Edición impresa Revista Judicial del 18 de abril de 2012

Page 2

JUDICIAL QUITO

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

Revista judicial C2

MIÉRCOLES 18 de ABRIL de 2012 La Hora Quito, ecuador

DIVORCIOS REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CICIL DEL CARCHI EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL A: VICTOR FERNANDES DE SOUSA JUICIO: V.S. DE DIVORCIO No. 02802011 ACTOR: VERÓNICA JACQUELINE CRUZ PONCE DEMANDADO: VICTOR FERNANDES DE SOUSA CUANTÍA: INDETERMINADA OBJETO: Mediante Sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial. “JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL, MERCANTIL E INQUILINATO DEL CARCHI.- Tulcán, viernes 28 de octubre del 2011, las 11h12.- VISTOS: Por la razón del Sorteo, avoco conocimiento de la presente causa. Previamente a calificar la demanda, la recurrente comparezca a esta Judicatura y de cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, al efecto se señala para el día 1 de noviembre del presente año a las once horas treinte minutos. Tómese en cuenta la casilla señalada. Notifíquese. Dr. Marcelo Benavides, JUEZ CERTIFICO. PROVIDENCIA.“JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL, MERCANTIL E INQUILINATO DEL CARCHI.- Tulcán, miércoles 9 de novimbre del 2011; Las 12h57.VISTOS: Por cumplido el mandato judicial, la demanda presentada por la señora Verónica Jacqueline Cruz Ponce, es clara y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la acepta al trámite verbal sumario. Toda vez que la actora bajo juramento indica que desconoce el domicilio o residencia

del demandado Víctor Fernandes de Sousa con la demanda y providencias en extracto, cítese mediante tres publicaciones tanto en la ciudad de Quito como en esta ciudad en el Diario La Hora. Agréguese al proceso la documentación acompañada y tómese en cuenta el casillero judicial señalado. Cítese y Notifíquese. Dr. Marcelo Benavides Pérez, JUEZ. CERTIFICO. PROVIDENCIA.- PROVIDENCIA.“JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL, MERCANTIL E INQUILINATO DEL CARCHI.- Tulcán, lunes 21 de noviembre del 2011; las 08h47.- Agréguese escrito que antecede. En lo principal, toda vez que en la calificación de la demanda por un error involuntario el apellido del accionado consta de Socusa, cuando la verdad corresponde a lo nombres y apellidos completo los de Victor Fernándes de Sousa. En tal virtud, de conformidad con el Art. 289 del Código de Procedimiento Civil, se reforma en el sentido que su apellido del demandado es de Sousa. Con esta aclaración, procédase a citarlo como se encuentra ordenado. Notifíquese. Dr. Marcelo Benavides Pérez, JUEZ. CERTIFICO. Lo que pongo en conocimiento de los citados previniéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para sus notificaciones. Certifico. DR. HUGO CARDENAS D. SECRETARIO Mr/12143/at

JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: ÁNGEL ZAFRA MATA ACTOR: ZULMA EDITH MURIEL

HUERTAS, PROCURADORA JUDICIAL DE MAYRA ELISA DÁVILA MORALES DEMANDADO: ÁNGEL ZAFRA MATA ASUNTO: DEMANDO DECLARE DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE UNE A MI REPRESENTADA MAYRA ELISA DÁVILA MORALES, CON ÁNGEL ZAFRA MATA, POR DIVORCIO, MEDIANTE SENTENCIA QUE CONTENDRÁ TAMBIÉN LA ORDEN DE MARGINACIÓN EN EL REGISTRO CIVIL CUANTIA: INDETERMINADA DEFENSOR: AB. ZULMA E. MURIEL H. MAT. 387 FORO DE ABOGADOS; Y, AB. JAIME ARAGÓN LOZADA. MAT. 5392 C.A.P. JUICIO DE DIVORCIO, SIGNADO CON EL No. 2012-0264-AV SE HA DICTADO LO SIGUIENTE: JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 2 de abril del 2012, las 08h52.- VISTOS.- Previo al sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de juez encargado mediante acción de personal No. 1058-DP-DPP, de fecha 20 de marzo del 2012. Una vez rendido el juramento establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, la demanda formulada por ZULMA EDITH MURIEL HUERTAS, es completa, clara y reúne los demás requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio Verbal Sumario.-En consecuencia, Cítese en legal y debida forma por tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación, como lo establece el Art. 82 del cuerpo de leyes antes citado. Para el efecto confiérase el correspondiente extracto.- La designación de curador Ad-litem se lo hará en el momento oportuno.- Agréguese a los autos la documentación acompañada.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado 1880 por el Actor, para sus notificaciones posteriores, así como la autorización que hace a su defensor. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la Ab. ZULMA E. MURIEL de acuerdo al documento que acompaña.-NOTIFIQUESE.F) DR. ENRIQUE RAFAEL GÓMEZ SANTILLÁN, JUEZ (E) Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial.CERTIFICO.-

