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Universidad Central mira al noroccidente
Las
La universidad Central de Ecuador en coordinación con los representantes del Gobierno provincial de Pichincha , socializaron la oferta en línea para obtener títulos de tercer nivel.
La oferta académica está dirigida a estudiantes y bachilleres de los cantones del noroccidente: Puerto Quito, Pedro Vicente Maldonado y San Miguel de los Bancos.
La socialización se realizó en cada cantón, los bachilleres y más ciudadanos asistieron para conocer más de cerca y despejar inquie- tudes ante la oportunidad de poder continuar los estudios superiores sin que sea necesario salir a la ciudad capital.
Lucas Pacheco, catedrático de la universidad Central, es uno de los gestores que busca que la juventud no se quede solo con el bachillerato y tenga la oportunidad de profesionalizarse con títulos de tercer nivel
Socialización
Lucy Baldeón, junto a otros docentes llevaron adelante la socialización y explicaron
Convocatoria
Se indicó a los asistentes, que en esta fase se está realizando una encuesta a los aspirantes, para conocer el porcentaje de alumnos interesados y conocer, además, qué carreras son las más aceptadas.
Los asistentes están de
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA “EDICENTRAL S.A.”
De conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Compañías y los Estatutos Sociales de la Compañía, se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA EDICENTRAL S.A., a la Junta General Ordinaria de Accionistas en la ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas. La Junta se realizará vía telemática en la plataforma Zoom, ingresando al siguiente link para la reunión: https://us05web.zoom.us/j/83023546675?pwd=cnJzSTBjcTB3c0FsT0M0cDA2Z25UUT09
ID de reunión: 830 2354 6675
Código de acceso: yg7anB
De conformidad a la norma prevista en el Artículo 20 del Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas de las Compañías de Responsabilidad Limitada, Anónimas, en Comandita por Acciones y de Economía Mixta emitido por la Superintendencia de Compañías y Valores.
La Junta Ordinaria se realizará el día viernes 31 de marzo del 2023 a partir de las 17:00 pm, para conocer y resolver los siguientes puntos:
1. Conocer y resolver sobre los informes del Gerente General y Comisario de la Compañía, por el año 2022;
2. Conocimiento y resolución sobre los Balances Generales, Estados de Cuentas de Pérdidas y Ganancias y más anexos del año 2022;
3. Resolver sobre el destino de los Resultados;
4. Resolver sobre la elección del Comisario Principal y Suplente, fijar sus remuneraciones.
De manera especial e individual, se convoca al Comisario Principal de la Compañía, Srta. Olga Gallardo. Conforme a la Ley, todos los documentos relacionados a Informes, Balances Generales y más anexos, se encuentran a disposición de los señores Accionistas, en las oficinas de la Compañía.
Santo Domingo, 24 de marzo del 2023.
Atentamente,
Lcda. Lucy Rivas Pacheco Gerente General
OPORTUNIDAD. La juventud del noroccidente de Pichincha podrá iniciar sus estudios superiores. que la modalidad en línea será una realidad.
acuerdo que se inicie con los estudios en línea y pensar en lo posterior en una extensión universitaria para el noroccidente de Pichincha.
Sin oportunidades el dato
Solo el 5% de los bachilleres del noroccidente de Pichincha continúan los estudios superiores.
Más de mil bachilleres salen cada año de las unidades educativas existentes en los tres cantones, solo el 5% busca seguir sus estudios.
Un factor limitante es la situación económica de los padres de familia, por eso aspiran una universidad gratuita para sus hijos. (MC)
20232301004PO00243
FACTURA 002-002-000123964
AVISO NOTARIAL DE LA LIQUIDACIÓN DEL PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL HIDALGO ESPINEL GALO MANUEL Y CORTEZ LOMBEIDA MONICA ELIZABETH (Única publicación)
NOTARÍA CUARTA DEL CANTÓN SANTO DOMINGO
Pongo en conocimiento del público que por escritura pública No. 20232301004P01012, de Liquidación y Partición Voluntaria de la Sociedad Conyugal celebrada en la ciudad de Santo Domingo, el seis de marzo de dos mil veintitrés, ante el señor Dr. Oswaldo Antonio Infante Zavala, Notario Cuarto del Cantón Santo Domingo, los señores MONICA ELIZABETH CORTEZ LOMBEIDA y GALO MANUEL HIDALGO ESPINEL, procedieron a la Liquidación y Partición Voluntaria de la sociedad conyugal, la cual se encuentra disuelta, mediante escritura pública otorgada el diecinueve de septiembre del dos mil veintidós ante Doctor Alex Samaniego Escudero, Notario Segundo del Cantón Santo Domingo, debidamente marginada en la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación el veintiuno de octubre del dos mil veintidós.
