Revista judicial C6
MARTES 27 de FEBRERO de 2018 La Hora Quito, ecuador
de la provincia del Carchi, a fin de que tomen nota de esta prohibición en los libros correspondientes.- 2) Previo a disponer la medida cautelar solicitada en el literal (b) del acápite “V”, la parte actora justifique en legal y debida forma que los señores VALERY L AT YS H E V, CA R LOS ALBERTO IBARRA VALLEJO y OLGA VICTOROVNA DANILIN SHELOMANOVA, mantienen acciones en la compañía GOLDEN LAND CIA. LTDA. o en cualquier otra compañía.- TERCERO: CITACIÓN.- Una vez cumplido lo anterior, se ordena la citación de los demandados: WILMER RAMIRO MORALES PILATAXI, en calidad de LIQUIDADOR DE LA EMPRESA GOLDEN LAND CIA. LTDA., en la dirección señalada en la demanda a través de la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial; al señor CARLOS ALBERTO IBARRA VALLEJO, en su calidad de socio de la compañía demandada, en la dirección señalada mediante deprecatorio dirigido a uno de los Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Quito, provincia de Pichincha, ofreciendo reciprocidad en casos análogos; para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial; a las demandadas VALERY LATYSHEV y OLGA VICTOROVNA DANILIN SHELOMANOVA, en sus calidades de socias de la compañía demandada, mediante publicaciones que se las realizará en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación nacional, conforme lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos.- En aplicación del inciso segundo del artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se concede el término de treinta (30) días para que los demandados
propongan excepciones, bajo prevención que de no hacerlo se continuará con la sustanciación de la causa en rebeldía. Tómese en cuenta el casillero judicial y correos electrónicos señalados, así como la designación y autorización conferida por el compareciente como su abogado patrocinador al Ab. PABLO ANTONIO CHIRIBOGA DECHIARA.- Actúe la Ab. Nancy Elizabeth Perugachi Torres, en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.”- F) DR. SEGUN DO R A FA E L CHIMBORAZO CHACHA, JUEZ. RAZÓN: Lo que comunico a fin de que los señores: VALERY LATYSHEV y OLGA VICTOROVNA DANILIN SHELOMANOVA, den cumplimiento a lo establecido en el inciso quinto del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, conforme lo dispuesto.- CERTIFICO. Ab. Nancy Elizabeth Perugachi Torres S E C R E T A R I A DE LA JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN PEDRO M O N C AYO , PROVINCIA DE PICHINCHA Hay firma y sello P AR/108012/tf EXTRACTO JUDICIAL Unidad Judicial Civil con sede el Distrito Metropolitano de Quito JUEZA PONENTE AB. EDITH CRISTINA CHANGO BAÑOS CITACION JUDICIAL A: Paul Albín Benz Schmid en su calidad de Presidente de la Constructora RIBENSA S.C. ACTORES: CARLOS FABIAN MORA MONTESDEOCA y FATIMA JANETH ALARCON ZAMBRANO. DEMANDADO: Paul Albín Benz Schmid en su calidad de Presidente de la Constructora RIBENSA S.C. JUICIO No:17325-20120216-LY TRAMITE: A M PA R O
JUDICIAL QUITO
POSESORIO OBJETO: Solicitan el Amparo Posesorio CUANTIA: Indeterminada. PROVIDENCIA.JUZGADO VIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 1 de marzo del 2012, las 11h51. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en mi calidad de Juez Temporal de esta Judicatura, encargado mediante acción de personal No. 730-DP-DPP de fecha 29 de febrero del 2012.- La demanda que antecede es clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, por la cual se la admite al trámite verbal sumario. Cítese a los demandados señores MARCO ANTONIO SALAZAR CHICA -en su calidad de Gerente y Representante Legar de “Ribensa Constructora S.A.”; JUAN CARLOS RIVADENEIRA ENDARA, MONICA GABRIELA R I VA D E N E I RA VACA -EN CALIDAD DE Socios de la CONSTRUCTORA RIBENSA S.C.; y PAUL ALBIN BENZ SCHMID -en su calidad de Presidente de la Constructora RIBENSA S.C., en la dirección señalada.- De conformidad con el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual remítase la correspondiente notificación a su titular.- Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito; para tal efecto envíese el suficiente despacho a la Oficina de Citaciones.Agréguese al proceso la copia simple de la cédula de ciudadanía.- Tómese en cuenta el casillero judicial que señala la parte actora y la autorización que da a su abogado defensor.- Tanto el abogado de la parte actora como el abogado que baya asumir la defensa de los demandados, den cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 327 del Código Orgánico de la Función Judicial.- NOTOFIQUESE y CUMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITRO METROPOLITANO DE Q U I TO, P R OV I N C I A
LLAMAMIENTO A ACREEDORES COMPUFÁCIL S.A.S EN LIQUIDACIÓN Conforme lo establecido en el Art. 393 de la Ley de Compañías, se comunica a los posibles acreedores de la compañía COMPUFÁCIL S.A.S EN LIQUIDACION, a fin de que, en el término de VEINTE DÍAS contados desde la tercera y última publicación, presente al LIQUIDADOR de la compañía los respectivos documentos que acrediten su derecho, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. Transcurrido este término, el liquidador tomará en cuenta solamente a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía, con la debida justificación. Los referidos documentos deberán presentarse al LIQUIDADOR de la compañía en las oficinas ubicadas en la Av. República de El Salvador 1084 y Naciones Unidas, Edif. Mansión Blanca. Quito, Distrito Metropolitano, 27 de febrero de 2018 Carlos Alfonso Salazar Toscano Gerente PBP REPRESENTACIONES CIA. LTDA. LIQUIDADOR PRINCIPAL
Un hermoso morir honra la vida. F r a n c e s c o P e t r a r ca . Escritor italiano.
DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, jueves 21 de diciembre del 2017, las 14h46.- Agréguese al proceso el escrito presentado así como también el certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.- En mérito del juramento rendido por el actor en la calidad que obra de autos, sobre la imposibilidad de determinar la residencia de la demandada, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial y presente providencia al demandado señor Paul Albín Benz Schmid en su calidad de Presidente de la Constructora RIBENSA S.C, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE. Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.Certifico. AB. ALEJANDRA MARIBEL LAHUATTE CEDILLO
SECRETARIA de la Unidad Judicial Civil con sede el Distrito Metropolitano de Quito Hay firma y sello PAC109604fa EXTRACTO CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL “MORALES AVILA S.C.C” NOTARIA SEXTA DEL CANTON QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, celebrada ante la Notaria Sexta del cantón Quito, Tamara Garcés Almeida, el 08 de febrero del 2018, se constituyó la SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL DENOMINADA “MORALES - AVILA S.C.C.”, otorgada por: 1.SOCIOS: CÉSAR GUSTAVO MORALES DÍAZ CÉSAR EDUARDO AVILA GUAYASAMÍN 2.DOMICILIO: SANGOLQUI, CANTON RUMIÑAHUI PROVINCIA PICHINCHA 3.- CAPITAL: 1.000,00 4.- NUMERO DE PARTICIPACIONES: 1.000 CON UN VALOR DE 1 DÓLAR CADA UNA 5.- OBJETO SOCIAL: EL OBJETO SOCIAL DE
Segunda Convocatoria A Junta General Ordinaria de Accionistas de Moelectricity Mantenimiento, Operación y Montaje de Sistemas Eléctricos S.A. De conformidad con los artículos del Estatuto Social de la Empresa, la Ley de Compañías y el Reglamento de Juntas Generales de socios y accionistas vigente, se convoca a los Accionistas de MOELECTRICITY MANTENIMIENTO, OPERACIÓN Y MONTAJE DE SISTEMAS ELÉCTRICOS S.A., a Junta General Ordinaria que se realizará el día 17 de Marzo del 2018, a las 09H00 en las oficinas de la Empresa, ubicada en la Ciudadela El Ejército, Calle S43, Casa No. Oe3-80 y avenida Quitumbe Ñan. A esta Junta se convoca especial y personalmente a la señora Paola Castillo Lojano, Comisario de la Empresa. La junta convocada deberá conocer y resolver sobre los siguientes puntos: 1. 2. 3. 4. 5.
Constatación del quórum. Conocimiento del Informe del Comisario del ejercicio del año 2017. Conocimiento del Informe del Presidente. Conocimiento del Informe del Gerente. Conocimiento y Aprobación de los Estados Financieros del año 2017.
Los documentos se encuentran a disposición de los señores Accionistas en las oficinas de la Empresa, ubicada en la Ciudadela El Ejército, Calle S43, Casa No. Oe3-80 y avenida Quitumbe Ñan. Quito DM, 26 de Febrero del 2018
PAB/18790/AS
Edmundo Jordán Soria Moya PRESIDENTE DE MOELECTRICITY S.A.
