Los Rios 11 abril 2014

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viernes 11 DE ABRIL DE 2014 La Hora LOS RÍOS

EXTRACTOS LA REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE LOS RIOS EN QUEVEDO EXTRACTO DE CITACION AL PÚBLICO A: LOS HEREDEROS CONOCIDOS DE MARIA ASENCIA VEGA CUYO: JORGE LUIS TIGASI VEGA, JESSICA

LOS RIOS 14-3

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JOHANNA VEGA TIGASI, HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Civil y Mercantil de Quevedo existe el Juicio No. 2012- 0166, que por Amparo Posesorio a presentada por MARIA OLGA CHUGCHILAN CUYO en los siguientes términos: DEMANDADOS: LOS HEREDEROS CONOCIDOS DE MARIA ASENCIA VEGA CUYO: JORGE LUIS TIGASI VEGA, JESSICA JOHANNA VEGA TIGASI, HEREDEROS DESCONOCIDOS

Y PRESUNTOS OBJETO DE LA DEMANDA: La accionante comparece a fojas 6 y vuelta de los autos manifestando que se encuentra poseyendo desde hace 25 años hasta la presente fecha, en forma pacífica, ininterrumpida con ánimo de señora y dueña, de un lote de terreno, en el que se encuentra levantado una casa, que ocupa dos cuartos de habitación, en el cual hizo mejoras. Bien raíz que se encuentra ubicado en el sector urbano el Paraíso, avenida Walter Andrade y sin nombre del Cantón Quevedo Provincia de los Ríos y cuyos

BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL QUEVEDO JUZGADO DE COACTIVA AVISO DE REMATE PONGO EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO GENERAL, que mediante providencia dictada el 28 de febrero del 2014 a las 10H00, suscrita por la señora Jueza de Coactivas DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL QUEVEDO, Dra. Leny Campaña Muñoz, dentro del proceso coactivo No. 349/2012, se ordenó el remate del bien inmueble hipotecado y embargado materia de este proceso, para el día viernes 2 de mayo del 2014, desde las 13H00 a las 17H00, para que se lleve a efecto el REMATE del bien inmueble que se detalla más adelante en la secretaria del Juzgado de Coactiva del Banco nacional de Fomento sucursal Quevedo, ubicado en el segundo piso alto del mencionado Banco, en la calle 5ta. No. 216 y avenida 7 de octubre del cantón Quevedo, provincia de Los Ríos. 5.- Se ordena la publicación de los avisos de remate en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad y por tres carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia Quevedo, cantón Quevedo. Provincia de Los Ríos, para conocimiento público del remate del siguiente bien inmueble.

linderos y dimensiones son: NORTE: con propiedad del señor Gary Murillo, en 7.50 mts2,- SUR: con calle publica con 7.10 mts2; por el ESTE: con el señor Jorge Luis Tigasi Vega con 17,10mts2; y por el OESTE: con Antonio Tachón, con 17,10mts2. El inmueble descrito dice que perteneció a la señora María Esencia Vega Cuyo. Con tales antecedentes fundamenta su demanda en lo que dispones los Art. 603, 622,715 y siguiente del Código Civil, a fin de que en sentencia se reconozcan sus legítimos derechos y se les obligue a que respete su posesión; CUANTIA.- INDETERMINADA. TRAMITE.- VERBAL SUMARIO JUEZ DE LA CAUSA.- AB. Javier Escobar Rivadeneira Juez 1 de la Unidad Civil y Mercantil de Los Ríos, quien en providencia de fecha Quevedo, VIERNES 9 DE NOVIEMBRE DEL 2012, a las 09H34, califica de clara y precisa la demanda y ordena citar a los demandados LOS HEREDEROS CONOCIDOS DE MARIA ASENCIA VEGA CUYO: JORGE LUIS TIGASI VEGA, JESSICA JOHANNA VEGA TIGASI, HEREDEROS DESCONOCIDOS Y PRESUNTOS, por la prensa de conformidad con lo prescrito en el Art 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el actor manifiesta bajo la gravedad del juramento desconocer su individualidad o residencia de la mencionada accionada, para que el termino correspondiente comparezca a juicio proponiendo excepciones si se creyere asistida, señalando casilla y autorizando abogado patrocinador para su defensa. Particular que se pone en conocimiento de la accionada para los fines legales pertinentes. Lo certifico.-

