AVISOS
QUEVEDO
sECCiOnEs:
Dirección: Av. June Guzmán de Cortés # 611 y Décima (esquina) altos de Ipersa Teléfono: 276-0540 / 276-0541 E-mail: quevedo@lahora.com.ec
rEMatEs divOrCiOs
BaBahOyO
anulaCiOnEs
Dirección: Av. 10 de Agosto # 831 y Eloy Alfaro (Edificio Shopping The Rouse) Teléfono: 2736887 E-mail: babahoyo@lahora.com.ec
EJECutivOs
JUEVES 21 DE MAYO DE 2015 La Hora LOS RÍOS
P
A13 P-19251-MM
EXtraCtOs unidad JudiCial PriMEra dE la FaMilia, MuJEr, niÑEZ Y adOlEsCEnCia dE QuEvEdO EXtraCtO dE CitaCiÓn a: CindY CErEZO
dalila
CaBrEra
sE lE HaCE saBEr: Que en esta Unidad Judicial se tramita en su contra una demanda de tENENCia No.2014-13376, propuesto por Carlos JaViEr ZaValEta MENDoZa, cuyo extracto es como sigue: aCtOr: Carlos ZaValEta MENDoZa dEMandada: CiNDY CaBrEra CErEZo
JaViEr Dalila
FundaMEntOs dE HECHO: Es el Caso señor Juez mantuve una relación sentimental con la señora CiNDY Dalila CaBrEra CErEZo la cual duro aproximadamente 1 año, aquella relación nació la niña que responde a los nombres de taMara aNaHis ZaValEta CaBrEra de 7 años de edad, la referida madre y demandada, era vecina de la señora Flor María loor saltos con cédula de ciudadanía 120209218-3, la cual tuvo en su casa a la madre de mi hija durante todo el tiempo que duro el periodo de embarazo, es así que luego que nació mi hija la referida madre sorpresiva al año dos meses de edad de la niña, desaparece y deja a mi hija al cuidado mío y de la señora Flor María loor salto. El año 2014 en el mes de febrero llego la madre al lugar de residencia de la niña y procedió a matricularla en la escuela siendo su representante legal de conformidad al certificado otorgado por la escuela que le adjunto, viviendo con la señora Flor María loor saltos hasta el 5 de septiembre del 2014 la referida madre se traslada a la escuela educativa básica “Montevideo” ubicada en el cantón Buena fe llevándose a mi hija con rumbo desconocido. De la información que recabe de la escuela se me informo que la referida madre la había retirado por que había encontrado trabajo, lo cual de manera inconsulta ni comunicándome a mi calidad de padre ni a la señora Flor María loor saltos lugar de residencia de mi hija, procedió a llevársela. Es de hacerle conocer señora Juez que he respondió de manera responsable en la manutención de mi hija. traMitE: Especial CuantÍa: indeterminada JuEZ dE la Causa: ab. JorGE
JaViEr lUCio alCiVar, en mi calidad de Juez temporal 1 de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y adolescencia de los ríos en Quevedo legalmente posesionado mediante acción de personal No. 1419-Dplr-2013-Jri de fecha 06 de Junio del 2013 y el respectivo sorteo que antecede. Dispone se cite a la demandada por la prensa conforme al art.82 de Código de procedimiento Civil, por manifestar el accionante bajo la gravedad de juramento, que desconoce el actual domicilio o residencia de la accionada señora CiNDY Dalila CaBrEra CErEZo, el mismo que no puede determinarlo. lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrá ser declarada rebelde. Quevedo, 16 de abril del 2015 abg. douglas angel Coello alvear sECrEtariO unidad JudiCial PriMEra dE la FaMilia, MuJEr, niÑEZ Y adOlEsCEnCia dE QuEvEdO p-19255-M.a
r. del E. unidad dE la FaMilia, niÑEZ, MuJEr Y adOlEsCEnCia dE lOs riOs En QuEvEdO EXtraCtO dE CitaCiÓn a: HErEDEros prEsUNtos Y DEsCoNoCiDos DE QUiEN EN ViDa sE llaMo ENriQUE MElECio VEra BUstaMaNtE.sE lEs HaCE saBEr: Que le correspondió conocer a esta Unidad y por el correspondiente sorteo a la Jueza No. 1 la acción Especial de partición No. 129792014 2014, presentada por los señores Jimmy José Enrique Vera Mendoza, Elsa María Vera romero, Julio Enrique Vera romero, Jorge Enrique Vera romero, Milsa María Vera Figueroá, Freddy Ernesto Vera Figueroa, Dr. alvarito Xavier Miranda Martínez, en su calidad de procurador Judicial de la señora Martha Cecilia Vera romero, en contra de ustedes, cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue: aCtOrEs: JiMMY JosÉ ENriQUE VEra MENDoZa, Elsa MarÍa VEra roMEro, JUlio ENriQUE VEra roMEro, JorGE ENriQUE VEra roMEro, Milsa MarÍa VEra FiGUEroÁ, FrEDDY ErNEsto VEra FiGUEroa, Dr. alVarito XaViEr MiraNDa MartÍNEZ, EN sU CaliDaD DE
