cuando indica que esto ocurrió en el transcurso de sólo un año. El Demandado, además, implica que el retiro prematuro del nombre del Sr. Cadena se debió solamente a medios ilícitos (es decir, la supuesta conexión cercana del Sr. Cadena con la administración de Correa) en vez de que el Sr. Cadena, en realidad, pudiera haber pagado sus deudas o haber resuelto correctamente cualquier disputa legal subyacente a su favor. 29. Más tarde, al minuto 9:04 del segundo vídeo de la entrevista del Demandado con NTN24, el corresponsal de noticias le pregunta al Demandado si su relación con Gastón Duzac, el argentino deudor del préstamo que expuso al demandado a una pena de ocho años de cárcel en Ecuador, tenía algo que ver con la conexión de Duzac con una empresa llamada Scanbuy y, a su vez, algunos temas relacionados con el sector de telecomunicaciones ecuatoriano referentes a la tecnología de cartera/pago móvil. 30. Al minuto 10:52 del segundo vídeo de la entrevista del Demandado con NTN24, el Demandado procede a abordar el asunto de Scanbuy. El Demandado explica que en noviembre de 2011, cuando él todavía desempeñaba un cargo en el Banco Central del Ecuador, ya existía un contrato por servicios de pago/cartera móvil con una empresa


llamada Alternet. El Demandado continúa explicando que, en ese momento, ordenó una revisión o auditoría del contrato con Alternet porque "era importante", y esto dio lugar a ciertas revisiones a los términos de dicho contrato. El Demandado explicó que en abril de 2012 rescindió el contrato con Alternet porque Alternet había incumplido los términos revisados en el contrato. El Demandado explica que durante el proceso de revisión del contrato, descubrió que Alternet había estado trabajando con otra empresa llamada Denarii, de la cual el Demandado más tarde descubrió que el Sr. Cadena era "socio." El Demandado explicó que en ese momento: "Usted comprenderá que, sin saberlo, yo había comenzado a interferir con los intereses de los grandes socios en otros negocios de personas afines al gobierno, que habían también estado haciendo negocios con la cartera móvil". 31. El Sr. Cadena no ha tenido absolutamente ninguna participación con Alternet. Nunca ha invertido en ella, no posee ninguna participación, no la maneja, no trabaja para ella y no hace negocios con Alternet. Denarii Systems, LLC4, compañía en la cual el Sr. Cadena tenía un interés financiero, nunca ha tenido participación en Alternet. Denarii no ha invertido en Alternet, no tiene participación alguna, no la maneja, no trabaja para ella y no hace negocios con Alternet. 32. De nuevo, la clara relevancia de la declaración hecha por el Demandado y descrita anteriormente es alinear al Sr. Cadena con Jorge Glas y la administración de Correa. El Demandado inequívocamente implica que la participación del Sr. Cadena en el acuerdo con Alternet fue secreta, oculta y nefasta y que la “interferencia” del Demandado con los intereses de negocios del Sr. Cadena, al rescindir el acuerdo con Alternet, representa otro ejemplo de una instancia donde las acciones del Demandado, como jefe del Banco Central del Ecuador, impactó negativamente a aquellos cercanos a la administración de Correa y, en consecuencia explica, por qué la administración de Correa lo ha atacado y continúa "atacándole."

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Para los efectos de esta petición, se supone que el Demandado pretendió hacer referencia a una empresa llamada "Denarii Systems, LLC" cuando, durante su entrevista, el Demandado simplemente hizo referencia a una empresa llamada "Denarii." Durante el periodo 2011 referenciado por el Demandado, el Sr. Cadena tenía un interés financiero pasivo en Denarii Systems, LLC, pero no tenía participación en ella, ni control sobre el día a día o gestión de los asuntos de la empresa.


