proceso la documentación que se acompaña.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la autorización concedida a los abogados defensores.- Notifíquese. f) Dr. Santiago Galarza Rodríguez. Juez. Lo que comunico a Uds., para los fines de ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. Dr. Francisco Justicia Salgado SECRETARIO Hay firma y sello AC/89295/tf
como la autorización conferida a su Abogado Defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE-. f) Dra. Celma Espinosa V., Juez.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito. Dra. Karla Viña S E C R E TA R I A AD-HOC UJETFMNA Hay firma y sello AC/88925/tf
EXTRACTO JUICIO ORDINARIO DIVORCIO POR CAUSAL No. 1138-2012C.E. CUANTIA: INDETERMINADA ACTOR: BUITRON PROAÑO CARLOS VINICIO DEMANDADA: MERA CUMBA ZOILA MARIA CITACIÓN JUDICIAL A: MERA CUMBA ZOILA MARIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO. Quito, lunes 19 de noviembre del 2012, las 09h08. VISTOS.- En virtud del sorteo de ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza esta Unidad Judicial Especializada Tercera de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, creada mediante Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura de Transición de fecha 11 de septiembre del 2012, publicada en el Registro Oficial no. 810, de martes 16 de octubre del2012.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario.- En mérito al juramento que tiene rendido el señor CARLOS VINICIO BUITRON PROAÑO y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que se cite a la demandada señora ZOILA MARIA MERA CUMBA, para los fines legales pertinentes, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, así como en el lugar del matrimonio y dé conformidad con lo dispuesto en el Art. 119 del Código Civil.- Al efecto remítase el extracto correspondiente. Agréguese a los autos los documentos que acompaña a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial, señalado para posteriores notificaciones, así
R DEL E. JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: Herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue Sr. Segundo Sonofias Ruano. ACTOR: Teresa Esthela Redin Lascano DEMANDADO: Herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue Sr. Segundo Sonofias Ruano. JUICIO: No. 1071-2012-CVM OBJETO: Reconocimiento de Unión de hecho, estable y monogamica de Teresa Esthela Redin Lascano y Segundo Sonofias Ruano TRAMITE: Ordinario FECHA DE INICIO: 31 de octubre del 2012 CUANTIA: Indeterminada PROVIDENCIA: JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 31 de octubre del 2012, las 14h58.- VISTOS: Por cuanto la actora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, se califica la demanda presentada por la Sra. Teresa Esthela Redin Lascano de clara, precisa y de reunir los demás requisitos establecidos por la Ley por lo que se la acepta al trámite ordinario.- Consecuentemente, en virtud del juramento rendido por la actora a fs. 11 y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, con un extracto de la demanda y este auto cítese a los demandados herederos presuntos y desconocidos de quien en vida dice fue su conviviente Sr. Segundo Sofonías Ruano, a fin de que conteste en el término de quince días con apercibimiento de las partes en rebeldía. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la demandante así como la autorización que confieren a su abogado defensor.- NOTIFIQUESE. f) Dr. Francisco Robalino Ocaña, Juez. (T)
