proyecto ley de tasas en Senado

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Cuando después de la oposición del deudor en un monitorio se siga un proceso ordinario se descontará de la tasa la cantidad ya abonada en el proceso monitorio. En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: Abreviado

Ordinario

Apelación

Casación

200€

350€

800€

1.200€

En el orden social: Suplicación

Casación

500€

750€

2. Además, se satisfará la cantidad que resulte de aplicar a la base imponible determinada con arreglo a lo dispuesto en el artículo anterior el tipo de gravamen que corresponda, según la siguiente escala:

De

A

Tipo

0

1.000.000€ Resto

0,5 % 0,25 %

Máximo variable

10.000€


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