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dental global ODONTOLOGÍA FAMILIAR
dr. daniel ballesteros obando ODONTóLOGO
TRATAMIENTO ORTODONCICO PREVENTIVO, TRATAMIENTO DE CONDUCTO, TRATAMIENTO PARA NIÑOS Y ADULTOS, RADIOGRAFÍA PANORÁMICA, CEFALOMÉTRICA Y PARAPICALES, BLANQUEAMIENTOS, ODONTOLOGÌA GENERAL. DIR.: OLMEDO Y MANUELA CAÑIzARES, EDIFICIO “LA VOz DE SU AMIGO”, PRIMER PISO ALTO. TELF.: 2724097 - 0997589307
anulaciones
judiciales
P93544
CooperatIva de ahorro y CredIto “29 de oCtubre” ltda.
Se comunica al público, la Anulación por pérdida/substracción de la Libreta de Ahorro cuyo número es 4501233401. Perteneciente a.: anGulo rodriGueZ naPoleon p93538
sUcUrsal mUisne
anulaCIon
Se anula por pérdida de Libreta de Ahorros cuyo número de cuenta es 0430076427, perteneciente a: chasin Preciado victor p93540
anulaCIon
Se anula por pérdida de Cartola No. 0803812791 de la cuenta de Ahorros, perteneciente a: fabricio fernando PerlaZa castillo p93553
abStenCIon de paGo
Se comunica al público, la Anulación por pérdida/substracción de los cheques nº 39. Sin firma y sin valor, presentada por el girador Sr.: chamorro freire maritZa alexandra cta. cte. no. 8025304 p93554
ESMERALDAS QUEDA ANULADO Por Robo y falsificacion de firma del Cheque No 237 de la Cta. Cte. No. 2100047408 perteneciente a MORENO MORENO LILIA JANETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28510) NR ======
ESMERALDAS QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros Cta.No.- 8198036100 Nro. Cartola 18028660134 Cliente VERA PAZ, JORGE-BARON del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. P/AC/ (28511)NR =========
REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DE COACTIVAS BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL ESMERALDAS y MUISNE JUZGADO ESPECIAL DE COACTIVAS DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL ESMERALDAS Y MUISNE.-Se pone en conocimiento del público en general, que mediante providencia dictada el quince de mayo del año dos mil quince, a las 09h30, por el señor JUEZ DELEGADO DE COACTIVA DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL ESMERALDAS Y MUISNE, se dispone la diligencia de REMATE del bien inmueble embargado y avaluado dentro del juicio coactivo NO 047-2012, señalándose para tal efecto MIÉRCOLES 22 DE JULIO DEL 2015 desde las trece horas hasta las diecisiete horas en la secretaria del Juzgado de Coactiva de esta ciudad de Esmeraldas ubicado en las Calles Avenida Bolívar y Mejía Esquina. DETALLE DEL INMUEBLE A REMATARSE UBICACIÓN: Se encuentra ubicado en la manzana N0 5 en el barrio las Acacias del cantón Atacames de la provincia de Esmeraldas, en el malecón Atacames en la zona turística y comercial el sector cuenta con alcantarillado agua potable, alumbrado público, calles adoquinadas, cerca al cuartel policial y de la Armada CABIDA: De 96m2 LINDEROS: NORTE: Con la calle las Acacias con 6mtrs SUR: Con el señor Angel Vilela con 6mrts ESTE: Con el señor Angel Vilela con 16mtrs. OESTE: Con la señora Carmen Lara con 16mtrs. CARACTERÍSTICAS. Se trata de una solar y casa consistente en un hotel de construcción de hormigón de tres plantas: La planta baja cuenta con un local comercial donde hay un restaurante con su respectiva cocina, tiene piso de cemento puerta lanfort de ingreso, segunda y tercera planta con catorce habitaciones, puertas de madera, ventanas de aluminio y vidrio, 15 sanitarios higiénicos, piso con cerámica, cerramiento de hormigón y puertas de ingreso de metal. VALOR TOTAL DE AVALUO. USO $ 96,748.80.00 (NOVENTA Y SESIS MIL SETECIENTO CINCUENTA y OCHO DOLARES AMERICANOS CON OCHO CENTAVOS) Por tratarse del SEGUNDO SEÑALAMIENTO Se aceptaran posturas que cubran las dos terceras partes del valor total de avaluó del bien inmueble debiendo acompañar a las ofertas no menos del 10% del valor ofertado, en moneda de cursa legal, sea esta en efectivo