proCUraDor JUDiCial DE la sEñora MartHa CECilia VEra roMEro. dEMandadOs: HErEDEros prEsUNtos Y DEsCoNoCiDos DE QUiEN EN ViDa sE llaMÓ ENriQUE MElECio VEra BUstaMaNtE. OBJEtO dE la dEManda: los accionantes manifiestan que: a) De la partida de defunción que consta de fjs. 1 del expediente de inventarios que agregan en copia certificada en 499 fojas, quien fue su padre ENriQUE MElECio VEra BUstaMaNtE, falleció en el Cantón Mocache provincia los ríos, el 19 de Febrero del 2010 de estado civil soltero; B) antes de su fallecimiento su recordado padre no dejo testamento de los bienes adquiridos en vida; C) al fallecimiento de su padre quedaron como sus únicos y universales herederos sus hijos abogado JiMMY JosÉ ENriQUE VEra MENDoZa, obtetriz Elsa MarÍa VEra roMEro, tECNÓloGo JUlio ENriQUE VEra roMEro, iNG. JorGE ENriQUE VEra roMEro, Milsa MarÍa VEra FiGUEroa, FrEDDY ErNEsto VEra FiGUEroa. MartHa CECElia VEra roMEro; y, los hoy demandados CarMEN rosa VEra loor, GEorGiNa raQUEl VEra loor, MarisEla aDElaiDa VEra loor, que también son hijas de su padre; D) Mediante demanda presentada el 11 de Marzo del 2010 a las 10h00 (Fjs. 31 y 36), los demandantes, solicitan que en trámite especial, se practique el inventario y avalúo de todos los bienes del haber hereditario de su recordado padre ENriQUE MElECio VEra BUstaMaNtE; E) Con fecha 26 de junio del 2013 a las 14h30, se produce la sentencia prestando parcialmente la aprobación al inventario y avaluó, conforme consta de la copia de la sentencia que agregan a la presente demanda, inventarío practicado en el acta de inventarios de 16 de septiembre del 2010 que consta de fjs. 186 a la 191; la aprobación judicial se produce en los bienes sobre los cuales no existió divergencia entre las partes procesales, que son los siguientes: E.1.- los gananciales Derechos y acciones sobre tres solares signados con el No. 7. No. 8. No. 9 de la manzana a y el Coliseo de Gallos que sustenta sobre los solares, ubicados en la lotización denominada "los Emilios" de la Jurisdicción del Cantón Mocache, provincia los ríos; E.2.- El remanente del lote de terreno s/n de 6.25 hectáreas, ubicado en la zona No. 101 - B del Cantón Mocache, provincia los ríos, F) soBrE los DEMÁs BiENEs, no se produjo la aprobación del inventario total porque se encontraba pendiente la resolución en firme su exclusión dentro del juicio de Exclusión de Bienes, planteado por las señoras Georgina
BanCO naCiOnal dE FOMEntO suCursal QuEvEdO
Vera loor, Carmen rosa Vera loor, Marisela adelaida Vera loor y raquel Cumandá loor porro, para que se excluyan del inventario los siguientes bienes: 1.- inmueble compuesto de casa y solar signado con el No. 27 de la Manzana No. 6 ubicado en la jurisdicción del Cantón Mocache, provincia los ríos; 2.- todos los derechos que tienen y les corresponden sobre el bien inmueble compuesto de solar y casa ubicado en la jurisdicción del Cantón Mocache. provincia los ríos, comprendido dentro de los siguientes linderos y dimensiones: por El FrENtE, Calle Malecón, en 6m; por atrÁs, con propiedad de santiago Jofat, con 6m; por UN CostaDo, o sea al Norte, con propiedad de rosero Mazón, con 25m; y, por el otro costado, parte del predio vendido a tomás segundo Chávez Barriga, con 25m; lo que hace una superficie de 150m2 y 24 metros de construcción; adquirido por escritura pública celebrada ante el Notario primero del Cantón Quevedo, el 03 de Julio de 1984, inscrita con el No. 61 en el registro de propiedades, al No. 31 del registro de Hipotecas y Gravámenes y anotada al No. 95 en el libro repertorio, el 12 de Febrero del 2010 en el registro de la propiedad del Cantón Mocache; 3.El lote de terreno sin nombre de 30.0757 Has., ubicado en el sector peñafiel del Cantón Mocache. provincia los ríos, bien hereditario dejado por nuestro abuelo segundo Vera sánchez a favor de nuestro padre Enrique Melecio Vera Bustamante; 4.