Letras azules 8 Mutua Balear

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COMITÉ EDITORIAL COORDINACIÓN Rafael Nicolau Isabel Salvá Patricia Fonollá DISEÑO Y MAQUETACIÓN Daniel Durán Javier Giménez

REDACCIÓN Y CONTENIDOS Daniel Durán Julián García Dora Simonet Katya Vila Emilio Morancho Meritxell Panadés Fernando Blanco Patricia Fonollá Isabel Salvá Rafael García Juan Sanchís

Los artículos que se contienen en el presente boletín, y muy especialmente aquellos que comentan o interpretan normas de nuestro ordenamiento jurídico, constituyen una mera opinión de quien los suscribe sujeta, en cualquier caso, a mejor criterio y a las instrucciones o interpretaciones que emanen de la Administración, las Entidades Gestoras y, en su caso, los Juzgados y Tribunales, por lo que se declina cualquier responsabilidad derivada de su contenido.

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E Editorial

AT Autónomos

A Actualidad L Laboral

Bi Biomecánica

C Cotización

RS Responsabilidad Social

CU Cuídate

CL Tu, colaborador

L ETRA S

A Z UL ES

S Sanitario

TI Te intersa PV Prevención R Redes Cc Corporativo N Notas


Í N D I C E

Índice Editorial: Jaume Canet

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L

Una mutua colaboradora en los procesos de incapacidad temporal

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L

Una segunda oportunidad

E A A

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A AT La familia es lo primero

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C La vigencia de los convenios de asociación y documentos de adhesión

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AT Soy autónomo y estoy parado. ¿Cuáles son mis obligaciones y derechos? Bi Cuando la espalda es la protagonista. Sistema de valoración de lumbalgias

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S La recuperación está en el ejercicio. Pilates terapéutico

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S Fractura de metatarsianos. Tratamiento sin inmovilización TI Alérgenos en los productos alimenticios

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C Incorporación al Sistema de Liquidación directa RS Algo más. Ayudas de prestaciones especiales CU Cuidando al cuidador CL La entrevista: Jesús Costa

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34 35 36 42 48

S cuidamostusalud.org cambia de imagen

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PV La actividad preventiva tras la Ley de Mutuas

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PV Sin accidentes. ¡Enhorabuena! R La empresa 2.0 Cc ¿Qué ha pasado por aquí? (breves) N Notas

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E DIT O R I A L

Jaume Canet Adrover, Director Médico y Jefe del Servicio de Traumatología y Cirugía Ortopédica de Mutua Balear, falleció el pasado 28 de marzo, a las puertas de Semana Santa. A la salida de su funeral, celebrado en la Iglesia de Felanitx, el Presidente de la Entidad comentó: “Idò així s’escriu l’historia!” (“¡Pues así se escribe la historia!”). Lo expresó con la rabia que sentimos ante un hecho manifiestamente injusto, con la resignación que impregna lo que sabemos inevitable e irremediable, y con la conciencia –que también compartimos- de que la personalidad de Jaume integrará siempre la historia de Mutua Balear. Su impecable trayectoria profesional engrandeció la Institución; su valía personal engrandeció a quienes trabajamos con él y disfrutamos su amistad; y exactamente en esa misma proporción nos empequeñece ahora su pérdida. En fecha 3 de abril de 2009, invitado por los cofrades de Felanitx, dictó el pregón de Semana Santa. Dedicó su discurso, en gran parte, a laudar los avances científicos que se habían producido a lo largo de la historia en el tratamiento del dolor que sabía inherente a la naturaleza y condición humana; al tiempo, alertaba sobre los esfuerzos que pudieran dedicarse a infringir sufrimiento a la gente, en un mundo en el que transita el odio, la intolerancia y la indecencia; una maldita paradoja. Concluía expresando la cualidad que más apreciaba y a la que más aspiraba, aquella que se resume bajo el aforismo: Té coneixement (Es sensato). Y es lo cierto que tenía, y mucho. El Dr. Canet ha sido un referente en la Entidad; reconocida su valía profesional no sólo por sus pacientes sino también y muy especialmente por sus colegas. Su prestigio ha sido, es, y será motivo de orgullo para la Institución y todos los que la integramos. Deja en su buen amigo y colaborador, el Dr. Magrinyà, y en el resto del equipo facultativo, médicos, DUES, auxiliares, un extraordinario legado profesional que se compendia en la continua búsqueda de la excelencia desde la sencillez. Pese a su gran e incuestionable talla profesional o quizás por ello, jamás afloró una nota de altanería o soberbia; y acomodó siempre su actuación a su ciencia y consciencia, de las que no andaba escaso. Jaume, estamos en deuda contigo. Descansa en paz. Wàlfrid Ivern, Director Gerente de Mutua Balear

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E D I T O R I A L

Jaume Canet 1956 - 2015

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A CT U A L I DA D

LA BORA L

Una mutua colaboradora en los procesos de incapacidad temporal

por Katya Vila

Con la aprobación del Real Decreto 625/2014 por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración, se ha modificado de forma sustancial la sistemática con la que se venía trabajando en la gestión de dichos procesos, tanto en la tramitación como en la gestión y control que ejercen sobre ellos las Mutuas Colaboras con la Seguridad Social o las Entidades Gestoras y las inspecciones médicas de cada una de las Comunidades Autónomas. En las páginas siguientes se detallan los aspectos más relevantes y se especifica cómo se llevaba a cabo la gestión y tramitación antes y después de la entrada en vigor de la norma.

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Real Decreto 625/2014


L A B O R A L

Materia Emisión de partes de confirmación

Antes

RD. 575/1997

Cada 7 días independientemente de la duración del proceso: Cuando el proceso llega a 365 días. Antes de llegar a esa fecha, se ha de comunicar al interesado que el control pasa a ser ejercicio por los servicios médicos de la Entidad Gestora.

Ahora

A C T U A L I D A D

RD. 625/2014

Tramos: Procesos de duración estimada inferior a 5 días: se puede emitir en el mismo acto el parte de baja y alta. Procesos de duración estimada entre 5 y 30 días: el primer parte se emite a los 7 días de la baja. Los siguientes, en el plazo máximo de 14 días desde el parte anterior. Procesos de duración estimada entre 31y 61 días: el primer parte se emite en los 7 días siguientes a la expedición de la baja. Los siguientes, en el plazo máximo de 35 días desde el parte anterior. Procesos de duración estimada de 61 o más días: el primer parte se emite a los 14 días siguientes al parte de baja. Los siguientes, en el plazo máximo de 35 días desde el parte anterior. Cuando el proceso llega a 365 días. Antes de llegar a esa fecha, se ha de comunicar al interesado que el control pasa a ser ejercicio por los servicios médicos de la Entidad Gestora.

Plazos de respuesta de las propuestas de alta médica formuladas por las Mutuas en los procesos de incapacidad temporal derivados de contingencia común.

El Servicio Público de Salud tiene 15 días para dar respuesta a la propuesta de la Mutua.

El Servicio Público de Salud tiene 5 días para contestar la propuesta de la Mutua.

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A CT U A L I DA D

LA BORAL

Materia

Antes

Consecuencia de la no contestación en plazo.

RD. 575/1997

La Mutua puede: Reiterar la propuesta ante el SPS . Plantear una iniciativa de alta ante los servicios médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social sin plazo previsto para esta contestación.

Plazos para la tramitación de los expedientes de Determinación de Contingencia.

Alegaciones por parte de la Mutua/ empresa o trabajador: 10 días. Contra la resolución que determine la contingencia del proceso de IT se puede interponer Reclama-

ción Previa a la vía judicial.

Ahora

RD. 625/2014

La Mutua puede: Plantear una iniciativa de alta ante la Entidad Gestora INSS quien deberá contestar a la misma en el plazo máximo de 4 días.

Alegaciones por parte de la Mutua y empresa:

4 días

Alegaciones por parte del trabajador: 10 días El INSS resolverá en el plazo de 15 días hábiles a contar desde la aportación de la documentación de las partes. Contra la resolución que determine la contingencia del proceso de IT se podrá interponer

demanda judicial en el plazo de 30 días.

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L A B O R A L

Materia

Antes

Plazos para la tramitación de las Disconformidades de alta ante la Entidad Gestora.

Real Decreto 1430/2009:

RD. 575/1997

El plazo para que el trabajador inste ante el INSS la revisión del alta médica emitida por la Mutua es de 4 días naturales desde su notificación. La Mutua debe aportar al INSS la información requerida en el plazo de 2 días hábiles.

Ahora

A C T U A L I D A D

RD. 625/2014

Se modifica el Real Decreto 1430/2009 en los siguientes extremos: El plazo para instar ante el INSS la revisión del alta médica emitida por la Mutua pasa a ser de 10 días hábiles siguientes al de su notificación. La Mutua deberá aportar al INSS en un plazo de 4 días improrrogables (en la actualidad son dos) los antecedentes relacionados con el proceso de IT.

Esta reforma posibilita que las Mutuas puedan ejercer un mayor control sobre los procesos de incapacidad temporal derivados de contingencia común, y así acortar los plazos de respuesta por parte de las Entidades competentes para la emisión de los partes de alta relativos a dichos procesos. Además, en cuanto a los procesos derivados de la contingencia profesional, también se pretende una resolución más rápida a las discrepancias que puedan surgir entre las partes en materias de determinación de contingencias o impugnación de alta.

Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal.

Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

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A CT U A L I DA D LA BORA L

Una segunda oportunidad

por Julián García

Las líneas de actuación de la Ley de Segunda Oportunidad son las siguientes: Medidas dirigidas a reducir la carga financiera que permiten que el deudor persona natural pueda liberarse de la mayor parte de las deudas pendientes después de la liquidación, siempre que toda su actuación se hubiese regido por los principios de la buena fe y haya liquidado la totalidad de su patrimonio en beneficio de sus acreedores. Medidas dirigidas a facilitar los acuerdos extrajudiciales de pagos del deudor persona natural con sus acreedores, abarca el concepto de empresario persona natural no sólo a los señalados en la legislación mercantil sino también a los que ejerzan actividades profesionales o tengan aquella consideración a los efectos de la legislación de la Seguridad Social, incluyéndose los trabajadores autónomos. Medidas de protección de los deudores hipotecarios sin recursos y en riesgo de exclusión social, de reestructuración de deuda y 10

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alquiler social y de mejora del código de buenas prácticas aprobado por RDL 6/2012, que amplia dos años más la suspensión de los lanzamientos de vivienda habitual. Medidas tendentes a reducir la carga fiscal para lo que se modifican los impuestos sobre la renta de personas físicas, de sociedades, de renta de no residentes y del patrimonio. Entre estas medidas, hay que resaltar la exención de presentar la declaración a las sociedades parcialmente exentas con ingresos menores de 50.000 euros.

