24-7-2025

Page 1


AYER EN AUDIENCIA EN EL JUZGADO DE GARANTÍA

Formalizan a comerciantes y empresarios de Curicó por delitos de carácter tributario

NUEVE PERSONAS INVOLUCRADAS. Corresponde a una causa que nace de una querella presentada por el SII. Se estima que el monto defraudado al Fisco superaría los 6.700 millones de pesos. | P 24

EN EL HOSPITAL

Municipio curicano regaló mantas a pacientes oncológicos. | P3

CALIDAD DEL AIRE

UDD y NASA dieron el vamos a proyecto inédito en el Maule. | P8

Hijas de concejala desaparecida se reunieron con el fiscal regional

CAMILA Y JAVIERA GALLEGOS. Tras las reunión, las jóvenes dijeron estar conformes con que Julio Contardo lleve el caso de su madre, quien, a su vez, expresó que esta designación se debe a la complejidad del caso. | P6

Inician sumario a empresa de mantener canil municipal en Linares. | P7

Carabineros rescató a arrieros atrapados en la precordillera de Teno. | P23

Sucede Sucede

Primera Maratón del Mataquito. Tenemos el agrado de invitarlo a la Presentación y Lanzamiento de la Primera Edición del Maratón del Mataquito, magno evento deportivo internacional a efectuarse el domingo 21 de diciembre de 2025 uniendo las comunas de Sagrada Familia, Hualañé y Rauco. Esta presentación del evento competitivo se realizará hoy, jueves 24 de julio, a contar de las 11:00 horas en el Fundo Viña Las Pitras, en la Ruta J-60 pasado el puente Rauco, instancia donde junto a la organización estarán autoridades comunales y provinciales entregando detalles sobre este evento tricomunal en el Maule.

Presentación de libro. La Biblioteca “Tomás Guevara Silva”, la Corporación Cultural de Curicó y la Sociedad de Escritoras y Escritores de Chile (SECH) Filial Curicó, tienen el agra-do de invitarle cordialmente a la presentación del libro “Después de un Largo Viaje: Antología Poética 1986-2020”, del académico y escritor, Dr. Naín Nómez. La actividad se realizará el viernes 25 de julio, a las 18:00 horas en la Biblioteca “Tomás Guevara Silva”, ubicada en calle Peña con Estado (acceso por el estacionamiento de calle Peña).

Exposición “Territorio”. Hasta el 26 de julio, en la Sala Pedro Olmos del Centro de Exten-sión de la Universidad de Talca se estará exhibiendo la muestra “Territorio”. Se trata de una selección de obras de Mauricio Torres Vienne, que invitan a un viaje visual por los paisajes y atmósferas de la Región del Maule.

Café Literario. Un nuevo e interesante Café Literario se realizará en el Centro de Extensión de la UTalca en Curicó. En esta oportunidad, los asistentes podrán disfrutar el Diálogo con Pedro Gandolfo, con la conducción de Joaquín Rebolledo Aladro, quien conversará con el destacado escritor, crítico literario, cronista, filósofo, columnista y fundador de la fundación “Memorias del Maule”. La actividad está programada para el miércoles 30 de julio, a las 18:30 horas, en dependencias del Centro de Extensión Curicó.

Charla sobre Francisco Villota. Dr. Enrique Muñoz Reyes, presidente de la Sociedad Chilena de Historia y Geografía, Filial Curicó, tiene el agrado de invitarlo a la Segunda Charla 2025 “Francisco Villota. ¿Todavía un guerrillero olvidado?”, que será dictada por el historiador local, Jorge Uribe Ghigliotto, el miércoles 30 de julio, a las 18:30 horas, en el Teatro Centro de Extensión de la Universidad Católica del Maule, sede Curicó, en calle Prat N° 220, esquina Membrillar.

Fiesta Costumbrista. Vuelve la fiesta gastronómica de invierno más grande del sur de Chile. La Fiesta Costumbrista del Chancho 2025 regresa con toda la alegría y sabor que tanto nos encanta. Dicha actividad está pactada para el 2 y 3 de agosto, en la Plaza de Armas de Talca.

PRONÓSTICO DE CALIDAD DEL AIRE

CURICÓ Y ROMERAL

A L E R T A

TALCA Y MAULE

A L E R T A

LINARES

A L E R T A

Con estas imágenes se identificará las afirmaciones o noticias que se analicen.

Presentaron VeriDatos: una nueva iniciativa de verificación para combatir la desinformación en Chile

SANTIAGO. En el marco de su compromiso con la transparencia informativa y el fortalecimiento del periodismo de calidad, la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) y la Fundación de la Prensa anuncian el lanzamiento oficial de VeriDatos, su nuevo proyecto de verificación de datos (fact-checking), que estará disponible públicamente a través del sitio web www.vddchile.cl a partir de este miércoles 23 de julio.

COMBATIR LA DESINFORMACIÓN

Esta plataforma busca contribuir activamente al combate contra la desinformación en el ecosistema mediático, fortaleciendo la circulación de información veraz y basada en hechos comprobables. VeriDatos se enfocará en identificar y corregir afirmaciones falsas o engañosas presentes en el debate público, medios de comunicación y redes sociales.

La plataforma buscará identificar y corregir afirmaciones falsas o engañosas presentes en el debate público, medios de comunicación y redes sociales.

“En una época donde la verdad es amenazada por las campañas digitales y políticas de desinformación, la Fundación de la Prensa hace este esfuerzo con el apoyo de Google News Initiative por darle más certezas a la opinión pública”, palabras del Eugenio Ravinet, presidente de la Fundación de la Prensa.

ALIANZAS

Lyuba Yez, editora general de VeriDatos, comenta que “Nuestra propuesta para verificar suma a los diarios de Chile y eso tiene un gran valor, pues trabajamos juntos por la búsqueda de la verdad y por el fortalecimiento del periodismo de calidad. En tiempos de tanta confusión, ambigüedad e incivilidad es clave generar alianzas que movilizan

un mismo objetivo”.

GOOGLE

Este proyecto es posible gracias a una alianza estratégica con Google, que ha brindado apoyo a través de su iniciativa para el fortalecimiento del periodismo.

“Nos entusiasma el lanzamiento de este proyecto que, como tantos otros que impulsamos desde Google en Chile y en la región, buscan apoyar a los medios a fortalecer sus capacidades periodísticas y trabajar para potenciar el periodismo de calidad en internet”, Connie Niebuhr, gerente de alianzas con la industria de noticias en Chile. VeriDatos se suma así a una creciente red de esfuerzos en Latinoamérica que buscan enfrentar la expansión de contenidos

falsos, promoviendo un periodismo riguroso, transparente y responsable con la ciudadanía.

Esta plataforma busca contribuir activamente al combate contra la desinformación en el ecosistema mediático, fortaleciendo la circulación de información veraz y basada en hechos comprobables.

DIRECTOR DEL HOSPITAL AGRADECIÓ GESTO SOLIDARIO

Municipalidad de Curicó regaló mantas a pacientes oncológicos de la comuna

CURICÓ. ”Mientras tú sanas, yo te abrigo”, así se llama la iniciativa de la Oficina de la Mujer del Municipio curicano que se concretó con la entrega de 130 mantas tejidas por personas que pertenecen a talleres municipales y que van en beneficio del Policlínico Alivio del Dolor y Oncología del principal recinto asistencial de la provincia.

El gesto solidario fue resaltado por el director del Hospital de Curicó, Dr. Jorge Canteros, quien señaló que los tejidos ayudarán a los pacientes de cáncer. “Nosotros nos encargamos de cuidar, de aliviar, pero siempre la compañía y la compresión de ese sufrimiento es una tarea que va más allá del equipo de salud”, precisó.

Por tal motivo, agradeció el trabajo hecho por curicanas que solo buscan mejorar la calidad de vida de las personas que padecen esa lamentable enfermedad. “Porque tiene que ver con abrigar a aquellos que más lo necesitan”, apuntó.

El director del centro asistencial resaltó el trabajo que se está haciendo con la Municipalidad de Curicó, donde esta semana se está llegando a un acuerdo con la Corporación Cultural. “Vamos a empezar a hacer múltiples actividades en nuestro espacio, el cual es de la comunidad”, sostuvo.

En la iniciativa participaron integrantes de los centros de acción que trabajan con la Oficina de la Mujer del Municipio.

POR JUAN SEBASTIÁN COFRÉ FLORES

FOTOS RICARDO WEBER FUENTES

GRAN TAREA

En tanto, el alcalde de la ciudad, George Bordachar, indicó que es un placer ayudar a los pacientes oncológicos de toda la puerta norte del Maule y resaltó la labor de la Oficina de la Mujer. “Todos tenemos una dificultad, un pariente que está pasándola mal y hoy día con esta tremenda entrega que hacen ustedes nos da más fuerza a nosotros para

seguir haciendo otras actividades para la población”, manifestó.

El jefe comunal agregó que la idea es seguir trabajando en conjunto con las monitoras del Municipio. “Gracias por todo el esfuerzo y a seguir con este mismo ímpetu porque desde mi administración van a contar conmigo para lo que quieran”, aseveró.

En representación de las mujeres que tejieron las mantas habló Cecilia Correa, de la Agrupación Creaciones Vida y Mujer de Rauquén, quien se mostró orgullosa de participar en la iniciativa. “Es maravilloso porque cuando tejemos, no es solamente hilo, lana o un palillo, se tejen de emociones, de lazos, vínculos, entonces, es emocionante”, aclaró.

Si bien la menor padece múltiples patologías, por lo pronto requiere ser intervenida de su cadera. Campaña impulsada por su familia busca sumar los recursos necesarios para cubrir la operación.

QUE REQUIERE MENOR ORIUNDA DEL SECTOR RINCÓN DE SARMIENTO

Campaña busca reunir recursos para cubrir costos de operación

CURICÓ. A través de redes sociales, se dio curso a una campaña de carácter solidaria a fin de reunir los fondos necesarios para costear la operación que requiere una menor de 14 años, oriunda del sector Rincón de Sarmiento. Se trata de Sarahi de María Mira Puelma, a quien tras nacer, los respectivos médicos le dieron una esperanza de vida de tanto solo seis meses. Si bien, por desgracia la ahora adolescente padece de una serie de trastornos y condiciones, el problema que más la aqueja por estos días es la dolencia que sufre derivada de su cadera, que requiere ser prontamente intervenida por profesionales de manera particular. La respectiva operación, en la Clínica Las Condes, tiene un costo de 21 millones de pesos.

DOLORES

Según lo dado a conocer por Carmen Puelma, madre de Sarahi, los dolores ligados a la patología que padece su hija en la ca-

dera están siendo “paliados” con diferentes medicamentos, a la espera de poder reunir el dinero para la intervención. En tal contexto, formuló un llamado “a todo Curicó y a nivel nacional”, ya sea a empresas o vecinos en general, para que puedan brindar aportes y así alcanzar la meta antes del 5 de septiembre, ya que la idea es que el día 8 de aquel mes entre a pabellón. Junto con ello, la propia familia está organizando diversas actividades solidarias, como rifas, bingos y completadas. Quienes quieran colaborar con dicha causa pueden hacerlo en la cuenta corriente del Banco Estado 42500251799, a nombre de Carmen Puelma, Rut 16.279719-0, teléfono de contacto: +569 8186 6915. “Solo necesito operarla, para que ya no suframos más como familia, al verla como ella se retuerce de dolores. Yo como su mamá haré todo lo pueda para ayudarla y que no sufra. Solo pido que me ayuden y no me abandonen en este proceso de lucha, ante un sistema de salud que no apoya”, dijo la propia madre de Sarahi.

Autoridades
Personal del Hospital de Curicó agradeció el trabajo artesanal de las mujeres.

TAMBIÉN LOS AYUDAN A TERMINAR SUS ESTUDIOS

Fundación Luxemburgo valora logros del programa “Vivienda Primero”

La iniciativa ha contribuido a mejorar la autonomía de quienes se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad.

Son muchas las personas que habitan en la calle y que anhelan tener una vivienda, avanzando en mayor autonomía.

Fundación Luxemburgo, quien valoró el apoyo psicológico y médico que se les ha entregado, lo que ha contribuido a los resultados positivos alcanzados.

propio. Esto gracias al programa de la Fundación Luxemburgo y el subsidio para el adulto mayor que otorga el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

CURICÓ. Alrededor de 30 personas en situación de calle de las comunas de Talca y Curicó han mejorado su calidad de vida. Esto gracias al programa “Vivienda Primero” del Ministerio de Desarrollo Social y Familia que está ejecutando la Fundación Luxemburgo.

La iniciativa, que se ha focalizado en personas sobre los 50 años con alto nivel de vulne-

rabilidad, les ha permitido optar a viviendas dignas, altamente equipadas, y de esa forma, reintegrarse a la sociedad. Esto a través de un enfoque integral y progresivo, donde se han obtenido logros importantes en las siguientes áreas: estabilidad en sus vidas, consolidación de autonomía e independencia laboral y financiera.

A esto se agrega la reducción

ORGANIZACIONES COMUNITARIAS

del consumo de sustancias entre los participantes de las ciudades de Curicó y Talca, y mejor inserción laboral de los mismos.

“La estabilidad que han conseguido a través de la vivienda, les ha permitido mejorar su autoestima y capacidad para mantenerse independientes”, indicó Claudia Hernández Estay, coordinadora de este programa en la

BENEFICIARIO

En tanto, Óscar Olmedo, beneficiario de este programa, valoró la ejecución de esta iniciativa y los cambios que ha experimentado gracias a este. “He ido aprendiendo distintos conceptos y a mejorar mi vida. No hay una mejor sensación que el tener una vivienda”, precisó Olmedo, quien valoró tener un espacio

“Estoy aprendiendo a cocinar o más bien recordando lo que es la preparación de una comida. En décadas anteriores, nuestras mamás no nos permitían incursionar en esta área ya que solo las mujeres podían formar parte de esta”, enfatizó.

Otro aspecto que destacó el participante del programa fue el encuentro con alumnos del Instituto Santo Tomás, quie-

nes les impartieron algunos aprendizajes en el área agrícola. A lo que se agrega una visita a la granja educativa que mantiene la Fundación Luxemburgo en el colegio San Pablo de la localidad de Sarmiento.

EDUCACIÓN

Otro de los aspectos relevantes de este programa es que ha permitido a los participantes acceder a la educación y completar sus estudios básicos y medios. Y de esa manera, optar a empleos de mejor calidad y con buenas remuneraciones.

Comenzó entrega de bases para postular a subvenciones municipales en Curicó

CURICÓ. En pleno desarrollo se encuentra la etapa de entrega de bases a las organizaciones de carácter funcional, en las oficinas del Departamento de Organizaciones Comunitarias del municipio curicano.

Las subvenciones municipales se han convertido en una importante herramienta que fortalece la participación ciudadana en la ejecución de proyectos y que significan un aporte al desarrollo humano en barrios y poblaciones.

En el caso de las subvenciones a postular por las organizaciones funcionales permiten apoyar proyectos que dicen relación con la cultura, educación, acción social, deporte, re-

creación, envejecimiento saludable y mejoramiento del medioambiente, entre otras materias.

RECURSOS

Para este año, el concejo municipal aprobó la propuesta alcaldicia de dedicar un monto total disponible de $80.000.000, para ser distribuidos entre las organizaciones participantes. Los comités y juntas de adelanto, podrán postular a un máximo de $400.000, dedicados a mejoramiento y equipamiento de espacios públicos, implementación de sedes sociales, instalación de reductores de velocidad (lomos de toro), áreas verdes, etc. Las organizaciones del voluntariado pueden acceder

El equipo de coordinadores municipales está asesorando postulaciones a subvenciones.

a $350.000, que pueden ser ocupados en medicamentos, pañales, vestuario para enfermos, útiles de aseo y otros. Centros de Acción de la Mujer, Centros de Madres

y Organizaciones de la Mujeres, $250.000, para manualidades, talleres de formación, perfeccionamiento, etc. Los Clubes de Adultos Mayores, pueden postular

a $250.000 dedicados a talleres de autocuidado, desarrollo personal, implementación deportiva, viajes culturales y paseos, etc.

También están disponibles subvenciones de $250.000

a organizaciones juveniles, centros de padres y apoderados, organizaciones folclóricas, organizaciones ambientalistas, animalistas y otras.