o mediante cheque certificado a la orden del Juzgado de Coactiva del Banco Nacional de Fomento Sucursal de Esmeraldas, los postores tanto personas naturales como jurídicas serán calificados con quince días anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencias, en el negocio presentado la documentación requerida para que se realice la calificación respectivas llegado el día del Remate las Posturas serán presentas por escrito con la firma de un abogado, por tratarse del bien inmueble se aceptaran ofertas a plazo hasta 8 años con el ofrecimiento del pago de intereses legales por anualidades adelantadas de acuerdo al Art. 457 Inciso final del Código de Procedimiento Civil, se preferirán las ofertas al contados, no se tomaran en cuentas las posturas que se presenten sin firma de un abogado. El remate se lo hará como cuerpo cierto y determinado de conformidad con lo dispuesto en el Ar. 1773 del Código
Civil y en el estado que se encuentre en el momento del remate. Los impuestos, tasa y más contribuciones que demanden la protocolización hasta la inscripción en el Registro de la Propiedad sera de cuenta de adjudicatario Ca). Mayores Informe se proporciona en la secretaria del Juzgado de Coactiva del Banco Nacional de Fomento Sucursal Esmeraldas y Muisne en la Av. Bolívar y Mejía esquina teléfonos 2452- 306 - 2452-654 Notifíquese, cúmplase .Esmeraldas; junio 8 del 2015 . Ab. Nivela Herrera Carmen L Secretaria de Coactivas. P93729 XXXXX JuZGado de CoaCtIvaS del banCo naCIonal de FoMento avISo de reMate Se pone en conocimiento del público en general, que mediante providencia dictada el 11 de junio del 2015, se dispone la diligencia de REMATE del bien inmueble embargado y avaluado dentro del juicio coactivo 663-, señalándose para tal efecto el día martes 11 de agosto del 2015, desde las trece horas a diecisiete horas de la tarde, en la Secretaria del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Esmeraldas, ubicado en las calles Bolívar esquina. UBICACIÓN DEL CUERPO DEL TERRENO Sector Chazara, vía principal que conduce de la Parroquia chontaduro a la Parroquia Chumunde ( entrada por el Recinto de Chazara) Cantón Rioverde, provincia de Esmeraldas. CARACTERÍSTICAS DE LA ZONA.Zona rural, cuenta con energía eléctrica a 500mts. de la propiedad, hay un centro de salud a un km. y centro de estudios también a 1km., hay señal telefónica, hay vía pública Carrozable, por el frente de la propiedad cruza el río Verde que tiene buen caudal todo el año .. LINDEROS DEL CUERPO DEL TERRENO: NORTE: Con la señora Colobon Realpe en 407.035 m. SUR: Con el río Verde siguiendo su curso 39.96 m .. ESTE: Con Alfredo Colobon García en 87.664 m. 156.40 m, 128.414 m, 178.732 m, 79.209m, 232.28 y 207.51m .. OESTE: Con señor Elías Montaña Banguera en 272.943 m., 94.202 m., 87.207 m. Ramón Montenegro Obregón en 552.502m. y Milton Guagua García en 105. 119 m. 96.608m, 114.39 y 116.966m .. superficie total: 29.2840. AVALÚO y DETALLES DEL CUERPO DEL TERRENO EMBARGADO: Se trata de un lote de terreno de topografía plano a ondulado, suelo franco, franco arenoso, conformado por cultivo de pasto, restrojos y área de protección, cercado con alambre de púa de tres a cuatro hijos, el mismo que está ubicado a 500 metros aproximadamente del centro de la población de Chazara .. AVALÚO TOTAL DEL PREDIO Y CONSTRUCCIONES: CINCUENTA y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE Y SEIS DÓLARES $ 57.926,00 Por tratarse de primer señalamiento se aceptan posturas que cubran las dos terceras partes del valor total del avalúo pericial del bien inmueble, debiendo acompañarse a las ofertas no menos del 10% del valor ofertado en moneda de curso legal, sea este en dinero efectivo cheque certificado a la orden del Juzgado de coactiva del Banco de Fomento. Si las ofertas son a plazo se deberá cancelar los intereses por anualidades adelantadas.