Modificación del Plan de Centro 2022-23

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DEL PLAN DE CENTRO 2022/23
C.E.I.P. VIRGILIO VALDIVIA MODIFICACIÓN
APROBADO EN CONSEJO ESCOLAR 14/11/2022

PLAN DE CONVIVENCIA

En atención a lo dispuesto en la instrucciones de 1 de julio de 2022, de la dirección general de atención a la diversidad, participación y convivencia escolar relativa a la coordinación de bienestar y protección de la infancia y adolescencia en los centros docentes públicos de Andalucía. Coordinación de bienestar y protección de la infancia y adolescencia.

Conforme a lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, los centros docentes donde cursen estudios personas menores de edad deberán contar con un coordinador o coordinadora de bienestar y protección del alumnado. Las funciones de coordinación de bienestar y protección del alumnado se podrán asumir por el personal que ostente la coordinación del Plan de convivencia o, en su defecto, por otra figura del Claustro de profesorado que asuma esas funciones, preferentemente por un miembro del Equipo Directivo. En nuestro centro esta coordinación recaerá en la dirección.

Funciones de la coordinación de bienestar y protección de la infancia y la adolescencia.

De conformidad con el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, la coordinación de bienestar y protección en los centros docentes tendrá las siguientes funciones:

a) Coordinar con la dirección del centro educativo el plan de convivencia.

b) Promover medidas que aseguren el máximo bienestar para los niños, niñas y adolescentes, así como la cultura del buen trato a los mismos.

c) Fomentar entre el personal del centro y el alumnado la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos.

d) Fomentar el respeto a los alumnos y alumnas con discapacidad o cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad o diversidad.

e) Identificarse ante los alumnos y alumnas, ante el personal del centro educativo y, en general, ante la comunidad educativa, como referente principal para las comunicaciones relacionadas con posibles casos de violencia en el propio centro o en su entorno.

f) Informar al personal del centro sobre los protocolos en materia de prevención y protección de cualquier forma de violencia existentes en su localidad o comunidad autónoma.

g) Coordinar, de acuerdo con los protocolos establecidos, los casos que requieran de intervención por parte de los servicios sociales competentes, debiendo informar a las autoridades correspondientes, si se valora necesario, y sin perjuicio del deber de comunicación en los casos legalmente previstos.

h) Promover, en aquellas situaciones que supongan un riesgo para la seguridad de las personas menores de edad, la comunicación inmediata por parte del centro educativo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

i) Promover planes de formación sobre prevención, detección precoz y protección de los niños, niñas y adolescentes, dirigidos tanto al personal que trabaja en los centros docentes como al alumnado y sus familias o tutores legales, con especial atención al personal del centro que ejercen

de tutores y a la adquisición por parte del alumnado de habilidades para detectar y responder a situaciones de violencia.

j) Fomentar que en el centro docente se lleve a cabo una alimentación saludable y nutritiva que permita a los niños, niñas y adolescentes, en especial a los más vulnerables, llevar una dieta equilibrada.

k) Promover, en aquellas situaciones que puedan implicar un tratamiento ilícito de datos de carácter personal de las personas menores de edad, la comunicación inmediata por parte del centro educativo a las Agencias de Protección de Datos

LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL ALUMNADO.

En aplicación de la siguiente normativa:

RD 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria

RD 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil

INSTRUCCIÓN 12/2022, de 23 de junio, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se establecen aspectos de organización y funcionamiento para los centros que impartan Educación Primaria para el curso 2022/2023.

INSTRUCCIÓN 11/2022, de 23 de junio, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se establecen aspectos de organización y funcionamiento para los centros que impartan Educación Infantil para el curso 2022/2023.

Organización curricular de los cursos impares de la etapa de Educación Primaria.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, el alumnado debe cursar en 1º, 3º y 5º de Educación Primaria las siguientes áreas:

a) Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural.

b) Educación Artística.

c) Educación Física.

d) Lengua Castellana y Literatura.

e) Primera Lengua Extranjera.

f) Matemáticas.

g) Segunda Lengua Extranjera.

2. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, el alumnado podrá cursar enseñanzas de Religión en cada uno de los cursos de la etapa, a elección de los padres, madres o personas que ejerzan su tutela legal. Asimismo, aquel alumnado

que no haya optado por cursar dichas enseñanzas en los cursos impares recibirán la debida atención educativa. Esta atención se planificará y programará por los centros de modo que se dirijan al desarrollo de las competencias clave a través de la realización de proyectos significativos para el alumnado y de la resolución colaborativa de problemas, reforzando la autoestima, la autonomía, la reflexión y la responsabilidad. A tales efectos, los centros desarrollarán y concretarán en su proyecto educativo las actividades para la atención educativa a las que se refiere este apartado. En todo caso, la atención educativa no será calificable.

3. En el caso de que el alumnado presente dificultades en la adquisición de la competencia en comunicación lingüística que le impidan seguir con aprovechamiento su proceso de aprendizaje, podrá cursar, en lugar de Segunda Lengua Extranjera, un Área lingüística de carácter transversal.

4. Los centros docentes, en el ejercicio de su autonomía, en los cursos impares de la Educación Primaria podrán distribuir el horario lectivo disponible entre una o dos de las opciones siguientes:

a) Ampliación del horario lectivo de las áreas para el desarrollo integrado de las competencias, incorporando los contenidos de los principios pedagógicos al desarrollo de aquellas áreas objeto de ampliación.

b) Diseño e implantación de proyectos interdisciplinares, de acuerdo con el procedimiento de aprobación establecido en el apartado Cuarto de esta Instrucción.

c) Realización de actividades de acción tutorial.

d) Segunda Lengua Extranjera o Área Lingüística de carácter transversal, en 1º y 3º de Educación Primaria.

e) Otras lenguas o áreas autorizadas por la Consejería competente en materia de educación.

Proyectos interdisciplinares propios de los centros.

1. Los centros docentes, en el horario lectivo de asignación autonómica, podrán configurar en su oferta educativa el desarrollo de un proyecto interdisciplinar. Todo ello, para garantizar el desarrollo integrado de todas las competencias de la etapa y la incorporación de los principios pedagógicos recogidos en el artículo 6 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo.

2. Los proyectos interdisciplinares tendrán un carácter eminentemente práctico.

3. Los centros docentes, en el ejercicio de su autonomía, podrán configurar proyectos interdisciplinares, buscando la continuidad y coherencia entre ellos, de manera que se adapten a las características del contexto, y a las necesidades del alumnado.

4. Los equipos de ciclo podrán presentar dichos proyectos al Claustro de profesorado para su debate y aprobación. Dicha propuesta deberá contar con el visto bueno previo del equipo técnico de coordinación pedagógica.

5. Los proyectos interdisciplinares que se presenten al Claustro de profesorado deberán contener, al menos, los siguientes elementos:

a) Denominación y justificación del proyecto, así como el curso o ciclo para el que se propone ofertar. Asimismo, se especificarán las competencias específicas, los criterios de evaluación, saberes básicos y su vinculación con el Perfil competencial en cada caso.

b) Justificación de su inclusión en la oferta educativa del centro docente y breve descripción del proyecto ofertado.

c) Certificación de la persona que ejerza la secretaría del centro relativa a la fecha de conformidad de la propuesta por parte del Claustro de profesorado.

d) Profesorado que impartirá el proyecto y recursos de los que se dispone para ello.

e) Acreditación de que la incorporación del proyecto a la oferta educativa es sostenible y asumible con los recursos humanos y materiales de que dispone el centro docente y que, por tanto, no implica aumento de plantilla del mismo.