ASESORÍA

En el Departamento de Organizaciones Comunitarias se informó que existe un plazo máximo de postulación que vence el 21 de agosto, debiendo los dirigentes contactarse con sus respectivos coordinadores para registrar la inscripción. Los dirigentes pueden además, solicitar la colaboración y asesoramiento de su coordinador municipal, para asesorarles en la respectiva postulación y en el acopio de la documentación exigida en las bases.

POR CYNTIA LEMUS SOTO

HASTA 300 TEMBLORES EN DOS HORAS

Enjambres sísmicos en la Laguna del Maule encienden las alertas entre expertos y vecinos

SAN CLEMENTE. Una seguidilla de sismos en la Laguna del Maule, encendió las alertas entre los expertos y habitantes del sector cordillerano de la región.

Según el doctor en geofísica Cristian Farías, el fenómeno responde a un proceso de alzamiento del suelo que ya se extiende por casi 20 años, a un ritmo de 15 centímetros por año.

Según el doctor en geofísica Cristian Farías, el fenómeno responde a un proceso de alzamiento del suelo que ya se extiende por casi 20 años, a un ritmo de 15 centímetros

por año. “Eso

un cuerpo de magma que está queriendo llegar a la superficie, que está subiendo lentamente, pero que todavía no consigue subir”, señaló el experto, destacando que el enjambre sísmico reciente, con registros de hasta 300 temblores en dos horas, evidencia una actividad volcánica en desarrollo, aunque todavía no es suficientemente intensa como para cambiar el nivel de alerta.

COMPLEJO

La Laguna del Maule es un complejo volcánico de gran tamaño, con antecedentes de erupciones explosivas simila-

PLAN DE RECUPERACIÓN, CONSERVACIÓN Y GESTIÓN DE ESTA ESPECIE LIDERADO POR MEDIO AMBIENTE

Realizan diálogo participativo para proteger al Ruil

TALCA. Con el objetivo de mitigar amenazas que afectan al Ruil, árbol endémico del Maule, y realizar acciones efectivas para su preservación, contribuyendo a la protección de los últimos relictos biológicos que existen en la región, como parte del Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de Especies (Recoge), se llevó a cabo un diálogo participativo para educar sobre la importancia de este árbol. Daniela de La Jara, seremi del Medio Ambiente, in-

formó que “efectivamente nos encontramos en una de tantas reuniones que estamos realizando, para analizar los efectos y el impacto que ha tenido una política pública dirigida a recuperar y evitar la extinción de un árbol vital que es característico del Maule, que es el Ruil… Que hoy día se encuentra en un severo riesgo de extinción y además está sufriendo los impactos de la crisis climática, que no sólo trae aumento de temperaturas, sino que también

la disminución del agua y otros cambios en el clima, que lamentablemente inciden en el futuro, en el crecimiento de esta especie”.

Asimismo, la autoridad recalcó que “el esfuerzo que estamos realizando como Ministerio del Medio Ambiente, es trabajar de manera colaborativa, estableciendo alianzas con el mundo privado, porque la realidad es que… El Ruil se encuentra en predios que son dominio de empresas forestales y de otras personas particulares. Y en ese sentido, estamos realizando un esfuerzo muy importante para lograr las coor-

res a la del volcán Chaitén. “La cantidad de magma que se ha estimado que hay debajo de la laguna, si es que la soltáramos toda en un solo evento, sería como el Chaitén”, advirtió el especialista.

Pese a que los sismos han sido de baja magnitud -en torno a 0.5 y 1.2-, la frecuencia y localización, especialmente en zonas con anomalías de dióxido de carbono, mantienen la atención de la comunidad científica. “Está pasando algo… pero todavía no se termina de desequilibrar como para que haya un cambio de alerta más grande”, aclaró.

Enfatizó que no hay que entrar en pánico, pero sí estar atentos. “Es un proceso único en el mundo. Como ciudadanos tenemos que ponerle ojo a lo que dice la geología, porque este sistema no está completamente alterado, pero sí está mostrando señales de vida bastante fuertes”.

SENAPRED

El director regional de Senapred, Carlos Bernales, señaló que se mantiene una vigilancia permanente en el complejo volcánico. “El complejo volcánico Laguna del Maule, se encuentra en una alerta temprana preventiva, está verde. Sernageomín lo tiene monitoreado 24/7. Instrumentalmente hemos tenido en las últimas semanas enjambres sísmicos que han superado los 100 sismos imperceptibles para el ser humano, y que solo son medidos instrumentalmente. Hay que recordar que este complejo volcánico se ha manifestado durante años de la misma forma no hay ninguna alerta mayor por parte del organismo técnico que es Sernageomin. Estamos evaluando junto al Cogrid de la Municipalidad de San Clemente, los protocolos de vulnerabilidad volcánica comunal”.

En la cita se explicó que el Ruil es una especie endémica en el Maule, principalmente entre la zona de Curepto y Chanco, es una faja costera donde se encuentra asociado a otras especies como el Hualo, que es el Roble Maulino.

dinaciones con la industria y con los municipios, para generar acciones que efectivamente logren el impacto que necesitamos, que es evitar la extinción del Ruil”. Felipe Barrios, jefe de Área Silvestre de la Conaf Maule, en tanto, informó

que un elemento muy importante en esto es “la Reserva Nacional ‘Los Ruiles’, porque es parte de un espacio que nosotros protegemos y conservamos en bien de la sociedad y cada año nos visitan miles de personas que llegan y quieren conocer la unidad y la especie, por eso uno de los factores que trabajamos es la educación… Y las acciones de monitores, para ver cómo se ha comportado el Ruil durante este tiempo y cómo podemos combatir sus amenazas”.

POR MARÍA FRANCISCA GARCÍA BASCUÑÁN FOTO EDUARDO CORVALÁN MUÑOZ
El director de Senapred en el Maule, Carlos Bernales, señaló que en conjunto con el Cogrid de la Municipalidad de San Clemente se están evaluando diversos protocolos.
El complejo volcánico Laguna del Maule ha registrado una serie de enjambres sísmicos en las últimas semanas.

Crónica

CAMILA Y JAVIERA GALLEGOS CONCURRIERON A LA FISCALÍA REGIONAL DEL MAULE

Hijas de concejala desaparecida se reunieron con el fiscal regional y señalan estar conformes que lidere el caso de su madre

TALCA. Tras el anuncio de la Fiscalía Nacional que designó como nuevo encargado del caso de la desaparición de la concejala María Ignacia González al fiscal regional del Maule, Julio Contardo, y la ratificación de este hecho por parte de las hijas de la autoridad comunal, Javiera y Camila Gallegos, se reunieron ambas partes involucradas, encuentro que se desarrolló en dependencias de la Fiscalía en Talca.

A la salida del encuentro, Javiera recalcó que “estamos bastante conformes, porque se acogió nuestra petición de cambio de fiscal. Acabamos de salir de una reunión con parte del equipo que también estará trabajando en esta investigación. Creemos que vamos a poder hacer todos, un buen equipo, para poder llegar luego a la verdad de todo lo que sucedió con nuestra madre. Vamos a estar con una comunicación directa, fluida y la idea es que claro, que todas las cosas que nosotras podemos ir proponiendo, se vayan haciendo inmediatamente”.

Asimismo, expresó que se “mantiene la reserva para un éxito finalmente de la investigación y creemos que así es lo mejor. Tenemos que mantener viva esa confianza en alguien y

A la salida del encuentro, las jóvenes ahondaron respecto de la confianza y trabajo colaborativo que tendrán con Julio Contardo, quien, a su vez, expresó que esta designación se debe a la complejidad del caso.

POR MARÍA FRANCISCA GARCÍA BASCUÑÁN

FOTO CARLOS ALARCÓN DUARTE

creemos que ahora las cosas van a funcionar como esperábamos”.

En tanto, Camila manifestó que están “muy esperanzadas, que ahora en verdad podamos tener algún resultado. Así que tenemos toda la confianza puesta en el equipo de trabajo que está llevando a cabo la búsqueda e investigación del caso de nuestra madre”, añadiendo que tienen “ciertos antecedentes o en verdad, información que nos han hecho llegar algunas personas, que se lo vamos a dar directamente la Fiscalía Regional para que pueda ahondar más en eso”.

FISCAL

En tanto, Julio Contardo explicó que “la designación del fiscal es por la complejidad del caso,

se le entrega a un fiscal regional, que es una atribución exclusiva y además muy excepcional. Yo lo veo como un respaldo al trabajo que hay. De hecho, insisto, el fiscal nacional con el equipo quedó muy impresionado de todo el trabajo que se ha hecho detrás. Hay un requerimiento de parte de las víctimas y la complejidad del caso, como ustedes ven, no hemos tenido lo que nosotros queremos, es decir, encontrarla, y además esclarecer qué es lo que ocurrió en esos días. Es un caso complejo, de allí esta designación. La asumo con toda responsabilidad y con el compromiso de que vamos a lograr un resultado”.

En relación al fiscal Patricio Caroca, recalcó que “la investigación se queda en la región,

Tras la reunión realizada en la Fiscalía Regional del Maule, Camila y Javiera Gallegos, dieron declaraciones, en compañía de la máxima autoridad del Ministerio Publico en la región, Julio Contardo, quien se hará cargo del caso de su madre.

La

PRESIDENTA NACIONAL DEL PS PAULINA

VODANOVIC:

porque ha habido un trabajo exhaustivo, muy profesional. De hecho, la Fiscalía Nacional quedó muy impresionada del trabajo que se ha hecho. Es la complejidad del caso lo que determina que el fiscal nacional haga uso de esta facultad”.

En cuanto a si será de uso exclusivo señaló que “la participación del fiscal regional es preferente… Le voy a dar, por cierto, una importancia relevante. Yo he estado desde el principio en la investigación, así que tengo los antecedentes, dispongo de ellos. No es una investigación que me sea desconocida, al contrario”. Finalmente, la autoridad mencionó que “la idea es seguir adelante con todas las diligencias que venimos realizando, que son muchas, pero ya va a haber un momento de conversar y contar también todo lo que hemos hecho, porque, además, la comunidad necesita saber qué es lo que se ha hecho”.

PDI

El prefecto inspector Luis Salazar, jefe de la Región Policial del Maule, informó que “la Policía de Investigaciones sigue trabajando bajo la dirección del Ministerio Público, en este caso bajo el fiscal regional, Julio Contardo y seguimos aportando con todos los recursos humanos y científico técnicos que tiene la policía para este caso en particular. Son trabajos que son de recolección de cámaras, empadronamiento, declaraciones, que es lo normal dentro de una investigación”.

“El no apoyo a Jeannette Jara por parte de la DC es respaldo a (José Antonio) Kast”

TALCA. La presidenta nacional del Partido Socialista (PS), Paulina Vodanovic, advirtió que el no apoyo a Jeannette Jara es un respaldo a José Antonio Kast. Ello en medio de la encrucijada de la Democracia Cristiana (DC), que este sábado definirá si respaldará a la exministra del Trabajo.

La parlamentaria por el Maule sostuvo que, si bien serán “respetuosos” con la decisión que tome la DC en su junta nacional, “hay que sincerar también que el no apoyo a la opción oficialista, se transforma en un apoyo, aunque sea indirecto, a la candidatura de Kast. Porque uno puede actuar por acción o por omisión”. En ese sentido, se refirió a la reunión que tuvo con el presidente

DC, Alberto Undurraga, quien amenazó con dejar dicho cargo si la tienda decide apoyar a Jara. Sobre ello, señaló que le planteó convertirse en “una gran coalición progresista, incorporando al centro político que es la Democracia Cristiana, con su visión, con su historia”.

No obstante, Vodanovic admitió que “hay una resistencia de apoyar a la candidata Jeannette Jara y eso es lo que tendrán que definir en su junta del fin de semana”. “Puede que no le gusten ciertos temas, en materia económica, que podrán tenerlo sobre la mesa en la discusión programática, pero creo que evidentemente la diferencia con la derecha y principalmente con Kast, son muchísima más que las que pudieran tener con Jeannette Jara”, dijo

parlamentaria por el Maule sostuvo que serán respetuosos con la decisión que tome la DC en su junta nacional.

TRAS FISCALIZACIÓN SOLICITADA POR DIPUTADA VELOSO

Inician sumario administrativo a empresa encargada de mantener perrera municipal

LINARES. Tras una extensa inspección realizada en la perrera municipal de Linares, solicitada y liderada por la diputada Consuelo Veloso, en compañía de la seremi de Salud, Carla Manosalva, las autoridades sanitarias cursaron un sumario en contra de la empresa encargada de las instalaciones.

Esto, en particular, debido a la falta de un servicio de aguas adecuado y la sobrepoblación animal que mantiene el recinto, albergando a cerca de 460 perros (superando el límite de 420). Además, en el lugar se detectaron problemas de salubridad, ruido y falta de personal para atender dignamente a los animales.

Por ello, la diputada Consuelo Veloso, convocó para los próximos días a una mesa de trabajo con actores de la sociedad, con el objetivo de ofrecer a la comuna una respuesta que ponga en el centro el bienestar de los caninos.

La parlamentaria llamó a una coordinación para encontrar una solución al bienestar de los animales en la comuna.

Considerando que el contrato de la empresa encargada llega pronto a su fin, la legisladora afirmó que las circunstancias “nos dejan una tremenda tarea, y entendemos en este momento clave, cuando quedan menos de dos meses para una nueva licitación de esta perrera, que podamos construir un nuevo acuerdo entre todas las autoridades; de la mano también, por cierto, de las organizaciones animalistas”.

TRABAJO CONJUNTO

Dada la urgente necesidad de mejorar las condiciones del recinto, la diputada señaló que es necesario realizar una labor conjunta. “Por eso vamos a convocar a una mesa de trabajo tanto con el municipio, con las

autoridades de Salud de gobierno, con la Subdere y también con todas las organizaciones animalistas de la zona, puesto que son los actores principales y quienes resuelven y se hacen cargo de la tremenda problemática del abandono y el maltrato que sufren los animales”. La representante de la organización animalista Movimiento Naranja, Priscila Jaque, quien acompañó a la legisladora -pero se le negó el acceso al recinto durante la fiscalización- sostuvo que “tal como dice la diputada, es de mucha relevancia para nosotros que se tomen acciones concretas, todo ligado al bienestar de los animales. Actualmente aquí en la perrera hay 460 perros que necesitan del apoyo de todas las organizaciones anima-

listas y de las personas que también puedan apoyar esta causa para poder generar acciones concretas y verdaderos cambios en la perrera municipal, llamado Canil Municipal de Linares”.

Por la futura mesa de trabajo, la diputada Veloso recalcó: “Tenemos una oportunidad sumamente importante, una oportunidad de construir un nuevo acuerdo para el bienestar de los animales en situación de abandono”.

Por eso reiteró el llamado a las autoridades que se hagan parte de esta mesa que se estará coordinando en los próximos días, convocando a las organizaciones animalistas y a la sociedad civil.

Y AUMENTAR LAS FISCALIZACIONES

Concejal Canquil propone campaña para erradicar el comercio ambulante

CURICÓ. - La necesidad de echar a andar una iniciativa que permita generar conciencia en la comunidad respecto a comprar en el comercio establecido, señaló el concejal Raimundo Canquil. Este planteamiento lo hizo el edil en el marco del incremento de los vendedores ilegales en diversos puntos de la ciudad, sobre todo, en el área céntrica. Esto sería el resultado de la mala situación económica que nos afecta como país y la necesidad de todas las personas de generar ingresos. “Es importante respetar el Estado de Derecho y que todo esté dentro de la legalidad, lo que implica que siempre debe apoyarse el comercio establecido”, precisó Canquil, quien señaló que esto va ligado a una mayor fiscalización a los vendedores ilegales.

“Esto no debe ser rea -

lizado solo por el municipio, sino que también por Carabineros y PDI”, aclaró.

Por esa razón, el edil hizo hincapié en la necesidad de regular esta situación y avanzar hacia una mayor legalización de quienes utilizan la vía pública para vender sus productos. Junto con esto, está la importancia de garantizar la higiene de los productos gastronómicos que se expenden en la calle.

En otro ámbito, Canquil se mostró de acuerdo con la implementación de un espacio para los comerciantes ambulantes. Esta idea se ha venido debatiendo en distintos períodos alcaldicios sin que se adopte una decisión.

“Debiera existir una política estatal que contribuya a que los vendedores ilegales puedan establecerse y así sus productos tengan una garantía para los compradores”, enfatizó el edil curicano.