- Se aclara que el remate del bien inmueble antes mencionado, se lo hará como cuerpo cierto de conformidad con lo establecido en el artículo 1773 del Código Civil. En razón de lo establecido en el artículo 457 inciso segundo agregado del Código de Procedimiento Civil, reformado en el suplemento publicado en el Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre del 2011, se dispone que las personas tanto naturales como jurídicas que participen en calidad de postores, deberán presentarse en las oficinas del Juzgado de coactivas del Banco Nacional de Fomento Suco Esmeraldas, con el objeto de ser calificados como postores con 15 días antes del señalado para el remate en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio, presentando la documentación requerida para que se realice la calificación respectiva. No se admitirán posturas que se presenten sin forma de abogado. Los gastos que se ocasionaren en la transferencia de dominio por venta forzosa serán de cuenta de los adjudicatarios a excepción de aquellos que por expreso mandato legal serán de cuenta de los coactivado. Mayor información se recibirá en el Departamento Legal del Banco Nacional de Fomento Sucursal Esmeraldas, ubicado en las calles Bolívar No. 3-00 y Mejía (esquina) de la ciudad de Esmeraldas. Esmeraldas junio 11 del 2015. Ab. Carmen Nivela Herrera Secretaria de Coactivas. P93353 xxxxxx JuZGado de CoaCtIvaS del banCo naCIonal de FoMento avISo de reMate Se pone en conocimiento del público en general, que mediante providencia dictada el 29 de junio del 2015, se dispone la diligencia de REMATE del bien inmueble embargado y avaluado dentro del juicio coactivo 010-2012,
señalándose para tal efecto el día lunes 31 de agosto del 2015, desde las trece horas a diecisiete horas de la tarde, en la Secretaria del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento, Sucursal Esmeraldas, ubicado en las calles Bolívar esquina. UBICACIÓN DEL CUERPO DEL TERRENO Sector Vuelta Larga, Parroquia Vuelta Larga Provincia de Esmeraldas, desde la -.1a asfaltada 3km. Hasta el predio. CARACTERÍSTICAS DE LA ZONA.Zona netamente agropecuaria, cuenta con los servicios de agua, existe señal de telefonía movil, no tiene vías de acceso internas, pero existen vías cerca con disponibilidad de transporte .. LINDEROS DEL CUERPO DEL TERRENO: NORTE: Con Juan Vélez en 325mts. Rumbo norte 33 grados quince minutos E, en 109mts. Rumbo Norte cincuenta y tres grados cero minutos E, en treinta y cinco metros rumbo norte 51 grados cincuenta minutos E. SUR: Linda con el señor Paco Miller en 137mts., 102 metros rumbo sur, en 29 grados cero minutos W, en treinta y dos metros rumbo sur 27 grados cero minutos W, en 486 metros rumbo norte 89 grados treinta minutos W. ESTE: Linda con el señor Conto Patiño en 233mts. Rumbo sur 42 grados treinta minutos E, en 137 metros rumbo sur, 16 grados treinta minutos E. OESTE: Linda con Anibal Bone en 76mts. Rumbo norte 36 grados treinta minutos W en 250 metros rumbo norte 25 grados cuarenta minutos W, rumbo norte 37 grados 15 minutos W .. SUPERFICIE TOTAL: 48.7HAS. CONSTRUCCIONES Se trata de un lote de terreno de topografía ondulada, instalaciones abandonadas y aproximadamente existen tres hectáreas de cultivo de teca. Hay una casa de construcción mixta, cubierta de zinc, sin ventanas, con una superficie de 96m2 .. AVALÚO TOTAL DEL PREDIO Y CONSTRUCCIONES: SESENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA DÓLARES $ 60.240,000 Por tratarse de SEGUNDO SEÑALAMIENTO se aceptan posturas que cubran la MITAD del valor del avalúo del bien inmueble; debiendo acompañarse a las ofertas no menos del 10% del valor ofertado en moneda de curso legal, sea este en dinero efectivo cheque certificado a la orden del Juzgado de coactiva del Banco de Fomento., se dispone que las personas tanto naturales como jurídicas que participen en calidad de postores, deberán