6. Asimismo, aquellas áreas de diseño propio comunicadas y solicitadas por los centros durante el curso 2021/2022 para los cursos impares, se tramitarán por las Delegaciones Territoriales competentes en materia de educación como proyectos interdisciplinares para el curso 2022/2023. En caso de que se quiera sustituir o autorizar alguna de las áreas de diseño propio, por proyectos interdiscipinares, se dispondrá hasta el 31 de octubre del 2022 para hacer el cambio y gestionar su tramitación y autorización. La dirección del centro docente presentará sus propuestas ante la persona titular de la Delegación Territorial correspondiente competente en materia de educación quien resolverá la autorización de incorporación de los proyectos interdisciplinares a la oferta educativa del centro docente y la notificará antes de la finalización del mes de noviembre, previo informe del Servicio de Inspección. El currículo y la programación didáctica del proyecto propuesto se incluirá en el proyecto educativo, una vez que haya sido autorizado.

7. Los centros docentes que deseen solicitar proyectos interdisciplinares para el curso 2023/2024, deberán realizar la solicitud antes del 31 de mayo de 2023. La dirección del centro docente presentará sus propuestas ante la persona titular de la Delegación Territorial correspondiente competente en materia de educación, antes del 31 de mayo, quien resolverá la autorización de incorporación de los proyectos interdisciplinares a la oferta educativa del centro docente y la notificará antes de la finalización del mes de junio, previo informe del Servicio de Inspección. El currículo y la programación didáctica del proyecto propuesto se incluirá en el proyecto educativo, una vez que haya sido autorizado.

Área Lingüística de carácter transversal.

1. El Área Lingüística de carácter transversal, se impartirá para el alumnado que presente dificultades en la adquisición de la competencia en comunicación lingüística, como alternativa a la Segunda Lengua Extranjera. Los padres, madres o tutores legales, han de ser oídos en el proceso de incorporación en esta área.

2. Se podrá acceder al Área Lingüística de carácter transversal al inicio de curso, en función de la información recogida en el proceso de tránsito, así como durante el primer trimestre, a propuesta del tutor o la tutora tras la correspondiente evaluación inicial.

3. El desarrollo curricular debe partir de los elementos del área de Lengua Castellana y Literatura, integrando las competencias específicas, así como los criterios de evaluación del mismo curso o de cursos anteriores, en función de los resultados de la evaluación inicial del alumnado que conforma el grupo. Los saberes básicos han de estar centrados en los principios pedagógicos recogidos en el artículo 6 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo.

4. La metodología partirá de los intereses y la motivación del alumnado, estará orientada al desarrollo de situaciones de aprendizaje que posibiliten la creación de productos finales interesantes y motivadores para el alumnado, tales como obras de teatro, comics, campañas publicitarias, materiales, aplicaciones web.

5. Será evaluable y calificable como cualquier otra área. Los resultados se expresarán según lo establecido en el apartado Decimotercero de la presente Instrucción.

Organización curricular de la etapa de Educación Infantil.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, esta etapa se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años y el segundo, desde los tres a los seis años de edad.

2. El alumnado debe cursar las siguientes áreas en cada uno de los ciclos:

- Crecimiento en Armonía

- Descubrimiento y Exploración del Entorno

- Comunicación y Representación de la Realidad

Estas áreas deben entenderse como ámbitos de experiencia relacionados entre sí, por lo que se requerirá un planteamiento educativo que promueva la configuración de situaciones de aprendizaje globales, significativas y estimulantes que ayuden a establecer relaciones entre todos los elementos que las conforman.

3. Se podrá favorecer una primera aproximación a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y en la expresión visual y musical.

4. Tanto en el primer como en el segundo ciclo podrán desarrollarse experiencias educativas de exposición a una lengua extranjera que se incluirán en las situaciones de aprendizaje recogidas en las programaciones didácticas. El aprendizaje de la lengua extranjera se abordará siempre de manera integrada con el currículo de las áreas previamente enumeradas.

5. Podrá cursar la enseñanza de Religión aquel alumnado de segundo ciclo cuyos padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal hayan expresado su voluntad de hacerlo. Los centros que imparten Educación Infantil dispondrán las medidas organizativas para que los alumnos y las alumnas cuyos padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal no hayan optado por que cursen enseñanzas de Religión reciban la debida atención educativa.

Evaluación a la finalización de cada curso de primaria.

1. Al término de cada curso de la etapa, en el proceso de evaluación continua llevado a cabo, se valorará el progreso de cada alumno y alumna en las diferentes áreas o, en su caso, ámbitos. El profesorado de cada área o ámbito decidirá si el alumno o alumna ha alcanzado el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes.

2. En la última sesión de evaluación o evaluación ordinaria se formularán las calificaciones finales de las distintas áreas o ámbitos del curso, expresadas para cada alumno o alumna tanto en términos cuantitativos como en términos cualitativos.

3. En los cursos impares el resultado de la evaluación de los ámbitos que integren distintas áreas se expresará mediante una única calificación, sin perjuicio de los procedimientos que puedan establecerse para mantener informados de su evolución en las diferentes áreas al alumno o alumna y a sus padres, madres, tutores o tutoras legales.

4. Los resultados de la evaluación de cada área en los cursos impares se extenderán en la correspondiente acta de evaluación, y se expresarán en los términos Insuficiente (IN), para las calificaciones negativas, y Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) o Sobresaliente (SB), para las calificaciones positivas, tal y como se recoge en el artículo 26 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo. Para los cursos segundo, cuarto y sexto, se estará a lo dispuesto en la Disposición transitoria cuarta del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre.

5. Las calificaciones de las áreas pendientes de cursos anteriores se consignarán, en cada uno de los cursos de la etapa, en las actas de evaluación, en el expediente y en el historial académico del alumno o alumna.

Carácter y referentes de la evaluación en infantil.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, la evaluación en Educación Infantil, será global, continua y formativa. La observación directa y sistemática del tutor o tutora constituirá la técnica principal del proceso de evaluación.

2. La evaluación tendrá como referente las competencias específicas y los criterios de evaluación.

3. En toda la etapa, la evaluación debe servir para detectar, analizar y valorar los procesos de desarrollo de los niños y las niñas, así como sus aprendizajes, siempre en función de las características personales. A estos efectos, se tomarán como referencia los objetivos de la etapa recogidos en el artículo 7 del Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, así como los criterios de evaluación establecidos para cada ciclo en cada una de las áreas. Servirán también de orientación los perfiles competenciales, tanto del primer como del segundo ciclo.

PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

En aplicación de la Orden de 15 de enero de 2021, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determina el proceso de tránsito entre distintas etapas educativas y la Instrucción 12/2022, de 23 de junio, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se establecen aspectos de organización y funcionamiento para los centros que impartan Educación Primaria para el curso 2022/2023.

Medidas generales de atención a la diversidad.

1. Se consideran medidas generales de atención a la diversidad las diferentes actuaciones de carácter ordinario que, definidas por el centro en su proyecto educativo, se orientan a la promoción

del aprendizaje y del éxito escolar de todo el alumnado a través de la utilización de recursos tanto personales como materiales con un enfoque global.

2. Dado que todo el alumnado a lo largo de la etapa de Educación Primaria puede presentar necesidades educativas, transitorias o permanentes, los centros deben establecer diferentes medidas generales de atención a la diversidad para su alumnado, que podrán ser utilizadas en cualquier momento de la etapa.

