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Dos hombres son drogados en un prostíbulo y les roban

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Con 14 pastillas, al parecer estupefacientes, y dos celulares robados fue atrapado un sujeto en un centro de tolerancia ubicado en el Paso Lateral Sur de Ambato.

El hecho se registró cuando eran cerca de las 23:00 del lunes 22 de mayo de 2023. Policías del Móvil Huachi Grande acudieron al sitio cuando el ECU 911 reportó el suceso.

Un ciudadano de 25 años estaba en el lugar y les dijo que dos hombres estaban en el burdel bajo aparente efecto de alguna droga.

taban drogados, eran sus amigos.

El hombre aseguró que ellos habían sido despojados de sus teléfonos celulares y que en ese mismo prostíbulo se encontraba un hombre que, previo al hurto de los equipos, les habría brindado una bebida.

Las víctimas tuvieron que ser trasladadas hasta una casa de salud para que reciban atención médica especializada.

Mientras los policías recababan dato s al respecto del hecho, otro hombre se acercó para comentar que los dos sujetos, que al parecer es-

Atrapado

El testigo señaló al implicado y este fue intervenido por los uniformados quienes le encontraron dos celulares, que eran propiedad de los afectados, así como varias pastillas blancas que, al parecer, eran estupefacientes con los que habría drogado a sus víctimas.

El sujeto fue privado de

Una pareja es descubierta con marihuana en el parque ‘12’

Un hombre y una mujer fueron privados de su libertad tras ser descubiertos portando sustancias alucinógenas.

El hecho se registró la tarde del lunes 22 de mayo de 2023 en el parque 12 de Noviembre, centro de Ambato.

Investigaciones previas, ejecutadas por personal del servicio preventivo del Distrito Ambato Norte en coordinación con miembros de la Jefatura Antinarcóticos y la Dirección General de Inteligencia (DGI), permitieron que los implicados sean descubiertos portando el estupefaciente.

Un registro minucioso se les hizo a los sospechosos. Uno de ellos, de nacionalidad española, portaba en el bolsillo derecho de su pantalón seis fundas plásticas que contenían marihuana

En lo que respecta a la im- plicada, de nacionalidad ecuatoriana, tenía en el bolsillo derecho de su pantalón dos fundas transparentes con más marihuana.

Un celular y dinero en monedas son parte de los que tenían los ciudadanos. De las indagaciones preliminares, la Policía supo que esta pareja estaría dedicándose al expendio de sustancias ilegales en diferentes puntos del centro de la ciudad.

Ambos fueron detenidos y trasladados a la Unidad de Aseguramiento Transitorio de la Unidad de Vigilancia Comunitaria (UVC).

Ellos serán procesados por el delito de tráfico y tenencia de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, tipificado y sancionado en el artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). (MAG) su libertad y trasladado a la Unidad de Aseguramiento Transitorio de la Unidad de Vigilancia Comunitaria (UVC) de Ambato. Mientras que los afectados fueron llevados hasta el Hospital del Instituto Ecua- toriano de Seguridad Social (IESS).

Procedimiento Agentes de la Policía Judicial (PJ), Criminalística y de la Jefatura Antinarcóticos, también fueron convocados para tomar el protocolo correspondiente. Los análisis a las pastillas se realizaron, así como la fijación de los indicios que fueron presentados ante un Juez de Garantías Penales. (MAG)

Autor: Dr. Giovani Mayorga Andaluz.

La falta disciplinaria prevista en el art. 120, numeral 12 del COESCOP, requiere para su configuración de un resultado dañoso o de un desvalor de resultado:

Desobedecer órdenes verbales o escritas enmarcadas en el ordenamiento jurídico o inobservar el procedimiento respectivo, cuando ello afecte al servicio o al orden institucional;

Se requiere por tanto un hecho (12. Desobedecer órdenes verbales o escritas enmarca das en el ordenamiento jurídico o inobservar el procedimiento respectivo, es decir el DESVALOR DE LA ACCIÓN), pero este hecho requi ere además un plus que es “cuando ello afecte al servicio o al orden institucional;”,es decir, el DESVALOR DEL RESULTADO.

El auto de inicio del sumario no establece en forma alguna como se afectó al servicio o al orden institucional y tampoco existe prueba de esta afectación, lo cual enerva la f alta disciplinaria imputada porque debe existir una afectación al servicio o al orden institucional.

El desvalor del resultado y la valoración de los resultados d añosos, por lo tanto son necesarios para la imposición de las sanciones administrativas, no solo porque es una norma jurídica de obligatoria aplicación la del artículo antes invocado, sino porque solamente gracias a ella puede predicarse si la infracción es lo suficientemente grave como para aplicar la sanción, o dicho de otra manera, la regla del Art. 120, numeral 12, del COESCOP, es la única que permite verificar la existencia de la infracción administrativa y, cuando es necesario, la proporcionalidad de la sanción.

En casos análogos referidos a la aplicación de sanciones administrativas, la Corte Constitucional ecuatoriana ha reiterado en su abundante jurisprudencia,

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