Lo que comunico a usted para los fines de Ley, recordándole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones.- Quito, 27 de noviembre del 2012. Certifico AB. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA (C) DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/88909/tf REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA MIRIAN ALEXANDRA TRUJILLO CAMINO. ACTOR: DR. LILIAN ELIZABETH D AV I L A PORTUGAL PROCURADORA JUDICIAL DEL SEÑOR JAIME JOSE ACOSTA ESPINOSA GERENTE DE LA COMPAÑÍA AUTO DELTA CIA. LTDA. DEMANDADA: MIRIAN ALEXANDRA T R U J I L LO CAMINO. JUICIO ORDINARIO No: 13422011-M.S. FUNDAMENTO: ARTICULO 395 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL CUANTIA: 2.000,oo. ABOGADO DEFENSOR: DRA. PAOLA VILLOTA CASILLERO JUDICIAL: No. 4613 JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 17 de noviembre del 2011, las 16h04.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado y en mi calidad de Juez Titular de ésta Judicatura.- En lo Principal la demanda que antecede es clara, completa y precisa, por reunir los requisitos de Ley, se la admite al trámite Ordinario.- Con el contenido de la demanda y éste Auto de calificación, cítese al señor Mirian Alexandra Trujillo Camino, en el lugar que se indica, para tal efecto envíese el suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y en el término de quince días proponga las excepciones que se crea asistido.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor para sus notificaciones así como la facultad conferida a su abogado defensor. - CITESE Y NOTIFIQUESE. JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 14 de diciembre del 2012, las 10h06.- Agréguese a los autos el escrito que antecede.- En lo principal atento al Juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82 del Código de
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Procedimiento Civil, cítese a la señora Trujillo Camino Mirian Alexandra mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, para el efecto por secretaria confiérase el respectivo extracto.CITESE Y NOTIFIQUESE. . f) DR. PAUL NARVAEZ NARVAEZ. Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir futuras notificaciones. Dr. Luis Fernando Serrano Meneses SECRETARIO Hay firma y sello AC/89257/tf EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: ING MIGUEL EDUARDO MASCARO BECERRA, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA INDUSTRIAS CRISTAL S.A. ACTOR: LUISA MARIA ALOMIA SALAZAR DEMANDADO: ING MIGUEL EDUARDO MASCARO BECERRA, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA INDUSTRIAS CRISTAL S.A. JUICIO: ORDINARIO No 760 – 2009 – GV. TRAMITE: ORDINARIO. CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA: JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 06 de agosto del 2011, las 10h48. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado de esta Judicatura, mediante acción de personal No. 1586-DP-DPP, de 03 de agosto de 2009. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Es procedente el trámite ordinario que se solicita, en consecuencia, de conformidad con el Art. 407 reformado del Código Adjetivo Civil, se dispone citar al accionado señor Ing. Miguel Eduardo Mascaró Becerra, en su calidad de representante legal de la empresa INDUSTRIAL CRISTAL
CONVOCATORIA
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA BELA MOTOR S.A.
EXTRACTO
Se convoca a los señores Accionistas de la Compañía Bela Motor S.A. a la Junta General Extraordinaria de accionistas a celebrarse el día jueves 17 de Enero del 2013 a las 17:00 horas !"# $%&# '()*"%&# +!# $%# !,-.!&%# /0*)%das en la Vía Interoceánica Km. 22 y Santa Rosa, lote 8B Puembo - vía Pifo (frente los Hornitos), para tratar el siguiente Orden del Día: UNO.- DISOLUCION Y LIQUIDACION VOLUNTARIA DE LA COMPAÑÍA. Se convoca de manera especial al Comisario de la Empresa Ing. Diego Galarza T. Quito DM., 7 de enero del 2013 Lcdo. Marcelo Guerrero M. GERENTE GENERAL A.P./55125/k.m.
CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA LITIO ESTACION PUBLICITARIA LITIOPUBLICITY S.A. La compañía LITIO ESTACION PUBLICITARIA LITIOPUBLICITY S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Segundo del Distrito Metropolitano de Quito, el 13 de Noviembre de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.000049 de 04 de Enero de 2013. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 1.000,00 Número de Acciones 1.000 Valor US$ 1,00 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "PLANIFICACIÓN PUBLICITARIA: CREATIVIDAD GRÁFICA Y AUDIOVISUAL, IMAGEN DE MARCA, CREACIÓN Y PUBLICACIÓN DE ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN..." Quito, 04 de Enero de 2013. Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS AR/89655/cc