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Medidas de reforma de la administración de justicia por la que están exentos de pagar tasas judiciales todas las personas físicas y, por lo tanto, los autónomos, en todos los órdenes e instancias.

“Las líneas de actuación pretenden permitir al deudor liberarse de la mayor parte de deudas pendientes tras una liquidación, siempre que se hubiese actuado de buena fe y se hayan cumplido unos requisitos.”

De las medidas de fomento del empleo en el ámbito de la Seguridad Social DESTACAMOS: MÍNIMO EXENTO DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL En los supuestos de contratación indefinida en cualquiera de sus modalidades, siempre y cuando se cumplan las condiciones y requisitos, la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes se determinará conforme a lo siguiente: Si la contratación es a tiempo completo, quedarán exentos de la cotización empresarial los primeros 500 euros de la base de cotización por contingencias comunes, y se aplica el tipo vigente al resto de dicha base. Si la contratación es a tiempo parcial y la jornada de trabajo de, al menos, el equivalente al 50% de la de un trabajador a tiempo completo comparable, esos 500 euros se reducirán de forma proporcional. Este beneficio en la cotización se materializará cuando la contratación indefinida se produzca con trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, L E T R A S

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LAB O R A L

A CTUA LI DAD

y la reducción será de aplicación para el resto de trabajadores contratados. La duración de este beneficio será por un periodo de 24 meses, contados a partir de la fecha de efectos del contrato. Finalizado el periodo de 24 meses y durante los 12 siguientes, las empresas que al celebrar el contrato tuviesen me-

nos de 10 trabajadores tendrán derecho a mantener la bonificación o reducción por los primeros 250 euros de la base de cotización o cuantía proporcional si el contrato es a tiempo parcial. Cuando las fechas del alta y de la baja del trabajador en el régimen de la Seguridad Social que corresponda no sean coincidentes con el primero o el último día del mes natural, el importe al que se aplique el beneficio será proporcional al número de días en alta en el mes. Los requisitos que deben cumplir las empresas para beneficiarse del incentivo son los siguientes: Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, tanto a la fecha del alta de los trabajadores como durante la aplicación del beneficio. No haber extinguido contratos de trabajo en los seis meses anteriores, por causas objetivas, por despidos disciplinarios declarados judicialmente improcedentes o por despidos colectivos declarados no ajustados a derecho. Celebrar contratos indefinidos que supongan un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del nivel de empleo total de la empresa.

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L A B O R A L

Mantener durante un periodo de 36 meses, a contar desde la fecha de efectos del contrato, tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total alcanzado. El incumplimiento de este requisito da lugar a que la bonificación quede sin efecto y a su reintegro. No haber sido excluidas del acceso a los beneficios de los programas de empleo por la comisión de infracciones graves o muy graves descritas en la Ley de infracciones y sanciones en el orden social. El beneficio se aplica también a quienes se incorporen como socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas que hayan optado por un régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena, así como a quienes se incorporen como socios trabajadores de las sociedades laborales.

“La duración de este beneficio será de 24 meses a partir de la fecha de efectos del contrato. Las empresas con menos de 10 trabajadores podrán mantener una bonificación por los primeros 250 euros, durante 12 meses”

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Por el contrario, el incentivo no se aplica a las relaciones laborales especiales, a la contratación del cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad, así como las que se produzcan con estos últimos, a la contratación de trabajadores cuya actividad determine su inclusión en cualquier sistema especial del Régimen General, a la contratación de trabajadores contratados antes en otras empresas del mismo grupo, etc. La aplicación de esta bonificación es incompatible con cualquier otro beneficio en la cotización, con las siguientes excepciones: Si el contrato indefinido se formaliza con beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, será compatible con la bonificación establecida en el (artículo 107 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre), de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Si el contrato indefinido se formaliza con personas beneficiarias del Programa de Activación para el Empleo, será compatible con la ayuda L E T R A S

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LAB O R A L

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económica de acompañamiento que perciban, en los términos previstos en el (artículo 8 del Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre), por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo.

“La bonificación será aplicable a los contratos indefinidos celebrados por escrito entre el 1 de marzo de 2015 y el 31 de agosto de 2016.”

BONIFICACIÓN A TRABAJADORES AUTÓNOMOS POR CONCILIACIÓN DE LA VIDA PROFESIONAL Y FAMILIAR VINCULADA A LA CONTRATACIÓN Puedes consultar esta bonificación en nuestro siguiente artículo (página 15)

Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. 14

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A CT U A L I DA D AUT ÓNOMOS

La familia es lo primero Ayuda en la conciliación laboral y familiar

por Emilio Morancho

La Ley de Segunda Oportunidad ha introducido también una nueva medida para favorecer la conciliación familiar de los autónomos en forma de bonificación en las cuotas para trabajadores que se acojan a una reducción de jornada en una de estas dos situaciones: Cuidado de menores de 7 años a su cargo Tener a su cargo a un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado y en situación de dependencia.

La bonificación podrá ser del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes durante 12 meses.

Para poder acogerse a este beneficio es necesario cumplir una serie de requisitos: Permanecer de alta como autónomo durante el periodo de bonificación y en los 6 meses posteriores a su finalización Contratar a un trabajador por cuenta ajena a tiempo completo o parcial en al menos un 50% de la jornada y durante, al menos, 3 meses. No haber tenido previamente trabajadores asalariados. Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. (Artículo 9) L E T R A S

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COT I Z A CIÓN

La vigencia de los convenios de asociación y documentos de adhesión

por Rafael García

El artículo 72 de la Ley 35/2014 regula la vigencia de los convenios de asociación con los que la empresa formaliza la asociación con la Mutua. Así, los empresarios que opten por la protección de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales con una Mutua, deberán formalizar el correspondiente convenio de asociación y proteger en la misma a todos los trabajadores que correspondan a los centros de tra-

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bajo situados en la misma provincia. También podrán optar porque la misma Mutua gestione la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de sus trabajadores. Este convenio de asociación tendrá vigencia de un año, que podrá prorrogarse por periodos de igual duración. No obstante, la Disposición Transitoria primera de la referida Ley 35/2014, indica que los convenios de asociación que a la entrada en vigor de la norma, ya hubieran superado el periodo de vigencia de un año, finalizarán durante el año 2015, el último día del mes coincidente con el de la suscripción, excepto aquellos


C O T I Z A C I Ó N

cuya extinción se produjera entre día 01/01/2015 y el 31/03/2015, que pasarían a unificar sus vencimientos al día 31/03/2015. En cuanto a los documentos de adhesión, se indica que los trabajadores autónomos incorporados al Régimen Especial a partir del 1 de enero de 1998, deberán formalizar la misma con una Mutua Colaboradora con la Seguridad Social. Aquellos trabajadores autónomos que voluntaria u obligatoriamente cubran las contingencias profesionales, deberán formalizar su protección con la misma Mutua Colaboradora con la que tienen cubierta la prestación económica por incapacidad temporal. Mediante el documento de adhesión, el trabajador por cuenta propia se in-

“Los convenios de asociación tendrán vigencia de un año, que podrá prorrogarse por periodos de igual duración.” corpora al ámbito gestor de la Mutua de forma externa, sin adquirir los derechos y obligaciones derivados de la asociación. El periodo de vigencia será de un año y puede prorrogarse por periodos de igual duración. Queda pendiente de desarrollo reglamentario la formalización del Anexo al documento de adhesión de aquellos autónomos que formalicen la gestión por cese de Actividad.

Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

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A UT Ó N O M OS

Soy autónomo y estoy parado ¿Cuáles son mis obligaciones y derechos?

por Emilio Morancho

Otra de las reformas de la Ley de Mutuas es establecer un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos y aunque la modificación de la Ley 32/2010 entra en vigor el 1 de enero de 2015, lo concerniente al cálculo del tipo de cotización del cese de actividad de trabajadores autónomos se pospone al ejercicio 2016. En el presente artículo exponemos una guía comparativa de los cambios acaecidos en la regulación del cese de actividad de trabajadores autónomos (CATA, a partir de ahora), en especial sobre el régimen jurídico de la prestación, sobre la cotización del Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos y sobre las situaciones legales del Cese de Actividad. 18

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A U T Ó N O MO S

En el primer texto quedó concretado que la protección por CATA era de carácter voluntario, si bien quedaba de manifiesto que la opción, también voluntaria, de la cobertura por Accidente de Trabajo llevaría implícito el carácter obligatorio e inalienable de tener la cobertura por CATA. A partir del 01/01/2015 se mantiene el carácter voluntario de tener cubierto el Accidente de Trabajo si bien, como novedad, se estipula que se podrá descartar la opción de tener cubierto el CATA. En igual sentido queda la posibilidad de contratar únicamente la prestación por CATA sin tener cubierto el Accidente de Trabajo. Es obvio que se podrá también optar por tener cubiertas ambas contingencias.

Antes

Ahora

Ley 32/2010, de sistema de protección por Cese de Actividad, y R.D. 1541/2011, que desarrolla la citada ley

Ley 35/2014, que modifica la Ley 32/2010

Artículo 2. Ámbito subjetivo de la protección

Preámbulo V

La protección del CATA que alcanza a los trabajadores autónomos que tengan cubierta la protección dispensada a las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

...se elimina la obligación de proteger las contingencias profesionales para acceder a la protección. Disposición final segunda. Dos La protección del CATA es de carácter voluntario.

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A UT Ó N O M OS

SOBRE LA COTIZACIÓN DEL CATA La modificación sobre la voluntariedad de la contratación del CATA sin la necesidad de suscribir también la prestación de Accidente de Trabajo ha conllevado igualmente una modificación en el régimen de cotización de aquella prestación. Así, el tipo de cotización se mantiene para 2015 en el 2,2% en la cobertura por CATA. La reducción del 0,5% en la Cotización por Contingencias Comunes (C.C.) se mantiene si se opta por cubrir únicamente la prestación por Accidente de trabajo o si se opta por cubrir únicamente la prestación de CATA o si se opta por cubrir ambas. A partir del año 2016 se aplicará un nuevo tipo de cotización a partir de la aplicación de una fórmula cuyo resultado no podrá ser inferior al mínimo del 2,2% ni superior al 4,0%.