3. Estas medidas tienen como finalidad dar respuesta a las diferencias en competencia curricular, motivación, intereses, estilos y ritmos de aprendizaje mediante estrategias organizativas y metodológicas y están destinadas a facilitar la consecución de los objetivos y la adquisición de las competencias clave de la etapa.

4. Entre las medidas generales de atención a la diversidad se encuentran:

a) Agrupación de áreas en ámbitos de conocimiento.

b) Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro del aula, preferentemente para reforzar los aprendizajes en los casos del alumnado que presente desfase en su nivel curricular.

c) Desdoblamientos de grupos en las áreas de carácter instrumental.

d) Agrupamientos flexibles para la atención del alumnado en un grupo específico. Esta medida, que tendrá un carácter temporal y abierto, deberá facilitar la inclusión del mismo en su grupo ordinario y, en ningún caso, supondrá discriminación para el alumnado necesitado de apoyo.

e) Acción tutorial como estrategia de seguimiento individualizado y de toma de decisiones en relación con la evolución académica del proceso de aprendizaje.

f) Metodologías didácticas basadas en el trabajo colaborativo en grupos heterogéneos, tutoría entre iguales y aprendizaje por proyectos que promuevan la inclusión de todo el alumnado.

g) Actuaciones de coordinación en el proceso de tránsito entre etapas que permitan la detección temprana de las necesidades del alumnado y la adopción de las medidas educativas.

h) Actuaciones de prevención y control del absentismo que contribuyan a la prevención del abandono escolar temprano.

i) Distribución del horario lectivo del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica.

Programas de atención a la diversidad.

1. Los centros docentes establecerán los siguientes programas de atención a la diversidad: programas de refuerzo del aprendizaje y programas de profundización.

2. En el contexto de la evaluación continua, cuando el progreso del alumno o la alumna no sea adecuado, se establecerán programas de refuerzo del aprendizaje. Estos programas se aplicarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidos a garantizar los aprendizajes que deba adquirir el alumnado para continuar su proceso educativo.

3. Asimismo, los centros docentes podrán establecer programas de profundización para el alumnado especialmente motivado para el aprendizaje o para aquel que presente altas capacidades intelectuales.

4. Se informará periódicamente a las familias de la evolución del alumnado al que se le apliquen dichos programas.

Programas de refuerzo del aprendizaje.

1. Los programas de refuerzo del aprendizaje tendrán como objetivo asegurar los aprendizajes de las áreas y seguir con aprovechamiento las enseñanzas de Educación Primaria. Estarán dirigidos al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

a) Alumnado que no haya promocionado de curso.

b) Alumnado que, aun promocionando de curso, no supere alguna de las áreas del curso anterior.

c) Alumnado que a juicio de la persona que ejerza la tutoría, el equipo de orientación educativa y/o el equipo docente presente dificultades en el aprendizaje que justifique su inclusión.

d) Alumnado que presente dificultades de aprendizaje en la adquisición de la competencia en comunicación lingüística que le impida seguir con aprovechamiento su proceso de aprendizaje.

2. El profesorado que lleve a cabo los programas de refuerzo del aprendizaje, en coordinación con el tutor o tutora del grupo, así como con el resto del equipo docente, realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución del alumnado.

3. Dichos programas se desarrollarán en el horario lectivo correspondiente a las áreas objeto de refuerzo, a excepción en el caso de que el alumnado presente dificultades de aprendizaje en la adquisición de la competencia en comunicación lingüística que le impida seguir con aprovechamiento su proceso de aprendizaje, y tras haber agotado todas las medidas generales de atención a la diversidad, podrá cursar en un grupo distinto un programa de refuerzo del área de Lengua Castellana y Literatura, en lugar del área Segunda Lengua Extranjera.

5. El alumnado que haya cursado en alguno de los cursos de tercer ciclo de Educación Primaria un programa de refuerzo de Lengua Castellana y Literatura podrá incorporarse a las enseñanzas de una Segunda Lengua Extranjera, siempre que a juicio del equipo docente, asesorado por el orientador u orientadora del equipo de orientación educativa adscrito al centro, y con el conocimiento de los padres, madres o personas que ejerzan su tutela legal, haya superado las dificultades de aprendizaje detectadas en su momento.

6. Los programas de refuerzo de Lengua Castellana y Literatura no contemplarán una calificación final ni constará en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado. En los documentos de evaluación se utilizará el término «Exento» en el área Segunda Lengua Extranjera, en las casillas referidas a las áreas en este apartado, y el código «EX» en la casilla referida a la calificación de las mismas.

Programas de profundización.

1. Los programas de profundización tendrán como objetivo ofrecer experiencias de aprendizaje que permitan dar respuesta a las necesidades que presenta el alumnado altamente motivado para el aprendizaje, así como para el alumnado que presenta altas capacidades intelectuales.

2. Dichos programas consistirán en un enriquecimiento de los contenidos del currículo ordinario sin modificación de los criterios de evaluación establecidos, mediante la realización de actividades que supongan, entre otras, el desarrollo de tareas o proyectos de investigación que estimulen la creatividad y la motivación del alumnado.

3. El profesorado que lleve a cabo los programas de profundización, en coordinación con el tutor o tutora del grupo, así como con el resto del equipo docente, realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución del alumnado.

4. Dichos programas se desarrollarán en el horario lectivo correspondiente a las áreas objeto de enriquecimiento.

Procedimiento de incorporación a los programas de atención a la diversidad.

1. Según lo establecido en el proyecto educativo, el tutor o la tutora y el equipo docente en la correspondiente sesión de evaluación del curso anterior, con la colaboración, en su caso, del orientador u orientadora adscrito al centro, efectuarán la propuesta y resolución de incorporación a los programas de atención a la diversidad, que será comunicada a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela legal del alumnado.

2. Asimismo, podrá incorporarse a los programas de atención a la diversidad el alumnado que sea propuesto por el equipo docente una vez analizados los resultados de la evaluación inicial, o dentro de los procesos de evaluación continua.

3. Los programas de atención a la diversidad serán compatibles con el desarrollo de otras medidas organizativas y curriculares que permitan a los centros, en el ejercicio de su autonomía, una organización de las enseñanzas adecuada a las características del alumnado. Planificación de los programas de atención a la diversidad.

1. Se incluirán en las programaciones didácticas los programas de refuerzo del aprendizaje y los programas de profundización.

2. Los programas de atención a la diversidad se desarrollarán mediante actividades y tareas motivadoras que respondan a los intereses del alumnado en conexión con su entorno social y cultural.

Medidas específicas de atención a la diversidad.

1. Se consideran medidas específicas de atención a la diversidad todas aquellas propuestas y modificaciones en los elementos organizativos y curriculares, así como aquellas actuaciones dirigidas a dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que no haya obtenido una respuesta eficaz a través de las medidas generales de carácter ordinario. La propuesta de adopción de las medidas específicas será recogida en el informe de evaluación psicopedagógica.

2. El alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo puede requerir en algún momento de su escolaridad alguna medida específica de atención a la diversidad, que se aplicará de forma progresiva y gradual, siempre y cuando no se pueda ofrecer una atención personalizada con las medidas generales de carácter ordinario.

3. Las medidas específicas de atención a la diversidad son aquellas que pueden implicar, entre otras, la modificación significativa de los elementos del currículo para su adecuación a las necesidades de los alumnos y alumnas, la intervención educativa impartida por profesorado especialista y personal complementario, o la escolarización en modalidades diferentes a la ordinaria.

