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SRI está enfocado en ampliar la base de contribuyentes
Se hacen esfuerzos en varios sectores como apuestas deportivas, influencers, equipos de fútbol, venta de vehículos para reducir la evasión.
Entre marzo y abril de 2023, todos los contribuyentes, tanto en el régimen de microempresas y negocios populares como en el régimen general, deben pagar impuesto a la renta.
Esto ha vuelto a reactivar las críticas sobre la pesada carga que representa el pago de ese impuesto en Ecuador.
Una de las razones de fondo es que, como ha dicho en múltiples ocasiones Francisco Briones, director del Servicio de Rentas Internas (SRI), “la gran mayoría de ecuatorianos no paga impuestos.
Así, las 225.000 personas que pagan impuesto a la renta en el país son parte de una minoría que gana $2.000 o más al mes.
“Yo mismo en 2022 tengo que pagar 50 veces más impuesto a la renta que en 2021. Lo cual es bastante fuerte y agresivo. No me voy a alejar de esa realidad”, reconoció Briones durante una entrevista radial.
No es posible cobrar impuesto a la renta a todos los ecuatorianos en la Población Económicamente Activa (PEA), sobre todo porque el 60% gana alrededor de $250 o menos.
Sin embargo, el SRI está trabajando para ampliar la base de contribuyentes en sectores y actividades en las que ya se ha identificado que no se declaran todos los ingresos ni el patrimonio.
El objetivo de ampliar la base es tener más ingresos para el fisco (durante 2023 se espera recaudar 10% más que en 2022), pero también reducir el peso sobre los pocos que pagan sus impuestos actualmente.
Sectores en el radar
Andrea Vela, abogada tributaria, explicó que las autoridades han puesto especial

Controles tributarios rápidos
° Durante este 2023, el Servicio de Rentas Internas (SRI) se enfocará en tres temas con relación a la evasión de impuestos: personas naturales, grandes patrimonios, incremento patrimonial no justificado. Luego de la declaración y pago del impuesto a la renta en marzo y abril, se vendrán controles sobre los que no hayan cumplido o que lo hagan a medias.
Asimismo, se realizarán cuatro controles rápidos o PCR Tributarios. Se priorizará a quienes no regularizaron sus activos del exterior; a los que no pagaron las contribuciones temporales o las pagaron a medias; a los grandes patrimonios en los que existen inconsistencias entre lo declarado y los bienes.
En 15 días, iniciará el primero de esos PCR, donde están incluidas 50 personas. Además, este 2023, los controles rápidos también se extenderán a las empresas. Esto dentro del plan de Control Justo.
énfasis en sectores que durante años han pasado fuera del radar.
Entre esos están los futbolistas y los equipos de fútbol; los influencers, las empresas y las personas involucradas en apuestas deportivas; el contrabando de bebidas alcohólicas y vehículos, entre otros.
En el caso de las apuestas deportivas, el SRI tiene identificadas 16 empresas en el país. De ese total, 10 tienen Registro Único de Contribuyentes (RUC), es decir, registran algún grado de formalidad.
Pero, incluso esas firmas aparentemente formales ya están siendo intervenidas con auditorías y revisiones para establecer sus reales ingresos y pago de impuestos.
La autoridad tributaria también ha tenido reuniones presenciales con grupos de influencers; y se han establecido y acordado cuatro casos en los que esos personajes de redes sociales deben pagar impuesto a la renta (Ver recuadro).
Vela puntualizó que no solo se busca que se paguen todos los tributos que correspondan; sino también que muchos influencers y
Influencers
Casos de tributación comerciantes de redes sociales se formalicen para evitar que sean víctimas de abusos y estafas.
Anuncios: Por mostrar o promocionar productos o servicios de marcas en sus redes sociales.
En el caso del contrabando de bebidas alcohólicas y de vehículos se están haciendo controles conjuntos con la Aduana. Así, a través de un Comité público-privado, se han tramitado más de 20 denuncias.