Antes

Ahora

Ley 32/2010, de sistema de protección por Cese de Actividad, y R.D. 1541/2011, que desarrolla la citada ley

Ley 35/2014, que modifica la Ley 32/2010

Artículo 14. Financiación, base y tipo de cotización

Disposición final segunda. Diez

3. El tipo de cotización correspondiente a la protección por cese de actividad será del 2,2 por ciento.

La aplicación del cálculo de tipo de cotización entrará en vigor en el ejercicio de 2016. El tipo de cotización será el que resulte de la siguiente fórmula: TCt = G /BC*100. Siendo: t = año al que se refieran los Presupuestos Generales del Estado en el que estará en vigor el nuevo tipo de cotización TCt = tipo cotización aplicable para el año t G = suma del gasto por prestaciones de cese de actividad de los meses comprendidos desde 1 de agosto del año t-2 hasta el 31 de julio del año t-1 BC= suma de las bases de cotización por cese de actividad de los meses comprendidos desde 1 de agosto del año t-2 hasta el 31 de julio del año t-1. En todo caso, el tipo de cotización a fijar anualmente no podrá ser inferior al 2,2 por ciento ni superior al 4 por ciento.

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A U T Ó N O MO S

SOBRE LA COTIZACIÓN DEL CATA Entre las modificaciones más importantes de la nueva regulación del CATA se encuentra la de los requisitos exigibles para identificar la situación del autónomo como de Cese de Actividad. Así, el artículo 5 de la Ley 32/2010 pone de manifiesto las situaciones legales de cese que dan derecho al acceso a la prestación. A partir del día 01/01/2015, con la reforma incluida en la Ley 35/2014, se presentan las siguientes novedades que, entre otras modificaciones, hacen referencia al porcentaje que se exigirá en la situación de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos, haciéndose hincapié en la pérdidas económicas como en las ejecuciones judiciales. Es importante recordar que la consideración de “pérdidas” se dará cuando los gastos son superiores a los ingresos, es decir, cuando la diferencia entre los ingresos y los gastos sea negativa. La disminución de ingresos no tiene la consideración de “pérdidas” si los gastos no superan los ingresos obtenidos.

Antes

Ahora

Ley 32/2010, de sistema de protección por Cese de Actividad, y R.D. 1541/2011, que desarrolla la citada ley

Ley 35/2014, que modifica la Ley 32/2010

Artículo 5. Situación legal de cese de actividad

Disposición final segunda. Cinco

Unas pérdidas derivadas del ejercicio de su actividad, en un año completo, superiores al 30% de los ingresos, o superiores al 20% en dos años consecutivos y completos. En ningún caso el primer año de inicio de la actividad computará a estos efectos.

Pérdidas derivadas del desarrollo de la actividad en un año completo, superiores al 10 por ciento de los ingresos obtenidos en el mismo periodo, excluido el primer año de inicio de la actividad.

Unas ejecuciones judiciales tendentes al cobro de deudas reconocidas por los órganos judiciales que comporten, al menos, el 40% de los ingresos de la actividad del trabajador autónomo correspondientes al ejercicio económico inmediatamente anterior.

Ejecuciones judiciales o administrativas tendentes al cobro de las deudas reconocidas por los órganos ejecutivos, que comporten al menos el 30 por ciento de los ingresos del ejercicio económico inmediatamente anterior.

L E T R A S

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OTROS ASPECTOS A DESTACAR

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Antes

Ahora

Ley 32/2010, de sistema de protección por Cese de Actividad, y R.D. 1541/2011, que desarrolla la citada ley

Ley 35/2014, que modifica la Ley 32/2010

Artículo 9 (RD 1541/2011) Acreditación TRADE

Disposición adicional segunda. Cinco

Sin perjuicio de lo establecido en este real decreto, los trabajadores autónomos económicamente dependientes deberán acompañar a su solicitud, la comunicación registrada en el Servicio Público de Empleo de la terminación del contrato con el cliente en los términos del artículo 6.4 del Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.

La situación legal de cese de actividad establecida en este apartado será también de aplicación a los trabajadores autónomos que carezcan del reconocimiento de económicamente dependientes, siempre que su actividad cumpla las condiciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, por la que se aprueba el Estatuto del Trabajo Autónomo, y en el artículo 2 del Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.

Art. 21 (RD 1541/2011) Reservas y excedentes

Disposición final segunda. Once

Cada Mutua destinará a la dotación de su correspondiente reserva, al menos, el 80 por ciento del resultado positivo obtenido en cada ejercicio presupuestario cerrado.

Reserva de Estabilización por Cese de Actividad, cuyo nivel mínimo de dotación equivaldrá al 5 por ciento de las cuotas ingresadas durante el ejercicio por esta contingencia, que podrá incrementarse voluntariamente hasta alcanzar el 25 por ciento de las mismas cuotas, que constituirá el nivel máximo de dotación.

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A U T Ó N O MO S

Art. 21 (RD 1541/2011) Reservas y excedentes (2)

Disposición final segunda. Once (2)

Reserva por cese de actividad en la Tesorería General de la Seguridad Social. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social destinarán a la dotación de esta reserva el porcentaje que cada año establezca el Ministerio de Trabajo e Inmigración en la orden de cotización anual, del resultado positivo obtenido en cada ejercicio presupuestario cerrado, sin que en ningún caso dicho porcentaje pueda ser superior al 20 por ciento del mencionado resultado.

La Reserva de Estabilización en los términos establecidos, el excedente se ingresará en la Tesorería General de la Seguridad Social, con destino a la dotación de una Reserva Complementaria de Estabilización por Cese de Actividad, cuya finalidad será asimismo la cancelación de los déficits que puedan generar las Mutuas después de aplicada su reserva de cese de actividad, y la reposición de la misma hasta el nivel mínimo señalado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75.4 de la mencionada Ley General de la Seguridad Social. Disposición final segunda. Cinco

No contemplado anteriormente

La situación legal de cese de la actividad respecto de los trabajadores autónomos incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por aplicación de la disposición adicional vigésima séptima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se producirá cuando cesen involuntariamente en el cargo de consejero o administrador de la sociedad o en la prestación de servicios a la misma y la sociedad haya incurrido en pérdidas en los términos previstos en el apartado 1.a).1.º o bien haya disminuido su patrimonio neto por debajo de las dos terceras partes de la cifra del capital social.

Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. L E T R A S

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BIOM E C ÁNICA

Cuando la espalda es la protagonista

SISTEMA DE VALORACIÓN DE LUMBALGIAS

por Patricia Fonollá

El laboratorio de biomecánica de Mutua Balear ha incluido un sistema integral para la valoración de lumbalgias. Este sistema utiliza un procedimiento de valoración funcional de la patología dolorosa de la columna vertebral lumbar basado en el conocimiento de las necesidades de los especialistas clínicos de la valoración del daño corporal y, cuya finalidad es proporcionar una prueba complementaria objetiva, fiable y de fácil interpretación, que permita realizar una valoración más precisa y justa del daño de la columna vertebral de la persona y de su repercusión funcional, así como un seguimiento más cercano de su evolución. Integra la tecnología biomecánica más avanzada de registro del fuerzas y de movimientos para la evaluación funcional del raquis lumbar y, de forma complementaria, utiliza una base de datos de normalidad que ayuda a caracterizar un patrón fisiológico de movimiento, a partir del cual proporcionar diferencias significativas con el de pacientes con un daño lumbar establecido. El sistema registra y analiza gestos comunes de la vida diaria como levantarse de una silla sin reposabrazos y coger y levantar una carga frontal, previamente caracterizados cinética y cinemá24

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B I O ME C Á N I C A

ticamente en población normal (base de datos). Finalmente incorpora un método de clasificación estadístico basado en regresión logística, capaz de diferenciar con una alta sensibilidad y especificidad entre sujetos normales y patológicos, y entre colaboradores y no colaboradores en la valoración, con un elevado porcentaje de aciertos (en torno al 95%). Todo el estudio se recoge en un informe personalizado que contiene los resultados obtenidos en cada una de las dos pruebas así como una valoración global del estado funcional del sujeto. El informe recoge, además de unos índices finales que indican el grado de normalidad y colaboración del sujeto en las pruebas, una serie de variables cinemáticas y cinéticas que caracterizan el movimiento analizado. NedLumb/IBV v2.0 permite, a partir de la caracterización de un gesto de la vida diaria de un paciente con dolor lumbar y de sus diferencias con la normalidad, realizar una valoración funcional objetiva con una doble utilidad, cuantificar su daño y controlar su evolución. El sistema ofrece la posibilidad de grabar diferentes sesiones de medida para un mismo sujeto, y facilita la realización de un seguimiento evolutivo del estado funcional del paciente. La gran cantidad de variables e información gráfica aportadas por el sistema permite monitorizar perfectamente la evolución de un paciente sometido a un tratamiento rehabilitador y establecer si existe o no mejoría en su estado funcional. Al mismo tiempo, debido a lo novedoso del sistema de medida y a la posibilidad de registro de datos analizando su repetitividad y coherencia con el resto de valoraciones, permite detectar comportamientos de no colaboración o simulación. Fuente: Instituto Biomecánica de Valencia IBV

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S AN I T A R IO

La recuperación está en el ejercicio.

PILATES TERAPÉUTICO por Juan Sanchís y Patricia Fonollá Joseph Pilates (1880-1967), nacido en Alemania, fue el creador del método Pilates. De niño sufrió numerosas enfermedades que le llevaron a interesarse por la fisiología del movimiento, estudió disciplinas como el yoga o la gimnasia, hasta que se puso a trabajar para recuperar a los heridos de la primera Guerra Mundial, y acabó creando el Método Pilates como una forma de rehabilitación. Con los años, el método Pilates ha recibido numerosas modificaciones y aplicaciones: el fitness, la danza, la rehabilitación... Pero si rescatamos la esencia del Pilates Terapéutico y nos basamos en los numerosos estudios publicados por todo el mundo que demuestran su efectividad, podemos afirmar que el Pilates terapéutico aporta una nueva forma de entender la Fisioterapia. Este nuevo enfoque va dirigido hacia el diagnóstico y tratamiento de las alteraciones del movimiento y del control neuromuscular. El dolor, causado a menudo por el sedentarismo o las rutinas repetitivas, puede alterar las señales de control neuromuscular o, lo que es lo mismo, las señales que el cerebro envía a un músculo para indicarle que trabaje en el momento adecuado y con la fuerza adecuada. Si esto no sucede correctamente, se genera una alteración en la interacción muscular que afecta a la estabilidad y a la calidad del movimiento y como resultado, otras estructuras tales como músculos, ligamentos, articulaciones etc. pueden estresarse, lesionarse o generar dolor. En los tratamientos de fisioterapia convencional, con frecuencia, el paciente suele ser un sujeto pasivo, mientras que cuando se incorporan las técnicas de Pilates pasa a ser 100% activo. 26

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R E H A B I L I T A C I Ó N

“Mutua Balear amplia el servicio de rehabilitación con la técnica de pilates máquinas”

El Pilates terapéutico disminuye el dolor, mejora la función y fortalece el core o lo que llaman “núcleo” (que es el conjunto de músculos que conforman los abdominales –recto, transverso y oblicuos-, cuadrado lumbar, psoas y paravertebrales). Al final de una sesión el cuerpo se siente más flexible y relajado.

