Imbabura carchi 12 de abril del 2017

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JUDICIALES

MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2017 La Hora IMBABURA-CARCHI

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JUDICIALES UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTON SAN MIGUEL DE URCUQUI CITACIÓN JUDICIAL Cítese a los demandados HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE LUIS ROBERTO AMADOR YARAD. ACTOR: Recalde Peñafiel Segundo Iván y González Marcillo Zoila Maria DEMANDADOS: Amador Abedrabo Amira Denisse, Amador Abedrabo Michel Salim, Amador Abedrabo Salwa, Amador Abedrabo Yarad Reem Helmy. OBJETO DE LA DEMANDA: Desde el mes de mayo del año 1978, es decir por más de 38 años nos encontramos posesionados en calidad de dueños y señores de una parte de los terrenos de la hacienda de “Mindaburlo”, inmueble que está ubicado en la parroquia de San Blas del Cantón Urcuquí y delimitado dentro de los siguientes linderos, NORTE: en 165.00 metros de longitud con ingreso particular, SUR: en 147.00 metros de longitud con la quebrada de Cualta, ESTE: en 115:00 metros de longitud con la propiedad del señor José Manuel Valverde Córdova, OESTE: EN 121.00 metros de longitud con propiedad del Sr. Juan Manuel Valverde Córdova, El área total del bien inmueble que nos encontramos posesionados con el ánimo de señores y dueños por más de 38 años es de 16.335,02 Mtrs.2, aproximadamente razón por la cual se solicita la Prescripción Adquisitiva Extraordinaria de dominio, del referido bien inmue-

IBARRA: Mejía 3-50 entre Sucre y Rocafuerte OTAVALO: García Moreno 3-11y Atahualpa en Inmobiliaria MTC TULCÁN: Ayacucho y Olmedo en Kiosco La Cuencanita - Hall del IESS

ble materia de la presente causa, la cual se encuentra fundamentada en lo que se dispone en los Arts. 603, 715, 2392, 2393, 2410, 2411 y del Código Civil. TRAMITE: ORDINARIO.N ° 2017-00004 CUANTIA: 15.000,00 USD DOMICILIO DEL ACTOR: Correo Electrónico ernestoguajan@hotmail.com del Dr. Ernesto Guajan Clerque. JUEZ: Dr. Manuel Ibán Sucuzhañay Quintuña SECRETARIO (E): Dr. Carlos Fernando Lucero Reyes EXTRACTO AUTO DE CALIFICACIÓN UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON URCUQUI DE IMBABURA.- San Miguel de Urcuquí, martes 31 de enero del 2017, las 09h34, (2017-00004) VISTOS: Agréguense al proceso el escrito presentado por los accionantes.- Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez titular de esta Unidad Judicial Multicompetente del cantón San Miguel de Urcuquí, provincia de Imbabura, creada mediante resolución No. 153-2015, artículos 1 y 2 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de 01 de junio del 2015; en conformidad con lo establecido en el Artículos 165 de la Constitución de la República y artículos 244 y 245 del Código Orgánico de la Función Judicial; y, en virtud del sorteo realizado.- En lo principal, una vez que los accionantes han cumplido con lo dispuesto en providencia anterior y examinada la presente demanda, se determina que la misma es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del

Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante el procedimiento ORDINARIO, acorde a lo prescrito en el art. 289 y 290 del Código General de Procesos.- Consecuentemente, conforme a lo prescrito en el Art. 291 del COGEP, CITESE, a los herederos conocidos del causante LUIS ROBERTO AMADOR YARAD, con la petición inicial de la demanda, documentos adjuntados, anuncio de pruebas y este auto, a los demandados AMIRA DENISSE AMADOR ABEDRABO, MICHEL SALIM AMADOR ABEDRABO, SALWA AMADOR ABEDRABO y cónyuge sobreviviente señora REEM HELMY ABEDRABO YARAD , se les citará, en el lugar indicado para efecto y que consta en el libelo de la demanda, mediante comisión librada al señor Teniente Político de la parroquia de San Blas, cantón Urcuqui, provincia de Imbabura; para lo cual secretaría remítase suficiente despacho para la práctica de la diligencia.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291, inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta (30) días, a partir de la citación, a fin de que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE LUIS ROBERTO AMADOR YARAD, se los citara de conformidad a lo establecido al Art. 58, inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, a través de uno de los medios de comunicación, en