presentarse en las oficinas del Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Suco Esmeraldas, con el objeto de ser calificados como postores con 15 días antes del señalado para el remate en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio, presentando la documentan requerida para que se realice la calificación respectiva. No se admitirán posturas que se presenten sin firma de abogado. Por tratarse de un bien inmueble tamben se aceptarán ofertas a plazos, hasta ocho días, con el ofrecimiento del pago de interés legal por anualidades adelantadas de acuerdo al artículo 457 inciso final del CÓDIGO de Procedimiento Civil, se preferirán ofertas al contado. El remate se lo hará como cuerpo cierto y determinado de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1773 del Código Civil y en el estado que se encuentre al momento del remate. Los gastos que se ocasionaren en la transferencia de dominio por venta forzosa serán de cuenta de los adjudicatarios a excepción de aquellos que por expreso mandato legal serán de cuenta de los coactivados. Mayor información se recibirá en el Departamento Legal del Banco Nacional de Fomento Sucursal Esmeraldas, ubicado en las calles Bolívar No. 3-00 y Mejía (esquina) de la ciudad de Esmeraldas. Esmeraldas junio 30 del 2015 Carmen Nivela Herrea Secretaria de Coactivas. P93551 xxxxxx repúblICa del eCuador Corte provInCIal de JuStICIa del GuayaS unIdad JudICIal Sur del CantÓn GuayaQuIl eXtraCto de CItaCIÓn A: JAVIER LEODEGAR BONILLA QUIÑONEZ LE HAGO SABER: QUE por sorteo ha tocado conoceer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL NO.2015-1496 SEGUIDO POR KETTY AMELIA ANGULO MACIAS EN CONTRA DE JAVIER LEODEGAR BONILLA QUIÑONEZ ACTOR: KETTY AMILIA Angulo MACIAS DEMANDADO.: JAVIER LEODEGAR BONILLA QUIÑONEZ OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une a KETIY AMALlA ANGUlO MACIAS y JAVIER LEODEGAR BONILLA QUIÑONEZ de conformidad a lo establecido en el artículo 110 Numeral 11 inciso segundo del Código Civil vigente .. AUTO Inicial: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL: VISTOS: Ab. Rosario Berón Palomeque, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Sur Especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, designada mediante Acción de Personal # 8553-DNP del Consejo Nacional de la Judicatura de fecha 26
de Junio del 2013, en mi Despacho en esta fecha se dispone: Agréguese a los autos el Acta de Declaración Juramentada rendida por la actora, con lo que se ha dado cumplimiento a la providencia que antecede.- En lo principal, la DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL que presenta la señora KETIV AMALlA ANGULO MACIAS en contra de su cónyuge JAVIER LEODEGAR BONILLA QUIÑONEZ por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos determinados en los artículos 67, 68, 82 y 1013 del Código de Procedimiento Civil se la admite a trámite de Juicio Verbal Sumario. (ITESE al demandado JAVIER LEODEGAR BONILLA QUIÑONEZ por medio de tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación del país, sean estos EL UNIVERSO, EL TELÉGRAFO, EL EXPRESO, EXTRA de conformidad a lo establecido en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, advirtiéndole al demandado de la obligación que tiene de señalar Casilla Judicial caso contrario se sustanciará la causa en rebeldía.- En virtud de que la actora ha manifestado que el demandado JAVIER LEODEGAR BONILLA QUIÑONEZ está trabajando y residiendo en la ciudad de ESMERALDAS se dispone practicar la diligencia de citación en uno de los diarios de amplia circulación en esa ciudad.- Incorpórese a los autos los documentos acompañados. Elabórese los extractos para las citaciones por la prensa. Cuéntese con la Casilla Judicial # 4994 Y el correo electrónico mayrazambrano2011@ yahoo.com que señala la actora para recibir las notificaciones de ley y la autorización que hace ~ su abogada patrocinadora.