

Portafolio de evidencia del contenido del curso de Introducción al Derecho I
Portafolio de evidencia del contenido del curso de Introducción al Derecho I
Impartido por Lcda. Silvia Yolanda Dreyfus
Autor: Luis Fernando Escobar Ochoa Guatemala, Mayo 2024
Facultad de Derecho y Justicia
Escuela de Derecho
Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales
Portafolio
Trabajo presentado en el curso de Introducción al Derecho I Impartido por Lcda. Silvia Yolanda Dreyfus Carrera
Luis Fernando Escobar Ochoa 2400525
Guatemala, mayo 2024
El presente trabajo se titula portafolio de evidencias, que tiene como propósito evidenciar los avances en los contenidos por el estudiante durante el proceso de enseñanza aprendizaje, lo que permite evaluar y mejorar los aprendizajes.
Se observa que durante el proceso de enseñanza, el estudiante comprende, participa, y realiza las actividades, las cuales al ser evaluadas por el docente, emite su juicio y señala los errores a mejorar, por lo que con esto se pretende que el estudiante mejore y corrija lo señalado por el docente. Todo ello pretende evidenciar el proceso personal seguido por el estudiante, lo que le permite a él y al docente conocer sus logros verificar si se han alcanzado los objetivos de aprendizaje.
El portafolio del curso Introducción al derecho I, contiene una recopilación de los temas que fueron dictados durante el semestre del año 2024, en la carrera de Licenciatura en Derecho y Justicia de Universidad San Pablo de Guatemala.
El derecho es el conjunto de normas y principios con los que una sociedad humana determinada elige regirse, para así distinguir entre lo justo y lo injusto, el orden y el caos, lo parcial y lo imparcial. Como muchas otras invenciones humanas, tuvo un lugar de inicio en nuestra historia como civilización y como especie.
El origen del derecho, se remonta a los primeros intentos por conducir las sociedades agrícolas de la humanidad antigua hacia un objetivo común, garantizándole la paz social y algún tipo de orden productivo. De esta manera, el derecho habría surgido de la mano de las primeras formas primitivas de Estado.
Las primeras normas y leyes se ejercieron y preservaron oralmente, y eran sólo fórmulas breves que regían el intercambio, o que solventaban posibles disputas en torno a la propiedad o la violencia, las cuales podemos mencionar
El código de Urukgina (c. 2380 a. C.) que regía en la antigua ciudad sumeria de Uruk.
El código de Ur-Nammu (c. 2050 a. C.), decretado por el rey de la ciudad-estado de Ur.
El célebre código de Hammurabi (circa 1790 a. C.), dictado por el antiguo Rey babilonio, en el que se establecían las medidas a tomar como castigo ante violaciones, muertes o actitudes desleales.
1.2 Concepto de derecho.
La palabra proviene del vocablo latino directum, que significa no apartarse del buen camino, seguir el sendero señalado por la ley. El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de
convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia
1.2.1 Derecho como ordenamiento
Es aquel conjunto de normas que tratan de regular la conducta humana mediante ordenamientos, permisiones y prohibiciones.
1.2.2 Derecho como fenómeno social
Aquel ordenamiento Jurídico que nace para el efecto de regular la conducta entre los individuos, como grupo. Y tiene cabida, mientras que se encuentre en una sociedad.
1.2.3 Derecho como valor
Es el conjunto de disposiciones que adquieren rango obligatorio y que se encuentran al servicio de valores sociales, además de tener una finalidad axiológicamente respetable.
1.2.4 Derecho como argumentación
Es aquel conjunto de normas que se materializan a través del lenguaje, pues éste es el instrumento fundamental del legislador, las palabras diseñan las normas jurídicas.
1.3 Tridimensionalidad del derecho
El derecho es un fenómeno en el cual se manifiesta la intención de mantener el orden y pretender que las conductas se rijan de una manera determinada, en este entendido, el ostentador del poder se ha dirigido a establecer una serie de directrices que son lo suficientemente acordes para la cultura o la sociedad a la que trata de dirigir, el factor del poder está inmerso en esa dimensionalidad, por ello, el derecho es la consigna para controlar a la sociedad y establecer una determinada fuerza de mando.