- El lote de terreno sin nombre de 28.4201 Has., ubicado en el sector peñafiel del Cantón Mocache, provincia los ríos, bien hereditario dejado por su abuelo segundo Vera sánchez a favor de su padre Enrique Melecio Vera Bustamante, sobre el cual, su hermana Georgina raquel Vera loor, a sus espaldas y sin respetar de que este inmueble se encuentra inmerso en la masa hereditaria cuyo inventario se encuentra aprobado judicialmente en sentencia y auto, ejecutoriados, sin respetar que las perdió el juicio de exclusión de este y otros bienes inmuebles, en contubernio con autoridades de la secretaria de tiendas de la ciudad de Guayaquil, ha obtenido fraudulentamente la adjudicación de este predio,
LOS RIOS QUEDA ANULADO
Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 503 al 540 de la Cta. Cte. No. 2100056767 perteneciente a CARVAJAL SANCHES MAGDA ANGELICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28159) NR
avisO dE rEMatE
QUEDA ANULADO
POngO En COnOCiMiEntO dEl PuBliCO En gEnEral que mediante providencia dictada el, 30 de abril del 2015; las 11H40 suscrita por la señora Jueza Delegada de Coactiva del Banco Nacional de Fomento sucursal Quevedo, Dra. leny Campaña Muñoz, dentro del proceso coactivo 716-2010, se ordenó el rEMatE DEl BiEN iNMUEBlE hipotecado y embargado materia de este proceso; señalándose para el día viernes 10 Julio del 2015, desde las 13H00 hasta las 17H00, para que se lleve a efecto el remate del bien inmueble que se detalla más adelante en la secretaría del Juzgado de coactiva del Banco Nacional de Fomento sucursal Quevedo, ubicado en el segundo piso alto del mencionado Banco en la calle Quinta No.216 y avenida 7 de octubre del cantón Quevedo, provincia de los ríos. se ordena la publicación de los avisos de remate en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad y por tres carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados de la cabecera cantonal de Quevedo, provincia de los ríos, para conocimiento público del remate del siguiente bien inmueble. uBiCaCiÓn: El bien inmueble urbano está ubicado en la zona urbana de Quevedo Cooperativa Delia ibarra lote No.16, manzana. No.26 en la calle "i" entre José Joaquín de olmedo y Unidad Nacional, de la parroquia san Camilo, cantón Quevedo, provincia de los ríos.liNDEros Y DiMENsioNEs: norte: lote No. 7 en 12,50 metros sur: Calle "F", con 12,50 metros Este: lote No. 17 con 20 metros Oeste: lote No.15 con 20 metros. suPErFiCiE tOtal: El bien inmueble a rematarse tiene una superficie de doscientos cincuenta metros cuadrados (250, oom2) CaraCtEristiCas dEl BiEn inMuEBlE. terreno urbano ubicado en la cooperativa Delia ibarra, es una construcción tradicional de una planta, tipo villa con cimentación y estructura de hormigón armado, destinado a vivienda y cuenta con la mayoría de los servicios públicos.avaluO: Es de trEinta Mil sEtECiEntOs vEintE oo/100 dOlarEs aMEriCanOs (usd.30.720,oo). POsturas. por tratarse del segundo señalamiento se aceptaran sobre la base de la mitad del precio del avalúo, al contado o a plazos, prefiriéndose las ofertas que sean de contado acompañando el 10% del valor de la oferta, en dinero en efectivo o cheque certificado girado a la orden de la Jueza Delegada de la Coactiva de esta sucursal. lUGar DE rEMatE.- secretaría del Juzgado de coactiva , ubicado en el edificio No.216, del Banco Nacional de Fomento entre av. 7 de octubre y Quinta, en el día y hora antes indicado. sra. Wendy arias Macías sECrEtaria ad. HOC P-19268-M.a
Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 272 de la Cta. Cte. No. 2100039995 perteneciente a QUINALOA CALUムA WILMER IVAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.