33. Aproximadamente al minuto 00:35 del tercer vídeo de la entrevista que se llevó a cabo entre el Demandado y NTN24, el corresponsal de noticias le pide al Demandado, debido a la posición que ocupó anteriormente en la administración de Correa, que confirme o disipe la noción de la existencia de un grupo de "intocables" que “manejan todo" en el Ecuador y que son cercanos a la administración de Correa. 34. A partir del minuto 00:45 del tercer vídeo de la entrevista del Demandado con NTN24, el Demandado inequívocamente afirma su creencia en la existencia de este grupo de "hombres intocables". El Demandado continúa explicando que, en cuanto a interferir con los intereses de los "hombres intocables como Jorge Glas", el Demandado ya nos había dado dos ejemplos donde el Demandado no le conocía "a él [al Sr. Cadena]." Entonces, el Demandado, presumiblemente para ser irónico, concluye señalando: "Así son las casualidades de la vida". 35. Al minuto 1:04 del tercer video de la entrevista del Demandado con NTN24, el corresponsal de noticias le pide al Demandado que confirme que el Demandado no tuvo contacto con Jorge Glas. Al minuto 1:08, el Demandado responde declarando: "vamos a ver, tuvimos contacto debido a mi posición anterior; obviamente le conocía, pero su relación con una persona cuyo nombre fue publicada como deudor [el Sr. Cadena] y a quien yo aparentemente le quité un contrato [el Sr. Cadena], no lo sabía, yo no lo sabía." 36. De nuevo, la clara relevancia de la declaración hecha por el Demandado y descrita con anterioridad es inequívocamente exponer al Sr. Cadena como miembro de un grupo selecto y en gran parte desconocido de empresarios ecuatorianos, que disfrutan de una relación económicamente beneficiosa y protegida con miembros de la administración de Correa. 37. Tomadas en conjunto, varias alusiones hechas por el Demandado hacia el Sr. Cadena, y que están señaladas anteriormente en los párrafos 24 - 36, a lo largo de los aproximadamente 47 minutos de entrevista con NTN24, innegablemente le retratan al Sr. Cadena como una persona muy cercana al gobierno de Correa. Según las declaraciones del Demandado, como un "intocable", el Sr. Cadena ha disfrutado de gran indulgencia y beneficios de parte de la administración de Correa, en algunos asuntos penales y financieros.


38. La única conclusión razonable a la que se puede llegar de las declaraciones del Demandado es que el Sr. Cadena, debido a su relación con Jorge Glas y otras personas dentro de la administración de Correa, es capaz de asegurar para sí oportunidades financieras lucrativas, es capaz de operar comercialmente y personalmente con la impunidad de la ley y que cualquier intento del Demandado de "interferir" con los "intocables" de la administración de Correa , como lo sería el Sr. Cadena, son los motivos – como el Demandado señala - de la destitución, persecución, acusación y sentencias criminales en el Ecuador. PETITICIÓN I DIFAMACIÓN (DIFAMACIÓN PER SE Y PER QUOD) 39. El Sr. Cadena incorpora por referencia los alegatos establecidos en los párrafos 1 – 38 como si se incluyesen en su totalidad en el presente documento. 40. El 9 de marzo de 2017, NTN24 publicó los vídeos que contienen las declaraciones falsas hechas por el Demandado, identificadas en los párrafos 24 – 38 antes mencionados. 41. Las declaraciones falsas del Demandado, como se definen en los párrafos 24-38 antes mencionados, se convierten en una difamación per se porque esas declaraciones, a primera vista y sin insinuaciones, tienden a exponer al Sr. Cadena al odio, ridículo o desprecio; tienden a lesionar al Sr. Cadena en su negocio, reputación u ocupación, y/o inculpan al Sr. Cadena por el cometimiento de un delito. 42. De ser necesario, los párrafos 24-38, antes mencionados, también establecen y detallan cualquier insinuación indispensable para entender y comprender el contenido difamatorio de falsas declaraciones hechas por el Demandado. 43. En definitiva, todas las declaraciones identificadas en los párrafos 24-38, antes mencionados, son falsas y difamatorias. 44. La publicación de las declaraciones difamatorias hecha por el Demandado identificadas en los párrafos 24-38, antes mencionados, sobre el Sr. Cadena, una persona natural privada, fue negligente al no actuar prudentemente en el esclarecimiento de la verdad o falsedad de las declaraciones antes de publicarlas.