Este tipo de rehabilitación se inicia mediante la estabilización de la musculatura del núcleo para luego movilizar segmentos corporales siempre desde un rango de movimientos controlados. Los objetivos son aumentar la estabilidad, el equilibrio muscular y la resistencia, así como la flexibilidad y mejorar la postura. En el método Pilates interviene también la mente, es muy importante la respiración y la concentración a la hora de hacer los ejercicios.

“Pilates terapéutico, un enfoque dirigido hacie el diagnóstico y tratamiento de las alteraciones del movimiento y el control neuromuscular.”

En el desarrollo del Pilates terapéutico se analizan y evalúan los movimientos incontrolados, y se buscan los desequilibrios musculares y articulares para disminuir el dolor y mejorar la funcionalidad de la zona. Es importante corregir las alteraciones biomecánicas y prevenir las recidivas.

Contrariamente a lo que muchos pacientes temen, la actividad física controlada reduce el dolor y por lo tanto la incapacidad, por ello es tan beneficiosa la incorporación del método Pilates en la recuperación de los pacientes. En Pilates existen dos modalidades de ejercicio que se complementan, Pilates suelo y Pilates máquinas. El trabajo con máquinas en Pilates permite regular

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REH A B I L ITA CIÓN

con más facilidad la intensidad y dificultad de los ejercicios, y permite adaptar los ejercicios en personas con movilidad reducida, personas mayores,… Al mismo tiempo, y pese a que el trabajo con los elementos de suelo resulte más natural, las máquinas nos ofrecen multitud de alternativas para practicar Pilates. Actualmente de los 10 mejores hospitales de Estados Unidos, 9 ofrecen el método Pilates Terapéutico como tratamiento y prevención de lesiones. En España, las clínicas más punteras en tecnología e innovación, están introduciendo Pilates como una herramienta terapéutica muy efectiva. Entre otros muchos beneficios el Pilates terapéutico: Mejora la estabilidad y la movilidad Mejora la agilidad y el control del cuerpo Aumenta la fuerza y la resistencia muscular Disminuye el dolor de espalda y del resto de articulaciones Mejora la postura y aumenta la conciencia corporal Mejora la respiración y disminuye el estrés. Y en definitiva mejora el bienestar en general.

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S AN I T A R IO

Fractura de metatarsianos Tratamiento sin inmovilización y con carga inmediata

por Dr. Fernando Blanco y Patricia Fonollá

Clásicamente las fracturas de los metatarsianos se han tratado ortopédicamente mediante inmovilización con yeso durante un periodo que va de 4 a 6 semanas con descarga inicial o mantenida en función de las lesiones y con cirugía en los casos que lo aconseja el desplazamiento interfragmentario. EL TRATAMIENTO CLÁSICO: BOTA DE YESO. La inmovilización prolongada (5 o 6 semanas), es el método clásico para tratar las fracturas de los metatarsianos. Puede causar lesiones secundarias, como cualquier tratamiento con inmovilización, tales como: la rigidez articular, la atrofia muscular, la osteoporosis, las lesiones tromboembólicas o el síndrome de dolor regional complejo. De la misma manera, la cirugía de las fracturas del antepié no están exentas de riesgos y complicaciones. Con el tratamiento funcional sin movilización y con carga inmediata lo que se evitan son estos inconvenientes y posibles complicaciones.

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TRATAMIENTO FUNCIONAL DE LAS FRACTURAS METATARSIANAS Con la introducción de las técnicas quirúrgicas percutáneas del antepié se han replanteado los conceptos sobre tiempo de inmovilización y descarga tras la cirugía. El tratamiento funcional de las fracturas metatarsianas consiste en el apoyo con carga efectiva de forma inmediata o lo más precoz posible con la ayuda de un zapato de suela rígida, sin necesidad de recurrir a la inmovilización de la zona anatómica lesionada ni al uso de ortesis o vendajes de contención. Este método de tratamiento es una


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adaptación de los protocolos postquirúrgicos de cirugía percutánea del pie que indica el apoyo inmediato del pie afecto con un zapato de suela rígida. Se considera que los protocolos de tratamiento conservador sobreprotegen los callos de fractura sin aportar beneficios. La ausencia de inmovilización y el inicio precoz del apoyo parcial tras la cirugía se basan en la idea de que el aparato musculoligamentario que compete al medio tarso (músculos interóseos plantares y dorsales, lumbricales, ligamento transverso superficial y ligamentos metatarsianos dorsales) actúa como un sistema de contención que evita el desplazamiento de los fragmentos. LAS VENTAJAS son la consolidación de la fractura y que el proceso de cura se acorta. Se quita el zapato al paciente a las

cuatro semanas y los bastones de apoyo no son necesarios. El tiempo de uso depende del paciente y su evolución a lo largo de estas cuatro semanas. Además este sistema permite dormir sin llevar nada. También permite la ducha y aseo con normalidad y no incapacita los movimientos. Cuando se le ha puesto el zapato al paciente, éste sale de urgencias caminando y con ayuda de bastones, si lo desea, que se retiran progresivamente. No se inmoviliza el tobillo.

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S AN I T A R IO

EL ZAPATO La utilización del zapato con suela plana y rígida consiguen la distribución equitativa de presiones entre el calcáneo y las cabezas de los metatarsianos. La carga inmediata permite pequeños movimientos del foco de fractura que estimulan la formación del callo óseo. CRITERIOS DE INCLUSIÓN Fracturas de uno o varios MTTs con o sin desplazamiento (tratads clásicamente de forma ortopédica o quirúrgica) cerradas o abiertas grado I de Gustillo. CRITERIOS DE EXCLUSIÓN Fracturas abiertas graso II y III de Gustillo. Fracturas de la base del 5º MTT con desplazamiento significativo (Jones) que precisarían tratamiento quirúrgico. Pacientes que optan por el tratamiento clásico.

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S A N I T A R I O

GUÍA DELT@ Guía de cumplimentación del parte de accidente de trabajo

(PAT)

Ya puedes consultar, descargar e imprimir la Guía Delt@ más completa. Desde aquí y desde nuestra web,

mutuabalear.es/Prestaciones/Documentación útil.

¡No te la pierdas!

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T E

I N T E RE S A

Alérgenos en los productos alimenticios

por Patricia Fonollá

Todos los establecimientos alimenticios: hoteles, restaurantes, bares, cafeterías, etc. y comercios minoristas: hornos, pastelerías, carnicerías, charcuterías, heladerías, etc., además de centros hospitalarios que vendan, al consumidor final, productos no envasados, tienen la obligación de informar del contenido de alérgenos de todos los productos que venden o ponen a disposición del consumidor. Cualquier consumidor puede exigir que ingredientes, sustancias o productos se han utilizado en la producción de alimentos con el fin de evitar alergias o intolerancias. Los 14 grupos de alérgenos que pueden contener los alimentos estarán visibles y accesibles al consumidor. Reglamento UE 1169/2011 de aplicación desde el 13 de diciembre de 2014. Para más información, consulta el artículo completo en cuidamostusalud.org

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COT I Z A CIÓN

C O T I Z A C I Ó N

Incorporación al Sistema de Liquidación Directa

por Rafael García

Se autoriza la utilización de tarjetas, tanto de débito como de crédito, como medio de pago de las deudas con la Seguridad Social en vía voluntaria no ingresadas dentro del plazo reglamentario, de las deudas en vía ejecutiva y de las deudas que hayan sido objeto de reclamación de deuda, establece la fecha a partir de la cual empezarán a enviarse las resoluciones para la incorporación al nuevo Sistema de Liquidación Directa. A partir de día 15 de enero de 2015, la TGSS ya empieza a comunicar a través de la sede electrónica las primeras notificaciones a autorizados red y empresas seleccionadas para su obligatoria

incorporación al nuevo Sistema de Liquidación directa. Esta primera selección se ha realizado entre autorizados que ya están realizando prácticas en la versión definitiva, se han elegido, en concreto, 24 autorizaciones de 19 provincias distintas. En el mes de febrero se ampliará esta selección para que se incluyan autorizaciones que utilicen todos los programas de nóminas y que alcancen a la totalidad de Direcciones Provinciales. Sucesivamente, a partir de marzo de 2015, en función de los resultados obtenidos, comenzará una notificación con mayores volúmenes de empresas y autorizados. Publicación en el Boletín Oficial del Estado el pasado 14 de enero de la Resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social, de 26 de diciembre. L E T R A S

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R R EE SS PP OO NN SS AA BB II LL II DD AA DD

SS OO CC II AA LL

Algo más.

Ayudas de prestaciones especiales

por Katya Vila y Daniel Durán

Las Mutuas, como entidades colaboradoras con la Seguridad Social, completan su actividad y su compromiso social a través de la Comisión de Prestaciones Especiales. Esta comisión estudia y atiende las situaciones especiales para dotar de prestaciones complementarias (es decir, aquellas que van más allá de las legalmente establecidas y competentes de las Mutuas). Están destinadas a trabajadores protegidos y sus familiares que, como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, se encuentran en una situación de necesidad. Dicha comisión es la encargada de estudiar cada caso y valorar si cumple con los requisitos legales. La comisión de prestaciones especiales se compone de representantes de los empresarios mutualistas y representantes de los sindicatos mayoritarios de los trabajadores de las empresas asociadas.

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A modo de resumen, exponemos la siguiente tabla que esquematiza los tipos de ayuda, requisitos y cuantías susceptibles de acogerse a estas prestaciones especiales. De aquí en adelante: Tipo de ayuda AT: Accidente de Trabajo EP: Enfermedad Profesional


R E S P O N S A B I L I D A D

S O C I A L

A LA FAMILIA DEL ACCIDENTADO EN SITUACIÓN DE MÁS DE 9 MESES DE BAJA Contenido de la ayuda

En forma de beca escolar y salario más ajustado para los accidentes con cargas familiares por hijo menor.

Requisitos

Cuantía

• Más de 9 meses de baja. • Ingresos inferiores al doble de salario mínimo interprofesional. • No se puede solicitar antes de 12 meses de baja.

Hasta 400€ hijo/año baja.

• No se puede solicitar si ha pasado más de un mes de alta.

VIVIENDA Contenido de la ayuda

Eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de la vivienda. Gastos de alquiler o amortización de crédito hipotecario de la vivienda habitual:

ayuda temporal (máximo 6 meses) para atender gastos de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual.

Alojamiento para acompañantes de accidentes graves hospitalizados fuera de la proviencia: ayuda para compen-

sación de gastos de vivienda o alojamiento, desplazamiento y dietas para el acompañante del hospitalizado grave. No se abona la fianza del alquiler ni gastos de suministros corrientes.

