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SCJN pospone resolver caso INAI hasta agosto
admite ScJn impuGnacioneS contRa ReFoRma del conacyt
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las impugnaciones presentadas por diputados y senadores de la oposición contra la transformación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), y la modificación de los criterios para la entrega de los apoyos a investigadores. Se trata de las acciones de inconstitucionalidad contra el decreto por el cual se creó la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, y que reformó la Ley Federal de Entidades Paraestatales y la Ley de Planeación.
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“La acción en contra de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación busca prote- absurdo de que el Senado pueda alargar indefinidamente el nombramiento de comisionados hasta la desaparición de este órgano”, advirtió.
“El Senado de la República ha incurrido en una omisión en el nombramiento de las personas que deberán cubrir las vacantes del INAI, ante el atraso excesivo en el procedimiento el cual no se encuentra justificado por el hecho de que se hayan realizado algunas de las etapas del procedimiento o que se tengan dificultades para llegar al consenso”.
Añadió que los 469 que han transcurrido desde que se generaron las primeras 2 vacantes en el INAI y los 103 días desde ger a más de mil 700 investigadores de instituciones particulares, por la discriminación que enfrentarían para recibir apoyos a la innovación e investigación, y a decenas de miles de estudiantes de universidades privadas que hoy pueden realizan sus estudios gracias al apoyo del CONACYT”, señalaron los legisladores. De acuerdo con los estrados judiciales, las demandas serán turnadas a un ministro del Pleno para que las analice y elabore los proyectos de sentencia respectivos. Para resolver estos asuntos, la Corte no cuenta con ningún plazo fijo, por lo que puede demorar hasta más de un año en dictar sentencia.
| APRO / Diana Lastiri
que se generó la tercera vacante, con la salida del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, exceden cualquier plazo razonable y, por tanto, se configura la omisión reclamada por el Instituto.
Luis María Aguilar Morales señaló que el Senado incurrió en una omisión contraria a su deber constitucional y que los argumentos de que no hay plazo fijo para nombrar comisionados y que los legisladores han realizado el proceso, pero no lo han concluido por falta de consenso para declarar inexistente esa conducta omisiva, como afirmó Ortiz Ahlf, son erróneos. “Como tribunal constitucional nuestra obligación es optar por la mayor protección de los de-