Para comprenderse mejor esta simplificación de la comprensión de lo jurídico viene a englobarcada uno de loselementosque se hanestudiado a lo largo del tiempo conla finalidad de establecer el origen del derecho
2.1 Características de las normas
Son preceptos de conducta dictadas por la propia conciencia de la persona a partir de valores morales desarrollados por la propia experiencia de uno mismo (la honestidad, el respeto, la gratitud, la lealtad, la tolerancia, la solidaridad, la generosidad, la amistad, la bondad y la humildad).
Sus principales características son:
Es unilateral, porque establecen los deberes del hombre para consigo mismo.
Es incoercible, porque es voluntaria y libre de toda fuerza de coacción externa. La única sanción es el remordimiento de la conciencia.
Es interior, porque se constituye en el interior del sujeto. Decide qué es bueno o malo, bello o feo, justo o injusto.
Esabsoluta y perfecta, porque soninmutables(no cambian)y persiguenelperfeccionamiento total del hombre para que pueda realizar su destino y alcanzar su último fin.
2.1.1 Las normas morales
Las normas morales son aquellas que la sociedad emplea para decidir lo que le parece bueno, correcto o adecuado. Pueden ser explícitas o no, y se definen acudiendo a una tradición cultural y a valores tradicionales.
2.1.2 Normas religiosas.
Emanadas de instituciones religiosas y de índole personal y voluntaria, regulan la vida espiritual de las personas, a través de adoptar un código, doctrina o una filosofía considerada como camino hacia la salvación o la elevación.
2.1.3 Normas jurídicas.
Que surgen de una autoridad judicial o legal, y constituyen el cuerpo de leyes con las que una sociedad se rige a sí misma, de manera coercitiva.
El Estado desde su origen ha ido cambiando y evolucionando, desde consistir de formas de organización simples, hasta dimensiones mucho más complejas. La sociedad humana ha pasado desde el estado primitivo desde aproximadamente cinco mil años, siguiendo por un Estado Feudal, hasta llegar al Estado-Nación, que actualmente conforma nuestra sociedad, se ve fundado en el reconocimiento de la persona jurídica y la interacción con las entidades políticas del Estado
3.1 Concepción
Según Hegel, relacionándolo desde una teoría idealista, dice que la idea de que el Estado es la realización la idea moral, así como el instrumento más noble para alcanzar y respetar la libertad humana, pero no separa el Derecho del Estado, sino que los considera indisolublemente ligados, supuesto que además de ser el Estado la objetivación de la idea moral y su forma de realización, en él se funde, tanto la voluntad objetiva como la subjetiva, esdecir, la colectiva y la individual. Donde indudablemente se observan valorescomo elbien común y la justicia que es el fin de ambos al final de cuentas.
Según la concepción materialista el Estado y el Derecho surgieron históricamente al mismo tiempo y a consecuencia de idénticas causas, las cuales son: la aparición de la propiedad privada y la división de la sociedad en clases antagónicas. El Derecho se compone de normas que fueron establecidas directamente por el Estado, o bien han sido sancionadas por él. Así pues, el Derecho es inconcebible sin un Estado que a través de sus organismos ejerza la actividad relacionada con los poderes legislativo, ejecutivo y judicial.
3.3 Ramas del derecho.
El derecho es el conjunto de principios y normas que regulan las sociedades humanas en torno a losconceptosde justicia y orden, y que losEstadossoncapacesde imponerde manera coactiva. Pero también se llama así a su estudio y análisis.
Comprende un conjunto de categorías o subdisciplinas, especializadas en los distintos criterios de aplicación de la ley, así como en la formulación de sus principios mismos. A dichas categorías se las conoce como las ramas del derecho.
Es el conjunto sistemático de leyes y normas que componen jurídicamente a un Estado. Es decir, el total de las normas con que un Estado o una nación se rigen en un momento dado de la historia, serán su ordenamiento jurídico. En los Estados modernos se corresponde con la Constitución o
4.2 Fuentes del derecho
Las fuentes del derecho son los eventos y tradiciones pasadas que sirven para la creación, modificacióno derogaciónde las normasjurídicas. Estasfuentes varíande acuerdo alsistema jurídico de cada país, pero suelen ser tratados, constituciones, códigos, costumbres, el derecho natural, la jurisprudencia y los órganos de los que provienen las normas.