mediante auto de adjudicación de fecha 15 de Marzo del 2013, protocolizado en la Notaría sexta del Cantón Babahoyo, provincia los ríos, inscrito en el registro de la propiedad del Cantón Mocache el 28 de Junio del 2013, adjudicación que actualmente es materia del trámite de reversión en la Dirección de saneamiento de la secretaría de tierras en la ciudad de Quito; 5.- El lote de terreno sin nombre de 21.2791 Has., ubicado en el sector peñafiel del Cantón Mocache, provincia los ríos, comprendido dentro de los linderos y medidas especificados en la documentación que agregan a la demanda de inventarios presentada el 11 de Marzo del 2010 y que es motivo de aquella demanda, bien hereditario dejado por su abuelo segundo Vera sánchez a favor de su padre Enrique Melecio Vera Bustamante; 6.- El lote de terreno sin nombre de 11.5007 Has., ubicado en el sector peñafiel del Cantón Mocache, provincia los ríos, comprendido dentro de los linderos y medidas especificados en la documentación que agregan a la demanda de inventarios presentada el 11 de Marzo del 2010 y que es motivo de aquella demanda, bien hereditario dejado por su abuelo segundo Vera sánchez a favor de su padre Enrique Melecio Vera Bustamante; y, 7.- El lote de terreno sin nombre de 11.5584 Has., ubicado en el sector peñafiel del Cantón Mocache, provincia los ríos, comprendido dentro de los linderos y medidas especificados en la documentación que agregan a la demanda de inventarios presentada el 11 de Marzo del 2010 y que es motivo de aquella demanda de inventario, bien hereditario dejado por su abuelo segundo Vera sánchez a favor de su padre Enrique Melecio Vera Bustamante.trabada la litis ordinaria por la demanda de exclusión de bienes, una vez evacuadas todas las diligencias probatorias, con fecha 20 de Diciembre del 2011 a las 16h10, el señor Juez Décimo Cuarto de lo Civil de los ríos, dicta sentencia declarando sin lugar la demanda de exclusión de bienes formulada por las señoras Georgina raquel Vera loor, Carmen rosa Vera loor, Marisela adelaida Vera loor y raquel Cumandá loor porro. Conforme se dedujo recurso de apelación, ante lo cual, con fecha 27 de Marzo del 2013 a las 14h32, la segunda sala Multicompetente de la Corte provincial de Justicia de los ríos, dentro del Juicio de Exclusión de Bienes signado con el No. 2012-0147, dicta sentencia confirmando la sentencia de primer nivel y por tanto rechaza la apelación formulada. Una vez más las señoras GEorGiNa raQUEl VEra loor, CarMEN rosa VEra loor, MarisEla aDElaiDa VEra loor y raQUEl CUMaNDÁ loor porro, inconformes con la sentencia de segundo nivel que rechaza sus pretensiones, interponen rECUrso DE CasaCiÓN para ante la Corte Nacional de Justicia, que recayó en conocimiento de la sala EspECialiZaDa DE la FaMilia, NiñEZ, aDolEsCENCia Y aDolEsCENtEs iNFraCtorEs y al Número de causa No. 107-2013, la cual mediante auto resolutorio de fecha 05 de Diciembre del 2013,