- Actué el Ab. Juan J. Fajardo Chung, secretario titular del despacho.- Cúmplase y Notifíquese.CUANTÍA: INDETERMINADA. JUEZA DE LA CAUSA: AB ROSARIO CARLA BERON PALOMEQUE JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ V ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y EL ABOGADO JUAN JAVIER FAJARDO CHUNG.- QUE CERTIFICA.- GUAYAQUIL 15 DE MAYO DEL 2015. ABG. JUAN JAVIER FAJARDO CHUNG SECRETARIO. p93240 xxxxx CItaCIÓn-eXtraCto JuICIo: (ordInarIo) deClaraCIÓn de la eXIStenCIa de la unIÓn de heCho) no. 0389-2015 ACTORA: LUZ DEL CARMEN COAJIBOY RENTERIA DEMANDADO: MARINO MERCADO NAZARENO CUANTÍA: INDT. JUEZA: DRA. ANA LUCIA PACHECO ALARCÓN OBJETO DE LA DEMANDA.- Luz Del Carmen Coajiboy Rentería, comparece demandando la de Existencia De La Unión Hecho.- Fundamentando su demanda en el Art. 68 de la Constitución de la Republica, en concordancia con los Arts. 222, 223 del Título VI del código Civil numeral 11 del Código Civil. U N I DA D JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ESMERALDAS.- Esmeraldas, lunes 29 de mayo del 2015, las 13h56.VISTOS. Cumplido con el requisito de la declaración juramentada conforme se desprende del acta que antecede, la demanda presentada por LUZ DEL CARMEN COAJIBOY RENTERIA, se la califica de clara, precisa y completa; y por reunir los requisitos de ley determinados en los art.67 del código de Procedimiento Civil, razón por la cual se la acepta a trámite en juicio ordinario de acuerdo con el art. 59 del mismo código. En virtud de la declaración juramentada practicada por la actora ,ante la suscrita señora Jueza de esta unidad Judicial especializada, quien declara bajo juramento de que le es imposible determinar la individualidad o residencia de presuntos herederos conocidos y desconocidos; por lo que se dispone que la diligencia de citación a la parte demandada se la realice por tres publicaciones que se haran cada una de ellas en fechas distintas, en un periódico de AMPLIA CIRCULACIÓN (la mayúscula me corresponde), que se edita en esta ciudad de Esmeraldas, como lo dispone el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Inmediatamente después de transcurrido el plazo de comparecencia de los demandados, de veinte días, tiene el término de quince días para contestar la demanda y proponer las excepciones que estime procedentes, con apercibimiento en rebeldía, conforme prescribe el art. 397 del Código de Procedimiento Civil.Por secretaría de proceda a elaborar el extracto de prensa.Esmeraldas, 26 de junio del 2015 Ab. Georgina Núñez Gamboa Secretaria. P93556 xxxx unIdad JudICIal CIvIl de eSMeraldaS avISo al públICo JuICIo: eSpeCIal. NUMERO DE JUICIO: N° 2015-0015 ACTORES: CERVANTES ASTUDILLO GUSTAVO PATRICIO. DEMANDADOS: MURILLO PROAÑO MARIA TERESA. TRAMITE: ESPECIAL POR
AvIsOs I
A13
MíERCOLES 01 DE jULIO DE 2015 La Hora EsMErALDAs
INSOLVENCIA. JUEZ: DR. ALEJANDRO SANCHEZ MUÑOZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE ESMERALDAS.- Avoco conocimiento de la presente causa Dr. Alejandro Sánchez Muñoz Juez titular del despacho de la Unidad Judicial Civil de Esmeraldas, nombrado mediante Resolución 250-10- 2014 por el Consejo de la Judicatura con Acción de Personal No. 938-DNTH-2014. En lo principal, la demanda presentada por CERVANTES ASTUDILLO GUSTAVO PATRICIO, es clara, precisa y completa, y, por reunir los requisitos de ley, se la admite a trámite correspondiente. En consecuencia y por cuanto de las copias certificadas que se presentan, se desprende que la demandada MURILLO PROAÑO MARÍA TERESA en el Juicio Ejecutivo 08302. 2012-0111, que sigue el actor para que pague o dimita bienes equivalente a lo adeudado, que asciende a la suma de $ 2.039,22 dólares no lo ha hecho dentro del término que se le concedió para el efecto, y por tal SE PRESUME SU INSOLVENCIA, se dispone: 1.