4. Entre las medidas específicas de atención a la diversidad se encuentran:

a) El apoyo dentro del aula por profesorado especialista de Pedagogía Terapéutica o Audición y Lenguaje, personal complementario u otro personal. Excepcionalmente, se podrá realizar el apoyo fuera del aula en sesiones de intervención especializada, siempre que dicha intervención no pueda realizarse en ella y esté convenientemente justificada.

b) Las adaptaciones de acceso de los elementos del currículo para el alumnado con necesidades educativas especiales.

c) Las adaptaciones curriculares significativas de los elementos del currículo dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales. La evaluación continua y la promoción tomarán como referencia los elementos fijados en ellas.

d) Programas específicos para el tratamiento personalizado del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

e) Las adaptaciones curriculares dirigidas al alumnado con altas capacidades intelectuales.

f) La atención educativa al alumnado por situaciones personales de hospitalización o de convalecencia domiciliaria.

5. Asimismo, se consideran medidas específicas de carácter temporal aquellas que inciden en la flexibilización temporal para el desarrollo curricular.

Programas de adaptación curricular.

1. La escolarización del alumnado que siga programas de adaptación curricular se regirá por los principios de normalización, inclusión escolar y social, flexibilización y personalización de la enseñanza.

2. Las adaptaciones curriculares se realizarán para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y requerirán una evaluación psicopedagógica previa.

3. Las adaptaciones curriculares podrán contar con apoyo educativo, preferentemente dentro del grupo clase y, en aquellos casos en que se requiera, fuera del mismo, de acuerdo con los recursos humanos asignados al centro. La organización de estos apoyos quedará reflejada en el proyecto educativo del centro.

Adaptación curricular de acceso.

1. Las adaptaciones curriculares de acceso serán de aplicación para el alumnado con necesidades educativas especiales. Suponen modificaciones en los elementos para la accesibilidad a la información, a la comunicación y a la participación, precisando la incorporación de recursos específicos, la modificación y habilitación de elementos físicos y, en su caso, la participación de atención educativa complementaria que faciliten el desarrollo de las enseñanzas.

2. La aplicación y seguimiento serán compartidas por el equipo docente y, en su caso, por el profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales.

Adaptación curricular significativa.

1. Las adaptaciones curriculares significativas irán dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales, con la finalidad de facilitar la accesibilidad de los mismos al currículo.

2. Las adaptaciones curriculares significativas suponen la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación. Se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias clave.

3. Las adaptaciones curriculares significativas podrán aplicarse cuando el alumnado presente un desfase curricular de al menos dos cursos en el área objeto de adaptación entre el nivel de competencia curricular alcanzado y el curso en que se encuentre escolarizado.

4. La elaboración de las adaptaciones curriculares significativas corresponderá al profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales, con la colaboración del profesorado del área encargado de su impartición, y contará con el asesoramiento de los equipos de orientación educativa.

5. La aplicación, seguimiento, así como la evaluación de las áreas con adaptaciones curriculares significativas serán compartidas por el profesorado que las imparta y por el profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales.

Adaptación curricular para el alumnado con altas capacidades intelectuales.

1. Las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales estarán destinadas a promover el desarrollo pleno y equilibrado del alumnado con altas capacidades intelectuales, contemplando propuestas curriculares de ampliación y, en su caso, de flexibilización del período de escolarización.

2. La propuesta curricular de ampliación de un área supondrá la modificación de la programación didáctica con la inclusión de criterios de evaluación de niveles educativos superiores, siendo posible efectuar propuestas, en función de las posibilidades de organización del centro, de cursar una o varias áreas en el nivel inmediatamente superior. 3

La elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de las adaptaciones curriculares serán responsabilidad del profesor o profesora del área correspondiente, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa y la coordinación del tutor o la tutora.

PLAN DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL ÍNDICE

1. Definición plan actuación digital.

2. Justificación.

3. Contexto.

3.1 Competencia digital docente.

3.2 Competencia digital y recursos familias.

3.3 Recursos tecnológicos del Centro.

3.4 Recursos del Centro en internet.

4. Objetivos generales.

5. Desarrollo del plan.

5.1 Recursos humanos: el Equipo TDE.

5.2 Organización de infraestructuras y recursos disponibles (ROF)

5.2.1 Normas para el alumnado.

5.2.2 Normas para el profesorado.

5.2.3 Normas relativas al uso de redes sociales e imagen del alumnado.

5.3 Integración curricular de las TIC.

5.4 Formación del profesorado.

5.5 Entorno familiar e institucional.

6. Líneas de actuación.

6.1 Ámbito de organización del centro.

6.2 Ámbito de Información y Comunicación.

6.3 Ámbito de Procesos de Enseñanza-Aprendizaje.

7. Evaluación, seguimiento y revisión del plan digital.

8. Rúbrica.

8.1 Ámbito de organización del centro.

8.2 Ámbito de Información y Comunicación.

8.3 Ámbito de Procesos de Enseñanza-Aprendizaje.

9. Aportaciones a la adquisición de las competencias clave.

10. Normativa de referencia.

11. ANEXO 1. Test CDD.

12. ANEXO 2. Encuesta docentes.

13. ANEXO 3. Encuesta familias.

14. ANEXO 4. Recursos tecnológicos del Centro

1. DEFINICIÓN PLAN ACTUACIÓN DIGITAL.

El Plan de Actuación Digital, en adelante (PAD) recoge la Transformación digital del centro. El concepto de transformación digital educativa (TDE) incluye el conjunto de actuaciones orientadas a la mejora y modernización de los procesos, los procedimientos, los hábitos y comportamientos de las organizaciones educativas y de las personas que, haciendo uso de las tecnologías digitales, mejoren su capacidad de hacer frente a los retos de la sociedad actual. Todo ello redundará en la mejora de un aprendizaje competencial.

El PAD desarrollará los tres ámbitos siguientes:

- Ámbito de Organización del Centro

- Ámbito de Información y Comunicación

- Ámbito de Procesos de Enseñanza-Aprendizaje

2. JUSTIFICACIÓN.

El nuevo currículo de educación primaria introduce un marco legal que concede un carácter preceptivo al uso de las TIC más allá del fenómeno social, económico o cultural en el que nos encontramos y se encuentra nuestro alumnado.

La competencia tratamiento de la información y competencia digital consiste

esencialmente en disponer de habilidades para buscar, obtener, procesar y comunicar información, y para transformarla en conocimiento. Por tanto, el dominio y la alfabetización TIC se ha convertido en una técnica instrumental imprescindible. Además, la naturaleza compleja y globalizadora de la competencia digital contribuye al desarrollo del resto de las competencias clave, especialmente la competencia en comunicación lingüística, la competencia social y ciudadana y la competencia para aprender a aprender.

Asimismo, las posibilidades didácticas y pedagógicas que nos ofrecen el acceso y gestión de la información y del conocimiento, conceden a esta competencia un peso específico como eje transversal dentro de la actividad docente. Todo ello exige transformaciones que afectan a la globalidad del proceso educativo en sus aspectos metodológicos, organizativos, de gestión y curriculares.

Es precisamente esta trascendencia global de las nuevas tecnologías lo que justifica la confección de este Plan como documento de referencia que recoja y regule todos los aspectos concernientes a dicha transformación digital en el Centro.

3. CONTEXTO.

3.1

Competencia digital docente.

Para estimar el nivel medio del profesorado sobre competencia digital se toma como referencia el informe del centro proporcionado tras la realización del test CDD. Este documento nos da una visión general de la situación de partida de nuestro centro para el presente curso escolar 2022/23. Además durante el pasado curso se realizó una encuesta a los docentes, para ampliar la información que recogía del test CDD y cuyos resultados nos ayudaron para la realización de este documento como punto de partida.