Las fuentes del derecho son tres según el Dr. Rene Villegas, debido a que favorecen el conocimiento universal y objetivo del derecho
Reales
Formales
Históricas
4.2.1 Fuentes Reales: atienden a la naturaleza de la fuente, sin que sea una norma jurídica (doctrina, jurisprudencia).
4.2.2 Fuentes Formales: Se refiere a las normas jurídicas propiamente dichas (Leyes, reglamentos)
4.2.3 Fuentes Históricas: Se refieren a los fundamentos del derecho que van evolucionando a través del tiempo, los contextos y circunstancias, que van dando dirección misma al derecho.
Levy Bruhl afirma “El Derecho emana del grupo social y las normas jurídicas expresan la forma en que deben establecerse las relaciones sociales, según el referido grupo social”
4.2.4 Características
Las fuentes reales son los fenómenos que dan origen a la forma jurídica, pueden pertenecer al ámbito natural o social. En las leyes formales se encuentra las leyes y las costumbres, mientras que en los materiales encontramos las doctrinas, los principios generales y la jurisprudencia, en estas últimas cuatro características mencionadas también las abarcan las fuentes reales.
Son los documentos en que se registran las normas vigentes, que a su vez sirven como base para la redacción de nuevas formas. Mientras que las fuentes materiales pueden ser
involuntarias, las fuentes formales siempre son deliberadas y producto de la creación humana.
La diferencia que existe entre lasfuentesdelderecho y las normasjurídicas esque lasnormas jurídicasson normasde conducta que regulanla vida de los hombresconmirasalbiencomún de la sociedad, en cambio las fuentes formales son las formas en que las normas jurídicas se manifiestan en la vida social.
4.2.5 Factores que influyen o determinan las fuentes reales o materiales del derecho
Existen muchos hechos o factores de diferente índole que han influido y pueden llegar a influir en las fuentes reales del derecho, por lo que a continuación se mencionan algunos de los factures que influencian a dichas fuentes:
Factores históricos: El desarrollo histórico humano está determinado a la producción social y a las relaciones de producción social que agrupa al hombre en base a sus intereses.
Factores políticos: Ya que la política es considerada la lucha de las clases distintas con el objeto de obtener el poder y mantenerse en él.
Factores sociales: La sociedad con su gran gama de relaciones genera hechos que se convertirán en normas jurídicas, estos hechos en sí mismos son una fuente infinita de derecho.
Factores económicos: En la base económica se producen relaciones sociales de producción sobre la que recae una estructura jurídica que acoge al derecho.
Factores culturales: Incluye elementos del conocimiento a nivel artístico, religioso, ético y muchos más, que diferencian a cada sociedad y crean la necesidad de estar regulados por las normas jurídicas.
Factores éticos: Surgen como un conjunto ordenador, que al producirse en las relaciones sociales generan normas jurídicas.
Factores religiosos: Muchos hechos y actos del cristianismo generan normas jurídicas, especialmente del derecho canónico.
Factores científicos y tecnológicos: Cualquier descubrimiento o invento nuevo da lugar a reformas de normas jurídicas o a crearse nuevas normas.
4.3 Modos de formación del derecho
La estructura jerárquica del orden jurídico muestra al derecho en movimiento. Lo sigue en el proceso constantemente renovado de su creación autónoma, el problema central de la dinámica jurídica es el de los diversos modos de formación del derecho. La función esencial de toda norma jurídica es la de obligar a los hombres a que se conduzcan en la sociedad de una manera determinada en caso contrario tendrán que enfrentar consecuencias determinadas que lo hagan responder a sus actos es importante examinar si, y en qué medida, los sujetos de derecho participan en la formación de las normas a las cuales se encuentran sometidos; en otros términos, si susobligaciones nacen con su consentimiento o sin ély, eventualmente, aun contra su misma voluntad.
El Derecho guatemalteco es un conjunto de normas que constituyen el ordenamiento jurídico vigente. Según (Lic. Giovanni Orellana hace mención en su libro de Teoría General del proceso que “la distinciónentre Derecho público y Privado se basanenelinterésque regulan, al sujeto de la norma y el fin que persigue”) esto quiere decir que esto se enfoca en un interés ya sea Público (Estado) o bien sea individual (ciudadanos)
4.3.1 Derecho
Es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con las instancias que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de suslegítimaspotestadespúblicaselderecho público tiene bajo su responsabilidad todos aquellos derechos de los civiles, así como el cumplimiento de los intereses de la sociedad.
4.3.2 Derecho Privado
Es la rama del derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares, también se rigen por el derecho privado las relaciones entre particulares y el Estado cuando este actúa como un particular, sin ejercer potestad publica alguna.
