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Edicion impresa Judicial del 04 de junio de 2012

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en sus gestiones y administración posterior.- Ejecutoriada esta sentencia señálese el miercoles uno de febrero de 2012 a las 10h00 la fecha para que tenga lugar el discernimiento.- Cúmplase y Notifíquese.f) Dr. Celso Fabián Ruiz Bedón. (JUEZ)(e). Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio y casillero judicial en la forma y dentro del perímetro legal.Certifico.-. DR. GALO BAEZ JAIME SECRETARIO Hay firma y sello AC/86085/tf REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA NOTIFICACION JUDICIAL A: Herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue Sr. José Ignacio Aquieta Yanchaguano ACTOR: Dr. Ganzalo Luis Caiza Chicaiza, Procurador Judicial de Rosa María Moreano Naccituli DEMANDADO: Luis Enrique Luna Tashinay y María Laura Aquieta Moreano JUICIO: Verbal Sumario No. 11682006-CVM OBJETO: Liquidación de valores por concepto de derecho de usufructo. TRAMITE: Verbal Sumario FECHA DE INICIO DEL JUICIO: 16 de enero del 2006 PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, Jueves 10 de mayo del 2012, las 15h05.- Agréguese al proceso el escrito que antecede. En lo principal, por cuanto la señora Rosa María Moreano Naccituli, ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia de 13 de Febrero del 2012, atento el juramento rendido a fs. 96 y de conformidad con los Arts. 82 y 83 del Código de Procedimiento Civil, con un extracto de la demanda y esta providencia, notifíquese a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue Sr. José Ignacio Aquieta Yanchaguano, mediante una sola publicación en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito. Notifíquese. f) Dr. Francisco Robalino Ocaña. Juez (T) Lo que llevo a su conocimiento para los fines de ley, previniendole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras noti-

ficaciones. Quito, 28 de Mayo del 2012. CERTIFICO. DR. FERNANDO NARANJO FACTOS SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/86077/tf R. DEL E. JUZGADO PRIMERO DE TRANSITO DE PICHINCHA CITACIÓN A: EX INTENDENTE GENERAL DE POLICÍA DE PICHINCHA DRA. LOURDES GARCÉS BUCHELI EXTRACTO CAUSA: ACCION DE PROTECCION Nro. DE JUICIO: 262-2012-MTG ACCIONANTE: VICENTE MORALES HINOJOSA ACCIONADO: EX INTENDENTE GENERAL DE POLICÍA DE PICHINCHA DRA. LOURDES GARCÉS BUCHELI JUEZ: DR. ANDRES ZAMBRANO ESPINEL, JUEZ del JUZGADO PRIMERO DE TRANSITO DE PICHINCHA JUZGADO PRIMERO DE TRANSITO DE PICHINCHA.-Quito, miércoles 23 de mayo de 2012, las 15h38.VISTOS.- En virtud del sorteo legal que antecede avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Primero de Transito de Pichincha, interpuesta por el señor Vicente Morales Hinojosa, en contra del Dr. Fausto Velásquez Morocho, General de Policía Pichincha; y, por haber declarado el accionante, bajo juramento sobre el desconocimiento del actual domicilio de la Ex Intendenta General de Policía de Pichincha Dra. Lourdes Garcés Bucheli de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se dispone citar por la prensa, mediante tres publicaciones que se harán en fechas distintas, en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia.- Por reunir los requisitos legales constantes en los Arts. 86 y 88 de la Constitución de la República del Ecuador, consecuentemente admítase a trámite.- Se convoca a las partes para el día 11 de Junio del 2012, a las 09H00, a fin de que tenga lugar la Audiencia Pública en la presente causa.- Las partes deberán presentar todas la pruebas que creyeren necesarias al momento de la diligencia de conformidad con lo prescrito en el numeral 3ro del Art. 86 de la

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

EX­TRAC­TO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE REFORMA DEL ESTATUTO SOCIAL DE ALFASUPPORT S.A.