3.2 Competencia digital y recursos familias.

Durante el primer trimestre se recoge desde las tutorías a las familias información sobre sus dispositivos digitales, conexión, posibilidad de ser usados en el aula, grado de competencia digital, uso de redes sociales e iPasen. ..

En vista de la importancia de verificar que todo el alumnado posee los medios adecuados para continuar la actividad en caso de docencia no presencial, se ha confeccionado, a partir de un sondeo, una lista con los alumnos/as que están en riesgo de exclusión digital.

3.3 Recursos tecnológicos del Centro.

Los recursos tecnológicos del centro se reflejan en los resultados de la encuesta solicitada por la Consejería expuesta en Senéca.

3.4 Recursos del Centro en internet. Actualmente el Centro cuenta con los siguientes recursos:

Página web

Plataforma GSuite , workspace

Séneca

Pasen

Aula virtual Santillana , editoriales

Facebook

Grupos de WhatsApp

Web :

o Infantil

o Primaria

o Igualdad

o Huerto escolar

o Escuela espacio de paz

o AulaDjaque

o Bilingüismo

o Biblioteca

La Consejería ha enviado al centro a lo largo de estos dos últimos años unos portátiles

4. OBJETIVOS GENERALES.

Aplicar y fomentar el uso innovador de las tecnologías de la comunicación y el conocimiento como herramientas al servicio de toda la comunidad educativa, integrándolas en el Proyecto de Centro y respetando la normativa vigente y el reglamento de organización y funcionamiento (ROF) del centro.

Incluir las TIC en el aula como herramientas didácticas habituales para conseguir una progresiva mejora de la calidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje y facilitando la igualdad de oportunidades.

Normalizar el uso de las TIC como herramientas de autoformación y comunicación entre todos los sectores de la comunidad educativa. Avanzar en los procesos de trabajo colaborativo en red y en la construcción de la comunidad digital educativa de nuestro centro a través del Plan Digital y del Plan de comunicación externa e interna del centro.

Conseguir, por diversos medios, ampliar y mejorar las herramientas disponibles en el Centro, imprescindibles para poder avanzar.

Mejorar la formación del profesorado para alcanzar las competencias digitales y las destrezas necesarias para el desarrollo de integración de las TIC en el centro y el aula.

5. DESARROLLO DEL PLAN.

5.1 Recursos humanos: el Equipo TDE.

El coordinador de la TDE junto con el equipo constituido por los coordinadores/as de Ciclo y la directora del Centro, el coordinador #CompDigEdu ,formarán y dinamizarán

las tareas que se establezcan para dicho equipo. Se contará a nivel técnico con la ayuda externa de los profesionales que se considere necesario.

Tareas de difusión y revisión del Plan digital. Tareas organizativas.

Tareas técnicas, de gestión de incidencias y de control de los técnicos informáticos que se precisen. Instalación y revisión de equipos. Coordinar el uso de los recursos materiales y los espacios con criterios pedagógicos. Coordinar el inventario.

Promover y dinamizar el uso de las TIC en el aula. Búsqueda y elaboración de Recursos Educativos Abiertos.

Recoger sugerencias y necesidades de formación del Claustro. Promover la participación del profesorado en su propia formación.

Difundir e informar de novedades, cursos, metodologías, etc. al Claustro y, en su caso, a las familias. Prestar apoyo de manera puntual en las aulas para desarrollar algún proyecto o tarea TIC. Dinamizar las redes sociales ejerciendo de Community manager.

Competencias de la Persona responsable del #CompDigEdu :

a) Elaborar el Plan de Actuación Digital del centro, con la colaboración del equipo directivo y de la persona que desempeña la coordinación TDE.

b) Ayudar al equipo directivo, junto con la persona que desempeña la coordinación TDE del centro, a realizar y analizar el diagnóstico de la competencia digital docente (CDD) y de la competencia digital del centro (CDC).

c) Participar en la organización de actividades formativas acordes con las líneas establecidas en el Plan de Actuación Digital, especialmente en las modalidades de autoformación (Grupos de Trabajo y Formación en Centros) así como difundir y promocionar la participación en las actividades formativas convocadas por la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y el Ministerio de Educación y Formación Profesional relacionadas con el desarrollo de la competencia digital del profesorado, tanto individual como colegiada.

d) Colaborar con la red de ATD.

e) Difundir y promocionar la participación en las actividades formativas convocadas por la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y el Ministerio de Educación y Formación Profesional relacionadas con el desarrollo de la competencia digital del profesorado, tanto individual como colegiada.

f) Ofrecer al profesorado del centro herramientas y estrategias digitales útiles para el trabajo cooperativo que faciliten los procesos de enseñanza-aprendizaje y

contribuyan a mejorar la competencia digital del alumnado.

g) Promover herramientas que optimicen la seguridad digital con el objetivo de identificar y prevenir posibles riesgos y amenazas.

5.2 Organización de infraestructuras y recursos disponibles (ROF).

Determinar el régimen de uso de espacios y recursos: horarios, adjudicación por edades o áreas, registro de préstamos, normas de uso, responsables, etc. Se establecerán criterios de uso y control de Internet. Se definirán los riesgos y medidas a tomar, siempre desde un punto de vista preventivo. Se realizará el inventario y registro de elementos y su estado, así como los criterios de uso.

Se determinarán los servicios de Internet que faciliten la participación del alumnado con la debida seguridad y previa información y autorización de las familias.

Se determinará el equipamiento específico para alumnado NEAE. Se determinará el uso por parte del profesorado y personal no docente de los ordenadores de aula promoviendo la limitación de aplicaciones a instalar, el uso exclusivamente educativo, el orden en los materiales archivados y la responsabilidad sobre su buen estado.

5.2.1 Normas para el alumnado.

1. No se permite: Descargar software de Internet o instalar software. Suplantar la personalidad de otro usuario. Sacar del aula el ordenador o cualquier material, como ratones, teclado, etc. Traer al centro teléfono móvil o dispositivo electrónico bajo ningún concepto, incluso encontrándose apagado. Exceptuando cuando su maestro/a los solicite para la realización de tareas en clase.

2. Todos los alumnos deben comprobar si existe algún desperfecto en los equipos y avisar inmediatamente al profesor si así fuera. Se entiende por desperfecto: Roturas, deterioros o alteración de hardware o software, observar sobre todo los periféricos. Pintadas (por ejemplo unidad central, mesa, silla, etc.).

3. Todos los documentos que se generen deberán guardarse en una carpeta de usuario, en el servidor de contenidos del centro o en una memoria USB.

4. No está permitido acceder a información inmoral o desagradable a través de Internet. Se utilizará siempre con fines educativos. Tampoco se permite usar los ordenadores para jugar, salvo por causa justificada.

5. Los protectores de pantalla, fondos de escritorio u otro material deben ser

respetuosos con la sensibilidad de compañeros y del profesorado.

6. Al terminar la clase:

Se apagará correctamente el equipo, cerrando previamente todas las páginas web y programas que se en encuentren abiertos.

Durante la pandemia provocada por la covid 19 los dispositivos digitales y periféricos suministrados por el Centro serán sometidos a limpieza y desinfección por el alumnado una vez concluida la actividad de uso compartido.

7. El incumplimiento de estas normas podría dar lugar a:

Una sanción acorde con el hecho.

La reparación del daño causado.

La pérdida del derecho de uso del material informático. En caso de gravedad se informará a jefatura de estudios y padres del alumno/a, debiendo, si fuera necesario, pagar la reparación o daño causado.