- La demandada se podrá oponer en el término de tres días una vez realizada la citación, para lo cual podrá pagar o dimitir bienes suficientes para cubrir lo adeudado, 2.- Se realice la publicación por la prensa de esta presunción de insolvencia; 3.- Ofíciese a las instituciones solicitadas para hacerles conocer sobre esta presunción de insolvencia; 4.- La demandada deberá presentar en el término de ocho días un balance de sus activos y pasivos; y luego de dictar el correspondiente auto interlocutorio ratificando o revocando la presunción de insolvencia se declarará con lugar la formación de concurso de acreedores, para lo cual se dispondrá lo siguiente: 1.Ordenar la Ocupación y Depósito de los Bienes, Libros, Correspondencia y Documentos, para lo cual se contará con el Síndico de Quiebra, Depositario Judicial y la Policía Nacional; 2.- Se hará saber al público por uno de los periódicos de la localidad o de la capital de la provincia, y a falta de éstos, por uno de los de la provincia cuya capital sea la más cercana sobre este auto de ratificación o revocación de la presunción de insolvencia; 3.- Se convocará a una Junta de Acreedores, que se reunirá el día, hora y lugar que determinará este Juez una vez entregados los bienes al Síndico, para lo cual se convocará por la prensa a los acreedores para que concurran con sus documentos justificativos de sus créditos, haciéndoles conocer el avalúo de los bienes y los documentos relacionados con la calidad de la insolvencia, se dictaminará sobre si el Síndico debe continuar o no los negocios del fallido, se regulara la cantidad necesaria para alimentos del insolvente y su familia; 4.- Se ordenará la acumulación de pleitos seguidos contra el deudor, por obligaciones de dar o hacer, para lo cual se oficiará a los Juzgados de lo Civil y Mercantil, Unidad Judiciales de la Familia Niñez y Adolescencia, de violencia intrafamiliar, y jueces o unidad Multicompetente que incluya la materia Civil, del cantón Esmeraldas; 5.- Para la calificación de la insolvencia de Fortuita, Culpable o Fraudulenta, se enviará copias certificadas del proceso y de este auto una vez que se encuentre ejecutoriado y la secretaria del Juzgado siente razón de ello a la Fiscalía Provincial de Esmeraldas; 6.- Sin perjuicio de aparecer graves indicios de culpabilidad o fraudulencia, el juez ordenará la detención de la deudora y, antes de veinticuatro horas, lo pondrá a disposición del Juez de Garantías Penales respectivo, y se llevará a conocimiento del Agente Fiscal competente, junto con los documentos, originales o en copia, que hayan servido de fundamento. Se remitirá también al fiscal o juez penal competente, según el caso, cada vez que se presenten en el juicio pruebas que se refieran a la calificación de la insolvencia. 7.- Se dispondrá se oficie a la Dirección Nacional de Migración sobre la prohibición de ausentarse del País de la demandada. 8.Los bienes concursados se entregarán en depósito al Síndico de Quiebra mediante inventario que será formado por un acreedor nombrado por el Juez y por el deudor o por un representante que este designe, al mismo tiempo se hará el avaluó de los bienes. que se depositen y, avaluados, se procederá al remate, por martillo de los bienes susceptibles de alteración o deterioro; y aún a la de todos. 9.- La fallida quedará en interdicción de administrar sus bienes y en cuanto a los que adquiera en lo posterior, el cincuenta por ciento pasará a la masa común repartible entre los acreedores y quedará el otro cincuenta por ciento para los gastos personales del fallido y de su familia. Cítese a la demandada, en el lugar que se indica en la demanda.- Envíese el proceso a la Oficina de Citaciones de la Corte Provincial de Esmeraldas, téngase en cuenta la cuantía, la casilla judicial, el correo electrónico, la autorización a su abogado patrocinador. PUBLÍQUESE y NOTIFÍQUESE.Abg. Manny Johanna Gracia Secretaria P93557