número 044755.- Quito, a veinte de diciembre del año dos mil doce.EL REGISTRADOR. DR. RUBÉN AGUIRRE LÓPEZ REGISTRADOR MERCANTIL DEL CANTÓN QUITO. F: 17509 NUMERO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE. ESCRITURA PUBLICA DE REVOCACIÓN Y NOMBRAMIENTO DE NUEVO REPRESENTANTE DE SEDESA INFRAESTRUCTURAS. S.L. - SUCURSAL ECUADOR En Valencia, mi residencia, a veintiocho de septiembre del año dos mil doce. Ante mí, JAVIER-MÁXIMO JUÁREZ GONZÁLEZ, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Valencia.----------- COMPARECE DON VICENTE COTINO ESCRIBA, mayor de edad, casado, empresario, vecino de Valencia, calle Lauria 19, 5°, 5a, y con D.N.I./N.I.F. 52.674.402-D. Las circunstancias personales constan de sus manifestaciones. Le identifico por su documento nacional de identidad que me exhibe. INTERVIENE En su propio nombre y derecho y lo hace además como persona física representante de la mercantil INICIA ENERGY, S.L.U. esta a su vez administradora única de la mercantil SEDESA INFRAESTRUCTURA, S.L.U. La mercantil SEDESA INFRAESTRUCTURA, S.L.U. domiciliada en Valencia, calle Roger de Lauria número 19-2a, despacho 2-C, siendo su C.I.F.V-15319726; constituida por tiempo indefinido con la denominación GERPE CONTRATAS Y CONSTRUCCIONES , S.L.U., en escritura otorgada ante el Notario de A. Coriña, Don Antonio-Mariano Sánchez, Brunete Casado, el día 14 de marzo de 1991, número 718 de protocolo; cambiada su denominación y traslado su domicilio social a los actuales, según consta en
escritura otorgada ante el Notario de Paterna (Valencia) don Ángel López-Amo Calatayud, el día 6 de marzo del 2012, número 566 de protocolo. Consta inscrita en el Registro Mercantil de Valencia y su provincia, al tomo 9.398, libro 6.680, folio 16, hoja V-146.061. El señor compareciente a los efectos de lo establecido en la Ley, 10/2010, de 28 de abril de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo hace constar que su representada carece de “Titular Real” al que hace referencia dicha ley”. La mercantil INICIA ENERGY, S.L.U., domiciliada en Valencia, calle Lauria No. 19,5o,A-2, siendo su C.I.F. B8517838; constituido por tiempo indefinido en escritura otorgada ante el Notario de Xirvella (Valencia), Don Alejandro Fliquete Cervera, el día 17 de julio de 2007, número 1.073 de protocolo e inscritura en el Registro Mercantil de Valencia y su provincia, al tomo 9.005, folio 93 hoja V-132. 948. La legitimación de la mercantial , INICIA ENERGY, S.L.U., como administradora Única de la sociedad SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L.U., resulta de su designación por tiempo indefinido según consta en la escritura de elevación a público de acuerdos sociales otorgada ante el Notario de Paterna (Valencia), Don Ángel López-Amo Calatayud, el día 6 de marzo del 2012, número 566 de protocolo, y que causó la inscripción 5a, en la hoja de la sociedad. La legitimación del aqui compareciente como persona física representante de la Mercantil INICIA ENERGY, S.L.U., en el cargo de administradora Única de la Mercantil SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L.U., resulta de su designación por tiempo indefinido en escritura otorgada ante el Notario de Valencia Don Juan Bover Belenguer el día 4 de mayo del 2012, número 1.742 de protocolo que causó la inscripción 5 M en el Registro Mercantil correspondiente. Lo relacionado resulta de exhibición de copia auténtica de las merita-
CONVOCATORIA Se convoca a los accionistas de HOSPIFUTURO S.A., a la Junta General Ordinaria, que se llevará a cabo el día martes 16 de abril del 2013, a las 18:30H, en las instalaciones de la compañía, ubicadas en la Av. 10 de Agosto N39-155 y Diguja, en el Salón Auditorio, del Noveno piso de la Torre de Consultorios del Hospital Axxis, con el fin de tratar el siguiente orden del día. 1. Conocimiento y aprobación del Informe del Gerente General de la Compañía. 2. Conocimiento y aprobación del informe del Comisario 3. Conocimiento y aprobación del Informe de Auditoria Externa 4. Conocimiento y aprobación del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio Económico 2012. 5. Nombramiento del Auditor Externo para el ejercicio económico 2013. 6. Nombramiento del comisario principal y suplente. 7: Conocimiento y aprobación de propuesta de los beneficios para accionistas preferidos de la Compañía. 8. Designación de los Directores principales y suplentes de la Compañía. 9. Propuesta y aprobación de la posición del Director Medico