Ab. Lucrecia Cerezo SECRETARIA ENCARGADA

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UNIDAD JUDICIAL PRIMERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN A: YENNY MARIA MACIAS CHENCHE SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial se tramita en su contra el juicio de divorcio No.2014-0520, propuesta por el señor LUIS RICARDO VERA BENAVIDES cuyo extracto es como sigue: ACTOR: LUIS RICARDO VERA BENAVIDES DEMANDADO: YENNY MARIA MACIAS CHENCHE OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO DEMANDA: El accionante solicita que en sentencia y previo al trámite Verbal Sumario se declare disuelto el vínculo matrimonial que mantiene con YENNY MARIA MACIAS CHENCHE, que dentro del matrimonio han procreado un hijo el cual es mayor de edad, ni han adquirido bienes muebles, ni inmuebles que sean sujetos de liquidación. Que el día 10 de julio del año 1998, la demandada abandonó el hogar, y manifiesta que por ningún motivo, razón o circunstancia han vuelto a reanudar sus relaciones conyugales y sexuales ni de ninguna otra índole.- Ampara su demanda en la causal 11ava, del artículo 110 del Código Civil. CUANTIA: INDETERMINADA

SUPERFICIE TOTAL: El bien inmueble a rematarse tiene una superficie de mil ciento veintinueve metros cuadrados