S.A, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito, a fin de que en el término de ocho días conteste la demanda proponiendo excepciones, a las que acompañará la prueba de la que disponga y anunciará las que deba actuarse en la audiencia de conciliación y juzgamiento.- Agréguenle al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente.- NOTIFIQUESE..-.. Lo enmendado INDUSTRIAS, vale F) DR. WILSON LOZADA VILLACÍS JUEZ ENCARGADO JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 19 de mayo del 2011, las 10h59. Revisado el proceso consta que en escrito de fs. 18, el juramento rendido por la actora cumple con los requisitos del Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por lo tanto, sin perjuicio de lo dispuesto en providencias posteriores y el escrito de 01 de abril de 2011, de conformidad con lo previsto por el Art. 82 del Código Adjetivo Civil, y la afirmación bajo juramento de la actora de que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia, cítese al demandado señor Ing. Miguel Eduardo Mascaró Becerra, en su calidad de representante legal de la empresa INDUSTRIAL CRISTAL S.A, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito. Notifíquese.- Lo enmendado INDUSTRIAS vale.- F) DR. RAUL MARIÑO HERNANDEZ JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial dentro del perímetro y en la forma establecidos en la ley. DR. MANUEL AMON MEDINA SECRETARIO Hay firma y sello AC/89251/tf
EJECUTIVOS REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: CELIN MARCELO MORALES VERA Y ALEXANDRA KATHERINE LOPEZ FLORES ACTOR: SEGUNDO ALFREDO CUEVA YANEZ Y MARIA GUADALUPE CUEVA GALARZA Y OTROS. DOMICILIO LEGAL: ABG. CARLOS TERAN CASILLERO No. 2299 JUICIO EJECUTIVO No. 13952012-ABG. CARLOS OLIVO ORTIZ. CUANTIA: INDETERMINADA AUTO DE CALIFICACION JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, viernes 21 de diciembre del 2012, las 08h30.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular.- Cumplida que ha sido providencia de 26 de noviembre de 2012, las 15h21, la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley y, por cuanto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dése el trámite ejecutivo.- El título como la obligación prestan mérito Ejecutivo, en consecuencia los demandados CELIN MARCELO MORALES VERA y ALEXANDRA KATHERINE LOPEZ FLORES, de conformidad con el inciso primero del Art. 421 del Código de Procedimiento Civil cumpla con la obligación requerida o propongan excepciones en el término de tres días, luego de ser citada legalmente.- CÍTESE a los demandados por la prensa de acuerdo a previsto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en un diario de amplia
circulación de la ciudad de Quito.- Agréguense al proceso los documentos presentados; téngase en cuenta el casillero judicial señalado y la autorización conferida a la profesional con la que suscribe.- Se dispone que los demandados, en el término de tres días, nombren un procurador común, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 52 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese. f) DRA. RITA ORDOÑEZ PIZARRO, JUEZA. Lo que comunico y le cito a la demandada previniendole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial de un abogado en esta judicatura. Quito, 13 de diciembre de 2012. CERTIFICO. Abg. Raúl Vélez Naranjo. SECRETARIO Hay firma y sello AC/89244/tf