la forma prevista en este Código.- Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico del cantón San Miguel de Urcuqui, a quienes se les notificará, mediante la Secretaría de esta Unidad Judicial, en su respectivo despacho.- Dentro de la presente acción, cuéntese también con el señor Subsecretario de Tierras del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca del Ecuador “MAGAP”, a quien se notificará en su respectivo despacho, en la siguiente dirección: Avenida Río Amazonas y Eloy Alfaro Edificio del “MAGAP”, de la ciudad de Quito; mediante deprecatorio librado a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil, del Distrito Metropolitano de Quito, para lo cual envíese el despacho suficiente, se les ofrece reciprocidad, diplomacia y cortesía en casos análogos.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 146 inciso quinto del Código General de Procesos, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Urcuquí, con notificación al respectivo funcionario, debiendo la parte interesada brindar las facilidades del caso de manera oportuna.- Acorde con lo determinado en el Art. 37 del Código General de Procesos, se designa en calidad de Procurador común al señor SEGUNDO IVAN RECALDE PEÑAFIEL, con quien se contará dentro de la presente acción.-Téngase en cuenta la prueba anunciada por los accionantes.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el correo electrónico señalado para sus posteriores notificaciones y la autorización conferida a su Abogado Defensor.- La parte

interesada deberá prestar las facilidades necesarias para remitir la comisión respectiva.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- .-Fdo. Dr. Manuel Ibán Sucuzhañay Quintuña Juez, Dr.. Carlos Fernando Lucero Reyes secretario que certifica. Lo que CITO a usted para los fines legales consiguientes, previniéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial dentro del perímetro legal de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Urcuquí de Imbabura para sus notificaciones. Urcuqui, 04 de Abril del 2017. Dr. Carlos Fernando Lucero Reyes Secretario Hay firma y sello P42662/ai UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTON IBARRA DE IMBABURA. CITACION JUDICIAL A los herederos presuntos o desconocidos de la que en vida se llamó señora CLELIA MARIA DAVILA se le CITA, con la demanda de Inventarios (Apertura de la Sucesión Hereditaria) propuesta por MANUEL MESIAS, HECTOR EDUARDO LUIS NOE, CALRLOS ALFONSO MIGUEL ANGEL TAMAYO DAVILA. EXTRACTO ACTORES: MANUEL MESIAS, HECTOR EDUARDO LUIS NOE, CALRLOS ALFONSO MIGUEL ANGEL TAMAYO DAVILA. DEMANDADO: DAVILA CLELIA MARIA, SEGUNDO SAMUEL TAMAYO DAVILA JUICIO: Nro. 10203-

2013-7860 OBJETO Y MATERIA DE LA DEMANDA: INVENTARIO ( Apertura de la Sucesión Hereditaria) TRAMITE: ESPECIAL DOMICILIO JUDICIAL DE LOS ACTORES: Casillero judicial No. 45 del Dr. Luis Ellas cervantes Silva. JUEZ DE LA CAUSA: DR. WINSTON JUAN PILLALAZA LINCANGO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTON IBARRA DE IMBABURA. SECRETARIO: AB. JUAN CARLOS JATIVA PUGA DECRETO: UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTON IBARRA DE IMBABURA. Ibarra, jueves 30 de marzo del 2017, las 12h24. Cumplido el requisito ordenado en decreto que antecede. Se dispone: 1 De conformidad con lo que dispone el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al heredero señor SEGUNDO SAMUEL TAMAYO DAVILA, en el domicilio que se indica en el escrito y croquis de fs. 190 y 191, en el barrio Santa Rosa de la Ciudad de Urcuqui en la forma prevista en el Art. 56 IBIDEM., para la práctica de esta diligencia de conformidad con lo que dispone el Art. 146 del Código Orgánico de la Función Judicial, se depreca al señor Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de la ciudad de Urcuqui, provincia de Imbabura, a quien se le enviara el suficiente despacho en forma para su cumplimiento y hecho que sea se dignara devolver