CARACTERISTICAS DE LA PROPIEDAD El bien inmueble urbano se encuentra conformado por un lote de terreno del suelo franco arcillosa, topografía plana semiondulada que alberga dos construcciones de una sola planta, de éstas una corresponde a una vivienda de uso habitacional y la otra a una bodega. La vivienda de hormigón armado, con paredes enlucidas y pintadas con piso de cemento y sobre piso de baldosa, cubierta de zinc con tumbado de yeso, ventanas de vidrio protegida con rejas metálicas. La bodega se encuentra conformada por hormigón paredes enlucidas y pintadas, puertas enrolladas, piso de cemento y cubierta de zinc apoyada en estructura metálica. El predio además cuenta con un área baldía en la parte norte cubierta de matorrales arborecentes bajos. El bien inmueble urbano se localiza en una zona más distante de la parroquia 7 de octubre de la ciudad de Quevedo. INFRAESTRUCTURA: El bien inmueble urbano actualmente de uso habitacional y comercial, cuenta con una dotación permanente de agua a través del sistema de agua potable que recibe la parroquia urbana 7 de octubre del servicio permanente de energía eléctrica estatal y de telefonía pública y privada, presenta un acceso desde la avenida Walter Andrade, mayormente de concreto y unos pocos metros lastrados, de la misma manera con el centro de la ciudad de Quevedo, de lo cual está separada en 1.5Km. Aproximadamente. El predio urbano se encuentra rodeado de construcciones habitacionales modestas, situándose en un área de relativas seguridad ya que se constituye en el sector límite de la parroquia 7 de octubre. Cabe destacar la presencia del importante Instituto educativo Superior 7 de octubre. AVALUO: El valor total del avalúo del bien inmueble anteriormente descrito asciende a la suma ( USD 61.984,80). SON SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 80/100 DOLARES AMERICANOS El remate del inmueble se realizará como cuerpo cierto, de conformidad con el Art. 1773 del Código Civil vigente. Por tratarse del segundo señalamiento se realizará el remate sobre la base de la mitad del precio del avalúo; se aceptaran aquellas posturas que cubran por lo menos las dos terceras partes del valor del avalúo, al contado o a plazo, prefiriéndose las ofertas que sean de contado; en toda postura se deberá acompañar el 10 % por ciento del valor ofertado, en dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre del Banco Nacional de Fomento Sucursal Quevedo. Todos los gastos y costos en general que demande la transferencia de dominio de dicho inmueble, serán de cuenta del adjudicatario, con excepción de aquellos que por expreso mandato legal deba ser pagados por el coactivado, debiendo hacer constar de esta manera en la oferta y demás.- De existir tercerías coadyuvantes no se aceptarán pagos de postura por compensación de créditos. Información adicional se podrá solicitar en la secretaría de este Juzgado de coactiva, en la dirección antes señalada. Conforme a lo determinado en la Disposición transitoria que se agrega al Art.457 del Código de Procedimiento Civil contenida en la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de ingresos del Estado, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 583 del 24 de noviembre del 2011; los postores procederán a calificarse con 15 días de anticipación a la realización del remate en la secretaría de este Juzgado de Coactiva, para lo que deberán presentar los siguiente: PERSONAS NATURALES: 1).- Solicitud dirigida a la Sra. Jueza de Coactiva indicando el remate en el que va a participar y consignando los siguientes datos: dirección, casillero judicial, números telefónicos.- 2.copia a color de la cédula y papeleta de votación vigente o pasaporte (EXTRANJEROS).- 3.Certificado original otorgado por el Banco nacional de Fomento, indicando que no es deudor de esta institución.- 4.- Certificado original del buró de crédito actualizado.- 5.- Certificado original del Banco Central del Ecuador, de no adeudar a la Banca cerrada.- 6.- Certificado original de la Superintendencia de Compañías de no ser socio, accionista o representante legal de compañías vinculadas o deudores de la Banca cerrada.- 7.- Certificado otorgado por el Consejo Nacional de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas ( CONSEP) 8.- Certificado que acredite experiencia en la correspondiente actividad si el bien a remate constituye un negocio o forma parte de alguno.- PERSONAS JURIDICAS.- 1).- Solicitud dirigida a la Sra. Jueza de Coactiva indicando el remate en el que va a participar y consignando los siguientes datos: dirección, casillero judicial, números telefónicos.- 2.- Copia a color de la cédula y papeleta de votación vigente o pasaporte (EXTRANJEROS).- 3.- Copia certificada del nombramiento del representante legal.- 4.- Copia legible del RUC de la compañía.- 5.- Certificado original del buró de crédito actualizado de la compañía.- 6.- Certificado original del Banco Central del Ecuador, que compañía participante no adeuda a la Banca cerrada.- 7.- Certificado original otorgado por el Banco Nacional de Fomento de no adeudar a esta institución, de la compañía y del representante legal.- 8.- Certificado original de la Superintendencia de Compañías y/ o su representante legal de no ser socio, accionista o representante legal de compañías vinculadas o deudoras de la Banca cerrada.- 9.- Balances auditados del año inmediato anterior presentados en la Superintendencia de Bancos y Seguros.- 10 Certificado de la Superintendencia de Compañías indicando que la compañía se encuentra al día en el cumplimiento de las obligaciones societarias correspondientes.- 11.- Certificado emitido por el CONSEP.- 12.- Certificado que acredite experiencia en la correspondiente actividad si el bien a rematarse constituye un negocio o forma parte de alguno.- NOTA.- El Banco Nacional de Fomento Sucursal Quevedo, se reserva el derecho de incorporar otros, quitar o variar estos requisitos según la clase de bien que se remate, con el objeto de precautelar los intereses institucionales.- CUMPLASE Y NOTIFIQUESE Sr. Cristhian Quinto Castro SECRETARIO- ADHOC.

Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrá ser declarada rebelde. Quevedo, 27 de Marzo del 2014 Douglas Ángel Coello Alvear SECRETARIO UNIDAD JUDICIAL PRIMERA DE LA FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO

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UNIDAD JUDICIAL PRIMERA DE LA FAMILIA, MUJER, NINEZ Y ADOLESCENClA DEL CANTÓN QUEVEDO A:

PEDRO

FRANCISCO

LAAZ

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA SERVICIOS & EMERGENCIAS GALAXI S.A. SEMEGALAXISA. La compañía SERVICIOS & EMERGENCIAS GALAXI S.A. SEMEGALAXISA se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Cuarto del Cantón QUEVEDO, el 18/02/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INCDNASD-SAS-14- 0 0 0 2 1 9 64 ABR 2014 1.- DOMICILIO: Cantón QUEVEDO, provincia de LOS RIOS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: LA COMPAÑÍA SE PODRÁ DEDICAR A: UNO.- LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS ESPECIALIZADOS PRIVADOS DE SALUD, DE FORMA AMBULATORIA, PREVENTIVA Y/O HOSPITALARIA PARA TODO TIPO DE PERSONAS. (…) Guayaquil, -4 ABR 2014

