Rice 2016

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Instituto Politécnico María Auxiliadora Juan José Mira Nº 1056 Fono 065 – 252440 PUERTO MONTT

“Formamos Buenas Cristianas y Honestas Ciudadanas” D.B.

REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR CAPÍTULO I DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR 1. Fundamentación El Instituto Politécnico María Auxiliadora de Puerto Montt, tiene como eje principal de todo su que hacer, formar “Buenas Cristianas y Honestas Ciudadanas”. Para ello, propone a las alumnas valores, como pilares fundamentales del desarrollo integral: la fe, la alegría, la responsabilidad y cumplimiento del deber, el espíritu de servicio, la honestidad y rectitud y el compromiso con los más pobres, entre otros. Como Santa María Mazzarello, compartimos con estilo femenino el carisma de don Bosco, que se expresa en la pedagogía del Sistema Preventivo, método educativo y espiritualidad. A través del Sistema Preventivo conjugamos razón, religión y amabilidad, principios que indican una visión armónica de la persona, dotada de razón, afectividad, voluntad, apertura a la trascendencia. En este sentido, el Sistema Preventivo es un ejemplo de humanismo pedagógico cristiano, donde la centralidad de la fe está indisolublemente unida al aprecio de los valores presentes en la historia. A nivel metodológico nuestro Proyecto Educativo Institucional 1, tiene como objetivo orientar a las jóvenes a optar por el bien y a dirigir su riqueza afectiva hacia el don de sí, ayudando a superar el egocentrismo y acompañándolas hacia el encuentro transformador con Dios, en Cristo. A partir de ello, se entiende que toda acción pastoral, académica y extraescolar se desarrolla eficazmente si existe un clima sereno, garantizado por normas de convivencia claras y compartidas por todos los actores de la Comunidad Educativa. Las normas que se expresan a continuación, sostienen la tradición disciplinaria del Instituto Politécnico María Auxiliadora de Puerto Montt y orientan el camino de acompañamiento salesiano a nuestras alumnas.

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PEI: Proyecto Educativo Institucional

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2. Objetivos a) Definir las políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y tipificación de las conductas que constituyan falta a la buena convivencia escolar, graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad; las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, incluyen desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. b) Formar en las jóvenes hábitos válidos más allá del Colegio y el momento actual, siendo coherentes con nuestra Misión y Espiritualidad Salesiana, que nos invita a optar por un sistema de educación concreto que les permita sentirse amadas y comprendidas. c) Establecer protocolos que permitan promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa, los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, en coherencia con la pedagogía salesiana y la búsqueda permanente de un ambiente educativo, en el que se demuestre la predilección por las jóvenes. 3. De la Convivencia Escolar El comité de Convivencia Escolar Salesiana estará formado por:      

Hermana Representante Legal. Coordinadora de Convivencia Escolar (Docente) Orientadora Jefa de Nivel (Asistente de la Educación) Presidenta del CEDIMA2 Presidente del CC.PP.3

3.1. Funciones comité de Convivencia Escolar  2 3

Animar la ejecución y puesta en marcha del RICE.

Cedima: Centro de dirigentes María Auxiliadora CC.PP.: Centro de Padres y apoderados

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Favorecer la identificación y sentido de pertenencia de las alumnas, padres y apoderados, docentes y comunidad educativa en general, con el IPMA 4 y sus valores. Estimular la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo. Promover la convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos. Proponer estrategias para lograr un ambiente salesiano educativo y sereno. Colaborar en la mediación de conflictos. Velar para que las sanciones sean coherentes con lo establecido en las normas de convivencia escolar del Colegio. Acoger las recomendaciones del Consejo Escolar para la elaboración del plan de acción de Convivencia Escolar. Informar al Equipo de Gestión, a través de la Coordinadora de Convivencia Escolar, sobre el clima de convivencia interna en la comunidad educativa.

El Área de Convivencia Escolar sesionará dos veces, como mínimo durante el año, para velar por el cumplimiento y mejora del presente Reglamento. 4. Nuestro Concepto de Convivencia Escolar Entendemos como Convivencia Escolar: Toda interrelación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa pastoral y que los convoca a ser capaces de cooperar y acompañarse en un ambiente de familia y respeto para la construcción de relaciones y vínculos entre ellos las que tienen incidencia significativa en el desarrollo espiritual, socioafectivo e intelectual de las jóvenes. (Sistema Preventivo) 5. Roles dentro del Establecimiento Definición general de los roles y responsabilidades de cada estamento desde la perspectiva de la Convivencia: a) Los Directivos: 

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Cautelar la coherencia interna entre la Visión y Misión del PEI y el estilo salesiano de convivencia escolar, sus normas y procedimientos de abordaje de conflictos en la comunidad.

IPMA: Instituto Politécnico María Auxiliadora

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Crear condiciones de trabajo basadas en los criterios de la “animación circular” 5, que fomente el trabajo en equipo, la responsabilidad y la proactividad. Abordar los problemas de convivencia con un sentido preventivo, favoreciendo el diálogo, los valores de la formación cristiana y el amor, con los distintos actores de la comunidad Educativa, especialmente las jóvenes. Informarse y conocer a cabalidad y oportunamente el Reglamento Interno y los criterios, derechos y deberes que los afectan directamente, como directivo del IPMA. Acompañar el crecimiento de las jóvenes en su dimensión afectiva, trascendental e intelectual con actitud preventiva que permita anticipar las dificultades y conflictos propios de su edad y del desarrollo humano.

b) Los Docentes:  Crear condiciones de trabajo armónicas y de respeto en el aula a través de un trato cercano, alegre y que potencie las cualidades de las alumnas.  Comprometerse en la creación de un ambiente cotidiano de diálogo, respeto y trato armónico en la diferencia, valorando a cada persona como hijo de Dios.  Informarse y conocer a cabalidad y oportunamente el Reglamento Interno y los criterios, derechos y deberes que los afectan directamente, como docente del IPMA.  Acompañar el crecimiento de las jóvenes en su dimensión afectiva, trascendental e intelectual con actitud preventiva que permita anticipar las dificultades y conflictos propios de su edad y del desarrollo humano. c) Las Alumnas:  Informarse y conocer a cabalidad y oportunamente el Reglamento Interno de Convivencia Escolar y los criterios, derechos y deberes que la afectan directamente, como alumna del IPMA.  Respetar y colaborar con la praxis de las normas de convivencia del establecimiento educacional, favoreciendo las relaciones interpersonales armónicas y positivas, especialmente con sus pares. 5

Animación Circular: Es una actividad que valoriza tanto los dinamismos interiores de la persona como las adecuadas intervenciones que contribuyen a suscitarlos. Compromete a cada uno a dar lo mejor de sí mismo para llegar a un fin común. Es un conjunto de actitudes, un estilo de convivencia que mira a hacer que el otro pueda dar lo mejor de sí mismo, liberándose como persona y creciendo en dirección de la propia e irrepetible vocación.