Para el concejal Raimundo Canquil, es importante avanzar hacia una mayor regularización del comercio ilegal.
La parlamentaria del Maule Sur, Consuelo Veloso, encabezó una fiscalización al canil público de la ciudad, constatando una serie de deficiencias.
POR CYNTIA LEMUS SOTO

USARÁ DATOS SATELITALES, MODELOS REGIONALES Y MEDICIONES LOCALES

UDD y NASA iniciaron proyecto que generará pronósticos de calidad del aire y nivel de contaminación en el Maule

Lanzamiento contó con presencia del gobernador regional, Pedro Álvarez-Salamanca; el alcalde de Talca, Juan Carlos Díaz, y un equipo de investigadores del Centro de Investigación C+ de la casa de estudios.

Esta iniciativa empleará datos satelitales, modelos globales y mediciones locales, que permitirán contar con pronósticos horarios de contaminantes del aire como material particulado fino, dióxido de nitrógeno y ozono.

Integrante del equipo de la UDD, junto a Vicente Lorca, subdirector de Innovación de la Facultad de Ingeniería de esta casa de estudios, le explicaron en detalle cómo funciona este sistema al gobernador regional, Pedro ÁlvarezSalamanca.

Tanto el alcalde de Talca, Juan Carlos Díaz, como el gobernador del Maule, Pedro ÁlvarezSalamanca, patrocinan este proyecto, que posicionará a la región en el mapa internacional del monitoreo atmosférico.

TALCA. El gobernador del Maule, Pedro Pablo Álvarez-Salamanca, junto al alcalde de Talca, Juan Carlos Díaz Avendaño, y un equipo de investigadores del Centro de Investigación C+ de la Facultad de Ingeniería de la Universidad del Desarrollo, dieron inicio a la innovadora iniciativa que permitirá contar con estimaciones y pronósticos de la calidad del aire y niveles de contaminación en la región, usando datos satelitales, modelos regionales y mediciones locales, con apoyo del trabajo colaborativo impulsado por el doctor Carl Malings de la NASA con la casa de estudios involucrada.

“Estamos contentos, que un organismo tan importante como es la NASA, a nivel nacional, está colocando los ojos en nuestra región. Tenemos problemas en la calidad del aire y es evidente en muchas comunas de nuestra región, producto de la leña, por lo tanto, hoy lo que necesitamos como autoridades regionales y municipales es tomar buenas decisiones. Para eso debemos tener buena información y este satélite que irá al espacio, nos va a dar las señales correctas de cómo… actuar frente al cambio climático. Estamos a disposición y hemos puesto a profesionales del

Gobierno del Maule, que se van a capacitar con ellos, para que el día de mañana podamos tomar decisiones en conjunto”, manifestó el gobernador regional.

Díaz, en tanto, destacó “el trabajo que están realizando los profesionales de la Universidad del Desarrollo al presentar esta propuesta y hacerse parte de un proyecto internacional donde han sido patrocinados por el Gobierno del Maule y la Municipalidad de Talca”. Asimismo, agregó que esto “es muy valioso, porque Talca es una de las zonas saturadas a nivel nacional y uno de los principales contaminantes. Pasa por las estufas a leña, pero también los vehículos, porque tenemos un parque automotriz de alrededor de 68 mil vehículos y por eso, también hemos creído importante que, junto a esperar estos resultados, que nos van a precisar el material particulado y los niveles de contaminación, queremos avanzar con nuestro proyecto de movilidad sostenible, …en la electromovilidad y en mejorar el transporte público”.

INICIATIVA

Vicente Lorca, subdirector de Innovación de la Facultad de Ingeniería de la UDD, explicó

que “este proyecto busca activar una plataforma de información de datos de predicción de la calidad de aire que se hace a través de un satélite que el próximo año enviará la NASA. Este satélite, es el primero… que va a medir los aerosoles que tiene el aire y con eso se van a poder hacer predicciones, para cierta toma de decisiones desde el Gobierno del Maule y el Municipio”.

Esta investigación se puso en marcha luego de que la región fuera seleccionada como una zona piloto para este estudio internacional, ya que, según informes del Ministerio del Medio Ambiente, algunas comunas del sector, han enfrentado episodios críticos de mala calidad del aire, a raíz de la contaminación por calefacción domiciliaria y el aumento de material particulado. Esta iniciativa empleará datos satelitales, modelos globales y mediciones locales, que permitirán contar con pronósticos horarios de contaminantes del aire como material particulado fino (PM2.5), dióxido de nitrógeno (NO2) y ozono (O3), para en un futuro poder vincularlo con impactos en salud, posicionando a la Región del Maule, en el mapa internacional de monitoreo atmosférico.

TELÉFONOS DE EMERGENCIA

Diario

FUNDADO EL 13 DE NOVIEMBRE DE 1898

126 Años al servicio de la comunidad

DIRECTOR Y

REPRESENTANTE LEGAL:

Víctor Massa Barros

EDITORA GENERAL: María José Barroso Esteban

GERENTE REGIONAL: Fernando Cordero Acuña

EDITOR REGIONAL:

Juan Ignacio Ortiz Reyes

DOMICILIO:

Sargento Aldea Nº 632

Curicó

Fonos: 752 310 132 - 752 310 453

email: director@diariolaprensa.cl avisos@diariolaprensa.cl

SUCURSAL TALCA

1 Oriente 1294

Fonos: 712 218 482 - 712 215 833

email: talcaventas@diariolaprensa.cl

Miembro de la:

Respetar para ser respetado

En un ambiente social ya bastante perturbado por los escenarios delictuales y la violencia callejera, que se registra más que nada en las ciudades chilenas con mayor población, por estos días se ha comentado en los diversos medios de comunicación y “agrandados” en redes sociales, un hecho que podríamos definir como “insólito” porque –en verdad– situaciones como esta, no son corrientes, afortunadamente.

Veamos: En la localidad de Llolleo, Región de Valparaíso, una familia denunció que el párroco del pueblo les negó el acceso a la iglesia para realizar el velatorio de un vecino, obligándolos a realizar el responso en plena calle.

La familia argumenta que la solicitud se realizó correctamente, mientras que el sacerdote justifica la negativa alegando que la petición no fue realizada de manera adecuada.

Como es fácil de entender, este hecho ha generado indignación en la comunidad y ha sido ampliamente difundido y comentado.

La esposa e hijos del fallecido decidieron realizar el velatorio en la vía pública, lo que ha suscitado un acalorado debate sobre la

Palabra vigilada

He aquí un título inquietante. Quizás despierte recelo, alarma. Se trata de una antología poética de autores actuales de la Academia Chilena de la Lengua, preparada por el escritor Tulio Mendoza (1957).

¿En qué consiste la vigilancia que pesa sobre la poesía? Acaso esta corresponda a tres aspectos, a saber: La poesía que da cabida a la extensa humanidad, su tarea de expresar creativamente el ser en el mundo a partir del vasto lenguaje compartido y la libertad que confronta los poderes tentados de someterla a propósitos espurios.

La tonalidad diferente de los veinte poetas incluidos es, desde luego, un aporte considerable. Se trata de autores chilenos, cuyas trayectorias ofrecen distintas experiencias literarias y singularidad de voz. Son poetas que, en algún momento, se han incorporado a la Academia; no académicos que escriben versos.

Este libro antológico se ofrece a los lectores sin la ingenua pretensión de coincidir, parejamente, con ellos.

Cada lector experimentará Palabra vigilada con acuerdo a las afinidades que le despierten los textos.

La obra reúne una generosa gama de enfoques y realizaciones líricas. Junto a la evocación y sensibilidad de la naturaleza comparece el texto experimental, a la situación próxima que estimula una vivencia le sigue el golpe de historia convulsa. Asimismo, el autoconocimiento que porta la escritura permite el enriquecimiento de las experiencias permanentes, como son la afectividad, el desasosiego existencial, la activa memoria que reordena lo disperso, las posibilidades de la escritura. Y tanto más. La nómina de autores seleccionados colabora a entregar un leal boceto de la obra. Edgardo Alarcón, Eliana Albala, Eduardo Aramburú, Miguel Castillo, Luis Correa-Díaz, Cristián Formoso, Óscar Hahn, Graciela Huinao, Pedro Lastra, José Mansilla, Sergio Mansilla, Juan Antonio Massone, Tulio Mendoza, Hugo Metzdorff, Omar Monroy, Andrés Morales, Rosabetty

Los

“pertinencia” de la decisión del párroco y la forma en que se llevó a cabo la solicitud.

Algunos usuarios de redes sociales han expresado su apoyo a la familia, mientras que otros han señalado la importancia de seguir los protocolos establecidos para el uso de espacios religiosos.

El incidente ha puesto de manifiesto la necesidad de una comunicación clara y eficiente entre la comunidad y las autoridades eclesiásticas.

No está demás decir que este vergonzoso episodio viene a ocurrir en un momento en que la Iglesia Católica pasa por un crítico periodo de desconfianza por parte de sus feligreses, y no solamente en Chile, sino que en varias otras naciones donde ha habido denuncias de abusos sexuales, protagonizados por sacerdotes católicos que no siempre han sido castigados como se merecían. En este caso puntual, el tema de fondo es diferente: el párroco puede pedir respeto por los “protocolos”, pero él también debe respetar el dolor de una familia que acaba de perder a su esposo y padre.

Un sueño

Muñoz, Antonieta Rodríguez, Verónica Zondek, Raúl Zurita.

Tal vez en todos exista el anhelo y la necesidad de traducir el mundo interior. Dar cuenta de ese inestable equilibrio entre lo que llamamos propio y lo ajeno. El esfuerzo comunicativo adquiere carácter urgente cuando la palabra es portadora de mensajes que provienen de una región silenciosa: ansían ser acogidos con intensidad y significado plenos. El canto, la plegaria y la poesía son modalidades en las que impera el registro más personal de la voz. Si el primero da cabida a la entonación melódica y la segunda aspira a traspasar la sombra humana, queriendo anular toda distancia para hacer audible la petición, la alabanza o la acción de gracias; a la poesía se le encarga traducir la inquietud del silencio en una forma creativa que admite la naturalidad de lo insólito.

Bienvenida a los poetas. Lo que sigue depende del imprevisible lector.

Una vez me pidieron escribir un sueño para alguien que amamos y que no fuera la esposa. Y es difícil determinar a una persona en especial y elegí a mis hijos para que sientan que no hay preferencia por alguno es especial.

Y lo más extraordinario de todo, que lo que escribí aquella vez, hoy la veo reflejada en una hermosa realidad, como si hubiera sido una premonición, porque muchas veces uno sueña cosas para sus hijos y no siempre se ven convertidas en realidad. Para ellos, mi sueño era muy simple: Darles todo lo necesario para que fueran felices. A todos los veía convertidos en profesionales, como lo son ahora; cotizados por muchos medios, como también lo es ahora; que fueran todo un hombre o toda una mujer, dentro de la profesión que eligieron, como lo son; pero que

este triunfo lo lograran con esfuerzo, pero, principalmente, con mucho amor, tal como lo hicieron.

Que a medida que transcurrieran los años, fueran viendo que sus padres los amaron, los aman y los seguirán amando mucho, y que, pese a que ya son mayores, si son corregidos es por amor, y que, pese a todo, siempre estamos pendientes de que nada material les falte.

También en esa ocasión decía que luego de verlos convertidos en unos grandes profesionales, me gustaría que se casaran con alguien que los quisiera mucho, que los apoyara y los mimara, y que cuando nacieran sus hijos, les enseñaran a través del amor a conocerse a sí mismos, a los demás y a Dios, situación que ha sucedido con mi nuera, mi yerno y mis nietos.

Quería verlos exitosos, pero humildes; con mucho trabajo, pero alegres; exigentes, pero tiernos. Ese era mi sueño y señalaba

que, quizás, algún día lograría verlo convertido en realidad. Y hoy, con orgullo de papá, puedo decir que sí he logrado ver ese sueño.

Para lograrlo, yo también debí esforzarme y cambiar mucho para exigirles lo que les pedía que fueran, y de verdad, me costó bastante, no es fácil cambiar cuando siempre se ha sido diferente: debí esforzarme, aprender a darles mucho amor ya de grandes y tratar en la medida de lo posible tratar de ser más humilde, más alegre y más tierno. Algo debo haber sembrado, para que en corazón de ellos, fueran creciendo esos valores, para que los vieran en mí y para que los fueran realizando en ellos. Hoy, ya en el ocaso de mi vida, cuando ya estoy jubilado y cuando lo que me resta de vivir es solo un regalo de Dios, con certeza puedo decirme: “Juan, tu vida valió la pena porque, realmente, tienes unos hermosos hijos”.

JUAN ANTONIO MASSONE
DESDE MI RINCÓN

Guía Profesional y de Servicios

MEDICINA INTERNA

DR. VÍCTOR

MARTÍNEZ HAGEN

MÉDICO INTERNISTA

- Enfermedades respiratorias

- Espirometrías

- Hipertensión

- Diabetes.

CONVENIOS: FONASA - Isapres, Particular. MONTT 378, OF. 32

FONOS: 75 231 8828 - +56 9 8371 1291

MEDICINA INTERNA

DR. REINALDO CORTEZ DE LA FUENTE MÉDICO INTERNISTA PARTICULAR

MANUEL MONTT 378 TERCER PISO:

HORAS EN +56952352323 (WHATSAPP) O EN HORAS@DOCTORCORTEZ.CL

VILLOTA 93 (CENTRO MÉDICO KARDIA): HORAS EN +56981376023 (WHATSAPP) / +56752321796 O +56752289299.

MEDICINA GENERAL

DR. GUILLERMO

BAHAMONDES ESPINOZA

MEDICINA GENERAL NIÑOS Y ADULTOS

CONSULTA: Edificio Médico Escorial, Yungay 475, 2º piso, Of. 205. Fono: 75 231 8865. Horario: Lunes a viernes 17:00 a 20:00 horas. Particulares, FONASA Nivel 3.

CARDIOLOGÍA

DR. SERGIO HIGUERAS DEL PINO

- Consultas y tratamiento cardiológico.

- Evaluación pre-operatoria.

- Procedimientos cardiológicos.

- Electrocardiograma de reposo.

- Holter de presión y de arritmia.

- Test de esfuerzo (ergometría).

- Evaluación a deportistas y postulantes.

Reservar hora: 998801773

+56 9 57427469 – 75-2-318666

Edificio Médico Escorial - Yungay 475 Oficina 206 – Curicó

DR. LUIS URIBE U.

- Dermatología clínica

- Procedimientos Quirúrgicos

- Crioterapia

- Cosmetología y Cosmiatría

- Laserterapia

- Depilación Láser

- Rejuvenecimiento facial

- Manchas de sol y melasmas - Rosácea

- Tatuajes - Botox - Plasma

- Acido Hialuronico

Argomedo 208 Curicó. Celular: +56 9 9312 4042 www.clinderma.cl

OTORRINOLARINGOLOGÍA OTOLOGÍA

DR. ELEAZAR EDUARDO GRATERÓN CEDEÑO

Otorrinolaringólogo - Rinoplastia.

Villota 170, Curicó, VII Región, Chile. Centro Médico San Martín, Piso 2.

Telefono: +56 9 3418 5327 / 75 232 0400

Anexo: 3002. Adultos y niños.

fundos y parcelas en

UROLOGÍA

DR. ÓSCAR SÁNCHEZ VARAS

VILLOTA 170,

Solicitar hora al fono: 75 232 0400 Horario: Lunes a Jueves de 15:30 a 19:30 horas.

DR. GUILLERMO TORREALBA ESTÉVEZ. MÉDICO CIRUJANO, URÓLOGO U. DE CHILE

Especialista en enferm edad es de riñón, vejiga, próstata y genitales. Incontinencia de orina en la mujer, adultos y niños. Atención presencial, Villota 170 of. 406 Edificio Medico San Martín Curicó y consulta médica por telemedicina.

Solicitar hora de atención al fono: 75-2320400 o Whatsapp +569 90024141 u online www.cisanmartin.cl

Talca atención UCM Fono: 71 263 5602 - 71 2635603 o al Whatsapp +56 9 6193 4000

PEDIATRÍA

DR. NORMAN MERCHAK PEDIATRA Yungay 338. Solicitar Hora Fono: Fax 75 231 1085 - 75 231 8053 de 9:30 a 12:00 - 15:30 a 17:00 Horas.

Consulta Oftalmológica

Dra. María Luisa Flores Parra Dr. Carlos A. Flores Zavarce Atención a adultos y niños, patologías médicas y quirúrgicas.

