EDUCACIÓN BASE DEL ESTADO NACIONAL SINDICALISTA
Movimiento Revolucionario Nacional Sindicalista de Chile 2007
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA
ÍNDICE PRESENTACIÓN.................................................................................. 4 CAPÍTULO I La Construcción de un Modelo Educativo Hacia un Nuevo Modelo.......................................................................... 5 Principios de un Modelo Educativo............................................................ 6 CAPÍTULO II El Proceso Educativo El Sistema en Acción.............................................................................. 7 Participantes del Proceso Educativo.......................................................... 8 El Estudiante.................................................................................... 8 La Familia........................................................................................ 9 Profesores....................................................................................... 10 Personal Administrativo y de Servicios................................................. 10 Comunidad Nacional y el Estado......................................................... 10 La Docencia.......................................................................................... 10 La Mediación Escolar.............................................................................. 12 CAPÍTULO III La Administración y Financiamiento de los Centros Educativos Administración...................................................................................... 13 Oficina Municipal de Educación................................................................ 15 A nivel regional y Nacional...................................................................... 17 Ministerio de Educación.......................................................................... 17 Financiamiento...................................................................................... 18 Características del Sistema de Financiamiento........................................... 18 Tipos de Financiamiento......................................................................... 19 Cómo se financia la educación................................................................. 20 CAPÍTULO IV La Gestión y Funcionamiento en los Centros Educativos La Gestión y sus Principios...................................................................... 20 Consejo Escolar..................................................................................... 21 Funcionamiento del Consejo Escolar......................................................... 22 Análisis al Decreto 24 / 2005................................................................... 23 Consejo Municipal de Educación............................................................... 27 Funcionamiento..................................................................................... 29 Actividades y Formación Adicional....................................................... 29 Cantidad de Alumnos y Carga Horaria Docente..................................... 30 Selección de Alumnos........................................................................ 30 Reglamentos Internos....................................................................... 30 Directores y Líderes de Gestión.......................................................... 31 Jornada Escolar Completa....................................................................... 31 CAPÍTULO V Organizaciones Relacionadas Sindicato de Estudiantes......................................................................... 32 El Estatuto del Estudiante....................................................................... 33 Organizaciones Menores......................................................................... 33 Centros de Padres y Apoderados.............................................................. 34 Sindicatos Profesionales......................................................................... 34 CAPÍTULO VI Los Subsistemas de Educación, sus Niveles y Contenidos Los Subsistemas de Nuestro Modelo Educativo...........................................35 La Educación Formal.............................................................................. 36 Documento descargado desde www.mrns.cl 2
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA La Educación Especial............................................................................. 39 La Educación Diferenciada...................................................................... 40 Contenidos y Líneas Educativas............................................................... 40 CAPÍTULO VII Esquema de Sistema Nacional Sindicalista de Educación Centros Educativos................................................................................ 42 Esquema – Secuencia.............................................................................42 CAPÍTULO FINAL Conclusión General: Una Transición Posible............................................................................ 43 ANEXO Colegios Particulares.............................................................................. 44 Legislación de Educación y Sanciones....................................................... 44 El Estatuto del Delegado......................................................................... 45 Puntos Básicos de la Reforma Nacionalsindicalista del Estado....................... 46 Información de Documento..................................................................... 47
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PRESENTACION Los jóvenes secundarios han dado un ejemplo de organización, autonomía y convocatoria en sus manifestaciones, demostrando un potencial de liderazgo que puede ser determinante en el futuro nacional, pero que aparece de alguna forma limitado por peticiones específicas, que para algunos son difícilmente practicables a corto plazo. Los estudiantes deben comprender -todo indica que así lo están haciendo- que el problema educacional en Chile no puede solucionarse con acciones puntuales, sino que debe procederse a una reforma total del sistema educativo, pasar de la protesta a la propuesta. Conscientes del problema de la educación en nuestro país, de la falta de respuestas del gobierno central y la carencia de un liderazgo firme y consecuente en los estudiantes, hemos elaborado este documento para contribuir con el movimiento estudiantil y dotarlo de una importante herramienta al momento de enfrentar al Cuerpo Político. Para su confección hemos recopilado documentos como el Informe Final del Consejo Asesor Presidencial de Educación, la evaluación a la Jornada Escolar Completa realizada por la Pontificia Universidad Católica de Chile, los sistemas educativos de Finlandia y Alemania, los apuntes propositivos del Nacional Sindicalismo Español, artículos y breves documentos de José Joaquín Brunner y otros académicos nacionales más los artículos e ideas desarrolladas en los sitios www.aspas.cl y www.guaren.cl. Hay que remarcar que el contenido de este documento es de carácter propositivo y no definitivo, para así generar discusión respecto a algunos temas tratados y así perfeccionar el sistema educativo que proponemos.
Santiago, Enero de 2007
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CAPITULO I LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO EDUCATIVO. § Hacia un Nuevo Modelo En Chile existe un “$istema educativo” amorfo en el que conviven distintas formas de enseñar, de financiar e incluso de observar la educación y su importancia para la sociedad. No existe una política de Estado -de ESTADO, no sólo y exclusivamente de gobierno- sobre un tema tan relevante como lo es la educación. El problema es aún más grave ya que el sistema educativo es solo una parte del mecanismo social y económico de la Nación en su conjunto, del sistema de poder político y económico que nos rige, o sea, es un problema de Estado. Chile es regido por un Estado Liberal que se dice democrático pero que en realidad sólo es un sistema de gestión de los intereses de los señores del dinero, aquellos que manejan la mayor parte de los recursos económicos y se apropian del trabajo de obreros, profesionales y pequeños y medianos empresarios; casta de oligarcas a la cual sirve fielmente toda la clase política, sea de gobierno u oposición. El sistema económico determina el sistema educativo, al quedar su financiamiento cada vez más en las manos de la banca parasitaria y explotadora, la cual busca educar mal para obtener mano de obra barata que perpetúe la desigualdad y la ignorancia, llenando las mentes de las nuevas generaciones con farándula y frivolidad. Por otro lado, están los capitalistas de Estado, que creen que la solución al problema educativo y a otros problemas es quitarle recursos a los capitalistas privados para convertir al Estado burocrático en el mayor capitalista del país. Eso no es una solución, ES UNA ESTAFA, porque los mismos problemas que se producen bajo el capitalismo liberal se agravan en el capitalismo de Estado. Privatizadores y estatistas son parte del mismo juego sucio del $istema, de ese juego que trafica con los problemas de las personas pero que nunca los soluciona. ¿Existe una solución verdadera a la problemática de la Nación Chilena? ¿Tienen los jóvenes chilenos una verdadera posibilidad de crear una Educación y una Nación justas? La solución a esto es el establecimiento de un modelo educativo basado en pautas generales, pero con autonomía para el desarrollo de programas adecuados a la realidad local de cada región o comuna y NO a una abstracción del gobierno central. Cuando hablamos de modelo nos referimos a un esquema sobre el cual se trabaja; es dar un marco general que sea sólido pero no “estático”, que permita la adaptabilidad a los cambios científicos, económicos, sociales y tecnológicos. Entonces, ¿cuál es el concepto de educación que utilizaremos? Afirmamos que la educación es el elemento de incorporación de las nuevas generaciones a la Comunidad Nacional: herramienta para su desarrollo social y Documento descargado desde www.mrns.cl 5
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA personal y preparación íntegra del ser humano para servirse de los medios que permiten su crecimiento. Su objetivo es, por consiguiente, entregar conocimientos, desarrollar habilidades y aptitudes, descubrir vocaciones y talentos que posibiliten la integración al mundo cultural y productivo para la realización plena de la persona. Un modelo así entendido supera las limitaciones y falencias del $istema liberal / socialista que se impone y, a la vez, plantea la compleja misión de elaborar una alternativa concreta y práctica al ya existente. Para tales efectos, es necesario definir los:
§ Principios de un Modelo Educativo Son principios que orientan el modelo educativo nacionalsindicalista: La base primerísima del Estado Nacionalsindicalista es la persona real y concreta, al contrario de los seres abstractos y utópicos concebidos por el liberalismo y el marxismo. · TRASCENDENTE
SER
· INCOMPLETO · UNIDAD CREATIVA · SOCIAL
EL SER HUMANO, SER TRASCENDENTE. Hoy es difícil para algunos entender la trascendencia: ¿qué sentido tiene nacer-crecer-reproducirse y morir?; una persona así entendida no es más que un animal diferente de los otros sólo por la conciencia de su propio egoísmo y el poder intelectual que le permite imponer su capricho. Así, el ser humano es simple mercancía, la familia una amarra y la patria una ficción. Nos oponemos a estas consideraciones: El ser humano posee destino, el que forja con sus propias manos siendo y haciendo. La idea de destino da sentido a su vida. A muchos chilenos hoy les hace falta un sentido a su vida porque el $istema los esclaviza. La educación debe contribuir -como derecho reconocido por el Estado Nacionalsindicalista- a la realización personal. LA PERSONA, SER INCOMPLETA. La existencia de la educación se fundamenta en la imperfección del ser humano, de su realidad de criatura incompleta pero, a la vez, educable, susceptible de cambio o modificación para su crecimiento. La educación materializa la posibilidad de desarrollo de la persona y es deber de esta dar las herramientas para la plenitud de la persona. EL SER, UNIDAD CREATIVA. Saber, sentir, querer y hacer son capacidades físicas y espirituales que posee la persona. Todas estas capacidades confluyen para crear. Crear es hacer y ese hacer implica ser. El ser humano crea en lo material e intelectual porque es una necesidad de su ser. La educación debe permitir, facilitar e incentivar la creación.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA EL HUMANO, SER SOCIAL. El ser está inserto desde su nacimiento en una comunidad. Primero es la familia, luego lo son los vecinos, el colegio, y así progresivamente. El Estado Nacionalsindicalista reconoce esta condición de la persona y es misión de la educación desarrollar las habilidades sociales de la persona y colaborar en su proceso de desarrollo social.
