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Revista judicial C14
MARTES 20 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador
ACTOR: DOCTOR ANTONIO RODRÍGUEZ VICÉNS EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO. D E M A N DA D O : SEÑOR VICENZO GUARINI LUCCHI. JUICIO: No. 0457-2006-ED. TRÁMITE: VERBAL SUMARIO. CUANTÍA: USD.$ 6.000,oo FECHA DE INICIACIÓN: Quito, 29 de junio del 2006. PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, 29 de junio del 2006, las 15h27.- VISTOS: De conformidad al contenido del escrito que antecede, la demanda que antecede presentada por el doctor Rodrigo Ramón Rodríguez Vicéns en su calidad de Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A. PRODUBANCO tal como lo acredita con el instrumen-
to público que antecede, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al tramite verbal sumario.- En lo principal, cítese al demandado Vicenzo Guarini Lucchi con la copia de la demanda y este auto, en el lugar señalado para el efecto.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos.Tómese en cuenta el domicilio judicial que señala la parte actora .- Cítese y Notifíquese. f) Dra. M. Flor Pazmiño, JUEZA. OTRA PROVIDENCIA PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 13 de octubre del 2010, las 16h14.- Atenta al juramento rendido por el actor y a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al señor VICENZO GUARINI LUCCHI, mediante
JUDICIAL QUITO
tres publicaciones que se harán, cada una de ellas en fecha distinta, en un periódico de amplia circulación de la ciudad y cantón Quito, provincia de Pichincha.Notifíquese. f) Dra. M. Flor Pazmiño, JUEZA. Particular que llevo a su conocimiento par los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Ab. Mario Lasso Ortega. SECRETARIO DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/85905/cc República del Ecuador EXTRACTO JUDICIAL
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL LA SEÑOR DIEGO RAMIRO GUARDERAS FALCONÍ JUICIO: VERBAL SUMARIO No. - 500-2007-DR.-PF ACTOR: DR.- ANTONIO RAMON RODRÍGUEZ VICÉNS, procurador Judicial del BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A., PRODUBANCO D E M A N DA D O : D I EG O RA M I RO G UA R D E RAS
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE PAPELES INDUSTRIALES INDUPAPEL COMPAÑIA LIMITADA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO AL CANTON RUMIÑAHUI Y REFORMA DE SUS ESTATUTOS 1. ANTECEDENTES.- PAPELES INDUSTRIALES INDUPAPEL COMPAÑIA LIMITADA se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 18 de febrero del 2003, aprobada mediante Resolución No. 1211 de 3 de abril del 2003, inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Metropolitano de Quito el 10 de abril del 2003. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de PAPELES INDUSTRIALES INDUPAPEL COMPAÑIA LIMITADA del Distrito Metropolitano de Quito al cantón Rumiñahui y reforma de estatutos otorgada el 22 de febrero del 2012 ante el Notario Trigésimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ. DJC.Q.12.001282 de 10 de marzo de 2012 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada, el Señor JUAN PABLO ALVAREZ LOPEZ en su calidad de Gerente General de la compañía. 4. CAMBIO DE DOMICILIO, REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.Q.12.001282 de 10 de marzo de 2012 aprobó el cambio de domicilio de PAPELES INDUSTRIALES INDUPAPEL COMPAÑIA LIMITADA del Distrito Metropolitano de Quito al cantón Rumiñahui y la reforma de sus estatutos. Ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de domicilio referido, señalado en el artículo 33 de la Ley de Compañías y en el Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de PAPELES INDUSTRIALES INDUPAPEL COMPAÑIA LIMITADA del Distrito Metropolitano de Quito al cantón Rumiñahui a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales. En virtud de la mencionada escritura pública la compañía reforma el artículo segundo del estatuto social, en los siguientes términos: “ARTICULO SEGUNDO.- NACIONALIDAD Y DOMICILIO. La compañía es nacionalidad ecuatoriana. Tendrá su domicilio principal en el cantón Rumiñahui, pero podrá establecer sucursales, agencias y otros establecimientos en cualquier lugar del país o en el exterior.” Quito, 10 marzo de 2012