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A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE TURÍSTICO SINFONÍA NORTEÑA "TUSINNOR" CÍA LIMITADA. EN LIQUIDACION Se convoca en forma obligatoria a todos los Accionistas de LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE TURÍSTICO SINFONÍA NORTEÑA "TUSINNOR" CÍA LIMITADA. EN LIQUIDACION A la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se llevará acabo el día Viernes 21 de abril del 2017 a las 19H00 (07 de la noche); en el local ubicado en la calle Sánchez y Cifuentes 1-93 (Frente Jardín UNE), de la ciudad de Ibarra, para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del quórum por Secretaría e Instalación de la Junta de Accionistas por parte del señor Presidente de la Compañía. 2. Informe del señor Presidente 3. Informe del señor Gerente 4. Conocimiento, análisis y Resolución sobre el Balance del período económico del 01 de enero al 31 de diciembre del año 2016, Estado de Pérdidas y Ganancias y Resoluciones que corresponda. 5. Clausura de la Sesión de Junta General Ordinaria. Señores Accionistas la asistencia es obligatoria. Ibarra, 12 de abril del 2017 Sr. Diego Marcelo Espinoza Gudiño PRESIDENTE Ing. Sheyla Marcela Jurado Velásquez GERENTE

CONVOCATORIA Se convoca a todos los accionistas de la compañía TRANSPORTE PESADO CALPARANQUI S.A., a la junta general ordinaria. Se convoca a la junta general ordinaria a los señores comisarios: Comisario principal Sr. Cáliz Almeida Héctor Raúl, que tiene como domicilio la calle Luis Felipe Borja sector El Empedrado. Comisario suplente Srta. Suany Nadim Andrade Vásquez, que tiene como domicilio las calles Rocafuerte 247 y Mejía. La junta general ordinaria se realizara en el domicilio principal de la compañía ubicada en las calles Rocafuerte 247 y Mejía el día viernes 21 de Abril 2017 a las 20h00 ( 8 de la noche) Con el siguiente orden del día: 1.- Constatación del quórum. 2.- Instalación de la Asamblea. 3.- Informe de Gerente y resolución. 4.- Informe de Comisario y resolución 5.- Presentación de balance y resolución. 6.- Clausura Atentamente

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CONVOCATORIA

Ab. Carlos Andrade R. Gerente.

originales a la unidad Judicial de origen para agregar al proceso ofreciéndoles reciprocidad en casos análogos; y, los herederos presuntos o desconocidos de la causante que en vida se llamó señora CLELIA MARIA DAVILA, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación en la ciudad de Ibarra. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente. Notifíquese. F) DR. WINSTON JUAN PILLALAZA LINCANGO. JUEZ. LO QUE CITO A USTED, PARA LOS FINES LEGALES CONSGUIENTES, PREVINIENDOLES A LOS DEMANDADOS, QUE TIENE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL Y CORREO ELECTRONICO PARA SUS FUTURAS NOTIFICACIONES DENTRO DE ESTA CIUDAD DE IBARRA. Ibarra, a 4 de abril del 2017 AB. JUAN CARLOS JATIVA PUGA SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES CON SEDE EN EL CANTON IBARRA DE IMBABURA. Hay firma y sello P42691/ai SECRETARIA DEL AGUA SENAGUA SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO QUITO R del E CITACION A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA QUEBRADA LA VINUEZA UBICADA EN EL SECTOR LA COMUNA DE AGUAGRUN, LOCALIZADA EN LA PARROQUIA GARCIA MORENO, CANTÓN COTACACHI, PROVINCIA DE IMBABURA. Actor: Sr. Fabián Ernesto Ortiz Santander. Objeto de la solicitud: Consumo humano, abrevadero, riego y crianza de tilapias (aprovechamiento productivo. EXTRACTO SECRETARIA DEL AGUA, SUBSECRETARIA DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DE ESMERALDAS CENTRO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO - QUITO.- Proceso Administrativo No. 203-2016 Aut. (SB), Quito, 20 de marzo de 2017. Las 10H33.- En lo principal: 1. Agréguese al proceso el escrito presentado por el señor Fabián Ernesto Ortiz Santander de fecha 30 de noviembre del 2016 a las 10H12, indicando los nombres de los dueños de los predios del predio la Vinuesa, por donde pasará la manguera de agua, y adjunta el certificado del MAGAP. 2. Agréguese al proceso el escrito presentado por el señor Fabián Ernesto Ortiz Santander de fecha 18 de enero del 2017 a las 13H00, en el que indica que no habrá uso de servidumbres en tal razón solicita se suspenda las citaciones a los propietarios solicitados en el escrito anterior. 3. Solicita la autorización de uso y aprovechamiento de agua proveniente de la quebrada La Vinuesa ubicada en el sector la Comuna de AGUAGRUN, Parroquia García Moreno, Cantón Cotacachi, Provincia de Imbabura, en un caudal de 10 l/s, dichas aguas serán destinadas para consumo humano, abrevadero, riego y crianza de tilapias (aprovechamiento productivo). En consecuencia esta Autoridad. DISPONE: 1.- La solicitud presentada es clara, completa y reúne los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos en los Arts. 3,

4, 7, 18, literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a), 87 numeral 2 literal b) 89, 98, 125, 126, y en el Art. 107 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, por lo que se acepta a trámite. 2.- Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recurso Hídricos. Cítese con la demanda y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia publicaciones que se lo deberá realizar en un periódico de circulación de la localidad de no existir se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas. 3. Fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la Parroquia García Moreno, Cantón Cotacachi, mediante comisión librada al señor Teniente Político de la Parroquia García Moreno. 4. Téngase en cuenta para sus notificaciones los numero telefónicos 062903670 0992483438 y/o los correos electrónicos, fabian_ortiz_santander@hotmail.com. 5. El peticionario en el término de 24 horas deberá retirar de esta dependencia el extracto, una vez cumplida dicha diligencia deberá remitir a este despacho las razones correspondientes. 6.- De conformidad al Acuerdo Ministerial N°848 de fecha 26 de septiembre de 2016 de la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA), en su Transitoria Primera, remítase copias certificadas de la solicitud a la AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL DEL AGUA (ARCA), con la finalidad de que proceda a emitir el CERTIFICADO DE DISPOINIIBILIDAD DE AGUA. Actúe como Secretaria AD-HOC, en el presente trámite Ab. Sandra Barreno Samaniego. NOTIFIQUESE…f). Ing. María Augusta Villacís Tamayo Subsecretaria de la Demarcación Hidrográfica de Esmeraldas - Secretaria del Agua-Senagua. Abg. Sandra Barreno Samaniego SECRETARIA AD-HOC Hay firma y sello P42702/ai ……………….

ANULACIONES

ANULACIÓN DE MATRÍCULA

Se pone en conocimiento del público que se ha extraviado la Matrícula de la placa TCW0763, perteneciente a ROBERTO MANUEL UNAUCHO TAIPE, por lo que se procede a su anulación. P42705/ai

BANCO PROCREDIT

BANCO PROCREDIT S.A. pone en conocimiento del público, la anulación por pérdida de la libreta de ahorros No 0801011641092 del sr ROMULO ANTONIO TRUJILLO CHULDE.

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