CAPITULO II EL PROCESO EDUCATIVO § El Sistema en Acción El proceso educativo es la parte práctica de la educación: Es el sistema en acción. Una forma común de ver el proceso educativo es la sala de clases con un profesor “entregando conocimientos” y un grupo de alumnos prestando atención. Esa clásica visión forma ya parte del pasado. La educación del siglo XXI -en base a los propuesto por la UNESCO- pretende la formación de “buenas personas”, es decir, personas capaces de valorar la equidad y la igualdad social, la participación, la eficacia y efectividad en el desempeño personal, grupal y comunitario; respetuosas de sí mismas y de los demás; cuidadosas del medio ambiente, solidarias y en cuya forma de ser lo verdadero y lo bueno sean elementos fundamentales. Para esta importante misión -que es la formación de una persona íntegra y plena- el proceso educativo tiene los siguientes objetivos: 1. Dar al alumno, además de los conocimientos programados, un método de trabajo personal en base a sus aptitudes como individuo que le permita utilizar los conocimientos adquiridos y lograr nuevos a través de una formación permanente. 2. Enseñar a ser, a desarrollar en sí, además de las facultades intelectuales, las propias del espíritu: Valores como la curiosidad, la prudencia, la fortaleza y la comprensión. La autoestima, la autonomía personal, la autorrealización y el desarrollo de un espíritu reflexivo. 3. Guiar al estudiante hacia una libertad y madurez reales que lo hagan progresivamente responsable y adulto en su vida personal y social. 4. Lograr que el alumno sea capaz de escoger su vocación personal y comprometerse con ella, tanto en el plano social como en el intelectual. Para la obtención de estos objetivos el proceso educativo requiere de una línea educativa sólida, basada en una formación integral y un compromiso ínter educativo. Además, se hace necesario cambiar las “formas de educar”; La forma hace referencia a lo mencionado en el inicio de esta parte: el profesor y los alumnos en el aula de clases. En el campo pedagógico existen distintas técnicas para un aprendizaje efectivo; al respecto el Sistema Nacional Sindicalista otorga libertad a los centros educativos para escoger el adecuado a la realidad de sus miembros. Pero una cosa es clara: se reducirá el número de niños y jóvenes por sala de clases y es tema que trataremos más adelante. Documento descargado desde www.mrns.cl 7
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§ Participantes del Proceso Educativo Intervienen en el proceso educativo de forma directa y, por ende, como comunidad educativa: EL ESTUDIANTE Entendido como un ser trascendente, incompleto, creativo y social, el estudiante -alumno o educando- es el centro de la comunidad educativa. El centro educativo, como ámbito formal y sistemático de educación, tiene un objetivo claro y preciso: ayudar y apoyar al estudiante en su proceso formativo, remarcando que él es protagonista de su propio crecimiento. Debe para esto participar activamente expresando sus intereses e inquietudes, intercambiando puntos de vista con los educadores de forma libre y responsable, adquiriendo responsabilidades relacionadas con la dinámica de las clases y del centro educativo, organizar grupos como academias, talleres, etc. Y participando directamente en las diversas organizaciones estudiantiles. LA FAMILIA Núcleo de la sociedad la familia es la comunidad educativa primaria. En ella reciben las personas las primeras nociones de los valores esenciales, de la realidad y los elementos que influirán en su carácter a futuro. La familia es el fundamento de la comunidad nacional y es en ella donde se prepara el porvenir de las naciones: La sociedad será según sean las familias y personas que la componen. La familia tiene el derecho y deber de educar a los hijos. Para esta misión el Estado dispone de recursos (infraestructura, docentes) para las familias organizadas en el municipio. El municipio es la base del Estado y dotado con las herramientas necesarias contribuye de la mejor forma a la educación. La familia no es “alejada”, al contrario: forma parte del proceso porque su participación es necesaria y requerida. La familia participa en el Centro de Padres, en los Consejos Escolares y en las asambleas del Consejo Municipal de Educación. En estas instancias la familia interviene, teniendo facultades fiscalizadoras y resolutivas como todos los miembros del Consejo Escolar . De esta forma la familia participa directamente y no es relegada a un segundo plano como lo es en la práctica actualmente. Cabe entonces hacer mención a “la libertad de enseñanza”, un concepto muy utilizado en el último tiempo pero que generalmente se desvirtúa y ensucia como un concepto económico. La libertad de enseñanza es el derecho y el deber de los padres de educar a sus hijos frente a un estado que monopolice o uniforme la educación dejando a los padres en otro plano o sin derecho a participar de este proceso. En ese sentido, no hay mejor expresión de la libertad de enseñanza que participar en la gestión del centro educativo a nivel municipal a través de las instancias adecuadas (Consejo Escolar, Consejo Municipal de Educación) decidiendo la mejor forma de educar o los contenidos a enseñar por dar un ejemplo.
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Estas facultades son propias del Consejo según sea el caso y las analizaremos en detalle cuando tratemos los Consejos Escolares.
Además, el Estado debe garantizar una buena educación a aquellos niños y jóvenes que por diversos motivos carezcan de un vínculo familiar o que se encuentren en una situación de riesgo o vulnerabilidad. Para lo cual proponemos una reforma al sistema de asistencia actual -el SENAME- que en la actualidad en vez de ayudar sólo empeora la situación del niño o joven. PROFESORES El trabajo de los profesores tiene un lugar importantísimo en el marco de la comunidad educativa y ellos constituyen un estamento fundamental de esta comunidad. Sobre los profesores nos referiremos en el próximo tema (La Docencia). PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS La estructura y el funcionamiento de los colegios incluyen aspectos que hacen posible y favorecen el desarrollo y la eficacia de la labor educativa. Este estamento está formado por personas que, dependiendo de la misión que se les ha confiado, colaboran de manera solidaria en la marcha del Centro Educativo y se comprometen en la acción educativa que en él se realiza. LA COMUNIDAD NACIONAL Y EL ESTADO Nadie puede negar que, si bien no en forma directa, la comunidad influye en nuestra forma de ser y hacer ejemplo” que ésta nos da. De igual manera, son los como representantes del Estado- quienes transmiten actitud para con la comunidad.
“imagen” que nos da la principalmente por “el funcionarios públicos en el diario hacer una
La educación es un derecho-deber de todas las personas y a la sociedad y el Estado les corresponde el deber de contribuir a su desarrollo y perfeccionamiento. La Comunidad Nacional y el Estado deben contribuir, no entorpecer el trabajo de la educación.
§ La Docencia El centro educativo pone a los profesores en contacto con un número amplio y rico de personas: alumnos, compañeros de trabajo, padres y personal auxiliar. Esta realidad les hace asumir una especial responsabilidad en la construcción y consolidación de la comunidad educativa. Para el Nacionalsindicalismo los profesores juegan un papel decisivo en la vida de cada centro, pues están implicados y colaboran activamente en la preparación, realización y evaluación del proyecto educativo. Son educadores: Su labor va más allá de la transmisión sistemática de una serie de conocimientos. Se corresponsabilizan de la acción educativa y participan activamente en sindicatos, gremios y otros órganos que se definan en el modelo de gestión.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA La labor docente no puede ser descuidada por el Estado y la Comunidad Nacional, su importancia es tal que proponemos importantes cambios al respecto. Será derecho y deber del docente transmitir los conocimientos a los alumnos promoviendo el correcto desarrollo de éstos en todas sus áreas, de acuerdo a los planes y programas docentes establecidos por los órganos oportunos. Los docentes serán formados en centros especializados. Estos centros serán los Institutos Pedagógicos, como facultad o escuela de la Universidad dependerán de ésta y de los programas que a nivel nacional se establezcan. Los Institutos Pedagógicos serán los únicos que podrán impartir las siguientes carreras (a modo de ejemplo): TÉCNICO EN EDUCACIÓN INFANTIL Comprende las etapas del ciclo inicial -hasta los 6 años-, siendo un profesional apto para el desarrollo de las habilidades psicomotrices de los niños. TÉCNICO EN EDUCACIÓN DIFERENCIADA Profesional orientado a la formación de personas con algún grado de discapacidad, impedidas de ser parte del sistema formal de educación. El T. en Educación Diferenciada tendrá por deber desarrollar el potencial de la persona para dotarla de las herramientas necesarias para su desarrollo. La carrera contará con menciones o especialidades que dependerán del tipo de discapacidad, siendo requisito para el educar poseer estas especializaciones. HABILITADOS EN DOCENCIA Es la condición que reciben los profesionales de otras áreas y que han sido capacitados para educar en los ciclos de educación secundaria (general y específica) y formación profesional. La característica de este curso habilitante es que entrega al profesional las estrategias y técnicas para enfrentar de mejor forma el proceso educativo. CODOCENTES / EDUCADORES SOCIALES El proceso educativo no sólo se desarrolla entre el estudiante y los profesores o maestros sino que incluye a otros agentes que, activamente, contribuyen a dicho proceso. Hoy se les conoce como “codocentes” o, comúnmente, como los “inspectores”. En el modelo que proponemos el proceso educativo no sólo se desarrolla en la sala de clases sino que en todo el centro, sea en talleres, actividades extra programáticas o en la vida cotidiana del mismo. Ocurre entonces que es necesario que estos agentes estén capacitados para hacer frente de la mejor forma al proceso. Los educadores sociales tiene por función desarrollar estrategias para la mejor convivencia de los estudiantes, hacer frente a los problemas suscitados entre ellos mismos o con los profesores y emplear técnicas de mediación para una resolución madura de los conflictos. DOCENTES La carrera de “profesor” con una duración variable según el ciclo que el docente elija, además de que la carrera ofrecerá optativas a nivel nacional adecuadas a la didáctica correspondiente. Se exigirá para cada nivel títulos de especialización docente.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA Para ser profesor el interesado deberá postular al Instituto Pedagógico en el cual se le practicarán los exámenes que el Consejo Nacional a propuesta del gremio profesional determinen como preponderantes. Se evaluará su trayectoria en el sistema formal y si es apto psicológicamente. La formación de los docentes tendrá dos etapas: La formación de especialidad, sobre la rama o asignatura correspondiente, y la formación docente propiamente tal. Durante su duración, el estudiante tendrá cursos y seminarios sobre la carrera en el que se tratarán temas administrativos, legales y didácticos propios de la docencia, así como las técnicas para un efectivo proceso educativo. Sobre la evaluación, los aspectos y la forma con que se debe evaluar deberán ser definidos por el gremio profesional -de los docentes, claro- y un órgano externo, distinto del Estado, que realice los estudios correspondientes.
§ La Mediación Escolar Una forma común de resolver los problemas son las “formas no negociadas” o impuestas. En estos casos la decisión o solución del conflicto se basa en la ley o en algún precedente normativo (reglamentos, estatutos), las partes están enfrentadas y son contendientes y normalmente éstas perciben que si una gana la otra pierde. En cambio las “formas negociadas”, como la mediación, las partes NO arriesgan una solución que les pueda ser desfavorables, hay una mayor satisfacción de ambas partes en el cumplimiento de los compromisos implicados en la solución alcanzada, favorecen la preservación de las relaciones, una mayor rapidez en la solución del conflicto y menores costos a largo plazo. La mediación es un proceso en el que dos o más personas en conflicto deciden voluntariamente ser orientadas por un tercero imparcial, para que en forma confidencial las ayude a lograr una solución satisfactoria para ambas. El objetivo es constituir una instancia de aprendizaje que trae consigo beneficios como mejorar y evitar el quebrantamiento definitivo de las relaciones. Las partes (que pueden ser alumnos, profesores, apoderados, etc.) participan en la solución de su propio conflicto, que no impuesto por un tercero, discutiendo y analizando el problema. El proceso de mediación en un centro educativo sería el siguiente:
CONFLICTO El conflicto se puede dar entre alumnos, E cprofesores, apoderados o funcionarios del centro. PREMEDIACIÓN Se identifica el problema, se recopila antecedentes y se explica a las partes en qué consiste la mediación y si aceptan participar.