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Comprometerse con el valor de la autodisciplina, haciéndose en todo momento responsable de sus actos.

d) Los Asistentes de la Educación:  Resguardar y apoyar una convivencia respetuosa y solidaria en los espacios y ámbitos educativos que les corresponden.  Informarse y conocer a cabalidad y oportunamente el Reglamento Interno de Convivencia Escolar y los criterios, derechos y deberes que los afectan directamente, como asistente de la educación del IPMA.  Resguardar el cumplimiento de las normativas internas del Colegio en los diversos espacios educativos.  Actuar preventivamente creando un ambiente de buenas relaciones y sana convivencia.  Acompañar el crecimiento de las jóvenes en su dimensión afectiva, trascendental e intelectual con actitud preventiva que permita anticipar las dificultades y conflictos propios de su edad y del desarrollo humano. e) Padres y Apoderados:  Informarse y conocer a cabalidad y oportunamente el PEI y el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, especialmente en los criterios, derechos y deberes que los afectan directamente, como apoderados del IPMA y los primeros responsables de la educación de sus hijas.  Respetar y apoyar los criterios de la educación católica - salesiana que el colegio entrega a sus hijas.  Acompañar el crecimiento de las jóvenes en su dimensión afectiva, volitiva, trascendental e intelectual con actitud preventiva que permita anticipar las dificultades y conflictos propios de su edad y del desarrollo humano. CAPÍTULO II DE LA MATRÍCULA Artículo 1º: Proceso de Admisión El ingreso de una Alumna al Establecimiento requerirá, además de los requisitos legales que fije el Ministerio de Educación, de la aprobación de un test de admisión y de una entrevista a la alumna y su apoderado, en la cual se pueda corroborar el compromiso de la

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familia postulante con el Proyecto Educativo del Instituto Politécnico María Auxiliadora de Puerto Montt. Artículo 2º: Proceso de Matrícula La matrícula es el acto por el cual el IPMA firma con la familia de la alumna, un contrato de prestación de servicios educacionales. Su duración es de un año escolar; renovable de acuerdo a las normas contenidas en sus cláusulas. El contrato será firmado en reunión de apoderados, el cual será leído y analizado junto al profesor jefe, en el mes de marzo. Artículo 3º: La formación que el Colegio quiere dar como sello a sus alumnas, requiere la interiorización de valores que arraigados en profundidad a través del tiempo la caractericen como “Buena cristiana y honesta ciudadana”, en cualquier medio donde se desenvuelva, por ello en el Colegio no dará matrícula a las alumnas en 4º Medio. Artículo 4º: Adhesión al Proyecto Educativo Como Colegio Confesional Católico, se dará matrícula en él a las alumnas cuyos Padres y Apoderados manifiesten claramente aceptar y apoyar dicha formación y adhesión a los valores salesianos, expresados en el Proyecto Educativo Institucional. Con todo, dado nuestro carácter de colegio particular subvencionado, podrán matricularse en el establecimiento alumnas de todo credo o confesión, que no sea contrario a la fe católica y siempre que se comprometan a respetar y valorar la formación católica y salesiana.

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CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS DE LAS ALUMNAS Artículo 5º: Derechos de las alumnas La alumna tiene derecho a: 1. Recibir una formación integral de calidad, que la preparare adecuadamente para insertarse en el campo laboral. 2. Aprender y estudiar en un ambiente de valores cristianos y salesianos, de respeto y afecto. 3. Conocer las normas y reglamentos que le afectan directamente como parte de sus deberes y derechos, así como todas las disposiciones del Reglamento Interno de Convivencia Escolar. 4. Recibir la orientación espiritual, educativa y profesional que colabore con el crecimiento y desarrollo personal y académico. 5. Plantear sus dificultades e inquietudes siguiendo el conducto regular establecido. 6. Proponer ideas relativas a actividades que sean convenientes para su mejor formación integral, canalizando estas iniciativas en los estamentos pertinentes. 7. Informarse de las fechas y contenidos exactos de cada evaluación fijada por el profesor. 8. Que exista una calendarización de las evaluaciones. 9. Tener un máximo de dos evaluaciones al día (prueba, disertación y/o trabajo cuya nota sea directa al Libro de clases). Notas acumulativas no están incluidas dentro de las dos evaluaciones al día. 10. Conocer el resultado de las evaluaciones en un plazo máximo de 10 días hábiles.

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11. Ser informada oportunamente de las calificaciones y observaciones, y solicitar en forma respetuosa una explicación cuando lo estime conveniente. 12. Negarse a rendir una evaluación sin conocer - con un día de anticipación - el resultado de la realizada anteriormente del mismo subsector y módulo. Dejar escrito en el libro de clases como observación general la postergación o cambio de alguna evaluación. 13. Conocer los criterios de evaluación previamente establecidos por el docente. 14. Conocer previamente la pauta de evaluación de cualquier trabajo solicitado en la Asignatura o Módulo. 15. Hacer uso de la biblioteca del colegio de acuerdo al horario establecido y su reglamentación. 16. Utilizar adecuadamente el edificio y demás instalaciones del colegio, así como mobiliarios y materiales didácticos, dándoles el uso para el cual están destinados. 17. Ser escuchada en todo proceso disciplinario antes de que se le aplique una sanción, conforme a los requisitos del proceso. 18. Formular peticiones. 19. Postular a beneficios de Becas considerando la situación socioeconómica y su rendimiento escolar. 20. Participar en actividades pastorales y actividades propias a festividades del establecimiento. 21. Recibir premios y estímulos individuales o colectivos en mérito a sus logros académicos, actitud, conducta y compromiso y aporte al colegio

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CAPÍTULO IV DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LAS ALUMNAS Artículo 6º: Deberes generales de las alumnas Nuestros actos siempre tienen consecuencias, por eso debemos: 1. Conocer y cumplir con los derechos, deberes y obligaciones que impone este Reglamento de Convivencia Escolar. 2. Presentarse todos los días con su Agenda Escolar, mantenerla en perfectas condiciones de orden, limpieza y con sus datos actualizados incluyendo fotografía. En ella se registrará las firmas oficiales. No olvidar que es intransferible, considerando que es el nexo entre el Colegio y el Apoderado. 3. Respetar y mantener buenas relaciones con todos los miembros de la comunidad educativa. 4. Expresar ideas y opiniones con confianza y respeto hacia los demás, usando siempre un tono y vocabulario adecuados. 5. Cumplir y acatar las disposiciones del colegio con el fin de colaborar en su propio crecimiento y desarrollo. 6. Ayudar y compartir con sus compañeras, buscando el bien de todas, especialmente de aquellas que tienen mayores dificultades. 7. Mantener una actitud positiva hacia el proceso de enseñanza aprendizaje colaborando con el trabajo de aula. 8. Mantener apagados y guardados los celulares y aparatos tecnológicos en horas de clases y momentos formativos, siempre y cuando no sean autorizados para ser usados con fines pedagógicos. 9. Ante la eventualidad de ocupar un cargo de tesorería del curso, ser honrada y transparente en dar cuenta a su grupo de pares y profesor jefe y responsabilizándose de los dineros a ella confiados.

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10. Acatar y respetar los procedimientos establecidos en la facilitación y préstamo de diversos medios audiovisuales, libros de biblioteca, uso de salas, uso de computadores y otros, respetando los plazos estipulados. 11. Mantener una higiene y presentación personal adecuada a las exigencias del establecimiento. 12. Cuidar la limpieza de las diferentes dependencias del Colegio y evitar hacer cualquier tipo de destrozo o rayado. 13. Llevar materiales de estudio y objetos personales a su casa, sin dejar sus pertenencias en la sala de clases. 14. Hacerse responsable de sus artículos personales, el colegio no se responsabiliza por la pérdida de objetos de valor. 15. Asumir la responsabilidad por daños causados - a personas, implementos o estructuras del establecimiento – y realizar la reparación en el plazo acordado con la persona que corresponda. 16. Respetar el desarrollo de las clases, evitando interrupciones. 17. Respetar y participar de los diferentes momentos de la vida escolar, especialmente en los momentos de celebraciones pastorales, manteniendo una actitud y comportamiento de respeto, colaboración y celebración de la fe. 18. Asumir siempre y como estilo de vida, un trato digno, evitando exteriorizar actitudes que desdigan del privilegio de pertenecer al IPMA. 19. Lograr un rendimiento que le permita ser promovida al curso superior, de lo contrario no se asegura su matrícula, ante la eventual falta de vacante.