por unanimidad, resuelve No Casar la sENtENCia, en otros términos, la sentencia de doble instancia que declaró sin lugar la demanda de exclusión de bienes, queda ejecutoriada, con lo cual se confirma el derecho reclamado por los suscritos actores, de que los bienes cuya exclusión se solicitó indebidamente, son parte de la masa hereditaria de nuestro recordado padre ENriQUE MElECio VEra BUstaMaNtE, conforme consta de la demanda de inventarios de Fs. 31 a 35 del proceso de exclusión de bienes que se agrega a la presente demanda, en copias certificadas. Cuando regresó el proceso de exclusión a la ciudad de Quevedo, por nuevo sorteo, correspondió el conocimiento de la causa de inventarios al señor Juez de la Unidad Judicial primera de la Familia, Mujer, Niñez y adolescencia del Cantón Quevedo, agregándose a la causa principal, signado con el nuevo Número 2013-4320 y, con fecha 07 de abril del 2014, las 10h07, se emite el auto resolutivo que iNClUYE EN El iNVENtario los bienes inmuebles descritos en los NUMEralEs 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 DEl litEral F) que antecede, con cuya inclusión, el inventario quedó aprobado en su totalidad y debidamente ejecutoriado el auto resolutivo en mención, conforme consta de las copias certificadas que se agrega a la presente. Con la aprobación de los inventarios, se estableció una masa divisible de bienes, por la que se hace necesario entregar a cada heredero una la cuota de masa de bienes pertinente, para tal efecto, ejercemos esta acción. amparan su demanda en los arts. 639, 642, 641, 1338 y siguientes del Código procesal Civil; y en los arts. 1263 inciso segundo del Código Civil, los arts. 76 numeral 1, arts. 169, 426 y 427 de la Constitución de la república del Ecuador.CuantÍa: sEisCiENtos sEtENta Y siEtE Mil NoVECiENtos sEtENta Y trEs DÓlarEs CoN sEtENta CENtaVos DE DÓlar. trÁMitE: EspECial JuEZ dE la Causa: ab. Fabiola Magali lagos Jueza No, 1 de la Unidad de la Familia, Niñez, Mujer y adolescencia de los ríos en Quevedo, quien mediante auto de fecha jueves 13noviembre del 2014, las 15h18, admite la demanda a trámite de Juicio Especial de partición y manda a citar a los demandados herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue ENriQUE MElECio VEra BUstaMaNtE, por la prensa conforme a lo previsto en el art.
P/AC/ (28159) NR
QUEDA ANULADO
Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 489 al 490 de la Cta. Cte. No. 2100056767 perteneciente a CARVAJAL SANCHES MAGDA ANGELICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28159) NR
QUEDA ANULADO
Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 496 de la Cta. Cte. No. 2100056767 perteneciente a CARVAJAL SANCHES MAGDA ANGELICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.