TRAUMATOLOGÍA

DR. JULIO HERRERA M. ESPECIALISTA EN TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA

Osteoporosis, artrosis, pie plano, lumbagos, niños, adultos y adulto mayor. Convenio FONASA e Isapres. Atención de Lunes a Viernes de 10:00 a 12:00 horas y de 16:00 a 19:00 horas. Rodríguez 565. CENTRO MÉDICO SAIS. Fono 75 231 7270 – 75 231 0478. Reserva hora.

ABOGADO

JOSÉ LUIS MUÑOZ ARAYA

J uicios de familia, Alimentos, Cuidado Personal, Divorcios, Separación de Bienes, Partición, Escrituras, Estudio de Títulos, Testamentos, Juicios Laborales, Ley del consumidor y otros.

Lunes a Viernes 11:00 a 13:00 horas y 17:00 a 19:00 horas. Fonos: 75 257 0583 +56 9 9265 2579 – 9 8136 8406

Email: abogadopinochet@gmail.com jmuñozxx@gmail.com

CONTABILIDAD

LUNES A VIERNES AM Y PM Carmen 752, Edif. Renacimiento, Ofic. 304 FONO: 75-2 289051 - 981824997

FONO : 62150586

Mail: abilarodriguez@gmail.com

www.marisolcorrea.cl

FOTOGRAFÍAS

QUE PASARON POR EL ANTIGUO REVELADO

* Un

Talca-Colín en la década de 1970. Modelo de la General Motor Company (GMC) en perfecto estado. Foto de Óscar Corvalán Guzmán.

REPASO DE LA HISTORIA DE LA REGIÓN DEL MAULE en fotos que generan inmortalidad

Es lógico que el tiempo pasa y las imágenes lo demuestran, pero son esas mismas postales las que nos llevan a rememorar otras épocas, llenas de personajes que han ido escribiendo nuestra vida y que han sido parte importante de las principales ciudades del Maule.

A muchos de nuestros lectores les da nostalgia, pero están esperando esta página para ver a los suyos, a sus cercanos, a sus vecinos y a aquellas construcciones que incluso ya son parte absoluta del pasado.

Algunas de estas imágenes son propiedad de Eduardo Corvalán Muñoz y si usted quiere tener una de ellas se puede contactar al + 569 8602 5746.

* Portada de diario La Prensa del día siguiente cuando por fin Curicó Unido toca el cielo de Primera División. Es el ascenso histórico a la categoría de honor del fútbol chileno tras ganarle 1-0 a Deportes Puerto Montt en el Estadio La Granja. El solitario gol fue del paraguayo Rodrigo Riquelme al minuto 24. En la imagen aparecen entre otros: Juan Carlos Muñoz, Luis Vásquez (capitán), Carlos Bechtholdt, Bibencio Servín, Jonathan “Mariachi” Núñez, Daniel Briceño, Iván “Chepo” Sepúlveda, Patricio Araya, Rodrigo Riquelme y Damián Muñoz.

* Hace pocos días, el Estadio Fiscal “Tucapel Bustamante Lastra” de Linares cumplió 105 años. Es uno de los más longevos de la Región del Maule y su pórtico siempre ha lucido una belleza arquitectónica envidiable para muchos. La foto data de la década 1940. Ha recibido varios nombres: Estadio Linares, Estadio Fiscal y en la actualidad lleva el nombre del reconocido Tucapel Bustamante. Allí han hecho de local el Lister Rossel, Deportes Linares, Frutilinares y nuevamente Deportes Linares, quien ha sido el que más ha utilizado el reciento.

* Julio se caracterizaba por ser el mes aniversario de muchas radioemisoras curicanas. Y durante la primera semana del séptimo mes se festejaba el cumpleaños de la radio juvenil más exitosa que ha tenido Curicó: Radio San José de Buena Vista. En el dial 91.5 FM y con estudios en Membrillar 740. En la década de 1990 fue la más escuchada en el segmento de 15 a 30 años, con míticos programas y populares locutores y conductores. En la imagen de 1995 (es decir hace 30 años) aparecen: Enrique “Kiko” Quitral, Rafael Muñoz, Óscar Peredo, Nadia Contreras, Juan Ignacio “Nacho” Ortiz, Mario Andrés Donoso, Marcelo Navarro, Patricio Molina, Rodrigo “Yoyo” Orellana, Héctor “Ñaty” Moya, Miguel “Viejo del Rock” Vargas, Claudio Pérez Maturana y Raúl Alcázar. Algunos ausentes en la foto: Claudia Álvarez, Máximo Quitral, Fernando González, Mauricio del Campo, Carlos “Charly Tarro” Rojas, Rodrigo Morales y Patrick Limardo.

* Oficiales de la

microbús que hacía el recorrido
* Operarios de la antigua Fábrica de Fósforos de Talca. Repartía el vital producto a todo el país. Imagen captada por Óscar Corvalán Guzmán.
Primera Compañía de Bomberos de Talca en la década de 1970. Imagen del lente fotográfico de Óscar Corvalán Guzmán.

PREMIOS A LA PRENSA CORRALERA

Curicano Fernando Cardemil Porcile elegido Mejor Comunicador del Rodeo

SANTIAGO. La noche del pasado martes se conocieron los ganadores por votación popular de los ganadores de los Premios a la prensa corralera, correspondiente a la temporada 20242025, en las modalidades mejor programas de TV y Streaming, medios de comunicación y comunicadores, iniciativa de la Federación del Rodeo Chileno y el Portal caballoyrodeo.cl.

En estos tres premios la audiencia corralera votó a través de una encuesta digital abierta. “Se generó un gran interés de nuestros usuarios y los seguidores del rodeo, el caballo chileno y las tradiciones. Hace tiempo que queríamos construir un premio que tuviera la interacción de la gente; y la Federación del Rodeo nos apo-

El ganador es publicita y editor del portal Chile Tradiciones, con una dilatada trayectoria en la difusión del rodeo, además de presentar “Historias del Champion de Chile”, con más de 40 capítulos.

También fue parte de la comitiva de la Escuadra Ecuestre Palmas de Peñaflor, en su viaje a Gran Bretaña, Hannover y Londres.

yó con esta iniciativa que esperamos crezca y perdure; y que es complementaria al Premio a la Trayectoria que se entrega cada año en el Campeonato Nacional de Rodeo a los comunicadores”, explicó Antonio Arancio, editor general de caballoyrodeo.cl. Los ganadores de este año, ba-

POSTULA TU IDEA: “RED BULL STALEN ROS”

jo un universo de 5.525 votos, fueron En la Pata de los Caballos como mejor programa de TV o streaming; Fernando Cardemil Porcile como comunicador destacado; y la Revista del Campo de El Mercurio como mejor medio de comunicación.

También participaron en la vo-

tación los programas “En la Pata de los Caballos”, “Lunes Corralero”, “Al Aguaite”, “Más Rodeo”, “Sello de Raza”, “Enquinchados del Canal del Caballo”.

Como Comunicador Destacado de la Temporada fue electo el curicano Fernando Cardemil Porcile, superando en la vota-

ción a Luis Marcelo Alvarado, Gustavo Vera, Claudia Sáez, Carolina García y el curicano Luis Oyarzún. Estos galardones serán entregados durante la Gala del Rodeo Chileno, a realizarse hoy en el Hotel Sheraton San Cristóbal en la capital.

CURICANO

El curicano Fernando Cardemil Porcile, publicita y editor del portal Chile Tradiciones, con una vasta trayectoria en la difusión del rodeo y sus tradiciones, además de presentar “Historias del Champion de Chile”, con más de 40 capítulos.

También fue parte de la comiti-

Al Agua Pato te lleva directo a la Fórmula 1 en Brasil

SANTIAGO. Un desafío único está programado para el 22 de noviembre, donde la creatividad y el ingenio serán puestos a prueba como nunca antes, y ahora un inédito premio internacional. Red Bull Al Agua Pato llega a Santiago e invita a sus participantes a construir la bicicleta más creativa, que pueda recorrer una delgada pista flotante con una importante condición: no caer al agua. Y es que la dupla ganadora no solo recibirá el reconocimiento de los más ingeniosos, sino que recibirán una experiencia única: ¡un viaje a vivir toda la emoción de la Fórmula 1 en Brasil durante 2026!

Prepara lápiz y papel y echa

a andar las ruedas de la creatividad, porque cualquier dupla con una propuesta original y efectiva pueda ganar. ¿Cómo funciona? Red Bull Al Agua Pato inició la etapa de postulaciones el pasado 24 de junio, y

aún seguirán abiertas hasta el 22 de agosto. Simplemente entre a www.redbull.com e inscriba tu equipo con nombre, integrantes y un dibujo de tu idea de vehículo. De esa selección se escogerán a los 60 mejores equipos, los

que recibirán su licencia oficial de piloto y pasarán a la Fase de Construcción, para luego enfrentarse en el evento oficial.

Pero no solo los ganadores serán premiados, sino que habrá experiencias únicas del mundo de Red Bull para los más creativos que completen el podio. Así, el segundo lugar disfrutará de un exclusivo festival de música dentro de Sudamérica (por definir), mientras que el tercer puesto podrá escoger entre tres experiencias VIP en Red Bull Valparaíso Cerro Abajo, Red Bull Batalla World Final Chile o World Rally Championship Chile. ¡No te quedes fuera y ponte a prueba en este único desafío!

va de la Escuadra Ecuestre Palmas de Peñaflor y su viaje a Gran Bretaña, Hannover y Londres, sobre todo quienes experimentaron en la misma pista las emociones de la gira. “Fue una maravillosa experiencia, una gran gira que comenzó en Alemania con cuatro presentaciones y ahora lo extraordinario que fue actuar en 12 ocasiones en Olympia. Estar en las ciudades más importantes del mundo con nuestros caballos, con nuestros aperos, mantas y sombreros es algo espectacular”, dijo Cardemil. Respecto al premio, dijo que fue una sorpresa enterarse de este premio que recibirá hoy en Santiago.

Invitan en Curicó al taller “Fuerza Femenina” 2025

Con el objetivo de entregar herramientas concretas para enfrentar situaciones de riesgo, el Programa Mujeres Jefas de Hogar, en conjunto con el Instituto Profesional AIEP y la Corporación de Deportes de Curicó, invitan al taller gratuito de autodefensa “Fuerza Femenina 2025”. Esta iniciativa busca fortalecer la seguridad personal de las participantes mediante técnicas simples, ejercicios físicos y conocimientos prácticos de autoprotección. La actividad está dirigida a mujeres de todas las edades y se realizará el jueves 24 de julio, entre las 11:00 y las 13:00 horas, en el

Polideportivo

“Omar

Figueroa Astorga” de la Corporación de Deportes, ubicado junto a la medialuna de Curicó. Durante el taller, se combinarán ejercicios de reacción física con instancias de empoderamiento y educación preventiva, promoviendo la confianza y la autonomía de cada asistente. Para participar, se recomienda asistir con ropa cómoda, zapatillas deportivas y llevar una botella de agua para mantenerse hidratada durante la jornada. Una excelente oportunidad para aprender, fortalecerse y compartir en un entorno seguro y colaborativo.

El curicano Fernando Cardemil Porcile, fue elegido Mejor Comunicador del Rodeo en votación popular de la Ferochi y el Portal caballoyrodeo.cl
Invitación de Red Bull a construir tu bicicleta.

Los albirrojos regresan a jugar en la máxima categoría del fútbol joven a nivel nacional y este fin de semana iniciarán su participación en el torneo ANFP enfrentando a Cobresal.

En la segunda fecha el rival será Colo Colo, en una competencia que se extenderá hasta inicios del mes de noviembre.

RODRIGO ORELLANA SALAZAR FOTO RICARDO WEBER FUENTES

Juveniles a la cancha en Primera

CURICÓ. Este fin de semana comienza la participación de las series juveniles de Curicó Unido en el Campeonato Nacional Formativo ANFP. El rival será Cobresal en partidos a disputarse viernes y sábado en el complejo deportivo Raúl Narváez Gómez en Santa Cristina y los Sub-20 del Curi se estrenarán frente a los mineros de El Salvador a contar de las 11:30 horas de mañana viernes. Posteriormente, a

las 14:00 horas, chocarán los elencos en categoría Sub-18, quedando para el sábado los duelos de las Sub-16 y Sub-15 a disputarse en el estadio municipal de Puente Alto a contar de las 11:00 horas. Estos partidos, donde el Curi será local frente a Cobresal, se jugarán sin público en el complejo deportivo Raúl Narváez, aunque contarán con la transmisión streaming en directo que se puede ad-

POR PARTE DE LA CORPORACIÓN DE DEPORTES

quirir a través de Passline. QUINCE FECHAS

La competencia formativa para los juveniles de Curicó Unido se inicia este fin de semana con el mencionado juego ante Cobresal. En la segunda fecha, los curicanos deberán medir fuerzas ante Colo Colo, para luego enfrentarse con Deportes Temuco, la Unión Española, Santiago Wanderers, Iquique, la

Curicó Rugby Club recibe resultados de evaluaciones físicas y nutricionales

CURICÓ. Con el objetivo de contribuir al desarrollo integral de los deportistas locales, la Corporación de Deportes presentó los resultados de las evaluaciones físicas y nutricionales realizadas las series menores de Curicó Rugby Club. La actividad se llevó a cabo en el auditorio del Centro

Cultural y contó con la participación de jugadores, cuerpo técnico, dirigentes y apoderados del club. Durante la jornada, los kinesiólogos Jorge Rojas y Nelson Vera estuvieron a cargo de exponer los principales hallazgos obtenidos a partir de las evaluaciones físicas, las cuales incluye-

ron pruebas de fuerza, salto y velocidad.

En tanto, la nutricionista Francisca Andrade presentó el análisis del estado nutricional de los deportistas, abordando aspectos como composición corporal, hábitos alimentarios y recomendaciones específicas para el

Universidad de Chile, Coquimbo Unido, Palestino, Huachipato, Everton, Santiago Morning, la Universidad Católica, Audax Italiano y O’Higgins de Rancagua. El campeonato se extenderá desde fines del presente mes de julio hasta inicios del mes de noviembre, momento en que culminará la fecha decimoquinta del torneo, clasificando los mejores a la ronda de playoff buscando a los cam-

peones nacionales en categoría Sub-15, Sub-16, Sub-18 y Sub-20.

TAMBIÉN EL SÁBADO

En la plataforma Passline.cl comenzó la venta de ticket para el partido de este sábado en Molina entre Curicó Unido y Santiago Morning, válido por la fecha 18 de la Liga de Ascenso. Ocho mil pesos es el valor de la galería, 12 mil pesos el costo de tribuna y los niños ingresan

gratis solo hasta los 3 años de edad. La venta de entradas es exclusivamente para hinchas de Curicó Unido, sin existir tickets para los seguidores de Santiago Morning. La venta virtual es a través de Passline.cl, en tanto existen puntos de atención y venta de tickets físicos en el segundo piso de Mall Valle Curicó, hasta este sábado, tal como el local de La Despensa en calle Quechereguas en Molina.

mejor rendimiento deportivo.

El encuentro permitió no solo compartir los resultados obtenidos, sino también generar un espacio de retroalimentación, donde se resolvieron dudas y se entregaron orientaciones personalizadas a los jugadores y entrenadores. La instancia fue altamente valorada

por los asistentes, ya que refuerza el compromiso institucional con el deporte formativo y competitivo de la comuna.

Desde la Corporación de Deportes destacaron la importancia de este tipo de intervenciones, que buscan promover la evaluación permanente, la educación y el acompañamiento

profesional como herramientas fundamentales para potenciar el rendimiento deportivo. Este trabajo multidisciplinario forma parte del plan de apoyo integral a organizaciones deportivas impulsado por la Corporación de Deportes, y continuará replicándose con otros clubes durante el segundo semestre del año.

Los kinesiólogos Jorge Rojas y Nelson Vera, estuvieron a cargo de exponer los principales hallazgos
Las series juveniles de Curicó Unido juegan mañana frente Cobresal.

EN DEPENDENCIAS DE LA BIBLIOTECA MUNICIPAL

Exitosa mateada “Voces y Sonidos del Campo” en Constitución

Con excelente convocatoria de público, la Corporación Cultural desarrolló esta actividad, donde la poesía popular, la música tradicional y la memoria histórica se entrelazaron en una verdadera celebración de nuestras raíces.

CONSTITUCIÓN. “Voces y Sonidos del Campo” fue el nombre del espectáculo gratuito que se llevó a cabo en el acogedor espacio de la Biblioteca Municipal, y que se transformó en una experiencia entrañable y profundamente ligada a la identidad de nuestro Maule costero.