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Artículo 7º: Obligaciones de la alumna En su calidad de alumna, las jóvenes están obligadas a responder adecuadamente a su condición y pertenencia a este establecimiento educacional - con el convencimiento de que lo que realiza es en directo beneficio de su desarrollo y crecimiento personal haciéndose responsable de: 1) Asistir regularmente al Colegio y no ausentarse de él sin causa justificada. 2) Cumplir diariamente con sus responsabilidades y tareas escolares. 3) Estudiar para poder obtener siempre los mejores resultados. 4) Estar siempre dispuesta a aprender y superarse. CAPÍTULO V DE LOS PADRES Y APODERADOS Artículo 8º: Normas, criterios y procedimientos que regulan la convivencia y participación de Padres y Apoderados en el colegio Toda alumna debe tener un apoderado que la represente, pudiendo desempeñar tal cargo: su padre, madre o ambos indistintamente, o un tercero que haya sido designado para desempeñar tal cargo como tutor legal. Se solicitará también un apoderado suplente, plenamente capaz, para representar a la alumna en el caso de que sus padres o tutor legal no puedan hacerlo. El apoderado suplente podrá ejercer dicha tarea siendo previamente inscrito en el Colegio por el apoderado oficial y sólo para los casos que se requiera como emergencia. El apoderado no podrá ser un(a) profesor(a) del establecimiento, salvo en los casos de que se trate de su propia hija. Son los padres y apoderados los principales formadores y educadores de sus hijas. Tienen la principal responsabilidad en la labor educativa de ellas y quienes tienen la responsabilidad directa no tan sólo moral y ética, sino que también legal de los hechos que realizan sus hijas.

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Artículo 9º: Deberes de los Padres y Apoderados Son deberes de los Padres y Apoderados de las alumnas del Colegio: 1. Conocer, respetar y apoyar los objetivos del PEI y el método educativo que el colegio entrega a sus alumnas y las disposiciones contraídas en el “Contrato de Prestación de Servicio Educacionales”. 2. Asistir a lo menos a tres Escuelas para Padres, que el colegio programa para ellos, de manera responsable, comprometida y entusiasta - de acuerdo al compromiso asumido en el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales, de no ser así, esto será causal de solicitud de cambio de apoderado por desinterés y falta de compromiso con la formación que el colegio quiere entregar a su hija. 3. Respetar y adherir a los valores que promueve el Colegio y velar para que su hija se inicie en la vida sacramental, en el caso que corresponda. 4. Justificar personal y oportunamente, al momento de reintegrarse a clases, la inasistencia de su pupila a clases y/o actividades programadas por el establecimiento. En caso de presentar Certificado Médico, este debe ser entregado a la Jefa de nivel correspondiente, en un plazo no superior a 3 días iniciada la licencia, cualquier presentación posterior a la fecha indicada, no tendrá validez. 5. Estar en frecuente contacto con él o la profesora jefa – asistiendo a las citaciones de entrevistas personales - especialmente si su pupila está con alguna situación disciplinaria, académica, social, psicológica u otra. 6. Presentar al inicio del año escolar o en su defecto con la antelación necesaria todo tipo de información de salud de su pupila, referidas a diagnósticos de dificultad de aprendizaje, tratamientos neurológicos, psicológicos u otros similares. 7. Concurrir al Colegio periódicamente para informarse del rendimiento y comportamiento de su pupila y cada vez que sea citado. 8. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de cursos y/o generales.

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9. Presentarse a justificar su inasistencia a reuniones y asambleas. 10. Comunicarse directamente con la Jefa de Nivel correspondiente en caso de necesitar comunicarse con su hija, evitando llamarla por teléfono. 11. Respetar el horario de atención para apoderados y los lugares escolares de trabajo de su pupila, no pudiendo ingresar a ellos sin la debida autorización. 12. Concurrir personalmente al Colegio cuando necesite retirar a su pupila antes del horario habitual de salida con causa justificada. 13. Promover y motivar en el hogar medidas para que su pupila asista normalmente a clases, llegue puntualmente, se presente con el uniforme escolar completo 6 y los materiales necesarios. 14. Revisar periódicamente la Agenda Escolar, manteniendo un diálogo fluido con su pupila. 15. Responder por los deterioros causados por su pupila en las instalaciones y propiedades del IPMA. 16. Proveer oportunamente a su pupila de los medios y materiales necesarios para sus actividades escolares. 17. Velar por la correcta presentación de su pupila, cumpliendo con el uso de su uniforme escolar según las orientaciones del colegio. 18. Presentar a quien corresponda y en forma oportuna, los documentos solicitados por las instancias del establecimiento. 19. Favorecer la responsabilidad de la alumna, evitando traer a portería objetos o materiales que ella haya olvidado u omitido. En portería, no se recibirá material alguno. 20. Realizar mensualmente la cancelación de la cuota de Escolaridad en caso que corresponda por Financiamiento Compartido

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Según lo establecido en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar

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21. Comprometerse y participar responsablemente de las actividades que propicie el Centro general de Padres y Apoderados. 22. Comprometerse, para los Padres y Apoderados que son parte de la Directiva de Curso, a entregar cuenta de su gestión y un balance semestral de los dineros recaudados a la Profesora Jefe y Apoderados del curso. 23. Tratar con respeto a todos los miembros de la comunidad educativa, religiosas, docentes, asistentes de la educación, alumnas y apoderados. 24. Firmar los diversos compromisos de sanción y acompañamiento que amerite su pupila, los que están consignados en el presente Reglamento, tales como amonestación y condicionalidad; caso contrario el colegio se reserva el derecho de renovar la matricula de la alumna para el siguiente año lectivo. 25. Manifestar en forma respetuosa cualquier opinión, reclamo o sugerencia a cualquier miembro de la comunidad educativa. En caso contrario la dirección del establecimiento tomará las medidas que correspondan.

Importante Si el apoderado no concurre a las reuniones, reiteradamente y sin causa justificada a citaciones del profesor jefe u otras instancias del colegio y/o no cumple con lo establecido en el presente Reglamento, se solicitará cambio de apoderado.

Artículo 10º: Cambio de apoderado La Dirección Pedagógica del Establecimiento podrá exigir cambio de apoderado cuando éste no cumpla el rol que ha asumido, debidamente calificado por el colegio, sin perjuicio de que así se entenderá si se incurre en algunas de las siguientes causales: 1. Incumplimiento reiterado de alguna de las normas del artículo 9º de este reglamento.

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2. Inasistencia a tres reuniones y/o citaciones personales. 3. Declarar que no comparte el PEI del IPMA. 4. Faltar el respeto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, dentro o fuera del Establecimiento. 5. Faltar a la verdad: permitiendo la suplantación de identidad o falsificando documentos. 6. Ausencia de apoyo a su pupila en cuanto a sus estudios y/o formación. Artículo 11º: Derechos de los Apoderados 1. Tomar conocimiento del Reglamento Interno de Convivencia Escolar. 2.

Desempeñar funciones y cargos en su curso y en el Centro General de Padres y Apoderados, si reúne los requisitos y es elegido democráticamente.

3.

Solicitar al estamento correspondiente y en los horarios dispuestos para ello, la atención e información del desempeño académico, disciplinario, formativo u otros que realice su pupila y en los cuales el colegio sea responsable.