MEDIACIÓN
El proceso mismo, que es un procedimiento informal, flexible, participativo, colaborativo y con acento en el futuro. Lo orienta o conduce alguien capacitado en mediación.
SOLUCIÓN Término del proceso de mediación. Ambas partes son las que CONFLICTO resuelven la controversia luego de haberse expresado libremente y de adquirir compromisos sobre el futuro. (No volver a hacerlo, manifestar cuando no se esté de acuerdo pero contribuir en la solución, etc.)
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CAPITULO III LA ADMINISTRACIÓN Y FINANCIAMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS § Administración La administración es lo que comúnmente conocemos como “burocracia”; hacemos la distinción entre “administración” y “gestión” -como ámbito de toma de decisiones- porque damos énfasis a la participación de la ciudadanía y de los estamentos y organizaciones que intervienen en la educación. EN EL SISTEMA ACTUAL ES INCOMPATIBLE NUESTRO MODELO porque los espacios para participar o no existen o son muy limitados. Hecha esta aclaración, cabe preguntarse entonces ¿a quién corresponde la administración de los centros educativos? Nuestra afirmación es categórica: El Municipio. Hay quienes se niegan “a la municipalización” por “ser la principal causa de la mala educación en Chile”. Esta es una afirmación falaz, por incompleta y tuerta. Son varios los elementos que explican las falencias del sistema municipal: Financiamiento deficiente, la escasa autonomía de las escuelas, la disolución y confusión de responsabilidades y competencias entre el Ministerio de Educación y los municipios, la desigual relación entre el sector municipal y el particular subvencionado, y el tamaño de los municipios que influye en su capacidad de gestión . PERO, ninguno de estos problemas son consecuencia de la educación en manos de los municipios, sino resultados de un mal diseño por parte del gobierno central y la supremacía del interés del dinero por sobre el bienestar nacional. Ahora bien. Ocurre que el municipio hoy no posee las herramientas suficientes y necesarias para la administración. Requiere entonces de drásticos cambios y no sólo a nivel educacional, sino GLOBAL. En lo que a nosotros respecta, proponemos (dando un vistazo general): 1. Reorganización territorial del Estado 2. La creación de una Oficina Municipal de Educación. 3. La conformación de un Consejo Municipal de Educación. Veamos, ¿por qué el municipio y no el Estado?
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA MUNICIPIO El municipio es la entidad más cercana a la comunidad, permitiendo una descentralización con fuerte presencia de los ciudadanos que lo conforman. La elección democrática de las autoridades (alcalde, concejales) permite un control efectivo por parte de la comunidad. La organización municipal, como ente descentralizado, permite enfrentar de mejor forma las particularidades que existen a lo largo de nuestro país.
ESTADO El Estado siempre se encontrará “lejos” de la comunidad e intentará acercarse a través de ramificaciones que sólo obstaculizan la labor de los Cuerpos Sociales. Las autoridades y funcionarios son desconocidos; no hay control más que el “buzón de reclamos” -si es que existe-. Los criterios para el Estado son uniformes, con escasa posibilidad de adaptabilidad o flexibilidad para los planes y programas de educación.
Según cifras, el 80% de las comunas tiene menos de 50.000 habitantes .
Son organismos administrativos:
§ Oficina Municipal de Educación Definición: Organismo de carácter técnico-administrativo de apoyo a la labor de los centros educativos, del Consejo Municipal de Educación y del municipio en general. Conformación: Está integrado por funcionarios públicos permanentes, profesiones del área de la educación o relacionada con ésta, asalariados y seleccionados por el Consejo Municipal de Educación. Funciones: Son funciones de la Oficina, que coordina y ejecuta a través de sus unidades: (*Estas funciones no tiene carácter definitivo, sólo propositivo, pudiendo modificarse incorporando nuevas o no, según sea el caso.) 1. Elaborar semestralmente los informes respecto a la necesidad, renovación o mantención de recursos de infraestructura, material didáctico y funcionarios (docentes, co-docentes, administrativos) o cualquier otro requerimiento de similares condiciones. 2. Presentar los informes de fiscalización que realice la Oficina o el Ministerio de Educación, con sus conclusiones, observaciones y sanciones o estímulos propuestos. Además de los análisis de la aplicación de normativas de educación elaboradas por el Consejo (Municipal o Regional) o de los organismos competentes de carácter central, con su efectividad, complicaciones de ejecución o vacíos legales. 3. Confeccionar análisis y estudios en general sobre los programas y evaluaciones que se apliquen en los centros educativos de la comuna. 4. Llevar los registros y archivos que el Consejo encargue o el Ministerio de Educación recomiende / exija.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA 5. Asesorar en materia pedagógica a los miembros del Consejo cuando se traten materias que sobrepasen sus conocimientos, por ser estos específicos y propios de agentes que participan de forma directa en el proceso educativo. 6. Recopilar la información de las evaluaciones de docentes y funcionarios de los centros educativos para remitirlas al Consejo y coordinar con los organismos respectivos la capacitación o refuerzo académico necesario. 7. Seleccionar y proponer al Consejo los Subdirectores Administrativos que colaborarán en el trabajo del director del centro educativo. Atribuciones y Obligaciones: La Oficina tiene atribuciones y obligaciones informativas, propositivas, en algunos casos resolutivas como lo es la determinación de sanciones y/o estímulos, aunque éstas deberán ser confirmadas por el Consejo, y fiscalizadoras. Un esquema de su accionar sería el siguiente:
MUNICIPIO
CONSEJO MUNICIPAL DE EDUCACIÓN
OFICINA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN U N I D A D E S
• • • • • • •
INFRAESTRUCTURA Y RECURSOS NORMATIVA Y FISCALIZACIÓN ASUNTOS ESTUDIANTILES Y BIENESTAR REGISTROS, ARCHIVOS E INFORMÁTICA TÉCNICO PEDAGÓGICA MEDIACIÓN ESCOLAR PLANIFICACIÓN Y FORMACIÓN DOCENTE
Desglose de cada unidad. (Si bien parecen funciones globales del municipio, las hemos colocado por estar conformadas por funcionarios especializados). 1.- Infraestructura y Recursos: Presupuestos, mantención centros, etc. 2.- Normativa y Fiscalización: Apoyo en materia legal relativa a legislación de educación o normas de aplicación general; confección de normativas de aplicación local, etc. Y fiscalización, tanto administrativa como pedagógica colabora en la función del MINEDUC. 3.- Asuntos Estudiantiles y Bienestar: Información, apoyo multidisciplinario en el desarrollo de los alumnos, sindicato de estudiantes y organizaciones menores de afinidad o culturales-intelectuales. Además de deportes, tiempo libre y actividades que involucren al centro educativo.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA 4.- Registros, Archivos e Informática: Respaldo de las redes informáticas de los centros educativos, soporte de la base de datos de alumnos. 5.- Técnico Pedagógico: Evaluaciones, exámenes y programas (Explicación, por ejemplo, al Consejo Municipal de Educación, en qué consiste cada programa de aplicación general y qué cosas se pueden enseñar como programas de aplicación regional/comunal). 6.- Mediación Escolar: Tema ya tratado en el capítulo sobre el proceso educativo. 7.- Planificación y Formación Docente: Quiénes van a formación de refuerzo, capacitación de docentes, coordinación de actividades de extensión en alianzas con la Universidad o con los gremios y sindicatos locales o de nivel regional. Planificación en base a los informes administrativos y de gestión de cada centro educativo y/o los otorgados por los respectivos estamentos relacionados con educación.
§ A nivel regional y nacional El modelo de administración es el mismo que el municipal pero esta vez a una escala mayor. A nivel regional existiría la Secretaría Regional de Educación con funciones relacionadas con el Gobierno Regional, con acento en el uso e implementación de recursos (su misión es importante porque es el contacto directo entre el gobierno central y los municipios), y en la supervisión del funcionamiento del sistema. A nivel nacional nos encontramos con el Ministerio de Educación.
§ Ministerio de Educación El Ministerio de Educación es un organismo estatal cuya función principal es asesorar al Presidente de la República en materia educacional como política de Estado. En el Estado Nacionalsindicalista, el MINEDUC pierde su protagonismo pues la labor de gestión y administración es otorgada a las comunidades básicas y descentralizadas (familia, municipio y región). Al MINEDUC le corresponde: •
Financiar con recursos públicos la educación. La entrega de recursos debe ser de la forma menos burocrática, con énfasis en la autonomía y control regional más que en la dependencia y papeleo excesivo del gobierno central.
•
Apoyar al Consejo Nacional de Educación y a los legisladores correspondientes en la definición de los requisitos para la formación de centros educativos y, en general , sobre el marco legal de aplicación nacional.
•
Implementar políticas de apoyo a la gestión de los centros educativos, que incentiven la integración de la comunidad y fomenten la participación de todos los estamentos. Documento descargado desde www.mrns.cl 15
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Promover la investigación en el área educativa.
•
Fiscalizar y supervisar centros educativos, oficinas municipales y consejos en general, haciendo observaciones y proponiendo las correspondientes sanciones o estímulos al respectivo organismo facultado.
§ Financiamiento Visto el modelo de administración nos incumbe tratar el financiamiento del sistema educativo. Como el sistema se sustenta en el municipio, éste está encargado de canalizar los recursos que se invertirán en los centros educativos. En esta oportunidad trataremos el financiamiento de los niveles formal, especial y diferenciado de la educación, no así el nivel o educación superior que será tema a tratar en otro documento. Para el financiamiento distinguiremos entre establecimientos públicos y privados. (Calma, trataremos los colegios particulares en el Anexo de este documento)
§ Características del Sistema de Financiamiento 1. Que garantice a todos los niños y jóvenes una cantidad adecuada de recursos para una educación de calidad. 2. Que el monto del financiamiento se estime en costos reales de provisión y esté asociado al logro de metas de gestión. 3. Igualdad en el trato a sectores público y privado, es decir, sin “tratos especiales”. 4. Autonomía en el uso de recursos. 5. Financiamiento diferencial para niveles socioeconómicos de menores recursos. 6. Que la cantidad de recursos no dependa de la asistencia a clases de los alumnos. 7. Que al aplicar sanciones no se afecte el normal funcionamiento del centro educativo. 8. Aumento del monto de subvenciones en base a estudios de costo y definición por alumno. 9. Subvención por matricula -por alumno-, no por asistencia. 10.Subvención por mantenimiento que considere los costos reales de infraestructura y equipamiento.