De todas las virtudes, la más difícil y rara es la justicia. Por cada justo se encuentran diez generosos. F r a n z G r i l l pa r z e r DR. EDGAR HARO VALENZUELA SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello. AR/86449/jq

REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL Citase con el siguiente extracto de la demanda de divorcio a: MARIA LUTGARDA YUNGA PADILLA Cuyo tenor es el siguiente: ACTOR: PATRICIO GONZALO LOMAS SIGCHA Procurador Judicial de WILSON FABIAN ANDRADE ZURITA DEMANDADO: MARIA LUTGARDA YUNGA PADILLA CLASE DE JUICIO: DIVORCIO No. 1176 - 2011.FV TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO DE LA DEMANDA: DISOLVER EL VINCULO MATRIMONIAL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA QUITO, 22 de noviembre del 2011, las 14h32 .- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez encargado del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha en virtud del oficio No. 1308-DP-DPP, de fecha 7 de Julio del 2010.- La demanda de divorcio presentada en contra de MARIA LUTGARDA YUNGA PADILLA, es clara, precisa y reúne los requisitos legales en consecuencia se la acepta a tramite correspondiente a la vía Verbal Sumaria prevista en la sección 23. Art.828 y siguientes del Código De Procedimiento Civil. Atenta la aseveración juramentada del accionante

respecto de la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de la demandada, Cítese a la demandada con un extracto de la demanda y esta providencia por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. Agréguese al proceso la documentación presentada. Téngase en cuenta el casillero señalado y la autorización otorgada a su Abogado patrocinador,.-NOTIFIQUESE.- F: DR. FABRICIO SEGOGIA BETANCOURT (E) Lo que comunico y le cito a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial para posteriores notificaciones en esta judicatura. - CERTIFICO DR. JUAN GALLARDO Q. SECRETARIO Hay firma y sello AC/84264/tf

JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.CITACIÓN JUDICIAL: a la Señora SILVIA VERONICA MORETA IZA, con la siguiente demanda de Divorcio, AL TENOR SIGUIENTE: (Extracto) ACTOR: FAUSTO RENE LLUMITASIG MOLINA DEMANDADA: SILVIA VERONICA MORETA IZA OBJETO: Amparado en lo Art. 110 numeral 11 inciso segundo del Código Civil, solicita que en sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial. TRAMITE: Verbal Sumario. CUANTIA: Indeterminada. FECHA DE INICIACIÓN DEL JUICIO: 29 de Abril del 2011.