5.2.2 Normas para el profesorado.

El primer día que se utilicen los equipos se les leerán las normas. El alumnado nunca estará solos cuando usen los dispositivos digitales. No se permitirá la navegación libre por Internet sin estar presente algún adulto que pueda controlar su correcto uso. No está permitido que el alumnado use los ordenadores si falta su profesor. Durante la pandemia provocada por la covid 19 la limpieza y desinfección del ordenador de sobremesa y periféricos son competencia del docente que deja el aula tras dar su clase. Se seguirá este curso 2022/23 también con está medidas de higiene .

5.2.3 Normas relativas al uso de redes sociales e imagen del alumnado.

Se decide no enviar fotos o videos a las familias por redes sociales, debido a la protección de los derechos de los menores. No obstante, el centro cuenta con Página Web de carácter exclusivamente educativo, donde podrán aparecer imágenes del alumnado autorizado previamente.

Se recuerda a las familias que vienen a colaborar al centro la prohibición de hacer fotos o videos por el motivo anteriormente expuesto.

5.3 Integración curricular de las TIC.

Se evaluará la situación de partida, la normativa al respecto y se determinará la secuenciación de contenidos para la adquisición de la competencia digital y tratamiento de la información en los distintos niveles y ciclos. Las programaciones de las distintas áreas y materias contendrán el trabajo correspondiente a la competencia digital de manera realista y práctica y contemplarán la atención a la diversidad y a las NEAE desde el tratamiento de dicha competencia.

Se determinarán los modelos didácticos y metodológicos de referencia en el uso de las TIC. Se dará uso a la plataforma de recursos didácticos del centro.

Se trabajará la organización dinámica de grupos mediante trabajos individuales, en grupo y actividades cooperativas y colaborativas.

Se organizarán los espacios y tiempos en aulas-clase, aulas virtuales, entornos de interacción didáctica y mecanismos de comunicación entre docentes, alumnado y entre iguales.

Se promoverá la creación de materiales y la organización de secuencias de aprendizaje.

Se propondrán actividades variadas dando prioridad a las que favorecen el desarrollo de la autonomía y el espíritu crítico.

Se dará a las actividades un enfoque pedagógico destinado a formar personas capaces de emprender, crear y adaptarse a un mundo cada vez más en movimiento constante y rápido.

5.4 Formación del profesorado.

Se evaluará la situación de partida y la normativa al respecto y se solicitará la formación necesaria según las necesidades del Claustro con respecto al proyecto educativo del centro.

Se realizará un plan de acogida, integración y apoyo al profesorado de nueva incorporación que incluya el contexto tecnológico y didáctico del centro.

Se planificarán acciones de formación teniendo en cuenta los diferentes niveles del profesorado en competencia digital.

Se potenciarán y facilitarán actividades de formación relacionadas con las TIC. En el presente curso escolar seguiremos centrados en el conocimiento y profundización de la plataforma Workspace de Google , totalmente necesaria para desarrollar nuestro objetivo de estar preparados para una eventual enseñanza no presencial. Nos formaremos en el conocimiento de nuevas herramientas digitales. Además de la formación del profesorado, pretendemos trabajar con el alumnado y con las familias.

5.5 Entorno familiar e institucional.

Se evaluará la situación de partida teniendo presente la posibilidad de colaboración tanto en recursos humanos como materiales por parte de familias e instituciones. Se evaluará la implicación de las familias en la educación de las TIC en el entorno familiar. Se establecerán en el Plan de comunicaciones los mecanismos tecnológicos y analógicos de información y comunicación entre alumnado, familias, docentes y el centro.

Se promoverá el uso de la página web, los blogs, las redes sociales y la plataforma Pasen como instrumentos de información, participación e interacción con la comunidad educativa.

Se dinamizará el conocimiento sobre los protocolos incluidos en el Plan de convivencia especialmente los referidos al ciberacoso.

Se promoverá el uso de las TIC desde las directrices establecidas en el Plan de Igualdad para hombres y mujeres.

6. LÍNEAS DE ACTUACIÓN.

6.1 Ámbito de Organización del Centro.

Actuación: Implementar el uso de Google Classroom en todas las materias impartidas por todo el profesorado/alumnado del centro.

Afecta: A realizar en el centro.

Formación:

Continuar con la formación del alumnado en el uso de la plataforma educativa . Continuar con la difusión de tutoriales y ayuda personal para las familias que faciliten su uso y resuelvan sus dudas.

Intervención en el centro o implementación: Asesoramiento y mentorización en los casos necesarios por parte del equipo TDE. Comunicar a las familias la existencia de la plataforma Educativa Google Classroom. Crear y comunicar las credenciales individuales del alumnado de nueva incorporación.

Evaluación - Objeto:

En el ámbito del profesorado: Aplicación de los conocimientos adquiridos, diseñando sus propios cursos en la plataforma y haciendo uso de las herramientas más adecuadas para su contexto grupo-clase.

En el ámbito del alumnado/familias: Grado de conocimiento en el uso de Google Classroom.

Evaluación - Herramientas: Formulario y estadísticas.

Grupos responsables/participantes

Equipo Directivo

Equipo de coordinación

Profesorado

Alumnado

Familias

Temporalización: Ya en marcha: desde octubre

6.2 Ámbito de Información y Comunicación.

Actuación: Mantener y mejorar la presencia digital del centro permitiendo a la comunidad educativa estar informada de los logros, experiencias y novedades. Afecta: A realizar en el centro.

Intervención en el centro o implementación:

En el ámbito del profesorado: Activar actividades mensuales de perfeccionamiento en sus competencias digitales

En el ámbito del alumnado/familias:

Seguir dando a conocer los medios digitales de difusión del Centro e insistir en las ventajas de permanecer informados de la vida del mismo.

Evaluación - Objeto: El alcance de las publicaciones, la interacción con las mismas y la participación de la Comunidad Educativa en las propuestas realizadas desde nuestros medios de difusión digitales.

Evaluación - Herramientas: Formulario y estadísticas.

Grupos responsables/participantes

Equipo Directivo

Equipo de coordinación

Profesorado

Alumnado

Familias

Temporalización: Ya en marcha, desde octubre …

6.3 Ámbito de Procesos de Enseñanza-Aprendizaje.

Actuación: Elaborar y usar recursos online.

Afecta: Formación del profesorado. A realizar en el centro, CEP , cursos formación Online

Formación: Formación en centro sobre herramientas digitales básicas para la enseñanza online.

Intervención en el centro o implementación: Incrementar el uso y la elaboración de recursos online, intentando conseguir que el equipo educativo al completo haya creado al menos un recurso propio haciendo uso de las herramientas digitales mostradas.

Evaluación - Objeto: Grado de satisfacción e implicación del alumnado.

Evaluación - Herramientas: Encuesta

Grupos responsables/participantes

Equipo Directivo

Equipo de coordinación

Profesorado

Alumnado

Temporalización: Ya en marcha desde octubre

7. EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y REVISIÓN DEL PLAN DIGITAL.

Se establecerán los mecanismos de control y evaluación de las actividades desarrolladas y su adecuación al centro y al alumnado. Se podrán diseñar instrumentos de evaluación como encuestas y cuestionarios. Se establecerán indicadores de calidad y propuestas de mejora para cada una de las líneas de actuación propuestas que se incluirán en la memoria de autoevaluación anual.

