Fede-rada en:
EXCMO. AYUNTAMiENTO DE MALAGA
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AL EXCMO. SR. ALCALDE DE
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REG ISTRO GENERAL DOÑA ADELA JIMENÉZ VILLAREJO titular del Documento Nacional de Identidad número 24628819M, en calidad de Presidenta y representante de la Asociación Málaga Acoge, con CIF G29429008 y con domicilio a efectos de notificación en calle Bustamante si n, 29007 de Málaga, ante el EXCMO~ SEÑOR ALCALDE DE MÁLAGA comparece y DICE:
Que con fecha 24 de Mayo de 2013 se publica en el Boletín Oficial de la Provincia la aprobación inicial de la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA del FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO PÚBLICO MUNICIPAL DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA.
Que dentro del plazo conferido, por medio del presente escrito y en base al contenido del artículo49 letra b) de la ley 7/1995 de 2 de Abril regul adora de las Bases del Régimen Local vengo a efectuar las siguiemtes
ALEGACIONES
PRIMERA.- REFERENCIA A NORMATIVA DEROGADA
El fundamento lega l de esta ordenanza es la Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del l)erecho a la Vivienda en Andalucía , que desarrolla , de conformidad con lo previsto en el artículo 47 de la Constitución y en el artícu lo 25 del Estatuto de Autonom ía para Andalucía, el derecho a una vivienda digna y adecuada del que son titulares las personas físicas con vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En su Art. 16 establece que "1. El Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda ProteQida es el
instrumento básico para la determinación de las personas solicitantes de la vivienda protegida. Su regulación será objeto de desarrollo reglamentario. 2. Los ayuntamientos están obligados a crear y a mantener el Registro de manera permanente. en las condiciones que se determinen reglamentariamente ". A traves del Decreto 1/2012, de 10 de enero, se aprueba el Reglamento Regulador de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida y se modifica el Reglamento deViviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía . En su Disposición derogatoria única establece que
"Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispUesto ·en este Decreto y. específicamente. la Orden de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de 1 de julio de 2009 ".
.~ '· ·, '·•::-12-i :ir:· .'•1;;;.;;g2 _::,ccgr:-: Antequerc: e! h;i:i:2. &. T: 9528-11580. ar.tequera(@acoge.org. Torre del M ar. Cj Los Praé-os 2 Edf. Ronda l. Locall-19 T;952540303. torredelmar@acoge.org. Fuer.girola: F•an(s.c:c de Gova, 15. T: 952462337, fuengirola@acoge.org. Área de Empleo: e! Oilerías, 15. Málaga. T:952216464.