Se comunica al público que ALFASUPPORT S.A. reformó su estatuto social por escritura pública otorgada ante el Notario Primero del Distrito Metropolitano de Quito el 28 de marzo de 2012. Acto societario aprobado por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJC. Q.12.002697 de 31 de mayo de 2012. En virtud de la presente escritura pública la compañía reforma el artículo Tercero del Estatuto Social, de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO.- OBJETO: ... Diez: La comercialización, importación, exportación, compraventa, distribución, almacenamiento de mercadería, insumos, repuestos, máquinas, componentes, accesorios para la industria aeronáutica...” Qui­to, 31 de mayo de 2012

Constitución Política del Estado, en concordancia con el Art. 13 numeral 4 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.- Las partes adjuntarán sus exposiciones por escrito y/o los documentos inherentes al hecho en copias debidamente certificadas .- Córrase traslado y notifíquese con esta ACCION DE PROTECCIÓN a los señores antes nombrados, hágase conocer mediante comunicación escrita del contenido de la acción de protección y este auto al prenombrado accionado en el lugar indicado.- Cuéntese con el señor Procurador General del Estado, para los fines legales consiguientes.- La parte Accionante facilite las copias pertinentes y preste las facilidades del caso para las notificaciones correspondientes.Tómese en cuenta el casillero judicial No 4584 perteneciente al Dra. Victoria Altamirano Berrones.Actué en la presente causa el Dr. Favián Balseca Ruiz en calidad de Secretario de esta Judicatura.Notifíquese.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. Andrés Zambrano Espinel, Juez Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligacion que tiene de señalar domicilio o casilla judicial para sus posteriores notificaciones, en esta Judicatura Dr. Favián Balseca Ruiz SECRETARIO Hay firma y sello AC/86069/tf

te una publicación, el extracto de Liquidación de patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente, a los ex cónyuges LICIDAS ARTURO GOMEZ GARCIA Y MARIA ARMIDA GARCIA otorgada mediante escritura pública el 30 de Mayo del año 2012, ante el suscrito Notario Doctor JUAN VILLACÍS MEDIAN NOTARIO NOVENO DEL CANTON QUITO (Encargado) por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieran interés en esta Liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondiente. DR. JUAN VILLACÍS MEDINA NOTARIO NOVENO DEL CANTON QUITO (E) Hay firma y sello AC/86057/tf

EXTRACTO NOTARIA NOVENA DEL CANTON QUITO.- Cúmpleme poner en conocimiento del Público que mediante escritura pública otorgada ante mí, DOCTOR JUAN VILLACÍS MEDINA NOTARIO NOVENO DEL CANTON QUITO (Encargado) según oficio número novecientos sesenta y cuatro DDP-MSG de fecha cinco de agosto del año dos mil tres, el treinta de Mayo del año dos mil doce, los señores ex cónyuges LICIDAS ARTURO GOMEZ GARCIA Y MARIA ARMIDA GARCIA procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta mediante sentencia de Divorcio dictada por el Juez Quinto de lo Civil de Pichincha el siete de Septiembre del dos mil cuatro, inscrito el veinticinco de septiembre del dos mil cuatro. La adjudicación del patrimonio se encuentra detallado en el texto de la referida escritura pública de liquidación de Sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial Publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario dispone la inscripción en el Registro de la Propiedad, la escritura de Liquidación de la sociedad conyugal, previo al trámite previsto en dicha norma legal pongo en conocimiento del público, median-