Requisitos

Cuantía

Tener una discapacidad grave derivada de Hasta máximo AT o EP según informe de Accesibilidad. de 15.000€.

Según informe Social.

Hasta un máximo de 5.000€ .

El accidentado grave debe estar hospitalizado fuera de su proviencia. Para el abono de las dietas y gastos de desplazamiento del acompañante se necesita autorización médica.

Según Informe social, precios medios de alquiler en la zona y acreditación de gastos hasta 70€/día.

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RES P O N SA BILIDA D

SOCI AL

VEHÍCULOS Contenido de la ayuda

Requisitos

Adaptación de vehículos: ayuda para sufragar los gastos de adaptación de vehículos.

Cuantía

Tener una discapacidad grave derivada de un AT o EP.

Hasta un máximo de 3.000€.

AYUDAS TÉCNICAS PARA DISCAPACITADOS GRAVES Contenido de la ayuda

Requisitos

Cuantía

Ayudas técnicas que no puedan cargarse al siniestro, mejora en la movilidad / autonomía del paciente, facilitar las tareas del cuidador y la atención al domicilio del accidentado.

Tener una discapacidad grave derivada de un AT o de una EP y según prescripción médica.

Renovación / reposición de prótesis: que porten los trabajadores por limitaciones funcionales congénitas o por accidente o enfermedad común que sufran rotura debido a accidente de trabajo.

Según informe social y presupuesto aceptado por la comisión.

Según informe Social, prescripción médica y presupuesto aceptado por la Comisión.

TRATAMIENTOS Y AYUDAS TÉCNICAS NO REGLADAS Contenido de la ayuda

Cubre los tratamientos que solicite el accidentado y que no puedan asumirse con cargo al siniestro por no estar concertados o no poder ser aplicados por nuestro personal sanitario y son desaconsejados por nuestros facultativos.

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Requisitos

Cuantía

Según informe social y presupuesto aceptado por la comisión.


R E S P O N S A B I L I D A D

S O C I A L

GAFAS Contenido de la ayuda

Rotura de gafas como consecuencia de un AT.

Requisitos

Cuantía

Abono de hasta el 75% del importe de las gafas, con un importe máximo de 200€ en los casos que el solicitante tenga un salario inferior al doble del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento.

AYUDA POR RECIÉN NACIDO Contenido de la ayuda

Requisitos

Cuantía

Ayuda económica para el trabajador con incapaci- Que el hijo haya nacido dentro de Hasta un máximo dad permanente absoluta o gran invalidez deriva- los 8 meses siguientes a la fecha de 1.000€. del accidente (baja médica). da de AT o EP que tenga un hijo recién nacido.

GASTOS EXTRAORDINARIOS DERIVADOS DE FALLECIMIENTO Contenido de la ayuda

Requisitos

Ayudas para familiares o personas asimiladas del trabajador fallecido por AT o EP, para sufragar gastos extraordinarios derivados del fallecimiento.

Cuantía

Fallecido como consecuencia del AT o EP, que proviene de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez de contingencias profesionales (Art.172 de la Ley General de la Seguridad Social).

Hasta un máximo de 3.000€.

HIJO PÓSTUMO Contenido de la ayuda

Ayuda económica por nacimiento de hijo póstumo del fallecido por AT o EP.

Requisitos

Cuantía

Para familiares del fallecido por AT o EP.

Hasta un máximo de 1.000€. Acumulable con la anterior.

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RES P O N SA BILIDA D

SOCI AL

ESTUDIOS Contenido de la ayuda Requisitos

Ayudas económicas para hijos o hermanos, en dependencia económica, del trabajador fallecido.

Cuantía

• Menores escolarizados hasta terminar la enseñanda secundaria obligatoria o Programada Garantía Social (hasta 16 años).

• Estudiantes de bachillerato o ciclos de grado medio o Formación profesional (hasta 18 años). • Estudiantes universitarios y de ciclos de grado superior de Formación Profesional (hasta 23 años).

Hasta un máximo de 1.000€. Hasta un máximo de 1.500€. Hasta un máximo de 2.000€.

APOYO PSICOLÓGICO Contenido de la ayuda

Para pareja e hijos del trabajador fallecido.

Requisitos

Cuantía

Según informe social y prescripción médica. Según presupuesto aceptado por la comisión.

OTROS Contenido de la ayuda

Requisitos

Cuantía

Terapia ocupacional para aprendizaje por discapacidad. Apoyo psicológico por discapacidad grave. Ayuda a domicilio por discapacidad grave.

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A Z UL ES

Según informe social y prescripción médica. Según presupuesto aceptado por la comisión.


R E S P O N S A B I L I D A D

S O C I A L

Certificado otorgado por la Fundación Másfamilia, (con el aval del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad) que reconoce que la entidad está comprometida con la igualdad de oportunidades y con la conciliación entre vida laboral y familiar de sus empleados.

Nuestro (orgulloso) sello EFR certificado en conciliación empresa

grande

ES-142 / 01-2013 / AENOR

Somos EFR. Y por encima de todo,

CREEMOS en ello. Si quieres saber más. pincha aquí

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CUÍ D A T E

Cuidando al cuidador

por Meritxell Panadés

Tan importante es todo el proceso de saber cuidar como el proceso de saber auto-cuidarse. El cuidador es “la persona familiar o no, que mantiene el contacto humano más estrecho con el paciente incapacitado, y de esta manera, satisface a diario sus necesidades básicas, lo mantiene vinculado a la sociedad, y lo provee de afecto”.

Integración social: buscar recursos sociales, contribuir a la integración de la persona etc.

Cuidar es una situación que muchas personas a lo largo de sus vidas acaban experimentando, implica muchas y variadas actividades que se centran en:

Hacer muchas “pequeñas cosas”.

Cuidados de salud: supervisión en la toma de medicamentos, detectar problemas de salud, etc. Cuidado de alimentación: planificar menús, ayudar a comer si lo necesita, etc. Cuidado de Higiene personal: peinarse, bañarse, mantener en buen estado la ropa y calzado etc. Cuidado en la limpieza del hogar: mantener limpia y ordenada la casa, etc.

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Cuidado en la gestión doméstica: gestionar documentos y pagos, administración del dinero y de los bienes. La experiencia de cada cuidador es única, ya que son muchos los aspectos que hacen que esta experiencia difiera de cuidador a cuidador. No obstante, las características comunes a las situaciones de cuidados son: Implica una dedicación importante de tiempo y energía. Conlleva tareas que pueden no ser cómodas y agradables. Suele darse más de lo que se recibe. Es una actividad que, normalmente, no se ha previsto y para la que no se ha sido previamente preparado.


C U Í D A T E

El cuidado de una persona dependiente es, en general, una experiencia prolongada y conlleva unas consecuencias que exigen reorganizar la vida familiar, laboral y social en función de las tareas que implica cuidar. Es frecuente que las personas que cuidan a una persona dependiente experimenten cambios en las siguientes áreas: La salud: se encuentran cansados y tienen la sensación que su salud ha empeorado. Aspectos emocionales: se ven expuestas a un buen número de sentimientos y emociones, algunos positivos, como la satisfacción por contribuir al bienestar de la persona dependiente y, otros negativos, relacionados con la sensación de impotencia, culpabilidad, tristeza, soledad etc.

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CUÍ D A T E

Relaciones familiares: aparecen conflictos en el seno de la familia, por desacuerdo en la atención e implicación de los familiares en el cuidado de la persona dependiente. En el ámbito laboral: es frecuente la sensación de estar incumpliendo tanto en el trabajo (por absentismo, falta de puntualidad etc.) como en el cuidado del familiar (por no poderle dedicar más tiempo). Dificultades económicas: estas dificultades también son frecuentes, tanto porque disminuyen los ingresos (al disminuir la dedicación laboral) como porque aumentan los gastos derivados del cuidado de la persona dependiente.

Las actividades de ocio: disminuye el número de actividades sociales y de ocio que anteriormente realizaba, lo que puede producir sentimiento de aislamiento y soledad. El elevado nivel de exigencia por parte de la persona a la que cuida, de su entorno y de sí mismo conlleva un sobreesfuerzo con resultados negativos para su salud física y psicológica. Por este motivo, es muy importante que el cuidador reconozca la situación y ponga en práctica un plan de autocuidado que se adapte a sus necesidades individuales, con el objetivo de mantenerse sano y tener la calidad de vida necesaria para cuidar en las mejores condiciones. Para llevar a cabo todo este proceso, proporcionamos de forma sencilla, algunos consejos útiles y recomendaciones para que su tarea de cuidar y atender las necesidades de la persona a la que cuidan no se olviden de las suyas propias.

“El cuidado de una persona dependiente es una experiencia prolongada y conlleva reorganizar la vida familiar, laboral y social. Es frecuente que experimenten cambios en sus relaciones, su salud, sus aspectos emocionales...”

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C U Í D A T E

Es importante elaborar un plan de actividades. 1 PRIORIZAR Hacer una lista de todas las tareas que haya que realizar relacionadas con: - La persona cuidada - El propio cuidador - Otras personas O rdenarlas según importancia, de mayor a menor. Estimar el tiempo necesario para realizar cada tarea. H acer otra lista de actividades que le gustaría realizar y anotar el tiempo aproximado que necesita para realizarla. H acer una única lista con las tareas que debe realizar y las que le gustaría realizar siguiendo un orden de importancia. E mpezar con las primeras actividades de la lista. Si hay tiempo, continuar con las demás. 2. SER REALISTA Comprender y aceptar que uno no va a ser capaz de satisfacer todas las necesidades del familiar dependiente y de los demás miembros de su familia. Analizar las ta-

reas que podrían hacer el familiar dependiente y los demás familiares por sí mismos. 3.DELEGAR Pedir y aceptar la ayuda de familiares, amigos y otras personas. 4.USAR LOS RECURSOS Y SERVICIOS DE LA COMUNIDAD Los servicios ofrecidos por la comunidad, tales como los Centros de Día, la Asistencia Domiciliaria, etc, pueden ser de gran ayuda para los cuidadores 5. ORGANIZACIÓN Establecer una rutina de actuación con planes alternativos. Hacer una lista de cosas para hacer cada día y establecer un plan de acción para cada semana. 6.EVALUACIÓN PERIÓDICA Realizar evaluaciones periódicas de la forma en que se está organizando el tiempo y analizar si es necesario realizar cambios. 7.TOMARSE RESPIROS Reservar un tiempo cada día para uno mismo.