das escritura de nombramiento, sin que en lo omitido haya nada que lo restrinja, modifique o condicione y manifiesta la vigencia de su representación, así como que no ha variado la capacidad de sus representadas. En consecuencia, hago constancia expresa de que el citado compareciente, como persona física representante de la Mercantil INICIA ENERGY, S.L.U., esta a su vez Administradora Única de la Sociedad SEDESA INFRAESTRUCTURAS S.L.U., dada la representación orgánica que obstenta tiene facultades suficientes para este otorgamiento. CONSTANCIA DEL TITULAR REAL PREVISTO EN EL ART. 4 DE LA LEY 10/2010: El aqui compareciente según interviene a los efectos de lo establecido en la Ley 10/2010, de 28 de abril de prevención de blanqueo y financiación del terrorismo hace constar que su representada carece de “Titular Real” a que hace referencia dicha ley. Asevera la vigencia de las circunstancias identificativas de su representada, según consta en dichas escrituras que me exhibe, juzgando yo el notario, suficientes sus facultades representantivas para otorgar la presente escritura DE REVOCACIÓN Y NOMBRAMIENTO DE NUEVO REPRESENTANTE DE SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L. - SUCURSAL ECUADOR, y a tal fin: OTORGA P R I M E R O. Que SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L., UNIPERSONAL REVOCA el nombramiento de DON DANIEL ENRIQUE BRIONES CORDOVA como representante de su sucursal en Ecuador, SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L. - SUCURSAL ECUADOR, con RUC número 1792389313001, para el que fue nombrado en escritura otorgada ante el Notario de Paterna (Valencia), D. Ángel López-Amo Calatayud, el día 1 de junio de 2012, número 1.325 de protocolo. SEGUNDO.- Afirma no ser necesaria la notificación de esta revocación a dicho señor, por ser por él conocida. TERCERO.Sin perjuicio de las facultades que legal v estatutariamente corresponden al órgano de Administración de SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L., UNIPERSONAL, es decir a Administrador único, la mercantil INICIA ENERGY, S.L.. UNIPERSONAL, representada por DON VICENTE COTINO ÉSCRlBA designa como nuevo representante permanente de SEDESA INFRAESTRUCTURAS,
La paciencia es un árbol de raíz amarga pero de frutos muy dulces. Proverbio
S.L. - SUCURSAL ECUADOR al ciudadano de nacionalidad ecuatoriana, DON JAIME-ERNESTO CASCO MANCERO, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Quito, República del Ecuador, Urbanización Jardines de Amagassi, Avigiras y de los Guyacanes, Edificio Adriana 1, Departamento 301, provisto de Cédula de Ciudadanía ecuatoriana n° 171430322-7, a fin de que represente a la compañía SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L., UNIPERSONAL, para lo cual en este acto se le confiere poder general, tan amplio como en derecho sea necesario, a fin de que pueda ejercer las siguientes atribuciones y facultades: 1) Ejecutar todos los actos que sean necesarios ante las autoridades ecuatoriana para formalizar la inscripción en la Superintendencia de Compañías del Ecuador de los presentes acuerdos de revocación y nombramiento de nuevo representante de SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L., UNIPERSONAL, SUCURSAL ECUADOR.2) Ejecutar todos los actos, contratos y negocios jurídicos que hayan de celebrarse y surtir efectos en la República del Ecuador, y cumplir con las obligaciones que se deriven de los mismos, para lo cual gozará de las más amplias facultades, poderes y atribuciones, sin limitación alguna. 3) Ejercer el derecho de petición y acción en todo tipo de procesos judiciales y extrajudiciales, ante todos los órganos del poder público del Ecuador, y ejercer el derecho a la legítima defensa, para lo cual queda facultado para contestar todo tipo de demandas, peticiones o querellas. El apoderado queda autorizado para ejercer las facultades previstas en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, así como delegar esta atribución en procuradores judiciales. 4) El presente poder se otorga en el sentido que el Apoderado cuente con todas las atribuciones y facultades necesarias para el cabal cumplimiento de este poder, entendiéndose
p e rs a
que la falta de mención expresa de una atribución o facultad, no implica que el apoderado no pueda actuar y proceder como lo haría la Compañía otorgante, y de ésta forma deberá interpretarse el poder. 5) El apoderado podrá delegar sus facultades. CUARTO.