CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
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Viernes 20 DE FEBRERO DE 2015 / La Hora Santo domingo
El acoso también puede darse para obtener favores sexuales con promesas de ascender a otro estatus laboral en el lugar donde trabaja la víctima o para perseguir y despechar a la persona para que lo despidan o cambien del puesto de trabajo, pero el acoso también puede darse fuera del lugar de trabajo. El acosador puede ser un superior de la víctima, un compañero de trabajo, un profesor, un cliente, el acosado puede ser de género masculino o femenino y puede darse también con personas del mismo género. Según Guillermo Cabanellas acosar es: “Perseguir sin tregua ni reposo. Estrechar, acorralarle, arrinconar. Hostigar. Incomodar, molestar. Pretender con insistencia inoportuna”. La víctima de acoso debe resistir a los requerimientos y pretensiones amorosas dirigidas por el acosador a una persona en contra de su consentimiento, caso contrario si corresponde a esas pretensiones se desvirtúa el delito de acoso sexual, por el consentimiento de la persona a quien se la ha solicitado el favor sexual, el acoso puede ser dirigido a personas de ambos sexos, pero los acosadores comunes son los hombres en contra de las mujeres, en ambientes, laborales, educativos, religiosos e incluso familiares.
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denuncia. La víctima debe informar a sus compañeros y a sus superiores.
Una forma de defenderse del acoso sexual es conservar la tranquilidad, no dejarse manosear, intimidar, no aceptar bromas relacionadas al sexo y poner fuerza de carácter, negarse ante cualquier insinuación de temas relacionados con la sexualidad, guardar distancia con el acosador demostrándole respeto y exigiendo que le respete, expresar rechazo y con voz fuerte ante cualquier insinuación de carácter
sexual, no quedarse a solas con el acosador, poner en conocimiento de inmediato de sus compañeros de trabajo, de sus superiores o presentar la correspondiente denuncia ante autoridad competente, pero si la víctima hace lo contrario y no se siente incomodada y aprueba esta conducta, en ese caso, solo en ese caso el acoso no sería considerado un delito, y el acosador no sería culpable de acoso sexual. (LA)
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DIA DEL ABOGADO
Jurista. Héctor Echanique es doctor en leyes y jurista profesional.
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