REMATES REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL DE REMATE REFERENCIA: JUICIO EJECUTIVO No. 123-2007-CVM Se pone en conocimiento del público en general, que el veinte de febrero del dos mil trece, desde las trece hasta las diecisiete horas, en la Secretaria de ésta Judicatura, se procederá al remate del tenga lugar el remate del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de derechos y acciones que el demandado señor MIGUEL ANGEL CRUZ TORRES tiene en el DEPARTAMENTO 604, Parqueaderos 33 y 34 y Bodega B 17, alícuota total 6.1263% del edificio TORRE SUR, construido en el lote de terreno número 305, de la parcelación y urbanización de la ciudadela Atahualpa, situado en la Parroquia La Magdalena, de este Cantón Quito. Linderos Generales del Edificio Torre Sur: Norte: con calle Cinco, actual AV. Alonso de Angulo; Sur: con pasaje Público; Este: Con lote No. 306; y, Oeste: con lote No. 304. Linderos específicos del Departamento 604: Norte: con calle cinco, actual Av. Alonso de Angulo; Sur: con área Comunal, ducto, departamento 603 y vano sobre estacionamientos; Este: con lindero Este y ducto y vano sobre estacionamientos; Oeste: con vano sobre estacionamientos y lindero Oeste; Superior: Losa Nivel más 19.44 en 166,58m2; Inferior: Losa nivel mas 19.74 en 166.58m2. Terreno: Polígono regular de topografía plana, el sector urbano comercial y residencial con todos los servicios básicos. ARÉA TOTAL DEL INMUEBLE: Son 202.37 m2. La edificación es de ocho plantas, estructura de hormigón armado, paredes de bloque, entrepisos de madera y losas, cubierta de losa plana en parte, asbesto cemento sobre estructura metálica en otra, pisos, escaleras de hormigón armado, puertas de madera, ventanas de aluminio y vidrio, ascensor, etc. AVALUO TOTAL DEL INMUEBLE: Ciento Diecinueve Mil Cuatrocientos Cuarenta y Dos dólares con Setenta y Cinco Centavos. AVALUOS: 1.- Terreno: valor $225,oo c/ m2; Area: 33.73 m2; Costo $. 7.589,25.- 2.-Construcción: valor $. 550 c/m2; Área 202.37m2, Costo: $. 111.303,50.- AVALUO TOTAL DEL INMUEBLE: $. 118.892,75.- AVALUO DEL 50% DE DERECHOS Y ACCIONES A REMATARSE: Son cincuenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares con treinta y ocho centavos. Hágase saber al público en general mediante tres publicaciones que deberán realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito y fíjese los carteles en los lugares más visibles y frecuentados del Palacio de Justicia de Quito.- Por tratarse del primer señalamiento, se aceptarán posturas que cubran las dos terceras partes del avalúo pericial aprobado del 50% de derechos y acciones a rematarse, las mismas que se presentarán en esta judicatura adjuntando el diez por ciento en cheque certificado a nombre del Juzgado o en dinero en efectivo.NOTIFÍQUESE.- f) DR. Francisco Robalino Ocaña, Juez (E). Lo que comunico al público en general para los fines de ley. Quito, 21 de diciembre del 2012.
REVISTA JUDICIAL LUNES 7 DE ENERO DE 2013 La Hora QUITO, ECUADOR CERTIFICO. AB. ANDREA ESCALERAS PARDO SECRETARIA (C) DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/89633/cc JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA SE COMUNICA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE EL DÍA DIECISIETE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL TRECE, DESDE LAS TRECE HORAS HASTA DIECISIETE HORAS, EN LA SECRETARÍA DEL JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA SE EFECTUARÁ EL REMATE DEL SIGUIENTE VEHICULO: JUICIO N. 800-2006-E.G. DEPOSITARIO JUDICIAL: SR. HOMERO CRIOLLO SEGARRA. IDENTIFICACION DEL VEHICULO: DETALLE CARACTERISTICAS MARCA KIA CLASE AUTOMOVIL TIPO AUTOMOVIL MODELO RIO 4DRLX1 .4L GAS AÑO FABR. 2006 MOTOR No- G4EE5H005945 CHASIS NoKNADE221266020738 COLOR PLATA PLACA POD-520 PUERTAS No5 CILINDRAJE 1,4 CAPACPAD. 