PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión. Presente. En ejercicio de la facultad que le confiere al Ejecutivo Federal el artículo 71, fracción I, y en cumplimiento del artículo 74, fracción IV, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 7o. de la Ley de Planeación y 40 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por su digno conducto, someto a la consideración del Honorable Congreso de la Unión la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013. A continuación se expresan los motivos que sustentan esta Iniciativa, con lo cual, en adición a lo reflejado en los Criterios Generales de Política Económica para la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes al ejercicio fiscal de 2013, se da cumplimiento a los requerimientos establecidos por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. I. Pronóstico de los ingresos presupuestarios del sector público En cumplimiento a lo establecido en el artículo 29, último párrafo de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012, en esta sección se presenta la mecánica de cálculo del pronóstico de los rubros de los ingresos contenidos en el artículo 1o. de la Ley que se propone en la presente Iniciativa. 1. Ingresos petroleros 1.1 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) de gasolinas y diesel Para el cálculo del IEPS que se aplica a las enajenaciones de gasolinas y diesel, se considera el volumen esperado de ventas de estos productos conforme a lo establecido en el artículo 2o.-A, fracción I, de la Ley del IEPS: el precio de referencia, los ajustes por calidad, los costos de manejo y los costos netos de transporte y el margen comercial que haya fijado Petróleos Mexicanos (PEMEX) a los expendios autorizados.
I