NUMERO DE LA CAUSA: 0556-2011 DOMICILIO LEGAL: Casilla Judicial N.- 1944. Dr. Luis Chipantasi. TRAMITA: Dr. Patricio Tello. (Providencia) JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 16 de mayo del 2011, las 11h44. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez encargado de esta Judicatura, en virtud de la Acción de Personal No. 604-DP-DPP de 22 de marzo del 2011.- Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, dése el trámite Verbal Sumario. Atento el juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a la demandada, señora SILVIA VERONICA MORETA IZA, por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en esta ciudad de Quito, así como en la capital de la provincia ( Cotopaxi) donde se celebró el matrimonio, en la forma prevista por el Art. 119 el Código Civil.- Al efecto, confiérase el extracto respectivo. Téngase en cuenta la insinuación de curador ad-litem, hecha en la demanda.Agréguese la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el domicilio judicial señalado.- Actúe en la presente causa el Secretario y Oficial Mayor encargados.- NOTIFÍQUESE.DR. WILMER AMBROSSI ROBLES JUEZ ENCARGADO Lo que pongo en su conocimiento para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial del Palacio de Justicia de esta ciudad de Quito, para recibir futuras notificaciones.Dra. Paola Armas Santana SECRETARIA (e) Hay un sello AC/85244/cc

REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: LUIS DARÍO JÁCOME GÓMEZ ACTORA DELFA YOLANDA ASTUDILLO

CONVOCATORIA

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE MEDISYSTEM HOLDING S.A.

EX­TRAC­TO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA INDUSTRIAS Y SERVICIOS PERFORITO INN. CIA. LTDA AN­TE­CE­DEN­TES.- INDUSTRIAS Y SERVICIOS PERFORITO INN. CIA. LTDA., se cons­ti­tuyó me­dian­te es­cri­tu­ra pú­bli­ca otor­ga­da an­te el No­ta­rio Cuadragésimo del Dis­ tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, el 9 de enero de 2007 e ins­cri­ta en el Re­gis­tro Mer­can­til del mis­mo Dis­tri­to, ba­jo el No. 261, To­mo 138 el 25 de enero de 2007.

1. CE­LE­BRA­CIÓN Y APRO­BA­CIÓN.- La es­cri­tu­ra pú­bli­ca de di­so­lu­ción vo­lun­ta­ria y an­ti­ci­pa­da de la com­pa­ñía INDUSTRIAS Y SERVICIOS PERFORITO INN. CIA. LTDA., otor­ga­da el 25 de noviembre de 2011, an­te el No­ta­rio Vi­gé­si­mo Quinto, del Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, ha si­do apro­ba­da por la Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ ñías, me­dian­te Re­so­lu­ción No. SC.IJ.DJDL.Q.12.1324 de 12 MAR. 2012.

2. OTOR­GAN­TE.- Com­pa­re­ce al otor­ga­mien­to de la es­cri­tu­ra pú­bli­ca an­tes men­cio­ na­da la se­ñora Alba Elizabeth Estrella Riera, en su ca­li­dad de Presidente. La compareciente es mayor de edad, de na­cio­na­li­dad ecuatoriana, de es­ta­do ci­vil ca­sa­da y do­mi­ci­lia­da en el Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to.

3. PU­BLI­CA­CIÓN.- La Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ñías or­de­nó la pu­bli­ca­ción del ex­trac­to de la es­cri­tu­ra pú­bli­ca pertinente, por tres días con­se­cu­ti­vos, pa­ra efec­tos de opo­si­ción de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como ac­to pre­vio a su ins­crip­ción.

AVI­SO PA­RA OPO­SI­CIÓN.- Se po­ne en co­no­ci­mien­to del pú­bli­co la di­so­lu­ción vo­lun­ ta­ria y an­ti­ci­pa­da de la com­pa­ñía INDUSTRIAS Y SERVICIOS PERFORITO INN. CIA. LTDA., a fin de que quie­nes se cre­ye­ren con de­re­cho a opo­ner­se a su ins­crip­ción pue­ dan pre­sen­tar su pe­ti­ción an­te uno de los Jue­ces de lo Ci­vil del do­mi­ci­lio prin­ci­pal de la com­pa­ñía, den­tro de los seis días con­ta­dos des­de la fe­cha de la úl­ti­ma pu­bli­ca­ción de es­te ex­trac­to y, ade­más pon­gan el par­ti­cu­lar en co­no­ci­mien­to de la Su­pe­rin­ten­den­ cia de Com­pa­ñías. El Juez que re­ci­ba la opo­si­ción no­ti­fi­ca­rá a es­ta Su­pe­rin­ten­den­cia, den­tro del tér­mi­no de dos días si­guien­tes, jun­ta­men­te con el es­cri­to de opo­si­ción y pro­vi­den­cia re­caí­da so­bre ella. En ca­so de no exis­tir opo­si­ción o de no ser no­ti­fi­ca­da en la for­ma an­tes in­dica­da, se pro­ce­de­rá a la ins­crip­ción de la re­fe­ri­da es­cri­tu­ra pú­bli­ ca de la citada com­pa­ñía y al cum­pli­mien­to de los de­más re­qui­si­tos le­ga­les.

Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, a 12 MAR 2012

Se convoca a los señores accionistas de MEDISYSTEM HOLDING S.A., a Junta General Ordinaria de Accionistas que se llevará a efecto el día viernes 27 de abril de 2012, a las 09h00 horas, en el Salón Atacazo del Hotel Sheraton, ubicado en la Av. República del Salvador N36-212 y Naciones Unidas, de la ciudad de Quito, con el objeto de tratar los siguientes puntos del orden del día: 1. Conocimiento y aprobación del Informe del Presidente Ejecutivo de la Compañía. 2. Conocimiento y aprobación del informe del Comisario de la Compañía. 3. Conocimiento y aprobación del informe de los Auditores Externos de la Compañía 4. Análisis y resolución sobre el Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias del Ejercicio Económico del año 2011. 5. Decisión sobre el destino de las utilidades de la Compañía. 6. Nombramiento del Comisario principal y suplente de la Compañía por el período de dos años. 7. Nombramiento de los Directores Principales y Suplentes de la Compañía. 8. Conocer y resolver sobre la designación de los Auditores Externos de la compañía para el ejercicio económico de 2012. 9. Conocimiento y aprobación de los nuevos estatutos sociales de la compañía y reforma del objeto social. 10. Aprobación del Reglamentos para el Funcionamiento y Organización de la Junta General de Accionistas; y, Reglamento de Régimen Interno de Organización y Funcionamiento del Directorio. Se convoca en forma especial e individual al Comisario de la Compañía, señora Norma Carrillo La documentación a ser conocida en la Junta se encuentra a disposición de los Accionistas en la página web de la Compañía, www.corpsalud.com

Ab. Patricia Chiriboga Sánchez DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS

Quito, 18 de abril de 2012. AB/1229/cc

PRESIDENCIA EJECUTIVA

DELGADO. JUICIO DE DIVORCIO No. 220-2011 EG. OBJETO DE LA DEMANDA.- Que mediante la sentencia, se declare disuelto el vínculo matrimonial que une a la actora con el señor LUIS DARÍO JÁCOME GÓMEZ. FUNDAMENTO LEGAL ART. 110 DEL CÓDIGO CIVIL CAUSAL DÉCIMO PRIMERA CUANTÍA INDETERMINADA JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 24 de febrero del 2011, las 15h18. VISTOS.- En virtud del sorteo de ley correspondiente, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez titular.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trámite verbal sumario.Tómese en cuenta la insinuación del Curador Ad-litem.- Agréguese a los autos los documentos que acompaña a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado para posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado Defensor. Cítese y Notifíquese. - F) DR. JOSÉ MARTÍNEZ NARANJO. JUEZ JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 11 de noviembre del 2011, las 08h49. VISTOS.- Agréguese al proceso el escrito presentado.- En lo principal, atenta la petición que antecede, se aclara providencia que antecede en el sentido de que se cite en legal y debida forma al demandado señor LUIS DARÍO JÁCOME GÓMEZ y no como erróneamente consta DANILO RAMIRO DE LA ROSA IDROVO, en la dirección que señala para el efecto.Notifíquese. JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 27 de enero del 2012, las 12h05. VISTOS En mérito al juramento que tiene rendido la señora DELFA YOLANDA ASTUDILLO DELGADO y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que se cite al demandado señor LUIS DARÍO JÁCOME GÓMEZ, para los fines legales pertinentes, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- Al efecto remítase el extracto correspondiente. Notifíquese. Dr. Edgar Haro Valenzuela. SECRETARIO (e) DEL JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84728/tf

R.E.

JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: SR. BRUCE ISAAC MARURI DESIDERIO JUICIO: DIVORCIO NRO. 67-2012- SP ACTORA SRA. JANETH MARCELA DELGADO MENDOZA DEMANDADO: SR. BRUCE ISAAC MARURI DESIDERIO CUANTIA INDETERMINADA TRAMITE VERBAL SUMARIO INICIADO 14 DE FEBRERO DEL 2012 OBJETO. DISOLUCION DEL VINCULO CONYUGAL CAUSAL 11, INCISO 2DO, ART. 110 DEL CODIGO CIVIL PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 14 de febrero del 2012, las

l1h15.- VISTOS.- Agréguese a la causa el escrito presentado. Una vez que ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior, la demanda de divorcio presentada por la SRA. JANETH MARCELA DELGADO MENDOZA, es clara, precisa y completa por reunir los requisitos de Ley, en consecuencia se acepta a trámite verbal sumario. Cítese al demandado SR. BRUCE ISAAC MARURI DESIDERIO, por medio de la prensa en un diario de mayor circulación del Cantón Quito, Provincia de Pichincha; y, Ayacucho, Provincia de Manabí. Confiérase los extractos pertinentes. Previo a la designación de curador ad-litem, cuéntese con la opinión de un señor Fiscal del Distrito de Pichincha. Agréguese al proceso los documentos adjunta. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y la autorización que confiere a su abogado defensor.- NOTIFIQUESE.- F).- DR. WILZON LOZADA VILLACIS.- JUEZ DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones.- Quito, 10 de Marzo del 2012.- Certifico.DR. FERNANDO NARANJO FACTOS. SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84769/tf

REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A CRISTINA MARCELA TAIPE TAMAYO EXTRACTO ACTOR MIGUEL ANGEL PILA CONDOR DEMANDADO CRISTINA MARCELA TAIPE TAMAYO JUICIO VERBAL SUMARIO (DIVORCIO) No. 1333-2011-JF CUANTIA INDETERMINADA PROVIDENCIA JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, miércoles 26 de octubre del 2011, las 12h50.- VISTOS.- La demanda de divorcio que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos legales, en consecuencia se la admite a trámite verbal sumario.- Se designa al Sr. Luis Alberto Pila Cóndor Curador Ad-litem de la menor Damaris Jael Pila Taipe, quien tomará posesión del cargo el día lunes catorce de noviembre del año en curso, a las nueve horas.- Cítese a la demandada CRISTINA MARCELA TAIPE TAMAYO por la prensa, de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en uno de los diarios locales de mayor circulación.- Notifíquese. F). DR. ALFREDO GRIJALVA MUÑOZ JUEZ. Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones.Dr. Juan Pablo Toro Carrillo SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello A.C./85005

EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A.- MARIA ANA

CONVOCATORIA LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES COLECTRANS C. A. "QUITO" De conformidad con lo dispuesto en los Art. 16, 17 y 18 del Estatuto de la Compañía, y sujeto a las normas pertinentes de la Ley de Compañías. Convoca a los señores Accionistas a la Junta General Extra Ordinaria a realizarse el día sábado 28 de Abril de 2012; a las 10H00a.m en las oficinas de la Compañía ubicadas en las calles Manglar Alto S20-44 y Ayapamba, en la ciudad de Quito. Para tratar el siguiente orden del día: 1.- Constatación del Quórum 2. - Conocimiento, Análisis y Resolución de la Constitución de la Gran Empresa, o Caja Común. 3. - Resoluciones Se convoca especial y señaladamente a la señora Carmita Bravo Constante Comisario Principal Atentamente, SR. CARLOS CLAVIJO PRESIDENTE LIC. ALIRIO ALMACHE GERENTE Quito, 16 de abril de 2012

A.P./52707/k.m.

AR/86444/jq


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
Edición impresa Revista Judicial del 18 de abril de 2012 by LA HORA Ecuador - Issuu