ENCUENTRO DE TRADICIONES

El secretario ejecutivo de la Corporación Cultural Municipal, Luis Valero Campos, destacó que se trató de una noche de encuentro con nuestras tradiciones, protagonizada por el relato chileno, que nos conectó con el pasado y melodías que evocaron la tierra, los caminos de antaño, y la vida sencilla de campo. En esta oportunidad, el destacado cultor y profesor Luis Castillo nos llevó en un viaje oral por la historia del uso del brasero tan típico del campo chileno, que como un utensilio acompañó a las familias durante muchos años no solo como herramienta de calefacción, sino que de cocina y otros usos.

A su vez, Abel Araneda

Los organizadores manifestaron su satisfacción por la gran convocatoria de participantes.

ofreció un relato lleno de nostalgia y patrimonio, hablando del histórico y recordado barrio Los Pocitos, un sector lleno de historias popu -

lares y vida comunitaria que marcaron una época en Constitución, cuando el tema de los pozos de agua en esta comuna costera era ha -

bitual, y se encontraban ubicados en calles céntricas.

VOZ FEMENINA

La música en vivo fue parte esencial de esta jornada, con la presencia y la voz de mujeres que han sabido llevar nuestras tradiciones con emoción y orgullo: Adriana Núñez, Olguita Castillo y las Hermanas Andaur, quienes compartieron canciones y tonadas llenas de raíz campesina, melodías que huelen a campo húmedo, a pan amasado y a tardes junto al fogón. Un repertorio de canciones y tonadas de autoría inéditas, con más de cien años de historia.

Aries [21 de marzo al 20 de abril].

AMOR: Ojo con quienes se reencuentren con el pasado y dejan que este afecte su destino. SALUD: Renueve su interés por la práctica de algún deporte que ayuda a tener una vida sana. DINERO: Su economía va a mejorar si se organiza un poco. COLOR: Lila. NÚMERO: 1.

Tauro [21 de Abril al 20 de Mayo].

AMOR: Decir la verdad, por mucho que ésta duela, es lo mejor que puede hacer. SALUD: No se agote más de la cuenta ya que queda poco para que el mes termine y le harán falta las energías. DINERO: Todo depende de un tema de actitud para con el trabajo. COLOR: Burdeo. NÚMERO: 11.

Géminis [21 de Mayo al 21 de Junio].

AMOR: No trate de forzar al destino ya que puede terminar más dañado/a de lo que imagina. SALUD: La tensión y el nerviosismo están ganando terreno, cuidado. DINERO: Gastos extra dificultan estos días que restan del mes. COLOR: Plomo. NÚMERO: 10.

Cáncer [22 de Junio al 22 Julio].

AMOR: No hay que mirar la paja en el ojo ajeno ya que muchas veces el error está en uno/a mismo/a. SALUD: Finales de mes con las defensas un poco bajas DINERO: La constancia será el elemento vital para alcanzar las metas que te has propuesto. COLOR: Rosado. NÚMERO: 2.

Leo [23 Julio al 22 de Agosto].

AMOR: Busque aquellas cosas que le dan sentido a su existencia y que tú sabes que te ayudan a que seas feliz. SALUD: Más cuidado con la dieta para evitar los cálculos renales. DINERO: No te recomiendo meterte en demasiadas deudas. COLOR: Calipso. NÚMERO: 27.

Virgo [23 de Agosto al 22 de Septiembre].

AMOR: No se interponga en el camino del desarrollo personal de quien está a su lado. SALUD: Los problemas domésticos están provocando que su fuerza decaiga. Trate de distraerse un poco. DINERO: Cuídese de las estafas. COLOR: Celeste. NÚMERO: 7.

Libra [23 de Septiembre al 22 de octubre].

AMOR: No eluda el afecto que los demás desean demostrarle, en especial si se trata de quien está junto a usted. SALUD: No debe dejarse invadir por los vicios y la pereza. DINERO: Propuestas interesantes que ayudará a aumentar la fuente de ingresos. COLOR: Morado. NÚMERO: 4.

Escorpión [23 de Octubre al 22 de Noviembre].

AMOR: El amor llega solo, no se debe forzar la búsqueda, ya que la impaciencia te hace equivocarte. SALUD: Tenga cuidado con los excesos, incluso el de trabajo. DINERO: Se está sobreexigiendo demasiado en su trabajo. Calme sus motores para no correr el riesgo de cometer errores. COLOR: Violeta. NÚMERO: 22.

Sagitario [23 de Noviembre al 20 de Diciembre].

AMOR: Tenga calma y verá como el amor nuevamente aparece en su vida. No lo desaproveche. SALUD: Busque ayuda profesional para sus malestares de salud. DINERO: Inicio de la jornada bastante tranquilo. Ojo al realizar inversiones. COLOR: Salmón. NÚMERO: 14.

Capricornio [21 de Diciembre al 20 de Enero].

AMOR: Está pasando mucho tiempo y usted no ha intentado arreglar un poco las cosas. SALUD: Ojo con la salud en lo que queda de julio, no debe descuidarla. DINERO: Evita cometer cualquier error en el trabajo. Platita poca pero segura. COLOR: Verde. NÚMERO: 9.

Acuario [21 de Enero al 19 de Febrero].

AMOR: La verdad se sabrá tarde o temprano, tenga cuidado con meterse en dificultades. SALUD: Cuidado con exagerar a la hora de divertirse ya que tendrá consecuencias. DINERO: Sea paciente en su trabajo, no todos los días son espectaculares. COLOR: Amarillo. NÚMERO: 18.

Piscis [20 de Febrero al 20 de Marzo].

AMOR: Es hora que madure, siente cabeza y escoja bien los pasos que da con el objetivo de ser feliz. SALUD: Trate de calmarse. No se enoje por detalles ínfimos. DINERO: Afronte su trabajo diario con una actitud más positiva y verá que las cosas andarán mejor. COLOR: Rojo. NÚMERO: 16.

ENCONTRARÁ PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA MEJORAR SU SUERTE EN EL AMOR, SALUD Y TRABAJO. CREMAS PARA LOS DOLORES Y BAÑOS PURIFICADORES. YOLANDA SULTANA LE AYUDARÁ EN LA UNIÓN DE PAREJAS Y TAMBIÉN CONTRA EL ALCOHOLISMO, LA DROGADICCIÓN, EN LAS CASAS Y NEGOCIOS CARGADAS. LLÁMELA AHORA TAMBIÉN AL 7788818 O ESCRÍBALE A CASILLA 1, CORREO 2, ESTACIÓN CENTRAL, SANTIAGO.

JUDICIALES

REMATE - 3° Juzgado de Letras de Talca, 4 Norte N° 615, Talca, se rematará de manera presencial, el 07 de agosto de 2025, a las 09:00 horas, el predio Cordillerano llamado MELÉNDEZ, ubicado en la comuna de ROMERAL, provincia de CURICÓ. El dominio a nombre de la parte demandada se encuentra inscrito a fojas 4.410 Nº 2.249 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, correspondiente al año 2016. Mínimo para las posturas será la suma de $300.000.000.-, precio pagadero contado dentro del quinto día de efectuada la subasta. Los postores interesados deben constituir garantía suficiente a través de: a) Depósito judicial en la cuenta corriente del Tribunal; b) Cupón de pago en Banco Estado o; c) Vale vista emitido por Banco Estado, tomado en favor del Tribunal. La copia digitalizada del depósito o cupón de pago deberá ser enviada al correo electrónico o jl3_talca_remates@pjud. cl, indicándose además el rol de la causa en que participa, correo electrónico y número telefónico de contacto, con una antelación de a lo menos dos días hábiles a la fecha de realización de la subasta. Por su parte, el vale vista deberá acompañarse materialmente en Secretaría del Tribunal, con la antelación establecida. Concluida la subasta, se procede a la restitución de garantías a los postores no adjudicatarios, en el más breve plazo, previa coordinación con el Ministro de Fe del Tribunal, Manteniendo vigente el párrafo final de la citada cláusula cuarta en relación a la parte ejecutante. Demás bases y antecedentes en Juicio Ejecutivo, “Banco Santander-Chile contra Ceresuela” Rol C-1.000-2020. Secretaria (S).

24-25-26-27 – 93318

NOTIFICACIÓN Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-35652024, caratulada Banco del Estado de Chile con Alfaro, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio

23 del 09 de junio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2o Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré operación N°36639459, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 11 ENERO 2024 por Guillermo Andre Hevia Lobo, cédula de identidad N°8.655.5212, y por Saul Ignacio Valenzuela Avendaño, cedula nacional de identidad N°10.582.382-7, ambos empleados bancarios, domiciliados en Avenida Bernardo O’Higgins 1111, Santiago, en representación del deudor principal JOSE ANTONIO ALFARO PASTEN, ignoro profesión u oficio, con domicilio en LA TORRE 155, TENO; Y/O LOS ALMENDROS 79, TENO. El pagaré fue suscrito por la suma de $6.082.231.- por concepto de capital, más un interés del 1,10% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 24 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas

de $305.806.- cada una, salvo la última que será de $305.806.-, venciendo la primera de ellas el día 5 JULIO 2024. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 5 JULIO 2024, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $6.082.231.- más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de JOSE ANTONIO ALFARO PASTEN, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $6.082.231.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y man-

damiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento con citación. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 6: Mda.(*) Curicó, doce de diciembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo escrito de folio N°5. A lo principal: Téngase por cumplido con lo ordenado en resolución de fecha 10 de diciembre de 2024 en folio 4 y téngase por acompañado pagaré. Al otrosí: Como se pide. Proveyendo demanda de folio N°1. A lo principal: Téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese. Al primer otrosí: Téngase por acompañado, bajo apercibimiento legal pagaré, custódiese y los documentos de los números 2, 3 y 4, por acompañados con citación. Al segundo otrosí: Téngase presente y desígnese depositario provisional a la persona propuesta. Al tercer otrosí: Téngase presente y téngase por acompañada, con citación. Al cuarto otrosí: Como se pide a la forma de notificación y téngase presente correos electrónicos. Al quinto otrosí: Téngase presente. Rol N°3565-2024. Cuantía $6.082.231.- Custodia N°2322-2024. En Curicó, a doce de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados. - Resolución folio 23: Mda. Curicó, nueve de junio de dos mil veinticinco. Proveyendo escrito de folio N°22. A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS AL EJECUTADO, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente

resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. Al primer otrosí: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. Al segundo otrosí: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a nueve de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Mda. MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago a JOSE ANTONIO ALFARO PASTEN, ignora profesión u oficio, domiciliado en La Torre N°155 de Teno y/o Los Almendros N°79 de Teno, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE o a quien sus derechos representen, la suma de $6.082.231.-, más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de intimación, trábese embargo en bienes de propiedad del demandado indicado, en cantidad equivalente a lo adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su exclusiva responsabilidad. Así está ordenado en los autos Rol Nº3565-2024, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con ALFARO PASTEN, JOSE ANTONIO”, Juicio ejecutivo. Curicó, 12 de diciembre de 2024. Mario Enrique Riera Navarro. Secretario (s). 24-25-26 – 93315

NOTIFICACIÓN Ante el 1º

Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-28082024, caratulada Banco del Estado de Chile con Rosas, Ejecutivo Civil (CO7), Cum-

plimiento Obligación de dar, por resolución de folio 25 del 14 de abril de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al heredero del demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N° 6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Que en la representación que invisto vengo en deducir demanda en contra de ERICH RODRIGO ROSAS BURGOS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en PROLONGACION AV. LAS TORRES 1545 SITIO 34, CURICO; VIZCAYA 2033, CURICO; Y/O PASAJE LAS ACACIAS 13, CURICO, por las razones de hecho y fundamentos de derecho que a continuación señalo: Por escritura de fecha 26 NOVIEMBRE 2021 cuya firma fue autorizada por el Notario Público de CURICO don CARLOS ANDRES ORTEGA ALUL y agregada al final del Registro de Instrumentos Públicos a su cargo bajo el número 2491-2021, cuya copia autorizada se acompaña en el primer otrosí de esta presentación, el Banco del Estado de Chile dio en préstamo a ERICH RO-

DRIGO ROSAS BURGOS, ya individualizado, la suma de U.F. 1178.- en su equivalencia en pesos al día de la escritura, que el deudor declaró recibir a su entera satisfacción. El deudor se obligó a pagar la expresada cantidad, en el plazo de 300 meses, contados desde el día primero del mes siguiente al mes de la escritura, por medio de dividendos anticipados, mensuales y sucesivos, calculados en la forma establecida en la misma escritura de mutuo, comprendiéndose en ellos la amortización y una tasa de interés anual y vencida del 4,78%anual. De acuerdo a lo estipulado en la mencionada escritura, en caso de mora o simple retardo, cada dividendo devengaría desde el día hábil inmediatamente siguiente a aquél en que debió haberse pagado, un interés penal igual al máximo que la ley permita estipular para operaciones de crédito en moneda nacional reajustable, hasta el momento de su pago efectivo. A fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en la referida escritura de mutuo, el deudor constituyó primera hipoteca en favor del Banco del Estado de Chile sobre el inmueble de su dominio ubicado en PROLONGACION AV. LAS TORRES 1545 SITIO 34, CURICO, inscrito a su Nombre a Fojas 4854 Número 2048 del Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó. La Hipoteca referida se inscribió a Fojas 824 vta. Número 555 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2022 del mismo Conservador de Bienes Raíces. Es el caso SS., que el deudor no ha dado cumplimiento a las obligaciones emanadas de la referida escritura de mutuo, por cuanto no ha pagado la cuota con vencimiento al 10 AGOSTO 2023 ni las siguientes por lo cual, en representación que comparezco y conforme a las facultades que se le han otorgado al Banco, de acuerdo a lo dicho, vengo en deducir demanda ejecutiva en contra de ERICH RODRIGO ROSAS BURGOS, ya individualizado, a fin de que se sirva pagar al Banco del Estado de Chile

la suma equivalente en pesos al día de su pago efectivo a U.F. 1214,611986 que al día 20 AGOSTO 2024 equivalen a $45.743.658, que adeuda por concepto de capital, con los intereses pactados, incluidos los penales, comisiones y costas que se devenguen desde el incumplimiento y hasta el día de su pago efectivo, capitalizados según corresponda de acuerdo a la ley.- La deuda es líquida, actualmente exigible y su acción no está prescrita. POR TANTO, Y conforme a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 434 N°4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y normas pertinentes de la Ley N°18.092 y Ley N°18.010, RUEGO A US. Tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de ERICH RODRIGO ROSAS BURGOS, ya individualizado, acogerla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma equivalente en pesos al día de su pago efectivo a U.F. 1214,611986 que al día 20 AGOSTO 2024 equivalen a $45.743.658, que adeuda por concepto de capital, con más los intereses pactados, comisiones y costas que se devenguen desde el incumplimiento y hasta el día de su pago efectivo, capitalizados según corresponda de acuerdo a la ley, y disponer se siga adelante la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago a dicho Banco de esas sumas, con costas.- EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo; PRIMER OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario provisional. SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos; TERCER OTROSÍ: Personería. CUARTO OTROSÍ: Señala forma de notificación. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. Resolución folio 5: crv Curicó, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro Provee folio 3: A lo Principal y Segundo Otrosí: Por cumplido con lo ordenado, provéase derechamente folio 1. Al Primer Otrosí: Téngase presente correo electrónico navarro@navarroabogados.cl.

