Rtas anla prop 31 14 debate licencias ambientales express

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2. ¿Por qué el gobierno solo otorgó dos días para que los interesados enviaran sus comentarios sobre el proyecto de decreto? ¿Consideran que este es un tiempo suficiente para que los ciudadanos opinen? Respuesta: De conformidad con lo establecido en el Decreto 1345 de 2010, el cual tiene por objeto el establecimiento de las directrices de técnica normativa para la elaboración de proyectos de decretos y resoluciones, no se contempla un término específico por el cual deba permanecer la publicación de un proyecto normativo como el comentado, razón por la cual considerando que la estructuración de un proyecto modificatorio del Decreto 2820 de 2010, era un hecho conocido por muchos de los ciudadanos y usuarios de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA-, se consideró que es un término suficiente para garantizar el derecho participativo de la comunidad. No obstante el tiempo establecido para la realización de los comentarios pertinentes de la publicación, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA-, han venido atendiendo y evaluando las observaciones realizadas al proyecto normativo aún cuando éstos hayan sido allegados por fuera de los términos establecidos. De otra parte, el proyecto de decreto ha sido socializado con los diferentes sectores, con los cuales se elaboró la versión final, y se tuvieron en cuenta las revisiones y comentarios recibidos. 3. ¿Por qué el gobierno afirma que la demora de las licencias ambientales afecta el desarrollo del país, si de acuerdo con un estudio contratado por la ANLA los términos del proceso de licenciamiento en Colombia son unos de los más bajos del mundo? ¿ En qué estudios se basa el gobierno para afirmar que el proceso de licenciamiento es de los más demorados del mundo? Respuesta: Existen proyectos, obras y actividades catalogados legalmente como de interés general, importantes para el desarrollo económico y social del país, los cuales presentan retrasos por demora en trámite del licenciamiento ambiental, en el sentido de que la información necesaria para que la autoridad ambiental se pronuncie con respecto de la viabilidad para el desarrollo de los mismos, esto ocasiona una doble evaluación de la misma, duplicando los tiempos de respuesta. Como se evidencia en la tabla 1 los tiempos promedio empleados por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA- para otorgar una licencia ambiental sobre pasan lo determinado legalmente, razón por la cual el proyecto de modificación del Decreto 2820 de 2010, pretende el fortalecimiento institucional para optimizar los tiempos empleados para la evaluación de las solicitudes de trámites ambientales que se realizan ante la entidad, proponiendo que en este proceso los términos sean preclusivos y la información que se allegue sea pertinente y suficiente para un pronunciamiento definitivo en los asuntos ambientales.

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