§ Tipos de Financiamiento Aquí recopilamos los distintos análisis y propuestas que se han realizado en diversos estudios. Documento descargado desde www.mrns.cl 16
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA PERMANENTES: Aquellos aportes del Estado para dar sustento al funcionamiento normal de los centros educativos, sean estos públicos o privados. •
Aporte Fiscal Fijo (AFF) : Aporte que deberá cubrir el costo promedio de un establecimiento educacional según sea el tipo (ya los veremos más adelante) y los costos relativos a docentes, mantenimiento, gastos operacionales, recursos docentes, etc.
•
Aporte Fiscal Variable (AFV): Aporte que considere aspectos geográficos, de vulnerabilidad, ruralidad, atención a estudiantes con dificultad de aprendizaje, discapacidad, etc.
NO PERMANENTES: Aquellos aportes del Estado otorgados como estímulos para los centros educativos, sean estos públicos o privados. •
Aporte por Niño Logro (APL): Estímulo por logros académicos, deportivos y/o culturales. Este aporte no es sólo monetario sino equivalente en recursos como materiales, instrumentos, etc.
•
Aporte por Logros de Gestión (ALG): Estímulo por logros en la gestión de los centros educativos, es decir, un buen uso de recursos.
ESQUEMA DE FINANCIAMIENTO
AFF AFV APL ALG
* Si bien definidos a nivel nacional,
* Definidos a considera las características propias nivel nacional de cada región. y canalizados a través de la Secretaría * Otorgados por la SE.RE.ED. en base a Regional de la selección de los CO.MU.ED. Anuales, Educación. renovables si se mantiene o mejoran las condiciones, o interrumpibles si el CO.MU.ED así lo determina.
§ Cómo se financia la educación ¿Cómo logra el Nacionalsindicalismo el financiamiento del sistema educativo?. Proponemos que todas las empresas aporten determinada suma de sus utilidades a la inversión en educación, además de que el Estado también percibirá ingresos por la explotación de nuestras riquezas naturales, actualmente rapiñadas por las multinacionales y algunos chilenos sin conciencia. La Banca Nacional y Local financiará proyectos educativos y ayudará a quienes no puedan pagar, sin perjuicio que éstos deban devolver a la Comunidad la ayuda sea con dinero o con servicio. En el caso de la “educación primaria”, es decir, la anterior a la educación superior, no tendría un costo directo para la familia y, por ende, sería gratuita. El financiamiento compartido será eliminado progresivamente a medida de que el Estado vaya incrementado su aporte, primero en los sectores vulnerables quedando en los sectores que sean capaces de sustentar el financiamiento.
CAPITULO IV Documento descargado desde www.mrns.cl 17
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA LA GESTIÓN Y FUNCIONAMIENTO EN LOS CENTROS EDUCATIVOS § La Gestión y sus Principios La gestión corresponde básicamente a la dirección y toma de decisiones. Ya vimos que la administración coordina y ejecuta colaborando en la gestión. Los principios de gestión son aquellos con los que el director del centro educativo y cualquier otra persona que esté embestida de poder para tomar decisiones deben orientarse: AUTONOMÍA. Los centros educativos y los órganos de gestión fijan sus propios objetivos y adoptan las estructuras que estimen convenientes para el logro de sus fines. Sus competencias no pueden ser avasalladas por el Estado, sino que deben ser coordinadas al bien común, respetando la naturaleza propia de cada uno. JERARQUÍA. Aquí no actúa la masa, sino personas organizadas hacia fines concretos, donde se reparten las funciones de la forma más conveniente a sus fines y la naturaleza de cada actividad. POTESTAD AL INTERIOR. Los cuerpos sociales ejercen poder sobre sus miembros, sea de manera natural, como en la familia, o de forma libremente consentida. Los poderes de que gozan las corporaciones o el Estado no son más que una prolongación subsidiaria de los poderes naturales de la comunidad básica.
§ Consejo Escolar El estilo de gestión en el Sistema Nacional Sindicalista es -por excelencia- la participación. Aplicado este importante principio no hay instancia más adecuada y cercana a la población que el Consejo Escolar. Definición: El Consejo Escolar es una instancia de participación creada por la Ley 19.979, que hizo algunas modificaciones a la JEC (Jornada Escolar Completa), cuyo objetivo es reunir a los distintos actores que componen una comunidad educativa para contribuir con su colegio, informándose, participando y opinando sobre materias relevantes para los establecimientos. Conformación: El Consejo escolar es integrado por: • • • • •
El director del establecimiento, quien lo presidirá. Delegado del sindicato de funcionarios administrativos y de servicios. Delegado del sindicato de docentes y co-docentes Presidente del Centro de Padres y Apoderados, y el Presidente del Sindicato de Estudiantes.
A petición de cualquier miembro y con la respectiva aprobación del Consejo se puede incorporar a otros miembros. Funciones: Al consejo le corresponde: 1. Informar e informarse de todas las materias relacionadas con el centro educativo. 2. Resolver de los asuntos tratados en sus Atribuciones y Obligaciones.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA 3. Oficiar como árbitro en conflictos que se generen en los establecimientos y que por su connotación involucren a distintos estamentos. Atribuciones y Obligaciones: Son atribuciones del Consejo: Ser informado: • De los logros de aprendizaje de los alumnos. • De los informes de fiscalización que se realicen al Centro Educativo. • De los resultados de los concursos para docentes, profesionales de apoyo, administrativos y directivos. • Del presupuesto anual con todos los ingresos y gastos del establecimiento, pudiendo el Consejo hacer las observaciones y pedir las aclaraciones que estime necesarias. • Del informe de ingresos percibidos y de los gastos efectuados, elaborado cada cuatro meses debiendo especificar detalle de cuentas. Ser consultado y resolver: • Del proyecto educativo institucional. • Programación anual y actividades extracurriculares. • Las metas del centro educativo y los proyectos para mejorar el uso del presupuesto. • El informe de la gestión educativa del establecimiento para ser presentado a la comunidad educativa y al Consejo Municipal de Educación. • La elaboración y modificaciones de los reglamentos internos (de conducta, del consejo escolar, académico).
§ Funcionamiento del Consejo Escolar El Consejo deberá sesionar a lo menos cuatro veces en cada año, mediando entre cada una de estas sesiones no más de tres meses. El Consejo no podrá intervenir en funciones que sean de competencia de otros órganos del Centro Educativo. El Director está obligado a remitir a todos los miembros del Consejo los informes y antecedentes necesarios para el correcto conocimiento de las materias mencionadas anteriormente. El Consejo deberá quedar constituido y sesionar por primera vez antes del término del mes de Abril. La convocatoria deberá ser realizada por el Director del Centro Educativo. Una vez constituido el Consejo, el acta con sus integrantes, funciones específicas y periodicidad de sus sesiones, deberá ser entregada a la Oficina Municipal de Educación. Así como las actualizaciones de identificación de sus miembros, cuando se reemplace o incorpore a uno de ellos. La supervisión y fiscalización del funcionamiento del Consejo Escolar corresponde al Ministerio de Educación, del Consejo Municipal de Educación, de la Oficina Municipal de Educación Y DE LA PROPIA COMUNIDAD EDUCATIVA. Cabe destacar que se reconoce y ampara el recurso de “acción popular” ante la Oficina Municipal de Educación. Esto quiere decir que cualquier persona que sea testigo de una irregularidad, ésta tendrá el derecho y el deber de informarla para que el organismo respectivo tome las medidas del caso.
§ Análisis al Dto. 24 / 2005 Documento descargado desde www.mrns.cl 19
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA Esta iniciativa, que tiene más de un año de aplicación en nuestro país, ha tenido -al menos en el papel- una buena recepción. Pero su verdadera importancia no ha sido asumida por los estudiantes ni alguno de los actores de la educación, sino que se ha transformado en un “cacho” para aquellos que deben intervenir en este consejo. Veamos por qué ocurre esto, dándole un vistazo al Decreto Nº 24 del 11 de Marzo de 2005 elaborado por el Ministerio de Educación el cual nos da las bases del Consejo Escolar siguiendo las definiciones y conceptos establecidos en la Ley 19.979. En primer lugar el artículo 2º del Decreto nos dice que sólo en cada establecimiento educacional subvencionado deberá existir un Consejo Escolar. Lo que deja fuera a los colegios particulares de una buena herramienta para controlar la gestión del sostenedor de su colegio. Cómo será el error de esta medida que hasta el mismo Ministerio de Educación reconoce que “sería recomendable” que existiera en todos los colegios. No podemos estigmatizar a los estudiantes de un colegio particular por el sólo hecho de estudiar en un establecimiento “no estatal”. De hecho, si hubiese existido un Consejo Escolar que controlara la gestión del sostenedor no se habría provocado el escándalo de los “Colegios Britannia”. [Aquellos en el cual el sostenedor debía meses de sueldos, se había quedado con una gran parte de la subvención que recibía y ¡dejó a su abogado a cargo de los colegios!.] Una medida que el legislador debe tomar es modificar el artículo 2º del decreto (y además el 7º de la Ley 19.979) para establecer que EN TODO ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL DEL PAIS EXISTA UN CONSEJO ESCOLAR.
Tomado del documento “El Consejo Escolar”, elaborado el mes de Octubre del año 2006 por el Dpto. de Formación y Doctrina de la Guardia Revolucionaria Nacionalsindicalista de Chile.