8. RÚBRICA.

Las líneas de actuación se han extraído de los apartados que se consideran más apremiantes y asumibles de la Rúbrica. A continuación se especifican también apartados que aunque no figuran en las líneas de actuación actuales si se están implementando en mayor o menor medida y serán objeto de actuación prioritaria para el próximo curso, si se estima oportuno.

8.1 Ámbito de Organización del Centro.

Implementar el uso de Google worksClassroom en todas las materias impartidas. Formación del alumnado en el uso de la plataforma. Seguir regulando el uso de los dispositivos propios del alumnado en el aula, así como los mecanismos del centro para quien no disponga de ellos. Continuar difundiendo tutoriales para las familias que faciliten su uso y resuelvan sus dudas.

Aplicar el protocolo de verificación de que todo el alumnado posee los medios adecuados para continuar la actividad en caso de cese de la actividad presencial. Cuestionario a las familias para conocer su equipamiento y conexión.

Generalizar el uso del Cuaderno del profesorado de Séneca, registro de ausencias y calificaciones.

Promover una mentorización en los casos necesarios para fomentar y aprender su uso.

8.2 Ámbito de Información y Comunicación.

En el ámbito del profesorado: Elaborar una estrategia Social Media que establezca los objetivos marcados, tareas, participantes y

Revisar y actualizar la página web del colegio.

En el ámbito del alumnado/familias: Seguir dando a conocer los medios digitales de difusión del Centro e insistir en las ventajas de permanecer informados de la vida del Centro.

.

Conseguir que la Comunidad educativa participe mediante comentarios, sugerencias, respuestas, etc. de forma regular.

Secretaría virtual.

Seguir validando los resultados individuales de las evaluaciones del alumnado para que estén accesibles en iPasen.

Seguir informando y consultando a la comunidad sobre actuaciones y documentos relevantes del centro por medios telemáticos.

Seguir fomentando que la Comunidad educativa utilice frecuentemente iPasen e iSeneca.

8.3 Ámbito de Procesos de Enseñanza-Aprendizaje.

Elaborar y usar recursos digitales online para conseguir secuencias didácticas que integren contenidos digitales de elaboración propia de calidad, libros de texto digitales, REA, Reducir la Brecha Digital desarrollando competencias y habilidades digitales de relevancia para la Comunidad Educativa.

- Facilitar la transformación digital del Centro educativo como organización digital (marco#DigCompOrg)

- Facilitar el desarrollo de la competencia digital del profesorado (marco#DigCompEdu)

- Contribuir al desarrollo de la competencia digital del alumnado (marco#DigComp).

Conocer y usar eXeLearning o programas similares para elaborar REA (Recursos Educativos Abiertos).

Formación en centro o cursos sobre herramientas digitales básicas para la enseñanza online. Conseguir que el equipo educativo al completo haya creado al menos un recurso propio mensual haciendo uso de las herramientas digitales mostradas.

Las secuencias didácticas programadas en situaciones no presenciales no serán una traslación del modo presencial.

Ofrecer al alumnado la realización de la tarea en formato digital ofertando otras formas de representación: crear infografías, perfeccionar bocetos escaneados por medio de aplicaciones de edición y diseño; utilizar mapas mentales o conceptuales; adornar las rúbricas; grabar las exposiciones y, los debates en el aula en forma de podcast, preparar vídeos al estilo Flipped, etc.

9. APORTACIONES A LA ADQUISICIÓN DE LAS COMPETENCIAS CLAVE.

Competencia en comunicación lingüística.

Dominio de la lengua oral y escrita en diversos soportes.

Apoyo muy efectivo al uso funcional de las lenguas extranjeras.

Utilización del lenguaje como instrumento de comunicación oral y escrita.

Utilización del lenguaje como instrumento de representación, interpretación y comprensión de la nueva realidad que nos acoge.

Como herramienta de construcción y comunicación del conocimiento. Afianzar el hábito de lectura diaria.

Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

Resolución de problemas relacionados con la vida cotidiana.

Desarrollo y aplicación de actitudes y hábitos del conocimiento científico: identificar y plantear problemas, observar, analizar, experimentar, comunicar los resultados, aplicar a distintos contextos, etc. Aportando herramientas e instrumentos que facilitan la comprensión, la investigación y el desarrollo curricular derivado de esta competencia y, además, poniendo a su disposición una cantidad ingente de materiales para la experimentación, que ofrecen la posibilidad de interactuar con aplicaciones de simulación que permitan observar procesos, de difícil o costosa reproducción y para la reflexión y adopción de valores relacionados con el progreso científico y la sostenibilidad y equilibrio medioambiental.

Competencia digital.

Ser competente digital implica ser una persona autónoma, eficaz, reflexiva, responsable y crítica al seleccionar, tratar y utilizar la información, sus fuentes y soportes: oral, impreso, audiovisual,

Implica saber comunicar la información y los conocimientos empleando recursos expresivos de los diferentes lenguajes.

Implica tener una actitud crítica y reflexiva en la valoración de la información disponible, contrastándola cuando es necesario.

Implica el respeto a las normas de conducta acordadas socialmente para regular el uso de la información y sus fuentes en distintos soportes, así como la capacidad de valorar su impacto en el mundo personal y social.

Implica hacer uso habitual de los recursos tecnológicos para resolver problemas reales de un modo eficiente y aplicar las TIC como herramientas de trabajo en la construcción de conocimiento a lo largo de todas las etapas educativas y en todas las áreas del currículo.

Aprender a aprender.

El uso de las TIC obliga a dominar los procesos y estrategias de aprendizaje por encima de los contenidos. Favorecen el desarrollo de la autonomía en la elaboración de trabajos.

Ser capaz de imaginar, emprender, desarrollar y evaluar proyectos individuales o colectivos con creatividad, confianza, responsabilidad, conocimiento de sí, sentido crítico y cooperación.

La alfabetización digital es un proceso complejo y cambiante en el tiempo cuyos dominios y aplicaciones están en continua revisión, lo que obliga a estar continuamente actualizando los conocimientos, habilidades y competencias.

El alumnado deja de ser fundamentalmente un acumulador o reproductor de conocimientos y llega a ser un usuario inteligente y crítico de la información convirtiéndola en conocimiento.

Competencias sociales y cívicas.

Comprender sucesos generados por la acción humana y predecir sus consecuencias para la salud y la sostenibilidad ambiental.

Habilidad para desenvolverse adecuadamente, con autonomía e iniciativa personal en ámbitos de la vida y del conocimiento muy diversos: salud, actividad productiva, consumo, ciencia, procesos tecnológicos, etc.

Influencias de las personas en el medio físico, su asentamiento, su actividad y las modificaciones

que introducen.

Comprensión de la realidad social en que se vive. Actitudes y hábitos de convivencia y vida en la sociedad, también virtual. Aprender a resolver los conflictos de forma pacífica. Respeto a los derechos y deberes sociales y ciudadanos.

Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor. Un entorno tecnológico cambiante exige una constante adaptación. La aparición de nuevos dispositivos y aplicaciones asociadas, los nuevos campos de conocimiento, la variabilidad de los entornos y oportunidades de comunicación exigen la reformulación de las estrategias y la adopción de nuevos puntos de vista que posibiliten resolución de situaciones progresivamente más complejas y multifacéticas.

También contribuye a esta competencia el dotar al alumnado de recursos, anteriormente inalcanzables para muchas personas, que favorecen y multiplican las posibilidades para desarrollar sus propias ideas, proyectos e iniciativas en cualquier ámbito de la realidad.

Conciencia y expresiones culturales.

Conocimiento de las técnicas y recursos de los nuevos lenguajes artísticos sostenidos con herramientas informáticas.