4. Solicitar para su pupila, apoyo de los especialistas con los que el colegio cuenta, Orientadora, Psicóloga, Psicopedagoga, Atención Espiritual u otros. 5. El Apoderado ante situaciones que considere irregulares en la atención de su pupila por parte del IPMA, puede recurrir a las instancias correspondientes según el siguiente procedimiento: Profesor Jefe, Jefa de Nivel, Coordinadora de Especialidad, Coordinadora de UTP7 y Dirección Pedagógica. 6. Recurrir a los estamentos superiores para la resolución de conflictos e irregularidades, sólo cuando éstas no sean resueltas por los niveles anteriores. 7. Solicitar beneficios de Becas especiales cuando su pupila cumpla los requisitos exigidos para ellas y según los respectivos reglamentos. 7

UTP: Unidad Técnica Pedagógica

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CAPÍTULO VI DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL Artículo 12º: Sentido de pertenencia y características de la presentación personal La alumna deberá demostrar en toda circunstancia y lugar una conducta personal acorde a su calidad de estudiante salesiana, tanto en su presentación como en su comportamiento, ateniéndose en tales materias a las normas impartidas por el Ministerio de Educación y a las propias del Establecimiento. El IPMA considerará que la correcta presentación personal y los hábitos de higiene, son signos de cultura y educación que favorecen la salud y calidad de vida personal y escolar. El hecho de no usar correctamente el uniforme, involucra una falta de pertenencia, adhesión, respeto y responsabilidad para con su colegio y constituye una falta grave. Los padres son los principales responsables de velar por la correcta presentación de su pupila, esto requiere de un activo compromiso con las orientaciones y normativas del IPMA al respecto. Artículo 13º: Presentación de la alumna con uniforme Se entiende por correcta presentación una imagen personal sobria, con: rostro despejado y sin maquillaje explícito, con uso de cabello recogido, ordenado y no teñido llamativamente, uñas cortas y sin pintar- salvo uso de brillo- y sin piercing, tatuajes y collares. Lo anterior no restringe el uso de un par de aros pequeños, no colgantes, un anillo y una pulsera pequeña.

Al interior del establecimiento, todos los Docentes, especialmente los Profesores Jefes, la Coordinadora de Convivencia Escolar y Jefas de Nivel velarán por una correcta presentación personal.

Artículo 14º: Del Uniforme Escolar

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1. Falda tableada escocesa azul con gris-largo hasta la rodilla. 2. Polerón azul marino del colegio con la insignia MA en blanco y leyenda en gris. 3. Polar azul marino con insignia del colegio en blanco, sin gorro. (Optativo) 4. Polera de piqué blanca con dos ribetes azules en el cuello, insignia MA azul y leyenda del colegio. 5. Zapato escolar de color negro, caña baja. 6. Calcetas azul marino, un par de bucaneras; panty de color azul marino, o natural. 7. Parka oficial del colegio con insignia bordada. 8. Uniforme de su especialidad, el que se usará sólo durante la jornada escolar y procesos de práctica. 9. Buzo oficial del establecimiento, (pantalón corte recto) y zapatillas deportivas el que será usado en horas de educación física o en otro momento siempre y cuando sea autorizado por convivencia escolar. 10. Accesorios tales como: bufandas, gorros y guantes azul marino, gris, blanco o negro. 11. Uso de elástico o traba para el cabello, color azul marino, gris, negro o blanco 12. Las alumnas de 4º Medio – cuyos cursos posean polerones – podrán usarlos durante el segundo semestre los días viernes y cada vez que el colegio autorice asistir a él con ropa de calle y durante el último mes de clases todos los días, siempre y cuando el modelo y diseño sea aprobado por la dirección del establecimiento.

Artículo 15º: Del Uniforme de Especialidad

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Las alumnas que cursen 3° y 4º medio, deberán contar con el uniforme de su especialidad estipulado por el establecimiento, el que será exigencia para sus clases de taller, de acuerdo al reglamento de cada Especialidad. Artículo 16º: Excepciones en el uso del uniforme Sólo con la autorización expresa de la Dirección Pedagógica del Colegio y previamente solicitada por el apoderado en circunstancias particulares, se aceptará el no cumplimiento de alguna(s) de las disposiciones, relacionadas al uso del uniforme escolar. CAPÍTULO VII DE LA ASISTENCIA, ATRASOS, PERMISOS Y PUNTUALIDAD Artículo 17º: Aspectos generales Las alumnas deben asistir a todas las clases del Plan de Estudios del respectivo curso y a todas las actividades que el colegio propicie. El requisito de asistencia está regulado por las normas de evaluación y promoción escolar. Las alumnas que, de acuerdo a la legislación vigente estén eximidas de un subsector, módulo o actividad de esta, no están autorizadas para faltar a horario normal de clases, llegar atrasadas, ausentarse del Colegio o retirarse de él. Artículo 18º: Salidas autorizadas Con la finalidad de asegurar la integridad física y moral de las escolares, ninguna alumna podrá salir del Colegio en horario escolar sin autorización de la Dirección o en su ausencia, de quien sea facultado para ello. Toda salida autorizada, será anotada en el Registro de Salida. A ninguna alumna que se presente atrasada al Colegio se negará el ingreso y no será devuelta a su casa dentro del horario de clases, de acuerdo a la normativa vigente. Cuando se haya trasgredido alguna norma, la Coordinadora de Convivencia Escolar, determinará el lugar de permanencia de la alumna en el Establecimiento y solicitará la presencia del apoderado vía telefónica o a través del personal del Colegio. Artículo 19º: Asistencia a Celebraciones, Jornadas Formativas y Salidas Pedagógicas

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La asistencia de las alumnas a celebraciones o actos, retiros, jornadas formativas y salidas pedagógicas, son parte del currículo, por ello la participación es de carácter obligatorio. Si por fuerza mayor debiere faltar, la inasistencia debe ser debidamente justificada por el apoderado y cumplirá con la actividad alternativa que se sugiera según sea el tema. Dichas actividades deberán realizarse en el horario correspondiente a clases o con previo acuerdo según la realidad y posibilidades de horario de locomoción de las alumnas de zona rural. Artículo 20º: Puntualidad La asistencia y puntualidad a clases (y demás actos o actividades complementarias) se exige desde el primer día de clases hasta el último. El horario de ingreso al colegio es a las 08:10 hrs. y el horario de salida es a las 16:40 hrs. Existiendo 3 recreos durante la jornada: el 1º de 30 minutos, el 2º de 15 minutos y el 3º de 45 minutos. Las horas de clases tienen una duración de 45 minutos, es decir una hora pedagógica. Las inasistencias serán justificadas oportunamente por el apoderado en forma personal. Se entenderá por justificación oportuna aquella que se realiza con anterioridad al día de ausencia, o al momento en que la alumna se reintegre a clases, excepto en casos extraordinarios o de fuerza mayor. El colegio llevará un Registro que será firmado por el apoderado cada vez que concurra a justificar una inasistencia, trámite que se realiza con la Jefa de Nivel y de 8.00 a 8.30 horas y en otros horarios establecidos por el equipo de convivencia escolar y que será comunicado en el mes de Marzo. Artículo 21º: Atrasos Las alumnas que lleguen atrasadas, serán registradas en el Libro de Atrasos y en la propia Agenda Escolar. Al tercer atraso deberán presentarse con su Apoderado. Si se repite por quinta vez esta situación – o sea 15 atrasos - se le condicionará la matrícula, por desinterés en el cumplimiento de este deber. Si después de firmada la Condicionalidad llega cinco veces más atrasada - 20 atrasos - se le cancelará la matrícula para el año siguiente. Artículo 22º: Controles Médicos