Ab. Mario Barberán Vera ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

ZAMBRANO SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial se ha presentado la señora JENNIFFER JOHANNA OLVERA ADRIAN reduciendo demanda de divorcio por causal No. 20140527 cuyo extracto es como sigue: ACTOR: JENNIFFER JOHANNA OLVERA ADRIAN DEMANDADO: PEDRO FRANCISCO LAAZ ZAMBRANO OBJETO DE LA DEMANDA: La accionante solicita que en sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial que mantiene con PEDRO FRANCISCO LAAZ ZAMBRANO; manifestando que dentro del matrimonio han procreado dos hijos menores de edad, de nombre MICHAEL ADONIS Y DAYANA JULEISY LAAZ OLVERA; igualmente dentro de la Sociedad Conyugal adquirimos un bien inmueble signado con el No.6, de la manzana No. 805, de la Parroquia Ximena del sector 86 de la Isla Trinitaria de la Ciudad de Guayaquil, Provincia del Guayas. Desde el 11 de Julio del 2008 debido a las constante peleas y la vida Hostil que manteníamos con mi esposo haciéndose imposible llevar una vida pacífica, tranquila y armoniosa abandone a mi cónyuge en el hogar que lo teníamos constituido en la Isla Trinitaria Provincia del Guayas, y desde ese entonces hace aproximadamente 5 años no he vuelto a saber más de él y de su paradero, produciéndose una separación total, completa e interrumpida, con ruptura de las relaciones conyugales, maritales, sexuales y de cualquier otra naturaleza desde esa fecha. Por tal virtud al demandado se lo citara mediante publicaciones por la prensa, conforme a lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, con los antecedentes expuestos fundamenta su demanda en el inciso 2do la causal 11 del Artículo 110 del Código Civil, y demanda la terminación del vínculo matrimonial que la une a su cónyuge, por divorcio mediante sentencia.CUANTIA: INDETERMINADA. TRAMITE: VERBAL SUMARIO.

EXTRACTO

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SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA SUBSECRETARÍA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA CENTRO ZONAL DE QUEVEDO

CITACIÓN SE CITA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS SUPERFICIALES PROVENIENTES DEL RÍO QUEVEDO EN LA JURISDICCIÓN DEL CANTÓN BUENA FE, PROVINCIA DE LOS RÍOS. EXTRACTO ACTOR: Ing. Emilio Ríos Martínez en calidad de Gerente General de la Compañía Hacienda La Vilmita Havilmi S.A. OBJETO DE LA PETICIÓN: Autorización del Derecho de Uso y Aprovechamiento de las Aguas superficiales provenientes del río Quevedo, para un predio que se encuentra ubicado en el cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos. SUBSECRETARIA REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUAYAS.CENTRO ZONAL DE GESTIÓN QUEVEDO.- Quevedo, 2 de enero del 2014, las 08H45.PROCESO No. 331-2014.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Líder del Centro Zonal Quevedo, de conformidad al Acuerdo Ministerial #334, que rige a partir del 5 de septiembre del 2011.- En lo principal: Vista la solicitud de Autorización del Derecho de Uso y Aprovechamiento de las Aguas superficiales provenientes del río Quevedo, para un predio que se encuentra ubicado en el cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, presentada por el Ing. Emilio Ríos Martínez en calidad de Gerente General de la Compañía Hacienda La Vilmita Havilmi S.A., y por reunir los requisitos de Ley, se la acepta al trámite, calificándola de clara, completa y precisa, asignándole el No. 331-2014.- En tal virtud, se dispone: 1.- Cítese a los usuarios conocidos o no por la prensa, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 87 de la Ley de Aguas, mediante un extracto de la solicitud y está providencia en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia de Los Ríos, por tres veces, mediando de una a otra el plazo de ochos días. 2.- Fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados del cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, por el plazo de treinta días, comisionándose para la práctica de esta diligencia al Jefe Político del referido cantón. 3.- Oportunamente se designará perito para que realice la Inspección Técnica de lo solicitado. 4.- Téngase en cuenta los correo electrónico avinueza@banexgroup.com.ec y zguerrero@banexgroup.com.ec señalados para las correspondientes notificaciones.- 5.Incorpórese al proceso los documentos habilitantes aportados al mismo.- Cumplido que sea vuelvan los autos para proveer lo pertinente.- Actúe el Abogado Jorge Hana Sánchez, en calidad de Secretario Ad-Hoc.- NOTIFIQUESE.- f) Ing. Jorge Luey Ortega, Líder del Centro Zonal de Quevedo, Demarcación Hidrográfica del Guayas.Lo que comunico al público para los fines consiguientes, advirtiéndoles a los interesados, de la obligación que tiene de señalar domicilio legal dentro del perímetro de este Centro Zonal de Quevedo, para futuras notificaciones. Quevedo, 28 de enero del 2014 Abg. Jorge Hana Sánchez SECRETARIO AD-HOC