El derecho privado se suele contraponer al derecho público, que es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los ciudadanos con los poderespúblicos y de los poderes públicos entre sí.
El derecho privado atiende intereses particulares por medio de leyes que se dicten para el mismo. Por lo general vela por los intereses de la persona en el orden moral y con relación al patrimonio. (Generalmente constituida por el derecho civil y el derecho mercantil, etc.)
En la siguiente imagen, se sintetiza el tema de las fuentes del derecho:
La norma jurídica tiene como fin normar las relaciones dentro de una sociedad para mantener el orden y buscar la justicia en la convivencia comunitaria.
Es un componente fundamental del sistema legal de cualquier sociedad, que establece las bases para que los ciudadanos puedan convivir en paz y armonía dentro de la sociedad, es una regla establecida por la autoridad legal, como el Congreso o el Gobierno, que define comportamientos obligatorios o prohibidos.
Tiene como característica es que su cumplimiento es exigible, o sea que, quienes incumplan con estas normas enfrentan consecuencias legales, las cuales pueden variar desde sanciones económicas hasta privaciones de libertad, dependiendo de la gravedad del incumplimiento.
Ley es una regla o normativa que es de carácter obligatorio dictada por la autoridad competente de un país. Tiene como fin permitir o prohibir alguna acción de los ciudadanos y tiene como objetivo de regular la conducta de las personas y lograr una convivencia armoniosa dentro de una sociedad.
Se ha denominado legislación al conjunto de leyes en un lugar y tiempo determinados. También podemos decir que legislación se denomina para designar globalmente al sistema jurídico de una región o país, o bien para referirse al procedimiento de creación de las leyes y decretos.
5.1 Etapas del proceso legislativo
5.2 Proceso legislativo
Es el conjunto de trámites necesarios para la aprobación de una ley. Es decir, es el procedimiento necesario para la creación de una ley, comprende desde la presentación de la iniciativa de la ley hasta su publicación para que posteriormente entre en vigencia.
En Guatemala, el proceso o procedimiento legislativo tiene su base legal en los artículos del 174 al 181 de la Constitución Política de la República y la Ley Orgánica del Organismo
Legislativo, Decreto Legislativo 63-94 y su reglamento respectivo.
El nacimiento de la costumbre es espontáneo, porque se produce repentinamente en el tiempo en un territorio en concreto, donde los ciudadanos la aceptan, la ponen en práctica y rige para todos.
6.1 La costumbre en el derecho
La costumbre es también una de las fuentes del derecho en el sentido de que, desde los tiempos del Derecho romano, ya se entendía que la manera tradicional y ancestral de hacer las cosas gozaba de cierto carácter de ley dentro de una comunidad determinada.
Las costumbres terminan engendrando leyes, tal y como lo expresa el adagio romano Consuetudine quasi altera natura (“La costumbre es nuestra segunda naturaleza”). Así nace el derecho consuetudinario, o derecho por ley de costumbre, que es una forma de ley no escrita, proveniente de la manera tradicional de hacer las cosas.
6.2 Elementos de la costumbre
Se menciona la existencia de un elemento material (la reiteración en el comportamiento) y un elemento espiritual (la elevación de ese comportamiento a modelo de conducta, de observancia preceptiva), distinguiéndose la costumbre jurídica de los usos sociales.
6.2.1 Elemento objetivo
Se puede verificar fácilmente mediante los sentidos. Se refiere a conductas generalizadas que se llevan a cabo de forma constante una y otra vez durante un periodo de tiempo largo.
6.2.2 Elemento subjetivo
Se trata de la asunción por parte de la mayoría de los miembros de una sociedad de que es preciso actuar de una forma determinada según una obligación jurídica, y que si no se realiza ese comportamiento pueden ser sancionados jurídicamente.
Como defino la costumbre
6.3 Clases de costumbre
6.3.1 Costumbre secundum Legem o delegada
Regula una materia que ha sido objeto de una Ley, pero ampliándola o dándole una interpretación peculiar. Por ejemplo, respetar la vida de otras personas y no atentar contra la misma, la obligación de los padres de velar por la salud física y mental de sus hijos, no conducir vehículos en estado de embriaguez o percibir un salario correcto y adecuado a la costumbre social por realizar un trabajo.