En segundo lugar, nos encontramos en el mismo artículo 2º que el Consejo tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo, salvo que el sostenedor decida darle carácter resolutivo. Reconoce al Consejo sus características al ejercer, pero lo deja sin capacidad resolutiva pues tal carácter sólo puede ser decidido por el sostenedor del establecimiento. Es decir, ¿de qué nos sirve participar en el Consejo si ninguno de los acuerdos tomados tendrá carácter resolutivo?. Esta decisión no puede estar en manos de una sola persona y menos del sostenedor que tiene intereses de por medio. Si bien, como luego veremos, no preside el Consejo, tiene de antemano atribuciones principalmente económicas que le dan ventaja por sobre el resto de los miembros. El legislador debe modificar esto y establecer que LOS MIEMBROS DEL CONSEJO, EN LA PRIMERA SESIÓN DE CADA AÑO, ESTABLECERÁN SI EL CONSEJO TENDRÁ O NO EL CARÁCTER RESOLUTIVO.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA En tercer lugar, en su artículo 3º, el decreto nos indica quiénes integran el Consejo Escolar (director, sostenedor, docente, presidente del centro de padres y apoderados y el presidente del centro de alumnos) y, en su inciso segundo, establece que a petición de cualquier miembro o por iniciativa del Director -quien presidirá el Consejo- se decidirá si integrar o no a nuevos miembros a dicho órgano. Lo ideal sería que estuviera integrado por más representantes, pero sabido es que muchos intervinientes sólo traen consigo discusiones, a veces, innecesarias o alargan el proceso de información y discusión porque no falta el “no informado” o el “yo no estuve”. Es por eso que el decreto permite incorporar a nuevos miembros cuando el Consejo así lo apruebe. Todo lo anterior deberá estar previamente establecido en el estatuto que cada Consejo debe tener. En cuarto lugar, el artículo 4º establece: El Consejo será informado, a lo menos, de las siguientes materias, en las oportunidades y con los requisitos que a continuación se señalan: a) Los logros de aprendizaje de los alumnos. El Director del establecimiento deberá informar, a lo menos semestralmente, acerca de los resultados de rendimiento escolar y/o mediciones de la calidad de la educación, obtenidos por el establecimiento; b) Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de Educación respecto del cumplimiento de la Ley Nº 18.962 y del D.F.L. Nº 2 de 1998, del Ministerio de Educación. Esta información será comunicada por el Director en la primera sesión del Consejo luego de realizada la visita; c) En los establecimientos municipales, de los resultados de los concursos para docentes, profesionales de apoyo, administrativos y directivos. El Director pondrá a disposición del Consejo los resultados de las distintas etapas del proceso de selección, en su primera sesión luego de publicados los resultados de estos concursos; Esta letra (y la siguiente) deberían ser modificadas por lo que ya hemos dicho: El Consejo Escolar debe existir en todos los establecimientos educacionales de nuestro país. d) En los establecimientos municipales, del presupuesto anual de todos los ingresos y todos los gastos del establecimiento. Para estos efectos, el sostenedor del establecimiento entregará, en la primera sesión de cada año, un informe detallado de la situación financiera del colegio, pudiendo el Consejo hacer observaciones y pedir las aclaraciones que estime necesarias, y e) Del informe de ingresos efectivamente percibidos y de los gastos efectuados. Esta información la entregará el sostenedor, cada cuatro meses, debiendo especificar detalle de cuentas o ítem. Es, sin duda alguna, una de las más importantes atribuciones del Consejo Escolar el conocer la situación financiera en la que se encuentra el establecimiento. Esto permite saber no sólo cuánto ha ingresado o cuánto se ha gastado, sino también conocer en qué se invierte lo que recibe el sostenedor, si acaso eso se invierte de forma concreta y si se pueden obtener nuevos materiales o recursos que hiciesen falta en el establecimiento.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA El Consejo es un contacto directo e interactivo entre todos los actores de la educación. Esto permite conocer cuáles son los problemas que hay y los logros obtenidos por cada estamento. En quinto lugar, el artículo 5º establece sobre qué asuntos el Consejo será consultado. Tenemos en estos aspectos los siguientes: 1.- Proyecto Educativo Educacional. Cada establecimiento debería poseer un proyecto educativo. No todos poseen uno y, de los que hay, son siempre establecidos por organizaciones externas (corporaciones de educación, por ejemplo). El Consejo es una instancia excelente para la elaboración de lineamientos generales del proyecto educacional. 2.- Programación anual y actividades extracurriculares. Un aniversario o una fecha importante del establecimiento no debe ser celebrada por unos pocos o sólo por un estamento del establecimiento. Tales actividades deben ser coordinadas por el Consejo, el que, por ejemplo, definirá algunas actividades siempre escuchando a los otros estamentos. No tiene sentido que el día del profesor sea celebrado sólo por los profesores siendo que ellos trabajan insertos en el establecimiento y su más directa relación es con los estudiantes. 3.- Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento de presupuestos. Carecen de sentido las metas impuestas y las establecidas sin conocimiento de para qué tales metas. El Consejo, órgano en el que confluyen todos los estamentos, es una buena instancia para definir las metas a seguir. 4. El informe escrito de la gestión educativa del establecimiento que realiza el Director anualmente, antes de ser presentado a la comunidad educativa; y ¿Conoces el informe que elabora el Director anualmente sobre la gestión educativa?...es probable que no. 5.- La elaboración establecimiento.
y
las
modificaciones
al
reglamento
interno
del
Nos clarifica, además, que El Consejo no podrá intervenir en funciones que sean de competencia de otros órganos del establecimiento educacional. Confluyen en el Consejo los distintos estamentos del establecimiento, pero no se “topan” entre ellos ni “chocan” en sus funciones. Cada estamento es una célula de un organismo cuya función es importante en la Comunidad Nacional. En el artículo 7º nos encontramos nuevamente con que el sostenedor decide si otorga facultades decisorias o resolutivas al Consejo. Como afirmamos anteriormente, esto debe ser modificado para establecer que ES EL CONSEJO EL QUE DECIDE SI TENDRÁ CARÁCTER RESOLUTIVO O NO. Documento descargado desde www.mrns.cl 22
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA En el artículo 8º: El Consejo deberá quedar constituido y efectuar su primera sesión a más tardar antes de finalizar el primer semestre del año escolar. El primer semestre del año tiene seis meses, dos de los cuales son de vacaciones y de ingreso al Liceo. Sería prudente modificar el artículo para que los Consejos sesionen si o si a principios del año educacional. Por último, el artículo 10º: El Ministerio de Educación, será responsable de cautelar el cumplimiento del presente reglamento. No tiene sentido que otorgando funciones “fiscalizadoras” al Consejo (no de forma expresa, pero se infiere), el único que sea capaz de hacerlo es el Ministerio de Educación. Este artículo debe ser modificado y debe permitirse a cualquier persona, y en especial a algún miembro del Consejo Escolar, la posibilidad de concurrir al MINEDUC para interponer una denuncia, en primer lugar, sobre el incumplimiento de las disposiciones del reglamento, y también, en las irregularidades que presenten los informes financieros presentados por el sostenedor.
*** § Consejo Municipal de Educación Definición: Órgano de gestión autónomo del Estado, encargado de representar a la comunidad vecinal en la gestión sobre el sistema educativo y de confluir en él a las organizaciones e instituciones relacionadas con el ámbito educativo. Conformación: Las Corporaciones Familiares reúnen a Centros de Madres, Centros de Padres y Apoderados, asociaciones de estudiantes y asociaciones dedicadas a temas educacionales. Desglosando: • • • • • • • • •
Los delegados de los estudiantes. (federaciones, asociaciones; será determinado en su momento.), Los delegados de los Centros de Padres y Apoderados, Los delegados de los sindicatos profesionales y gremios de la educación. (docentes, administrativos), Los delegados de los Directores de centros educativos, Los más altos funcionarios de la Oficina Municipal de Educación (su director, jefes de unidades) Los representantes de la Secretaría Regional de Educación (como simples observadores). Los directores y demás asociaciones de los colegios particulares que existiesen en la comuna. El Alcalde o la máxima autoridad comunal. Y todos aquellos representantes de organizaciones relacionadas con la educación.
Serán sujetos electorales -aquellos que tendrán derecho a voto en las sesiones públicas del Consejo- los padres de familia convocados y presentes en dichas sesiones y los respectivos delegados de las corporaciones u organizaciones relacionadas con la educación. ¿Por qué los padres de familia? Para facilitar la votación pues de otra forma sólo habría un desorden en la asamblea. En el caso de no haber padre lo será la madre o el tutor de la familia. Documento descargado desde www.mrns.cl 23
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA Para todos los efectos se entenderán como Delegados los miembros que conforman el Consejo y se regirán por las normas que a ellos los faculta y obliga. (Ver en Anexo: El Estatuto del Delegado) Atribuciones y Obligaciones: Similares a las del Consejo Escolar pero esta vez a nivel comunal. Además, el Consejo Municipal de Educación tiene la facultad para elaborar resoluciones sobre higiene y seguridad escolar, administración y gestión, y aplicar sanciones y/o estímulos a funcionarios y centros educativos, pueden solicitar la presencia de los funcionarios administrativos del Municipio en este caso podrían ser de la Oficina Municipal de Educación- para interrogarlos por su trabajo y ejercer así el control social sobre la administración municipal. Funciones: En específico, sus funciones serían las siguientes: 1. Seleccionar a los postulantes a algún cargo administrativo o de los centros educativos, así como la selección de los directores de establecimientos. 2. Oficiar como segunda instancia por resoluciones de los centros educativos que influyan sobre funcionarios o estudiantes, y en las que se determine que no hubo un procedimiento adecuado o la sanción no era la debida. (Siempre respetando la autonomía de los Centros Educativos.) 3. Recibir anualmente los informes de gestión de cada establecimiento y seleccionar a aquellos que merecen recibir los APL y APG que la Secretaría Regional de Educación otorgue, renueve o suspenda anualmente. Funcionamiento: : Como es la tradición en los órganos de representación popular las Cámaras tienen un funcionamiento ordinario y extraordinario. La diferencia esencial con el parlamentarismo liberal es que nuestro nuevo sistema busca, por un lado, el máximo aprovechamiento del tiempo en la decisión de los problemas principales y, por otro, evitar a toda costa la formación de “políticos profesionales”. Comités de las Asambleas: Creemos necesaria la existencia de órganos permanentes de las Cámaras o Asambleas, los cuales, en el periodo de receso de las mismas, ejerzan funciones principalmente de tipo fiscalizador de los actos del gobierno, además de poder convocar a la Asamblea en sesión extraordinaria y preparar el trabajo de los delegados en todas las sesiones, a través de informes jurídicos, técnicos y económicos. En este caso, estaría conformado por los delegados que el Consejo escogiese. Sesiones ordinarias: Deben fijarse dos veces al año, por lo menos, con una duración de 10 días mínimo, sólo por dar cifras tentativas, los cuales pueden ser prorrogados por acuerdo de mayoría. Durante estos periodos, los delegados deben dedicarse de manera exclusiva a la decisión de los problemas fundamentales de la Comunidad respectiva, en base a los mandatos aprobados por las Corporaciones, para lo cual deben los delegados ser licenciados de su trabajo por el tiempo de sesiones. Sesiones extraordinarias: La Asamblea puede ser convocada para resolver cualquier asunto que sea de su competencia exclusiva, ya sea por el Comité de la Asamblea, el Órgano Ejecutivo (unipersonal, el Alcalde en este caso), o por un número determinado de delegados. El orden del día debe fijarse con suma Documento descargado desde www.mrns.cl 24
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA precisión, ya que interesa a la Comunidad que se resuelvan los problemas reales planteados por las comunidades básicas y no la generación de polémicas artificiales, uno de los gérmenes favoritos de la clase política en la actualidad.