Provee folio 1: A lo Principal: Por deducida demanda en juicio ejecutivo, despáchese mandamiento de ejecución y embargo. Al Primer Otrosí: Téngase presente bien señalado para la traba de embargo. Al Segundo Otrosí: Téngase por acompañados documentos en la forma solicitada. Guárdese en custodia bajo el Nro. 1964-2024. Al Tercer y Quinto Otrosí: Téngase presente. Al Cuarto Otrosí: Téngase presente los correos navarro@navarroabogados.cl y abogadoszonasur@beco. bancoestado.cl. Por último, conforme lo normado por el artículo 3 bis incorporado por la Ley N°21.394 al Código de Procedimiento Civil, se les hace presente a las partes la posibilidad de promover en autos medios autocompositivos de resolución de conflictos a fin obtener una solución al conflicto jurídico que se conoce en la presente causa. Cuantía $45.743.658. En Curicó, a veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al heredero del demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 25: crv Curicó, catorce de abril de dos mil veinticinco Provee folio 24:

A lo Principal: Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, procédase a la notificación por avisos del heredero del demandado, don Felipe Antonio Rosas Navarro, conforme lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse los avisos, por una vez en el Diario Oficial y por tres veces en el Diario la Prensa de Curicó. En cuanto al requerimiento, estese al mérito de autos. Al Primer y Segundo Otrosí: Estese a lo dispuesto en el artículo 1377 del Código Civil. En Curicó, a catorce de abril de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. M A N D A M I E N T O Curicó, 26 de septiembre de 2024 Un ministro de fe, requerirá de pago a ERICH RODRIGO ROSAS BURGOS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en PROLONGACION AV. LAS

TORRES 1545 SITIO 34, CURICO; VIZCAYA 2033, CURICO; Y/O PASAJE LAS ACACIAS 13, CURICO, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien su derecho represente la suma equivalente en pesos al día de su pago efectivo a U.F. 1214,611986 que al día 20 AGOSTO 2024 equivalen a $45.743.658.-, por concepto de capital, más intereses pactados y costas que resulte adeudar. No verificado el pago en el tiempo de la intimación trábese embargo en bienes de propiedad del demandado en cantidad equivalente al valor adeudado, especialmente sobre el inmueble inscrito a su nombre a Fojas 4854, Número 2048 del Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio demandado bajo su responsabilidad legal.- Así está ordenado en Causa C-2808-2024, CARATULADO: BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ROSAS, Juicio Ejecutivo.- Christian Francisco Olguín Olavarría, Secretario.

24-25-26 – 93317

NOTIFICACIÓN Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-26682024, caratulada Banco del Estado de Chile con Quiroz, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 35 del 17 de junio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2o Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de

2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins No 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N° 6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré operación N°36845672, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 29 FEBRERO 2024 por el deudor principal LUCAS ANDRES QUIROZ ALOCILLA, ignoro profesión u oficio, con domicilio en PARCELACION SAN CRISTOBAL 2, CURICO; CLOROFORMO VALENZUELA 780, CURICO; CLODOMIRO ROSAS 2596, CURICO; Y/O CUATRO 2167, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $21.678.922.- por concepto de capital, más un interés del 1,1000% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 80 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $416.565.cada una, salvo la última que será de $416.602.-, venciendo la primera de ellas el día 29 ABRIL 2024. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 29 ABRIL 2024, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $21.678.922.más los intereses pactados

devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de LUCAS ANDRES QUIROZ ALOCILLA, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $21.678.922.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento con citación. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 5: Asc.(*) Curicó, nueve de Septiembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo demanda de folio 1: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí, téngase por acompañados documentos, bajo apercibimiento legal del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, dese custodia; Al segundo otrosí, téngase presente, desígnese depositario provisional a la per-

sona propuesta; Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada, con citación; Al cuarto otrosí, téngase presente, regístrese email en el sistema; Al quinto otrosí, téngase presente.- Proveyendo presentación de folio 2: A lo principal y Al otrosí, estese al mérito de lo resuelto.Rol N° 2668-2024.- Cuantía $21.678.922.- Custodia N° 1822-2024.- En Curicó, a nueve de Septiembre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario, la resolución precedente.- El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 35: cma Curicó, diecisiete de junio de dos mil veinticinco Proveyendo folio 34: A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE

POR AVISOS al demandado, mediante la publicación de un extracto que será presentado para visación al Sr. Secretario del Tribunal, o por quien lo subrogue, que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. Al primer otrosí: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. Al segundo otrosí: Atendido al mérito de autos, no habiendo comparecido a gestión alguna en el procedimiento la parte demandada, en consecuencia, no existiendo aún primera gestión judicial al tenor de lo dispuesto en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: No ha lugar por ahora al apercibimiento solicitado. En Curicó, a diecisiete de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolu-

ción precedente. M A N D A M I E N T O Un ministro de fe requerirá de pago a don LUCAS ANDRES QUIROZ ALOCILLA, domiciliado en Parcelación San Cristóbal 2, Curicó; en Cloroformo Valenzuela 780, Curicó; en Clodomiro Rosas 2596, Curicó; y/o Cuatro 2167, Curicó, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos represente, la suma de $21.678.922.- más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad del demandado, en cantidad equivalente a lo adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su exclusiva responsabilidad. Así está ordenado en los autos Rol N° 26682024, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con QUIROZ ALOCILLA LUCAS ANDRES”, juicio ejecutivo.- Curicó, 09 de Septiembre 2024.- Mario Enrique Riera Navarro Secretario.

24-25-26 – 93316

EXTRACTO Por resolución del Segundo Juzgado de Letras de Curicó, en autos rol C-1572-2021, caratulado Ayala/Ministerio de Obras Públicas/Dirección General de aguas, recibe la causa a prueba a fojas 56, punto: “Efectividad de reunirse las exigencias legales que hacen procedente la solicitud de regularización del derecho de aprovechamiento de aguas”. Para la prueba testimonial procedente, se fijan las audiencias de los dos últimos días del probatorio, a las 09:00 horas. Si alguno de ellos recayere en sábado, al día siguiente hábil siguiente a la misma hora. La declaración se recepcionará en dependencias del Tribunal, debiendo comparecer presencialmente los testigos y el Receptor Judicial, respecto de los demás intervinientes, la comparecencia ser a través de la Plataforma Zoom, en la siguiente dirección electrónica https:// zoom.us/j/8909106310 .

Mario Enrique Riera Navarro. Secretario (s). 24-25-26 -93322

EXTRACTO Ante el 1º Juzgado de Letras Civil de Curicó, se rematará, mediante plataforma ZOOM, el día 11 de Septiembre 2025, 11.00 horas, el inmueble de propiedad del demandado Inversiones San Lucas SpA.: Sitio Nº6 en la subdivisión de la denominada “Sitio 42” del proyecto de Parcelación Los Cristales de la comuna y provincia de Curicó; tiene una superficie aproximada de 498,23 metros cuadrados. Su título de dominio rola Fojas 5308 vta., Nº 3285, del Registro de Propiedad del CBR de Curicó, año 2023. Su rol de avalúo fiscal es el Nº 537566 Curicó. El mínimo para las posturas del inmueble la cantidad equivalente en pesos al día del remate de UF 774,293. Interesados deberán consignar 10% del mínimo para participar de la subasta conforme a las bases de remate. Demás bases y antecedentes, autos rol C-12102024, caratulados “Banco de Chile con Inversiones San Lucas”. DATOS DE ACCESO enlace: https:// zoom.us/j/7528619023?p wd=UXRseGNuWlFXRDd 2WGl3ajFmZUlhUT09 ID de reunión: 752 861 9023 Código de acceso: p2rgkQ Ejecutivo Desposeimiento. Secretario(a). 24-25-26-27 -93323

NOTIFICACION Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-214-2022, caratulada Banco del Estado de Chile con Gutiérrez, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 19 del 18 de octubre de 2022, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se

acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 09 de diciembre de 2021, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré N°8576633 que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 17 de noviembre de 2020 en calidad de deudor principal por DANILO ANDRES GUTIERREZ GUTIERREZ, ignoro profesión u oficio, con domicilio en SAN MARCOS 2030, CURICO, en AVENIDA TRAPICHE 0335, CURICO, y en DALIA 1535, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $4.574.008.- por concepto de capital, más un interés del 0,7900% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 79 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $80.714.- cada una, salvo la última que será de $80.665.-, venciendo la primera de ellas el día 12 de abril de 2021. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 10 de septiembre de 2021, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $4.491.704.- más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los

suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de DANILO ANDRES GUTIERREZ GUTIERREZ, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $4.491.704.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento bajo apercibimiento. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 4: apc Curicó, veintiséis de Enero de dos mil veintidós Proveyendo derechamente demanda de folio 1: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese mandamiento de ejecución y embargo; Al primer otrosí: Por acompañado, bajo apercibimiento del artículo 346 Nº3 del Código de Procedimiento Civil, custódiese. Al segundo otrosí: Téngase presente, desígnese depositario provisional a la persona propuesta; Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañada personería, con citación. Al cuarto y quinto otrosí: Téngase presente. Cuan-

tía $4.491.704.- Custodia Nº198-2022. Proveyendo a folio 2: A todo: Estese a lo resuelto precedentemente. En Curicó, a veintiséis de Enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 19: mcp Curicó, dieciocho de octubre de dos mil veintidós. Proveyendo folio 18: Como se pide, proveyendo derechamente lo principal del escrito de fecha 15 de Febrero de 2022, folio 7: A LO PRINCIPAL: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS al demandado, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. AL PRIMER OTROSI: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. AL SEGUNDO OTROSI: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal, no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a dieciocho de octubre de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. MANDAMIENTO Un ministro de fe, requerirá de pago a DANILO ANDRÉS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, domiciliado en SAN MARCOS 2030, CURICÓ, para que en el acto de su intimación pague a

BANCO DE ESTADO DE CHILE, o a quien su derecho represente la suma de $4.491.704.-, más reajustes, intereses y costas que resulte adeudar. No verificado el pago en el tiempo de la intimación trábese embargo en bienes de propiedad del demandado en cantidad equivalente al valor adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio demandado bajo su responsabilidad legal. Así está ordenado por la resolución de fecha 26 de Enero de 2022, en los autos caratulados BANCO DE ESTADO DE CHILE/ GUTIÉRREZ, C-214-2022, de este tribunal. Curicó, veintiséis de Enero de dos mil veintidós.

22-23-24 -93298

NOTIFICACION Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-590-2025, caratulada Banco del Estado de Chile con Cañarte, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 19 del 06 de junio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de Julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Álvaro González Salinas, que acompaño en un otrosi de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño de los pagarés que se acompañan en el

primer otrosí de esta demanda, que fueron suscritos en calidad de deudor principal por JULIO JOSE CANARTE MANTUANO, ignoro profesión u oficio, domiciliados en PASAJE TEPA 2541, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $5.542.158.-, por concepto de capital, más un interés del 1,5% MENSUAL, que el deudor se obligó a pagar en 47 cuotas MENSUALES y sucesivas de $168.840.- cada una, salvo la última cuota de $168.839.- todas con vencimiento los días 5 de cada mes, venciendo la primera de ellas el día 5 DE JULIO DE 2024. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. El deudor se obligó a pagar la comisión legal del 1,00% anual sobre el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una tasa de garantía de 80% del saldo capital. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 5 DE DICIEMBRE DE 2024, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.146.330.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión legal del 1,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. Como cons-

ta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el (los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de JULIO JOSE CANARTE MANTUANO, ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $5.146.330.-, más la comisión legal del 1,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 6: fcm Curicó, once de abril de dos mil veinticinco Proveyendo folio 5: A lo principal: Téngase por cumplido con lo ordenado. Al otrosí: Como se pide. Proveyendo demanda de folio 1: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese. Al primer otrosí, téngase por acompañado documento bajo apercibimiento

del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil, dese custodia al pagaré. Al segundo otrosí, téngase presente, desígnese depositario provisional a la persona propuesta. Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada, con citación. Al cuarto otrosí, téngase presente correo electrónico como forma de notificación. Al quinto otrosí, téngase presente.- Cualquier información al correo electrónico: (jl2_Curic @pjud.cl) y/o Celular +56977331250. Rol N°590-2025.- Cuantía $5.146.330.-, más la comisión legal del 1,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE).- Custodia N° 3832025.- En Curicó, a once de abril de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 19: Fcm Curicó, seis de junio de dos mil veinticinco Proveyendo folio 18: A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS al demandado, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. Al primer otrosí: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. Al segundo otrosí: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites ur-

banos del lugar en que funcione el tribunal, no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a seis de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago a JULIO JOSE CANARTE MANTUANO, domiciliado en Pasaje Tepa N° 2541, Curicó, para que en el acto de su intimación pague al BANCO DEL ESTADO DE CHILE o a quien sus derechos represente, la suma de $5.146.330.-, más la comisión legal del 1,00% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE).-, más intereses pactados, y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de intimación, trábese embargo en bienes de propiedad de la demandada indicada, en cantidad equivalente a lo adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen a la propia ejecutada, bajo su exclusiva responsabilidad. Así está ordenado en los autos Rol Nº 590-2025, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON CANARTE MANTUANO JULIO JOSE” Juicio Ejecutivo. Curicó, 11 de abril de 2025. 22-23-24 -93300

NOTIFICACION Ante el Segundo Juzgado de Letras Curicó, causa Rol C-707-2022, caratulada Banco del Estado de Chile con CRISTIAN ABAD ZUÑIGA BENITEZ, Ejecutivo Civil (CO7), Cobro de Pagaré, por resolución de fojas 20 del 06 de Diciembre de 2022, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el Primer Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO JOSE SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en

representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de crédito del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 09 de diciembre de 2021, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O”Higgins N° 1111, piso 8°, Comuna de Santiago, a US respetuosamente decimos: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré operación N° 8797055, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 18 marzo de 2021 en calidad de deudor principal por CRISTIAN ABAD ZUÑIGA BENITEZ, ignoro profesión u oficio, con domicilio en CLOROFORMO VALENZUELA 31, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $9.033.027.- por concepto de capital, más un interés del 1,2300% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 46 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $261.775.cada una, salvo la última que será de $216.775.venciendo la primera de ellas el día 10 de mayo de 2021. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido Como consta del pagaré que se acompaña. La obligación es indivisible, el suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de éstos se encuentra autorizada por Notario.- La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita.POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dis-

puesto en el artículo 98 y siguiente de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes.- A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don CRISTIAN ABAD ZUÑIGA BENITEZ, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $8.045.251.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas.- EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSI: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia.- SEGUNDO OTROSI: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario.- TERCER OTROSI: Acredita personería, acompañando documento bajo apercibimiento.- CUARTO OTROSI: Señala correo electrónico.- QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder.- Providencia de Foja 5.- cinco.NOMENCLATURA: 1 (67) Ordena despachar mandamiento JUZGADO : 2° Juzgado de Letras de Curicó.CAUSA ROL: C-707-2022

CARATULADO: BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ ZUÑIGA Ngm.- Curicó, veinticinco de Abril de dos mil veintidós.- Proveyendo presentación de folio 3: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese mandamiento de ejecución y embargo.- Al primer otrosí: téngase por acompañados documentos bajo apercibimiento del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, custódiese; Al segundo otrosí: téngase presente desígnese depositario provisional a la persona propuesta.- Al tercer otrosí: téngase presente y por acompañada personería, con citación.Al cuarto otrosí: téngase presente, regístrese email en el sistema.; Al quinto otrosí: téngase presente.Rol N° 707- 2022.- Cuantía $ 8.045.251.- Custodia N° 558-2020.- En Curicó, a

veinticinco de Abril de des mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.- Marcia Alejandra Esmeralda Arce Ayub, Fecha : 25/04/2022 10:36: Fojas 19. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución fojas 20.- veinte.- NOMENCLATURA: 1. (445) Mero trámite.- JUZGADO : 2° Juzgado de Letras de Curicó CAUSA ROL : C-7072022 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ZUÑIGA Mda. Curicó, seis de Diciembre de dos mil veintidós.- Proveyendo escrito de folio N°30. A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS al demandado, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución.Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó.- Al primero otrosí: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora.- Realícese la diligencia por Receptor Judicial.- Al segundo otrosí: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funciones el tribunal, no ha lugar al apercibimiento por innecesario.- Estese a su mérito.- En Curicó, seis de Diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.- Marcia Alejandra Esmeralda Arce Ayub, Juez PJUD, Seis de diciembre de dos mil veintidós 09:33 UTC-3.- MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago a don CRISTIAN ABAD ZUÑIGA

BENITEZ, Cédula nacional de identidad N°25.207.2403, domiciliado en Cloroformo Valenzuela 31, de la comuna de Curicó, para que en el acto de su intimación pague a Banco del Estado de Chile o a quien su derecho represente la suma de $8.045.251, más intereses pactados y costas, que resulte adeudar.- No verificado el pago en el tiempo de la intimación, trábese embargo en bienes de propiedad de la parte ejecutada, en cantidad equivalente al valor adeudado.- Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen, a la parte ejecutada, bajo su exclusiva responsabilidad legal.- Así está ordenado en Causa Rol N°707-2022, caratulada, “BANCO DE ESTADO DE CHILE/ZUÑIGA”, Juicio Ejecutivo.22-23-24 -93301

NOTIFICACION Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-12242023, caratulada Banco del Estado de Chile con Aravena, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 24 del 17 de octubre de 2023, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González

Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 20 MARZO 2015 en calidad de deudor principal por don (ña) JUAN ANDRES ARAVENA TREJO, ignoro profesión u oficio, con domicilio en PASAJE EL MANZANO Nº0163, TENO; EN PASAJE B Nº042, TENO; Y/O EN EL MANZANO 166, TENO. El pagaré fue suscrito por la suma de U.F. 15,691994.- por concepto de capital, más un interés del 4,3% anual, que el deudor se obligó a pagar en 192 cuotas mensuales, iguales y sucesivas equivalentes en pesos de U.F. 0,112521.- cada una, salvo la última cuota que sería de U.F. 0,112497.-, venciendo la primera de ellas el día 01 ABRIL 2015. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 11 AGOSTO 2022, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de U.F. 1,504329.- equivalentes al día 25 ABRIL 2023 a la suma de $53.814.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el suscriptor relevó al por-

tador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de éste se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) JUAN ANDRES ARAVENA TREJO, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de U.F. 1,504329.- equivalentes al día 25 ABRIL 2023 a la suma de $53.814.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento con citación. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 6: Asc. Curicó, veintidós de Mayo de dos mil veintitrés. Proveyendo presentación de folio 5: A lo principal, téngase por cumplido lo ordenado; Al otrosí, como se pide.- Proveyendo demanda de folio 1: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí, téngase por acompañados documentos bajo apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil, custódiese+; Al segundo otrosí, téngase presente, desígnese depositario provisional a la persona propuesta; Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada, con

citación; Al cuarto otrosí, téngase presente, regístrese email en el sistema; Al quinto otrosí, téngase presente.- Rol N° 1224-2023.Cuantía U.F. 1,504329 (Unidades de Fomento), equivalentes al día 25 de Abril de 2023 a la suma de $53.814.- Custodia N° 9612023.- En Curicó, a veintidós de Mayo de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario, la resolución precedente.- El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 24: mcp Curicó, diecisiete de octubre de dos mil veintitrés. Proveyendo folio 23: Como se pide, proveyendo derechamente lo principal del escrito de fecha 19 de Junio de 2022, folio 13. A LO PRINCIPAL: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS al demandado, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución, el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. AL PRIMER OTROSI: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. AL SEGUNDO OTROSI: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal, no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a diecisiete de octubre de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. MANDAMIENTO Un ministro de fe requerirá de pago a don JUAN ANDRES ARA-

VENA TREJO, domiciliado en Pasaje El Manzano N° 0163, Teno; en Pasaje B N° 042, Teno; y/o en El Manzano 166, Teno, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos represente, la suma de U.F. 1,504329 (Unidades de Fomento), equivalentes al día 25 de Abril de 2023 a la suma de $53.814, más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad del demandado, en cantidad equivalente a lo adeudado.- Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su exclusiva responsabilidad.Así está ordenado en los autos Rol N° 1224-2023, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE con JUAN ANDRES ARAVENA TREJO”, juicio ejecutivo.- Curicó, 22 de Mayo de 2023.22-23-24 -93302

NOTIFICACION Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-12352022, caratulada Banco del Estado de Chile con Navarro, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 29 del 01 de junio de 2023, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 09 de diciembre de 2021, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en

Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré N°9292552 que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 30 de diciembre de 2021 en calidad de deudor principal por HECTOR EDMUNDO NAVARRO REYES, ignoro profesión u oficio, con domicilio en PASAJE SAN SILVESTRE N°2170, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $3.067.236.- por concepto de capital, más un interés del 1,2500% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 66 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $70.044.- cada una, salvo la última que será de $70.075-, venciendo la primera de ellas el día 10 de marzo de 2022. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 10 de marzo de 2022, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $3.067.236.- más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dis-

puesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de HECTOR EDMUNDO NAVARRO REYES, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $3.067.236.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento bajo apercibimiento. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 4: Dg Curicó, catorce de julio del dos mil veintidós.- Provee folio 2: A lo principal y otrosí: Por cumplido con lo ordenado, autos para proveer la demanda del Folio 1: A LO PRINCIPAL: Despáchese mandamiento de ejecución y embargo.AL PRIMER OTROSI: Por acompañado en la forma solicitada, guárdese el pagaré en custodia Nº9152022.- AL SEGUNDO Y QUINTO OTROSI: Téngase presente.- AL TERCER OTROSI: Téngase presente y por acompañado mandato judicial, con citación.- AL CUARTO OTROSI: Téngase presente y como forma de notificación del abogado patrocinante MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO el correo electrónico abogadoszonasur@ beco.bancoestado.cl, compareciendo también este último en calidad de mandatario judicial del demandante, y como medio de notificación electrónico del apoderado MANUEL VALENZUELA NAVARRO

el correo electrónico navarro@navarroabogados.cl., para los efectos de practicarle las notificaciones de las resoluciones dictadas en autos, inclusive las señaladas en el artículo 48 del Código de Procedimiento Civil.- Por último, conforme lo normado por el artículo 3 bis incorporado por la Ley Nº 21.394 al Código de Procedimiento Civil, se les hace presente a las partes la posibilidad de promover en autos medios autocompositivos de resolución de conflictos a fin obtener una solución al conflicto jurídico que se conoce en la presente causa. Cuantía: $3.067.236.Curicó, a catorce de julio de dos mil veintidós, notifico por estado diario la resolución que antecede. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 29: Dg Curicó, uno de junio de dos mil veintitrés.- Provee folio 28: A lo principal: Visto: Atendido al mérito de los antecedentes, practíquese la notificación y requerimiento de pago al demandado don HECTOR EDMUNDO NAVARRO REYES, RUT N 14.327.276-1, por avisos, mediante extracto redactado por la Secretario del Tribunal, el que deberá publicarse en el Diario La Prensa, por tres veces y en el Diario Oficial por una vez, los días primero o quince de cada mes, debiendo acompañar las publicaciones en su oportunidad en la causa.- Al primer otrosí: Que para efectos del requerimiento de pago, por tratarse de una notificación por avisos, deberá concurrir el demandado a la Secretaria del Tribunal al quinto día hábil después de la última notificación, o al día siguiente si el señalado recayere en sábado, a las 09,00 horas, bajo apercibimiento de tenerla por requerida de pago en su rebeldía.- Al segundo otrosí: Atendido lo dispuesto en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar a lo solicitado.- En Curicó, a uno de junio de dos mil veintitrés, notifico por el estado diario la resolución que antecede.- MANDAMIENTO.- Un Ministro de Fe, requerirá

a Héctor Edmundo Navarro Reyes, con domicilio en Pasaje San Silvestre Nº2170 de esta ciudad, para que en el acto de su intimación pague al Banco del Estado o a quien sus derechos representen la suma de $3.067.236, más intereses y costas.- Si no efectuare el pago al momento de su intimación se trabará embargo en bienes suficientes, como los señalados en la demanda ejecutiva, en cantidad equivalente al valor adeudado, los que quedarán en su poder, en calidad de depositario provisional, bajo las responsabilidades legales que correspondan.- Así está ordenado en los autos Rol Nº 1235-2022, caratulado Banco del Estado con Navarro Reyes, Héctor, Juicio Ejecutivo.- Curicó, 14 de julio del 2022.22-23-24 -93303

NOTIFICACION Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-27902024, caratulada Banco del Estado de Chile con Jara, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 24 del 05 de mayo de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 2º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González

Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Que en la representación que invisto vengo en deducir demanda en contra de MARCELO ANTONIO JARA SEPULVEDA, ignoro profesión u oficio, con domicilio en PASAJE LENGA 2619, CURICO; BOMBERO GARRIDO V. 979, CURICO; AV. TRAPICHE 1213, CURICO; Y/O MERCED 255, CURICO, por las razones de hecho y fundamentos de derecho que a continuación señalo: Por escritura de fecha 12 FEBRERO 2006 cuya firma fue autorizada por el Notario Público de CURICO don RENE LEON MANIEU y agregada al final del Registro de Instrumentos Públicos a su cargo bajo el número 466-2007, cuya copia autorizada se acompaña en el primer otrosí de esta presentación, el Banco del Estado de Chile dio en préstamo a MARCELO ANTONIO JARA SEPULVEDA, ya individualizado, la suma de U.F. 840.- en su equivalencia en pesos al día de la escritura, que el deudor declaró recibir a su entera satisfacción. El deudor se obligó a pagar la expresada cantidad, en el plazo de 240 meses, contados desde el día primero del mes siguiente al mes de la escritura, por medio de dividendos anticipados, mensuales y sucesivos, calculados en la forma establecida en la misma escritura de mutuo, comprendiéndose en ellos la amortización y una tasa de interés anual y vencida del 5%anual. De acuerdo a lo estipulado en la mencionada escritura, en caso de mora o simple retardo, cada dividendo devengaría desde el día hábil inmediatamente siguiente a aquél en que debió haberse pagado, un interés penal igual al máximo que la ley permita estipular para operaciones de crédito en moneda nacional reajustable, hasta el momento de su pago efectivo. A fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en la referida escritura de mutuo, el deudor constituyó primera hipoteca en fa-

vor del Banco del Estado de Chile sobre el inmueble de su dominio ubicado en PASAJE LENGA 2619, CURICO, inscrito a su nombre a Fojas 2630 Número 1590 del Registro de Propiedad del año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó. La Hipoteca referida se inscribió a Fojas 1079 Número 458 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2007 del mismo Conservador de Bienes Raíces. Es el caso SS., que el deudor no ha dado cumplimiento a las obligaciones emanadas de la referida escritura de mutuo, por cuanto no ha pagado la cuota con vencimiento al 10 AGOSTO 2023 ni las siguientes por lo cual, en representación que comparezco y conforme a las facultades que se le han otorgado al Banco, de acuerdo a lo dicho, vengo en deducir demanda ejecutiva en contra de MARCELO ANTONIO JARA SEPULVEDA, ya individualizado, a fin de que se sirva pagar al Banco del Estado de Chile la suma equivalente en pesos al día de su pago efectivo a U.F. 104,647412 que al día 13 AGOSTO 2024 equivalen a $3.934.935, que adeuda por concepto de capital, con los intereses pactados, incluidos los penales, comisiones y costas que se devenguen desde el incumplimiento y hasta el día de su pago efectivo, capitalizados según corresponda de acuerdo a la ley.- La deuda es líquida, actualmente exigible y su acción no está prescrita. POR TANTO, Y conforme a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 434 N°4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y normas pertinentes de la Ley N°18.092 y Ley N°18.010, RUEGO A US. Tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de MARCELO ANTONIO JARA SEPULVEDA, ya individualizado, acogerla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma equivalente en pesos al día de su pago efectivo a U.F. 104,647412 que al día 13 AGOSTO 2024 equivalen a $3.934.935, que adeuda por concepto de capital,

con más los intereses pactados, comisiones y costas que se devenguen desde el incumplimiento y hasta el día de su pago efectivo, capitalizados según corresponda de acuerdo a la ley, y disponer se siga adelante la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago a dicho Banco de esas sumas, con costas.EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo; PRIMER OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario provisional. SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos; TERCER OTROSÍ: Personería. CUARTO OTROSÍ: Señala forma de notificación. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. Resolución folio 4: Lvp(*) Curicó, veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro Proveyendo demanda de folio 1: A lo principal, téngase por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese; Al primer otrosí, téngase presente, desígnese depositario provisional a la persona propuesta; Al segundo otrosí, téngase por acompañado documento, con citación; Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada personería, con citación; Al cuarto otrosí, téngase presente, regístrese emails en el sistema; Al quinto otrosí, téngase presente. Rol C-27902024.- Cuantía U.F. 104,647412 (Unidades de Fomento), equivalentes al día 13 de agosto de 2024 a la suma de $3.934.935.En Curicó, a veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago al demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 24: Mda. Curicó, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Proveyendo escrito de folio N°17. A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose con los presupuestos del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, NOTIFÍQUESE POR AVISOS al ejecutado, mediante la publicación de un extracto que contenga los datos de la demanda, su resolución,

el mandamiento de ejecución y embargo y la presente resolución. Publíquese por una vez en el Diario Oficial, los días primero o quince del mes, o al día siguiente, si no se ha publicado en las fechas indicadas; y por tres veces en el Diario La Prensa de Curicó. Al primer otrosí: Como se pide, practíquese el requerimiento de pago en dependencias del Tribunal, al quinto día hábil después de la última publicación, a las 09:00 horas; si recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Realícese la diligencia por Receptor Judicial. Al segundo otrosí: Encontrándose contenida en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, la obligación de designar un domicilio conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funcione el tribunal no ha lugar al apercibimiento por innecesario. Estese a su mérito. En Curicó, a cinco de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. M A N D A M I E N T O Un ministro de fe, requerirá de pago a don MARCELO ANTONIO

JARA SEPULVEDA, domiciliado en Pasaje Lenga 2619, Curicó; Bombero Garrido V. 979, Curicó; Av. Trapiche 1213, Curicó; y/o Merced 255, Curicó, para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE o a quien su derecho represente la suma de U.F. 104,647412 (Unidades de Fomento), equivalentes al día 13 de agosto de 2024 a la suma de $3.934.935.-, más intereses pactados y costas, que resulte adeudar. No verificado el pago al momento de intimación, trábese embargo en bienes de propiedad del demandado indicado, en cantidad equivalente a lo adeudado, especialmente en el siguiente bien raíz que figura inscrito: A fojas 2630 Número 1590 del Registro de Propiedad del año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Curicó. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio demandado bajo su responsabilidad legal. Así está ordenado en Causa Rol N°2790-2022, caratulada,

“BANCO DEL ESTADO DE CHILE/JARA SEPULVEDA, MARCELO ANTONIO”, Juicio Ejecutivo.- Curicó, 23 de septiembre de 2024.

22-23-24 -93304

EXTRACTO NOTIFICACIÓN POR AVISOS 2° JUZGADO DE LETRAS DE CURICÓ, ROL N° C-2342-2024, caratulado “ALLENDES PARRAGUEZ / EXPORTADORA CURICÓ LIMITADA”, se ordenó con fecha 24 de junio de 2025., notificar por aviso extractado la Gestión Preparatoria de Cobro de Factura a EXPORTADORA CURICÓ LIMITADA, RUT 76.368.544-6, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por don JUAN PEDRO VERCELLINO KLAPP, RUN 9.722.617-2, ignoro profesión, estado civil y oficio, ambos con domicilio desconocido, siendo su último domicilio conocido en Longitudinal Sur Km 176 S/N, comuna y ciudad de Teno. Por medio de esta gestión, don JUAN CARLOS ALLENDES PARRAGUEZ, agricultor, RUT 12.179.954-5, domiciliado en El Carrizal S/N, Chimbarongo, ha solicitado la notificación judicial de la Factura Electrónica N° 26 de fecha 25 de enero de 2024, por un monto total de $35.564.751.- (treinta y cinco millones quinientos sesenta y cuatro mil setecientos cincuenta y un pesos) , la cual no ha sido pagada ni reclamada por el deudor dentro de plazo legal. Se le APERCIBE a EXPORTADORA CURICÓ LIMITADA que, si no paga dentro de TERCERO DÍA hábil de notificada esta gestión o alega las circunstancias que la ley prescribe (Ley N° 19.983, Artículo 9°), será demandada ejecutivamente por el capital, más intereses y costas. Curicó, 30 de junio de 2025. Mario Enrique Riera Navarro. Secretario (s) 22-23-24 -93299

NOTIFICACIÓN Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-33682024, caratulada Banco del Estado de Chile con Boza, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolu-

ción de folio 25 del 28 de enero de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré operación N°36938584, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 19 MARZO 2024 por el deudor principal MAURICIO WLADIMIR BOZA OLIVOS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en MANUEL RODRIGUEZ 865, CURICO; TARAPACA 22, CURICO; Y/O PASAJE TRES 2138, CURICO. El pagaré fue suscrito por la suma de $12.527.446.- por concepto de capital, más un interés del 1,1000% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 45 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $363.121.cada una, salvo la última que será de $363.092.-, venciendo la primera de ellas el día 17 JUNIO 2024. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más

cuotas de la obligación, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 17 JUNIO 2024, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $12.527.446.más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de MAURICIO WLADIMIR BOZA OLIVOS, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $12.527.446.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes

para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento con citación.

CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 5: crv Curicó, diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro Provee folio 3: A lo Principal y Segundo Otrosí: Por cumplido con lo ordenado, provéase derechamente folio 1.