ANULACION DE CHEQUE
Se comunica al público que, de conformidad con el artículo 27 de la ley de cheques, de no presentarse anulación dentro de los ocho días siguientes a la última publicación de este aviso, se declarara sin efecto la solicitud del girador los cheques No. 526 al 528 sin valor y sin firma de la cuenta corriente No. 2035007504 del Sr. DARRY NOGALES V. QUEVEDO BANCO BOLIVARIANO C.A. P-19263-T.R
P/AC/ (28159) NR
QUEDA ANULADO
Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 492 de la Cta. Cte. No. 2100056767 perteneciente a CARVAJAL SANCHES MAGDA ANGELICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28159) NR
QUEDA ANULADO
Por Perdida y falsificacion de firma del Cheque No 499 al 501 de la Cta. Cte. No. 2100056767 perteneciente a CARVAJAL SANCHES MAGDA ANGELICA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28159) NR
82 del Código de procedimiento Civil, por cuanto los actores bajo juramento declara que le ha sido imposible determinar sus individualidades o domicilios, así mismo en autos de fecha de fecha 18 de febrero del 2015, las 16h39, hace la respectiva aclaración en cuanto a la citación a los personeros municipales del Cantón Mocache, para que en el término de veinte días presenten sus excepciones, caso contrario podrán ser declarados rebeldes y que se cuente con los señores alcalde de Mocache y procurador síndico Municipal y se inscriba la demanda en el registro de la propiedad de esa ciudad. lo que llevo a conocimiento de ustedes, advirtiéndoles la obligación de señalar sus domicilios judiciales para que reciban sus debidas notificaciones, Quevedo, marzo 07 del 2015. angelica guanopatin sECrEtaria unidad Judicial Primera de la Familia, Mujer, niñez y adolescencia del Cantón Quevedo p-19256-M.a
LIBRETA EXTRAVIADA
Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la Libreta de la Cuenta de Ahorro #4002045800, perteneciente a VERA CORONEL ASTOLFO ROBERTO con Cédula No.1205847328 BANCO NACIONAL DE FOMENTO P-5125-K.S
LIBRETA EXTRAVIADA
Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la libreta de Ahorros correspondiente a la CUENTA N.4002827595 Perteneciente al Sr (a). ARANA ESPINOZA KETTY ROCIO BANCO NACIONAL DE FOMENTO P-19261-TR
LIBRETA EXTRAVIADA
LIBRETA EXTRAVIADA
LIBRETA EXTRAVIADA
Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la libreta de Ahorros correspondiente a la CUENTA N.0240365032 Perteneciente al Sr (a). ZAMBRANO CHOEZ EDUVIGES MONSERRATE BANCO NACIONAL DE FOMENTO P-19226-T.R
LIBRETA EXTRAVIADA
Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la libreta de Ahorros correspondiente a la CUENTA N.4004022442 Perteneciente al Sr (a). CHITUPANTA CANO MARCELO RIGOBERTO BANCO NACIONAL DE FOMENTO P-19238-M.A
LIBRETA EXTRAVIADA
COOP. 29 DE OCTUBRE
Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la libreta de Ahorros correspondiente a la CUENTA N.0240451215 Perteneciente al Sr (a). IRQUE SOLIS CARMEN SILVIA BANCO NACIONAL DE FOMENTO
LIBRETA EXTRAVIADA
LIBRETA EXTRAVIADA
LIBRETA EXTRAVIADA
P-19253-MA
P-19225-T.R
La Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de octubre” Ltda.; Ponemos en conocimiento del público que hemos sido notificados de la perdida de la libreta de ahorro N.- 4501978030, otorgada al sr. VILLAVICENCIO CHICHANDE SONIA JUDITH Si transcurridos 3 días de la publicación de este aviso NO se presentare reclamo alguno en nuestras oficinas. Se procederá a la anulación respectiva sin responsabilidad para nuestra institución y por ende a la emisión de una nueva libreta P-19252-T.R
La Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de octubre” Ltda.; Ponemos en conocimiento del público que hemos sido notificados de la perdida de la libreta de ahorro N.- 4501996613, otorgada al sr. MACIAS ZAMBRANO DARWIN ALEXANDER Si transcurridos 3 días de la publicación de este aviso NO se presentare reclamo alguno en nuestras oficinas. Se procederá a la anulación respectiva sin responsabilidad para nuestra institución y por ende a la emisión de una nueva libreta
COOP. 29 DE OCTUBRE
P-19258-T.R
P-19246-TR
Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la libreta de Ahorros correspondiente a la CUENTA N.4003757468 Perteneciente al Sr (a). LITARDO QUIJIJE MONICA VANESSA BANCO NACIONAL DE FOMENTO
Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la libreta de Ahorros correspondiente a la CUENTA N.0420334633 Perteneciente al Sr (a). ALVARADO GOYES CARLOS ALBERTO BANCO NACIONAL DE FOMENTO P-19233-T.R
Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la libreta de Ahorros correspondiente a la CUENTA N.0240288997 Perteneciente al Sr (a). MERO CONFORME ABRAAN ILARIO BANCO NACIONAL DE FOMENTO