§ Funcionamiento El funcionamiento de los centros educativos no difiere del actual en sus rasgos generales, aunque es necesario hacer algunas precisiones: ACTIVIDADES Y FORMACIÓN ADICIONAL La formación de grupos interdisciplinarios con los profesionales de los centros educativos para el estudio y análisis del clima escolar de convivencia y, de esta forma, elaborar y proponer al Consejo Escolar estrategias de desarrollo en temas relacionados con la convivencia, como lo son la seguridad e higiene escolar, la educación sexual, trabajos en equipos y formación cívica. Para este trabajo y también para la formación de los alumnos, se hace necesario el desarrollo de actividades adicionales a las “horas lectivas” o el trabajo en clases. Estas actividades deben realizarse en coordinación con sindicatos y gremios profesionales, organizaciones productivas y aquellas relacionadas con el ámbito educativo. Su fin: Una formación íntegra y aplicación práctica de ciertos conocimientos entregados en el aula. CANTIDAD DE ALUMNOS Y CARGA HORARIA DOCENTE Para una formación efectiva se hace necesaria la disminución en la proporción alumnos-profesores en el aula y la carga horaria de los docentes. Actualmente la razón es más de 30:1 siendo la recomendada la mitad, es decir, aproximadamente 15:1. Esta relación dependerá de los distintos niveles del sistema educativo y de la capacidad del establecimiento para dar respuesta a los requerimientos de vacantes de la población. Para lograr una razón adecuada es necesario construir nuevos centros y reconstruir -literalmente- los actualmente existentes. Respecto a la carga horaria es recomendable disminuir la cantidad de horas (hoy excesiva), reduciéndola a la mitad, algo así como 20 horas promedio. Para esto se necesita aumentar el número de profesionales y personal capacitado en educación para dinamizar y mejorar la calidad del proceso educativo. SELECCIÓN DE ALUMNOS Hay un detalle que resalta al analizar la parte del sistema que ya hemos expuesto: Una limitante -tal vez la única- es la del domicilio. El ideal es que el estudiante forme parte de los centros educativos de su comuna. Esto por transporte, cercanía con el resto de los alumnos para el desarrollo de actividades adicionales o extra programáticas, participación con menores obstáculos (aunque sus padres no tendrían problemas para ser parte del Consejo Escolar pero sí en el Consejo Municipal de Educación). Sobre la admisión de los centros educativos particulares, hay libertad para determinar los medios adecuados de selección siempre y cuando no atenten contra las normativas legales generales y especiales de educación. Como mención necesaria, el acceso a los centros educativos -al sistema formal de educación- ES OBLIGATORIO EN SU TOTALIDAD. Documento descargado desde www.mrns.cl 25
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA REGLAMENTOS INTERNOS Cada centro educativo debe tener al menos un reglamento interno que defina deberes y derechos de los estudiantes y sus familias, así como las normas que regulen la disciplina y la convivencia en general. Este reglamento debe ser conocido por la comunidad educativa para asegurar la transparencia en los procedimientos y en la aplicación de sanciones, las que deben poseer un procedimiento en que tomen parte la dirección del establecimiento, el estudiante y la familia afectada. Todo reglamento y las resoluciones en general deben ser conocidas por la Oficina Municipal de Educación, organismo que podría intervenir en caso de vulnerarse algún derecho o de haberse procedido de forma inapropiada, indistintamente si haya sido un establecimiento público o privado. DIRECTORES Y LÍDERES DE GESTIÓN El director del centro educativo es trascendente en la gestión. Su selección debe ser a través de concurso público que asegure la transparencia (A través del Consejo Municipal de Educación), con un proceso principalmente técnico y práctico concentrado en un examen habilitante confeccionado por el sindicato o gremio respectivo, que evalúe aspectos como la experiencia previa como docente y sus estudios de especialización de postgrado o postítulo en gestión directiva. Los directores estarán facultados para la selección, contratación y preparación de su equipo de docentes, co-docentes y directivos auxiliares. Estas facultades son articuladas con la Oficina Municipal de Educación. Los directos auxiliares son y poseen las funciones que a continuación ejemplificamos en el siguiente esquema:
DIRECTOR
SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO
SUBDIRECTOR ACADÉMICO Elegido por el Director
Encargado de ·Archivos y Registros ·Presupuestos y Área contable. ·Personal de Adm. y Servicios.
Con estudios en administración y capacitado en educación, es nombrado por la Oficina Municipal de Educación o por el administrador. (Si es privado)
Encargado de ·La Unidad Técnico Pedagógica. ·Psicopedagogía, quienes trabajan en orientación y mediación. ·Docentes y codocentes.
§ Jornada Escolar Completa Según un estudio de evaluación de la Jornada Escolar Completa realizado por la Pontificia Universidad Católica de Chile en Junio del año 2005, los principales problemas de aplicación de este sistema son:
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA •
La insuficiencia de recursos para la aplicación íntegra de la JEC, con amplias dificultades como la carencia de infraestructura apropiada para casinos y laboratorios de computación.
•
La escasa preparación y apoyo a los docentes para el uso del tiempo extendido y un mal aprovechamiento de éste como consecuencia directa.
La JEC en sí no tiene una aplicación satisfactoria por lo cual es necesario replantearla y adecuarla al sistema que proponemos. Algunas ideas son: 1. Mejorar el uso del tiempo, siendo responsabilidad de los centros educativos generar estrategias adecuadas a las realidades de sus miembros para lograr un efectivo proceso educativo (Almuerzos, recreos, horas lectivas). 2. Generar cursos y programas para complementar el sistema formal primario. Aunque de esto ya hablamos más adelante. (Ver Capítulo VI)
CAPITULO V ORGANIZACIONES RELACIONADAS § Sindicato de Estudiantes El sindicato de estudiantes es lo que comúnmente hemos conocido como “centro de alumnos”. Hablamos de sindicato porque el estudiante es un trabajador intelectual, inserto en la comunidad educativa él no sólo “recibe conocimientos” sino que tiene la capacidad de generar nuevos utilizando su intelecto. El sindicato de estudiantes es un órgano de defensa y promoción de los derechos y deberes de los mayores de 12 años que lo integran, así como ser órgano de representación ante los organismos de gestión: Consejo Escolar, Consejo Municipal de Educación, y organismos administrativos externos o propios del centro educativo. Los representantes sindicales gozarán de inmunidad o “fuero” durante el ejercicio de sus funciones contra sanciones académicas o disciplinarias, siendo esta condición revocable por el Consejo Escolar si los hechos así lo requieren. Los representantes sindicales se regirán, además del Estatuto del Delegado, por el Estatuto del Estudiante. Será OBLIGATORIA la formación del sindicato de estudiantes en aquellos centros en los que estudien los mayores de 12 años.
§ El Estatuto del Estudiante Este estatuto es carta fundamental y fuente normativa que fija derechos y deberes del estudiante con respecto a la comunidad, al centro educativo y sus estamentos, y al sindicato.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA El estatuto tendrá carácter nacional y en su confección -como una misión para los estudiantes- será elaborarlo en base a la discusión y análisis entre todos los jóvenes de nuestra nación. Para guiar esta labor, describimos los derechos y deberes esenciales: 1. Todo estudiante tiene derecho a participar en un sindicato, que reúna las cualidades exigidas por el estatuto. 2. Derecho a recibir eficazmente una amplia formación humana que complemente su formación profesional específica. 3. Derecho como trabajador intelectual a una seguridad social adecuada y a sindicarse para la promoción y defensa de sus intereses. 4. Derecho a participar en los órganos de gestión de la escuela y la comuna. 5. Deber fundamental del estudio y obligación de alcanzar un nivel aceptable de rendimiento académico. 6. Deber de ofrecer su formación al servicio de la comunidad, por cuanto es la comunidad la que sostiene la educación. 7. El estudiante deberá gozar de un sistema de garantías y recursos frente a toda coacción, abuso o arbitrariedad. 8. El estudiante tendrá el deber de respetar las normas de ordenación y régimen acordes con los principios de este programa. 9. Los estudiantes tienen el deber de someterse a un reglamento de organización, funcionamiento y disciplina sindical elaborado por ellos mismos.
§ Organizaciones Menores Llamamos organizaciones menores a aquellas formadas por estudiantes y/o profesores dentro del centro educativo, ajenos al sindicato de estudiantes o al profesional respectivo pero no aislados de la comunidad. Estas organizaciones (academias, “colectivos”) se forman por afinidades culturales, académicas, deportivas, entre otras. Estas organizaciones son libres para formarse y actuar, siempre ateniéndose a los reglamentos, estatutos y normas generales. En la actualidad no hay nada que “regule” la existencia de estos grupos siendo dependientes del centro de alumnos para interactuar con la dirección del centro educativo. En nuestro sistema se reconoce su importancia y se les da cabida en la convivencia dependiendo del Consejo Escolar integrarlos o no como delegados-consejeros.
§ Centros de Padres y Apoderados De la importancia de la familia en la educación ya nos hemos referido en extenso al principio cuando hablamos de los participantes del proceso educativo.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA El Centro de Padres y Apoderados es la organización formal de las familias en el centro educativo, con participación activa y reconocida en el Consejo Escolar, así como en el Consejo Municipal de Educación. El Centro de Padres y Apoderados conserva las mismas características que en la actualidad, pero debemos sumarle las atribuciones -y obligaciones- que el sistema educativo les otorga y ordena.
§ Sindicatos Profesionales Afirmamos que los trabajadores están en su pleno derecho a organizarse y formar así sindicatos, federaciones y confederaciones. Los sindicatos deben ser fuertes, autónomos, solidarios, participativos y no ligados a intereses políticos, al igual que todos los cuerpos sociales de la nación. Tienen la misión de velar por la justicia al interior de la empresa en la relación patrón-trabajador y ser la voz de los trabajadores unidos. Cuando nos referimos a “participativo”, vamos más allá de lo que comúnmente se entiende por participación, pues sostenemos que además los sindicatos deben jugar un rol fundamental en las grandes decisiones de Estado que les estén relacionadas y no deben limitarse al círculo del trabajo en la empresa misma. Al ser el Poder Político, el Social y el Económico, pilares fundamentales en una sociedad y además encontrarse entrelazados, consideramos que el sindicato debe participar del Poder Político, por cuanto como parte del Poder Social, debe participar en la gestación y aplicación de las políticas a seguir en el proceso de producción y sus implicancias sociales. En Chile hace falta voz y participación. Nos dicen que estamos bajo un sistema muy participativo, pues los ciudadanos tienen derecho a votar por los candidatos que se presentan cada unos cuantos años. Para nosotros, los nacionalsindicalistas, esos dichos no son más que falacias. Creemos en los cuerpos sociales la nación como entes socio-políticos, poseedores de soberanía social y capaces de generar la soberanía política y, así, un medio EFECTIVO Y PERMANENTE de participación en la toma de decisiones que les competan.
CAPITULO VI
LOS SUBSISTEMAS DE EDUCACIÓN, SUS NIVELES Y CONTENIDOS § Los Subsistemas de Nuestro Modelo Educativo Hemos mencionado en lo que va la educación primaria, formal, de un modelo educativo pero no tratamos hasta ahora el “trasfondo” del modelo que hemos expuesto, que seguramente es la parte que a muchos interesa: Saber cómo será el sistema en sí, con sus etapas, requisitos y materias o asignaturas a enseñar. Hablamos de subsistemas para referirnos a los planes y programas segmentados en etapas e identificados como formal, especial y diferenciado. (Nos referiremos a subsistemas cuando sea necesario distinguirlo del todo pero indistintamente también llamaremos sistema a cada nivel.) Documento descargado desde www.mrns.cl 29
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA • • •
Formal, de aplicación general. Especial, para aquellos estudiantes con habilidades y condiciones fuera de regla. Diferenciado, para los estudiantes con discapacidades físicas o mentales que requieran de atención especial.