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CUÍ D A T E

Recomendaciones para el cuidador: 1 ALIMENTACIÓN • Comer con moderación • Consumir variedad de alimentos. • Elegir alimentos frescos y de calidad • Evitar comer entre horas • Masticar bien los alimentos y comer de manera pausada • Beber dos libros de agua diarios • Reducir el consumo de sal, grasas, dulces, café, alcohol y bebidas excitantes. 2 EJERCICIO FÍSICO • Realizar ejercicio al menos durante media hora, tres veces a la semana. • Caminar deprisa en sus desplazamientos puede ser una buena alternativa. • Realizar algún ejercicio al aire libre • Realizar un esfuerzo moderado que se adapte a sus características.

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3 SUEÑO REPARADOR • Intentar dormir siete horas seguidas y eliminar las siestas y las cabezadas diurnas. • Cuidar que el dormitorio esté en silencio y sea tranquilo. • U tilizar la cama para dormir y evitar la televisión. • D ejar pasar un tiempo entre la cena y la hora de acostarse. • N o tomar cenas copiosas ni bebidas excitantes antes de irse a dormir.


C U Í D A T E

4 LAS ACTIVIDADES Y RELACIONES SOCIALES

5 EL ESTRÉS Y LA RELAJACIÓN

• Pedir ayuda en su entorno para poder disfrutar de tiempo libre y participar en actividades que estimulen su cuerpo y su mente.

Para liberar situaciones de estrés, incorporar poco a poco a la vida cotidiana, sencillos ejercicios de relajación que nos ayudaran a mantener la calma en numerosas situaciones difíciles de la vida y a sentirnos mejor en general.

• Cuidar la cantidad y la calidad de sus relaciones personales. • Fomentar el contacto frecuente con sus hijos. • Mantener los contactos de manera personal y telefónica. • Disfrutar de las visitas de amigos y familiares. • Establecer relaciones con los vecinos • Desahogarse y compartir tiempo con las personas significativas que haya en su vida.

6 LOS GRUPOS DE AUTOAYUDA Los grupos de autoayuda están formados por personas que han vivido o bien situaciones parecidas a la suya. El objetivo principal es compartir experiencias, pensamientos y sentimientos, superar los miedos, solventar las dudas y encontrar y proporcionar apoyo.

Afortunadamente cuidar, también nos ofrece la oportunidad de descubrir en uno mismo cualidades, aptitudes o talentos que de otro modo hubieran pasado desapercibidos, e igualmente, llevar que se establezca una relación más próxima con la persona a la que se cuida o con otros familiares y que se descubran en ellos facetas positivas que hasta entonces habían permanecido ocultas. Por todo ello, una gran parte de los cuidadores, pese a posibles sinsabores, pueden acabar descubriendo la íntima satisfacción de ser útiles a sus familiares más próximos. L E T R A S

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T Ú ,

C O L A BORA DOR

LA ENTREVISTA: JESÚS COSTA

Orgullosos de “nuestros” colaboradores

por Dora Simonet y Diana Puig

1. En pocas palabras, ¿cómo definirías la labor de este sector hoy? Se está realizando una labor muy importante desde el sector laboral y Seguridad Social, pero desde mi punto de vista se está complicando todo el sistema y su aplicación. Opino que el enfoque debería ser el de bonificar a las empresas para que así pudieran generar más empleo.

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el fondo, este hecho se convierte en una cadena que repercute en todos los aspectos, en los propios y en los de su empresa, y limita, también, los beneficios económicos. 4. Mejorar cada día en el entorno laboral ¿realidad o utopía? Tiene que ser una realidad, si hablamos de utopías mal vamos.

2. ¿Lo qué más te gusta de tu trabajo? Conocer gente nueva, el trato directo con el cliente y las relaciones sociales. La posibilidad de conocer a nuevos empresarios y personas emprendedoras que quieran arriesgar, un hecho poco común hoy en día.

5. Tu remedio contra la “crisis” En primer lugar creo que los milagros no existen. Pero desde mi humilde opinión de laboralista que es el terreno que conozco, creo que se debería aliviar a las empresas de las múltiples cargas que se le aplican, son excesivas y ello repercute en el crecimiento y en el miedo a emprender.

3. ¿Y lo que menos? Hoy en día el cliente no está en disposición de apreciar las tareas que desarrollamos. La crisis ha provocado que cualquier mejora que suponga un coste adicional a los ya obligatorios sea un esfuerzo prácticamente inasumible. En

6. Un deporte o una afición Toda la vida he jugado al baloncesto y al tenis, se me daba muy bien lo de las palas, pero desde que mis hijos, que son mi ilusión, juegan al futbol, es lo que más practico. Además voy a correr y cuando tengo tiempo libre voy a verles jugar a fútbol.

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E N T R E V I S T A

7. Un reto personal Criar a mis hijos, que puedan estudiar una carrera y que puedan tener proyección de futuro. Ser muy felices toda la familia, y disfrutar de buena salud. 8. Una asignatura pendiente Cruzar el charco, ya está, ahí me quedo, es una de mis asignaturas pendientes. 9. ¿Qué me gustaría ser si volviera a empezar? Yo sigo pensando que creo que este era mi destino, pero si no hubiera sido laboralista, habría estudiado psicología. Me gustaban mucho la asignaturas de psicología y sociología. 10. ¿Te interesan las nuevas tecnologías? ¿En que las utilizas? Me interesan las nuevas tecnologías, aunque me cuesta adaptarme a ellas, pero tengo la gran ayuda de mis hijos y la de mi compañero Dani, que lo dominan a la perfección. Las utilizo para trabajar y buscar información, noticias,etc., pero sobre todo me encanta buscar viajes por internet. Jesús Costa, de la prestigiosa gestoría “COSTA TORRES ASESORES” inició su colaboración con Mutua Balear en 1981.

“Creo que se debería aliviar a las empresas de las múltiples cargas que se le aplican, son excesivas y ello repercute en el crecimiento y en el miedo a emprender.”

Es nacido en Ibiza, aunque vive desde los siete años en San Antonio. Casado con Cati, es padre de dos niños muy aplicados en los estudios; uno de dieciséis y otro de once, muy diferentes entre ellos.

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S AN I T A R IO

cuidamostusalud.org cambia de imagen

por Daniel Durán

cuidamostusalud.org cumple un año. Desde su naciemiento, han sido cerca de 10.000 los usuarios que han consultado y navegado por el portal sanitario de Mutua Balear. Recordamos que este es un portal especializado en contenidos útiles e informativos de la actividad médico sanitaria de Mutua Balear. Pensado tanto para los mutualistas, como los usuarios y los profesionales sanitarios del sector. Con motivo de este primer aniversario, cuidamostusalud.org ha renovado por completo su imagen. En primer lugar, con un cambio de estilo y diseño de su Portada. Ahora es mucho más intuitiva, fresca y visual. Las páginas interiores también han cambiado, con un diseño de menús laterales más visuales y estructurados. Si bien, quizá el cambio más significativo ha sido su mayor grado de compatibilidad para dispositivos 50

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móviles. Ahora toda la web está diseñada bajo el starndard RWDResponsive; es decir, el diseño de la web se adapta a las características de dispositivos móviles y tablets sean cuales sean sus caracteristicas de pantalla. Todo ello sin olvidar la actualización constante por un equipo de profesionales sanitarios. Artículos útiles e informativos como ¿Qué es la ozonoterapía? ¿Qué debe incluir un botiquín casero? ¿Cómo usar correctamente las muletas?, Sistema de valoración de lumbalgias... Todo esto y mucho más lo encontrarás en cuidamostusalud.org. ¡Te esperamos!


S A N I T A R I O

visual

intuitiva

m贸vil L E T R A S

salud A Z U L E S

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P RE V E N CIÓN

La actividad preventiva tras la ley de Mutuas

por Julián García

Se permite a las Mutuas la realización de actividades preventivas, derivadas de la acción protectora de la Seguridad social, a favor tanto de los empresarios asociados y de sus trabajadores dependientes, como de los trabajadores por cuenta propia adheridos, que no generarán derechos subjetivos. La mencionada asistencia tiene por objetivo el control y, en su caso, la reducción de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Por otra parte, también se incluye el asesoramiento a las empresas asociadas y a los trabajadores autónomos, para la adaptación de los puestos de trabajo y/o de las estructuras de las organizaciones con la finalidad de recolocar a trabajadores accidentados o con patologías de origen profesional. Por último, las Mutuas podrán realizar actividades de investigación, desarrollo e innovación que estén dirigidas a la reducción de las contingencias profesionales. La Secretaría de Estado de la Seguridad Social, previa consulta a las organizacio52

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nes sindicales y empresariales más representativas, conforme a las propuestas y objetivos fijados por la Secretaría General de Empleo o que se deriven de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo vigente en cada momento, fijará la planificación anual de dichas actividades, el establecimiento de los criterios a seguir y la asignación de las prioridades en su ejecución. La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, órgano dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, será el encargado de controlar el desarrollo y evaluar la eficacia y eficiencia de las actividades preventivas que realicen las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. Las Comunidades Autónomas podrán comunicar, al mencionado centro directivo, las actuaciones que pretendan desarrollar en sus respectivos ámbitos territoriales, para su inclusión en la planificación de las actividades preventivas


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de la Seguridad Social. En este orden de cosas y a partir de las directrices fijadas, el procedimiento a seguir por las Mutuas será el siguiente: Presentar ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, junto con el anteproyecto de presupuestos de cada ejercicio económico, el plan de actividades preventivas que pretendan desarrollar en dicho periodo, debidamente priorizado, y especificar los sectores y número de empresas a las que van dirigidas, así como el número de trabajadores afectados. Proporcionar a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, durante el primer trimestre del año siguiente a aquel en que se haya desarrollado el plan de actividades preventivas, la información detallada sobre la aplicación del plan. Ley 35/2014 (de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.) que da cobertura a la normativa actual (ORDEN TAS/3623/2006). L E T R A S

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SIN ACCIDENTES. ¡ENHORABUENA!

por Patricia Fonollá

MUTUA BALEAR ENTREGA 82.000 EUROS A LAS EMPRESAS ASOCIADAS QUE HAN CONTRIBUIDO EN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y REDUCCIÓN DE LA SINIESTRALIDAD El dos de febrero Mutua Balear ha hecho entrega del bonus a aquellas empresas Mutualistas que obtuvieron el incentivo correspondiente al ejercicio 2012, por contribuir y comprometerse con la disminución y prevención de la siniestralidad laboral de los trabajadores de sus empresas. La entrega se realizó en la sede de Mutua Balear del polígono de Son Castelló. Corrió a cargo del Director General de Mutua Balear, Wàlfrid Ivern, el subdirector general Andreu Vecina y el Director General de Treball Onofre Ferrer. 54

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Mas de 20 empresas se repartieron los más de 82.000 euros que el Ministerio de Empleo aprueba según los requisitos del RD 404/2010. Para Mutua Balear es un honor repartir esta cantidad entre algunas de sus de empresas Mutualistas y espera ver incrementado el número de empresas y el importe en los años venideros. Desde la entrada en vigor de la norma Mutua Balear ha repartido más de 500.000 euros.


