Seguridad y Derechos Humanos

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Seguridad y Derechos Humanos: HERRAMIENTAS para la REFLEXION sobre la SEGURIDAD CIUDADANA y DEMOCRATICA

En cuanto a las obligaciones estatales, también se las ha clasificado como obligaciones negativas y positivas. Las autoridades no sólo deben abstenerse de cometer violaciones a los derechos humanos, sino además adoptar medidas de protección:

• Las obligaciones negativas o pasi-

vas corresponden al no hacer del Estado, lo que se traduce en una prohibición absoluta y definitiva del abuso de poder por parte de los agentes y autoridades que conforman el aparato estatal o la no interferencia en el ejercicio de los derechos protegidos, es decir que aquél tiene el deber de respetar los derechos y libertades.

• Las obligaciones positivas o acti-

vas implican un hacer del Estado, lo que supone que éste tome las medidas y realice todas las acciones legislativas, ejecutivas y judiciales con el fin de asegurar los derechos y libertades protegidos por los instrumentos internacionales, y a su vez los Estados deben prevenir, investigar y sancio-

3.3.

Policía y derechos humanos: limites para la actuación policial

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nar toda violación de los derechos reconocidos por la convención y procurar el restablecimiento, si es posible, del derecho transgredido y, en su caso, la reparación de los daños producidos por la violación de los derechos humanos. Finalmente, debemos recordar que las obligaciones del Estado deben realizarse siguiendo siempre el principio de igualdad y no discriminación. Esto supone que las personas gozarán de sus derechos fundamentales sin discriminación alguna por motivos de raza, sexo, idioma, religión, cultura, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica o cualquier otra condición social. Sin embargo, no toda distinción de trato puede considerarse contraria a la dignidad humana y sólo se la juzgará discriminatoria si carece de una justificación razonable y objetiva, ya que ciertas desigualdades buscan proteger mediante un trato diferenciado a ciertos grupos que, por tratarse de personas vulnerables o al encontrarse en una situación desventajosa, merecen una especial protección o sobreprotección por parte del Estado. Dijimos que desde la perspectiva de los derechos humanos el Estado tiene obligaciones activas y pasivas. Las obligaciones pasivas son aquellos deberes que suponen para el Estado abstenciones y limitaciones a su actuación para garantizar la vigencia de los derechos humanos. Para que los derechos humanos sean respetados no sólo es necesario que el Estado haga determinadas cosas, sino que no haga otras. Tratándose de las policías, interesa repasar cuáles son las abstenciones y limitaciones que deben observar sus agentes mientras gestionan la seguridad, velando por el respeto de los derechos humanos.


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