Se denomina costumbre interpretativa, el artículo 1599 del código civil, dicta “Las cláusulas ambiguas se interpretarán con arreglo a lo que el uso y la costumbre determinan en el lugar en que el contrato se haya otorgado”. Por lo que esta sí la determina la ley.
6.3.2 Costumbre practer legem
Esta costumbre llena vacíos legales, surge por la ausencia de una ley, no se reconoce en las normas. Ejemplo: código de trabajo, decreto 1441. Artículo 15 “Los casos no previstos por este Código, porsus reglamentos o por las demás leyesrelativas al trabajo, se deben resolver, en primer término, de acuerdo con los principios del derecho de Trabajo; en segundo lugar, de acuerdo con la equidad, la costumbre o el uso locales, en armonía con dichos principios; y, por último, de acuerdo con los principios y leyes de Derecho Común
6.3.3 Costumbre contra legem
Esta costumbre se opone a las normas legales existentes, por ejemplo: hay comunidades donde aplican los linchamientos, o también los sobornos a funcionarios públicos; que es algo que la ley prohíbe y que también está penado.
Están reconocidos en Constitución Política de la República de Guatemala, es un tipo de ley no escrita, formada por la repetición constante de actos considerados por la comunidad como jurídicamente obligatorios. Se fundamenta en la costumbre, siendo estas prácticas las que, a lo largo del tiempo, adquieren fuerza normativa.
La costumbre jurídica es el conjunto de comportamientos sociales que son respetados e impuestos, sin haber una norma imperativa.
Posiblemente la persona que la aplica no sea del lugar y desconocer la dimensión de la misma. Los aspectos relevantes pueden ser: que no está tipificado en las normas jurídicas y la costumbre no está penada en el derecho.
Lo que cuida y vela es por la familia, la comunidad y por la tierra. Como por ejemplo lo que dicta los derechos de los pueblos indígenas, que son normas nacionales e internacionales creadas para la defensa de sus derechos.
En Guatemala, su relevancia se observa principalmente en comunidades indígenas, en aspectos como la resolución de conflictos, la propiedad de la tierra, y las prácticas agrícolas, entre otros. La aplicación de este tipo de derecho permite una mayor adaptabilidad y respeto hacia las tradiciones y la autonomía de las comunidades que prefiere seguir sus propias normas basadas en la tradición.
En la constitución política de la República de Guatemala en la sección tercera. Comunidades indígenas, dice:
Artículo 66. Proteccióna gruposétnicos. Guatemala está formadapordiversosgruposétnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya. El Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradición es, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos
Por lo que el derecho consuetudinario representa una fuente de derecho vital para muchas comunidades en Guatemala, especialmente para los pueblos indígenas. Su reconocimiento y aplicación adecuados son fundamentales para garantizar una justicia inclusiva y respetuosa con las diversas culturas y tradiciones del país Además, existe el reto de documentar y sistematizar estas normas no escritas para su mejor conocimiento y aplicación.
Ejemplos de derecho consuetudinario en algunas comunidades indígenas de Guatemala:
El destierro, cuando la persona es reincidente en su mal forma de actuar, porque siempre roba a sus vecinos o hace algo grave.
Cortar el pelo a hombres y mujeres por penas de robo
Latigazos o azotes por extorsionar, defraudar a alguna persona
Según nuestra forma de ver las cosas, para la debida interpretación de las normas jurídicas y por consiguiente para su adecuada aplicación, un jurista debe acudir a la doctrina, a la doctrina legal y a la jurisprudencia Por jurisprudencia entenderemos la doctrina legal que es de observancia obligatoria, por haber sido establecida de forma reiterada por la Corte de Constitucionalidad en al menos tres sentencias, o bien, por la Corte Suprema de Justicia en al menos cinco fallos pronunciados en casación, la jurisprudencia es fuente del derecho, por ello se dice que algún caso en concreto “ha sentado jurisprudencia”.
8.1 La jurisprudencia como fuente formal de derecho
Las decisiones de las altas Cortes son fuente formal de derecho, para el caso del Derecho Penal, pues crean reglas jurídicas acerca de cómo debe interpretarse el ordenamiento, naturaleza que las dota de fuerza vinculante, esto es, del deber de acatamiento por parte de los jueces, sin que se desconozcan los principios de autonomía e independencia.
8.2 La doctrina (fuente formal derivada)
Es el conjunto de opiniones o criterios sustentados por los juristas, que resulta del estudio de las normas con la finalidad de comentarlos o analizarlos, conceptuando así la doctrina.