Desarrollar y valorar la iniciativa, la imaginación y la creatividad.

Alfabetización en la imagen: aprender a interpretar textos no escritos, a respetar la autoría de las obras y a ser críticos con la información que reciben.

10. NORMATIVA DE REFERENCIA.

En la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada el 10 de diciembre de 2010, de Educación, se establece como objetivo de la Educación Primaria: art. 17 "Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las tecnologías de la información y la comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran".

RESOLUCIÓN DE 20 DE SEPTIEMBRE, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS AVANZADAS Y

TRANSFORMACIÓN EDUCATIVA, SOBRE MEDIDAS PARA EL IMPULSO DE LA

COMPETENCIA DIGITAL EN LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN TERRITORIAL #CompDigEdu.. Resolución de 20 de septiembre, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, sobre medidas para el impulso de la competencia digital en los Centros docentes sostenidos con fondos públicos en el marco del programa de Cooperación territorial #compdigedu. 10 de enero de 2022.

Respecto a la Comunidad Autónoma Andaluza, con la promulgación de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación en Andalucía (LEA) se considera como objetivo a llevar a cabo para conseguir un sistema educativo de calidad: "Incorporar las nuevas competencias y saberes necesarios para desenvolverse en la sociedad, con especial atención a la comunicación lingüística y al uso de las tecnologías de la información y la comunicación". Considerando como un derecho del alumnado el acceso a las TIC y al uso seguro de Internet en los centros docentes. Indicándose la necesidad de incorporarlas de manera generalizada a los procesos de enseñanza-aprendizaje.

El Decreto 97/2015 de 3 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su Capítulo II, Artículo 5, 5.f., dice: se potenciará la utilización adecuada de las herramientas tecnológicas de la sociedad del conocimiento.

Instrucción de 31 de julio 2020, de la dirección general de formación del profesorado e innovación educativa, sobre medidas de transformación digital educativa en los centros docentes públicos para el curso 2020-21.

PLAN DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO

1. Justificación

El C.E.I.P. “Virgilio Valdivia” es un centro público perteneciente a la Junta de Andalucía. Nace con dos líneas tanto para E. Infantil como de E. Primaria. Actualmente funcionan 21 unidades: 6 unidades de Infantil, 13 de Primaria y 2 aulas TEA. La ratio por clase oscila entre los 25 y 28 alumnos/as.

Centro bilingüe desde su creación, por lo que trabajamos un currículo integrado de las lenguas, tanto en infantil como en primaria.

Está situado en la zona norte de Aguadulce, localidad perteneciente al municipio de Roquetas de Mar, población costera donde comienza el Poniente almeriense. En una zona turística desde antaño que ha ido evolucionando hacia una localidad receptora de población joven donde, en la actualidad, predomina el sector servicios y que se encuentra en los últimos años en un constante ir y venir de población nacional y extranjera. El asentamiento permanente o temporal de los mismos es un fenómeno al que debemos adaptarnos.

Actualmente tenemos escolarizados a niños y niñas de otros lugares: africanos como Marruecos, europeos como Rumanía, Rusia... y americanos como, Argentina, Venezuela o Colombia, etc. Lo que supone un 18% de la matrícula total. Surgiendo nuevas demandas para su integración sociocultural y lingüística y, por supuesto, planteando la exigencia de nuevos recursos personales y nuevos proyectos y acciones que los apoyen en su plena integración socio-laboral.

En este contexto, consideramos que la formación de nuestro profesorado es algo esencial.

El profesorado suele participar en diversas actividades formativas a título individual y comprendemos la necesidad de una formación a nivel grupal para la mayor efectividad en nuestra formación, pero, en contraposición, nos encontramos con que esto se ha de hacer en nuestro tiempo de “ocio-libre” y no todos podemos disponer de él, para esta temática.

Más que una mera transmisión de saberes, se hace precisa una formación cuyo objetivo debería e intentamos que sea: dar respuesta a las necesidades detectadas en nuestro centro.

Debe entenderse como un trabajo cooperativo que se orientará a la resolución de los problemas detectados y que vaya directamente enfocada a la acción educativa. Todo ello desde la perspectiva de que la formación es un proceso continuo, que se alimentará de los avances o progresos obtenidos y se irá concretando en nuevas necesidades detectadas.

Para la detección de necesidades tenemos como instrumento fundamental la Memoria de autoevaluación que se elabora cada curso escolar.

2.Objetivos

Los objetivos del nuestro centro estarán enmarcados y tendrán como referente nuestras líneas generales de actuación pedagógica y la normativa vigente.

En este sentido, tal y como figura en nuestra Memoria de Autoevaluación, nuestra formación irá encaminada a dos aspectos / objetivos fundamentales:

15. La elaboración de las Programaciones Didácticas de acuerdo a la legislación vigente.

16. Promoción del desarrollo del pensamiento moral y las habilidades interpersonales en los estudiantes, que potencien una sana convivencia escolar en la diversidad, a partir de la atención de cinco aspectos centrales como son: lo cognitivo, las emociones, los valores, lo social y, las conductas positivas.

Pese a la detección, en nuestra Memoria de Autoevaluación, de estos dos aspectos claves, consideramos que, tras lo sucedido por la pandemia, es fundamental atender también a la mejora de la Competencia Digital del Profesorado.

3. Propuesta de Formación

De acuerdo a los objetivos señalados en el apartado anterior, recogemos en la siguiente tabla nuestra propuesta de formación para el presente curso 2022-2023:

ACTUACIONES FORMATIVAS

Necesidad formativa

Elaboración de Programaciones didácticas y Propuestas pedagógicas en el marco de la LOMLOE

Modalidad

CEP

formativa

Prioridad

Atención a la Diversidad Cursos CEP 2

Cursos
1

3.1 Temporalización.

Durante el curso 2022/2023.

3.2 Profesorado implicado.

Participación de todo el claustro.

4.Transferencia a la realidad del Centro

La formación del profesorado constituye un recurso para la mejora de la calidad educativa. Por ello, es necesario estudiar si se transfiere a las aulas e impacta en las instituciones y en el conjunto del sistema. El diseño de la evaluación junto a la planificación de la acción formativa o el compromiso institucional, junto con la autoeficacia o la percepción de la capacidad de transferir, son los principales elementos que favorecen el traspaso de la formación al trabajo diario de los docentes.

Todo lo expuesto persigue ser implantado en nuestro Centro para mejorar la calidad de enseñanza y el rendimiento académico de nuestro alumnado. Así como mejorar el compromiso y la coordinación dentro de nuestro Claustro.

Para ello, desde el Centro, estableceremos indicadores de claridad para realizar una autoevaluación más precisa, pudiendo detectar con mayor facilidad la situación real y las necesidades del centro..

5. Evaluación del Plan de Formación

El Plan de formación se revisará dos veces a lo largo del curso y se incluirá como parte de la memoria Final.

En esta revisión participará el ETCP, el Claustro y el Consejo Escolar y en su caso, la asesoría de referencia. Para este fin, se utilizarán las evaluaciones anuales de los diferentes proyectos anuales, que se incluyen en la Memoria final. Así como la Autoevaluación del Centro.

Los posibles informes emitidos por el CEP

En la revisión participará la asesoría de referencia, ETCP, Claustro y C. Escolar.

Las posibles modificaciones surgidas de este proceso se incluirán en el proyecto educativo antes del 15 de noviembre, tal y como la legislación contempla.

Competencia Digital Docente Cursos CEP 3 Convivencia escolar Cursos CEP 3

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