Todos los subsistemas se regirán por las siguientes reglas: a) Los programas serán elaborados y aplicados a nivel nacional con los contenidos y objetivos mínimos que deberán cumplirse. b) Asignaturas generales elaboradas en base a estudios de realidad regional o local, recopilados por especialistas transversales en educación (pedagogos, psicólogos, asistentes sociales, etc). c) Anexo a las asignaturas generales, los Consejos Regionales podrán establecer materias optativas según la realidad propia de cada región o localidad. d) Todos los niveles serán obligatorios, no habiendo excusa alguna para no ser parte de ellos. e) La enseñanza será impartida por los profesionales que los distintos ciclos exijan, debiendo ser obligación de todos poseer estudios de especialización en educación, además de su formación académica respectiva. Es decir, aparte de sus conocimientos en un área específica, deberán poseer el grado que cada nivel exija: Técnicos en Educación, Licenciados, Maestros, etc.
§ La Educación Formal De aplicación general, la educación formal se divide en los siguientes niveles:
NIVEL INICIAL O PRIMARIO
Será la Oficina Municipal de Educación la responsable de garantizar la existencia de los centros, docentes y técnicos necesarios para el desarrollo efectivo del niño en sus primeras etapas de vida.
El nivel inicial comprende dos ciclos: Infantil I (hasta 4 años) e Infantil II (de 4 a 6 años). Los Centros de Formación Infantil se ubicarán según las necesidades del municipio y sindicatos atendiendo a la máxima cercanía de los niños con sus padres, madres o tutores. En ese sentido, guarderías de empresas, centros agrarios o sindicales podrán ser sedes a solicitud de los padres mediante sus sindicatos a la Oficina Municipal de Educación. Ambos ciclos serán impartidos por técnicos de educación infantil, además de la participación de los profesionales oportunos que decida el Consejo Municipal de Educación a proposición de la Oficina Municipal de Educación. A nivel nacional se desarrollarán los criterios generales educativos, orientados por la realidad regional, para elaborar asignaturas o formas oportunas de enseñanza en base a análisis de realidad del entorno. La formación en el ciclo Infantil I será específica según realidad mientras que en el Infantil II el Consejo Nacional establecerá las asignaturas de carácter
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA general y el Consejo Regional, si lo estima oportuno, las asignaturas optativas o adicionales. Comprende un solo ciclo de 6 a 12 años, los colegios se ubicarán según las necesidades del municipio el que será responsable de garantizar la existencia de centros educativos, docentes y técnicos necesarios.
ENSEÑANZA PRIMARIA
Será impartida por maestros universitarios de diversas especialidades y, así mismo, profesionales como psicólogos, educadores sociales, entre otros. La metodología tendrá énfasis en el trabajo en grupo y la socialización en estas edades. La enseñanza comprende dos ciclos con semestres teóricos y prácticos alternos. El primer ciclo es la Secundaria General, de 12 a 14 años, y el segundo, Secundaria Específica de 14 a 16 años.
ENSEÑANZA SECUNDARIA
El Consejo Nacional establecerá las asignaturas o contenidos generales y dos líneas optativas: 1.- Línea de Formación Profesional: A propuesta de los sindicatos y gremios profesionales. 2.- Línea Universitaria: A propuesta de la Universidad y los estamentos relacionados. Estas líneas son preparatorias para el siguiente nivel en el que se profundizan cada una de las líneas. En el caso de la educación Secundaria General se impartirá en liceos, y la educación Secundaria Específica en institutos especializados. Veamos cada línea en detalle: RAMA PROFESIONAL Gestionada por el Consejo Municipal de Educación con el apoyo de los sindicatos y asociaciones profesionales de la comuna o de nivel regional según sea el caso. El Consejo Nacional de Educación establecerá los criterios generales y las asignaturas transversales. Además, el Consejo Municipal de Educación podrá, según determine los análisis de realidad del entorno y las evaluaciones externas, regular asignaturas optativas según las necesidades profesionales de la comuna. Las asignaturas irán relacionadas con las diversas líneas profesionales, agrupadas en: • • • • • • • •
Administrativa - comercial Agropecuaria - pesquera Industrial Liviana (mecánica, electricidad, carpintería) Industrial Pesada (textil, vidrio, cerámica) Educativa-Social (deportivas, animación, educación social) Servicios y Turismo (hotelería, viajes, imagen personal) Sanidad, higiene y alimentación Tecnología
RAMA UNIVERSITARIA
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA Gestionada por el Consejo Regional de Educación con el apoyo y coordinación de la Universidad y sus estamentos. (Alumnos, cuerpo docente) El Consejo Nacional de Educación establecerá los criterios generales y las asignaturas transversales o troncales. Las asignaturas irán relacionadas con las diversas líneas de estudios universitarios: • • • •
Letras Sociales Ciencias Tecnológicas
Comprende a los estudiantes de 16 años que, voluntariamente, opten por una formación útil y especializada para desarrollar correctamente su profesión y ampliar, paralelamente, sus conocimientos culturales formándose como persona útil, crítica y libre.
FORMACIÓN PROFESIONAL I
La especialización por rama será establecida por los sindicatos profesionales, secuenciada en semestres prácticos y teóricos alternos.
CURSO DE FORMACIÓN UNIVERSITARIA
Se impartirá a los alumnos de 16 años que, voluntariamente, opten por una formación útil y especializada para acceder a una posterior carrera universitaria.
Se establecerán las medidas necesarias para un motivador conocimiento práctico, que muestre verdaderamente las líneas docentes que le seguirán en la posterior formación universitaria de grado. La especialización por rama será establecida por la Universidad, secuenciada en semestres teóricos y prácticos alternos. Una vez que el estudiante haya realizado la Formación Profesional I o el Curso de Formación Universitaria se continuará con los estudios formales para su egreso con un título y grado académico. En el caso de la Formación Profesional I continuará con la II y III y egresará con el título de técnico en la especialidad escogida. Los niveles II y III serán impartidos en centros especializados con los contenidos definidos por los sindicatos y gremios profesionales con la supervisión y fiscalización de los órganos ya descritos. Y en el caso del Curso de Formación Universitaria, el estudiante continuará con su formación universitaria de grado.
§ La Educación Especial Algunas personas poseen habilidades que sobresaltan en la comunidad, requiriendo para su desarrollo una adecuada formación e incluso, según estudios, de un ambiente que le permita nutrirse con otras experiencias. Se hace la distinción porque los centros o institutos que la imparten son ajenos al sistema formal, en cuanto a administración y contenidos. Documento descargado desde www.mrns.cl 32
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA Identificamos como ámbitos de la vida que escapan al sistema formal: Las artes y la formación militar de todas las ramas de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad. •
Artes Visuales, Plásticas y Auditivas
Correspondientes a Danza, Teatro y Canto, Dibujo y Pintura y Música. Se excluye, por ejemplo, a técnicos de audio o labores relacionadas con el desarrollo de las artes (diseñadores, tramoyas, etc.) Las modalidades para este sistema podrían ser las siguientes: Dependiendo de las capacidades del estudiante este podría incorporarse al sistema especial a una edad inferior a los 16 años o como salida alternativa -más bien continuación- del sistema formal al cumplir 16 años. En el primer caso la modalidad de estudio se adecua impartiéndose contenidos básicos del sistema formal más los propios de la especialidad seleccionada. En el segundo, el estudiante ya poseerá la formación general y, por ende, su formación específica será la simple continuación y preparación para los estudios de grado universitario. Se impartirá en centros o institutos especializados dependientes de la Universidad. Estos establecimientos se regirán por las mismas normas que el sistema formal. •
Formación Militar
En este caso, a los 16 años -que es cuando culmina el proceso de formación general del sistema formal- el estudiante podrá postular a las ramas de las Fuerzas Armadas para obtener una formación militar profesional. Para hacerse una idea: Ejército: Buceo táctico, equitación, paracaidistas, instructores físicos, inteligencia, intérpretes de idiomas extranjeros, etc. Fuerza Aérea: Ingenieros aeroespaciales, ingenieros en electrónica y comunicaciones, seguridad aeroespacial, mecánicos, etc. Armada: Ingenieros navales, mecánicos de la especialidad, seguridad naval, etc. Carabineros: Criminalística, seguridad pública, vial y transportes. Al ser seleccionados por la respectiva rama, el estudiante recibirá, además de su instrucción militar, la formación profesional que optó o a la cual fue derivado según sus capacidades. Este nivel se impartirá en las escuelas y academias militares correspondientes.
§ La Educación Diferenciada No es la idea “separar” o “alejar” a los chilenos que sufran algún grado de discapacidad física y/o mental del sistema formal. La educación diferenciada dependerá del tipo y grado de discapacidad. Por dar un ejemplo: •
LEVE: Que a la vez identificados según su duración en > Temporal: Déficit atencional, trastornos del lenguaje. Documento descargado desde www.mrns.cl 33
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> Permanente: Carencia extremidad corporal. MEDIANA: Demencia o trastornos mentales tratables, problemas sensoriales, problemas de aprendizaje que requieran de un tratamiento extenso para su desarrollo y mejora, etc. GRAVE: Discapacidad motriz general (parálisis) y problemas mentales incurables.
Para el sistema diferencial existirán planes y programas adecuados a la realidad de cada grupo, estableciéndose niveles básicos exigibles y en aquellos casos en que la persona se haya recuperado o sea apto para el desarrollo normal de actividades DEBERÁ ser incorporado del sistema formal y continuar como el resto.
§ Contenido y Líneas Educativas Es ambicioso hablar del contenido de cada nivel pues es necesario conocer bien la pedagogía (y la realidad concreta de cada caso). Nos aventuramos a dar nociones generales para ubicarse en el sistema.
NIVEL
INICIAL O INFANTIL
PRIMARIA
SECUNDARIA GENERAL
CONTENIDOS Desarrollo de habilidades físicas y mentales esenciales, participación en lo posible de los padres en la formación de los niños. Entrega de conocimientos básicos en educación cívica, matemáticas, ciencias de la naturaleza, desarrollo motriz a través de la educación física y énfasis en el lenguaje con lecturas y el desarrollo de la comprensión del estudiante. Se desarrolla la capacidad creativa aplicando los conocimientos adquiridos en el sistema primario. En esta etapa hay mayores grados de abstracción, pero a la vez se incentiva la creación de proyectos de aplicación concreta.