45. El Demandado no publicó las declaraciones difamatorias y al artículo de buena fe, basado en un error honesto de los hechos, o como resultado de un motivo razonable para creer que fueran ciertos. 46. A consecuencia de la difamación del Demandado, el Sr. Cadena ha sufrido daños, incluyendo el menoscabo de su reputación y prestigio en la comunidad, humillación y un deterioro en su capacidad para dirigir su negocio. 47. Las declaraciones hechas falsamente por el Demandado inculparon al Sr. Cadena en actividad criminal, fraude y conspiración para cometer fraude. Falsamente retratan al Sr. Cadena como alguien que permanece más allá del alcance de la ley a causa de una supuesta relación con la administración de Correa. POR LO CUAL, el Demandante Enrique Cadena exige el dictamen de sentencia definitiva a su favor y en contra del Demandado Pedro Miguel Delgado, por una cantidad que se determinará en el juicio, y que incluye daños y perjuicios, intereses anteriores y posteriores al laudo, honorarios de abogados y costas, así como cualquier compensación adicional que esta Corte considerare justa y apropiada. El Sr. Cadena se reserva el derecho a solicitar permiso para modificar esta queja para agregar un reclamo por daños punitivos de ser necesario y apropiado. DEMANDA DE JUICIO CON JURADO El Demandante Enrique Cadena exige un juicio con jurado en todos los asuntos que puedan ser resueltos bajo las leyes de la Florida. Fecha: 28 de marzo, 2017


Black, Srebnick, Kornspan & Stumpf, P.A. 201 S. Biscayne Boulevard, Suite 1300 Miami, Florida 33131 Tel: (305) 371-6421 Colegio de Abogados de Florida Por: /s/ Jared L贸pez Roy Black, Esq. Identificaci贸n del Colegio de Abogados de Florida No. 126088 Jared L贸pez, Esq. Identificaci贸n del Colegio de Abogados de Florida No. 103616 RBlack@royblack.com JLopez@royblack.com civilpleadings@royblack.com Abogado de Enrique Cadena


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“Correa lo que hace es utilizar a las personas y a las instituciones”: Pedro Delgado, expresidente del Banco Central de Ecuador a NTN24

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3/21/2017

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Jueves, Marzo 9, 2017

Pedro Delgado, expresidente del Banco Central de Ecuador y primo del mandatario Rafael Correa, dijo en entrevista para el programa Zoom a la Noticia de NTN24 que Correa tiene engañado al pueblo ecuatoriano y que “utiliza a las personas e instituciones” para su propio beneficio. Según Delgado, Correa intentaba desviar la atención de negociaciones petroleras irregulares al culpar al exfuncionario por la crisis bancaria del país. Desconfianza a Correa Al cuestionamiento de la directora del programa Zoom a la Noticia de NTN24, Andrea Bernal, sobre su salida del país, Delgado aseguró que no “huyó”, sino que viajó legalmente. “Ese último día en el que yo estuve en Ecuador hubo una reunión en la Presidencia de la República en la que se acordaron que yo iba a presentar mi renuncia pública y asumir esa responsabilidad y luego regresar al país pasada esa fecha”, dijo. Delgado aceptó que había asegurado regresar al país para responder por las irregularidades de las que se le acusaban: “sí, yo me había comprometido, y tenía un sentimiento de lealtad con Rafael y por eso acepté presentar públicamente mi renuncia”. El exfuncionario refirió que nunca regresó a Ecuador porque perdió la confianza en el mandatario Rafael Correa: “en su momento si Rafael no me hubiera atacado hubiera regresado inmediatamente y hubiera pasado cualquier cosa. Ahora me doy cuenta que si hubiera sido tan ingenuo de volver lo que estaríamos sería frente a un ‘circo romano’”. Según Delgado el mandatario Rafael Correa sí estaba enterado que no contaba con un título universitario real como economista.