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En los casos en que la alumna deba ausentarse del Colegio por algunas horas para controles médicos, deberá presentar la citación médica a la Jefa de Nivel. Los apoderados deberán retirarla y firmar el registro, indicando la hora de salida y regreso al colegio. Al reintegrarse a clases justificará su inasistencia presentando el certificado médico comprobando que fue atendida. Artículo 23º: Solicitudes de permiso y uso de medicamentos El Colegio se reserva el derecho de rechazar y/o confirmar solicitudes de permisos para retirarse antes del término del horario de clases o salidas momentáneas. Así mismo, en el caso que una alumna deba hacer uso de algún medicamento restringido, el Apoderado debe informar por escrito este tratamiento al Profesor(a) Jefe, adjuntando el certificado médico, quien informará a la instancia correspondiente. Cuando una alumna se sienta enferma debe dirigirse a la Jefa de Nivel para ser atendida y seguir el protocolo que el caso amerite. Artículo 24º: Asistencia para ser promovida de curso La asistencia obligatoria para ser promovida de curso, según orientaciones del Ministerio de Educación y del Reglamento de Evaluación, corresponde a lo menos al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. CAPÍTULO VIII DE LAS ACTITUDES Y NORMAS Artículo 25º: Actitudes del Perfil Salesiano El IPMA invita a la alumna a vivir actitudes que permitan realizar un trabajo personal y grupal en un ambiente sereno, con normas de convivencias claras y precisas, que formen a los valores. Las normas a las que es necesario adherir para el logro de los objetivos propuestos por esta Comunidad Educativa son:

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a) Asistir al Colegio, puntualmente, desde el primer día de clases hasta el último, esforzándose por lograr el 100% de asistencia. b) Mantener silencio en el trabajo personal, en los momentos de oración, eucaristías, buenos días, reflexión, lectura silenciosa y de avisos desarrollados en salas de clases, biblioteca, y otras dependencias del establecimiento. c) Ejercitarse en la vivencia de los valores salesianos: capacidad de entrega gratuita a los demás, respeto, delicadeza, alegría, sensibilidad frente a las necesidades especialmente de los más pobres y alto sentido de responsabilidad y cumplimiento del deber. d) Actuar con honestidad y mantener una disposición al diálogo entre pares y con todos los miembros de la comunidad educativa mostrando, ante todo, respeto y normas de urbanidad. e) Aprovechar bien el tiempo de clases, teniendo una buena disposición al estudio, entendiendo que su rendimiento y resultados son importantes para ella, su curso y el colegio. f) Asistir a todas las instancias formativas que el colegio ofrece (retiros, triduo escolar, eucaristías, actos, charlas y celebraciones) viviendo el carisma salesiano y mostrando interés y compromiso frente a las actividades programadas. g) Comprender que su uniforme la identifica en la comunidad de Puerto Montt, por ello su comportamiento y actitudes deben ser acordes a su femineidad y valores que el colegio transmite. h) Permanecer en el Colegio desde el inicio hasta el término de la jornada Escolar. i) Usar correctamente textos, agenda escolar y documentos del Colegio. j) Cuidar el material didáctico, mobiliario e infraestructura del colegio haciéndose responsable de destrozos y pérdidas. k) Mantener un lenguaje y comportamiento correctos dentro y fuera del establecimiento.

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l) Tratar con respeto a todo integrante de la Comunidad Escolar. m) Presentar comunicaciones y justificativos firmados por el apoderado cuando se solicite. n) No apropiarse de objetos ajenos. o) No tener anotaciones negativas. p) Comer sólo en horas de recreo y colación. q) Cuidar y mantener la limpieza de la sala de clases y de todo el recinto del establecimiento. r) Cumplir con la presentación personal, en el uso del uniforme escolar descrito. s) Acoger y valorar el don de la vida, la educación al amor y su rol como mujer cristiana en la sociedad. t) Reconocer en los actores de la Comunidad Educativa, personas que las orientan y guían en su crecimiento, cultivando hacia ellos y su colegio sentimientos de confianza y gratitud. u) Cumplir los compromisos adquiridos con el colegio, su curso y CEDIMA. Artículo 26º: Maltrato Escolar Definición8: Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, realizada por cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sea física o psicológica, ejecutada, en forma verbal o escrita, por cualquier medio de transmisión de voz o datos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:

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MINEDUC, Orientaciones para Reglamento Tipo de Convivencia Escolar

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Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales

Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo

Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

Artículo 27º: Responsabilidades del IPMA de Puerto Montt frente al maltrato escolar El Instituto Politécnico María Auxiliadora de Puerto Montt considera que ninguna de las acciones antes descritas, forma parte de los principios valóricos del colegio, es por ello que aplicará, con criterio preventivo, los seguimientos que corresponden y las sanciones según sea la gravedad de los hechos, las que serán aplicadas por el Comité de Convivencia Escolar. Es responsabilidad de todos los integrantes de la comunidad educativa: alumnas, padres, madres, apoderados, religiosas, asistentes de la educación y docentes el propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia y así prevenir todo tipo de maltrato. Además el personal directivo, los docentes, asistentes de la educación y las personas que cumplan funciones administrativas y auxiliares del establecimiento educacional deberán recibir capacitación sobre la promoción de la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto. En todos los casos de maltrato escolar, ocurridos dentro del establecimiento o fuera de él, estando la alumna con uniforme, - de lunes a viernes - el colegio realizará una investigación del hecho y verificará que los protocolos de acción acordados en estas normas de convivencia, hayan sido aplicados, pudiendo incluso, desvincular al ofensor, cualquiera sea este dentro de la comunidad educativa, si la situación lo amerita. Cualquier situación de maltrato escolar ocurrida fuera del período lectivo de clases (vacaciones de invierno, vacaciones de verano, feriados e interferiados), no podrá ser considerada como responsabilidad del establecimiento y deberá ser atendida según la normativa penal vigente, a través de Carabineros de Chile u otra Institución idónea.

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El IPMA podrá aportar con informes sobre la conducta de la alumna dentro del establecimiento para colaborar en la investigación según sea solicitado. Artículo 28º: Conductas que expresan maltrato escolar Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas: a) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa 9 . b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de una alumna o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa. c) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. d) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de una alumna u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, cobro de dinero, etc.). e) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia. f)

Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a una alumna o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio de transmisión de voz y datos.

g) Exhibir, transmitir o difundir por cualquier medio de transmisión de voz y datos toda conducta de maltrato escolar.

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Los miembros de la Comunidad Educativa son: las Religiosas, los Docentes, los Asistentes de la Educación, las Alumnas y los Padres y Apoderados.

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h) Realizar actos de acosos o ataques de connotación sexual 10, aun cuando no sean constitutivos de delito. i)

Portar y manipular todo tipo de armas 11, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.

Artículo 29º: Educación a la sexualidad adolescente Definición: Entenderemos la educación sexual como un proceso que se desarrolla a lo largo de toda nuestra vida, con diferentes grados o manifestaciones, y que ha sido aprendido en el ambiente familiar y en la interacción social. Este proceso se focaliza especialmente en la etapa adolescente, que para los efectos escolares abarcará desde 1º a 4° Medio, período en el que se presentan los mayores desafíos para el acompañamiento de las alumnas por parte de los educadores y de las familias. Nuestra Comunidad Educativa se ilumina en su quehacer pedagógico y evangelizador en la doctrina de la Iglesia Católica, en la cual se reconoce la sexualidad humana como creación de Dios, quien vio que lo que había hecho era muy bueno. Les dio al varón y a la mujer la misión de formar una sola carne y de llenar la tierra. Creemos que la sexualidad humana conlleva una responsabilidad, tanto por la relación humana entre las personas, ya que la sexualidad constituye una especie de diálogo, como por la mantención de la vida del género humano.12 El Instituto Politécnico María Auxiliadora comparte el criterio, desde los antecedentes de la psicología, de que la sexualidad durante la etapa adolescente se encuentra en proceso de formación y que sólo en la adultez los seres humanos establecen una sexualidad con objeto de deseo definido. Por lo tanto, las diversas manifestaciones que las alumnas expresen respecto a su modo de vivir los afectos, se entenderán de esta manera, acompañando y colaborando en su clarificación, orientando a las alumnas al desarrollo de conductas responsables y autónomas. Artículo 30º: Conductas de riesgo y actitudes autodestructivas 13