R. del E. JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIONJUDICIAL A los HEREDEROS DESCONOCIDOS PRESUNTOS y DESCONOCIDOS del causante VIRGILIO SORIA, se le cita con la demanda de Partición seguido por ALBERTO HOMERO SORIA GARZON en contra de MARCELO ORLANDO, FRANKLIN HUMBERTO, HECTOR FERNANDO, ENMA LUZ AMERICA, LIDIA ARACELI y ELVIA SUSANA SORIA GARZON, hay lo que sigue: JUICIO. No. 1443-2009 TRAMITE: Partición ACTOR: Alberto Homero Soria Garzón DEMANDADO: Marcelo Orlando, Franklin Soria Garzón y otros TRAMITA: Dra. María Elena Guerrero PROVIDENCIA: “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 9 de febrero del 2012, las 12h01.Agréguense al proceso los escritos y anexos que anteceden: Tómese en cuenta la facultad concedida a los abogados defensores realizada por el Econ. Marcelo León Jara, en la calidad que comparece.- Téngase en cuenta el nuevo casillero judicial señalado por el actor Alberto Homero Soria Garzón, se le comunica al Dr. Héctor Gonzalo Silva Hernández que ha sido sustituido en la defensa.- En lo principal, de la partida de defunción adjunta, se conoce el fallecimiento del deman-

La bebida apaga la sed, la comida satisface el hambre; pero el oro y la plata no sacian nunca la avaricia. P l u ta r c o

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

EX­TRAC­TO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA VENEZIMPORT CIA. LTDA. La com­pa­ñía VENEZIMPORT CIA. LTDA. se cons­ti­tu­yó por es­cri­tu­ra pú­bli­ca otor­ga­da an­te el No­ta­rio Primero del Dis­tri­to Me­tro­ po­li­ta­no de Qui­to, el 04 de Abril de 2012, fue apro­ba­da por la Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ñías, me­dian­te Re­so­lu­ción SC.IJ. DJC.Q.12.002733 de 01 de Junio de 2012. 1.- DO­MI­CI­LIO: Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, pro­vin­cia de Pi­chin­cha. 2.- CA­PI­TAL: Sus­cri­to US$ 800,00 Número de Participaciones 800 Valor US$ 1,00 3.- OB­JE­TO: El ob­je­to de la com­pa­ñía es: A) LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD AGRÍCOLAS, PECUARIOS Y PESQUEROS...

Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS

AR/87077/cc

REPUBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha. gob.ec Juicio No. 17323-2012-0439 Resp: DRA. JARAMILLO KALINKA Casillero No. 4358 Quito, jueves 26 de abril del 2012. A: JARAMILLO PASTOR MARTHA BEATRIZ Dr./Ab.: En el juicio Verbal Sumario No. 17323-2012-0439 que sigue JARAMILLO PASTOR MARTHA BEATRIZ en contra de SANDOVAL VALENZUELA JESÚS MANUEL hay lo siguiente: JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 26 de abril del 2012, las 08h24.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez temporal mediante acciòn de personal No. 2682 DP-DPP de 7 de diciembre del 2010.- Una vez que se ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia anterior. La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de Ley por lo que se la acep-

EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO SEGUNDO DE INQUILINATO ACTOR: CORREA PROSSEL MARCELA DEMANDADA: REAL ASPIAZU MARCIA JUICIO: 0189-2012 FUNDAMENTO LEGAL: Art. 30 literal a) Ley de Inquilinato CUANTIA: 2000,00 Dólares Americanos DEFENSOR: Dr. Pedro Castro Falconí VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado.- En lo principal: La demanda que antecece es clara y precisa y reúne os requisitos de ley, es procedente el trámite en Juicio Verbal Sumario, cítese por tanto con el contenido del libelo de demanda y auto de calificación a la Señora MARCIA ARGENTINA REAL ASPIAZU, entregándole la copia que para os fines legales se ha acompañado y previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para recibir notificaciones posteriores en la presente causa._ Tómese nota del domicilio legal designado por el compareciente y la autorización dada Al Doctor Pedro Castro Falconí. CITESE Y NOTIFIQUESE. Agreguese el escrito presentado Previamente a disponer lo que corresponda la señora Marcela Correa Proceso comparezca a este Juzgado el dia treinta de Abril del año en curso a las 9h30 y cumpla con lo dispuesto en el paragrafo tercero del Art. 82 del Codigo de Procedimiento Civil Notifiquese. lncorporese al expediente e! escrito presentado por la parte actora.Para los fines legales pertinentes cítese con el contenido del libelo de demanda y auto de calificación a La señora: Marcia Real Aspiazu mediante tres publicaciones que se realizará en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad de Quito, de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- f) Dra. Sonia Gudiño Cisneros, Jueza Segunda