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INFORMACIÓN SOBRE EL INCENTIVO En abril del 2010 entra en vigor la norma que permite que las empresas, gestionadas por una Mutua, comprometidas con disminución de la siniestralidad y la prevención de riesgos laborales y que, por lo tanto, lleven a cabo iniciativas en este sentido que vayan más allá de las obligadas por la Ley de Prevención, puedan solicitar la reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales de sus empresas, lo que supone la devolución de una cantidad que oscila entre el 5 y el 10%. Para poder ser beneficiario se exigen los siguientes requisitos: Haber realizado inversiones en materia de prevención de riesgos laborales que puedan contribuir a la eliminación o disminución de riesgos. (inversiones que mejoren las exigidas por la Ley de Prevención de Riesgos). Haber cotizado a la Seguridad Social con un volumen superior de cuotas superior a 5.000 euros.

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Además del punto anterior, también se deberán acreditar al menos dos de las siguientes acciones: • Incorporación a la plantilla de recursos preventivos propios (trabajadores designados o servicio de prevención propio) • Realización de auditorías externas del sistema preventivo de la empresa. • Existencia de planes de movilidad vial en la empresa como medida para prevenir los accidentes de trabajo en misión y los accidentes in itínere. • Acreditación de la disminución del porcentaje de trabajadores de la empresa o centro de trabajo expuestos a riesgos de enfermedad profesional.

Índices de siniestralidad favorables. Estar al corriente en materia de cotización a la Seguridad Social. No estar sancionada en materia de prevención de riesgos laborales o Seguridad Social. Acreditar el cumplimiento por la empresa de los requisitos básicos en materia de prevención de riesgos laborales, conformado por los delegados de prevención. L E T R A S

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• Certificado de calidad de la organización y funcionamiento del sistema de prevención de riesgos laborales de la empresa, expedido por entidad u organismo debidamente acreditado. Las pequeñas empresas tienen unas condiciones especiales a fin de que también puedan optar al incentivo. Las que no hayan superado durante cuatro ejercicios un volumen de cotización por contingencias profesionales de 5.000 euros, podrán acceder siempre que, además de los requisitos establecidos, reúnan las siguientes condiciones: Haber alcanzado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 250 euros en el periodo de observación de cuatro ejercicios. A creditar alguna de las siguientes acciones:

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EL DATO

En atención a la actividad de las empresas que solicitan el bonus, hay una correlación clara entre el volumen presentado en todo el territorio español , Baleares, y Mutua Balear. En este sentido la actividad principal de las empresas solicitantes es la construcción que supone el 38% de las solicitadas en todo el territorio Español y el 37% de las recibidas en Mutua Balear.

Las empresas de Mutua Balear que respecto al año 2012 han obtenido el incentivo solicitado han sido: GRUPO FONTHISA PAVIMENTOS Y HORMIGONES CARRERAS SA GRUPO FERRÁ TUR UNIVERSITAT DE LES ILLES BALEARS

• Asunción por el empresario de la actividad preventiva o designación de trabajadores de la empresa que asuman dicha actividad.

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• Obtención por el empresario o los trabajadores designados que vayan a asumir las tareas preventivas de formación real y efectiva en materia de prevención de riesgos laborales.

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HOTEL ALCUDIAMAR OBRAS Y PAVIMENTOS MAN

OBRAS COMAS BELTRÁN OBRES I CONSTRUCCIONS TOMEU ROSSELLÓ


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SMP: el social media plan

por Daniel Durán

En anteriores artículos de la revista hemos hablado de las diversas redes sociales (Facebook, Twitter, Instagram, Linkedin...). Realmente, profundizar en una red social antes de definir un social media plan es empezar la casa por el tejado. Aunque no nos engañemos, a todos nos gusta ponernos manos a la obra antes de definir nuestra estrategia. Pero esto, por habitual que sea, es un grave error. La realidad es que conseguir que una empresa tenga éxito en el mundo 2.0 (redes sociales y web) no es algo aleatorio, sino un trabajo de planificación estratégica y definición de acciones bien estudiado y meditado. Y el comienzo de todo es el Social Media Plan (SMP), es decir; la estrategia que debemos elaborar, meditar y planificar para nuestra presencia en la web, mejorar su imagen y reputación y al mismo tiempo aprovechar las infinitas posibilidades de estos nuevos canales de comunicación.

No cabe duda que esto puede llegar a ser una tarea laboriosa y compleja. Las grandes empresas cuentan con departamentos enteros o subcontratas a agencias de publicidad para elaborar estos planes adecuadamente. Si somos una mediana o pequeña empresa seguramente no tendremos los recursos para elaborar un SMP como ellos; sin embargo esto nunca nos debe eximir de crear, al menos, unas líneas básicas de estrategia y actuación. De hecho, muchos se sorprenden cuando afirmo que una o dos tardes son suficientes para definir la esencia nuestro SMP.

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A continuación, hablaremos de los 10 puntos fundamentales para definir un SMP efectivo. Aunque son sólo unas pinceladas, seguir estos pasos mejorará enormemente la presencia de la empresa en redes sociales:

1 DEFINIR LOS OBJETIVOS ¿Por qué quieres que tu empresa esté en redes sociales? Debes responder a esta pregunta de manera concisa y honesta. Si decides estar en redes sociales “será por algo”. Tienes que saber que “vender más” no es un objetivo real en redes sociales. De hecho, el público rehúye mucho esta idea. Los objetivos, que pueden ser tantos como quieras, deben ser alcanzables y adecuados a las redes sociales. Para empezar, lo ideal es que te plantees micro objetivos. Por ejemplo; conocer la opinión de tus clientes, mejorar el feedback, ofrecerles otro medio para comunicarse contigo o simplemente darte a conocer en tu barrio. Estos son objetivos comunes y adecuados.

2 MI PRESENCIA ACTUAL ON LINE ¿Has analizado cuál es tu presencia actual en la red? ¿Es mejor o peor que mi competencia? ¿La gente confía en mi reputación on line? Para saber hacia dónde vamos es muy importante saber antes desde dónde partimos: mi empresa, el entorno y la competencia. Por ejemplo, si tienes la suerte de que tu competencia aun no está presente en redes sociales, quizás sea el momento ideal para volcarte con ello y así tomar una gran ventaja competitiva. 62

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Si por el contrario, tu sector está repleto de tiendas on line quizás sea mejor plantearte como diferenciarte de ellos. Por ejemplo, ¿y si hago ofertas exclusivas a través de Twitter y Facebook?.

“Para saber hacia dónde vamos es muy importante conocer previamente de dónde partimos: cómo es mi empresa, cuál es el entorno y cómo es la competencia. ”

Igualmente es interesante identificar o contactar con gente que nos puede influenciar muy positivamente en el mundo digital. Por ejemplo, si vendo zapatos debería contactar con una revista o experta en moda... quizás me reteewtee uno de mis productos. Sería un logro muy positivo.

no con la foto del catálogo con el fondo blanco pues, posiblemente piense “¿y para esto te sigo?”

3 DEFINIR MI TARGET.

4 MI COMMUNITY MANAGER

¿Conoces realmente a tu cliente? Muy posiblemente tu respuesta sea “si”. Sin embargo, casi con total probabilidad puedes conocerle aun mejor. Y como sabrás, cuánto mejor le conozcas y más empatices con él, mejor será el resultado para tu empresa. Para esto las redes sociales son un buen aliado. Gracias a los perfiles y comentarios puedes saber quiénes son, dónde se mueven, que desean... pero especialmente, debes saber porque tienen un perfil en una red social; es decir, que les gusta cuando pasan su tiempo allí.

Definir a una persona responsable de la comunicación on line es también muy importante. Si tienes recursos para ello lo ideal es que sea un experto con experiencia en la materia (ya sea interno o subcontratado). Pero también puedes hacerlo tu mismo u organizar tu empresa para ello.

Por ejemplo, aquel que está en Instagram espera ver fotos bonitas, diferentes. ¿Cómo le ofrecerías un producto? Con una foto diferente o “especial” y

“Mi sobrino sabe de redes sociales” no nos sirve, pues si bien puede hacer un buen trabajo hoy... y ¿mañana?. ¿Y el mes que viene?. No funciona nunca. Sea cual sea el caso, lo importante es que haya una persona encargada de dirigir la ejecución del social manager. Esta persona debe estar en constante comunicación con quien toma las deciL E T R A S

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siones y dedicarse a ello como parte de sus tareas del puesto o en el mejor de los casos, plenamente.

5 LAS REDES SOCIALES QUE VAMOS A UTILIZAR Como hemos visto en artículos anteriores no todas las redes sociales sirven para todo. Cada una tiene sus características que la hacen única: con sus ventajas y desventajas. Un enorme error es querer estar en todas “por estar”. Es mejor analizar y pensar cuál es más útil para nosotros según mis objetivos definidos (punto 1) y mi target (punto 3). Lo ideal es que comiences con las genéricas y populares (Facebook, Twitter, Instagram) y que poco a poco puedas ir ampliando tus horizontes en base a la experiencia y resultados.

6 LA ESTRATEGIA PARA CADA RED SOCIAL Efectivamente, los objetivos generales que hemos definido anteriormente nos permitirán crear una estrategia a seguir. Pero ésta en ningún caso puede ser común a todas las redes sociales debido a las características propias de cada una de ellas. Lo que debemos es adaptar la “línea o tono” de comunicación a cada red social. Me explicaré con algunos ejemplos. 64

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“Debemos adaptar la estrategia de comunicación a cada red social con un estilo y un tono diferente para cada caso” a) Soy pastelero y mi producto es completamente visual, se vende por los “ojos”. En ese caso, Instagram y Facebook son ideales para ti. Si quieres usar twitter también puede ser útil... pero aprovéchalo para otra cosa. ¿Por qué no como


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un buzón de recetas? ¿O cómo atención al cliente?. Muchas empresas así lo hacen y ha quedado demostrado su buen funcionamiento. b) Soy periodista y quiero ofrecerme como freelance: en este caso, Instagram y Twitter son ideales para ti. En ellas puedes ejercer de periodista al segundo, con texto y fotos. Sin embargo, Facebook (tan cargada y llena de muros) no te da esa inmediatez. ¿Porqué no la usas como blog para reportajes?