Justicia ecuatoriana El exfuncionario aseguró que no comparece ante la justicia ecuatoriana por considerar que su primo manipula todos los órganos judiciales: “Rafael maneja la Fiscalía, la Contraloría, los jueces y todo el aparato de persecución e instrumentación de procedimientos legales y ‘cuasi-legales’”.

http://ntn24.com/noticia/pedro­delgado­primo­del­presidente­rafael­correa­habla­a­ntn24­sobre­su­condicion­como­profugo­de­la­134754

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3/21/2017

“Correa lo que hace es utilizar a las personas y a las instituciones”: Pedro Delgado, expresidente del Banco Central de Ecuador a NTN24 | NTN24 Su rechazo a presentarse ante la justicia ecuatoriana inició cuando advirtió irregularidades en el proceso de su defensa. Según alegó Delgado, Correa había ordenado a “su aparato policiaco secreto” se le investigara y persiguiera. El exdirector del Banco Central del Ecuador indicó que ha sido perseguido constantemente por el presidente Rafael Correa, según dijo “él ha mandado gente a perseguirme” por medio de un funcionario de la Secretaría de Inteligencia que hacía uso de un vehículo del Consulado. Delgado aseguró que las irregularidades en el caso de los créditos Duzac-Cofiec estaban relacionadas con el Gobierno de Correa con anterioridad, y que cuando ocupó el cargo al frente del Banco Central de Ecuador ya existía un contrato con una empresa que no había cumplido con definiciones de contrato.

Sobre la postura de Correa de defenderlo antes de su salida del país, Delgado asegura que dejó de contar con el apoyo del mandatario porque “él aparecía boca para fuera defendiéndome, pero el momento en el que primó más su imagen y sus asociados en otras acciones” dejó de hacerlo.

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También refirió que nunca estuvo relacionado con la concesión de créditos millonarios durante su gestión, y que la compra de su casa en EE. UU. no fue financiada de forma irregular. “Yo tenía aprobado un crédito en un banco”, dijo.

'No soy el causante de la crisis' El exfuncionario también defendió que él no es el causante de la crisis en el país como han acusado tanto figuras del oficialismo como de la oposición ecuatoriana: “Rafael utiliza la crisis simplemente por interés político, porque de haber querido cerrar la crisis la pudo cerrar”. A la pregunta de la de la directora del programa Zoom a la Noticia de NTN24, Andrea Bernal, si regresaría a Ecuador para responder ante la justicia, Delgado aseguró que las condiciones no están dadas por un “proceso jurídico viciado” y que, aunque haya un cambio de presidente, aun ve difícil demostrar su inocencia porque “el proceso está cerrado (…) y no me permitieron presentar pruebas”. Delgado, quien se encuentra prófugo de la justicia, fue condenado a 8 años de prisión por un delito de malversación de fondos públicos. Presuntamente Delgado es responsable de conceder irregularmente un crédito de 800 mil dólares a un ciudadano argentino en el 2011. En el 2012 se vio envuelto en un escándalo por haber afirmado que contaba con un título universitario de economista que resultó ser falso. Tras reconocer la infracción renunció de su cargo y salió del país.

Redacción NTN24

Este oso polar te Melanie Segard: la ¡Hacia la libertad! LGBTTTI: entender demostrará que joven con El rescate de un cada letra te crecer no es tan síndrome de cachalote que ayudará a respetar difícil como se Down que marcó quedó atrapado las diferencias cree un récord en en redes de pesca http://ntn24.com/noticia/pedro­delgado­primo­del­presidente­rafael­correa­habla­a­ntn24­sobre­su­condicion­como­profugo­de­la­134754

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3/21/2017

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