LÍNEA EDUCATIVA
Trabajo en grupo
Pequeños grupos
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA
SECUNDARIA ESPECÍFICA
FORMACIÓN PROFESIONAL Y CURSO DE FORMACIÓN UNIVERSITARIA
Suponiendo la madurez del estudiante se entrega un plan optativo de estudios -el que ya desarrollamos anteriormente-. Éste deberá escoger el más afín a sus intereses o el recomendado por los órganos respectivos. Dependerá de lo determinado por los sindicatos y gremios profesionales, así como la Universidad.
Desarrollo personal y trabajo en equipo
Como claves para el contenido: Este debe ser un aprendizaje en base a la capacidad del estudiante para descubrir por sí mismo la relación entre conceptos, a través de un diálogo activo entre el estudiante y el docente y con las herramientas -recursos multimedia, por ejemplo- adecuadas para una mejor comprensión y un efectivo proceso educativo. El currículo debe ser organizado de forma espiral, es decir, trabajando contenidos similares pero cada vez con mayor profundidad.
CAPITULO VII Esquema del Sistema Nacional Sindicalista de Educación. § Centros Educativos Cada ciclo se imparte en un centro educativo distinto. Identificamos los siguientes: Para el ciclo Inicial, el Centro de Formación Infantil el que puede ser adaptado en empresas o instituciones públicas con tal que posea los recursos necesarios: Infraestructura adecuada, cantidad de técnicos de educación infantil y otros especialistas. Para el ciclo Primario, el Colegio que debe poseer la infraestructura adecuada a la cantidad de alumnos, docentes y personal de administración y servicios. Los recursos como material didáctico son aportados por el Gobierno Regional. Para el ciclo Secundaria General, el Liceo que mantiene las características actuales. Para el ciclo Secundaria Específica, el Liceo o Instituto deberá contar con los implementos necesarios para talleres o laboratorios dependiendo de la rama a impartir. Para el último ciclo, sea Secundaria Específica o el Curso de Formación Universitaria, el Instituto o la Universidad.
§ Esquema-Secuencia 1.- Infantil I Documento descargado desde www.mrns.cl 35
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA 2.- Infantil II 3.- Primaria 4.- Secundaria General Al finalizar este ciclo el estudiante debe optar por la rama profesional -y cualquiera de las subramas- o la rama universitaria; así continúa con el ciclo de: 5.- Secundaria Específica En este nivel se imparte lo básico de cada rama o subrama, para acercar al estudiante con su vocación. El estudiante continuará -según lo que haya optado a finales de la educación secundaria general- con la Formación Profesional I o con el Curso de Formación Universitaria. También podría optar por las salidas alternativas, sea de artes o formación militar. Si continúa con la Formación Profesional I tiene dos opciones: Egresar con el título de Técnico de Nivel Medio o continuar estudiando los niveles siguientes para perfeccionarse. Si continúa con el Curso de Formación Universitaria ingresará a la Universidad para continuar con la formación de grado respectiva.
CAPÍTULO FINAL § Conclusión General: Una Transición Posible. El modelo educativo ya expuesto requiere ser entendido y difundido para que la Comunidad Nacional conozca algo distinto, no más de lo mismo sino algo CONCRETO. Para incentivar esta misión nos referiremos al proceso de aplicación del sistema. Identificamos para esto tres etapas: 1.- La elaboración de la legislación, planes y programas y definición clara de aspectos relacionados con la vida cotidiana. Esta etapa, que llamaremos marco, debe desarrollarse en base a las discusiones y estudios correspondientes. 2.- Bien pensado y claro, el marco general debe ser aplicado en fases pues su instauración inmediata sólo generará problemas, y muy graves problemas. A) La formación de docentes, codocentes y técnicos necesarios para la sustentación del sistema. B) La capacitación de docentes, funcionarios administrativos del gobierno central y regional.
municipales
y
C) Regular la situación de centros educativos, construcción de nuevos y reparación de los actuales. D) Informar a la población de las características y funcionamiento del sistema, clarificando algunos aspectos que pueden generar dudas. 3.- La aplicación del sistema en sí.
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LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA Todos los niños que al regir el sistema tengan 4 años serán incorporados al nuevo modelo educativo, el resto desarrollaría sus actividades programadas de forma normal. ¡Esta primera generación mostraría sus efectos sólo recién 20 años después! Por eso es necesario un trabajo serio y seguro, de lo contrario el sistema estará condenado al fracaso.
ANEXO § Colegios Particulares En el modelo educativo propuesto se contempla la existencia de centros educativos particulares. Son particulares porque su administración se encuentra en manos privadas distintas del Estado. Los colegios particulares pueden participar en el Consejo Municipal de Educación siendo su adhesión voluntaria. Se rigen por las normas básicas de educación y por las especiales que los rijan o que el Consejo Municipal dicte para ellos. (De allí la importancia de su participación) Como normas básicas aplicables son: La seguridad e higiene escolar, normativas para docentes y funcionarios de administración y servicios, evaluaciones y cumplimiento de los planes y programas mínimos requeridos, la existencia y funcionamiento del Consejo Escolar y el respeto a la sindicalización, sea de estudiantes o profesionales de la educación. La administración de los colegios particulares recae en los sostenedores, los que pueden ser personas jurídicas o naturales que deberán cumplir con las exigencias mínimas establecidas. Los colegios particulares reciben financiamiento del Estado porque de no hacerlo significaría dar un financiamiento distinto al alumno según el tipo de establecimiento que elija, castigando o premiando su preferencia.
§ Legislación de Educación y Sanciones Hemos hablado bastante sobre “normas de aplicación general” y de “aplicación especial”. La legislación de educación debe tener dos ámbitos de aplicación sea cual sea la materia sobre la que trate: GENERALES: Normas comunes para todos los centros educativos, para docentes y requerimientos básicos curriculares. Elaboradas a nivel nacional por los órganos oportunos y competentes. ESPECIALES: Normas dictadas por Gobiernos Regionales o los Consejos Municipales de Educación en materias puntuales sobre las que tengan competencia. En la imagen podemos ver las actuales sanciones que impone el MINEDUC. En el modelo propuesto, ésta se mantendrían siendo adaptadas a cada caso. En el caso de ser sancionado un colegio particular las sanciones no deben afectar el normal funcionamiento del Centro para Documento descargado desde www.mrns.cl 37
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA no perjudicar a los alumnos en sus actividades. Además de las sanciones administrativas existen las penales, las que estarán relacionadas con falsos testimonios, abusos y fraudes para con el Estado.
§ El Estatuto del Delegado El delegado es el representante real y efectivo de los intereses comunitarios ante los órganos del Estado Nacionalsindicalista. Como tal, tiene ciertos derechos y poderes que les permiten cumplir a cabalidad su función, pero también debe cumplir deberes ante la comunidad que ha puesto su confianza en él. El sistema de la irresponsabilidad de los políticos liberales será cosa del pasado en el Nuevo Orden Nacionalsindicalista. Derechos: Los delegados tienen derecho a proponer a la Cámara de que forman parte proyectos normativos y otras disposiciones generales, así como toda clase de acuerdos que sean de su competencia; a proponer el nombramiento y remoción de los funcionarios que deban ser elegidos por la Cámara; a reclamar informaciones a las funcionarios de la administración sobre asuntos de interés público, debiendo aquellos responder en la forma que establezca la ley; a realizar preguntas a estos mismos funcionarios sobre el desarrollo de su gestión, con el fin de ejercer el control social. Deberes: Los delegados deben informar a la Corporación que los eligió sobre su propia labor y la labor general de la Cámara a la cual pertenece; representar fielmente los mandatos aprobados por la Corporación que los eligió.
§ Puntos Básicos de la Reforma Nacionalsindicalista del Estado Municipio y Gobierno Regional Entender al municipio como la agrupación natural de familias y vecinos bajo un mismo territorio para la representación de los mismos y la satisfacción de sus necesidades locales. La Región es la agrupación de municipios unidos por criterios territoriales o económicos. El Municipio tiene tres características principales: cuerpo social natural, instrumento de participación política e instrumento de transformación revolucionaria de la Nación. La organización del Municipio se basa en los cuerpos sociales menores de la comunidad local: las familias, los vecindarios y los gremios y sindicatos. Cada uno de estos cuerpos sociales se une en Corporaciones que, en el ámbito comunal, toman la forma de Uniones Comunales, las cuales se relacionan con el Municipio de modo oficial y ejercen ciertas atribuciones relativas con sus áreas de actividad. Las Corporaciones familiares se relacionan con salud y educación primaria, las Vecinales con utilización del espacio público y las Sindicales con la regulación de las empresas y profesiones. El Municipio posee una organización democrática y participativa, sin políticos profesionales. Como organismos permanentes tenemos el Consejo Comunal, el Comité Comunal y el Alcalde. Los órganos administrativos deben limitarse a cumplir los mandatos de los órganos representativos. El Consejo Comunal está integrado por representaciones de los cuerpos sociales mencionados, con delegados elegidos desde las bases a través de las Documento descargado desde www.mrns.cl 38
LA EDUCACIÓN: BASE DEL ESTADO NACIONALSINDICALISTA Corporaciones-Uniones Comunales, delegados esencialmente revocables y ligados por el mandato imperativo de las organizaciones y bases que los eligen. El Consejo Comunal ejerce las principales atribuciones del Municipio, como establecer las ordenanzas principales, planes de desarrollo y presupuestos. El Comité Comunal es un órgano controlador de la gestión comunal y que vela por los intereses de la comunidad fuera de las reuniones del Consejo. El Alcalde, elegido por el Consejo es el jefe de la administración comunal y vela por el trabajo diario de los órganos comunales, sujeto siempre a la representación de los órganos representativos. El modelo señalado se reproduce en lo posible al tratar el nivel regional. Altos Órganos del Estado Como órgano supremo de participación de la Comunidad en el Estado se hallan la Cámara Social y la Cámara del Trabajo. En la primera están representadas las Corporaciones Familiares y los Municipios y Regiones, mientras que en la segunda se hallan representados los Gremios, Sindicatos, aparte de las Universidades, Iglesias y FF.AA. El principio de elección sigue siendo a partir de las bases, mediante delegados revocables, Ambas Cámaras ejercen conjuntamente la acción legislativa, pero discuten primero por separado los problemas que corresponden a sus áreas, ya se trate de asuntos propiamente territoriales o gremiales. El Presidente de la Republica, Jefe Supremo de la Nación, se encarga de la dirección política del Estado, en lo interior y exterior, sobre la base de los objetivos nacionales aprobados por las Cámaras. Puede ser elegido por las Cámaras, por elección directa o por un colegio especial. Conviene la existencia de un Consejo de Estado de tipo consultivo y defensor de la institucionalidad, integrado por representantes de las Cámaras y por personalidades eminentes designadas por tiempo indefinido para garantizar su independencia.
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Educación: Base del Estado Nacionalsindicalista. Lug Pizarnik Poulaín MRNS Apuntes Doctrinarios EDNS.1.2 1.2 LC
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