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JUEZ DE LA CAUSA: Ab. JORGE JAVIER LUCIO ALCIVAR, en mi calidad de Juez Temporal 1 de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Los Ríos en Quevedo legalmente posesionado mediante Acción de Personal No. 1419-DPLR-2013-JRI de fecha 06 de Junio del 2013 y el respectivo sorteo que antecede. Dispone se cite a la demandada por la prensa conforme al art.82 del Código de Procedimiento Civil, por manifestar el accionante bajo la gravedad de juramento, que desconoce el actual domicilio o residencia del accionado señora YENNY MARIA MACIAS CHENCHE, el mismo que no puede determinarlo.

Superintendencia de Compañías

UBICACIÓN: Se trata de un predio urbano de la ciudad de Quevedo, lotización San José, sector este de la parroquia 7 de octubre, calle Sexta y la K lote No. 3.

LINDEROS Y DIMENSIONES: Norte: terrenos de la vendedora con 8 metros, calle peatonal, con 10,00m. Sur: calle sexta de la cooperativa de vivienda 7 de octubre con 20 metros Este: Con terrenos de la vendedora en 88,70metros, Oeste: Con terrenos del comprador en 85,50metros

TRAMITE: VERVAL SUMARIO

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JUEZA DE LA CAUSA: Doctora Alicia Ibarra Vega Juez 2 de la Unidad Judicial Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo, mediante providencia de fecha jueves 27 de febrero del 2014, las 09hl4 admite la demanda a trámite en la vía Verbal Sumario por divorcio y manda citar al demandado por la prensa conforme lo normado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Art. 119 del Código Civil, por manifestar el accionante bajo juramento que le es imposible determinar el actual domicilio del accionado señor PEDRO FRANCISCO LAAZ ZAMBRANO Particular que pongo a conocimiento para los fines de Ley correspondiente, advirtiéndole a la demandada la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación realizada, caso contrario podrá ser declarado en rebeldía. Lo Certifico.Quevedo, 05 de marzo del 2014 AB. FLOR BARREIRO ZAMORA SECRETARIA P-12504-MA JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LOS RÍOS – MONTALVO EXTRACTO DE CITACIÓN No. : 2014-0077 JUICIO : Laboral A : Señora Rosa Lastenia Ortiz Cabrera y señor Robert Taylor Ortiz Viteri por sus propios y personales derechos y por los que representan de la Cadena de Locales comerciales denominados Almacenes LOCOS DE REMATE.ACTOR (S) : Freddy Jovanny Bastidas Carranza. SE LE HACE SABER: Que en esta Judicatura, se ha propuesto demanda Laboral en contra de la señora Rosa Lastenia Ortiz Cabrera y del señor Robert Taylor Ortiz Viteri a quienes demanda por sus propios y personales derechos y por los que representan de la Cadena de Locales comerciales denominados Almacenes LOCOS DE REMATE tal como aparecen como empleadores registrados en el IESS y en la Superintendencia de Compañías del Ecuador respectivamente.- Que desde el 15 de Octubre del año 2005 viene laborando bajo relación de dependencia para la compañía ALMACENES LOCOS DE REMATE S.A. ALLOREM legalmente representada por los demandados, la misma que mantiene un local comercial de venta de electrodomésticos en la Av. 24 de Mayo y 25 del Cantón Montalvo, donde se ha desempeñado como Jefe de Almacén laborando de Lunes a Domingo de 08H00 a 17H00 y percibiendo como última remuneración durante el año 2013 la suma de USD $ 318.oo hasta el 28 de Febrero del 2014.- Las 08H00 fecha en la cual la Abg. Diana Apuntes Camacho en su