5 PAIS ORIGEN KOREA COMBUSTIBLE GASOLINA ESTADO DEL VEHICULO EN LA INSPECCION PARTE FRONTAL: Con observaciones de la inspección ocular, en buen estado. PARTE POSTERIOR: Con observaciones de la inspección ocular, en buen en buen estado TECHO: Con observaciones de la inspección ocular en estado. ZONA EXTERIOR: Capo, guardafangos, guarda choques, parabrisas, plumas en buen estado. ZONA INTERIOR: Con observaciones de la inspección ocular asientos y tapizado completos, con volante, espejos y tableros en buen estado. MOTOR: Con observaciones de la inspección ocular, en buen estado SISTEMA DE TRACCION: Con observación de la inspección ocular, se verifico cuatro aros y llantas en estado normal. SISTEMA DE SUSPENSIÓN: Con observaciones de la inspección ocular, en estado normal SISTEMA DE DIRECCION: Con observación de la inspección ocular, en estado normal SISTEMA DE FRENOS: Con observación de la inspección ocular, en estado normal SISTEMA ELECTRICO: Con observación de la inspección ocular, en buen estado SISTEMA DE ALUMBRADO: Con observación de la inspección ocular, en buen estado De acuerdo a la observación ocular también se constato roto el retrovisor del lado izquierdo del conductor, vidrios completos, radio sin la mascarilla, 4 cinturones de seguridad, pintura en buen estado, 2 asientos delanteros y uno trasero tapizados, un volante, palanca de cambios, freno de mano, sin moquetas, sin encendedor, una llanta de emergencia y panel completo. AVALÚO.VALORACIÓN TOTAL: DETALLE AÑO VALOR KIA RIO 4DR 2006 $ 8.000,00 TOTAL $ 8.000,00 SON: OCHO MIL DOLARES AMERICANOS 00/100. SE RECIBIRÁN POSTURAS QUE CUBRAN LAS DOS TERCERAS PARTES DEL AVALÚO TOTAL POR TRATARSE DEL PRIMER
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SEÑALAMIENTO, MISMAS QUE SE ACOMPAÑARÁN DEL DIEZ POR CIENTO DE LA POSTURA EN DINERO EN EFECTIVO O EN CHEQUE CERTIFICADO A NOMBRE DE ESTA JUDICATURA.- LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES.CERTIFICO AB. FANNY JUMBO GÓMEZ SECRETARIA DEL JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello A.C./89268 AVISO DE REMATE JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA JUICIO EJECUTIVO N°. 20090474 M.E.M. EX TRACTO Se pone en conocimiento del público en general que en la Secretaría de este Juzgado desde las 13h00 hasta las 17h00 del día 18 de Enero del 2013, se va a llevar a cabo el Remate del siguiente inmueble: 1.- UBICACIÓN Provincia de Pichincha, Cantón Quito, Parroquia Pintag, Calle General Pintag (Camino Real) 2. LINDEROS ÁREA LINDEROS Y DIMENSIONES ÁREA DEL TERRENO SEGÚN LEVANTAMIENTO= 1.263.05 m2 NORTE: EN 58,61 m CON PROPIEDAD PARTICULAR DEL SR. VICENTE CUICHAN SUR: EN 58,1 m CON PROPIEDAD PARTICULAR DEL SR. FIDEL ARROBA ESTE: EN 21,30m CON PROPIEDAD PARTICULAR DE JOSE Y JUAN PERALTA OESTE: EN 21,80 m CON ESPACIO PUBLICO CAMINO REAL (CALLE GENERAL PINTAG) 3.- Características de las construcciones El terreno cuenta con varias construcciones, de diferentes épocas, acabados y condiciones de habitabilidad. Los diferentes ambientes están destinados para vivienda y cría de animales. El 50% aproximadamente de las construcciones están en obra gris y deshabitada. El estado de conservación en general es regular, los espacios no se encuentran debidamente delimitados. Los diferentes bloques construidos no cuentan con pianos ni supervisión técnica de profesionales, para su construcción, por lo que presenta obsolescencia en el diseño, el aprovechamiento de los espacios, y la estética en los volúmenes y fachadas. USO; AREA UTIL; AREA NO COMPUTABLE: CONSTRUIDA, ABIERTA; AREA BRUTA; DESCRIPCION CONSTRUCCION 1(PB) 172,63; 172,63; El 50% de la construccion se encuentra en obra gris, la restante construcción funciona como vivienda de la familia del señor Miguel Angel Guatemal Guacán CONSTRUCCION 1 (PA); 196,38; 196,38; Completamente deshabitada, se encuentra en obra gris. CONSTRUCCION 2; 54,75; 54,75; en etapa de acabados, cuenta con una ventana de madera, paredes en bloque, enlucidas, cubierta de losa, pisos de cemento CONSTRUCCION 3 (PB); 103,57; 103,57; Es una construccion de dos pisos, antigua, con paredes en bloque y ladrillo, ventanas en hierro con protección, puertas de madera, techo de teja, cuenta con acceso directo e independiente desde la vía. CONSTRUCCION 3 (PA); 103,57; 103,57 CONSTRUCCION 4 (PB); 16,77 ; 16,77 Construccion pequeña destinada para local comercial, con puerta lanfor hacia la via y baño al cual se acceso por el patio 2. CONSTRUCCION 5 (PB); 14,85 ; 14,85; Construcción pequeña, destinada para bodega con
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