En primer lugar acabemos con Sócrates, porque ya estoy harto de este invento de que no saber nada es un signo de sabiduría. A s i m ov , I s a ac FALCONÍ OBJETO: OBTENER EL PAGO DEL CAPITAL, INTERESES DE MORA CONSTANTES EN EL ESTADO DE CUENTA Y COSTAS JUDICIALES EN LOS QUE INCLUIRAN HONORARIOS DEL DEFENSOR TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: $ 1.800,oo PROVIDENCIA JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 04 de Junio del 2007, las 16h09.- VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez Suplente en virtud del Oficio No. DDP-JAR-0737 de 11 de Mayo del 2007 y en virtud del sorteo legal realizado. La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, al ser procedente a trámite Verbal Sumario, con el escrito de demanda y esta providencia, cítese al señor DIEGO RAMIRO GUARDERAS FALCONI en el lugar indicado. Tómese en cuenta el casillero Judicial señalado por la parte actora y agréguese al proceso la documentación acompañada. Notifíquese.- f) Dr. Luis Narváez Pazos.- Juez (E) JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 29 de agosto del 2011, las 15h58. Avoco conocimiento de la presenta causa en calidad de Juez Encargado, conforme a la acción de personal Nro.- 2056-DP-DPP,
de 22 de Agosto del 2011.Incorpórese al proceso el escrito presentado.- Vista la razón sentada de la Oficina de Citaciones que consta en autos y atento el juramento rendido por la parte actora, cítese al demandado señor DIEGO RAMIRO GUARDERAS FALCONÍ mediante tres publicaciones de prensa, cada una de ellas en fecha distinta, en uno de los diarios de amplia circulación en la ciudad de Quito y en la forma prevista por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Para lo cual se entregará el extracto respectivo.- Notifíquese.F). DR. LUIS NARVAEZ PAZOS. Juez Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones que le correspondan.- Certifico. Dr. Nilo Gonzalo Almache Secretario del Juzgado Décimo Tercero de lo Civil de Pichincha Hay un sello AR/85906/cc República del Ecuador EXTRACTO JUDICIAL
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL LA SEÑOR PABLO CESAR FARINANGO PAVON JUICIO: VERBAL SUMARIO No. - 1069-2007-DR.-PF ACTOR: DR.- ANTONIO RAMON RODRÍGUEZ VICÉNS,
procurador Judicial del BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A., PRODUBANCO DEMANDADO: PABLO CESAR FARINANGO PAVON OBJETO: OBTENER EL PAGO DEL CAPITAL, INTERESES DE MORA, CONSTANTES EN EL ESTADO DE CUENTA Y COSTAS JUDICIALES EN LOS QUE INCLUIRAN HONORARIOS DEL DEFENSOR TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: $ 1.500,oo PROVIDENCIA JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 03 de Diciembre del 2007, las 09h05.- VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez Suplente en virtud del Oficio No. DDP-JAR-0737 de 11 de Mayo del 2007 y en virtud del sorteo legal realizado. La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley. Por consiguiente, al ser procedente a trámite Verbal Sumario, con el escrito de demanda y esta providencia, cítese al señor PABLO CESAR FARINANGO PAVON en el lugar indicado. Tómese en cuenta el casillero Judicial señalado por la parte actora y agréguese al proceso la documentación acompañada. Notifíquese.- f) DR. LUIS NARVAEZ PAZOS.- Juez (E) JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 09 de Septiembre del 2008, las 14h42.- Atento el juramento rendido por el actor, cítese al demandado señor Pablo Cesar Farinango Pavón mediante publicaciones de prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, y conforme a lo previsto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese.F). Dr. Rubén Cevallos Fabara. Juez
A.C./84694
REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL
CÍTASE CON EL SIGUIENTE EXTRACTO DE LA DEMANDA A YINE ESPERANZA NINAZUNTA QUIJIA CUYO TENOR ES EL SIGUIENTE: ACTOR: DR. ANTONIO RAMON RODRÍGUEZ VICENS en calidad de Procurador Judicial del BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. DEMANDADO: YINE ESPERANZA NINAZUNTA QUIJIA CLASE DE JUICIO: VERBAL SUMARIO 1235 - 2007 FV TRÁMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: USD. 4000,oo OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE DINERO JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA QUITO, 11 de diciembre del 2007, las 14h31.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza Segunda de lo Civil suplente, mediante oficio No. 1568-2007-JAR de 17 de septiembre del 2007.- Actúe el Dr. Ricardo López en calidad de oficial mayor encargado.La demanda que presenta el Dr. ANTONIO RAMON RODRIGUEZ VICENS, en calidad de Procuración Judicial del BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO, en contra de YINE ESPERANZA NINAZUNTA QUIJIA, reúne