EXTRAVIO DE PLACA EXTRAVIO DE PLACA

Ponemos en conocimiento del público que hemos sido notificados de la pérdida de la PLACA N.- HC943Z correspondiente al vehículo MOTOCILETA MARCA: LING KEN MODELO: LK 150-11 perteneciente al Sr. (a). DOMINGUEZ AVILES ROBERTO CARLOS con cedula de Ciudadanía N° 1205823683 P-12501-VM

calidad de Inspectora del Trabajo de Los Ríos en Babahoyo, mediante la resolución administrativa le concedió Visto Bueno para dar por terminada la relación laboral que he mantenido con los demandados en virtud de lo establecido en el numeral 2 del Art. 173 del Código del Trabajo.Se deja establecido que los demandados accionados en ésta causa, desde el mes de Abril del año 2013 que fue el último mes cancelado, han incurrido en la falta de pago de mis remuneraciones mensuales así como en la falta de pago de vacaciones, utilidades y se encuentran en mora en las aportaciones y fondos de reserva en el IESS.- Fundamenta su petición amparado en el Art. 33 y siguientes de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los Arts. 1, 4, 5, 55, 69, 111, 113, 184 INCISO SEGUNDO, 196 y más pertinentes del Código del Trabajo.- La señora Jueza de la causa, en auto de fecha viernes 28 de marzo del 2014, las 11h04, acepta la demanda al trámite y ordena se cite a los demás demandados, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 82 del Código de Procedimiento Civil en el diario de mayor circulación en la Provincia, ya que el actor bajo juramento manifiesta desconocer el domicilio de los demás demandados, quienes tienen veinte días posteriores a la última publicación para comparecer a juicio, caso contrario serán considerados rebeldes. Lo que comunico para los fines de ley. Montalvo, 1 de abril del 2014. Ab. Alicia Zuñiga G. SECRETARIA JUZGADO XIII CIVIL MONTALVO – LOS RÍOS

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LIBRETA EXTRAVIADA

Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la libreta de ahorros correspondiente a la CUENTA DE AHORRO N.- 3001108700 Perteneciente al Sr (a). GARCIA TAPIA ROSA INES

BANCO NACIONAL DE FOMENTO QUINSALOMA

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LIBRETA EXTRAVIADA

Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la Libreta de la Cuenta de Ahorro #0160291044, perteneciente a HENRIQUEZ LOZANO ZOILA ALEJANDRINA con Cédula No.120362699-7

BANCO NACIONAL DE FOMENTO Suc. Babahoyo

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LIBRETA EXTRAVIADA

Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la Libreta de la Cuenta de Ahorro #0160386069, perteneciente a PAREDES FERNANDEZ LILIANA ROCIO con Cédula No.1204909566

BANCO NACIONAL DE FOMENTO Suc. Babahoyo

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LIBRETA EXTRAVIADA

Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la Libreta de la Cuenta de Ahorro #0160353723, perteneciente a VARGAS ROJAS VICTOR DAVID con Cédula No.1203549223

BANCO NACIONAL DE FOMENTO Suc. Babahoyo

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LIBRETA EXTRAVIADA

Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la Libreta de la Cuenta de Ahorro #0160025354, perteneciente a ORTEGA MORA SANDRA VERONICA con Cédula No.1205225335

BANCO NACIONAL DE FOMENTO Suc. Babahoyo

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EXTRAVIO DE PLACA

Ponemos en conocimiento del público que hemos sido notificados de la pérdida de la PLACA N.- GCC0328 correspondiente al vehículo CAMIONETA MARCA: DATSUN MODELO: 1500 perteneciente al Sr. (a). MONICA PATRICIA GONZALEZ VELASQUEZ con cedula de Ciudadanía N° 1203168404 P-12493-MA

LIBRETA EXTRAVIADA

Se pone en conocimiento del público en general el extravío de la Libreta de la Cuenta de Ahorro #4001277789, perteneciente a TAPIA LOZANO CECIA MAGALI con Cédula No.1203122716

BANCO NACIONAL DE FOMENTO Suc. Babahoyo

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