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Refiérase al Protocolo ante Maltrato y Abuso Escolar del IPMA

Las alumnas no podrán portar ni exhibir sus herramientas de trabajo escolar (cuchillos, cartoneros, jeringas, entre otros) en momentos de recreo u otros ajenos a la clase de la especialidad. 12 Cf MARREWIJK, Leonardo. “Moral Sexual y Matrimonial”, UCSH, Santiago de Chile 2008, pág. 25 13

Refiérase al Protocolo ante Maltrato y Abuso Escolar del IPMA

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a) Realizar manifestaciones que sobrepasen los límites del pudor y las buenas costumbres, expresadas en conductas impropias14 dentro o fuera del establecimiento. b) Toda acción contra su propia integridad física. c) Hostigar a otra alumna u otro miembro de la comunidad educativa, ya sea enviándole mensajes de texto por celular, cartas, correos electrónicos, mensajes en diversos sitios web; u otros tipos de insinuaciones que no representen claramente un vínculo sano de amistad o compañerismo entre alumnas. Artículo 31º: Notificación y acompañamiento del Colegio Todo miembro de la comunidad educativa que advierta una conducta impropia de otro miembro, dentro o fuera del establecimiento, en el que se vea empañada la imagen y prestigio del IPMA, deberá notificarlo en forma personal y privada al Profesor Jefe, quien a su vez lo informará a Convivencia Escolar, para investigar el hecho y aplicar los pasos de acompañamiento.

Importante: Se comunica al Apoderado que en el caso de que su hija sea autora de actos constitutivos de delito y matonaje se realizará la denuncia ante el Ministerio Público y en el caso de que los actos sean de hostigamiento psicológico, capaces de ser encuadrados en lo que se denomina violencia psicológica, se realizará la denuncia ante los Tribunales de Familia. (Código Procesal Penal artículo 175 letra e, o la que le reemplace)

Artículo 32º: Sobre falsedad de información

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Se entenderá por conductas impropias para este caso, las manifestaciones de afecto amoroso entre miembros de la comunidad educativa.

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La alumna que informe a su Profesor Jefe, convivencia escolar y/o a Dirección una situación falsa, con el fin de perjudicar la imagen de una alumna, comete una falta gravísima, por lo que será sancionada con cancelación de matrícula para el año siguiente. Artículo 33º: Itinerario de educación al amor El IPMA se compromete a acompañar el desarrollo afectivo y sexual de las alumnas, de todos los cursos y niveles que imparte, a través de charlas, clases de orientación, talleres de apoyo, atención psicológica, retiros espirituales y otras instancias que considere oportunas, desarrollando para ello un itinerario formativo de educación al amor, conforme a los valores y principios del colegio. CAPÍTULO IX DE LAS FALTAS Y LAS SANCIONES La disciplina del Colegio tiene por objetivo educar hacia la autodisciplina, es decir, quiere que la alumna llegue a vivir responsablemente su libertad, reconociendo sus responsabilidades como buena cristiana y honesta ciudadana. Además, la disciplina hace posible la convivencia comunitaria y su función formadora a través del respeto a las personas y a las reglas fijadas. Las sanciones tienen por objetivo favorecer el cumplimiento de las normas disciplinarias, crear conciencia de los errores cometidos y su urgente corrección en el futuro. Artículo 34º: Procedimiento frente a las faltas Las faltas al Reglamento no agotan las posibilidades de las sanciones que deberán ser ordenadas y acompañadas finalmente por la Dirección Pedagógica, previa conversación con la alumna que generó la falta con el Profesor(a) que la sancionó. La falta debe estar claramente expresada en libro de clases y firmada por la alumna, con el fin de velar que ésta sea objetiva y transparente, y asumida a través del criterio de la razón. Las faltas serán sancionadas con amonestaciones verbales, escritas (compromiso), condicionalidad de matrícula y término del Contrato de Prestación de Servicio Educacional (cancelación de matrícula). Medidas de acompañamiento:

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1. Diálogo Personal, con el profesor o jefe de nivel, al cometer por primera vez una falta, se privilegiará el diálogo en primera instancia para la resolución del conflicto. 2. Registro de la falta en el libro de clases, siempre que una alumna incurre en una falta, el Profesor o Jefa de Nivel la consignará en la hoja de vida de la alumna, transformándose en una amonestación escrita. 3. Citación del Apoderado: El Profesor Jefe – principal orientador de su curso – citará al apoderado cuando su pupila complete 3 anotaciones negativas y cada vez que éste lo estime conveniente, como una manera de estar más al tanto del comportamiento de las alumnas y con el propósito de informarle acerca de los avances y debilidades de su pupila, dirigiendo acciones remediales cuando sea necesario. 4. Derivación: Serán derivadas a Orientación todas aquellas alumnas que de acuerdo a su problemática, se considere necesario una intervención para resolver su situación conductual. 5. Condicionalidad de Matrícula: Esta medida será tomada por la Coordinadora de Convivencia Escolar, una vez que se hayan agotado todas las instancias anteriores. 6. Servicio Comunitario: Debidamente dialogado con la alumna e informando a su apoderado, toda alumna que esté condicional, realizará trabajos comunitarios que aporten a su propia formación y a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otras alumnas, ayudantía a profesores o dependencias del colegio, paneles, aseo de su sala, entre otras. 7. Cancelación de Matrícula: Después de haber reunido todos los antecedentes correspondientes que indiquen que la alumna no ha sido capaz de superar o enmendar la situación de Condicionalidad, o si la alumna ha cometido una falta que dañe gravemente la convivencia escolar o vaya en contra de los valores y principios que sustentan nuestra unidad educativa, entonces será necesario que la Dirección adopte esta medida dentro del año o al término de éste. Artículo 35º: Tipificación de las Faltas

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El método educativo salesiano del Sistema Preventivo, cree que en todo joven hay un punto accesible al bien, por eso nos anima la certeza de que toda alumna que se vea enfrentada a un problema ya sea de orden académico y/o disciplinario puede superarlo. Ante determinadas faltas es necesaria la aplicación de una justa y correcta medida disciplinaria. Estas se categorizarán de la siguiente manera: leves, graves y gravísimas. Artículo 36º: Faltas Leves Son las que alteran la convivencia escolar y que de alguna u otra manera están dando paso a una problemática disciplinaria. Estas faltas serán registradas en la hoja de vida de la alumna y se hará el respectivo seguimiento por el Profesor Jefe. Son consideran Faltas Leves: 1. No portar la Agenda Escolar (documento oficial de comunicación entre colegio y apoderado) con sus datos personales, fotografía, copia de Contrato de Prestación de Servicios Educacionales firmado y comunicaciones firmadas. 2. Tener comportamiento inadecuado en la sala de clases como: correr, gritar, comer, hablar o manipular celular o elementos tecnológicos sin la autorización del docente. 3. Conversar o interrumpir la clase, en la sala, biblioteca y en todo lugar en el cual se desarrollen actividades educativas inherentes al quehacer escolar Salesiano ya sea dentro o fuera del establecimiento. 4. Permanecer en la sala de clase durante el recreo y la hora de colación sin autorización. 5. Permanecer fuera de la sala de clases durante la hora lectiva o en cambios de hora sin aviso previo. 6. Faltar a la verdad.