los requisitos legales, en consecuencia se la acepta al trámite correspondiente por la vía Verbal Sumaria prevista en la Sección 23 Arts. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.Cítese con el contenido de la misma y esta providencia a la demandada, mediante Comisión al Teniente Político de la Parroquia Nayón.Agréguese a los autos los documentos presentados y anótese la casilla judicial No. 797.- NOTIFIQUESE F: DRA VICTORIA CHANG-HUANG DE RODRIGUEZ, JUEZA JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA QUITO, 20 de enero del 2011 las 12h43.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez encargado del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha en virtud del oficio No. 1308-DP-DPP, de fecha 7 de Julio del 2010.Atenta la razón sentada por el Citador y al juramento rendido por la parte actora, se ordena citar a la demandada: YINE ESPERANZA NINAZUNTA QUIJIA, a través de la prensa en la forma prevista en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Para cuyo efecto confiérase el respectivo extracto.Notifíquese.-F: DR. FABRICIO SEGOVA BETANCOURT JUEZ ENCARGADO.Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones en esta judicatura. DR. JUAN GALLARDO Q. SECRETARIO Hay un sello AR/85908/cc REPÚBLICA DEL ECUADOR
J U ZG A D O VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE
REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS
EXTRACTO
CONVOCATORIA
A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE FLORES DE MACHACHI S.A. FLORMACHACHI Se convoca a los señores accionistas de la Empresa Flores de Machachi S.A. FLORMACHACHI a sesión de Junta General Ordinaria que se llevará a cabo el día martes 27 de Marzo del 2012 a partir de las 10:00, en las oficinas de la compañía ubicadas en la Panamericana Sur, Km. 38, sector San Alfonso, Machachi, para conocer y resolver acera de los siguientes puntos del orden del día: 1. Informe del Gerente General sobre el ejercicio económico del 2011. 2. Informe del Comisario sobre el ejercicio económico del 2011. 3. Informe de los Auditores Externos sobre el ejercicio económico del 2011. 4. Balance General y estado de la cuenta de pérdidas y ganancias y sus anexos, correspondientes al ejercicio económico del 2011. 5. Resultados del ejercicio económico del 2011. 6. Resolución sobre las utilidades del ejercicio económico 2011. 7. Autorización para reclasificar el aporte futuras capitalizaciones del socio Antonino Chiriboga a cuentas por pagar accionistas. 8. Designación de Comisario de la compañía 2012. 9. Autorización al Gerente General para la contratación de Auditor Externo para el ejercicio económico del 2012. Se convoca de manera especial al Sr. Carlos García, comisario de la Empresa Los documentos que serán conocidos en la Junta, se encuentran a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la compañía, en la dirección arriba señalada.
James Brown Hidalgo GERENTE GENERAL
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE MODIFICACION DEL OBJETO SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE MORKACORP S.A.
Se comunica al público que MORKACORP S.A., modificó su objeto social y reformó su estatuto social por escritura pública otorgada ante el Notario Quinto del Distrito Metropolitano de Quito el 1 de febrero de 2012. Actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ. DJC.Q.12.001382 de 14 de marzo de 2012. En virtud de la presente escritura pública la compañía reforma el artículo Cuarto del Estatuto Social, de la siguiente manera: “ARTICULO CUARTO.- OBJETO SOCIAL: La compañía podrá dedicarse a las siguientes actividades: 1.- Importación, exportación y comercialización de objetos de artesanía en madera, tagua, textiles, artículos de Joyería y prendas de cuero;..” Distrito Metropolitano de Quito, 14 de marzo de 2012. Dr. Oswaldo Noboa León. DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS
Machachi, 19 de marzo del 2012
Dr. Camilo Valdivieso Cueva INTENDENTE DE COMPAÑIAS DE QUITO
Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones que le correspondan.- Certifico. Dr. Nilo Gonzalo Almachi Secretario del Juzgado Décimo Tercero de lo Civil de Pichincha Hay un sello AR/85907/cc
A.P./52314/k.m.
AC/81738/tf