- Se solicita la inscripción en la Superintendencia de Compañías de Ecuador del contenido de la presente escritura. OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN Así lo dice y otorga. Hechas las reservas y advertencias legales; en especial las de la legislación fiscal, plazo de presentación y responsabilidades en caso de incumplimiento, así como la obligatoriedad de su inscripción en el Registro Mercantil. Los datos recabados para la redacción de este instrumento público y su facturación y seguimiento posterior forman parte de los ficheros existentes en la Notaría, utilizándose para las remisiones posteriores de obligado cumplimiento legal. Los datos serán tratados y protegidos según la legislación notarial y la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, pudiendo su titular ejercer los derechos de información, rectificación y cancelación según la citada Ley. Leo la presente a la compareciente, por su elección, previa advertencia de su derecho de hacerlo por sí, del que no usa. Así enterada, consiente, se ratifica y firma conmigo el Notario, que de su total contenido, de haberle identificado por su D.N.I. reseñado y de queda extendida en cuatro folios de papel de uso exclusivamente notarial, el presente y los tres anteriores en orden correlativo de la misma serie, DOY FE.-APLICACIÓN ARANCEL.- Disposición Adicional 3a.- Ley 8/1.989- de 1304-89 DOCUMENTO SIN CUANTIA. Está la firma del compareciente Signado JAVIER MAXIMO JUAREZ GONZALEZ. Rubricado y Sellado. ES COPIA LITERAL de su matriz con la que concuerda obrante en mi
protocolo general corriente de instrumentos públicos bajo el número al principio indicado. Y a instancia de LA MERCANTIL la libro en cinco folios de papel de uso exclusivamente notarial, el presente y los cuatro siguientes en orden correlativo, de la misma serie, dejando nota en su original. En VALENCIA, el mismo día de su otorgamiento. DOY FE.Sigue sellos F: 17510 Registro Mercantil Quito ZON: Con esta fecha queda inscrito el presente documento y la resolución número SC.IJ.DJCPTE.Q.12. SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE del Sr INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO de 29 de noviembre de 2.012, bajo el numero 4281 del Registro Mercantil, Tomo 143.- Se tomó nota al margen de la inscripción número 2688 del Registro Mercantil de veinte de agosto de dos mil doce, a fs. 2327, Tomo 143.- Queda archivada la SEGUNDA copia certificada de la protocolización de doce de noviembre del año dos mil doce, efectuada ante el Notario SEXTO del Distrito Metropolitano de Quito, DR. HÉCTOR VALLEJ0 ESPINOZA, referente al PODER que la Compañía Extranjera “SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L.”, confiere a favor del JAIME ERNESTO CASCO MANCERO, así como la REVOCATORIA DE PODER que la misma compañía concedió a favor del señor DANIEL ENRIQUE BRIONES CÓRDOVA.- Se fijó un extracto para conservarlo por seis meses, según lo ordena la Ley, signado con el número 2436.- Se da así cumplimiento a lo dispuesto en la citada resolución.- Se anotó en el Repertorio bajo el número 044754.- Quito, a veinte de diciembre del año dos mil doce.- EL REGISTRADOR.DR. RUBEN AGUIRRE LOPEZ REGISTRADOR MERCANTIL DEL CANTON QUITO. F: 17510 SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS RESOLUCIÓN No. SC.IJ.DJCPTE. Q.12. 6239 Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO CONSIDERANDO: QUE, junto con la solicitud para su aprobación, se ha presentado a este Despacho tres testimonios de la protocolización efectuada ante el Notario Sexto del Distrito Metropolitano de Quito, el 12 de noviembre de 2012, que contiene el Poder que la Compañía Extranjera de nacionalidad española, SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L., domiciliada en el Ecuador mediante
REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
REPÚBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS
EXTRACTO
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CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA DIEGO OLMEDO Y ASOCIADOS CIA. LTDA. La compañía DIEGO OLMEDO Y ASOCIADOS CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 01 de Febrero de 2013, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.001627 de 02 de Abril de 2013. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00
CONSTITUCION DE LA COMPAÑIA OTTEX DEL ECUADOR S.A. La compañía OTTEX DEL ECUADOR S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Cuadragésimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 05 de Marzo de 2013, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.13.001660 de 03 de Abril de 2013. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 80 Valor US$ 10,00 ; Capital Autoirzado. US$ 1.600,00.
Los documentos a ser conocidos en la Junta, se encuentran a disposición de los accionistas en las oficinas de la Compañía.
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) IMPORTAR, EXPORTAR, COMERCIALIZAR, PRESTAR SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y REPARACION DE: MAQUINARIA PARA CONFECCIÓN TEXTIL, MÁQUINAS DE COSER...
Quito, 3 de abril de 2013
Quito, 02 de Abril de 2013.
Quito, 03 de Abril de 2013.