Las adjudicaciones de bienes constan en la referida escritura pública de Liquidación Voluntaria de la Sociedad Conyugal.
Previo a la inscripción en los Registros correspondientes y a efecto de dar cumplimiento a la facultad notarial contenida en el numeral 23 agregado al Art. 18 de la Ley Notarial por el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, hago conocer al público la Liquidación Voluntaria de la Sociedad Conyugal realizada por los señores MONICA ELIZABETH CORTEZ LOMBEIDA y GALO MANUEL HIDALGO ESPINE, indicada anteriormente, para los efectos legales consiguientes, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de esta publicación, con el objeto de que las personas que eventualmente tuvieran interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada dentro del referido término.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes. Santo Domingo, a 10 de marzo de 2023 neCeSita joven de 25-30 añoS para
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ExtRActOs
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SANTO DOMINGO
EXTRACTO
TIPO DE PROCESO: oRDINARIo
ACCIÓN: DEcLARAtoRIA DE uNIÓN DE HEcHo
NRO. 23201-2023-00126
ACTORA: tAPIA GARZoN mARIA EuDocIA
DEMANDADO: BRAvo moREIRA AGAPIto
ANIBAL
JUEZ: DR. ALEXIS FABIÁN AcuRIo SuÁREZ
SECRETARIA: AB. cRIStINA ISABEL HERRERA
QUEda aNUlado tÍtuLo AccIoNARIo NÚmERo 0000239 DEL SR CABEZA GARCÍA GERARDO CELI DE LA COMPAÑÍA TRANENPAS S.A. SE PoNE EN coNocImIENto DEL PÚBLIco PARA LoS FINES coNSIGuIENtES
OP-MA
OP-MA dr oSWaldo inFante Zavala, mSc. notario
20232301004o00273
FACtuRA 002-002-000124334 aviSo notarial de la ConStituCiÓn de la SoCiedad Civil denominada SoCiedad Civil SuminiStroS de panaderÍa Y paStelerÍa notarÍa Cuarta del CantÓn Santo domingo
Pongo en conocimiento del público que por escritura pública 20232301004P00900, celebrada en la ciudad de Santo Domingo, el 24 de febrero de 2023, ante mí Dr. Oswaldo Antonio Infante Zavala, Notario Cuarto del Cantón Santo Domingo, los señores eVeLiN JANiNA CoNFoRMe HoLGuÍN, casada, por sus propios derechos; LeNiN BLADiMiR CAÑARte HiDALGo, soltero, por sus propios derechos; DiDieR ALeJANDRo GÓMeZ ZuLuAGA, soltero, por sus propios derechos; y, FeRNANDo iVÁN CoNFoRMe HoLGuÍN, casado, por sus propios derechos, procedieron a realizar la Constitución de la Sociedad Civil que se denominará soCieDAD CiViL DeNoMiNADA soCieDAD CiViL suMiNistRos De PANADeRÍA Y PAsteLeRÍA; y, previo a la inscripción en el Registro correspondiente y a efecto de dar cumplimiento a la facultad contenida en el numeral 29 del Art. 18 de la Ley Notarial, hago conocer la Constitución de la Sociedad Civil y Comercial Denominada sociedad Civil suministros de Panadería y Pastelería, realizada por los señores eVeLiN JANiNA CoNFoRMe HoLGuÍN, LeNiN BLADiMiR CAÑARte HiDALGo, DiDieR ALeJANDRo GÓMeZ ZuLuAGA Y FeRNANDo iVÁN CoNFoRMe HoLGuÍN, con los siguientes datos: oBJeto.- La sociedad Civil denominada Sociedad Civil Denominada Suministros de Panadería y Pastelería, tiene como objeto principal: la distribución, venta al por mayor y menor de productos, maquinaria nacional e importada para panadería, pastelería, heladería, pizzería y afines relacionados al giro del negocio; a cualquier persona natural o jurídica que requiera.
RAZÓN soCiAL: soCieDAD CiViL DeNoMiNADA soCieDAD CiViL suMiNistRos De PANADeRÍA Y PAsteLeRÍA.
NACioNALiDAD Y DoMiCiLio.- La Sociedad Civil denominada Sociedad Civil Denominada Suministros de Panadería y Pastelería, es de nacionalidad ecuatoriana y el domicilio principal se establece en la ciudad de Quevedo Provincia de los Ríos en la República del Ecuador.