Los resultados, en términos de una mayor base de contribuyentes, tomará tiempo, de acuerdo con Eduardo Mendoza, abogado tributario.
“En países como Chile, por ejemplo, un aumento sustancial de alrededor de 20% tomó entre 8 y 10 años. A los controles se debe sumar mayores facilidades para la formalización, menos costos, crecimiento económico sostenible, entre otros”, dijo. (JS)
Publicidad propia: Cuando las personas introducen comerciales de publicidad en el contenido que elaboran y difunden en sus cuentas de redes sociales.
Publicidad de las redes: Cuando logran un número de seguidores y autorizan a las plataformas digitales a colocar publicidad en sus contenidos.
Contenido pagado: Cuando reciben dinero de sus seguidores que acceden a contenido exclusivo.
El impuesto a la renta representa alrededor del 45% de la recaudación anual. Para 2023 se espera que este impuesto represente entre $6.000 millones y $7.000 millones.
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA VILLONACOENERGY S.A.
Se convoca a los accionistas de la compañía VILLONACOENERGY S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se llevará a cabo el día 16 de marzo de 2023, en las instalaciones de la compañía ubicadas en la Calle Pampite S/N y Simón Valenzuela, Edificio YOO, piso 5, de esta ciudad de Quito a las 08h00.
Orden Del D A
1. Conocer y autorizar el otorgamiento del poder especial a favor de José Antonio Fernández García para suscribir el contrato de concesión del Proyecto Eólico Villonaco III entre el Ministerio de Energía y Minas y Villonacoenergy S.A.
Los documentos a tratarse en esta Junta estarán a disposición de los Accionistas a partir de la fecha de la publicación de la presente convocatoria.
RESOLUCIÓN No. SB-DTL-2022-2207
ROSSANA MARÍA LOOR AVEIGA DIRECTORA DE TRÁMITES LEGALES (E)
CONSIDERANDO:
QUE la señora Rocío Maribel Verdezoto Bósquez, en calidad de Gerente General de NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., con No. de RUC 1792388333001, mediante comunicación s/n de 12 de septiembre de 2022, solicitó a este organismo de control la calificación de su representada como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área de “software bancario y de computación”;
QUE los artículos 434 y 436 del Código Orgánico Monetario y Financiero disponen, en su orden, que los servicios auxiliares serán prestados por personas jurídicas no financieras, constituidas como sociedades anónimas o compañías limitadas; y que deberán calificarse previamente ante el organismo de control correspondiente;
QUE el artículo 5, Capítulo XVII “Norma general que regula la definición, calificación y acciones que comprenden las operaciones a cargo de las entidades de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado”, Título II “Sistema Financiero Nacional”, Libro I “Sistema Monetario y Financiero”, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, expedida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, establece como servicio a cargo de las compañías de servicios auxiliares el de “software bancario y de computación”; y, en la disposición general primera estatuye que la Superintendencia de Bancos emitirá las disposiciones para la ejecución de esta norma;
QUE el Capítulo IV “Norma de control para la calificación y supervisión de las compañías de servicios auxiliares que presten servicios a las entidades de los sectores financieros público y/o privado, de los burós de información crediticia y de análisis de riesgo crediticio”, Título II “De la constitución y emisión de la autorización para el ejercicio de las actividades financieras y permisos de funcionamiento de las entidades de los sectores financieros público y privado”, Libro I de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, contiene los requisitos para la calificación de las compañías de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado;
QUE la Intendencia Nacional de Riesgos y Estudios con memorando No. SB-INRE-2022-1018-M de 28 de octubre de 2022, y la Dirección de Evaluación de Riesgos de esa Intendencia con memorando No. SB-DER-2022-0567-M de 17 de noviembre de 2022, señalaron que la Subdirección de Riesgos Operativos y la Subdirección de Riesgos Financieros de la Dirección de Evaluación de Riesgos, emitieron informes favorables para la calificación solicitada; QUE con memorando No. SB-DTL-2022-1489-M de 24 de noviembre de 2022, se emitió informe favorable para la calificación de NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área de “software bancario y de computación”;
QUE el “Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Bancos”, expedido con resolución No. SB-2017-893 de 16 de octubre de 2017, dispone a la Dirección de Trámites Legales la expedición de la resolución de calificación de entidades de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado; y, EN ejercicio de las atribuciones delegadas por la Superintendente de Bancos mediante resolución No. ADM-2022-0344 de 21 de noviembre de 2022, RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- CALIFICAR a la sociedad NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., con No. de RUC 1792388333001, como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área de “software bancario y de computación”.
ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A. a prestar el servicio de software bancario y de computación”, de conformidad con su objeto social, a las entidades de los sectores financieros público y privado.
ARTÍCULO 3.- SOMETER a la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A. al control de la Superintendencia de Bancos en los términos previstos en el Código Orgánico Monetario y Financiero, quedando en consecuencia sujeta a las disposiciones que emanen de este organismo de control y de la Junta de Política y Regulación Financiera.
ARTÍCULO 4.- DISPONER que la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A. publique por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, el texto íntegro de la presente resolución.
ARTÍCULO 5.- DISPONER que el Registrador Mercantil del cantón Quito, inscriba la presente resolución y siente las notas de referencia contempladas en el artículo 51 de la Ley de Registro.
ARTÍCULO 6.- DISPONER que una vez que la compañía NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A. haya dado cumplimiento a lo ordenado en la presente resolución, remita a este despacho prueba de lo actuado.
ARTICULO 7.- DISPONER que se comunique la presente resolución a la señora Rocío Maribel Verdezoto Bósquez, Gerente General de NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., en la dirección electrónica francia_nb@hotmail.com, señalada para el efecto.
COMUNÍQUESE.- Dada en la Superintendencia de Bancos, en Quito, Distrito Metropolitano, el veinticuatro de noviembre de dos mil veintidós.
RESOLUCIÓN No. SB-DTL-2022-2217
ROSSANA MARÍA LOOR AVEIGA DIRECTORA DE TRÁMITES LEGALES (E)


CONSIDERANDO:
QUE con Resolución No. SB-DTL-2022-2207 de 24 de noviembre del 2022, se calificó a la sociedad NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., con No. de RUC 1792388333001, como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área de “software bancario y de computación”;
QUE verificada la documentación se determina que tanto en el primer considerando como en el artículo 1 de la mencionada resolución, se ha deslizado un error respecto del número de RUC;
QUE mediante memorando No. SB-DTL-2022-1497-M de 25 de noviembre 2022, se considera procedente rectificar el número de RUC;
QUE el “Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Bancos”, expedido con resolución No. SB-2017-893 de 16 de octubre de 2017, dispone a la Dirección de Trámites Legales la expedición de la resolución de calificación de entidades de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado; y,
EN ejercicio de las atribuciones delegadas por la Superintendente de Bancos mediante resolución No. ADM-2022-0344 de 21 de noviembre de 2022, RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- SUSTITUIR en el primer considerando y en el artículo 1 de la Resolución No. SB-DTL- 2022-2207 de 24 de noviembre de 2022, el número de RUC “1792388333001”, siendo el correcto “1793131336001”.
ARTÍCULO 2.- DISPONER que se comunique la presente resolución a la señora Rocío Maribel Verdezoto Bósquez, Gerente General de NEXTI BUSINESS SOLUTIONS S.A., en la dirección electrónica francia_nb@hotmail.com, señalada para el efecto.
COMUNÍQUESE.- Dada en la Superintendencia de Bancos, en Quito, Distrito Metropolitano, el veinticinco de noviembre de dos mil veintidós.
Fiscalía de Perú ratifica que Castillo lideró presunta organización corrupta
LIMA. La Fiscalía de Perú ratificó este 7 de marzo de 2023 ante un juez supremo su pedido de 36 meses de prisión preventiva contra el expresidente Pedro Castillo, al que acusa de presuntamente liderar una organización corrupta durante su Gobierno (2021-2022).
La fiscal Galinka Meza presentó estos argumentos ante el juez su-