Dr. Antonio Naranjo Paz y Miño Gerente General
de agosto de 2012; y, c) Siente las razones respectivas. ARTICULO TERCERO.- DISPONER que el texto íntegro del Poder y Revocatoria de Poder, con las razones respectivas se publiquen, por una vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en el Distrito Metropolitano de Quito. CUMPLIDO lo anterior, remítase a este Despacho copia certificada de la protocolización respectiva. COMUNIQÚESE.- DADA y firmada en el Distrito Metropolitano de Quito, Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO F: 17510 Registro Mercantil Quito ZON: Con esta fecha queda inscrito el presente documento y la resolución número SC.IJ.DJCPTE.Q.12. SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE del Sr. INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO de 29 de noviembre de 2.012, bajo el número 4281 del Registro Mercantil, Tomo 143.- Se fijó un extracto para conservarlo por seis meses, según lo ordena la Ley, signado con el número 2436,- Se da así cumplimiento a lo dispuesto en la citada resolución.Se anotó en el Repertorio bajo el número 044754.- Quito, a veinte de diciembre del año dos mil doce.- EL REGISTRADOR.DR. RUBEN AGUIRRE LOPEZ REGISTRADOR MERCANTIL DEL CANTÓN QUITO. F: 17510 RESOLUCIÓN No. SC.IJ.DJCPTE. Q.12. Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑIAS DE QUITO CONSIDERADO: QUE, junto con la solicitud correspondiente, se han presentado a este Despacho tres testimonios de la protocolización efectuada ante el Notario Segundo del Distrito Metropolitano de Quito el 3 de octubre de 2012, que contiene el Poder que la compañía extranjera de los Estados Unidos de América, MERCK SHARP
EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE SOLUCIONES INFORMATICAS DEL FUTURO SIFUTURO S.A. Se comunica al público que SOLUCIONES INFORMATICAS DEL FUTURO SIFUTURO S.A., con domicilio principal en el Distrito Metropolitano de Quito, modificó el objeto social y reformó sus estatutos por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito el 6 de marzo de 2013. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ. DJCPTE.Q.13.001555 de 26 de marzo de 2013 En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma la cláusula tercera del Estatuto Social, referente al objeto social, de la siguiente manera: “TERCERA.- OBJETO SOCIAL.- La compañía tendrá como objeto: a) Constituirse como agente, representante o distribuidor de empresas nacionales y extranjeras para la importación, comercialización, prestación de servicios de asesoría, reparación, mantenimiento...”
Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑÍAS DE QUITO
AC/94271/tf AC/94269/tf
Resolución No. 4253 de 16 de agosto de 2012, inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito, el 20 de agosto de 2012, a través del Administrador Único, confiere a favor del señor Jaime Ernesto Casco Mancero, de nacionalidad ecuatoriana; así como la Revocatoria de Poder que aquella dispone en relación al Abogado Daniel Enrique Briones Córdova. QUE la Dirección Jurídica de Concurso Preventivo y Trámites Especiales mediante memorando No. SC.IJ.DJCPTE.Q.12.207 de 27 de noviembre de 2012, ha emitido informe favorable para que se proceda en la forma solicitada; y, EN ejercicio de las atribuciones asignadas mediante Resoluciones Nos. ADM-Q-2011-002 de 17 de enero de 2011 y SC-IAF-DRH-G-2011 -186 de 15 de marzo de 2011, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- CALIFICAR de suficientes los documentos otorgados en el exterior y protocolizados ante el Notario Sexto del Distrito Metropolitano de Quito, el 12 de noviembre de 2012, atinentes al Poder que la Compañía Extranjera de nacionalidad española, SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L., a través del Administrador Único, confiere a “favor del señor Jaime Ernesto Casco Mancero, de nacionalidad ecuatoriana; así como la Revocatoria de Poder que aquella dispone en relación al Abogado Daniel Enrique Briones Córdova. ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que el Registrador Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito: a) Inscriba el Poder conferido al señor Jaime Ernesto Casco Mancero, de nacionalidad ecuatoriana, junto con esta Resolución; así como la Revocatoria de Poder que aquella dispone en relación al Poder del Abogado Daniel Enrique Briones Córdova, el 20 de agosto de 2012; b) Tome nota de estos documentos al margen de la inscripción del permiso para operar en el Ecuador de la Compañía Extranjera de nacionalidad española, SEDESA INFRAESTRUCTURAS, S.L. de 20
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Distrito Metropolitano de Quito, 26 de marzo de 2013
Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO
Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURIDICO
VIERNES 5de ABRIL de2013 La Hora Quito, ecuador
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: “ES LA CONSTRUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN OBRAS CIVILES. ASÍ COMO EL ALCANTARILLADO, VÍAS, ESTUDIOS DE PUENTES, ESTUDIOS VIALES, EDIFICIOS...”
Se convoca de manera especial al comisario de la Compañía señora Tatiana Becerra Beltrán.
Revista judicial
AC/94265/tf
AR/90989/cc
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK