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BOLETÍN AGROPECUARIO MENSUAL PRODUCTOS DEL MES: AZÚCAR Y BANANO
Julio 2011
N·12
Actualidad Inicio del período de zafra La Encuesta de Producción y Superficie Agropecuaria Continua
no sólo abastecería la demanda nacional hasta la siguiente
(ESPAC) de 2009 presentó una reducción anual de 9,29% en la
zafra en 2012, sino que permitiría obtener un excedente para
producción de caña de azúcar para la elaboración de azúcar; esto,
exportación. Staynley Vera, ministro de Agricultura, Ganadería,
a pesar de que la superficie cosechada del cultivo se incrementó
Acuacultura y Pesca (MAGAP), anunció un precio de USD 27,75
un 9,94%, al ubicarse en 106.825 hectáreas. En el mismo año,
por tonelada métrica de caña de azúcar en pie. Este precio fue
se registró que el 77% de la producción nacional provino de la
concertado en Consejos Consultivos, y reglamentado por el
región Costa, la misma que estuvo repartida entre las provincias
MAGAP en el Acuerdo Ministerial No. 253 del 6 de julio.
de Guayas (76,36%) y Los Ríos (1,07%). En la actualidad, en Ecuador existen seis ingenios azucareros: Ecudos, San Carlos, Valdez, Isabel María, Iancem y Monterrey. De acuerdo a la Federación Nacional de Azucareros de Ecuador (Fenazucar), las expectativas para la cosecha de este año son positivas. El período de zafra, tiene una duración de seis meses y empezó en julio. Se tiene previsto obtener una cosecha de 500.000 TM, es decir, 20.000 más que en el 2010. Esta situación,
El 11 de julio, el presidente Rafael Correa firmó el Decreto No.
diciembre, y al igual que el comercializador tendrá que actualizar
818 “Reglamento a la Ley para estimular y controlar la producción
este registro cada 5 años. Por su parte, el exportador debe
y comercialización del banano, plátano (barraganete) y otras
actualizar su registro durante el período comprendido entre el
musáceas afines destinadas a la exportación”, el mismo que
1 de septiembre y el 30 de noviembre; además, el pago que
consta en el Registro Oficial No. 499 del 26 de julio.
realice a productores y comercializadores lo hará a través del Sistema de Pago Interbancario (SPI), y la inscripción de su marca
El documento trata acerca de los precios mínimos de sustentación que el exportador deberá pagar al productor, y de referencia FOB (Free on board1) que declarará el exportador2. Con la finalidad de contrarrestar la distorsión de precios, el cálculo se realizará sobre las libras del producto destinado a exportación y contenido en caja. La mesa de negociación estará compuesta por un delegado del MAGAP, cinco representantes de los productores bananeros, y cinco de compañías exportadoras. El reglamento también determina que el productor deberá registrarse en el MAGAP desde el 2 de enero hasta el 31 de 1 2
de exportación la realizará en el MAGAP.
BOLETÍN AGROPECUARIO MENSUAL N·12
Entra en vigencia el Reglamento a la Ley del Banano
Puerto de carga convenido. En la siguiente sección se detallan las condiciones de estos precios.
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