LA SOCIEDAD ES LA ACTIVIDAD INMOBILIARIA, FUNDAMENTALMENTE, LA CONCEPCIÓN, D E S A R R O L L O , CONSTRUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE P ROY ECTOS INMOBILIARIOS Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, 08 de febrero del 2018. TAMARA GARCES ALMEIDA NOTARIA SEXTA DEL CANTON QUITO Hay firma y sello PAC108047fa CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. CITACION JUDICIAL A: CA R LOS FERNANDO BASTIDAS MORENO JUICIO: PRIVACION O PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD No. 17203-2017-09641-Dra. Johana Ayala ACTOR: MARIA GABRIELA PEÑAHERRERA BALDEON DEMANDADO: CARLOS FERNANDO BASTIDAS MORENO PROCEDIMIENTO: SUMARIO C U A N T I A : INDETERMINADA OBJETO: SE DECLARE LA PRIVACION O PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD
DEL SEÑOR CARLOS FERNANDO BASTIDAS MORENO R ES P ECTO DE SU HIJO ESTEFANO ALEJANDRO BASTIDAS PEÑAHERRERA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 22 de septiembre del 2017, las 16h15. VISTOS: : Avoco conocimiento de la presente causa, al amparo de lo dispuesto en el Art. 175 de la Constitución de la República, artículos 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial y en cumplimiento de la Resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura número 116-2012, de 11 de septiembre de 2012, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial N° 810 de 16 de octubre de 2012; y por el sorteo de ley, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, conforme se desprende de la acción de personal número 7189-DNTH-2014.- Agréguese al proceso escrito de 14 de junio de 2016 a las 16H56.En lo principal la demanda de PRIVACION O PERDIDA JUDICIAL DE LA PATRIA POTESTAD, propuesta por MARIA GABRIELA PEÑAHERRERA BALDEON, portador de la cédula de ciudadanía No. 172010222-5,
es clara, completa y reúne los requisitos de ley, por lo que se le acepta a trámite en PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme lo previsto en el artículo 332, numeral 4 del Código Orgánico General de Procesos.- En consecuencia se dispone: 1) CITACIÓN: Por cumplido lo dispuesto en providencia inmediata anterior y juramento de ley, se DISPONE: 1) CÍTESE con la demanda y este auto a la parte demandada señor CARLOS FERNANDO BASTIDAS MORENO, por medio de la prensa, en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por secretaría concédase el Extracto. Se le advierte al demandado de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial y/o correo electrónico, bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía.- 2) TÉRMINO PARA CONTESTAR LA DEMANDA: Con fundamento en lo previsto en el artículo 333, numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos se concede al demandado el TÉRMINO DE QUINCE DÍAS, contados a partir de la fecha en que sea legalmente citada, a fin que conteste la demanda, acto de proposición que debe cumplir lo dispuesto en los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos.- 3) AUDIENCIA ÚNICA: La audiencia única se señalará una vez que sea citada la demandada conforme lo dispuesto en el artículo 333 numeral 4 del
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA URBANIZACIÓN CLUB EL ROSARIO “URBACLUB S.A.” De conformidad con lo establecido en la Ley de Compañías, en concordancia con el Reglamento sobre Juntas Generales de Socios y Accionistas emitido por la Superintendencia de Compañías, artículo décimo de los Estatutos Sociales y demás disposiciones legales y estatutarias de la Compañía Urbanización Club El Rosario “URBACLUB S.A.”, se convoca a los señores Accionistas, Sra Auditora Ec. CPA Silvia López Merino y al Comisario Lic CPA Medardo Villacís Villacís, a la Junta General que tendrá lugar el día 16 de marzo del 2018 a las 17h00 en la Av. Londres N39-165 e Iñaquito, sector de “la Y”, edificio SIDEN, de esta ciudad de Quito, para tratar el siguiente orden del día: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
Informe de la Presidenta Ejecutiva de la Empresa por el año 2017. Informe de la Auditoria Externa por el año 2017. Informe de Comisario responsable del año 2017. Conocimiento y aprobación del Estado de Situación Financiera y Estado de Resultado Integral, del Ejercicio Económico correspondientes al año 2017. Recomendación del Directorio sobre el destino de las Utilidades. Nombramiento de Auditor Externo para el año 2018. Nombramiento de Comisario Principal y Suplente, para el ejercicio económico año 2018 y fijación de su honorario.
Para esta Junta se convoca de manera especial e individual a la Sra. Ec. CPA Silvia López Merino, Auditora Externa y al señor Lic. Medardo Villacís Villacís, Comisario de la Compañía. Los Balances e Informes se encuentran a disposición de los señores accionistas en las Oficinas de la Compañía, ubicadas en las calles Bogotá OE4-34 y Venezuela de la ciudad de Quito, en horario de 15h00 a 18h00 de lunes a viernes. Quito, 26 de febrero del 2018
PAR/108049/AS
CYAN MAGENTA YELLOW BLACK
Lic. Rosario Estrella Novillo PRESIDENTA EJECUTIVA
PAR/108050/AS