CAPitAL: El Capital de la Sociedad Civil que por intermedio de este instrumento público se constituye, cuya razón social es Sociedad Civil Suministros de Panadería y Pastelería es el de oCHeNtA MiL DoLARes AMeRiCANos, los porcentajes con que intervienen los comparecientes en la SOCIEDAD CIVIL SUMINISTROS DE PANADERÍA Y PASTELERÍA se dividen en 80.000 participaciones, cuyo valor es de USD$ 1.00 de los Estados Unidos de América, por cada participación.
PLAZo: La duración de la Sociedad Civil denominada Sociedad Civil Denominada Suministros de Panadería y Pastelería, será de CiNCueNtA AÑos.-
RePReseNtACioN LeGAL: La Sociedad Civil denominada Sociedad Civil Denominada Suministros de Panadería y Pastelería estará representada legalmente por el Gerente General.-
Ubicado en la Av. Río Baba y Cocaniguas esquina, a media cuadra del Monumento de Julio Jaramillo.
Informes:
Arriendo 1 locAl comerciAl 099 391 6595 - 095 903 0374
P-244986-GF
DILIGENCIA: cItAR a los HEREDERoS PRESuNtoS Y DEScoNocIDoS del causante (+) AGAPIto ANIBAL BRAvo moREIRA “Santo Domingo, jueves 2 de marzo del 2023, las 10h14, vIStoS: una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de sustanciación de fecha 13 de FEBRERo del 2023, a las 14h20.- En lo principal: 1.- cALIFIcAcIÓN: La demanda de DEcLARAtoRIA DE uNIoN DE HEcHo, que antecede presentada por el/la señor/a mARÍA EuDocIA tAPIA GARZÓN, es clara y reúne los requisitos legales establecidos en los Arts. 142 y 143 del código orgánico General de Procesos; Art. 222 y siguientes del código civil; por lo que se la admite a trámite respectivo en procedimiento oRDINARIo, conforme prescribe el Art. 289 y siguientes del código orgánico General de Procesos.- 2.- cItAcIÓN: En virtud al juramento rendido; y de conformidad a la parte final artículo 58 del código orgánico General de Procesos, cItESE a los HEREDERoS PRESuNtoS Y DEScoNocIDoS del causante (+) AGAPIto ANIBAL BRAvo moREIRA, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, y días hábiles en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Santo Domingo, para el efecto confiérase el extracto correspondiente.- Se le previene a los demandados de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y/o correo electrónico para efecto de notificaciones, conforme el Art. 66 del código orgánico General de Procesos (coGEP).conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del código orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- 3.- ANuNcIo DE PRuEBAS.- 3.1 La prueba documental y testimonia enunciada será considerada el día de la audiencia preliminar a señalarse oportunamente, una vez que se cite a los herederos presuntos y desconocidos, enunciados en el libelo de la demanda.- 3.2.tEStIGoS: A las personas testigos mencionados en el líbelo de la demanda se los notificara mediante el casillero judicial y electrónico de la parte actora, quienes serán considerados el día de la audiencia preliminar de ser pertinente.3.3.- Se le aclara a la parte actora que la posesión de la curadora se la realiza el día mismo de la audiencia preliminar, esta autoridad no señala ningún otro día para la misma.- 3.4.- Los medios probatorios determinados y solicitados en su libelo de demanda se considerarán de conformidad a los artículos 160 y Art. 294 numeral séptimo, literal a) del código orgánico General de Procesos.- 4) Incorpórese al proceso la documentación que adjunta la accionante.- 5) téngase en cuenta el correo electrónico que señala para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida al profesional del derecho, para su patrocinio.- NotIFÍQuESE, cÚmPLASE y cÍtESE.” SANto DomINGo, 03 DE mARZo DEL 2023. AB. cRIStNA ISABEL HERRERA SEcREtARIA DE LA uNIDAD JuDIcIAL DE LA FAmILIA, muJER, NIÑEZ Y ADoLEScENcIA SANto DomINGo Hay firma y sello.
P-245019-mIG
Para los efectos legales consiguientes, con el objeto de que las personas que eventualmente tuvieran interés en esta Constitución de la Sociedad Civil denominada Sociedad Civil Denominada Suministros de Panadería y Pastelería, puedan presentar su oposición fundamentada a la constitución de la misma, se hará en el plazo que determina la Ley.
Particular que pongo en su conocimiento para los fines legales consiguientes. Santo Domingo, a 17 de marzo del 2023 dr oSWaldo antonio inFante Zavala, mSc. notario Cuarto del CantÓn Santo domingo