Al Primer Otrosí: Téngase presente correo electrónico navarro@navarroabogados.cl para efectos de practicar las notificaciones de las resoluciones que se dicten en autos. Provee folio 1: A lo Principal: Por deducida demanda en juicio ejecutivo, despáchese mandamiento de ejecución y embargo. Al Primer Otrosí: Téngase por acompañados documentos en la forma solicitada. Guárdese pagaré en custodia bajo el Nro. 2247-2024. Al Segundo y Quinto Otrosí: Téngase presente. Al Tercer Otrosí: Téngase presente y por acompañada personería, con citación. Al Cuarto Otrosí: Téngase presente los correos navarro@navarroabogados. cl y abogadoszonasur@ beco.bancoestado.cl. Por último, conforme lo normado por el artículo 3 bis incorporado por la Ley N°21.394 al Código de Procedimiento Civil, se les hace presente a las partes la posibilidad de promover en autos medios autocompositivos de resolución de conflictos a fin obtener una solución al conflicto jurídico que se conoce en la presente causa.- Cuantía $12.527.446.- En Curicó, a diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 25: crv Curicó, veintiocho de enero de dos mil veinticinco Provee folio 24: A lo Principal: Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, procédase a la notificación por avisos conforme lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo

publicarse los avisos, por una vez en el Diario Oficial y por tres veces en el Diario la Prensa de Curicó. Al Primer Otrosí: Para efectos del requerimiento de pago, el que supone la presencia de la parte en dependencias del Tribunal, deberá éste concurrir a la secretaría del juzgado el quinto día hábil después de la notificación; y si este recayere en sábado, el día hábil siguiente a las 09.00 hrs. bajo apercibimiento de proceder a tenerlo por requerido de pago en rebeldía. Al Segundo Otrosí: Atendidos los claros términos del artículo 49 del Código de Procedimiento Civil y no habiendo hecho el ejecutado ninguna gestión en estos autos, no ha lugar por ahora. En Curicó, a veintiocho de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Curicó, 19 de noviembre de 2024 Un ministro de fe, requerirá de pago a don MAURICIO WLADIMIR BOZA

OLIVOS, ignoro profesión u oficio, con domicilio en MANUEL RODRIGUEZ 865, CURICO; TARAPACA 22, CURICO; Y/O PASAJE TRES 2138, CURICO., para que en el acto de su intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien su derecho represente la suma de $12.527.446.-, por concepto de capital, más intereses pactados y costas que resulte adeudar. No verificado el pago en el tiempo de la intimación trábese embargo en bienes de propiedad del demandado en cantidad equivalente al valor adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio demandado bajo su responsabilidad legal.- Así está ordenado en causa C-3368-2024, CARATULADO: BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ BOZA, Juicio Ejecutivo.22-23-24 -93305

NOTIFICACION Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó, causa Rol C-35442024, caratulada Banco del Estado de Chile con Alcaíno, Ejecutivo Civil (CO7), Cumplimiento Obligación de dar, por resolución de folio 19 del 09 de

junio de 2025, de conformidad a lo previsto en el artículo 54 Código Procedimiento Civil, ordenó notificar por avisos la demanda y requerir de pago al demandado, mediante tres avisos publicados en Diario de circulación provincial, sin perjuicio de las que se deberán efectuar en el Diario Oficial conforme siguientes antecedentes: Ante el 1º Juzgado de Letras de Curicó comparece: MAXIMILIANO SANCHEZ DERIO, abogado, mandatario judicial en representación convencional del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, según se acredita con escritura pública de mandato judicial de fecha 14 de julio de 2022, otorgada ante el Notario Público de Santiago don ALVARO GONZALEZ SALINAS, que acompaño en un otrosí de esta presentación, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, representado legalmente por su Gerente General Ejecutivo don Oscar Raúl Antonio González Narbona, chileno, casado, ingeniero Civil, cédula de identidad N°6.362.085-8, de mí mismo domicilio, a US respetuosamente digo a US respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré operación N°36964891, que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito con fecha 26 MARZO 2024 por el deudor principal JOSE MANUEL ANDRES ALCAINO ITURRIAGA, ignoro profesión u oficio, con domicilio en LOS ALMENDROS 61, TENO; Y/O PASAJE MANUEL RODRIGUEZ 902, TENO. El pagaré fue suscrito por la suma de $14.435.760.- por concepto de capital, más un interés del 1,4000% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 56 cuotas MENSUALES, iguales y sucesivas de $377.300.cada una, salvo la última que será de $377.332.-, venciendo la primera de ellas el día 6 MAYO 2024. Se estableció en el pagaré que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación,

el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción del mismo, y sin perjuicio de los demás derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 5 AGOSTO 2024, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $13.978.962.más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, los suscriptores relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la firma de estos se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de JOSE MANUEL ANDRES ALCAINO ITURRIAGA, ya individualizado, admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $13.978.962.-, más intereses pactados y costas, requerir de pago a los deudores, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes

para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Acredita personería, acompañando documento con citación. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder. Resolución folio 6: cs Curicó, doce de diciembre de dos mil veinticuatro.- Provee folio 3: A lo principal, téngase por acompañado el documento y por cumplido lo ordenado; al primer otrosí, téngase presente lo que sea pertinente en su oportunidad; al segundo otrosí, como se pide, se resuelve derechamente la demanda de folio 1, como sigue: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda, despáchese mandamiento de ejecución y embargo. Al primer otrosí: Téngase por acompañado el pagaré bajo apercibimiento del artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil. Guárdese el pagaré en custodia bajo el N°2335-2024.- Al segundo otrosí: Téngase presente desígnese depositario provisional a la persona propuesta. Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañada personería, con citación. Al cuarto otrosí: Téngase presente como medio de comunicación el correo navarro@navarroabogados.cl y abogadoszonasur@beco.bancoestado. cl Al quinto otrosí: Téngase presente. Cuantía: $13.978.962. Por último, conforme lo normado por el artículo 3 bis incorporado por la Ley N°21.394 al Código de Procedimiento Civil, se les hace presente a las partes la posibilidad de promover en autos medios autocompositivos de resolución de conflictos a fin obtener una solución al conflicto jurídico que se conoce en la presente causa. En Curicó, a doce de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. El ejecutante solicitó notificar y requerir de pago demandado por medio de avisos extractados.- Resolución folio 19: cs Curicó, nueve de junio de dos mil veinticinco. Provee folio 18: A lo principal, autos; al primer otrosí, como se pide, en su oportunidad: al segundo otrosí,

estese a lo ya decretado en el segundo otrosí de folio 11.- Proveyendo lo principal de folio 10: Visto: Atendido al mérito de los antecedentes, practíquese la notificación y requerimiento de pago a don José Manuel Andrés Alcaino Iturriaga RUT Nº16.481.1808 por avisos, mediante extracto redactado por el secretario del Tribunal, el que deberá publicarse en el Diario La Prensa, por tres veces y en el Diario Oficial por una vez, los días primero o quince de cada mes, debiendo acompañar las publicaciones en su oportunidad en la causa. Que, para efectos del requerimiento de pago, por tratarse de una notificación por aviso, deberá concurrir el demandado a la Secretaría del Tribunal al quinto día hábil después de la última notificación, o al día siguiente si el señalado recayere en sábado, a las 09,00 horas, bajo apercibimiento de tenerlo por requerido de pago en su rebeldía, gestión que deberá ser realizada por un receptor judicial. En Curicó, a nueve de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. MANDAMIENTO Un ministro de Fe requerirá de pago a, JOSE MANUEL ANDRES ALCAINO ITURRIAGA, con domicilio en LOS ALMENDROS 61, TENO; Y/O PASAJE MANUEL RODRIGUEZ 902, TENO, para que en el acto de intimación pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o quien sus derechos representen, la suma de $13.978.962, más intereses y costas que resulten adeudar. No verificando el pago al tiempo de su intimación, trábese embargo en bienes de propiedad del demandado, en cantidad equivalente al valor adeudado. Desígnese depositario provisional de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo las responsabilidades legales inherentes al cargo. Así está ordenado en los autos Rol C-3544-2024, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ALCAINO ITURRIAGA”, Juicio ejecutivo. Curicó, 12 de diciembre de 2024. 22-23-24 93306

FUERON RESCATADOS POR CARABINEROS

Dos arrieros quedaron atrapados en la nieve en sector precordillerano en Teno

TENO. Sanos y salvos fueron ubicados dos hombres que la tarde del martes pasado quedaron atrapados en medio de un metro de nieve en el sector El Manzano, hasta donde llegaron a buscar unos caballos de su propiedad.

El delegado presidencial provincial de Curicó, José Patricio Correa, contó que ambas personas aisladas en la precordillera de Teno fueron rescatadas por personal especializado de Carabineros.

En contacto con diario La Prensa, el representante del Gobierno agradeció el trabajo de cada uno de los organismos de emergencia que participaron en la búsqueda.

“Municipalidad de Teno, a los carabineros del retén La Puerta y

Protagonistas de esta historia fueron en busca de unos animales y quedaron aislados.

POR JUAN SEBASTIÁN COFRÉ FLORES

Los Queñes, además del Grupo de Operaciones Especiales (GOPE) y la Brigada Aeropolicial y funcionarias y funcionarios de la Delegación Provincial”, acotó. En tanto, el comisario de Carabineros de Teno, mayor Francisco Valdivia, sostuvo que el rescate se complicó por varias situaciones. “Debido al clima, la dificultad del terreno, nieve en el

Uno de los rescatados fue llevado vía aérea al Hospital de Curicó.

sector y por el horario nocturno”, aseveró.

El jefe policial manifestó que los afectados pudieron pasar la noche debido a “que realizan una fogata, que los mantuvo en buenas condiciones”.

EN BUEN ESTADO

José Patricio Correa indicó que ambos hombres se encuentran en buenas condiciones tras pasar una noche en medio de la precordillera. “Uno de ellos fue trasladado para verificar y confirmar su buen estado de salud en el Hospital de Curicó vía aérea y el otro está siendo trasladado vía terrestre por operativo del GOPE, además acompañado por arrieros de la

DILIGENCIA DE LA PDI

Detienen a segundo imputado por homicidio ocurrido en plena vía pública

zona”, precisó. El delegado presidencial provincial de Curicó aprovechó la ocasión para reiterar el llamado a la comunidad a tomar medidas de prevención si se van a trasladar a la pre y cordillera de la Región del Maule. “Que lo hagan con responsabilidad, entendiendo que ponen en riesgo su vida, además de la vida de carabineras, carabineros, bomberas y bomberos que van al rescate de ellos. Afortunadamente, hoy día podemos contar una historia feliz, pero debemos maximizar la precaución y el resguardo en estas situaciones”, concluyó.

SAN CLEMENTE. Detectives de la Brigada de Homicidios (BH) Talca, concretó la detención de un hombre, de 29 años, con antecedentes policiales, imputado por su presunta participación en un homicidio con arma cortante, ocurrido en la comuna de San Clemente, en la madrugada del pasado 6 de junio. La detención se realizó en la vía pública, en cumplimiento de una orden judicial emitida por el Juzgado de Garantía de Talca, luego del proceso investigativo desarrollado por detectives de la BH Talca, en coordinación con el Ministerio Público. “La brigada de homicidios Talca, tras una serie de diligencias investigativas ha logrado la detención de un hombre de 29 años de edad con antecedentes policiales, el cual se ha podido determinar su participación en el homicidio con arma cortante de un hombre de 35 años. Este hecho ocurre en la madrugada del día 6 de junio de este año, en la vía pública, en la comuna de San Clemente. Esta detención se realizó al interior de la Villa San Máximo en cumplimiento de una orden judicial otorgada por el juzgado de Garantía de Talca. Según la investigación desarrollada por esta brigada se pudo establecer que la víctima habría sido atacada por sujetos, recibiendo diversas heridas cortopunzantes que le causaron la muerte en el lugar. A raíz de este hecho esta brigada ha logrado individualizar a todos los participantes en este crimen, procediendo a la fecha con la detención de dos implicados. En tanto que un tercero se mantiene prófugo”, dijo el subprefecto de la Brigada de Homicidios, Rodrigo Burgos. De acuerdo con los antecedentes recopilados, el imputado, junto a otros dos sujetos -uno ya detenido y en prisión preventiva y el otro en calidad de prófugo- habrían interceptado a la víctima, agrediéndolo y provocado múltiples heridas cortopunzantes, causándole la muerte en el lugar.

Personal de emergencia debió recorrer un sector de difícil acceso.

AYER EN AUDIENCIA EN EL JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ

FORMALIZAN A COMERCIANTES Y EMPRESARIOS POR DELITOS DE CARÁCTER TRIBUTARIO

Corresponde a una causa que nace de una querella presentada por el SII. Se estima que el monto defraudado al Fisco superaría los 6.700 millones de pesos.

Si bien estaba contemplado la imputación de cargos para un total de nueve personas, en definitiva, solo cinco participaron en tal instancia.

Ayer en el contexto de una larga audiencia, se imputaron una serie de cargos sobre un grupo de cinco personas. Fueron informados respecto al desarrollo de una investigación por delitos de carácter tributarios.

gos, a los ahora imputados, fue el fiscal Jaime Rojas. “Son varios delitos, pero son todos infracciones al artículo 97 del Código Tributario, básicamente”, dijo Rojas.

Cabe señalar que en tal causa, el Servicio de Impuestos Internos (SII) se encuentra en calidad de querellante. “Son investigaciones de larga duración, básicamente por la documentación aportada por el Servicio de Impuestos Internos”, acotó.

MODUS OPERANDI

CURICÓ. Por una serie de delitos de carácter tributario, cinco personas (cuatro hombres y una mujer) fueron formalizadas, en el contexto de una audiencia en el Juzgado de Garantía de Curicó, tribunal que, en tal instancia, fue representado por el juez Eduardo Fritz. Si bien la fiscal titular de dicha causa corresponde a Marcela Rocha, ayer quien estuvo a cargo de comunicar los respectivos car-

En conjunto, se estima que el monto defraudado al Fisco superaría los 6.700 millones de pesos. Respecto al “modus operandi”, el aludido fiscal indicó que, en términos generales, a través de la presentación de facturas falsa, tales personas (principalmente comerciantes y empresarios a nivel local) obtenían indebidamente crédito fiscal, lo que les permitía evadir impuestos.

“Básicamente son la creación de sociedades (tipo “pantalla”), las cuales apor-

taban documentación falsa a las otras empresas, para de esa manera evadir el pago de impuestos”, señaló Rojas. Los rubros que “ejercían” las recién nacidas sociedades eran de diversa índole. Corretaje, agrícola, transporte, venta al por menor, reciclaje de desperdicios, terminación de edificios, venta de frutas y verduras, venta de huevos y lácteos, venta de materiales de construcción, entre otros, fueron algunos de ellos.

TESTAFERROS

Sobre el inicio de las actividades de tales empresas, Rojas señaló que se utilizaron “testaferros”. “Como no tienen sanción en el Servicio de Impuestos Internos, de alguna manera están limpios, entonces utilizan estas personas, estos testaferros, para crear estas nuevas sociedades y así generar nueva documentación, para facilitar a estas otras empresas, para que de esta manera, no paguen impuestos”, expresó. De comprobarse la culpabilidad de los ahora imputados, dijo Rojas que tales

En conjunto, se estima que el monto defraudado al Fisco superaría los 6.700 millones de pesos. Respecto al “modus operandi”, el aludido fiscal indicó que, en términos generales, a través de la presentación de facturas falsa, tales personas (principalmente comerciantes y empresarios a nivel local) obtenían indebidamente crédito fiscal, lo que les permitía evadir impuestos.

personas arriesgan “distintas sanciones”.

“Algunos de estos delitos tienen pena corporal, otros tienen penas de multas, asociadas al fraude tributario (…) pero básicamente son penas corporales y multas en relación al monto defraudado”, indicó.

MÁS IMPUTADOS

Cabe señalar que la audiencia de ayer contemplaba la formalización de un total de nueve personas. En definitiva, solo cinco participaron en tal instancia, ya que el resto no fueron notificadas. Ante esto, el fiscal Jaime Rojas facilitó, al citado tribunal, los correspondientes domicilios, desde el extracto de filiación de

antecedentes. En tal contexto, para los “pendientes” se fijó fecha para la realización de una nueva audiencia, en específico, el jueves 28 de agosto a las 8:30 horas. “Si están notificados y no se presentan, se despacha una orden de detención”, dijo Rojas.

ETAPA INICIAL

Si bien el Juzgado de Garantía de Curicó no estableció ningún tipo de restricción respecto a la difusión de la identidad de las personas que fueron formalizadas en dicha causa, se recalcó que en esta etapa del proceso, que está más bien ligada a la comunicación de cargos, sigue estando vigente la presunción de inocencia.

POR CARLOS ARIAS MORA

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.