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7. Realizar actividades que no correspondan al momento de Oración, Buenos Días o Eucaristía, las que interrumpan el buen desarrollo de estas, que manifiesten una actitud displicente. 8. Ingresar atrasada a clases sin justificación. 9. Concurrir al Establecimiento sin los útiles y/o equipo de trabajo. 10. Ingresar tres veces atrasada al establecimiento después de las 9:00 hrs. sin apoderado y sin justificativo. 11. No realiza ni presenta tareas y/o trabajos asignados con antelación. 12. No participa en las actividades propuestas durante el desarrollo de la clase. 13. Presentar ausencias reiteradas a evaluaciones (4) sin justificación. 14. No comunicar al apoderado que ha sido citado al establecimiento. 15. Presenta reiterados atrasos (7). 16. Utiliza en el colegio en el colegio artefactos eléctricos para el arreglo del cabello. 17. No acoge el art 13 correspondiente a la higiene y presentación personal. 18. No colabora con el aseo de la sala de clases y los distintos espacios del colegio (botar papeles al suelo, rayar los muebles, etc.)

Tipo de acompañamiento: Amonestación verbal y escrita por parte de quien corresponda: Profesor de Subsector o Módulo, Profesor Jefe, Coordinadora de Convivencia Escolar, Dirección Pedagógica. Seguimiento por parte de Profesor(a) Jefe y entrevista con Apoderado. La acumulación de Faltas Leves (6), constituyen una Falta Grave, pues la gravedad de ellas está en la reiteración de los actos.

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Artículo 37º: Faltas Graves Son aquellas que alteran o ponen en peligro el cumplimiento de la labor educativa y los derechos de los demás. Se consideran Faltas Graves: 1. Copia y utiliza material de apoyo en pruebas 2. Ayuda a una compañera en controles y/o trabajos personales. 3. Entrega pruebas en blanco, se niega a rendir trabajos y no entrega instrumento de evaluación sin causa justificada. 4. Facilita documentos personales a otras alumnas (agenda, pases, carnet de biblioteca, cuadernos y trabajos) con el fin de suplantar identidad. 5. Realiza actividades que no correspondan al momento de Oración, Buenos Días o Eucaristía, las que interrumpan el buen desarrollo de estas, que manifiesten una actitud displicente. 6. Destruye, daña o hace uso indebido del material, mobiliario escolar, infraestructura, hasta el propio uniforme o de compañeras. 7. Reiterados atrasos (15). 8. Tener 7 a 11 observaciones negativas, consignadas en su hoja de vida 9. Fuma dentro o fuera del establecimiento con uniforme. 10. No cumple, en forma reiterada (3 veces), con la presentación personal acorde a lo establecido en el presente Reglamento. 11. Manifiesta cualquiera de las conductas que constituyen maltrato escolar, descritas en el artículo 26º, 27º y 28º del presente reglamento. 12. Ingresa y/o manipula en el establecimiento medicamento que dañe la integridad física propia o de un semejante.

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13. Falta al colegio, cuando se sale de casa para dirigirse hacia él. 14. Presenta reiteradas inasistencias a clases (6), a evaluaciones, ya calendarizadas, a Retiros Espirituales, Jornadas organizadas por el colegio y/o días de Celebraciones, Fiestas internas y Salidas Pedagógicas, sin justificación ni certificados médicos. 15. Infringe el artículo 30º que tiene relación con las conductas de riesgo y actitudes autodestructivas. 16. Comportarse de manera incorrecta y grosera en la sala de clases, entre sus pares y hacia los adultos, a través de cualquier acto o modal inoportuno y/o descortés. Tipo de acompañamiento: La Coordinadora de Convivencia Escolar citará al Apoderado con su pupila cuando ésta cometa una falta grave para realizar un compromiso. Con 2 faltas graves la Coordinadora de Convivencia Escolar citará al apoderado con su pupila para firmar la Condicionalidad. La condicionalidad se termina cuando se han superado las causas que la motivaron, sean éstas de conducta, responsabilidad o rendimiento, considerando que esta sanción es anual. La acumulación de Faltas Graves (3) se considerará una Falta Gravísima y será motivo de cancelación de matrícula. Artículo 38º: Faltas Gravísimas Son aquellas que dañan profundamente nuestro estilo educativo y resienten el ambiente y convivencia escolar, así como también la propia formación de las alumnas y no están acordes con los principios valóricos, cristianos y salesianos del colegio. Se consideran Faltas Gravísimas: Tener actitudes manifiestamente contraria al Proyecto Educativo del colegio como las que se señalan a continuación:

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1. Desobedecer las medidas propuestas a nivel: Pedagógico, Administrativo o Disciplinario en las dependencias del establecimiento o en salidas pedagógicas Por ejemplo: Salir sin autorización del Colegio, antes de terminada la jornada escolar. 2. Reiteradas observaciones negativas (9), consignadas en la hoja de vida. 3. Llegar más de 30 veces atrasada al colegio. 4. Falsificar la firma y justificativo del apoderado o cualquier otra adulteración de documentos, como por ejemplo incluir notas en el libro de clases. 5. Robo, hurto o apropiación de cosas ajenas. 6. Portar, ver o promocionar material pornográfico. 7. Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional, en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste o usando el uniforme del establecimiento en la vía pública. 8. Fotografiar, grabar y publicar, por cualquier medio de transmisión de voz y datos, clases, actividades, actos o hechos realizados dentro del colegio sin autorización. 9. Tener actitudes desafiantes, amenazantes, agresivas, tanto verbales, escritas, psicológicas o físicas, referidas al personal del colegio: alumnas, padres y apoderados, profesores, asistentes de la educación. 10. Publicar y comentar situaciones ofendiendo, descalificando, desprestigiando, amenazando, atacando o injuriando a una alumna o cualquier otro integrante de la comunidad educativa o al IPMA a través de blogs, correos electrónicos, chats, páginas sociales, mensaje de texto, o por cualquier medio de transmisión de voz y datos . 11. No haber cumplido los compromisos y acuerdos firmados en la Condicionalidad.

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Tipo de acompañamiento: Citación del apoderado y la alumna por la Coordinadora de Convivencia Escolar y firma de la Cancelación de Matrícula. En caso de que la alumna cometa una Falta Gravísima, se procederá en forma inmediata con su sanción, dada la gravedad de la situación. Si una alumna de 4º Medio, comete una falta gravísima o tiene acumulación de faltas graves o leves, la sanción no podrá ser la cancelación de la Matrícula, por lo tanto, la sanción será la no participación en la Ceremonia de Licenciatura. Artículo 39º: Apelaciones La cancelación de matrícula, aplicada por la Coordinadora de Convivencia Escolar basada en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, podrá ser apelada por la alumna y su apoderado dirigiendo una carta a la Directora consignando las razones y compromisos de ambos, para superar la situación que dio origen a tal sanción. Esta debe ser presentada a la Directora, dentro del plazo de 3 días hábiles, después de haber sido comunicada la sanción. La situación de cada alumna es presentada por el/la Profesor/a Jefe al Equipo de Gestión, quienes estudian el caso y las pruebas para tomar una última resolución que será comunicada al Apoderado en forma personal previa citación por escrito. En caso de no presentarse el Apoderado se enviará por Carta Certificada. La solicitud puede ser aceptada o denegada. Esta apelación sólo puede ser presentada una vez durante la etapa escolar en este Colegio. Artículo 40º: Obligación de denuncia de delitos La Dirección, Coordinadora de Convivencia Escolar y Profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales 15, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalías del Ministerio Público o los

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Refiérase al Protocolo ante Maltrato y Abuso Escolar.

