Anteproyecto reforma ley orgánica poder judicial

Page 226

CAPITULO I Disposiciones generales Artículo 488. Órganos del Consejo General del Poder Judicial. 1. Además de las funciones encomendadas a la Presidencia, el Consejo General del Poder Judicial ejerce sus atribuciones en Pleno o a través de las Comisiones previstas en esta Ley. 2. En el Consejo General del Poder Judicial existirán las siguientes Comisiones: Permanente, Disciplinaria, De Asuntos Económicos y De Igualdad. Artículo 489. Funciones del Vicepresidente del Tribunal Supremo en el Consejo. El Vicepresidente del Tribunal Supremo no ejercerá en el Consejo General del Poder Judicial otras funciones que las previstas expresamente en esta Ley. CAPÍTULO II La Presidencia Artículo 490. La Presidencia. 1 El cargo de Presidente del Tribunal Supremo llevará aparejado el de Presidente del Consejo General del Poder Judicial. Artículo 491. Funciones. Corresponde a la Presidencia del Consejo General del Poder Judicial: 1.ª Ostentar la representación del Consejo General del Poder Judicial. 2.ª Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, decidiendo los empates con voto de calidad. 3.ª Fijar el orden del día de las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente. 4.ª Proponer al Pleno y a la Comisión Permanente las cuestiones que estime oportunas en materia de la competencia de éstos. 5.ª Proponer el nombramiento de ponencias para preparar la resolución o despacho de un asunto. 6.ª Autorizar con su firma los acuerdos del Pleno y de la Comisión Permanente.

226


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.