Jurisprudencia en Guatemala
-Artículo 2 de la Ley del Organismo
Judicial
-Artículo 147 de la Ley del Organismo Judicial establece en el inciso d)
-Articulo 621 Código procesal civil y Mercantil
Doctrina legal
Tiene como un fin científico, porque analiza y sistematiza las normas jurídicas vigentes, también tiene un fin práctico porque interpreta la jurisprudencia en los textos de derecho procesal sea civil o penal, y crítico porque comenta juicios de valor de juicios que ya existen.
Normas internacionales
Declaraciones, como la declaración de las naciones unidas que son recomendaciones que se dan entre países.
Tratados: son pactos internacionales vinculantes para cumplirse y adoptarse en un país.
Normas nacionales:
Constitución Política de la República de Guatemala
Artículo 57. Derecho a la cultura
Articulo 58 Identidad Cultural
Artículo 4 Principio de Igualdad
Derecho a la no discriminación
Convenio 169 OIT sobre pueblos indígenas
Pacto internacional de derechos civiles y políticos
9. Declaración de voluntad como fuente de derecho
Solo las personas que tienen derechos jurídicos, que sean mayores de edad y que estén en el pleno goce de sus facultades, pueden realizar y hacer un acuerdo de voluntades.
Por ejemplo: en un contrato se necesita la manifestación inequívoca de la voluntad de las partes que conformarán el acto jurídico.
Las acepciones de la palabra derecho van a depender mucho de la manera en que la usemos.
RegulaasuntosrelacionadosconlavidapúblicadelEstadoyenel queencontramos:
Derechoadministrativo:regulaalaadministraciónpública:
Derechopenal:regulalosdelitos,penasysanciones. Derechoconstitucional:regulalanormativaquesustentala Constitución.
Derechointernacionalpúblico:regulaelcomportamientodelos Estadosysujetosinternacionales.
Derechoprivado:lasqueserefierenalinterésdelosparticulares,albienparticular.
Regulalosasuntosdelavidaprivadadelaspersonasyabarcaáreascomo:
DerechoCivil:contratosdecompraventa,servidumbre,arrendamientos,etc.
Derechomercantil:lassociedadesmercantiles,constituciónydisolución,etc.
Derechointernacionalprivado derecholaboral.
La elaboración del portafolio del curso introducción al derecho I, se da a conocer el derecho guatemalteco por lo que al desarrollar este primer trabajo de introducción al derecho lo hacemos, abordando los temas introductorios a la carrera de derecho y justicia, abordando temas como: el derecho público y privado, la costumbre, la jurisprudencia, las acepciones del derecho, el proceso legislativo, entre otros, para que el estudiante del derecho saque sus propias conclusiones, determinando así el aprendizaje obtenido durante el semestre
Este curso ha permitido obtener al estudiante los conocimientos básicos que le permitan adquirir una visión general del Derecho, así como de su origen y esencia; de las fuentes del ordenamiento jurídico, de la norma jurídica y demás reglas de conducta social; de la definición del Derecho, de la relación con otras ciencias sociales, de la jerarquía normativa; de los valores que tiende a realizar la Universidad San Pablo de Guatemala.
Seguir fomentando la participación activa dentro del curso, lo que permite tener una opinión crítica constructiva en donde se aprende de todos los participantes, por medio de las cátedras magistrales que profesionalmente brinda la catedrática.
Referencia bibliográfica.
Recuperado el 15 abril 2024https://concepto.de/costumbre/ Organismo Judicial de Guatemala Recuperado el 25/05/2024
http://ww2.oj.gob.gt/es/QueEsOJ/EstructuraOJ/UnidadesAdministrativas/CentroAnalisisDo cumentacionJudicial/cds/CDs%20revista%20juridica/Revista%20Juridica%201617/articulos/01%20Jurisprudencia%20CC.pdf
Maynez, E, (1974) Introducción al Estudio del Derecho. Editorial Porrúa, S.A., México.
LópesAguilar, Santiago (2017). Introducción al Estudio del Derecho. Tomo I. Editorial Fénix. Guatemala.
Constitución política de la República de Guatemala
Instituto de la Defensa Pública Penal. Recuperado el 25/05/2024 https://www.idpp.gob.gt/images/Bibliotecavirtual/Modulos/derecho%20y%20logica%20230223.pdf