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tribunales competentes, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal 16 y a las normas que les reemplacen. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento. Artículo 41º: RECLAMOS Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso en conjunto con el área de convivencia escolar. Se deberá resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo17. CAPÍTULO X IGUALDAD DE OPORTUNIDADES A TODAS LAS ALUMNAS Artículo 42º: Acompañamiento de alumnas embarazadas Las alumnas que durante el año escolar presenten embarazo, conforme a la normativa vigente, seguirán siendo alumnas del Establecimiento y mantendrán los mismos derechos de todas las alumnas. Estas alumnas utilizarán su uniforme escolar hasta que su condición lo haga aconsejable. En caso de que una alumna se embarazare durante el año escolar, el Colegio, con la finalidad de favorecer su maternidad dispone de las siguientes medidas:

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Ley 20.191 Ley de Responsabilidad Penal Juvenil modifica la Ley 20.084 MINEDUC, Orientaciones para Reglamento de Convivencia Escolar, Artículo 11

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a) La Dirección del Establecimiento otorgará las facilidades académicas necesarias para que las alumnas en situación de embarazo o maternidad pueda asistir a sus controles médicos, siendo retirada del establecimiento por el apoderado 18. b) La Dirección del establecimiento arbitrará las medidas para que la alumna sea atendida normalmente y se le apliquen las evaluaciones como caso especial. Con todo, la alumna estará obligada a guardar el reposo pre y post natal, en su rol de madre lactante, apoyando y defendiendo el Don de la vida del recién nacido. c) El apoderado debe presentar el certificado médico indicando el tiempo de embarazo de la alumna y las indicaciones de salud de la alumna. d) Una vez finalizado el año escolar, la alumna será promovida si su rendimiento lo amerita. Para ello, el profesor jefe en conjunto con la coordinadora de UTP, buscarán las estrategias para acompañar dicho proceso. e) La alumna tendrá la facilidad de utilizar dependencias del establecimiento para fines académicos. f) Ningún integrante de la Comunidad educativa podrá discriminar a las alumnas por embarazo, condición social, incapacidad física, trastornos psicológicos, credo religioso o por su rendimiento académico. g) Para realizar un debido acompañamiento a las alumnas embarazadas el IPMA cuenta con un Manual de Procedimientos que regula los pasos a seguir. Artículo 43º: Alumnas con necesidades educativas especiales El establecimiento velará, a través del Equipo de Orientación, por las alumnas que manifiesten problemas de aprendizaje, necesidades educativas especiales o diversas dificultades para el estudio. Los apoderados deberán manifestar su total apoyo al proceso, ya sea presentando certificados médicos cuando sea pertinente y adquiriendo los medicamentos necesarios para tratamientos neurológicos 18

Cf MINEDUC, Ley N°18.962, que regula el Estatuto de las alumnas en situación de embarazo y maternidad, Art. 5°

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Los docentes seguirán las indicaciones que les sean dadas por la Psicopedagoga correspondiente, con el fin de acompañar el proceso académico de la alumna. Las alumnas que sean calificadas "en riesgo social" serán acompañadas por el Profesor Jefe y el Equipo de Orientación con la finalidad de facilitar la inserción adecuada y eficaz en el ambiente escolar. Artículo 44º: Redes externas Para facilitar la formación y el aprendizaje de las alumnas, el establecimiento mantendrá una comunicación constante con diferentes organismos de la comunidad que puedan colaborar en el quehacer educativo, de orientación o de prácticas: Carabineros, Bomberos, Sernam, Empresas, Universidades, Superintendencia de Salud, etc. Artículo 45º: Salidas pedagógicas y actividades formativas La Dirección Pedagógica del establecimiento dará todas las facilidades, acorde a los medios con los que se cuenten, para las salidas a terreno y encuentros con las organizaciones y personalidades de la comunidad, que los profesores programen como parte de su metodología de aprendizaje y orientación para las alumnas, conforme a los permisos previos del Departamento Provincial de Educación (DEPROV), si la situación lo amerita. Estas salidas serán de carácter obligatorio y sólo podrá eximirse la alumna de dicha actividad, presentando un certificado médico. Sin embargo, deberá asistir al colegio, si se realiza en el horario de clases. En relación a las salidas pedagógicas, éstas consideran un protocolo de revisión que es firmado por la Dirección Pedagógica y se refieren fundamentalmente a actividades complementarias al Programa de Estudio de una Asignatura o Módulo. Artículo 46º: Giras de estudio El IPMA, no autoriza, promueve ni patrocina la realización de Giras de Estudio durante el año lectivo o fuera de él, no autorizando a sus docentes a acompañar a las alumnas en el periodo de clases. Toda actividad desarrollada con este fin es de carácter privado y sin responsabilidad para el IPMA. En el caso de que un docente acompañe a las alumnas a una actividad de este tipo, lo hace por iniciativa propia y bajo su responsabilidad.

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CAPÍTULO XI DEL ASEO, CUIDADO, MANTENCIÓN Y PÉRDIDA DE MATERIALES Artículo 47º: Responsabilidad de la alumna en el aseo de su curso Cada Alumna, debe hacerse responsable del mantenimiento del aseo y orden de la sala de clases y dependencias que ocupe en el normal desarrollo de sus actividades estudiantiles, como parte de su formación y desarrollo personal y profesional inculcada por el colegio. Toda alumna tiene la obligación de participar en los grupos de aseo semanal y general de sus salas y talleres, responsabilidad compartida y trabajo colaborativo con su curso. Artículo 48º: Responsabilidad de la alumna ante pérdida o deterioro Cada alumna asume la responsabilidad de los objetos que trae al colegio, especialmente aquellos que no forman parte de los recursos de aprendizaje. El curso no será responsable por daño o pérdidas de objetos personales, que ocurran dentro de la sala de clases o fuera de ella. En el caso de que se conozca la persona responsable del hecho, se seguirá con ella los pasos establecidos según el tipo de falta al cual corresponda. Artículo 49º: Si una alumna causa, comprobadamente, algún daño material en las dependencias del establecimiento, debe responsabilizarse de él. Todo destrozo debe ser cancelado por la alumna o las alumnas que lo hayan originado. CAPÍTULO XII DE LAS DISPOSICIONES FINALES Artículo 50º: Este Reglamento Interno de Convivencia Escolar, será dado a conocer y socializado a todos los estamentos de la comunidad educativa en el mes de Marzo y Abril, en las siguientes instancias: 1. En Orientación y Consejo de curso; el Profesor Jefe lo analizarán con las alumnas.

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2. Escuelas para Padres; el Profesor Jefe y el Departamento de Orientación lo analizan con los padres y apoderados. 3. Consejos Formativos; la Coordinadora de Convivencia Escolar, lo analizará con los docentes. 4. Reunión de Sub centro; la Coordinadora de Convivencia Escolar, lo analizará con el Centro de Padres y las directivas de curso. 5. Reunión Formativa; la Coordinadora de Convivencia Escolar, lo analizará con los Asistentes de la Educación. Artículo 51º: Es responsabilidad de todo Apoderado conocer y cumplir este Reglamento Interno de Convivencia en su calidad de tal y hacerlo cumplir por su pupila. Artículo 52º: Conocer, respetar y practicar, las disposiciones del presente reglamento, constituye una obligación para todos los miembros de la Comunidad Educativa. Artículo 53º: El Reglamento Interno de Convivencia será revisado una vez al año entre los meses de Noviembre y Diciembre, con la participación de todos los estamentos de la Comunidad Educativa. Artículo 54º: Cualquier otra situación emergente, que no se encuentre considerada en este Reglamento, podrá ser evaluada por la Dirección y el Equipo de Gestión Escolar, para buscar una solución adecuada, en coherencia con el Proyecto Educativo Institucional.

Sra. Marcela Ruiz Rodríguez Orientadora

Sra. Karen Millaquén A. Sra. Soledad Vera Araneda Coord. Convivencia Escolar Directora

Puerto Montt, marzo de 2016.

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