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE TERRAEARTH RESOURCES S.A. Amparado en el artículo 236 de la Ley de Compañías, y en el artículo 17 de los estatutos sociales de la compañía TERRAEARTH RESOURCES S.A., se convoca a los señores accionistas de TERRAEARTH RESOURCES S.A., a la Junta General Extraordinaria que se llevará a cabo el día 11 de junio de 2012, a las nueve horas, en las oficinas de la Compañía ubicados en la Av. Shyris N32-218 y Av. Eloy Alfaro, de la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, con el fin de tratar el siguiente orden del día: 1) Aprobación y ratificación del cronograma de implementación y capacitación para la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Quito D. M., a 1 de Junio de 2012

Qui­to, 01 de Junio de 2012.

Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS

dado que respondía a los nombres de Virgilio Soria, por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Art. 83 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a los señores Marcelo Orlando, Franklin Humberto, Lidia Araceli, Elvía Susana Soria Garzón, en calidad de herederos conocidos del causante Virgilio Soria, en la forma solicitada por el actor Ing. Alberto Homero Soria Garzón.Notifíquese a los señores Enma Luz América y Héctor Fernando Soria Garzón, en la dirección indicada, para cuyo efecto se comisiona al Teniente Político de la Parroquia de Cumbayá, envíese suficiente despacho.- A los herederos presuntos y desconocidos del causante Virgilio Soria, notifíqueselos por una sola publicación en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en esta ciudad de Quito”.Notifíquese.- f) Dr. Julio Amores Robalino, Juez. Lo que comunico para los fines legales pertinentes y se previene de la obligación de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus notificaciones.- Certifico. Dr. Jorge Palacios H. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/86060/tf

ta al trámite VERBAL SUMARIO. Atento al juramento rendido por el actor y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. CITESE al demandado JESÚS MANUEL SANDOVAL VALENZUELA, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en esta ciudad. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado, así como también la calidad en la que comparece el Dr. Pablo Pacheco. Agréguese al proceso el documento adjunto. CUMPLASE Y NOTIFIQUESE. F) DR. FELIPE INFANTE REY, JUEZ (E) Lo que comunico a usted para los fines de Ley. DR. MARIO ENRIQUE YANEZ URBANO SECRETARIO Hay firma y sello AC/85580/tf