7 QUE LE VOY A DAR DE “ESPECIAL” A MI SEGUIDOR Las redes sociales son estrategias a largo plazo. Cuando obtenemos un nuevo seguidor pasará un periodo de prueba en el que nos va a valorar. No hay duda: ese nuevo seguidor espera “algo” de nosotros. Ese “algo” puede ser información exclusiva, una comunicación más rápida que ir a la tienda, promociones exclusivas... No hace falta que sea mucho, no hace falta que sea importante. Pero si es necesario que sea algo que no puede conseguir mediante otro medio o en la competencia. Pongamos un ejemplo: los perfiles que ofrecen sus productos como si de una tienda se tratase (foto + precio) tienen pocas posibilidades de destacar. Aquellos perfiles que sólo a través de las redes sociales te dan información exclusiva, te ofrecen un descuento, te invitan a una demostración son los que mejor funcionan.

“Al nuevo seguidor hay que darle algo. No hace falta que sea mucho, no hace falta que sea importante, pero es necesario que tenga un valor añadido ” L E T R A S

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8 HERRAMIENTAS PROMOCIONALES Las redes sociales son gratis, efectivamente. Pero por ello somos tan sólo uno más. Gestionar la presencia on line, promocionarse y destacar supone un desembolso de dinero. Por ejemplo, los anuncios promocionales en la parte derecha del facebook que todos conocemos o el posicionamiento en google. Hacer una campaña mediante algunas herramientas (Google Adwords, Facebook, Linkedin...) es realmente sencillo y a coste bajo. Además, las posibilidades que ofrecen son realmente interesantes, pues son capaces de segmentar por edad, sexo, localidad... ¡excelente! Gracias a nuestro SMP no nos costará hacer una campaña adecuada. Sin embargo, hacerla sin definir adecuadamente el objetivo y presupuesto anual puede resultar contraproducente y más caro.

9 MONITORIZAR Gestionar y medir nuestros resultados es una tarea tan importante como la propia de publicar nuestros contenidos. Tal y como demuestran las estadísticas, casi el 80% de los usuarios de internet hacemos caso a lo que escriben otros usuarios sobre las empresas.

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Por ello lo primero que debemos plantearnos es ¿qué queremos medir? y ¿cómo lo queremos medir? La primera pregunta responde a que, según el volumen de contenido y de in-


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teracciones, quizás no podamos medirlo todo. Debemos centrarnos en los aspectos más relevantes y útiles para nuestros objetivos. Por ejemplo, ¿conocen dónde tenemos la tienda? ¿la gente opina que nuestro pastel de chocolate es bueno?

de relacionarse dista mucho de como lo hacemos en la realidad.

Es completamente necesario que te adaptes a las “reglas del juego” de cada una de ellas. Por ejemplo, en Twitter debes tener un lenguaje breve, conA la segunda pregunta, ¿cómo lo queciso y utilizar #hastags. Lógicamente, si remos medir? trata de que herramientienes una tienda no te vas a comunicar tas vamos a usar para ello. En internet de esta manera con un cliente. Tampoco está lleno de ellas (gratuitas y de pago) podemos pelearnos nunca en redes soy cada una con sus características difeciales, pues la gestión y el control de una rentes. En el fondo, crisis on line es harto utilizar una u otra complicada; siempre “Es completamente no es transcendendebemos estar de tal pues todas ellas necesario que te adaptes buen humor. ofrecerán informaa las reglas del juego. ción útil. Lo que si Aunque en próximos es importante es Conoce bien como funciona capítulos ahondadecidir cuál o cuáuna red para poder remos más en este les usar, pues una tema, “seguir las integrarte en ella ” vez que empecemos reglas del juego” es la monitorización algo que debe estar con una de ellas, siempre en tu mente. cambiar a otra supondría no poder medir del mismo modo los parámetros y, por tanto, no poder compararlos. Como conclusión podemos decir que una presencia en redes descuidada no 10 CAMBIA TU MENTE. ESTÁS EN sólo no es aconsejable, sino que puede OTRO MUNDO. ser hasta contraproducente y da muy mala imagen de nuestra marca. Por Por último destacar uno de los concepcontra, una buena estrategia, basada tos más sencillos de llevar a cabo, pero en un SMP y una buena gestión de las quizás más difíciles de explicar. Las reredes sociales, pueden hacer de estos des sociales no son necesariamente (de canales unos grandes aliados para el hecho casi nunca) como la vida “real”. desarrollo de nuestro negocio. Y sin La manera de hablar, de comportarse y duda, cada vez más. L E T R A S

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COR P O R ATIV O

¿Qué ha pasado por aquí? (breves)

por Daniel Durán

ASPECTOS MÉDICOS-PRÁCTICOS EN LA VALORACIÓN DEL DAÑO CORPORAL La fundación Mapfre ha organizado, en su sede de Palma de Mallorca, unas jornadas con dos mesas redondas sobre la valoración del daño corporal. En ellas participaron el Dr. Pere Sunyer, médico especialista en Valoración del daño Corporal de Mutua Balear, que abordó el tema de valoración de las secuelas del hombro, y la Dra. Carina Leiva, también médico especialista en Valoración del daño Corporal de Mutua Balear, que en la segunda sesión destinada a las patologías de rodilla presentó un Estudio de la marcha humana con sistemas NedAHM/IBV como instrumento para valoraciones en este tipo de patologías.

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IMPORTANTES NOVEDADES EN LEGISLACIÓN A finales de año se han publicado en el BOE diferentes novedades legislativas de especial interés, en concreto tres: Ley 34/2014 sobre medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social. Ley 35/2014 por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Presupuestos Generales del Estado para el 2015. Dada la importancia de estas normas, Mutua Balear ha elaborado y publicado en su web diferentes resúmenes con los aspectos más relevantes de las diversas disposiciones. Se pueden consultar en mutuabalear.es ACTUALIZADO EL SIMULADOR DE COTIZACIONES Y PRESTACIONES PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS La página web exclusiva para trabajadores autónomos, elautonomo.es, ha actualizado su simulador de cotizaciones y prestaciones conforme a la nueva legislación. Los cambios corresponden principalmente a la posibilidad de poder contratar las coberturas de accidente de trabajo y cese de actividad de manera independiente (anteriormente estas coberturas estaban unidas obligatoriamente). Además, se han actualizado índices y bases de cotización conforme a lo establecido en 2015. L E T R A S

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CHARLAS LEY DE MUTUAS Durante los meses de enero y febrero de 2015, Wàlfrid Ivern, Director Gerente de Mutua Balear, ha llevado a cabo diversas charlas sobre la “Ley de Mutuas” dónde, entre otros aspectos ha explicado el “por qué de una Ley de Mutuas”, el “Formato y contenido de la norma” y ha analizado los aspectos más destacados. Dichas charlar tuvieron lugar en Mallorca (con cobertura mediante videoconferencia en Menorca e Ibiza) y en Gran Canaria, en Tenerife y en Lanzarote.

SALAS DE RAYOS X Y HOSPITALIZACIÓN Las salas de rayos X de la Clínica de Mutua Balear y de Manacor y la sala de hospitalización de la Clínica han sido remodeladas y decoradas con diversos murales que otrogan un aspecto más relajante y acogedor a los pacientes. En el futuro, se irán remodelando así mismo el resto de delegaciones e instalaciones de Mutua Balear.

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REDES SOCIALES DE MUTUA BALEAR Las redes sociales de Mutua Balear siguen creciendo día a día. Actualmente, contamos con más de 800 seguidores en Twitter, 350 en Facebook y 50 en Instagram. Seguiremos informando y respondiendo en Redes Sociales. ¡Os esperamos!

CAMBIO DE DOMICILIO DE LA DELEGACIÓN DE MADRID Al inicio de año, la delegación de Mutua Balear de Madrid cambió de domicilio a:

Calle Alcalà, 79 28009 Madrid El teléfono 917 599 521 y el fax 913 000 748 no han sufrido cambio alguno con el traslado. Esta nueva delegación es más moderna, más centrica, más amplia y con un inmejorable acceso a través de la parada de Metro del “Retiro” y múltiples líneas de autobús. Con la apertura de esta nueva sede, cierra sus puertas la anterior dirección de la calle Asura. L E T R A S

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NOT A S

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con t en id os

adi ci onal es

Páginas 6 a 9: Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración http://www.boe.es/boe/dias/2014/07/21/pdfs/BOEA-2014-7684.pdf Páginas 6 a 9: Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal. http://www.boe.es/boe/dias/1997/04/24/pdfs/A13132-13135. pdf Página 9: Real Decreto 1430/2009, de 11 de septiembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, en relación con la prestación de incapacidad temporal. http://www.boe.es/boe/dias/2009/09/29/pdfs/BOEA-2009-15442.pdf Páginas 10 a 14, 15: Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-2109 Página 11: Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. http://www.boe.es/boe/dias/2012/03/10/pdfs/BOEA-2012-3394.pdf Página 13: Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. h ttp s://ww w.bo e .e s /diario _ b o e / t x t .p h p ? id =B O E A-2014-10517 Página 14: Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo. http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-13249 Páginas 16 o 17, 18 a 23, 52 y 53,: Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-13568

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Páginas 18 a 23: Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. http://www.boe.es/boe/dias/2010/08/06/pdfs/BOEA-2010-12616.pdf Páginas 18 a 23: Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-17173 Páginas 24 y 25: IBV. Instituto de Biomecánica de Valencia http://www.ibv.org/ Página 33: Guía Delta http://www.mutuabalear.es/comuns/pagines/pdf/delta/guia_ delta_noviembre2014.pdf Página 34: Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) nº 608/2004 de la Comisión. http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2011-82311 Página 41: Somos EFR. Toda la información. http://www.mutuabalear.es/pagina.asp?pagina=438 Página 50 Y 51: cuidamostusalud.org, el portal sanitario de Mutua Balear http://www.cuidamostusalud.org/ Página 52 y 53: ORDEN TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. http://www.boe.es/boe/dias/2006/11/29/pdfs/A41810-41813. pdf Páginas 54 a 55: Acto institucional de entrega de incentivos http://www.mutuabalear.es/pagina.asp?pagina=494


Página 57: Campaña BONUS 2015 http://www.mutuabalear.es/paginams.asp?pagina=443 Páginas 61 a 67: Redes Sociales de Mutua Balear Facebook: https://es-la.facebook.com/mutuabalear Twitter: https://twitter.com/mutuabalear Instagram: https://instagram.com/mutuabalear/ Páginas 68: Aspectos médicos-prácticos en valoración del dño corporal http://www.mutuabalear.es/pagina.asp?pagina=460 Páginas 69: Especial novedades en legislación http://www.mutuabalear.es/pagina.asp?pagina=491 Páginas 69: Cáculo de cuota autónomos http://www.elautonomo.es/muestrapagina.asp?id=4 Páginas 70: Charlas Ley de Mutuas http://www.mutuabalear.es/pagina.asp?pagina=493 Páginas 71: Nuevo domicilio delegación de Madrid http://www.mutuabalear.es/pagina.asp?pagina=490

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