AR/87073/cc

Cordialmente, Christian White Hernández GERENTE GENERAL AR/87075/cc

Revista judicial LUNES 4 de junio de 2012 La Hora Quito, ecuador de Inquilinato. LO QUE COMUNICO A UD, PARA LOS FINES DE LEY. CERTIFICO.DR. ALEXANDER VENEGAS PEREZ SECRETARIO Hay firma y sello AC/86055/tf R. del E JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL AL ING. DIEGO FERNANDO ANDRADE ANDRADE EXTRACTO ACTORA. Marta María Dolores Paredes Peña DEMANDADO. Ing. Diego Fernando Andrade Andrade. JUICIO. VERBAL SUMARIO No.1360-2011-IGMTRAMITE. Verbal Sumario. CUANTIA. USD.105.000,oo. DOMICILIO. Casilla Judicial No.2221 del Dr. Augusto Velasteguí Rodríguez. OBJETO. Daños y perjuicios. PROVIDENCIAS. JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 30 de diciembre del 2011, las 13h57.- VISTOS.- La demanda que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos legales. En consecuencia, aceptándose al trámite Verbal Sumario se dispone citar con el contenido de la misma y esta providencia al demandado ING. DIEGO FERNANDO ANDRADE ANDRADE en la dirección señalada en el escrito precedente. Tómese nota del casillero judicial señalado por la actora. Agréguese los documentos adjuntos, mismos que se desglosarán en la forma y modo perticionado. Cítese y Notifíquese. f) Dr. Mario Ortiz Estrella. Juez. JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 14 de mayo del 2012, las 09h24.- Atenta la razón sentada por el citador, y juramento rendido por la accionante, se dispone citar al demandado Ing. Diego Fernando Andrade Andrade a través de la prensa en la forma prevista en el Art.82 del Código de Procedimiento Civil. Actúe el Dr. Wilmer Zambrano Ortiz en calidad de Secretario encargado mediante Acción de Personal 1939DP-DPP- de 14 de mayo del 2012. Notifíquese.f) Dra. Lucy Estupiñán Sanchez. Jueza Temporal. LO QUE COMUNICO Y CITO A USTED PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES, SIRVASE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO COMO DISPONE LA LEY. DR. WILMER ZAMBRANO ORTIZ SECRETARIO ENCARGADO Hay firma y sello AC/86009/tf R del E JUZGADO DÉCIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL Al señor Manuel Mouriño Collazo, y público en general se le hace saber que en esta Judicatura se ha propuesto juicio Muerte Presunta en los siguientes términos: ACTORA: María Teresa del Niño Jesús Sánchez Salazar DEMANDADO: Manuel Mouriño Collazo JUICIO: Muerte Presunta No 972005, OM.- Art. 67 del Código Civil TRÁMITE: Especial CUANTIA: Indeterminada PROVIDENCIA: JUZGADO DÉCIMO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Sangolquí, a 22 de febrero del 2005, a las 10H20.VISTOS: La demanda que antecede es clara, precisa, completa y reúne los demás requisitos de Ley.- En lo principal y de conformidad con lo que dispone el inciso segundo del Art. 67 del Código Civil, cítese al presunto desaparecido señor MANUEL Mouriño COLLAZO, por tres veces con el contenido de la demanda y esta providencia en el Registro Oficial y en los diarios La Hora de la ciudad de Quito y el Universo de la ciudad de Guayaquil, con intervalo de un mes entre cada una de las citaciones, bajo apercibimiento de rebeldía de ser declarada su muerte presunta una vez cumplidas las formalidades legales.- Cuéntese en la presente causa con uno de los señores Agentes Fiscales en representación del Ministerio Público.- Agréguese los documentos presentados.- Tómese en cuenta el casillero judicial desig-

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nado para recibir sus notificaciones No. 64 designado por el Dr. Arturo Duque y Notifíquese.- f) Dr. Alfonso Iñiguez García. (JUEZ). Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de SANGOLQUÍ, para sus posteriores notificaciones.- Certifico. Dr. Fernando Granja Lanas SECRETARIO DEL JUZGADO 17o DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AC/85465/cc

ANULACIONES

COOPROGRESO Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0101658437 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CAJAS CHIPANTASI LUIS FABIAN se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC//1mg ===== Debido a la pérdida de Libreta de Ahorros Socios No. 0201320070 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CUESTAS ORTIZ MARCO RODRIGO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC//2mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0210100404 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a RODRIGUEZ AYALA JOSE JOAQUIN se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC//3mg ===== Debido a la pérdida del Certificado de Inversion DPF 031DPF00067939 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a HIDALGO OROZCO LUIS GONZALO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC//4mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 040155887 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a TRUJILLO GUAMAN FREDDY OLDEMAR se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC//5mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0210008460 y Libreta de Aportaciones No. 0270007622 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a JIMENEZ CALDERON ELVIA PIEDAD se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC//6mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Socios No. 0901175002 y Libreta de Aportaciones No. 0907075219 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GARCIA RIVADENEIRA MARIA TERESA DE JESUS se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC//7mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros Clientes No 1300001570 de la Cooperativa de Ahorro y

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